tí-*- .f .^ A .0^ „♦' 4 o, ^':J?^^^^^^* S^rt, 4'''^ ^0 .^^ o • c ^0' .^ A .'^^ Digitized by the Internet Archive in 2010 with funding from The Library of Congress http://www.archive.org/details/manualdelasrepOOinte ,¿2D CoNGRESs, ) SEN ATE. í Ex Doc 8 \ ^^^ Session. \ \ p;^.^ yÍ\. ' Manual DB LAS Americanas, /ij^^su- Oficina dr las Repúblicas Americanas, í^9^- Washington. f'' ,^ '"^ 5 Oficina de las Repúblicas Americanas. La Conferencia Internacional Americana, en sus sesiones celebradas en Washington desde el 2 de Octubre de 1889, hasta el 19 de Abril de 1890, en las que estuvieron representadas las naciones indepen- dientes de Norte, Centro y Sud América, y la República de Haití, recomendó el establecimiento de una Asociación titulada ' ' Unión Internacional de las Repúblicas americanas para la pronta compila- ción y distribución de datos sobre el comercio, ' ' la cual debería estar representada por una oficina que se estableciera en Washington, D. C. , bajo la vijilancia del Secretario de Estado. También se recomendó que esta Oficina publicara de tiempo en tiempo unos Boletine's, en forma atractiva, conteniendo informes útiles para los productores, comerciantes y manufactureros, y cuales- quiera otras personas interesadas en el desarrollo de las relaciones comerciales entre los países del hemisferio occidental. Dichos Boletines deberían contener también las tarifas vigentes, las circu- lares oficiales, los tratados y convenciones internacionales, los regla- mentos locales, y todas aquellas estadísticas que pudieran conseguirse, relativas á los recursos, productos y comercio de los diversos países. También se consideró conveniente hacer servir á esta Oficina, en todo tiempo, de medio de comunicación para proporcionar á las per- sonas que lo soliciten aquellos informes que sean razonables y se refieran á asuntos pertenecientes á los aranceles y reglamentos de aduanas y al comercio y navegación de las Repúblicas americanas. Aunque es de esperarse que la Oficina pondrá el mayor cuidado posible en obtener la mas absoluta exactitud en sus publicaciones y en los informes que suministre, la Unión Internacional no asume responsabilidad pecuniaria por los errores ó inexactitudes que puedan casualmente ocurrir. La Conferencia recomendó que el Gobierno de los Estados Unidos adelantara los fondos necesarios para sufreigar los gastos de la Oficina, 3 y que las Repúblicas á quienes conviniera formar parte de la Asocia- ción, cubrieran, al fin de cada año fiscal, el monto de la cuota que les correspondiese en proporción á su población. De acuerdo con esta recomendación el Congreso de los Estados Unidos, en su última sesión, autorizó el establecimiento de la Oficina de las Repú- blicas americanas, y destinó una suma de dinero para su sosteni- miento durante el corriente año. Este Boletín de la Oficina contiene aquellos informes que se han considerado de alguna utilidad para toda persona interesada en el desarrollo del comercio entre las Repúblicas americanas, y será seguido, á intervalos frecuentes, por otros que se espera sean quizas más valiosos é interesantes. Se intenta también publicar una serie de Boletines que se concreten á describir los recursos, industrias, y ventajas comerciales, lo mismo que las leyes y reglamentos arance- larios, y cualesquiera otros informes que se crean interesantes, de cada una de las Repúblicas americanas. Actualmente está preparándose un Código de nomenclatura con- sistente en una lista de todos los artículos ó mercaderías importadas ó exportadas, con sus correspondientes equivalentes en castellano y portugués. Este Código, una vez formulado, se someterá para su aprobación á los empleados de los diferentes Gobiernos á quienes corresponda, y es de esperarse que ellos lo declaren guia oficial para determinar el tecnicismo que deba usarse en los conocimientos de embarque, facturas consulares, manifiestos de barcos, etc. Es fácil suponer, que un Código como ese, destinado á uniformar los términos comerciales, evitará las serias molestias y complicaciones que á cada paso hacen trabajoso el proceder de los comerciantes y embarcadores. Igualmente va á publicarse una Compilación de las leyes arance- larias de las diferentes Repúblicas y un Manual de sus reglamentos aduaneros, que prestarán valiosos servicios en los escritorios de los comerciantes y fabricantes que tengan negocios con los países de Norte, Centro y Sud América. El Director de la Oficina recibirá con agrado todas las observa-, clones que se deseen hacerle, y que tiendan á dar mayor importancia á los Boletines y aumentar las facilidades que se pretenden obtener con ellos para el logro de los fines á que están dedicados. Registro Oficial GOBERNANTES DE LAS NACIONES AMERICANAS. Países. Capitales. Gebernantes. Vice-Presidentes. Ai'gentina Bolivia Buenos Aires La Paz Dr. Carlos Pellegrini * Aniceto Arce, Agosto 15, 1888. Deodoro da Fonseca, No- viembre 15, 1889. Rafael Nuñez, Agosto 7, 1884. José J. Rodríguez, Mayo 1, 1890. P. M. del Carpió. Floriano Pei- Brasil Rio Janeiro Bogotá Colombia xoto. Carlos Holguin. Costa Rica Chile San José . . . Santiago Pánñlo Valverde, Joaquin Liza- no, Carlos Du- ran. Ecuador Quito . .... Antonio Flores, Junio 30, 1888. Manuel L. Barillas, Marzo 16, 1886. L. M. F. Hyppolite, Octu- bre 17, 1889. Liliuokalani P. Herrera. Guatemala Haiti Guatemala Port au Prince . . . Honolulú TegTicigalpa México , . . . . Hawaii Honduras México Luis Bográn, Noviembre 27, 1888. Porfirio Diaz, Diciembre 1, 1884. Roberto Sacasa Nicaragua Managua Asunción Lima Paraguay . . . Juan G. González Perú Remigio Morales Bermu- dez. Carlos Ezeta, Junio, 1890 . . Gen. Ulysses Heureaux, Setiembre 1, 1886. Benjamín Harrison, Marzo 4, 1889. Julio Herrera y Obes, Mayo 1, 1890. Raimundo Andueza Pa- lacio, f P. A. del Solar, Salvador Santo Domingo. Estados Unidos . Uruguay Venezuela San Salvador . . . Santo Domingo . . Washington Montevideo Caracas J. Borgoño. Levi P. Morton. Duncan Stewart. Guillermo Tell Villegas. * Entró al mando por renuncia del Presidente. No se lia elegido Vice-Presidente. tEl sucesor del Presidente en Venezuela es el primer miembro del Consejo Federal. COLONIAS Y DEPENDENCIAS EUROPEAS. DE LA GRAN BRETAÑA. Bahamas. — Capital, Nassau. Gobernador, Sir Ambrose Shea. Barbadas. — Capital, Bridgeton. Gobernador, Sir Walter J. Sendall. Bermtidas. — Capital, Hamilton. Gobernador, el Teniente General E. Newdigate- Newdegate. Canadá. — Capital, Ottawa. Gobernador-general, el Muy Honorable Frederick Arthur Stanley, Barón Stanley de Preston. Guayana Inglesa. — Capital, Georgetown. Gobernador, el Muy Honorable Vis- conde Gormanston. Honduras Británica. — Capital, Belize. Gobernador, R. T. Goldsworth, Jamaica. — Capital, Kingston. Gobernador, Sir Henry Arthur Blake. Islas de Sotavento. — Capital, San Juan, en Antigua. Gobernador y Comandante en Jefe, Sir Willianí Frederick Haynes-Smitli. Terranova y Labrador.— Capital, San Juan. Gobernador. Sir J. Terence N. O'Brien. Trinidad. — Capital, Trinidad. Gobernador, Sir W. Robinson. Islas de Barlovento. — Capital, St. George's, en Granada. Gobernador y Comisio- nado en Jefe, Sir W. F. Hely-Hutchinson. DE FRANCIA. Guadalupe. — Capital, Pointe-á-Pitre. Gobernador, Le Boucher. Guayana. — Capital, Cayenne. Gobernador, Gerville-Reache. Martinica. — Capital, St. Fierre. Gobernador, G. Cassa. St. Fierre y Miquelon. — Capital, St. Fierre. Gobernador, D. Moracchiai, DE HOLANDA. Curazao. — Capital, Willemstad. Gobernador, C. A. H. Barge. Surinam, ó Guayana Holandesa. — Capital, Faramaribo. Gobernador, M. A. de Savornin Lohman. DE ESPAÑA. Cuba. — Capital, Habana. Gobernador-General, Don Camilo Polavieja. Porto Rico. — Capital, San Juan. Gobernador, Don Luis Daban. DE DINAMARCA. St. Croix. — Capital, Christianstadt. Gobernador, C. H. Arendrup. St. Tilomas y St. John. — Capital, Charlotte Amelia. Gobernador, C. H. Aren- drup. PODER EJECUTIVO DE LAS REPÚBLICAS AMERICANAS. Países. Empleos. Nombres. Argentina,República Bolivia , Presidente Carlos Pellegrini. Eduardo Costa. Vicente Fidel López. Juan Carballido. Nicolás Levalle. José V. Zapata. Aniceto Arce. Ministro de Relaciones Exte- riores. Ministro de Hacienda Ministro de Instrucción Pú- blica, Justicia y Culto. Ministro de la Guerra Ministro de Gobernación presidente Brasil Ministro de Relaciones Exte- riores y Culto. Ministro de Hacienda é Indus- tria. Ministro de la Guerra Ministro de Gobernación Ministro de Justicia y Instruc- ción Pública. Presidente Serapio Reyes Ortiz;, Emeterio Cano. Severo Fernandez Alonzo. Telmo Ichaso. Genaro Sanjinés. Deodoro da Fonseca. Ministro de Relaciones Exte- riores. Ministro de Hacienda Ministro de la Guerra Ministro de Gobernación Ministro de Justicia Ministro de Marina Justo Chermont. Tristáo de Alencar Araripe. Julio Anacleto Falcáo da Frota. Joáo BarbaUío Uchoa Cava- leante. Assis Brazil. Fortunato Sosta Vidal. Colombia Ministro de Agricultura, Co- mercio y Obras Públicas. Presidente Barón de Lucena. Rafael Nuflez. Ministro de Relaciones Exte- riores. Ministro de Hacienda Ministro de Instrucción Pú- blica. Ministro de la Guerra Ministro de Gobernación Ministro de Justicia Marco F. Suarez (interino), José Manuel Goenaga. José I. Trujillo. Olegario Rivera. Antonio Roldan. Luis A. Meza. Ministro del Tesoro Marcelino Arango. Carlos Uribe. Ministro de Fomento Costa Rica Presidente José J. Rodríguez. Chüe Ministro de Relaciones Exte-" riores. Ministro de Justicia y Culto . . Ministro de Hacienda é Ins- trucción Pública. Ministro de Guerra y Marina. Ministro de Gobernación Presidente Ministro de Gobernación Ministro de Relaciones Exte- riores y Culto. Ezequiel Gutiérrez. Pedro León Paez. Panfilo Valverde. Rafael Iglesias. Joaquín Lizano. Poder ejecutivo de las Repúblicas Americanas — Continúa. Países. Empleos. Nombres. Chüe Ministro de Instrucción Pú- blica y Justicia. Ministro de Hacienda Ministro de Guerra y Marina . Ministro de Industria Ecuador Presidente Ministro de Relaciones Exte- Antonio Flores. Agustín Guerrero. riores y Gobernación. • Ministro de Hacienda Gabriel Jesús Nufiez. Ministro de Instrucción Pú- Elias Laso. blica, Culto y Obras Públicas. Ministro de Guerra y Marina . Julio Saenz. Estados Unidos Presidente Benjamín Harrison. Vice-Presidente Le vi P. Morton. Secretario de Estado James G. Blaine. Secretario del Tesoro Charles Foster. Secretario de la Guerra Redfield Proctor. Secretario de Marina B. F. Tracy. John W. Noble. Secretario de Gobernación. . . . Secretario de Agricultura J. M. Rusk. Administrador General de John Wanamaker, Correos. Fiscal General William H. H. Miller. Guatemala Presidente Manuel Lisandro Barillas. Ministro de Instrucción Pú- Feliciano Aguilar. blica y Hacienda. Ministro de Hacienda Feliciano Aguilar (interino). Ministro de la Guerra C. Mendizabal. Ministro de Gobernación y Francisco A. Vilela. Justicia. Ministro de Fomento Emilio de León. Ministro de Relaciones Exte- Emiles de León (interino). riores. Administrador General de Gabriel M. Búrbano. Correos. Haití Presidente L. M. F. Hyppolite. Hugon Lechaud. Ministro de Relaciones Exte- riores y Justicia. Ministro de Instrucción Pú- Dantes S. Rameau. blica. Ministro de Guerra y Marina. Béliard Jeune. Ministro de Gobernación y Fierre Louis Nemours ainé. Policia^ General. Ministro de Obras Públicas . . . J. J. Chaney. Ministro de Hacienda y Co- V. Stuart. mercio. Honduras Presidente Luis Bográn, Jerónimo Zelaya. Ministro de Relaciones Exte- riores. Ministro de Hacienda Roque Muñoz. Ministro de la Guerra Ponciano Leiva. Ministro de Gobernación Francisco Planas. Poder ejecutivo de las Repúblicas Americanas — Continúa. Países. Empleos. Nombres. México Presidente Porfirio Diaz. Secretario de Relaciones Ex- Ignacio Mariscal. teriores. Secretario de Hacienda y Cré- Benito Gómez Parias. dito Público. Secretario de Guerra y Marina. P. Hinojosa. Secsetario de Gobernación. . . . M. R. Rubio. Secretario de Justicia é In- J. Baranda. strucción Pública. Secretario de Comunica- M. Gonzales Cosió. ciones y Obras Públicas. Secretario de Fomento, In- M. Fernandez Leal (oficial dustria y Comercio. mayor encargado). Nicaragua Presidente Roberto Sacasa. Ministro de Relaciones Exte- Escolástico Rizo. riores. Ministro de Hacienda y Cré- José del C. Bengoecliea. dito Público. Ministro de Gobernación Federico Marenco. Ministro de la Guerra Agustín Duarte. Ministro de Obras Públicas . . . Francisco J. Medina. Paraguay Presidente Juan G. González. Ministro de Relaciones Exte- Venancio López. riores. Ministro de Hacienda José S. Decoud. Ministro de Instrucción Pú- Benjamín Aceval. blica. Ministro de la Guerra Coronel Juan B. Eguzquiza. Ministro de Gobernación José T. Sosa. Ministro de Justicia Benjamín Aceval. Remigio» Morales Bermudez. Juan Federico Elmore, Perü Presidente Ministro de Relaciones Exte- riores. Ministro de Hacienda Manuel Carbajál. Ministro de Guerra y Marina. Justiniano Borgoña. Ministro de Gobernación Federico Herrera. Ministro de Justicia Epif anio Serpa. Carlos Ezeta. Salvador Presidente Ministro de Relaciones Exte- Pedro León Paez. riores, Cultos y Justicia. Ministro de Hacienda Reyes Arrieta. Ministro de Instrucción Pú- Alberto Mena. blica y Obras Públicas. Ministro de Guerra, Marina Antonio Ezeta. y Gobernación. Santo Domingo Presidente Ulisses Heureaux. Ministro de Relaciones Exte- Y. M. Gonzales. riores. Ministro de Hacienda J. F. Sánchez. Ministro de Instrucción Pú- G. Pérez. blica y Justicia. Ministro de la Guerra .^ A. Nanita. Ministro de Gobernación W.Figuereo. Ministro de Obras Públicas. . . A. Wos y Gil. 10 Poder ejecutivo de las Repúblicas Americanas — Continúa. Países. Empleos. Nombres. Uruguay Presidente Julio Herrera y Obes. Ministro de Relaciones Exte- M. Herrero y Espinosa. Venezuela riores. Ministro de Hacienda .... ... Ministro de Instrucción Pú- blica y Justicia. Ministro de Guerra y Marina. Ministro de Gobernación Presidente .... Ministro de Relaciones Exte- Carlos M. Ramírez. Dr. José M. Castellanos. Gen. Pedro Callorda. Gen. Luis E. Pérez. Raimundo Andueza Palacio. Marco A. Saluzzo. riores. Ministro de Hacienda Ministro de Instrucción Pú- blica. Ministro de Guerra y Marina. Ministro de Relaciones Inte- riores y Justicia. Ministro de Fomento Vicente Coronado. Eduardo Blanco. Julio F. Sarria. Sebastian Casañas. V. Amengual. R. Fonseca. Germán Jiménez. Domingo A. Carvajal. Ministro de Crédito Público . . Ministro de Obras Públicas . . . Ministro de Correos y Telé- grafos. Servicio Consular y Diplomático* REPRESENTANTES DIPLOMÁTICOS Y CONSULARES DE LOS ESTADOS UNIDOS EN MÉXICO, LA AMÉRICA CENTRAL Y DEL SUD, LAS ANTI- LLAS Y HAWAII. REPÚBLICA ARGENTINA. John R. G. Pitkin, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipoten- ciario Buenos Aires. George W. Fishback, Secretario de Legación Buenos Aires, Cónsules. Buenos Aires Edward L. Baker Cónsul. Id Edward L. Baker, jr Vice-cónsul. Córdoba Cónsul. Id John M. Thome Vice-cónsul. Rosario Wülis E. Baker Cónsul. Id Augustus M. Barnes Vice-cónsul. BOLIVIA. Tilomas H. Anderson, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario. La Paz BRASIL. Edwin H. Conger, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipoten- ciario Rio Janeiro. J. Fenner Lee, Secretario de Legación Rio Janeiro. Cónsules. Bahia William O. Thomas Cónsul. Id S. S. Schindler Vice-cónsul, Aracaju Louis Schmidt Agente interino. Para James M. Ayres Cónsul. Id Richard F. Sears Vice-cónsul. ít 12 Manaos James Baird Agente.* Maranháo Antonio J. Tavares Agente. Pernambuco Edwin Stevens Cónsul. Id Arthur B. Dallas Vice-cónsul. Ceara Wiiliam H. Murdock Agente. Maccio Edward M. Legeñe Agente. _ Natal Lyle Nelson Agente. Rio Grande do Sul Charles Negley Cónsul. Id W. A. Preller Vice-cónsul. Porto Alegre A. H. Edwards. Agente. Eio de Janeiro Oliver H. Dockery Cónsul general. Id Claudius Dockery Cónsul gen. sustituto. Victoria Jean Zinzen Agente. Santos í Edwin A. Berry Cónsul. Id Edwin Broad Vice-cónsul interim. Desterro , t . . . . Robert Grant Agente. COLOMBIA. John T. Abbott, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario Bogotá, Jeremiah Coughliri, Secretario de Legación y Cónsul General Bogotá. Cónsules. Barranquilla John Nickeus ."^ Cónsul. Id Thomas H. Candor Dependiente del cónsul. Rio Hacha T. V. Henriquez Agente. Santa Marta Manuel J. Mier Agente. Bogotá Jeremiah Coughlin Cónsul general. Id Wiiliam G. Boshell Vice-cónsul general. Bucaramanga Charles Keller Agente. Cucutá Christian Anderson Moller . . Agente. Hondat Henry Hallara Agente. Cartagena Clayton I. Crof t Cónsul. Id Adolphus Lecompte Vice-cónsul. Colón (Aspinwall) Charles W. Erdman Cónsul. Id Tracy Robinson Vice-cónsul. Boca del Toro George Fitzgerald Agente. Medellin .... Cónsul. Id Lucius Santa Maria Vice-cónsul. Panamá Thomas Adamson . Cónsul general. Id José G. Duque Vice-cónsul general. Agua Dulce Henry Dickson Agente. * El título "agente " significa "agente consular." Cuando se le dé otro sentido, se hará la oportuna explicación. 13 COLONIAS DANESAS. San Thomas Samuel B. Horne Cónsul. Id Joseph Ridgeway, jr Vice-cónsul, Frederickstad Wülianí F. Moore Agente. Santa Cruz Joseph L. Taylor Agente. COLONIAS ESPAÑOLAS. CUBA. Baracoa Willianí B. Dickey Agente comercial. Id Frank N. Gómez Vice-agente comercial. Cárdenas S. P. C. Henriques Agente comercial. Id Julius B. Hamel : . . . Vice-agente comercial. Cienfuegos Henry A. Ehninger Cónsul. Id Juan D. Carbo Vice-cónsul. - Trinidad de Cuba José P. y Magdaleno Agente. Zaza Sinesio Balesta Agente. Habana Ramón O. Williams Cónsul general. Id Joseph A. Springer Vice-cónsul general. Matanzas Cónsul. Id Henry Heidegger Vice-cónsul. Sagua la Grande Daniel M. MuUen Agente comercial. Id Anthony Pelletier Vice-agente comercial. Gibara , José Homobono Beola Agente. Nuevitas Richard Gibbs Agente. San Juan de los Remedios Agente comercial. Id , James H. Springer Vice-agente cojnercial. Santiago de Cuba Otto E. Reimer Cónsul. Id Robert Masón Vice-cónsul. Id Angelo Girandi Dependiente. Guantánamo Frederick F. Morris Agente. Manzanillo W. Stak_eman Agente. Santa Cruz William Voight Agente. PUERTO RICO. Mayaguez , Agente comercial. Id Alfred Cristy Vice-agente comercial interino. San Juan Lewin R. Stewart Cónsul. Id Raleigh F. Graydon ..... Vice-cónsul y dependien- te. Aguadilla Aug. Ganslandt Agente. 14 Arecibo John J. Ball, jr Agente. Fajardo John V. López Agente. Guayama J. C McCormick Agente. Naguabo Antonio Roig Agente. Ponce James F. Finlay Agente. Viequez H. N. Longpré Agente, COLONIAS FRANCESAS. GUAYANA FRANCESA. Cayenne León Wacongne Cónsul. Id Vice-cónsuL ANTILLAS. Guadalupe Charles Bartlett Cónsul. Martinique Alfred B. Keevil Cónsul. Id Simón H. David Vice-cónsul. Fort de France Henry T. Labat Agente. San Bartolomé R. Burton Dinzey Agente comercial. Id J. O. Florandin Vice-agente comercial. COLONIAS HOLANDESAS. GUAYANA HOLANDESA. Paramaribo "William Wyndham Cónsul ad interino. Id , Vice-cónsul. ANTILLAS. Curazao Leonard B. Smith Cónsul. Id Jacob Wuister Vice-cónsul. Buen Aire Lodewyk C. Boye Agente. San Martin D. C. Van Romondt Cónsul. Id Lewis H. Percival Vice-cónsuL San Eustacio George Doyle Agente. COLONIAS INGLESAS. BERMUDAS. Hamilton Henry W. Beckwith Cónsul. Id James B. Heyl. Vice cónsul y depenj diente. St. George's Agente comercial. Id James A. Atwood ,,,..,...., Vice-agente cornercial, 15 ANTILLAS. Antigua cónsul. Id Samuel Galbraith Vice-cónsul. Anguila Wager Rey Agente. Dominica William Stedman Agente. Montserrat Richard Hannam Agente. Nevis Charles H. Simnionds Agente. Portsmouth Alexánder Riviere Agente. Barbadas Edward A. Dimmick Cónsul. Id Vice-cónsul. Santa Lucia William Peter Agente. San Vicente Agente. San Cristóbal Emile S. Delisle Agente comercial. Id Vice-agente comercial. Trinidad William P. Pierce Cónsul. Id James S. Toppin Vice-cónsul. Scarborough Edward Keens Agente. Islas Turcas Joseph L. Hance Cónsul. Id Jeremiah D. Murphy Vice-cónsul. Cockburn Harbor John W. Tatem Agente. Salt Cay Daniel F. Harriott Agente. ISLAS BAHAMAS. Nassau Thomas J. McLain, jr Cónsul. Id Henry R. Saunders, jr Vice-cónsul. , Albert Town Howard H. Farrington Agente. Dunmore Town Norman E. B. Munro Agente. Governors Harbor Charles A. Bethel Agente. Green Turtle Cay Jabez A. Lowe Agente. Mathewtown Daniel D. Sargent ... Agente. Kingston William R. "Estes Cónsul. Id Richard W. Bayley Vice-cónsul. Id Thomas Wildes Dependiente del cónsul. Falmouth Charles A. Nunes Agente. Milk River A. A. Green Agente. Montego Bay G. L.P. Corinaldi Agente. Port Antonio George E. Davis Agente. % Port Maria 1. 1. Lyon Agente. Port Morant Lorenzo D. Baker, jr Agente. Savannah-la-Mar Ch. S. Farquharson Agente. pt. Ann's Bay Michael Solomons Agente. 16 HONDURAS (británica). Belize '. Cónsul. Id '. John E. Mutrie Vice-agente comercial. GUAYANA INGLESA. Demerara Philip Carroll Cónsul. Id James Thomson Vice-cónsul. Id , Arthur C. Walthall Dependiente del cónsul. COSTA RICA. Richard Cutts Shannon, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipo- tenciario • Managua. Samuel Kimberly, Secretario de Legación Guatemala. Cónsules. San José Beckf ord Mackey Cónsul. Id Harrison N. Rudd Vice-cónsul. Puerto Limón W. B. Unckles Agente. Punta Arenas R. H. Gadd Agente. CHILE. Patrick Egan, Enviado Extraordinario y Ministi'o Plenipotenciario Santiago. , Secretario de Legación Santiago. Cónsules. Coquimbo William C. Tripler Cónsul. Id Vice-cónsul. Iquique , Joseph W. Merriam Cónsul. Id Máximo Rosenstock Vice-cónsiü. Talcahuano John F. Van Ingen Cónsul. Id • Vice-cónsul. Valparaíso AVilliam B. McCreery Cónsul. Id August MoUer, jr Vice-cónsuL Caldera John C, Morong Agente. ECUADOR. Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario. Guayaquil William B. Sorsby Cónsul general. Id Martin Reinberg • . . Vice-cónsul general, Bahia de Caraquez Edward T. Goddard Agente. Esmeraldas P. P. Prias Agente. Manta Pedro A. Moreira Agente. 17 GUATEMALA. Romualdo Picheco, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario . Guatemala. Samuel Ki -iberly, Secretario de Legación y Cónsul general Guatemala. Cónsules. Guatemala Samuel Kimberly Cónsul general. Id John Rice Chandler Vice-cónsul. Champerico Florentine Souza Agente. Livingston John T. Anderson Agente, San José de Guatemala . . . Robert H. May Agente. HAITÍ. John S. Durham, Ministro Residente y Cónsul General Port-au-Prince. Cónsules. Cape Hay tien Stanislas Goutier Cónsul. Id Vice-cónsul. Gonaives Etheart Dupuy Agente. Port de Paix Theodore Behrmann Agente. Port-au-Prince John S. Durham Cónsul general. Id John B. Terres Vice-cónsul general. Aux Cayes Henry E. Roberts Agente. Jacmel Jean Vital Agente. Jeremie L. T. Rouzier Agente. Miragoane Francis W. Mitchell Agente. Petit Goave F. Merantie Agente. St. Marc Charles Miot Agente. HAWAII. John L. Stevens, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario. . Honolulú. Cónsules. Honolulú Henry W. Severance .... Cónsul general. Id Arthur W. Richardson , . Vice-cónsul general y de- pendiente. Id id Cónsul general. Hilo Charles Furneaux Agente. Kahului August F. Hopke Agente. Mahukona Charles L. Wight Agente. No. 2 Z 18 HONDURAS. Romualdo Pacheco, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario Guatemala. Samuel Kimberly, Secretario de Legación ... Guatemala. Cónsules. Ruatán y Truxillo Wm. C. Burchard Cónsul. Id Philip S. Burchard Vice-cónsul. Bonacca William Bayly Agente. Truxillo Manuel J. Izaguirre Agente. Utilla Robert Woodville Agente. Tegucigalpa . , James J. Peterson Cónsul. Id George Bernhard Vice-cónsul. Amapala Theodore Kohncke Agente. Puerto Cortez Henry Alger Agente. San Pedro Sula J. M. Mitchell, jr Agente. MÉXICO. Thomas Ryan, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario México. Charles A. Dougherty, Secretario de Legación Més;ico. Cónsules. Acapulco James F. McCaskey Cónsul. Id Cecilio Arosemena Vice-cónsul. San Benito F. A. Quinby Agente. Tehuantepec y Salina Cruz. James W. Jeffries Agente. Chihuahua Cónsul. Id William Heimke Vice-cónsul. Durango ■ John S. McCaughan Cónsul. Id Alien C. McCaughan Vice-cónsul. Ensenada '. Cónsul. Id Anthony Godbe ... Vice-cónsul. Guaymas Alexander Willard Cónsul. Id Charles E. Hale Vice-cónsul. La Paz James Viosca.. Cónsul. Id James Viosca, hijo Vice-cónsul. Bahía de Magdalena Agente. San José y Cabo San Lucas . Abraham Kurnitzky Agente. Matamoros John B. Richardson Cónsul. Id John F. Valls Vice-cónsul general y dependiente. Camargo Julián Lacaze Agente. Mier Henry Vizcayo Agente. Punta de Santa Cruz Conrad Cloetta Agente. "Victoria Agente, 19 Mazatlán Richard Lambert Cónsul. Id William L. Zuber Vice-cónsul. Mérida Edward H. Thompson ... Cónsul. Id John M. Gilkey Vice-cónsul y depen- diente. Campeche Gasper Trueba Agente. Laguna de Términos W. H. Bell , Agente. Progreso Anastasio C. M. Azoy Agente. México Richard Guenther Cónsul general. Id William M. Edgar Vice-cónsul general. Id F. E. Trainer Dependiente del| cónsul general. Guanajuato Dwight Furness Agente. Zacatecas T. Howard Hatch Agente. Nogales Délos H. Smith Cónsul. Id Josiah E. Stone Vice-cónsul. Nuevo Laredo Warner P. Sutton Cónsul general. Id Garland L. Mayes Vice-cónsul general. Id Charles A. Andrus Dependiente del cónsul general. Garita González Charles A. Andrus Agente. Paso del Norte Archibald J. Sampson Cónsul. Id William B. McLachlen Vice-cónsul y depen- diente. Piedras Negras Eugene O. Fechet Cónsul. Id Samuel M.. Simmons Vice-cónsul. Ciudad Porfirio Diaz Samuel M. Simmons Agente. Saltillo John Woessner Cónsul. Id Vice-cónsul. San Blas Cónsul. Id James W. Stevens Vice-cónsul. Tampico Adam Lieberknecht Cónsul. Id Neill E. Pressly Vice-cónsul. San Luis Potosí James P. TurnbuU Agente. Tuxpan John Drayton Cónsul. Id Vice-cónsul. Vera Cruz W. W. Apperson Cónsul. Id Paul Guma Vice-cónsul. Coatzacoalcos Frank W. Carpenter Agente. Frontera Michael Girard Agente. NICARAGUA. Richard Cutts Shannon, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipo- tenciario Managua. Samuel Kimberly, Secretario de Legación Guatemala. 20 cónsules. Managua William Newell Cónsul. Id H . E. Low Vice-cónsul. Corinto Henry Palacio Agente. San Juan del Sur Charles Holmann Agente. San Juan del Norte Wüliam A. Brown Cónsul. Id Frank Von Phul. . . Vice-cónsul. Bluefields John H. Simmons Agente. Corn Island James Hutchings Agente. PARAGUAY. George Maney, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipo- tenciario Montevideo, Uruguay. Cónmles. Asunción Edmund Shaw , Cónsul, Id Carlos R. Saguier Vice-cónsul. PERÚ. John Hicks, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario Linia. Richard R. NeiU, Secretario de Legación Lima. Cónsules. Callao Aquilla J. Daugherty.. Cónsul. Id John Eyre Vice-cónsul interino. Cerro de Pasco M. C. McNulty Agente. Chiclayo Alfred Solf Agente. Moliendo Wüliam R. Griffith Agente. Payta . R. M. Columbus Agente. Piura Emilio Clark Agente. Truxillo Edward Gottf ried ... Agente. Tumbez Wüliam Balami Agente. SALVADOR. Richard Cutts Shannon, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipo- tenciario - Managua. Samuel Kimberly, Secretario de Legación Guatemala. Cónsules. San Salvador James W. Love Cónsul. Id Frederick Baruch Vice-cónsul. Acajutla Frederick Koncke Agente. La Libertad Emilio Courtade Agente. La Unión John B. Courtade Agente. 21 SANTO DOMINGO. Joliii S. Durham, Encargado de Negocios ; Port-au-Prince. Cónsules. Puerto plata ; . . ; . Thomas Simpson . . . . : Cónsul, Id ....;....... Washington Lithgow. ...... Vice-cónsul, Monte Cristo ;..... Ai S. GruUon. . . ; . . ; Agente. Sanlariá Agente comercial. Id • . Jean M. Villain Vice-agente comercial. Santo Domingo ; Cónsul. Id Juan A. Read Vice-cónsill. Azúa John Hardy Agente. Macoris Julio Pardo Agente. URUGUAY. George Maney, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario. . Montevideo. Cónsules. Colonia Benjamín D. Mantón Cónsul. Id Manuel Caballero Vice-cónsul. Paysandu J. G. Hufnagel Agente. Montevideo Frank D. Hill Cónsul. Id Thomas W. Howard Vice-cónsul. VENEZUELA. William L. Scruggs, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario . Caracas. Richard M. Bartleman, Secretario de Legación Caraibas. K ' Cónsules. Ciudad Bolívar George F. Underhill Cónsul. Id Vice-cónsul. Imataca Agente. La Guaira Philip C. Hanna. Cónsul. Id Thomas D. Golding Vice-cónsul. Barcelona Ignacio H. Baiz Agente. Caracas Charles R. Rohl Agente. Carupan'o Juan A. Orsini Agente. Cumaná José G. N. Romberg . . . . ; Agente. Maracaibo E. H. Plumacher Cónsul. 22 Maracaibo Edward Beekman Vice-cónsul. Id William Volger Dependiente del cónsul. Coro Frederick Cook Agente. San Cristóbal Johannes A. LaUemant Agente „ Tovar Max W. Rehbein Agente. Valera Cari Strieck Agente. Puerto Cabello William G. Riley Cónsul. Id Wüliam H. Volkmar Vice-cónsul. Valencia T. H. Grosewisch Agente. REPRESENTANTES DIPLOMÁTICOS Y CONSULARES DE LA AMÉRICA LATINA EN LOS ESTADOS UNIDOS. REPÚBLICA ARGENTINA. Vicente G. Quesada, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, 1833 Jefferson Place, Washington, D. C. Roque Casal Carranza, Primer Secretario de Legación, The Amo, Washington, D. C. Juan S. Attwell, Agregado naval, 816 Eighteenth street, Washington, D.C. Cónsules. New York Carlos Carranza Cónsul general. Id José Martí Cónsul. Id Félix L. de Castro Vice-cónsul. Bangor J. Swett Rowe Cónsul. Philadelphia Gonzalo de Quezada Cónsul. Baltimore C. M. Stewart Cónsul. Boston Andrew Cutting Cónsul, Id Arturo Donner Vice-cónsul. Portland, Me Stephen R. Small Cónsul. Charleston Motte A. Pringle , Cónsul. San Francisco, Cal J. F. Schleiden Cónsul. Richmonfi, Va George A. Barksdale Vice-cónsul. Wilmlngton, N. C George Harris , . Vice-cónsul. Brunswick, Ga Rosando Torras . Cónsul. Id I. G. Collins Vice-cónsul. New Orleans Juan O. Bigelow Cónsul. Satilla, Ga Benjamín P. Johnson. . .■ Cónsul. Fernandina, Fia J. A. Nelson Vice-cónsul, Chicago Polhemus Learing Hudson. . . Cónsul. Savannah, Ga Rafael Salas Vice-cónsul. Panzacola, Fia L. M. Merritt Vice-cónsul. 23 BOLIVIA. Cónsules, New York Melchor Obarrio Cónsul general. San Francisco, Cal - -■ . Cónsul. Id W. Darley Bentley Vlce-cónsul. New Orleans José P. Macheca Cónsul. Boston W. H. Bowdlear Cónsul. Mobile , Lloyd D. Batre Cónsul. St. Louis, Mo Paul H. Ravasies Cónsvd. BRASIL. Salvador de Mendonga, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, 1761 Massachusetts avenue, Washington, D..C. José Augusto Ferreira da Costa, Secretario de Legación, 1707 G street, Washington, D.C. Alfredo de M. Gomes Ferreira, Segundo Secretario, 1707 G street, Wasliington, D. C. Mario de Mendonga, Segundo Secretario, 1761 Massachusetts avenue, Washington, D. C. Cónsules. New York, 23 State st Aurtro Teixeira de Macedo. . . Cónsul general. New York, 148 Pearl st Gustavo H. Gossler Vice-cónsul. Baltimore Antonio Fontoura Xavier Cónsul. Id Charles Mackall Vice-cónsul. Savannah, Ga William H. Adams Vice-cónsul. Norfolk y Newport News. . Barton Myers Vice-cónsul. New Orleans AUain Eustis Vice-cónsul. Wilniington, N. C Osear G. Parsley Vice-cónsul. Charleston Charles F. Huchet Vice-cónsul. Panzacola Manuel F. Gonzales Vice-cónsul. St. Louis, Mo Alfonso de Figueiredo Vice-cónsul. Brunswick, Ga. John R. Cook Vice-cónsul. Philadelphia John Masón, jr Vice-cónsul. Jacksonville, Fia S. G. Searing Vice-cónsul. Fernandma, Fia N. B. Borden Vice-cónsul. Cedar Keys,Fla; id Vice-cónsul. Boston , Reuben W. Hopkins Vice-cónsul. Richmond, Va George A. Barksdale Vice-cónsul. Calais, Me William A. Murchie Vice-cónsul. Wilmington, Del William G. Gibbons Vice-cónsul. Dañen, Ga Charles S. Langdon Vice-cónsul. Bangor, Me Edgar Clarence Pearson '. . Vice-cónsul. St. Mary y Satilla, Ga Augustus Baratee Vice-cónsul. Mobile, Ala Andrew Jackson Ingersoll Vice-cónsul. San Francisco D. L. Randolph Vice-cónsul. Id Columbus Bartlett Agente comercial. M COLOMBIA. José Marcelino Hurtado, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, The Albany, Washington, D. C. Julio Rengifo, Secretario de Legación, 1531 I street, Washington, D, C. J. Vicente Serrano, Agregado, The Albany^ Washington^ D.C; i'^ánsuteÉ, New York, 34 State street. CÜmaco Calderón Cónsul general. Boston, Columbus avenue. Jorge Vargas Herredla Cónsul. San Francisco, Cal., 319 Adolfo Canal Cónsul, California street. New Orleans Augusto Ferrandon Cónsul. Detroit Hermán Freund Cónsul. New York Atanasio G, Ribón Vice-cónsul. COSTA RICA. Joaquin B. Calvo, Encargado de Negocios, 1616 Nineteenth street, Washington, D. C. Cónsules. New York y Philadelphia. , Carlos R. Flint Cónsul general. New York Cecilio A. Delegado Cónsul. San Francisco, Cal Rafael Gallegos Cónsul general. New Orleans Eugenio J. Ledyard Cónsul general. Id L. C, Quintero Cónsul, Boston Charles S, Sanborn Cónsul. CHILE. Prudencio Lazcano, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, 1623 Six- teenth street, Washington, D. C. Manuel J. Vega, Secretario de Legación, 1019 Connecticut avenue, Washington, D. C. Carlos Zafiartu Fierro, Segundo Secretario (ausente), Washington, D.C. Capn. Francisco Sánchez, Agregado Naval, 1408 H street, Washington, D. C. Cónsules. New York F. A, Beelen Cónsul general. Boston Horacio N. Fisher Cónsul. Baltimore Washington Bootli Cónsul. Philadelphia, Pa Edward Shippen Cónsul. 25 Port Townsend, Wash. . . . R. W. Lyon Cónsul. Portland, Oregon Fernando I. Ewald Cónsul. Savannah, Ga Roberto B. Reppard Cónsul. New York Justo R. EsprieUa ; Cónsul. ECUADOR. Matías Romero, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de México, en- cargado de los negocios de la Legación i Cónsules. New York, 51 Liberty st . . Domingo L. Ruiz Cónsul general. Id H. Kiesewetter Cónsul. Id Eduardo Cogorza Vice-cónsul. Philadelphia, Pa., 533 Wal- Edward Shippen, Cónsul. nut street. San Francisco, Cal., 640 Juan J. Wright Cónsul. Market street. Id Newton Woodward HaU Vice-cónsul. Boston, 37 Centre street. . . Gustavo Presten Cónsul. Charleston, S. C Guillermo Oliveras Hall Vice-cónsul. Washington, D. C Charles A. Marqués de Cham- Cónsul. brun. GUATEMALA. Antonio Batres, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, The Ar- lington. Antonio Zalenzuela, Agregado, Washington, D. C. Cónsules. í New York Jacobo Baiz Cónsul general. San Francisco, Cal Domingo Estrada Cónsul general. New Orleans Emüiano Martínez Cónsul general. Id Lupercio Martínez Vice-cónsul. HAITÍ. Hannibal Price, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, 101 Pearl street, New York. John Hurst, Secretario de Legación, 101 Pearl street, New York. 26 Cónsules. New York, 101 Pearí street. John Haustedt Cónsul general. Id Wilhelm Klatte Vice-cónsvd. Bangor, Me Pre. Me. Conville Cónsul. Boston, 55 Kilby street Benjamín C. Clark Cónsul. Wilmington, N. C, 12 WiUiam M. Cumming Vice-cónsul. Princess street. Philadelphia, Pa A.H.Lennox Cónsul. Mobila, Ala Charles M, Bancroft Vice-cónsul. HAWAII. H. A. P. Cárter, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, Wormley's Hotel, Washington, D. C. Cónsules. New York City E. H. Alien. Cónsul. San Francisco, 302 Califor- D. A. McKinley Cónsul. nia street. Philadelphia Robert H. Davis Cónsul. Boston, 40 Water street. . . Lawrence Bond Cónsul. Port Townsend, Wash .... James G. Swan Cónsul. San Diego, Cal James W. Gowen Cónsul. Seattle, Wash George R. Cárter Cónsul. Portland, Oregon John McCracken Cónsul. HONDURAS. ' ■ Cónsules. New York Jacobo Baiz Cónsul general. Id E. Grant Marsh Cónsul. Id F. Spies Vice-cónsul. San Francisco, Cal WiUiam V. Wells Cónsul general. Id John T. Wright Cónsul. New Orleans E. A. Lever Cónsul. Id Eduardo Hernández Vice-cónsul. Philadelphia, Pa Salomón Foster Cónsul. Washington, D. C R. W. Stevens Cónsul. I 27 MÉXICO. Matías Romero, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, 1413 I street, Washington, D. O. Cayetano Romero, Primer Secretario de Legación, 12EastTownsend street, Balti- more, Md. Vicente Morales, Segundo Sectetario de Legación, 1704 Nineteenth street, Wash- ington D. C. Enrique Santibañez, Segundo Secretario de Legación, The Hamilton, Washing- ton, D. C. Edmundo J. Plaza, Tercer Secretario de Legación, 1386 1 street, Washington, D. C. Ramón G. Pacheco, Tercer Secretario de Legación, Willard's Hotel, Washington, D. C. Antonio León Grajeda, Tercer Secretario de Legación, 1028 Twenty-fifth street, Washington, D. C. José Romero, Agregado, 1418 I street, Washington, D. C. Cónsules^ New York, 85 Broadway . . Juan N. Navarro Cónsul general, Laredo, Tex. Rafael Vai-rios Cónsul. Brownsville, Tex., Eliza- Manuel Treviño Cónsul. beth street. San Antonio, Tex., Ace- Plutarco Órnelas ^. . . Cónsul. quia street. Eagle Pass, Tex., Com- Felipe G. Cazeneuve Cónsul. mei'cial street. Rio Grande City, Tex José Francisco González Cónsul. Galveston, Tex Francisco de P. Villasano . . . Cónsul. San Diego, Tex Antonio V. Lomeli Cónsul. El Paso, Tex Jesús Escobar y Armendariz . Cónsul. Panzacola, Fia ... Jaime N. Moreno Vice-cónsul. Mobila, Ala William A. Le Barón Vice-cónsul. St. Louis, Mo., 216 North John F. CahiU Cónsul. Eighth street. Kansas City, Mo Rafael G. Acosta Cónsul. Id Mauricio Rhaden Vice-cónsul, Tucson, Ariz Rufino Velez Vice-cónsul, Nogales, Ariz Felipe A, Labadie , Cónsul. Boston, Mass A. P. Cushing ~ Cónsul. Id : Edward A. Adams Vice-cónsul ad interim. San Francisco, Cal Alejandro K. Coney Cónsul general. Id. . . José F. Godoy Vicecónsul, Los Angeles, Cal Joaquín Diaz Prieto Cónsul. Roma, Tex José M. Quimones Cónsul. Ñew Órleans, 13 Commer- Manuel G. Zamora Cónsul. cial Place. Chicago, 111 Felipe Berriozabal (hijo) Cónsul. Demingi N. Mex. Salvador Maillefert Cónsul. NICARAGUA. Horac'o Guzman^ Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenbiario, Í3S4 Seven- teenth street, Washington, D. C. Román Mayorga, Secretario de Legación, 932 Fourteenth street, Washington, D; C. Cónsules. New York, 63 West íhirty- Alexander Cotheal Cónsul general en los sixth street. Estados Unidos. New York Gerardo Cantón Cónsul. San Francisco, Cal Wm. L. Merry Cónsul general. Baltimore Basü Wagner Cónsul. Philadelphia, Pa Henry Cardwell Potter Cónsul. New Orleans J. G. Woods Cónsul. Boston .... Jorge Oyarzabal y Bucelli Cónsul. ' Mobila, Ala William A. Le Barón Cónsul. PARAGUAY. Cónsules. Washington John Stewart Cónsul general en los Estados Unidos. San Francisco, Cal Petras J. Van Loben Seis .... Cónsul. PERÚ. Pedro A. del Solar, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario (ausente). José Maria Yrigoyen, Secretario de Legación y Encargado de Negocios, 1839 Cor- coran street, Washington, D. C. Manuel Elguera, Agregado, 1408 H street, Washington, D. C. Cónsules. New York Juan Quintana Cónsul generai. Id Francisco Pérez de Velazco . . Cónsul. San Francisco, Cal U. E. HoUoway Cónsul, Boston, Mass Mateo Crosby Cónsul. Philadelphia Henry L. Gregg Cónsul . Key West, Fia José de Pozo y Estenos Cónsul. Portland, Oregon C. H. Rostchild Agente consular. 29 SALVADOR. Benjamín Molina Guirola, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, 813 Vermont avenue, Washington, D. C. Ángel Guií-ola, Secretario de Legación, 813 Vermont avenue, Washington, D. C. Pedro J. Paz, Agregado, 813 Vermont avenue, Washington, D. C. Cónsules. New York Ernesto Schernikow ; Vice-cónsul. San Francisco, Cal José Mariano Eomá Cónsul general. SANTO DOMINGO. Manuel de J. Calvan, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario (ausente). Fi-ancisco de P. Suarez, Secretario de Legación, encargado de los negocios de la Legación, 1807 H street, Washington, D. C. Cónsules. New York Francisco Leonte Vasquez . . . Cónsul general. Boston, Mass Edwin M. Fowle Agente comercial. Philadelphia, Pa Thomas B. Wanamaker Cónsul. URUGUAY, Cónsules. New York Enrique Estrazulas Cónsul general. Id José Marti Cónsul. Portland, Me S. R. Small Vice-cónsul. Brunswick, Ga Henry T. Dunn Vice-cónsul. Panzacola, Fia Thomas C. Watson Vice-cónstd. Boston y Salem Arthur CarroU Vice-cónsul. Richmond, Va H. R. Baldwin Vice-cónsul. Fernandina, Fia N. B. Borden Vice-cónsul. Savannah, Ga Rafael Salas Cónsul. VENEZUELA. Nicanor Bolet Peraza, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, 1237 Connecticut avenue, Washington, D. C. Leopoldo Terrero, Primer Secretario de Legación, 1227 Connecticut avenue, Wash- ington, D. C. N, Bolet Monagas, Segundo Secretario de Legación, 1227 Connecticut avenue, Wash- ington, D. C. Carlos C. Bolet, Agregado, 1227 Connecticut avenue, Washington, D. C. 30 Cónsules. New York, 18 Broadway . . Rafael Villavicencio Cónsul general. New York Manuel Cadenas Vice-cónsul. New Orleans Emiliano Martínez. Cónsul. Savannah, Ga Norton Frierson Cónsul. St. Louis, Mo I. A. Browder Cónsul. Boston, Mass., 23 Court A. Escobar Cónsul. street. Id Wm. Máckie Vice-cónsul. Chicago, 111 G. C. Whiting Cónsul. Phüadelphia, Pa J. B. Hamel, jr Vice-cónsul. Pensacola, Fia I. L, Borras Cónsul. Philadelphia, Pa., 613 Manuel Maria Ponte, jr Cónsul, South Second street. San Francisco, Cal., 615 Benigno Campos Cónsul. Taylor street. Id Eugenio Danglada Vice-cónsul. 31 COMISIÓN DEL FERRO-CARRIL INTERCONTINENTAL. Presidente, A. J. Cassatt. Secretario, HÉCTOR DE Castro, 2100 P street NW., Washington, D. C. Países. República Argentina Brasil Estados Unidos. Colombia . Costa Rica. Ecuador . . Guatemala México. . . . Paraguay . Perú .... Salvador Uruguay . . Venezuela . Nombres. Señor Don Miguel Tedin. . , . Señor Don Carlos Agote . . . Señor Don Julio Krause .... Señor Don Pedro B. P. Leme . Señor Don Francisco Monle- vade. A. J. Cassatt Henrv G. Davis . R. C. Kerens. . . Señor Don C. Federico Pá- rraga. Señor Don Julio Rengifo. . . . Señor Don Climaco Calderón. , Señor Don Joaquín B. Calvo. Señor Don Lefifert L. Buck. . Señor Don Jacobo Baiz Señor Don Leandro Fernan- dez. John Stewart Señor Don Leíf ert L. Buck . . . Señor Don Benjamin Molina Guirola. Señor Don Francisco I. Lanza Señor Don Luis Julio Blanco Direcciones. The Shoreham, Washington, D.C. 816 Eighteenth street NW., Washington, D. C. The Richmond, Washington, D.C. 924 Fourteenth street NW., Washington, D. C. Id. 202 Rittenhouse Square, Phila- delphia, Pa. 213 East Germán street, Balti- more, Md. St. Louis, Mo. 58 William street, New York City. 1531 I street NW., Washing- ton, D. C. 24 State street, New York City. 1012 13th street NW., Wash- ington, D. C. 18 Broadway, New York City. 102 Front street, New York City. Hotel Arno, Washington, D. C. 33 I street NE., Washington, D.C. 18 Broadway, New York City. 813 Vermont avenue NW., Washington, D. C. 120 Front street, New York City. Care Venezuela Legation, Washington, D. C. 32 COMISIÓN MONETARIA INTERNACIONAL AMERICANA. Presidente, Señor Don Matías Romero. Secretarios, José Ignacio Rodríguez, 1340 "Vermont avenue, Washington, D. C. Arthur W. Fergusson, 2913 P street NW., Georgetown, D. C. Países. Nombres. Direcciones, República Argen- tina. Bolivia Señor Don Miguel Tedín Señor Don Melchor Obarrio . . Señor Don Salvador de Men- donga. Señor Don Julio Rengif o Señor Don Climaco Calderón . Señor Don Joaquín B. Calvo. . Señor Don Prudencio Laz- cano. Nathaniel P. Hill The Shoreham, Washington, D. C. 178 Broadway, New York Brasü Colombia City. 1761 Massachusetts avenue, Washington, D. C. 1531 I Street NW., Washüig- Costa Rica ton, D. C. 24 State street, New York City. 1012 Thirteenth street NW., Chile Washington, D. C. 1623 Sixteenth street NW., Estados Unidos Washington, D. C. Den ver, Coló. Lambert Tree Chicago, lU. Boston. Mass. William A. Russell Haití Hannibal Price H. A.P. Cárter 1727 F street NW., Washing- ton, D. C. Wormley's Hotel, Washing- ton, D. C. 1604 Nineteenth street NW., Hawaii Honduras R. W. Stevens México Señor Don Matías Romero. . . Señor Dr. Don Horacio Guz- mán. Señor Don Félix Ciprano C. Zegarra. Señor Don José Marti Señor Don Estanislao Ve- tancourt Rendón. Washington, D. 0. 1413 I street NW., Washing- ton. D. C. 1224 Seventeenth street NW,, Nicaragua Perú Washing-ton, D, C, 1519 K street N"W,, Washing- ton, D, C, 120 Front street, New^ York, Uruguay Venezuela N. Y, The Arhngton, Washington, D, C. 33 OFICINA DE LAS REPÚBLICAS AMERICANAS * Empleos. Director. . Secretario Contador . Traductor (al portu- gués). Traductores (al cas- tellano). Escribientes Taquígrafo . Nombres. William Eleroy Curtis Henry L. Bryan Carlos Federico Adams-Mi- chelena. John C. Redman Ricardo Villafranca Mary F. Foster John T. Suter, jr. . Leonard G. Myers. Imogen A. Hanna. Residencia en Washington, D. C. 1801 Connecticut avenue. 604 East Capitel street. 1212 S Street NW. 1354 Wallach Place. 1435 L Street NW. 1519 Twentieth street NW. 420 H street NW. 1918 I street NW. 1001 New Hampshire avenue. * Organizada bajo la inmediata vigilancia del Secretario de Estado, de acuerdo con las recomenda- ciones hechas por la Conferencia Internacional Americana. No. 2 2 República Argentina. La República Argentina linda por el norte con Bolivia, por el este con el Brasil, el Uruguay y el Océano Atlántico, por el sur con el Océano Atlántico y Chile, y por el oeste con los Andes que la sepa- ran de Chile. Se extiende de norte á sud desde los 21 hasta los 55 grados de latitud sud, por un espacio de 2,400 millas, y de este á oeste, entre los grados 53 y 70 de longitud occidental. Su anchura, por término medio, es de 700 millas. Bl clima es generalmente saludable, el suelo fértil y muy productivo. Valiosas selvas se extienden á lo largo de sus rios, y millones de cabezas de ganado lanar y vacuno pastan en sus extensas praderas. Por un tratado que se celebró hace algunos años entre Chile y la República Argentina las islas que forman el archipiélago de la Tierra del Fuego se repartieron entre ambos países. Esas islas están habitadas en su mayor parte por tribus de indios salvages, que se supone son antropófagos. Recientemente se han descubierto minas de oro en las islas que correspondieron en el reparto á la República Argentina, y dichos minas están actualmente en explotación. Los recursos del país son grandes, y la República ha sido una de las mas prósperas de Sud América. Poder Ejecutivo. — Bl Poder Bjecutivo está ejercido por el Presi- dente de la República, á quien elige cada seis años un colegio elec- toral, lyos electores en número de dos, por cada miembro del Senado y de la Cámara de Diputados, son elegidos directamente por el pueblo. Bl Presidente no es reelegible sino después de haber pasado un término intermedio. Su sueldo es 36,000 pesos. Bl Vice- presidente es elegido del mismo modo y por el mismo tiempo que 34 35 el Presidente : es Presidente del Senado, pero no tiene poder político. Sucede al Presidente en caso de muerte í incapacidad. Su sueldo es 18,000 pesos. Tanto el Presidente, como el Vicepresidente, han de ser católi- cos apostólicos romanos de religión, naturales del país, y mayores de treinta años de edad. Bl Gabinete consiste de cinco Ministros, denominados del Inte- rior, de Relaciones exteriores, de Guerra, de Hacienda y de Justicia. Cada Ministro tiene 16,800 pesos de sueldo anual. Poder Legislativo. — El Poder I^egislativo reside en el Congreso Federal que se compone de un Senado y una Cámara de Diputados. El Senado consta de 30 miembros, dos por el Distrito Federal, y dos por cada una de las provincias, todos elegidos por las Legislaturas respectivas, y sirven por nueve años. Los Senadores están distri- buidos en tres clases y el término de servicio de cada clase expira á los tres años. Según la Constitución se necesita para ser Senador tener una renta de dos mil pesos al año. El sueldo que se les paga es ocho mil cuatro cientos pesos anuales. La Cámara de Diputados se com- pone de 86 miembros, elegidos directamente por el pueblo, en la pro- porción de uno para cada 20,000 habitantes. Nadie puede ser Dipu- tado que no sea mayor de 25 años de edad, y tenga cuatro de haber sido admitido á la ciudadanía de la República. El término de ser- vicio de los Diputados es cuatro años ; pero la Cámara se renueva, cada dos, de por mitad. El sueldo de los Diputados es igualmente $8,400 por año. Las dos Cámaras permanecen en sesión, anualmente, desde el 1° de Mayo hasta el 30 de Setiembre. Poder Judicial. — La Justicia se administra por una Corte Su- prema que consta de cinco Magistrados y de un Fiscal ó Procurador general, y por diversos tribunales inferiores y locales. El juicio por jurado en lo criminal está garantizado por la Constitución. Superficie y Población. — La superficie de la República es de 1,125,086 millas cuadradas inglesas, y la población en 1887 era de 4,046,654. 36 L^a superficie y población de las catorce provincias y de los nueve territorios son como sig-ue : Provincias y territorios. Superficie en millas cuadra- das inglesas. Población. Provincias: Buenos Aires Catamarca , Córdoba Corrientes Entre Rios Jujuy La Rioja Mendoza Salta San Juan San Luis Santa Fé Santiago Tucumán Territorios: Pampa Neuquén Rio Negro Chubut Santa Cruz Fuego, Tierra del Misiones Formoza Chaco Total 63, 000 31,500 54, 000 54,000' 45, 000 27, 000 31,500 54, 000 45,000 29, 700 18, 000 18, 000 31,500 13,500 191,842 y 268,000 23, 932 125,612 1,125,086 850,000 130,000 380, 000 290, 000 300, 000 90, 000 100, 000 160, 000 200, 000 125,000 100, 000 240, 000 160, 000 210,000 40,000 30,000 50, 000 50, 000 d^2h, 000 La capital de la República, que es la ciudad de Buenos Aires, tenia en 1869 una población de 177,790, que subió en 1882 á 295,000 y llegó en Noviembre de 1889 á 538,385. En estas cifras están in- clusos los suburbios. Ciento cincuenta mil de estos habitantes son extrangeros. L^a ciudad de I^a Plata, que es la nueva capital de la provincia de Buenos Aires, fundada en 1884, tiene una población de 40,000 habi- tantes, y está situada como á 40 millas al sud-este de la ciudad de Buenos Aires. 37 Ciudades de más de cinco mil habitantes. Buenos Aires 568,644 Córdoba -66,000 Rosario 55,000 La Plata 40,000 Tucumán 40,000 Mendoza 20,000 Salta 20,000 Paraná 20,000 Corrientes 15,500 Pasco 15,000 SantaFé 10,670 Gualeguaychu 9,776 San Juan de la Frontera 8,353 Santiago del Estero 7,775 Chivilcoy 6,863 Bajada de Santa Fé 6,000 Catamarca 5,718 El aumento de la población se ha debido principalmente á la inmigración que en los últimos ocho años ha sido como sigue: En 1882, 51,503; en 1883, 63,243; en 1884, 777,805; en 1885, 108,732; en 1886, 93,116; en 1887, 136,842; en 1888, 180,993; ^n 1889, 289,014. Esto arroja un total de un millón de inmigrantes en estos ocho años. Los más de ellos proceden del sud de Europa. De 1880 á 1887, los italianos formaron el 70 por ciento del total. Eos espa- ñoles formaron un 10.25 por ciento; los franceses un 7.75 por ciento, y todos los demás un 12 por ciento. Ea emigración durante este periodo ha variado de nueve á catorce mil por año. El exceso de la inmigración sobre la emigración, de 187 1 á 1886, ha sido 634,266. En 1887 el número de extrangeros en la República era 600,000, entre los cuales habia 280,000 italianos, 150,000 fr aiceses, 100,000 españoles, 40,000 ingleses, y 20,000 alemanes. Religión. — Aunque la Constitución reconoce como religión del Estado la Católica Apostólica Romana, se toleran todas las otras creencias; y hay más iglesias protestantes en Buenos Aires que en cualquiera otra ciudad de la América del Sud. En 1889 ^1 Gobierno contribuyó con 423,540 pesos para el sostenimiento de la Iglesia Católica Apostólica Romana. En 1888 se dictó la ley estableciendo el matrimonio civil. Instrucción Pública. — Según los datos publicados por el Gobierno general habia, en 1888, 3,227 escuelas públicas, con 7,332 maestros, y 254,608 discípulos. Estas escuelas dependen todas del Ministerio de Instrucción Pública. Hay ademas 15 academias, con 343 profesores, y 2,517 alumnos; 88 14 escuelas normales de maestras con 4,324 alumnas; 13 id. de maes- tros con 2,655 alumnos; y 7 mixtas, ó para maestros de ambos sexos, con 1,818 alumnos. Setecientos treinta profesores imparten la ense- ñanza en todas estas escuelas normales. Hay en Córdoba un observatorio nacional, bien montado; en Buenos Aires y La Plata diferentes museos y un observatorio meteo- rológico. Hay también dos Universidades.>con facultades, de leyes, en que hay 203 estudiantes, de medicina, en que hay 414, de inge- niatura, en que hay 126, y de minas en que hay 30. Existen tam- bién dos Escuelas de agricultura práctica, una Academia naval, y una Academia militar. Rentas y gastos públicos. Ingresos. . 1889. 1890. Gastos. 1889. 1890. Derechos de im- portación Ferro-carriles. . . Pesos. 39. 750, 000 ' 120, 000 3, 300, 000 4, 054, 000 5, 300, 000 7, 700, 000 Pesos. 48,000,000 Gobernación . . Hacienda Instrucción. . . . Guerra Marina Negocios e X - trangeros Total Pesos. 15,611,213 24, 746, 772 8, 757,829 8, 310, 780 2, 908, 712 1,446,120 Pesos. 16,237,406.00 25, 989, 893. 28 Contribuciones urbanas Bancos Efectos timbra- dos 3, 850, 000 7, 700, 000 6, 050, 000' 8, 670, 000 9,517,026.00 9, 507, 838. 60 4,029,440.12 2, 600, 280. 00 Ingresos varios. . 61,781,428 67,881,884.00 Total 60, 224, 000 74,370,000 Ejército y Armada. — El ejército se compone de 11 generales, 238 oficiales de estado mayor, 880 gefes y oficiales de línea, i, 000 hom- bres de artillería, 2,500 de caballería, y 3,500 de infantería; en todo 7,000 combatientes. Iva milicia comprende 236,000 hombres, de 17 á 45 años de edad, y 68, 000 de reserva, de 45 á 60. Hay una Escuela militar con 125 cadetes, y otra para cabos y sarjentos. Iva Escuela naval tiene 60 cadetes ; la de artilleros navales, 80. En 1889 la armada de la República consistía en un acorazado, 2 monitores para la defensa de las costas, i crucero blindado, 6 caño- neros, 2 transportes, 3 despachos de vapor de hélice, y 4 de ruedas, I torpedero-escuela, 4 torpederos ordinarios, y 4 de los de espolón. Actualmente se construyen en Inglaterra varios buques de guerra 39 por cuenta de la República, y se está ademas aumentando el número de torpederos. Hay además unos cuantos buques de vela. Bl total de cañones es 58. El acorazado Almirante Brown es de porte de 4, 200 toneladas, y tiene fuerza de 5, 400 caballos. Está protegido por una armadura de acero de nueve pulgadas de espesor. En la batería central tiene seis cañones de Armstrong de 1 1 ^ toneladas ; y á popa y proa tiene otros dos cañones del mismo calibre. Está además provisto de tor- pedos de Whitehead, y de luz eléctrica. Sus planos fueron traza- dos por Mr. W. H. White, actualmente segundo contador, y direc- tor de construcciones navales de la armada de S. M. B. Fue cons- truido en 1 88 1 por los Sres. Saniuda. lya armada argentina está tripulada por 1,500 hombres, de los cuales 320 son oficiales, y 370 pertenecen al cuerpo de infantería de marina. Recursos y Productos. — lya superficie que estaba en cultivo en 1888, en las catorce provincias y en los cinco territorios nacionales, era de 2,359,958 hectáreas, ó sea 9,200 millas cuadradas. Esto re- presenta escasamente el i por ciento de la superficie total del país. El terreno dedicado al cultivo del trigo comprendía 100,000 hec- táreas en 1875 ; pero en 1889, subió á 1,035,000 hectáreas. El dedicado al maíz abraza 850,000 hectáreas, y 140,000 el dedicado al lino. El valor de los productos agrícolas exportados en 1888 ascendió á |i6, 300,000. Según las últimas estadísticas, el valor de las cosechas de 1889 en toda la República alcanzó á ^100,552,000 en oro. El ganado lanar y el vacuno constituyen una gran riqueza en la República Argentina. En 1888 se contaron 4,398,000 caballos, 22,869,000 cabezas de ganado vacuno, y 70,453,000 ovejas y carneros. El valor de la lana exportada en 1889 fue $56,000,000. Ferro- Carriles y Telégrafos. — lyas líneas de ferro-carril abiertas al tráfico público en 1889 abrazaban una extensión de 6,940 millas. Por ellas están en rápida comunicación con la capital las principales ciudades de la República. Había ademas en construcción 2,990 millas. El costo total de los ferró-carriles concluidos en 1885 fue veinte millones de libras esterlinas, de donde resultan por tér- mino medio 6,666 libras esterlinas por cada milla. Los produc- tos de los ferro-carriles en 1888 fueron $21,000,000, y sus gastos $12,250,000. 40 En 1888 había 14,700 millas de telégrafos en actual servicio, y de ellas 7, 300 pertenecían al Estado y el resto á compañías particulares. El número de despachos telegráficos transmitidos por estas líneas en 1889 subió á 3,511,420. Las oficinas telegráficas en 1887 eran 668. En Noviembre de 1889 se otorgó una concesión para ligar á Bue- nos Aires con Europa por medio de un cable directo, debiendo que- dar concluida la obra dentro de treinta meses. El concesionario de- positó, en Diciembre de 1890, en garantía del cumplimiento de su contrato, la cantidad de $100,000. El servicio de correos en 1889 fue como sigue : Cartas transporta- das, 42,965,555 ; tarjetas portales, 905,269; periódicos, 32,793,607. Había en el mismo año 659 oficinas de correo. Bancos. — En 3 de Noviembre de 1887 se dictó una ley de bancos nacionales semejante á la que rige en los Estados Unidos. Hay en la actualidad en toda la República 40 bancos, cinco de los cuales pertenecen á compañías inglesas. El capital de todos estos bancos es $350,000,000. Su activo se estimó en $137,653,868 en oro, y $460,614,226 en papel. El pasivo alcanzaba á la misma suma. COMERCIO. El comercio de la República se hace con la Gran Bretaña, Francia, Alemania y algunos otros países de Europa, los Estados Unidos y las Repúblicas sud-americanas. Las principales importaciones son de vestidos y materiales para ha- cerlos, de fibras, conservas alimenticias, artículos preservados en latas, ferretería, herramientas, muebles, licores de todas clases, materiales de ferro-carril, telégrafos, maquinaria, objetos de barro, loza, porce- lana, vidrio, cristal, etc. , carbón de piedra, petróleo, etc. , sustancias químicas, y artículos de tocador y perfumería de todas clases. Tam- bién se importa metal en pasta y acuñado. Las exportaciones son de lanas, sebo, estearina, cueros, pieles, huesos, ganado vacuno y lanar, productos de la agricultura, mine- rales, etc. El siguiente cuadro explica el movimiento de importación, en la República Argentina, de los principales artículos producidos en los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia, de 1885 á 1889. 41 Estado demostrativo del valor de las mercaderías importadas en la República Ar- gentina, de 1885 á 1889, procedentes de los países que en el mismo se expresan. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. De los Estados Unidos Madera y ai'tículos de id Pesos. 1,112,661 845, 818 320, 912 396, 694 164, 356 410,914 101,209 100, 193 38,425 835, 844 Pesos. 1,332,617 536, 298 591,588 278, 188 54, 681 494,486 86, 567 131,347 40, 132 785,866 Pesos. 1,495,998 617 584 538, 814 457, 337 446,001 797, 246 94, 699 152, 950 32, 567 1,038,533 Pesos. 1,839,012 740, 680 877, 519 426, 654 489, 213 486, 028 115,836 47,096 49, 431 1,027,942 Pesos. 2,554,658 1,193,881 1,069,320 726 795 Hierro, acero, y artícu- los de ambos metales . Instrumentos de agri- cultura Aceites minerales re- finados Carruajes, carros, y coches de ferro-carril. Algodón y artíciilos de id Productos químicos, drogas, tintes, etc. . . . Tabaco en rama y ma- nufacturado Provisiones , i n c 1 u - yendo carnes, leche, mantequilla, quesos, etc 719, 887 497, 894 151, 771 100, 960 97 216 Otros artículos 1,263,695 Total 4,327,026 4,331,770 5,671,729 6,099,411 8, 376, 077 Del Reino Unido: Hierro, forjado y sin forjar 5, 246, 233 4, 866, 457 1,213,275 2,865,766 823, 952 526, 215 628, 591 243, 053 318, 551 172, 951 165,334 256, 611 200, 690 255,710 4, 896, 740 4, 780, 674 7,227,818 1,797,208 3, 145, 204 790, 417 601,369 719, 103 356, 199 313,914 270, 261 163, 179 284, 311 244, 790 162, 196 4, 403, 300 5,175,430 8, 216, 730 2, 236, 132 4, 223, 543 1,172,593 791,712 1,042,935 471,457 359, 834 321,812 150,477 310,239 253, 326 180,752 5,409,698 11,398,603 5,247,440 3, 620, 949 3, 167, 556 1,246,374 910, 585 641,483 606, 770 389, 145 358,817 306, 404 284,496 274, 295 244, 274 8, 564, 179 13, 397, 255 7, 742, 611 4, 966, 327 4, 097, 880 2,420,266 775, 302 1,408,141 1,171,045 473, 063 Telas de algodón Maquinaria Tejidos de lana Carbón y combustible . . Ferretería y cuchillería . Artículos de yute Objetos de barro, por- celana y vidrio Artículos de vestir y camisería Materiales de pintura . . Objetos de escritorio, menos papel 443, 693 585,644 373,471 473, 399 Géneros de hilo, por vara Productos químicos y tintes Cuero curtido y sin curtir 345, 930 Otros artículos 13,309,337 Total 22, 680, 129 l25. 259. 943 30, 316, 670 37,361,370 51,983,364 ' 42 Estado demostrativo de valor de las viercaderias wiportadas en la República Ar- gentina, de 1885 d 1889 eíc. — Continúa. De Francia: Vinos ... Géneros de lana Géneros de algodón. . . . Artículos de cuero y suela Eopa hecha Azúcar refino Artículos de hierro. . . . Artículos de capricho y perfumería Madera y objetos de id Prendería Licores espirituosos. . . . Papel y objetos de papel Objetos de barro y por- celana Otros artículos Total Pesos. 4,517,443 4, 069, 921 602, 351 1,877,168 2, 100, 409 563, 394 361,420 350, 974 290, 529 879, 895 288, 157 312, 608 238, 293 2,534,925 18,487,487 Pesos. 6, 358, 815 3, 649, 806 1, 229, 049 1,932,517 1,134,881 714,312 449, 607 523, 964 580,479 288, 480 335, 370 334, 954 288, 088 3, 520, 891 21,336,163 1887. Pesos. 8,038,834 3, 887, 538 2, 526, 606 2,473,022 1,920,203 1,074,693 995,993 848, 841 583, 858 582, 669 487, 244 374, 588 336, 385 3,601,697 27, 732, 165 Pesos. 8,706,412 2, 378, 819 1,905,170 1,463,514 1,558,361 932, 821 628, 556 1, 793, 269 618,319 316, 638 300, 673 580, 726 347, 196 4,417,343 25,942,812 1889. Pesos. 10, 242, 643 1,816,970 2,100,580 2, 527, 684 1,455,798 2. 850, 843 ■ 863, 724 2,535,803 1,018,757 359, 155 888, 314 506, 090 473, 905 5, 617, 098 32,751,864 Cuadro de las exportaciones de la Repiibliea Argentina, para los tres países en él | mencionados. 1885. 1886. 1887. Para los Estados Unidos: Cueros y pieles, ex- cepto pieles finas. Lana en bruto Pelo, en bruto Pieles finas, sin pre- parar Plumas naturales . . . Otros artículos Total Para el Eeino Unido: Ti'igo y otros granos Pieles de todas clases Sebo y estearina .... Huesos, excepto los de ballenas. ... . . Cueros al pelo Lana Mineral de plata. .. . Pesos. 2,697,610 999,291 353, 240 101,736 16,081 360, 553 Pesos. 2, 746, 771 1,183,737 361,086 96, 069 36,318 598, 375 Pesos. 3, 588, 517 695, 075 330, 616 224,484 38, 969 837, 581 Pesos. 8,969,208 1,178,003 237, 303 239, 410 47, 122 281,118 Pesos. 8,749,170 908, 969 171,166 48, 978 34, 540 541,800 4, 828, 510 5, 022, 346 4, 100, 192 5, 902, 159 5, 454, 618 1,170,305 991,194 826, 760 493, 597 651,751 493, 079 100, 713 1,920,024 654, 170 315, 539 196, 390 505, 355 1,040,492 83,417 4, 314, 075 495, 815 135, 396 222, 229 358, 968 157, 285 53, 079 6, 042, 529 632, 047 514, 608 435, 776 301,071 244, 366 93, 456 1,877,729 609,490 803, 143 194, 811 369, 143 855, 394 86, 463 43 Cuadro de las exportaciones de la República Argentina, para los tres países en él mencionados — Continúa. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. Para el Eeino Unido— Continúa. Carnes preservadas . . Otros artículos Pesos. 170, 688 4, 246, 683 Pesos. 235. 786 3, 060, 921 Pesos. 91,325 4,765,021 Pesos. 92, 658 4,581,858 Pesos. 102, 892 4, 912, 685 Total 9, 143, 769 8,011,894 10, 593, 193 12, 938, 364 9,811,750 Para Francia: Lana en bruto Cueros. . . Cereales 21,545,297 11,598,536 2, 080, 037 365, 358 1,213,979 978, 690 217, 588 113,121 280, 178 25, 377, 034 12, 103, 667 2, 907, 378 269, 725 842, 044 2,175,613 189, 007 86, 749 393, 707 20, 157, 700 9, 900, 877 3, 986, 628 755, 881 445, 853 214, 507 234,500 36, 362 328, 466 21,077,955 9,847,440 3, 732, 602 514, 801 1,173,268 294,472 108, 102 . 80,828 723,468 25,164,607 13, 800, 195 2, 145, 022 Semillas oleaginosas. Grasa 101,155 496, 906 265, 880 Carnes de todas clases Pelo 171,738 Plumas de adorno . . . Otros artículos 46, 947 410,617 Total 38,392,784 44,344,924 36,060,774 37, 052, 936 42, 603, 067 El siguiente es un estado de las exportaciones hechas, en la Repú- blica Argentina, de sus principales productos, para los países que en el misnio se expresan, en los años de 1887 y li Exportaciones de la República Argentina en 1887 y 1888. Productos principales. Año termi- nado el 30 de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Di- ciembre de 1887. Año termi- nado el 31 de Marzo de 1887. Año termi- nado el 31 de Diciem- bre de 1887. Para los Es- tados Uni- dos. Para el Reino Unido. Para Francia. Para Alemania.* Para España. Huesos, cascos, cuernos etc Pesos. Pesos. 248, 036 4, 314, 074 Pesos. 40, 819 3, 986, 627 92, 633 Pesos. Pesos. Cereales 31,178 14, 994 204,134 Productos químicos, dro- gas, tintas Cobre y objetos de id 27, 953 Artículos de fantasía (plu- mas) 47, 122 50,762 36, 362 714 94,248 46, 966 Abonos Grasa 1,201,734 234, 500 Pelo 237,303 55, 648 * Nota.— En las exportaciones para Alemania se comprenden también las de Uruguay y Paraguay. 44 Exportaciones de la República Argentina en 1887 y 1888 — Continúa. Productos principales. Año termi- nado el 30 de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Di- ciembre de 1887. Año termi- nado el 31 de Marzo de 1887. Año termi- nado el 31 de Diciem- bre de 1887. Para los Es- tados Uni- dos. Para el Reino Unido. Para Francia. Para Alemania.* Para España. Cueros al pelo y pieles Cueros curtidos y objetos de cuero Pesos. 3,969,203 Pesos. 864,782 Pesos. ■ 9,900,877 Pesos. 319,872 476 64,498 Pesos. 865,526 Provisiones: Carne preservada .... 91,325 2, 153, 898 135, 396 2,191,838 53, 079 4,725 157, 855 294, 584 214,507 63,675 Carnero fresco Sebo Semillas de linaza 87,860 63, 784 Mineral de plata 16, 422 Tabaco en rama Lana 1,178,003 331,906 20, 157, 700 195,015 10,460,338 109,638 7,096 Otros artículos 23, 403 Total 5, 902, 159 10, 593, 193 36,060,774 11,159,344 1,789,774 * Nota.— En las exportaciones para Alemania se comprenden también las de Uruguay y Paraguay. El siguiente cuadro muestra las importaciones hechas en la Re- pública Argentina de los principales productos de los países que en él se mencionan, hechas en 1887 y i^ Importaciones en la República Argentina en 1887 y 1888. Productos principales. Año terminado el 30 de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Di- ciembre de 1887. Año terminado el 31 de Marzo de 1887. Año terminado el 31 de Di- ciembre de 1887. De los Estados Unidos. Del Reino Unido. De Francia. De Alemania. De España. Instrumentos de agricul- tura Pesos. 877, 519 26, 600 489, 213 115, 836 68,298 2,125 486, 028 52, 253 Pesos. Pesos. Pesos. Pesos. Animales 729, 990 1,105,333 374, 331 39, 687 1, 172, 593 8,216,730 471,457 6,664 6, 147 Carruajes, carros, etc Productos químicos, dro- gas, tintes y medicinas . . Relojes de mesa v bolsillo. 232, 087 48, 552 69,950 Carbón de piedra Géneros de algodón Objetos de barro, porce- lana y vidrio 2, 526, 6Ó5 336, 385 119,479 117,848 45 Importaciones en la República Argentina en 1887 y 1888 — Continúa, Productos principales. Año terminado el 30 de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Di- ciembre de 1887. Año terminado el 31 de Marzo le 1887. Ano terminado el 31 de Di- ciembre de 1887. De los Estados Unidos. Del Reino Unido. De Francia. De Alemania. De España. Artículos de fantasía Pesos. 21,319 32,651 133, 664 1,971 Pesos. 848, 841 116,524 1,686,471 Pesos. 721,616 Pesos. Pesos. 99,084 5 792 Pescado Objetos de Lino, cáñamo y yute 26, 395 71,217 1,129,780 29, 764 76 793 Frutas Pelo y artículos de id 11,900 Pólvora y otros materiales explosivos 6,683 7,071 740, 680 5,017 24,290 2,067 2,575 25, 740 426, 654 1,688 4,810 35, 752 49,431 2,091 754 15, 648 38 47, 096 516 (*) Géneros de goma elástica . . 92,245 8,524,065 "'256,' 898' 250, 956 80,680 5,950 1,825,460 Hierro, acero y objetos de id 995, 990 582, 669 2,473,022 18, 398 Prendería y artículos de oro y plata Cuero y objetos de id Cal V cementos 134, 470 12, 976 Cerveza y bebidas análo- gas 17, 374 Instrumentos músicos Aceites: Minerales refinados .... Todos los demás 67,983 952 41,579 Pinturas y materiales para pintar 321,812 320,931 109, 238 173,564 Papel y efectos de escri- torio. Provisiones de toda clase . . 374, 683 28, 631 207, 677 487, 244 105, 672 476 220, 941 Bebidas espirituosas Almidón 15,236 11 924 Azúcar refino rado '. 1,074,692 69, 972 5,474 Vestidos y materiales para hacerlos . 105,919 359, 834 7,038 1,920,203 8, 038, 836 57, 358 3,973,878 2, 725, 056 59, 738 Vinos 2,590,855 Maderas y artículos de ma- dera 1,839,012 311 554, 060 583, 860 4, 223, 543 1,740,080 Géneros de lana 490, 756 121,776 67, 526 Otros artículos 260, 234 Total 6,099,411 30,316,670 27,732,165 4,932,788 3,653,716 * No expresado. 46 Cuadro de las importaciones y exportaciones de la República Argentina, desde 1887 hasta 1890, arreglado por países. Países principales. Gran Bretaña : Importaciones de Exportaciones á. . Estados Unidos: Importaciones de Exportaciones á. . Francia: Imi3ortaciones de Exportaciones á . . Alemania: Importaciones de Exportaciones á . . España: Importaciones de Exportaciones á. . Holanda: Importaciones de Exportaciones á . . Bélgica: Importaciones de Exportaciones á. . Uruguay: Importaciones de Exportaciones á. . Italia: Importaciones de Exportaciones á. . Brasil: Importaciones de Exportaciones á. . Paraguay: Importaciones de Exportaciones á. . Chile: Importaciones de Exportaciones á. . Portugal : Importaciones de Exportaciones á. . Las Antillas: Importaciones de Exportaciones á. . Bolivia: Importaciones de Exportaciones á. . Los demás paises: Importaciones de Exportaciones á. . Total de importa- ciones Total de exporta- ciones 1887. Pesos. 34,779,219 17,085,001 11,004,553 5,938,808 22, 743, 550 24,871,354 12,108,456 9, 835, 754 5, 005, 699 1,321,203 432, 128 13, 250 10, 947, 955 12,111,531 6,507,934 2, 360, 005 7, 037, 741 3,107,113 2, 517, 943 1,841,112 1,307,923 423, 795 16, 195 1, 150, 576 61,783 14,517 5,942 783, 296 67, 996 191,290 2, 814, 308 3,373,215 117, 352, 125 84,421,820 Pesos. 44,044 17,061 9,909 6,665 22, 966 27,973 13,310 13, 309 3,913 3,313 276 11,084 16,679 5,443 2,681 7,764 2,742 2,377 2,460 1,762 384 29 1,682 59 136 2, 1,246, 53 247 5,412 3,526 128,412 100, 111 851 411 895 520 857 561 094 546 811 864 815 1889. 482 944 001 283 023 960 734 451 411 373 959 011 670 271 212 716 359 365 936 627 110 903 Fesos. 56, 820, 169 14,9ol,394 16, 801, 750 ■ 7,726,691 30,237,407 38,264,414 15,477,754 17,120,472 4, 565, 470 3, 332, 115 831, 372 116,479 13, 958, 247 16,326,423 7, 206, 315 5,393,960 10, 188, 189 3, 930, 134 2, 607, 017 7, 522, 835 1,377,543 855, 292 19, 509 2, 504, 727 72, 567 189, 581 910 1, 290, 472 63, 313 328, 203 4, 342, 352 2,981,865 164,569,884 122, 815, 057 1890. Pesos. 61,217,504 20,980,407 9,307,315 6,066,063 20, 377, 204 26,881,803 12,209,328 11,680,023 4, 333, 062 2,083,577 850, 371 160,249 10,983,811 12, 003, 075 8, 547, 065 7, 104, 004 8,661,918 3, 194, 981 3,711,843 10,009,012 1,799,476 375, 653 45, 145 2, 118, 938 102, 309 456,701 975, 045 111,155 111, 455 6, 692, 210 1, 078, 912 149, 124, 615 105,617,666 47 Valor de las principales mercaderías importadas en la República Argentina, y dere- chos de aduana que han satisfecho. Artículos principales. Ganado vacuno Ganado de otras clases Azúcar refino Queso Comestibles y víveres Cerveza en botellas Brandy en botellas Licores de todas clases y vinos Tabaco Géneros de algodón Casimires , Tejidos y géneros de otras clases. Ropa Medicinas Perfumería Drogas y productos químicos Madera de pino Muebles Otras maderas y artículos de madera. Papel de imprenta Papel de otras clases y obje- tos de papel. Cuero y objetos de cuero Alambre para cercas Hierro bruto Hierro en otras formas y ferretería. Materiales de ferro-carril . . . Id. para obras iiúblicas de otra clase. Prendería Bandas metálicas Metales diversos y objetos de metal, 1887. Pesos. 156, 393 253, 184 4,353,407 1,073,639 10,497,807 654, 723 902,850 13,980,864 1,697,383 8, 078, 595 2,651,096 11,500,399 7,433,951 668, 971 428, 503 3,081,524 6, 155, 658 952, 268 1,633,750 '717, 257 2, 394, 589 1,753,183 1,863,420 1,480,599 11,015,347 3, 534, 555 1,505,348 797, 289 692,833 1,525,141 Pesos. 93, 145 141.830 3,541,152 998,214 10,021,983 581,793 615, 708 11,154,328 1,587,571 5, 052, 507 2,837,620 13, 309, 500 7, 727, 798 600, 614 341,150 3,384,500 5, 026, 836 1,083,225 2, 289, 549 910, 038 2,488,457 1,911,830 1,515,368 2, 620, 495 13,507,451 13, 624, 351 1,847,981 862,888 607,668 1,334,571 1889. Pesos. 35, 748 118, 185 6, 275, 810 954, 682 11,120,412 1, 077, 032 797, 190 18,427,885 1,895,788 4,975,647 8, 479, 846 15, 693, 749 8,080,180 469, 138 461,252 3,826,412 7,813,897 1,385,887 2, 907, 124 1,808,456 2, 632, 868 2, 502, 796 1,983,194 2, 883, 058 19, 860, 861 19,249,811 4, 923, 988 949, 544 625, 248 2,297,019 Derechos paga- dos (1890). Libre. Cerca de 4-iV por centa- vos por li- bra. 50 por ciento. 15 centavos por botella ó litro. Cerca de lli^o centavos por pinta. Cigarros y polvo de rapé, 60 por ciento. Ta- baco en otras for- mas, 55 por ciento. 15 y 20 por ciento. 25 por ciento. 50 por ciento. 50 por ciento. 10 por ciento. 50 por ciento. 10 por ciento. 10 por ciento. 10 por ciento. Libre. 5 por ciento, I. 48 I Valor de las x>TÍncipales mercaderías importadas en la Eepública Argentina, y derechos de aduana que lian satisfecho — Continúa. Artículos principales. 1887. 1888. 1889. Derechos paga- dos (1890). Piedra de construcción Cimiento hidráulico . . . Pesos. 692, 214 579, 555 3,456,092 4, 079, 866 1, 340, 299 289, 998 1,086,952 108,420 2, 342, 183 Pesos. 1,343,091 674, 375 3, 975, 123 3, 337, 985 706,249 228, 506 1,148,799 363, 714 4, 933, 177 Pesos. 1,770,422 10 por ciento. Objetos de piedra, barro, vidrio y porcelana. Carbón de piedra 4, 888, 224 6,515,141 908, 306 170, 363 1,535,333 413, 587 4, 356, 906 Libre. Aceite de carbón Combustibles de otras clases . . Articules de fantasía Aparatos farmacéuticos . - Artículos varios manufactu- rados. Cerca de 1 y ^0^ centa- vos por pin- ta. 60 por ciento. Total de importaciones . 117, 352, 125 128,412,110 164, 569, 884 I Nota.— Conforme á una ley nueva, se recargan con 1 por ciento todos los derechos de importación. Cuadro del valor de las exportaciones de la República Argentina en 1887, 1888 y 1889. Artículos. Pieles de cabra Pieles de carnero Cueros de buey Lana sucia Productos animales de todo género, y ganado Trigo Maíz Productos de la agricultura Tasajo Grasa y sebo Productos varios industriales Productos de los bosques Productos minerales Productos y artículos varios Total de exportaciones 1887. Pesos. 460, 140 8,408,742 12, 047, 837 32, 749, 315 2,597,459 9, 514, 635 7,236,886 4,516,620 2, 398, 424 788, 777 1,525,558 330, 214 186, 356 1,661,657 84,421,820 Pesos. 585, 478 5, 610, 923 14,631,009 44, 858, 606 5, 389, 939 8, 248, 614 5,444,464 2, 605, 282 3,456,787 2, 140, 393 2, 508, 667 781.793 1,526,057 2, 323, 891 100,111,903 1889. Pesos. 821,590 11,386,593 13,709,014 56,709,774 6,655,744 1,596,446 12, 977, 721 2, 361, 380 6, 139, 875 3, 297, 471 2, 509, 020 793, 257 1, 629, 160 2, 228, 012 122, 815, 057 49 Cuadro demostrativo del valor de las mercaderías exportadas de la República Argentina, según los países á que se han sido enviadas. Artículos principales. Diciembre 31 de 1888. Enviadas á los Estados Unidos. Enviadas al Reino Unido. Enviadas i Francia. Enviadas á Alemania. Huesos, y huesos calcinados Plumas de avestruz Harina Grasa y sebo Pelo Cueros y pieles Maíz.. Semillas de linaza Mani Provisiones, carne de carnero con- servada en hielo Plata, etc Trigo Madera Lana sucia Otros articules Pesos. 121,929 39, 947 776 Pesos. 558, 787 Pesos. Pesos. 239, 774 5, 234, 889 11 112,544 1,560 20, 952 617,597 89, 355 2,616,748 3, 353, 567 1,465,452 121,669 269, 926 82, 401 794, 205 37, 484 1,189,987 568,521 4,371,273 258, 582 1,086,528 869, 062 5, 200, 039 943, 079 260, 624 44, 770 57, 220 211,179 546, 034 19, 724, 198 684, 823 Total . 6, 665, 520 17,061,411 27, 973, 561 70, 839 1,769,585 111,816 95,697 212,218 205, 266 10, 328, 569 515,556 13, 309, 546 Estado que demuestra el valor de las importaciones en la República Argentina, según los países de que vinieron las mercancías. Artículos principales. Instrumentos de agricultura Animales Productos químicos, drogas, medi- cinas , Combustible, carbón de piedra, aceite de carbón, etc Artículos de fantasía Muebles Objeto de vidrio y de piedra Hierro, acero, ferretería Cuero y objetos de cuero Prendei-ía y objetos de oro, plata, etc. Licores Madera Maquinaria No. 2 4 Diciembre 31 de 1888. De los Esta- dos Unidos. Pesos. 662, 090 394, 547 677, 089 57, 053 406, 248 94, 712 492, 954 143, 639 189, 391 6,007 , 946, 140 650, 663 Del Reino Unido. Pesos. 374, 449 105, 350 1,249, 3,251, 066 634 347, 855, 4, 565, 765, 388, 476, 610 482 167 297 576 871 3,164,435 De Francia. Pesos. 948, 733 1,127,256 695, 645 1,282,826 1,395,219 1,115,174 824, 892 5,277,839 De Alemania. Pesos. 756, 949 902, 155 791,963 1,590,631 280, 126 240, 013 646, 991 60 Estado que demuestra el valor de las importaciones en la República Argentina, según los países de que vinieron las mercancías — Continúa. Artículos principales. Papel, etc Provisiones, productos cereales Materiales para obras públicas Géneros j tejidos de lana Tabaco Vestidos y material para hacerlos . . . Otros artículos Total Diciembre 31 de De los Esta- dos Unidos. Pesos. 60, 856 171,110 526, 542 58, 394 23, 060 349,400 9, 909, 895 Del Reino Unido. Pesos. 455,470 1,400,845 10, 767, 088 11,158,074 44, 717 2, 310, 547 3, 354, 183 44, 044, 851 De Francia. Pesos. 579, 575 3, 134, 350 3, 680, 021 186,413 2, 078, 935 639, 979 22, 966, 857 De Alemania. Pesos. 1,776,507 1,173,411 218, 424 2,677,268 126, 657 1, 910, 298 218, 702 13, 310, 094 Nota. — De España se importa por valor de $3,913,811, sin especificarse las partidas. MONEDAS, PESOS Y MEDIDAS. Las monedas, pesos y medidas en la República Argentina son como sigue: Monedas. — El peso {fuerte^ de plata, dividido en lOO centavos es la unidad monetaria. En Enero de 1891 el valor de este peso en los Estados Unidos era 96 centavos y 5 décimos. El papel moneda, de curso forzoso desde principios de 1885 lia experimentado una gran depreciación. Esta llegó en Diciembre de 1889 hasta tal grado que el peso de papel valía solo 43 centavos en oro. Las demás monedas son, el argentino (de oro), que vale $4,824 ;y el medio argentino (también de oro), que vale la mitad. Las monedas de plata que existen además del peso representan fracciones de este. Pesos y Medidas. — El quintal.^ con 4 arrobas. La arroba con 25 libras, l^o. fanega (medida de capacidad para sólidos), que equivale á 1.547 bushels de los Estados Unidos. El frasco (medida de capa- cidad para líquidos), que equivale á dos cuartillos y medio. La vara (medida lineal) dividida en 3 pies. Desde el i" de Enero de 1887 es obligatorio el sistema métrico decimal. \ Edificio Boliviano en la Exposición de París. Boli ivia. Poder Ejecutivo. — El Presidente de la República ejerce el poder ejecutivo, auxiliado por cinco Ministros que constituyen su Gabi- nete. Es elegido, por cuatro años, por voto popular directo de todos los ciudadanos que saben leer y escribir. No puede ser reelecto para sucederse á si mismo. Hay dos Vicepresidentes, llam9.dos primero y segundo, que son elegidos de la misma manera, y que en caso de ausencia, enfermedad ú otra inhabilitación del Presidente, desempeñan, por turno, sus funciones. El sueldo anual del Presidente es $24,000, el del primer Vicepresidente $6,000, y el del segundo $5,000. El Gabinete consta de cinco Ministros, á saber : el de Rela- ciones Exteriores y de Cultos (que por lo común es el Gefe del Gabinete), el de Industria y Hacienda, el de Gobernación, el de Justicia é Instrucción Pública, y el de la Guerra. El sueldo de cada Ministro es $5,000 al año. Poder Legislativo. — El poder legislativo reside en el Congreso nacional, que se compone de un Senado y una Cámara de Diputa- dos; el primero consiste de diez y ocho miembros, dos por cada De- partamento, elegidos por voto popular directo, y la segunda de se- senta y ocho miembros, elegidos del mismo modo. Las dos Cámaras se reúnen anualmente el dia 6 de Agosto, en conmemoración de que fue en ese día, en 1826, cuando el primer Congreso, reunido en Chuquisaca ( Sucre ) declaró la independencia del país, y quedó este separado del Perú, tomando el nombre de Bolivia, en honor del liber- tador Simón Bolívar. L^os Senadores y Diputados tienen un suel- do mensual de $200 durante los noventa dias que dura la sesión del Congreso. Se les pagan, además, sus gastos de viaje á la capital. Poder Judicial. — Hay un Tribunal Supremo de Justicia estable- cido en Sucre, capital oficial de la República. Esta está dividida en 51 52 8 distritos judiciales, én cada uno de los cuales hay un Tribunal Su- perior, establecido en la ciudad de mayor importancia. Cada distrito está además subdividido en tantos juzgados de pri- mera instancia como se necesitan. Super^ficie y Población. — La República de Bolivia está dividida en 9 departamentos, subdivididos en 44 provincias y 357 cantones. Según los datos más recientes la superficie de Bolivia es 784,554 millas cuadradas, y su población 2, 333, 350 habitantes, de los cuales 1,000,000 son indios de raza pura y 700,000 mestizos. Los restantes 600,000 son descendientes de Europeos. Superficie y población de los departamentos. Departamentos. Sucre ó Chuquisaca La Paz Potosí , Cochabamba Oruro Santa Cruz Tarija . . Beni . Total Superficie en millas cuadra- das. 72, 796 44, 552 55, 400 36,810 25, 640 140, 180 112, 545 295, 631 784, 554 Población. 360, 680 642, 650 300, 000 450, 300 170, 000 200, 500 140, 560 68, 650 2, 333, 350 Organización Interior. — Bl Gobierno civil de cada Departamento está á cargo de un Prefecto, que depende inmediatamente del Gefe del Poder Ejecutivo. Hay además Subprefectos que residen en las capitales de provincia. El Prefecto reside en la capital del Departa- mento. A la cabeza de los cantones se hallan los corregidores y los alcaldes. Población de las capitales de Departamento. Sucre (capital de la República y del Departamento de Suci'e) 30, 000 La Paz (residencia actual del Go- bierno) 80, 000 Cochabamba 40, 000 Potosí 26, 000 Santa Cruz 14, 000 Oruro . . 12, 000 Tarija 10, 000 Trinidad 8, 600 Religión. — La religión Ctóalica Apostólica Romana es la única que reconoce el Estado, y la única que puede practicarse en público, 53 aunque hay otras toleradas. Bl gobierno de la Iglesia boliviana está á cargo del Arzobispo de Sucre, y de los Obispos de I^a Paz, Cochabamba y Santa Cruz. Instrucción pública. — Hay 460 escuelas primarias, á que asisten 25,460 niños, y 19 colegios de los cuales 8 son para hombres y 6 para mujeres. L^os 5 restantes son de empresa particular. Además de festos institutos hay 4 Seminarios con 2,658 estudiantes, y 4 Uni- versidades con facultades de derecho, medicina y Teología, á que concurren 850 estudiantes. Hacienda. — Según el informe que el Ministro de Hacienda presentó al último Congreso, en 1890, la deuda interior asciende á ^4,450,000 y la exterior á $622, 121. I^a última se va reduciendo rápidamente. Ejército. — Bl ejército regular, ahora muy pequeño, consta sólo de 2,000 hombres. Pero hay una guardia nacional numerosa, bien or- ganizada y disciplinada, que se compone por lo menos de 20,000 hombres, cuyo número puede duplicarse en caso de guerra. Recursos y Productos. — lya riqueza natural de Bolivia es muy grande. Bn las regiones frias abundan la alpaca, cuya lana de ex- tremada finura es muy estimada en el comercio, y la llama, el guanaco, y la vicuña, que pertenecen á la misma familia. La lana de la vicuña se usa para la fabricación de paños muy finos. También se encuentran la chinchilla, la nutria y otros animales de piel fina. Bn las regiones templadas abunda el ganado lanar y vacuno, y la cabra peluda, los caballos y las muías. Bl dromedario africano se ha aclimatado en la parte del sur de Bolivia, y allí vive y se reproduce. Bn las regiones cálidas se encuentran, además del ganado ordinario de todas clases, el perezoso, el anta (ó la gran bestia), una gran variedad de ciervos, muchedumbre de pájaros de todas clases, y gran cantidad de peces. Bl reino vegetal es también extremadamente rico, y variado, y suministra maderas muy buenas para ebanistería, para tinte, y para construcción, la coca, cuyas propiedades medici- nales utiliza la medicina como el mejor anestésico local, el café de Tungas, que cómpite con el de Moca, el cacao que se asegura ser superior al de los otros países de la América del Sur, la vainilla, la caña de azúcar, la goma elástica ó caucho que se encuentra en can- tidades inagotables, el maíz, el trigo, la papa, los buniatos, la yuca, el plátano, plantas tuberculosas de todas clases, todas las frutas, y 64 cuantos granos y legumbres se conocen en los climas templados y tropicales. Entre las plantas medicinales se encuentran la quina, la zarzaparilla, el matico, el tamarindo, la palma Christi, la copaiba, la ipecacuana, el árbol de la goma arábiga, y el alcanfor, el tabaco, los bálsamos, etc. Hay también algodón de tres colores distintos, y muchos alcornoques, cuyas cortezas se utilizan para hacer corchos, el árbol llamado de la cera, el cáñamo,, el quillay ó jabón vegetal, el lino, el agave, etc. El oro y la plata se encuentran por todo el país en gran abun- dancia, y el cobre es de calidad superior. Hay también muchas minas de estaño, plomo, bismuto, mercurio, platino, hierro, zinc, carbón de piedra, cristal de roca, alumbre, piedra imán, talco, etc. Entre las piedras preciosas se encuentran la esmeralda, el ópalo, el ágata, el lápiz lázuli, el alabastro, el jaspe, los mármoles de todos colores, la berenguela, que es un especie de alabastro transparente, la pizarra, la piedra pómez, el granito, la sienita, el pórfiro, el basalto, el yeso, el salitre, el bórax, la sal común, la magnesia, etc. COMERCIO. El comercio de Bolivia es mucho mas grande de lo que aparece comunmente de las estadísticas publicadas, tanto en Europa como en los Estados Unidos, en que se da á Bolivia un lugar muy secun- dario en cuanto á transacciones comerciales. La mayor parte de las importaciones de Bolivia se han hecho siempre por el puerto peruano de Arica, y por él también se ha dado salida á todos sus ricos y variados productos. No hay, por otra parte, datos fide- dignos, respecto á las importaciones y exportaciones hechas por el rio de Las Amazonas, ó el de La Plata, ó por otros puertos peruanos, ó los bolivianos que se hallan hay en poder de Chile. Durante la guerra del Pacífico, según datos publicados en Buenos Aires, en 1 88 1, exportó Bolivia por los puertos de la República Argentina, minerales de plata por valor de $15,200,000 procedentes tan solo del Departamento meridional. En 1881 el valor de la misma exportación de minerales subió á $17,000,000 y en el año siguiente á casi $21,000,000. Estos hechos bastan por sí solos para probar que las cifras insignificantes con que se representa comunmente el comercio boliviano están fundadas sólo en conjeturas, y que esos datos se perpetúan porque los compiladores de estadísticas se copian 55 unos á otros, sin cuidarse de investigar por si mismos. Bl comercio extrangero de Bolivia puede calcularse en mas de $35,000,000 al año, de los cuales $20,000,000 representan la exportación. Bl comer- cio directo entre los Estados Unidos y Bolivia es casi nulo, pues ningún producto boliviano se importa en los Estados Unidos, bien por razón del mucho costo de su transporte, bien por causa de los altos derechos que tienen que pagar. En Bolivia, por el contrario, se consumen en grande cantidad varias mercaderías americanas, como géneros de vestir, driles, ferretería, maquinaria y aceite de carbón. El comercio de Bolivia se hace principalmente con Inglaterra, Francia y Alemania. Cuadro demostrativo del valor de las mercaderías ÍTuportadas en Bolivia, pro- cedentes de los países que en él se expresan. Países y artículos. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. 1890. De los Estados Unidos: Hierro y acero, y ferretería . Pesos. Pesos. Pe-ios. Pesos. 7,707 1,373 3,014 2,369 Pesos. 1,278 749 Pesos. 2,279 Géneros de algodón 1,304 3,125 Artículos de madera 15 Tabaco en rama y elabora- do Caballos ; 2,100 Provisiones (carne y pro- ductos de lechería) 2,036 5,394 Otros artículos 2,711 5,583 Total (*) (*) 1,304 21,893 6,838 11, 002 Del Reino Unido: Hierro forjado y no forja- do 108, 022 11,514 35, 039 12, 025 27, 379 44 6,141 112,635 61,751 56, 130 18, 755 9,548 14, 696 8,565 7,051 84, 319 192, 514 80, 205 29, 044 7,514 17,412 15, 589 4,604 64, 947 250, 255 64, 286 37, 200 66, 929 14, 628 4,887 3,119 98, 955 Maquinaria Carbón y combustible Carruajes y coches de ferro-carril .... Algodones Sacos Ferretería y cuchillería .... Otros artículos Total 312, 799 260, 815 411,779 540, 259 No hubo De Francia: Azúcar refino (*) (*) 4,853 2 1,268 1,348 7,461 (*) 1,031 5,946 7,899 24, 627 9,321 (*) 2,274 Bebidas espirituosas y li- cores Otros artículos Total 4,853 2,618 8,492 38, 472 11, 595 * Faltan los datos. 56 Cuadro del valor de las mercaderías dé Bolivia exportadas para los países qué se expresan. Países y artículos. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. 1890. Para los Estados Unidos í Pelo .. ; Pesos. Pesos. Pesos. Pesos. Pesos. 1,477 28 621 Pesos, Mineral de plata Otros articiilos 30 Total ,..,.... (*) (*) No hubo. No hubo. 2,126 30 Para el Reino Unido: Sal de nitro ; . : . , : 634, 373 338, 289 524, 127 158, 969 236, 911 7,640 528, 585 173, 199 362, 700 243, 072 Cobre .... Guano Otros artículos 861 8,468 87, 938 Total 973,523 927, 647 710, 252 693, 710 No hubo Para Francia: Nitrato de soda 134, 328 1,539 139, 269 110 ■(*) 3,116 89, 668 473, 704 34, 705 Otros artículos Total 135, 867 139, 379 3,116 89, 668 508,409 * Faltan los datos. Fen^o-carriles y Telégrafos. — Bolivia se comunica por el sud, por telégrafo, con la República Argentina, por medio de una línea de Tupisa á Sucre y Potosí, que se une en este último punto con otra línea que va hasta el puerto de Antofogasta, en el Pacífico. Por el norte se comunica con el Perú desde L^a Paz. Pronto habrá co- municación entre La Paz y Sucre por vía de Oruro, con un ramal á Cochabamba. De este modo las principales ciudades de Bolivia es- tarán enlazadas entre sí por hilos telegráficos, y unidas con el resto del mundo por el intermedio de Chile y la República Argentina. La línea de ferro-carril que parte .de Antofogasta, casi llega hasta Oruro, cuyo lugar se encuentra en el centro de la elevada alti- planicie de Bolivia, y á mas de 400 millas de Antofogasta. Acaba de otorgarse una concesión para extender una línea boliviana de Arequipa, Moliendo y Puno hasta La Paz, Una línea de los ferro- carriles de la República Argentina está ya casi tocando la frontera boliviana. Moneda. — El peso, ó boliviano.^ de 100 centavos, se acuña bajo las mismas bases que la pieza francesa de 5 francos. Su valor en 67 lanero de 1891, en los Estados Unidos, era 77.1 centavos. El vaíóf nominal de la onza de oro es 17^ pesos. Pesos y Medidas. — Los pesos son : la libra.^ la arroba de 25 libras, el quintal de cuatro arrobas. La arroba de vino ó bebidas espiri- tuosas es una medida de capacidad igual á 8.014 galones. Hay también un galón^ equivalente á 0.888 del galón de los Estados Unidos. La unidad de medida linear es la vara. Brasil. (estados unidos del brasil.) La República del Brasil ocupa casi la mitad del continente de Sud América. Confina por él norte con La Guayana, Venezuela y Colombia ; por el nordeste, este y sudeste con el Océano Atlántico y por el oeste con el Perú, Bolivia y el Paraguay. Su mayor largo es de 2,600 millas y la extensión de sus costas es de cerca de 3,800 millas. Bl Brasil se enorgullece de poseer mayor número de rios navegables que ningún otro país del mundo. Apesar de estar situado en su mayor parte dentro de la zona tórrida, su clima es por lo general agradable y no malsano. Poder Ejecutivo. — Bl Presidente del Brasil es elegido, por seis años, por colegios electorales elegidos á su vez en los diversos Bstados y el Distrito Federal, No puede ser reelegido para suce- derse á sí propio. Nombra á sus Ministros de Bstado y está reves- tido de casi las mismas facultades que el Presidente de los Bstados Unidos de América. Poder Legislativo. — Bl Poder Legislativo de la República reside en un Congreso, compuesto de un Senado y una Cámara de Repre- sentantes. Los Representantes son elegidos por el pueblo de los Bstados y del Distrito Federal, en la proporción de i para cada 70,000 habitantes, y sirven por tres años. Bl Senado consta de 3 senadores por cada Bstado, elegidos por la Legislatura del Bstado, y de otros 3 elegidos en el Distrito Federal por medio de un colegio electoral cuyos miembros se designan por voto popular directo. Los Senadores sirven por 9 años, pero cada tres años se renueva el Senado por terceras partes. 58 59 Poder Judicial. — La magistratura se compone de un Tribunal Supremo Federal y de tantos tribunales superiores é inferiores como se establezcan por el Congreso. El Tribunal Supremo consta de 15 magistrados, nombrados por el Presidente. SUPERFICIE Y POBLACIÓN. La superficie del Brasil (comprendiendo el Distrito Federal y los veinte Estados de la República) se calcula en 3,209,878 millas cua- dradas inglesas. El censo de 1872 acusó una población de 9,930,478 habitantes, délos cuales 5,123,869 eran hombres, y 4,806,609 mu- geres. Este censo, que es solo parcial, no se considera digno de confianza. El siguiente cuadro, basado en datos oficiales, da la superficie y población de cada Estado en 1888, y muestra la división actual del país según la nueva Constitución : Estados. Distrito federal Amazonas Para Maranháo Piauhy Ceará Rio Grande do Norte Parahyba Pernambuco Alagoas Sergipe Bahia Espirito Santo Rio de Janeiro Santa Catharina .... Rio Grande do Sul . . Minas Geraes Matto Grosso Goyaz Paraná San Paulo Total Densidad Superficie en millas cuadra- das inglesas. Población en 1888. por milla cuadrada en 1888. 538 406, 958 756. 000 732,460 80, 654 0.110 443, 653 407, 350 0.910 177, 566 488, 443 2.700 116,218 266, 933 2.200 40, 253 952, 625 23. 600 22, 195 308, 852 13. 900 28, 854 496, 618 17. 000 49, 625 1,110,831 22. 000 22, 583 459, 371 20. 000 7,370 232, 640 31.000 164, 649 1,821,089 11.000 17,312 121,562 7.000 26,634 1,164,468 43. 700 27, 436 236, 346 8.600 91,335 564, 527 6.180 222, 160 3, 018, 807 13.580 532, 708 79,750 0.149 288, 546 211,721 0.770 85,453- 187, 548 2.190 112, 330 1,386,242 12.840 3, 209, 878 14, 002, 335 4.360 eo ^1 Brasil fué el último país de América que abolió ia esélávitüd. íyos ñatos oficiales de 1887 hacen llegar el número de esclavos á 723,419, avaluados en 485,325,212 milreis. El dia 13 de Mayo de 1888 fué decretada la abolición de la esclavitud sin compensación á los propietarios. lUa población india se calcula en 600,000 próxi- mamente ; pero este elemento no prepondera sino en los Estados del Norte. En los puertos de mar la población es en su mayor parte de descendencia europea. Los negros son numerosos en cuatro de ios Estados. EDIFICIO BRASILERO EN LA EXPOSICIÓN DE PARÍS. Se calcula que durante los 17 años transcurridos entre 1871 y 1888 entraron por los puertos de Rio y Santos, 500,000 inmigrantes. lya tabla que sigue da la inmigración por los puertos del sud durante 8 años. 61 Inmigración. 1883 27, 197 1883 28, 670 1884 20,087 1885 30,135 1886 25, 741 1887 54, 990 1888 48, 405 1889. 65, 161 Más del 50 por ciento (34,920 almas) de la inmigración de 1889 fué italiana y como el 27 por ciento portuguesa. Iva siguiente es una lista de las principales ciudades y su pobla- ción actual. Ciudades de más de 5,000 habitantes. Rio de Janeiro 500, 000 Babia 150, 000 Pernambuco 130,000 Sao Paulo 75,000 Para 60,000 Pelotas 45,000 Campos 40, 000 Campiñas 35, 000 Maranháo 35, 000 Santos 35,000 Porto Alegre 30, 000 Ceará 25,000 Ouro Preto 20, 000 Parabvba 20, 000 Rio Grande 18, 000 Cuyabá 15, 000 Sao Leopoldo 15, 000 Matto Grosso 15, 000 Alagóas 15,000 Maceió 14,000 Itajhay 12, 000 Curitiba 12, 000 Diamantina 10, 000 Macaio 10,000 Alcántara 10, 000 Braganga.. 10,000 Natal 10, 000 Paraty 10, 000 Itü 10,000 Caxias 10, 000 Rio Pardo 10,000 Cascavel 8, 960 Mendonga 8, 124 Meia Ponte 8, 000 Tamanduá , 8, 000 Paranagua 8, 000 Castro de Avelaus ! 8, 000 Olinda 8, 000 Santarem 7, 000 Theresina 7, 000 Goyaz 7,000 Ico 7, 000 Jacarahy 7, 000 Panagua 7, 000 Campamba 6, 600 Jaguaráo 6, 000 Desterro 6, 000 Manáos 6, 000 Aracaty 6, 000 Cangussú 6, 000 Campo Major 5, 400 Caravellas o, 000 Victoria ,. 5,000 Religión. — La Religión Católica Apostólica Romana fué bajo el Imperio la religión establecida, y aunque políticamente la Iglesia tenía muchos partidarios, el sentimiento religioso de las ciudades no estaba muy pronunciado. Las clases mejor educadas sólo daban un asenso discreto á las formas y prácticas de la Iglesia. Bajo la nueva I - 62 Constitución hay separación completa entre la Iglesia y el Estado. Ningún ciudadano que esté ligado en modo alguno por votos reli- giosos, es elegible para desempeñar cargos públicos. Las órdenes é instituciones monásticas están prohibidas. Se ha decretado igualdad absoluta para todas las formas de culto religioso. El Gobierno, por medio de un decreto, continúa proveyendo al mantenimiento de los actuales funcionarios de la Iglesia Católica, y se ha comprometido á sostener por un año las cátedras de los Seminarios. En lo ecle- siástico, el Brasil constituye una provincia, con un Arzobispo metro- politano, cuya sede está en Bahía, ii Obispos sufragáneos, 12 Vicarios generales y 2,000 Curas. Hay 11 Seminarios para la ins- trucción particular del clero. Instrucción pública. — La instrucción pública se ha dividido en primaria, secundaria ó preparatoria, y científica ó superior. Esta última depende del Gobierno General, que costea dos Escuelas de derecho y dos de medicina, una de minas, una politécnica, una militar y una naval. La nueva Constitución prescribe que toda la instrucción pública ha de ser secular. Hay un Colegio nacional en Rio con 20 clases que tienen (1889) 600 alumnos. En la mayor parte de las capitales de los Estados hay una Escuela intermedia y otra normal. Por la nueva Constitución, la instrucción primaria es gra- tuita. Está á cargo del Gobierno General en la capital ; pero en los diversos Estados son los respectivos Gobiernos los que la costean y sostienen, y en ellos en algunos casos es obligatoria. Una noticia oficial de 1889 da 7,500 escuelas públicas y privadas, con una asistencia total de 300,000 alumnos. En 1 881 la población del Brasil de edad escolar (e :tre 6 y 15 años) era 1,902,455. El censo acusa un número de 8,365,997, que no saben leer y egcribir, ó sea el 84 por ciento de la población, HACIENDA, La tabla siguiente muestra los ingresos y egresos que ha habido desde 1883 á 1889 calculados en milreis. Lo que corresponde á 1 886-' 87 abraza 18 meses. Desde 1887 el año fiscal es el mismo que ™ el corriente. A 63 Ingresos y egresos. Año fiscal. 1883-'84. 1884-'85 1885-86 1886-'87 (18 meses) 1888, calculado . . . , Ingresos. Milreis. 130,444,000 118, 764, 000 124,275,000 201,425,000 144, 000, 000 Egresos. Milreis. 154, 257, 000 156, 173, 000 149, 774, 000 229, 663, 800 159, 000, 000 Presupuestos de 1889 y 1890. Ingresos. 1889. 1890. Egresos. 1889. 1890. Derechos de im- portación Id. de puertos .... Id. de exportación . Ferro-carriles Correos y telégra- fos Milreis. 84,000,000 440, 000 16,040,000 13, 000, 000 2, 800, 000 19,060,000 4, 000, 000 Milreis. 87, 000, 000 2, 590, 000 15, 030, 000 13,440,000 3,000,000 19, 120, 000 2, 809, 50b Gobernación . . . Negocios ex- trangeros .... Justicia Marina Guerra Obras públicas . Hacienda Total..... Milreis. 9,228,321 771,706 7, 680, 613 11,313,619 15,031,706 46, 929, 077 62,193,400 Milreis. 9, 226, 528 805, 707 7,816,575 11,495,004 14, 994, 492 Efectos timbrados, por derechos de herencia Otras fuentes de renta 44, 779, 248 62, 102, 166 Total 189,340,000 142, 989, 500 153, 147, 844 151,219,720 Según datos oficiales, el total de la deuda pública del Brasil ascendía, en Diciembre de 1889, á 1,072,062,138 milreis, equiva- lentes á ^585,345,927. hos empréstitos extrangeros del Brasil, se-r gun se publicó oficialmente en Diciembre de 1889, suben á cerca de 1148,036,500, redimibles por medio de un fondo de amortización de I por ciento. ' La deuda interior esta, representada principalmente por apoliees., ó bonos, al 5 por ciento de interés. Ejército y Armada. — Bajo la Constitución el ejército y la armada están sujetos en cuanto á su organización y distribución á la autori' dad del Congreso. E^l servicio militar, que es por sorteo, es obliga- torio, y nadie puede eximirse de él por dinero. Bajo el Imperio la duración del servicio era de 6 años en el ejército activo, y de 3 en la reserva. En 1888 había 2 batallones de ingenieros, 4 regimientos de artillería con 4 batallones de ingenieros, 4 regimientos de artillería 64 con 4 batallones. La infantería constaba de 27 batallones de 4 coni' pañías. El ejército puesto en pié de paz, ó de guerra, ascendía, res- pectivamente, en 1889, á 15,689 y 29,617 hombres. En 1890 se hizo una reorganización del ejército. La armada se componía, en 1889, de 5 torpederos de primera clase, 6 de segunda y 3 de tercera, 4 acorazados de alta mar y 6 para defensa de las costas y un torpedero escuela. Los buques no blindados son 5 cruceros, 2 corbetas, 17 cañoneros, 2 transportes y varios buques auxiliares. La marina está tripulada por 5, 790 hom- bres, entre oficiales y marineros, incluyendo la infantería de marina. Hay 5 arsenales. I RECOGIENDO LA GOMA ELÁSTICA Recursos y Productos. — Aunque por naturaleza es el Brasil un país agrícola, solo una parte pequeña de su territorio está cultivada. El café y el azúcar son por su orden sus producciones principales. Sus bosques y sus minas son de gran valor, pero apenas se ha hecho i 66 nada para explotarlas. Es sabido que abunda el hierro, pero la falta de carbón de piedra en la cercanía de los depósitos ha impedido la explotación de estos, en escala mayor, en el interior del país. En 1888 las fábricas de tejidos de algodón ascendían ya á 90 y el número va en aumento. Hay como 17 millones de cabezas de ganado. El café se cultiva principalmente en tres provincias, en las cuales el rendimiento fué, en 1887, de 165,000,000, en números redondos. Ferro-carriles y Telégrafos. — En 1889 los ferro-carriles, en número de 84, tenían una extensión total de 5, 582 millas inglesas. Había en construcción 984 millas, y como 5,000 en proyecto. Catorce de estas líneas son del Estado, y 49 están sostenidas, mas ó menos, por su garantía. La mayor parte de estos ferro-carriles son de una sola vía; y en el 75 por ciento de ellos, próximamente, la entrevia no es mas que de un metro. El sistema telegráfico fué organizado por el Gobierno, que con- struyó las líneas, y las tiene bajo su dependencia. En 1889 se extendían estas por cerca de 6, 700 millas ; pero conro muchas son dobles ó triples, ó de mas alambres, la longitud total de estos últi- mos era de 11,500,000. Las estaciones telegráficas eran 173. En el año de 1887 á 1888 había 2,019 correos, por los cuales se afectuó, en 1888, un movimiento de 14,874,522 cartas y de cerca de 16,000,000 de periódicos. Bancos. — En 1888 había 19 bancos que eran bastantes para casi todos los negocios del país. El capital satisfecho subía á cerca de 101,000,000 de milreis, y había una reserva de 19,500,000 ; los de- pósitos subían, en número redondos, á 132,000,000 de milreis. La circulación del Brasil es casi toda en papel moneda, el cual ascendía, en 1889, á cerca de 200,000,000 de milreis, délos cuales 185,000,000 estaban representados por billetes de la Tesorería. COMERCIO. El comercio del Brasil se hace principalmente con la Gran Bre- taña, los Estados Unidos, Francia y Alemania. Los principales artículos de importación, por el orden de su valor, son los géneros de algodón, los vinos y las bebidas espirituosas, las carnes y el pes^ cado en conserva, los géneros de lana, los alimentos farináceps, el No. z 5 k es hierro y el acero, el carbón de piedra, y los artículos de cuero crudo ó curtido. Las exportaciones del país son el café, el caucho ó goma elástica, el azúcar, el algodón en rama, los cueros, y el tabaco. Kn 1 886-' 87 el café exportado por solo el puerto de Rio Janeiro, subió á 413,756,000 libras, avaluadas en 106,274,358 milreis. lyos guarismos siguientes indican las importaciones y exportaciones en milreis durante cinco años. Importaciones. Exportaciones. 1883-'84 Milreis. 202,531,000 178,431,000 197, 501, 500 310, 850, 000 260, 999, 000 Milreis. 217,072,000 1884-'85 226, 269, 600 1885-86 . 194,961,620 1886-'87 (18 meses) 365,592,000 1888 212,592,000 El valor por término medio del tráfico de los Estados unos con otros, durante los últimos cuatro años, fue de 130,000,000 de milreis. El movimiento comercial del Brasil con los Estados Unidos se ha- llará en las tablas que se acompañan, formadas por la Oficina de esta- dística de los Estados Unidos, únicamente para mercancías y para los años de i 886 á 1890. Exportaciones para los Esta- dos Unidos Importaciones de los Esta- dos Unidos Pesos. 41,907,532 6, 541, 216 1887. Pesos. 52,953,176 8,127,883 Pesos. 53, 710, 234 7,137,008 Pesos. 60,403,804 9, 351, 081 1890. Pesos. 59,318,756 11,902,496 El Gobierno impone un derecho de exportación á ciertos artículos de producción nacional. Eos derechos de importación son crecidos. Las tablas que siguen explican los pormenores del comercio del Brasil con los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia, 67 L— IMPORTACIONES. Artíciílos. De los Estados Unidos: Harina Aceites minerales refina- dos Hierro, acero, y objetos de ambos materiales. . Tejidos de algodón Manteca Cereales (excepto la ha- rina) Madera y objetos de id . . Otros articulos Total Del Reino Unido: Algodones Hierro dulce y forjado . Maquinaria Carbón de piedra, y com- bustibles Lanas Cuero Ferretería y cuchillería . . Otros articulos Total De Francia: Objetos de cuero y cur- tido Géneros de lana Mantequilla Ropa hecha Géneros de algodón Variedades, incluyendo botones. . . Vinos Otros artículos Total 1885. Pesos. 3,369,074 868, 887 607, 110 516, 827 388, 214 50, 374 225, 730 1,232,319 7, 258, 035 876, 211 305,436 065, 041 254, 666 468, 262 759, 992 666, 316 634, 225 26, 030, 149 2, 199, 909 1,127,732 1,466,576 1,370,337 367, 233 418, 926 577, 203 3, 038, 586 10, 566, 503 Pesos. 2,674,327 650, 015 629, 750 604,891 341, 282 33, 621 305, 942 1,240,910 6, 480, 738 14, 724, 842 2, 125, 181 2,254,241 1,201,568 1,710,079 853, 934 726, 953 5, 940, 078 29, 536, 876 2, 265, 032 1, 122, 173 1,471,200 1,554,498 500,254 501, 177 568, 723 3,051,681 11, 034, 738 Pesos. 3, 596, 204 798, 976 709, 686 705, 638 379, 021 81,939 382,353 1,417,836 8,071,653 13,923,816 1, 865, 291 1,958,898 1,312,563 1,514,055 1,010,879 757, 622 6,001,358 28, 344, 482 2,120,647 1,430,558 1, 254, 751 1,533,162 730, 382 549, 962 504, 897 3, 383, 094 11,507,453 1883. Pesos. 2, 778, 353 832, 367 679,252 665,986 369,067 33,928 384,495 1,320,444 7, 063, 892 14,172,951 2,465,612 2,389,758 1,536,193 1,557,528 972, 234 802, 140 6, 549, 853 30, 446, 269 2,364,911 1,199,325 1,665,163 1,126,161 707,670 925, 125 616, 775 3, 876, 735 12,481,865 Pesos. 3,651,908 937,819 915, 752 631,094 484,799 451,143 438, 886 1,765,110 9,276,511 12, 167, 583 3,193,091 2, 358, 369 2, 294, 672 1,400,135 989, 345 608, 527 7, 317, 844 30, 329, 566 2,217,138 990,495 1, 502, 694 1,990,517 724, 645 311,420 581,871 5, 216, 798 13, 535, 578 68 II.-EXPORTACIONES. Artículos. Para los Estados Unidos: Café Goma elástica y guta- percha Azúcar quebrada Cueros y pieles (no pieles finas) Lana en bruto Otras mercancias Total Para el Reino Unido: Goma elástica Azúcar sin refinar Algodón en rama Café Frutas, incluyendo las nueces Cueros al pelo Huesos (sin contar los de las ballenas) Otros artículos Total Para Francia: Café Cueros Cacao Goma elástica Tabaco Lana en bruto Algodón en bruto Otros artículos Total 1885. Pesos. 30, 346, 792 5,387,063 6, 834, 696 1,692,437 102,577 900, 695 45, 263, 660 6,112,217 3, 926, 336 4, 459, 908 2,311,310 198, 733 1,004,081 248, 669 1,619,416 19,880,670 13, 263, 864 2, 667, 420 1,821,237 600, 863 514,453 201,514 94,809 553, 224 19,717,384 1886. 26, 384, 150 6, 894, 689 5, 506, 507 2,283,001 151, 074 688, 111 41, 907, 532 6,476,601 1,841,294 3, 432, 800 2,401,545 208,529 798, 831 299, 514 1,384,499 16,843,613 11,771. 2,418, 1, 430, 306, 276, 179, 7, 1,019, 630 587 963 812 031 545 259 17, 410, 693 1887. Pesos. 36,401,864 8,279,194 5, 787, 478 1,683,707 58,415 742, 518 52, 953, 176 7,811,292 2,336,241 7, 516, 804 5, 335, 606 332,588 828,152 174,683 1,841,893 26,177,259 778, 248 602, 901 097, 165 710,063 372, 530 199, 941 146, 302 631, 328 22,538,478 1888. Pesos. 33, 460, 595 10,811,952 6, 752, 555 1,659,286 65,001 960, 845 53,710,234 7,806,392 6, 945, 698 5, 370, 348 2, 392, 478 436,710 403, 438 225,650 1,758,660 25, 339, 374 226, 664 689, 612 625, 628 672, 470 443, 042 262, 374 16,919 470, 849 19, 407, 558 1889. Pesos. 44,891,739 7, 569, 005 4,838,121 2,232,091 53,752 819, 096 60,403,804 8,544,202 2,516,734 3,441,238 7,207,437 224, 341 478,596 236,677 2,026,986 M, 676, 211 580,036 455, 664 525,243 631,763 320, 949 275, 432 21,437 368, 679 26, 179, 208 69 ¿ S oi cíosior-coeo-"*-^ M ,' ai t- .¿-tí c¿í> 00 th o o T-H 00 »í: 1 ll - o- .o US, O^iO^WOiO^OC flHOQOTHT-UOl-lCÍ^ §GO Oa . 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Año terminado el 30 de Junio de 1888. Artículos principales. Huesos, cascos, cuernos, etc Cereales Productos químicos, drogas j tintes Cacao Café.. Algodón en rama Artículos de fantasía Frutas, incluyendo nueces Pelo Cueros y pieles Goma elástica y guta percha . . . . Cuero y artículos de id Aceite vegetal Minerales Semillas de algodón Azúcar quebrada Tabaco en rama y elaborado Cera Lana Madera y artículos de id Otros artículos Total Oro y plata en pasta y acuñados . Para los Esta- dos Unidos. Pesos. 14 55, 908 297, 853 33,460,595 1,472 318, 823 146, 617 1,659,286 10,811,952 78 53 6, 752, 555 56 65,001 36, 204 103, 758 53, 710, 234 20, 100 Año terminado el 31 de Di- ciembre de 1887. Año termi- nado el 31 de Marzo de Para el Reino Unido. Pesos. 198, 578 10, 317 50, 105 242, 050 5, 335, 606 7, 516, 875 332, 518 11,689 861,916 7,811,292 372, 638 2, 336, 241 10, 896 6,161 1,080,377 26, 177, 259 Para Francia. Pesos. 91,289 28, 387 2, 097, 15, 778, 138, 20, 22, 32, 2, 602, 710, ""34," 27, 334 248 575 835 572 459 903 063 906 936 372, 34, 87, 199, 258, 530 144 708 941 648 Para Alemania. 22,538,478 Pesos. 2,380 602,' 6Í6 i 17,334 5,712 83, 062 2,618 ' " '476 238 96, 152 29,274 41,888 9,044 990, 794 Importaciones hechas en el Brasil de los más importantes artículos procedentes de los cuatro países que se mencionan. Artículos principales. Año terminado el 30 de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Di- ciembre de 1887. Año terml nado el 31 de Marzo de 1887. Procedentes de los Estados Unidos. Procedentes del Reino Unido. Procedentes de Francia. Procedentes de Alemania. Instrumentos de agricultura. Cereales Pesos. 20, 354 2,812,281 20,571 78, 925 159. 592 Pesos. Pesos. Pesos. 2,856 Velas .... 122,402 192, 110 328,255 30, 229 Carruajes, carros y carretas Productos químicos, drogas, tin- tes y medicinas 449, 149 99,484 72 Importaciones hechos en el Brasil de los más importantes artículos procedentes de los cuatro países que se mencionan — Continúa. Año terminado el 30 de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Di- ciembre de 1887. Año termi- Dado el 31 de Marzo de 1887. Artículos principales. Procedentes de los Estados Unidos. Procedentes del Reino Unido. Procedentes de Francia. Procedentes de Alemania. Pesos. Pesos. 1,312,563 180, 601 14,115,069 537,296 Pesos. Pesos. Cobre y artículos de id. 630 665, 986 35, 359 51,300 35,496 38,030 6,306 17,585 40 11,070 29, 140 679, 252 58, 134 12, 559 20, 196 851 13, 293 7,431 832, 367 37, 061 5,499 37, 756 438, 395 Géneros de algodón Artículos de barro, china y vidrio. Artículos de capricho Pescado . . . 730, 382 209, 679 750, 868 61,286 23, 768 35, 520 159, 223 527, 884 Lino, cáñamo y yute, y artículos de id Frutas 1,205,673 1,147,874 Pólvora y otras materias explosi- vas Pelo y artículos de id 50, 350 119,238 Goma elástica y artículos de id . . Instrumentos científicos 138,213 7,378 65, 533 507, 029 310, 564 148, 274 Hierro y acero, y artículos de id . . Prendería y objetos de oro y plata . . Plomo y artículos de id 4, 998, 246 633, 794 73, 912 1,058,454 Cuero y artículos de id . ... 2,120,647 184, 688 Cal V cimiento Cervezas . 86, 964 38, 794 Instrumentos músicos . 95, 094 11,898 Aceites: Minerales, refinados Todos los otros . . . . Pmturas y material para pintar . . Papel y efectos de escritorio Provisiones, carnes, y prodvictos de lechería 142, 910 68, 934 125, 249 37, 784 273, 535 1,274,347 "'ÍÓÓ,674 2,618 Sal 14, 756 Semillas 273 22, 572 48,407 7 171,607 Artículos de seda ... .... 17, 249 Jabón Bebidas espirituosas 34,927' 73,203 Verduras, incluyendo los encur- tidos 1,947 (*) 239 384,495 4,298 476, 195 124, 843 1,533,162 504, 897 119,515 1,510,091 586. 831 Artículos de uso personal 300, 307 87, 346 Madera y objetos de id 36, 776 1,514,056 1,599,868 31,416 262, 038 Otros artículos 180, 642 Total 7, 063, 892 28,344,482 1 11.507.453 3,748,976 Oro y plata en barra y acuñados . . 16, 357 1 * No especificado. 73 COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS Y EL BRASIL. El comercio con el Brasil es de importancia. Después de los Estados Unidos es el Brasil el primer país de América en cuanto á población, pues tiene de trece á catorce millones de habitantes. Su extensión territorial es mayor que la de los Estados Unidos, si se excluye á Alaska. El total del comercio extrangero del Brasil asciende á casi $240,000,000, estando casi equilibradas las importa- ciones con las exportaciones. A los Estados Unidos les toca, en el conjunto, la parte más considerable, ó sea muy cerca de la mitad en la forma de café, azúcar, cueros y goma elástica. El resto se distri- buye entre Inglaterra, Alemania y otros países europeos. Respecto á importaciones, Inglaterra representa cerca de la mitad de las que se hacen en el Brasil, y el resto se halla dividido entre Francia, Alemania y España. Son sólo unos pocos millones los que allí entran de mercancías compradas en los Estados Unidos. Inglaterra compra anualmente del Brasil por valor de cerca de 5 millones, y le vende 47 millones. Francia le compra como 13 millones y le vende como 17. Alemania le compra como 10 millones y le vende como 8 millones. Pero los Estados Unidos le compran de 58 á 60 millones de materias primas, y no le venden sino unos 8,000,000 de sus productos. Ea causa principal de ese mal estado actual del comercio con el Brasil consiste en la dificultad de los transportes. El comercio va en pos de las vias de comunicación. Hay cinco líneas de vapores que hacen viages regulares del Brasil para los Estados Unidos, además de muchos otros vapores que ocasionalmente transportan café, azúcar, caucho y cueros; pero sólo existe una línea de vapores, y esta sólo despacha un buque dos veces al mes, de los Estados Unidos para el Brasil. Eas exportaciones de mercancías del Brasil para los Estados Unidos, durante el año fiscal de 1888-' 89 se hicieron en 71 buques americanos y 497 extrangeros. Las mercancías de los Estados Unidos enviadas al Brasil fueron llevadas allí en 75 buques americanos de 63,000 toneladas y 151 extrangeros, de 83,000 tone- ladas. Eos más de estos buques fueron de vela, y pequeños, y cargados tan sólo parcialmente. De lo que se importa del Brasil, hubo 43 millones conducido en buques extrangeros y 10 millones en buques 74 americanos, mientras que casi nueve décimos de lo que se exporta de los Estados Unidos para el Brasil fue llevado en buques americanos. Con el establecimiento de medios adecuados de comunicación y con un tratado de reciprocidad, bajo el cual los productos de los Estados Unidos entren en el Brasil libres de derechos, se espera que tendrá ensanche el comercio con aquel país. Las exportaciones de los Estados Unidos para el Brasil son. hoy principalmente, de cere- ales, por valor de 3" millones, de provisiones por valor de medio millón, de géneros de algodón por valor de $700,000, de hierro y acero por valor de $700,000, de petróleo por valor de $800,000 ; y de madera y mueblería por valor de $400,000. Estado demostrativo de la cantidad y valor de los articulos de producción de los Estados Unidos importados en el Brasil en los años que concluyeron el 30 de Junio de 1889, y en igual día de 1890. Artículos. PRODUCTOS DE LA AGRICULTURA. Animales: Ganado vacuno número . . Cerdos id. . . . Caballos id Carneros id . . . Todos los demás, incluyendo aves. . Cereales: Pan y galleta libras . . Maíz bushels. . Harina de maiz barriles . . Avena bushels . . Trigo id. . . . Harina barriles. . Todos los demás cereales y prepa- raciones alimenticias de este género Fi'utas, incluyendo nueces , Grasa, materias grasas, y materiales para hacer jabón , Aceites: Animales — Manteca galones . , Todos los otros, excepto los de ba- llena y pescado Vegetales — De semilla de algodón . . . galones . , De linaza id. . . 1889. 1890. Cantidad. 135 4 23 10 149, 764 51,153 869 475 415, 507 678, 972 55, 200 6,568 13,454 620 Valor. Pesos. 38, 940 200 39, 000 750 463 11,968 25, 788 2,571 210 384, 887 3,651,908 26, 274 7,191 863 85, 181 4,091 7,237 358 Cantidad. 58 3 15 122, 327 38, 985 179 35 1,768,284 687,342 70, 108 11,512 18,953 801 Valor. Pesos. 11,330 75 14, 750 213 8,051 19,094 513 10 1,616,158 3, 804, 990 24,840 7,661 838- 39,601 6 100 8,794 480 ► 75 Estado demostrativo de la cantidad y valor de los artículos de producción de los Estados Unidos importados en el Brasil, etc. — Continúa. Artículos. 1889. Provisiones, incluyendo carne y pro- ductos de lechería: Carnes — Tocino .libras. . Jamones id. . . . Puerco, conservado id. . . . Manteca id ... Todas las otras carnes id. . . . Productos de lechería id. . . . Semillas Tabaco en rama libras . . Frijoles y chícharos bushels . . Todos los demás granos id. . . . Vino Otros artículos 1,066,714 4,541 14, 800 4,783,254 PRODUCTOS DE OTRAS CLASES Y LOS DE LAS FÁBRICAS. Instrumentos de agricultura Libros, mapas, grabados, y demás im- presos Velas libras. . Carruajes, carros de ferro-carril ur- bano, y piezas de id , Coches de ferro-carril para pasage- ros, y carros de id. para car- ga número . . Productos químicos, tintes y medicinas: Medicinas de patente Todas las demás, que no son pro- ductos de la agricultura Relojes de mesa y piezas de id Id. de bolsillo, y piezas de id Carbón de piedra, antracita y car- bón bituminoso toneladas. . Géneros de algodón: Telas pintadas yardas. . Id. no pintadas id. . . . Todas las otras id Artículos de fantasía: Perfumería y cosméticos Todos los otros Pescado Artículos de hilo, cáñamo y material de sacos: Sogas y cordeles Todos los otros Cantidad. 43, 067 26, 384 121,414 221 215 4, 548, 110 2, 364, 803 Valor. Pesos. 103,533 628 1,289 484, 799 11,781 7,376 566 5,111 46, 565 1,215 147 4,490 , 904, 775 31,848 130, 587 12, 829 32, 387 275, 858 154, 139 38, 732 42, 927 17,579 847 412, 247 190,611 28, 236 56,461 11,783 17, 508 22, 558 5,930 1890. Cantidad. 4,971,489 12, 599 927, 490 17, 920, 500 38, 230 19, 170 173, 170 515 5,879 4,871,062 5,321,715 Valor. Pesos. 387, 038 1,678 69, 835 1,509,255 3,780 20, 840 889 3,712 43, 189 1,050 3,167 7,107,931 49, 610 136,610 17,094 23,319 347, 222 124, 706 40,688 45,436 21,688 46, 750 383, 593 398, 478 31,629 43, 992 15,050 11,063 38, 255 5,057 76 Estado demostrativo de la cantidad y valor de los artículos de producción de los Estados Unidos importados en el Brasil, etc. — Continúa. Artículos. Vidrio y objetos de vidrio Pólvora y materias explosivas Hielo Goma elástica, guta percha, y objetos de id. id Instrumenots y aparatos científicos, incluyendo telégrafos, teléfonos, y otros aparatos eléctricos Hierro, acero y artículos de id. : Cuchillería Armas de fuego Cerraduras, visagras y artículos de ferretería empleados en la fabri- cación de casas , Maquinaría, no especialmente de- signada en otro lugar , Clavos y espigas, herraduras, ta- chuelas, etc libras. . Sierras y herramientas Máquinas de coser y piezas de id. , Locomotoras número . . Hornillas y fogones y piezas de id . Todos los demás artículos de este grupo Prendería y objetos de plata y oro . . . . Lámparas, arañas y todos los demás enseres y artículos del alumbrado. Plomo y artículos de id . Cuero y artículos de id. : Cuero - Artículos de cuei'o Cerveza en botellas docenas. . Instrumentos músicos Provisiones navales: Pez rubia barriles. . Alquitrán, brea, trementina. id. . . . Aceites: Minerales refinados — De alumbrar .galones. . De lubrificar, y aceite grueso de parafina galones. . Todos los otros Papel y objetos de papel Objetos plateados Seda y géneros de seda Jabón de tocador y ordinario Aguarrás galones . . Efectos de escritorio, excepto papel . . . . Artículos de hoja de lata Tabaco, artículos de 1889. Cantidad. 400 464, 897 33 7,443 40, 243 51 8, 834, 260 113,882 Valor. 79, 986 Pesos. 23, 930 11, 806 1,200 7,721 55,487 16,480 29, 251 21, 261 233, 233 18, 884 135, 990 78, 751 272, 155 11,468 98, 279 61,020 27, 040 34, 058 4,517 8,874 14, 169 7,890 66, 221 140 890, 012 45, 444 2,363 36, 034 32,439 25, 566 39, 638 38, 948 10, 790 5,886 1,659 1890. Cantidad. 600 483, 436 4Í 1,562 50, 938 50 i, 695, 291 128, 301 118, 225 77 Estado demostrativo de la cantidad y valor de los artícidos de producción de los Estados Unidos importados en el Brasil, etc. — Continúa. Artículos. Madera y objetos de madera: Madera de construcción. — Tablas, vigas, etc pies. Toda la demás labrada. Madera aserrada Id. de otras clases Artículos de madera — Muebles Todos los otros artículos Obras de arte: cuadros y estatuas Betún Bronce y artículos de id Escobas y escobillas Tinta común y de imprenta Mármoles, piedra y objetos de id. id. . Pinturas y materiales de pintar Paja, guano y artículos de id. id Baúles, maletas y sacos de viage Barnices galones . Géneros de lana Otros artículos Total valor de productos de otros clases y de las fábricas Id. de productos de la agricul- tiu-a Total general Cantidad. 21,517 "i," 335 1,974 Valor. Pesos. 340, 841 11,836 18, 202 800 50, 816 21,011 2,464 8,648 5,428 2,395 5.049 4,516 6,602 5,326 6,165 4,044 2,595 4, 371, 736 4, 904, 775 9,276,511 1890. Cantidad. 25, 106 2,168 1,1 Valor. Pesos. 380, 250 5,418 36,969 50, 869 21,244 4,616 8,845 6,892 2,315 4,979 3,640 4,772 3,623 5,591 3,551 2,780 26, 728 4,794,565 7, 107, 931 11,902,496 78 o <» ■ ÍO CO ít- 10 • CO ÍO Oí co ■ t- 00 T-H 00 •^tH • ■.-I OJ cote, CO-* OQO co"-^ 00 os £-03 ^1 'O 00 ^^ -T-H ^:2 '§1 I- ^00 5-00 '~^ o o •* 12 Ü |-^<» 'S <» '^ r^ '^ Q) CO ^ OS? co dio & tí có ce .S cá o O f¿í tn o o " -(-2 'o lílá >^ 9 co OÍ o os 1— I o ic T-l co lO co OÍ 00 -^ ^ 05 i> IOtH C? 1— I o -T— I T-H Cí o? cí os co COQO ■ 00 os ■'* Oí •005 tH t- o co 00 co co o OJQO «5 Oí lO Oí Oí Oí 00 lO^t-" Oí*" <:OiO t- tH o oí tH tH co os •rQn3 • S 03 í^ co o ^ ^ ü ü ^ co c3 oí o co o o co *^ +^ o co o -- 4J O) es ü 03 Ü m ¡¿I ^cS O) -TS tí Oí • 00 00 CQ 00 ooco o ■I-I tH (Tí C£> lO O C- ÍO lO lO £- CJ lO O Oí co T-H CO 00 lO §2 O) O-r-l Oh o? Q o ^„v. «1 J:¿ ií' j, • í' S O 43 ^ R a ^H -i3 tn^ ® o t« =* .^^^ -§ t» ;-! ^ u fl cS O a «T .tí o cí cí c3 crt O Ü t> O -O i 03 2 (D 03^3 (f¡ a a ñ ^¿ <^ Q cá Oí fH 'O ^ í o B ->^^ J o S S? c3 Tj :s- 03 N cg .. N 03 ^ O _3 .jrX '^ í=l O >>, S co. 03 •-=!_. a O "^ í^ .PHG3 O) ?3 ce S 9 'Ij N o s ■ tH Jo O '^ 03 '-^ ü có ^ 03 03 ^ 03^-^ 8 T3 o3 O 03 ^^^^ 80 :« o o. a -a -s' '§1 o ^. 'S s s^ OH o IW a « ?!5 -W o ÍS P«> '■^^ S o ce f^ 05 H S t> g co ® 5^ S 9 S S ^^^^ ■<*T-lOOO 50 Oí o WOOi-HCOOÍ C-tHtH OQO «5 Q l>i O O p O) O) 03 Ü O» „ ÍS »3 ® ^ «D 01 '^ S fl t>^ .„ -2 «e cs o -2 ü -2 p ^-^ tí 2-r3 r^.SS 01 'C S'^ ™ ^ ;3 co O) rH «-í í-l r-l IJ tn iC IH rl g3 -- "^ ü ,3 !=i SS ^■S tí " tí ,cá ?e g -¡=1 f>. 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Las posesiones insulares de la Gran Bretaña en el Nuevo Mundo están situadas unas en el Mar Caribe y otras en el Atlántico. Las primeras se divididen principalmente en seis grupos, á saber : (i) Las Bahamas, que son 26 islas y 2,387 cayos, y se extienden desde la costa oriental de Florida hasta la costa septentrional de Santo Domingo, ocupando una distancia de 600 millas. (2) Barbada, la más hacia al este de las Islas Caribes, situada á los 13° 4' de latitud norte y 59° 37' de longitud oeste. (3) Jamaica y las Islas Turcas, al oeste de Haití y á 90 millas al sur de Cuba. (4) Las Islas de Sotavento, que comprenden Antigua, el grupo de las Vírgenes, St. Kitts, Nevis, Anguila, Barbuda, Monserrate y Dominica, todas ellas al norte de las Islas de Barlovento y al sudeste de Puerto Rico. (5) Trinidad y Tobago, situadas entre los 10° 3' y 10° 50' de lati- tud norte y los 61° 39' y 62° de longitud oeste. (6) Las Islas de Barlovento, que se encuentran entre Trinidad y Martinica, y son Granada, San Vicente, Las Granadinas y Santa Lucía. Las segundas son las Bermudas, situadas á 580 millas al oeste de la Carolina del Norte, y forman un grupo de 360 islitas, de las cuales no hay habitadas más que 20. Aparte de estas posesiones insulares tiene la Gran Bretaña en América las colonias que siguen: La Honduras Británica, situada en la extremidad nordeste de Cen- tro América, al sur de Yucatán y á cerca de 660 millas de Jamaica. La Guayana inglesa, situada en la costa septentrional de la América del Sur, lindando con Venezuela, el Brasil, la Guayana holandesa No. 2 9 129 130 y el Océano Atlántico, y extendiéndose desde el i° de latitud norte hasta los 9° de la misma y desde los 52° hasta los 57° de longitud oeste. Las Islas de Falkland situadas, en el Océano Atlántico meridio- nal, á 90 millas al este del Estrecho de Magallanes, que son 100 en número, y pequeñas en tamaño, cuya soberanía pretende la Repú- blica Argentina. De todas estas posesiones se dará" en este libro, por separado, la correspondiente noticia, pero como las estadísticas comerciales de los Estados Unidos con respecto á las posesiones insulares se han for- mado considerándolas á todas ellas en un grupo, se incluyen á con- tinuación algunos datos respecto á su comercio con este país. I^as importaciones hechas en ellas de mercaderías procedentes de los Estados Unidos fueron como sigue: Pesos. 1886 7, 113, 699 1887 6, 464, 030 1888 7,450, 018 1889. 8,197,693 1890 8,074,433 Las exportaciones hechas en ellas con destino á los Estados Unidos fueron: Pesos. 1886 , 9, 853, 680 1887 11, 569, 779 1888 12, 550, 940 1889 15, 985, 562 1890 14,865,018 El total comercio de estas islas, todas en un grupo, con el extran- jero, durante los tres años comprendidos entre 1886 y 1888, fué: Importaciones . Exportaciones Pesos. 27,485,257 26, 685, 652 Pesos. 25, 335, 457 26, 826, 985 Pesos. 27, 902, 925 30, 003, 569 131 LAS BAHAMAS. Poder Ejecutivo. — Bl poder ejecutivo reside en un Gobernador, á quien auxilia y da consulta un Consejo de gobierno compuesto de nueve miembros. El Gobernador y los Consejeros son de nombra- miento Real. El sueldo del Gobernador es 2,000 libras esterlinas. Poder Legislativo. — El poder legislativo reside en una Asamblea compuesta de veinte y nueve miembros y un Consejo legislativo compuesto de nueve. Para ser elector se requiere poseer cierta cantidad de bienes, aunque pequeña. Superficie y Población. — I^a superficie es de 5,450 millas cuadra- das, y la población de cerca de 49,500 habitantes. De todas las islas que forman este grupo no hay más que 20 habitadas. La capital de la colonia es Nassau, en la isla de Nueva Providen- cia, con una población de 5,000 habitantes. La isla de San Salvador, llamada en inglés Cat's Island, una de las de este grupo, se considera como la primera tierra que descubrió Colón en 1492. Religión. — Todas las religiones son toleradas, pero la mayoría de los habitantes pertenece á la iglesia Protestante Episcopal Anglicana. .Instrucción Pública. — Hay 36 escuelas del Gobierno y 38 de em- presa particular, á que concurren 6,000 alumnos. Las escuelas del Gobierno dependen de una Junta de instrucción pública. Periódicos. — Hay en Nassau dos diarios ingleses, además de otras publicaciones periódicas. Hacienda. — El presupuesto de ingresos de las Bahamas en 1889 fué de 46,230 libras esterlinas y el de egresos de 48,476. La deuda pública ascendía entonces á 83,126 libras. La fuente principal de las rentas consiste en las aduanas, las cuales rindieron en 1888 un total de 38,372 libras. ■ Ejército y Armada. — Una pequeña guarnición permanece esta- cionada en Nassau ; y de tiempo en tiempo un "buque de guerra de de S. M, B. visita las islas. Recursos y Productos. — Hasta hace pocos años la principal indus- tria de las Bahamas era el cultiyo de los árboles frutales y la pesqu§^ 132 ría. Al presente, se encuentra en gran progreso el cultivo del hene- quén, que promete aventajar á todas las demás industrias de las islas, y en que los capitalistas ingleses han invertido cuantiosas sumas. Las tierras de propiedad particular se venden en la isla de Nueva Providencia, á un precio vario entre 4 y 12 pesos por acre. En las demás islas los terrenos de la misma calidad y aplicables del mismo modo al cultivo de la antedicha planta son más baratas. Un gran número de los habitantes del país, de la raza negra, se emplean en la pesca de esponjas, tortugas, careyes y perlas. Las Bahamas están en comunicación con el resto del mundo por medio del cable y de varias líneas de vapores. Bancos. — Hay una Caja de ahorros dependiente del correo, cuyas entradas en el año de 1888 fueron 2,950 libras esterlinas. Además de esta institución de crédito se estableció en i" de Junio de 1889 un banco particular perteneciente á una sociedad anónima. Comercio. — Los exportaciones de las Bahamas consisten en frutas, esponjas, perlas y ámbar gris. El valor de lo exportado ascendió en 1&88 á cerca de $591,425. Estas cifras se aumentarán considera- blemente con el cultivo del henequén. En 1889 se exportaron 546,343 docenas de pinas que se apreciaron en $204,812. El valor de las mercaderías importadas en dichas islas en el mismo año de 1888 fué de $926,606. Monedas^ Pesos y Medidas. - — Son exactamente las mismas que en la Gran Bretaña. BARBADA. Poder Ejecutivo. — El Poder Ejecutivo reside en un Gobernador nombrado por la Corona, con un sueldo anual de 3,000 libras esterlinas. Se consulta con un Consejo de Gobierno compuesto de nueve miembros también de nombramiento Real. Poder Legislativo. — El Poder Legislativo reside en un Consejo compuesto de 9 miembros nombrados por la Corona, y una Asamblea compuesta de 24 miembros elegidos anualmente por el pueblo. Hay cerca de 4, 200 electores. El país está dividido en once parro" quias ó distritos. Poder Jtidicial. — El Poder Judicial reside en un Tribunal Supremo y otros inferiores. El Tribunal Supremo está en sesión una vez cada cuatro meses. Superficie y Población. — Barbada tiene una superficie de i 66 millas cuadradas ; y como 100,000 acres de este terreno están dedi- cados al cultivo de la caña. La población, que sube á 180,000 habitantes, se dice ser la mayor que existe en cualquiera otra isla del mundo proporcionalmente á su superficie, pues que resulta á razón de más de 1,000 habitantes por milla cuadrada. Bridgetown, que es la capital, tiene una población de 25,000 habi- tantes, y en ella hay un ferro-carril urbano, un acueducto, alumbrado de gas y completa comunicación telefónica. Religión. — La religión del Estado es la Protestante Episcopal Anglicana ; pero todas las otras están toleradas. Hay un Obispo y 38 parroquias, cuyos Rectores, lo mismo que el Obispo, están sos- tenidos por el Estado. Las iglesias de todas clases son numerosas, y el Cuerpo Legisla- tivo vota todos los años una cantidad determinada, no sólo para el sostenimiento de la iglesia Protestante Episcopal Anglicana sino también para el de la Wesleyana, la Moraviana, y la Católica Apos- tólica Romana. Instrucción Piíblica. — Las escuelas están todas bajo la dirección del Gobierno. En 1888 había 199 escuelas primarias con 13,663 alumnos, 5 escuelas de segunda clase con 184 alumnos, 2 de primera clase con 185 alumnos, una escuela superior con 74 alumnos; y el Colegio de Codrington, dependencia de la Universidad de Durham, con 18 estudiantes. Periódicos. — Hay un periódico semanal y cuatro bi-semanales. Hacienda. — El presupuesto de ingresos y egresos en Barbada en 1888 fué como sigue: Ingresos, 162,713 libras esterlinas, de las cuales 88, 736 procedieron délas aduanas; egresos, 149,710 libras esterlinas. La deuda pública en 1889 subía á 30, 100 libras esterlinas. Ejército y Armada. — La única fortificación que hay en la colonia es la llamada Fort Charles, que tiene unos cuantos cañones y una guarnición compuesta de 43 oficiales y 765 soldados. Recursos y Productos. — La principal riqueza del país consiste en la agricultura, y los principales artículos de exportación son la azúcar, las mieles y el ron. El tabaco es indígena del país, y en este crecen con abundancia la planta cuya raíz farinácea produce la 134 sustancia denominada arrowroot^ el ñame, la yuca, las legumbres de todas clases y una grande variedad de árboles frutales. Bl pes- cado abunda mucho y suministra no solo un alimento barato para el pueblo, sino también ocupación y empleo á cerca de 1,500 habi- tantes. Se están haciendo experimentos para la utilización de muchas plantas fibrosas que abundan en la colonia, como son ciertas especies de cactus, la planta llama.áa.- sük ^rass y otras. Ferro-carriles y Telégrafos. — Hay 23 millas y un cuarto de ferro- carril, y 482 millas de caminos ordinarios. Existe comunicación telefónica por todo el país. Además de los vapores de la Mala Real inglesa y de la Mala bra- silera de los Estados Unidos, otros varios tocan regularmente en la isla. Bancos. — Existe un Banco, denominado Colonial, cuyo capital es de 600,000 libras esterlinas. Hay en circulación 50,000 libras ester- linas en moneda efectiva y 60,000 libras esterlinas en billetes de $5. Hay también una Caja de ahorr? s establecida por el Gobierno, con más de 8,000 depositantes, y con depósitos que exceden la cantidad de 100,000 libras esterlinas. Comercio. — El comercio de Barbada en los cinco años trans- curridos de 1884 á 1888 fué como sigue: Importaciones. Valor. Exportaciones. Valor. 1884 1885 Libras ester- linas. 1,156,230 880, 690 863,492 983, 188 1,058,491 1884 1885 Libras ester- linas. 1,318,879 1,003,894 739,912 1886 18 6 1887 1887 1888 1,063,398 1, 074, 584 1888 Eos principales artículos de exportación en 1888 fueron azúcar en bruto, mieles, harina de trigo, y pescado salado. Los que prin- cipalmente se importaron fueron géneros de hilo y de algodón, harina de trigo y de centeno, arroz y mantequilla. Monedas^ Pesos y Medidas. — Son exactamente las mismas que la Gran Bretaña. 135 LAS BERMUDAS. Superficie y Población. — La superficie total de las islas y cayos es de cerca de 20 millas cuadradas, y la población asciende próxima- mente á 15,743 habitantes. Hamilton, la capital, tiene 8,000 habi- tantes. Poderes Ejecutivo y Legislativo. — El Poder Ejecutivo reside en un Gobernador nombrado por la Corona, con un sueldo anual de 2,946 libras esterlinas, el cual se consulta con un Consejo de Gobierno com- puesto de seis miembros de nombramiento Real. El Poder Legislativo consiste en un Consejo compuesto de nueve miembros también de nombramiento Real y de una Asamblea compuesta de treinta y seis miembros elegidos por el pueblo, cuatro por cada una de las nueve parroquias. Los electores son 1,123. ^^ necesita para ser elector la posesión de bienes de valor de 60 libras esterlinas cuando menos. Religión. — La mayoría de los habitantes pertenece á la iglesia Protestante Episcopal Anglicana. Instrucción Pública. — La enseñanza es obligatoria. En 1888 había 47 escuelas á que concurrían 1,400 alumnos ; 23 de estas escuelas están subvencionadas por el Gobierno. Hacienda. — Los ingresos en 1889 ascendieron á 29,938 libras esterlinas, y los egresos en el mismo año fueron por valor de 30,089 libras esterlinas. El presupuesto para 1890-' 91 fué : Ingresos, 28, 990 libras esterlinas; egresos, 32,076. La fuente principal de las rentas consiste en los derechos de aduana. La deuda pública en 1890 era 7,220 libras esterlinas. Ejército. — La fuerza que guarnece estas islas es por término medio de 1,500 soldados. Recursos. — La principal riqueza de Bermuda consiste en la agri- cultura. Esta isla'provee de hortaliza, frutas y flores, en una tem- prana estación del año, á los mercados de los Estados Unidos, el Canadá y la Gran Bretaña. Telégrafos y Teléfonos. — Hay 32 millas de telégrafos, además de un cable que pone en comunicación las islas con Halifax. Para el servicio telefónico hay más de 300 millas de alambres y 120 suscri- tores. Comercio. — El comercio se hace principalmente con los Estados 136 Unidos y la Gran Bretaña. Las exportaciones en 1889 subieron á 99,650 libras esterlinas y las importaciones á 299,990 libras esterlinas. Monedas^ Pesos y Medidas. — Son las mismas que en la Gran Bre- taña. GUAYANA INGLESA. Superficie y Población. — La Gu-ayana inglesa, que está situada en la costa del norte de la América meridional, tiene una superficie de 109,000 millas cuadradas y una población de 278,477 habitantes entre los cuales hay europeos, indios, naturales de las Antillas, africanos, chinos, etc. La capital, que es Georgetown, tiene una población de 55,299 habitantes. Gobierno. — La autoridad superior reside en un Gobernador nom- brado por la Corona, con el sueldo anual de 5,000 libras esterlinas, el cual se consulta con un consejo denominado Courtof policy., que con- siste de nueve miembros, cuatro de los cuales son de nombramiento Real y cinco elegidos por el colegio electoral, y con otro cuerpo deli- berativo denominado Combined cotiris^ que consiste en los mismos nueve miembros del Court of policy y seis más, elegidos como los an- teriores, á quienes se llama representantes financieros {fi^nancial rep- 7^ese7itaiives). La colonia está dividida en cinco distritos, cada uno de los cuales está representado en el antedicho colegio electoral {cottrt of electors) que elige, como se ha dicho, los cinco representantes del pueblo en el court of policy y los seis más del combined court. El número de votantes registrados como tales es 1,596. Poder Judicial. — Hay en la colonia un Tribunal Superior, com- puesto de un Presidente, un Magistrado y un Fiscal, y además nume- rosos jueces inferiores. Bl Presidente del Tribunal Superior es juez de almirantazgo. Religión. — Todas las religiones son toleradas, pero la Guayana inglesa es la sede metropolitana de la iglesia Protestante Episcopal Anglipana en las Antillas. Instrucción Pública. — Todas las escuelas están subvencionadas por el Gobierno, que ejerce sobre ellas la correspondiente inspección por medio de ciertos empleados nombrados á ese efecto. Hay 150 escuelas públicas á que concurren 20,384 alumnos, y 137 además de estas existen también diferentes establecimientos priva- dos con 6, 500 alumnos. Hacienda. — El presupuesto de ingresos déla colonia en 1888 fue 461,941 libras esterlinas, y el de egresos en el mismo año subió á 490,556. El del año siguiente, i889-'90, estimó los ingresos en 484,000 libras esterlinas, y los egresos en 480, 674. Ea deuda pública es poco más de 200,000 libras esterlinas. Bancos. — Hay dos bancos, con una circulación de 139,218 libras esterlinas, y también una Caja de ahorros con depósitos que suben á 204, 347 libras esterlinas. Recursos y Productos. — Ea principal riqueza de la Guayana inglesa consiste en el doAo-dx. A causa de la escasez de trabajadores y del alto precio de los jornales, á penas se ha cultivado el algodón du- rante los últimos años, Ea palma de coco crece en gran abundancia y sus frutos se exportan en ocasiones hasta en cantidad de un millón por año. El café, el cacao, el plátano y todos los otros frutos de los trópicos se dan fácilmente en grandes cantidades. El país es rico en maderas finas de todas clases, en plantas textiles, y en otras que pro- ducen gomas, aceites, y la sustancia denominada goma anhni., que en ciertos conceptos es superior á la gutapercha. El casabe es el alimento principal del indio. Con la raíz de la yuca hacen ellos una preparación, muy usada en el país, que es un poderoso antiséptico, y que también emplean para sazonar el plato nacional que \\a.víi2in. pepper pot.^ el cual, merced á dicha preparación, puede preservarse por meses y hasta por años, y tener además cierto sabor que es muy apreciado. Esta preparación, que llaman cassa- reep., se fabrica solamente para el consumo interior en esta Gua- yana y en algunas de las islas inglesas, especialmente en Santa Encía, donde se hace la de más fama. Si las propiedades preserva- tivas de este compuesto llegaran á ser conocidas en otras partes, los países en que crece la yuca tendrían sin duda alguna una nueva fuente de riqueza, pero para ello necesitarían también aprender el secreto de eliminar de la raíz la sustancia venenosa y conservar sólo la preservativa. Corren en el pueblo una multitud de cuentos, á que se da crédito, relativas á haberse trasmitido en buen estado de generación en generación, como recuerdo de familia, muestras del manjar nacional {pepper po() que con aquella se sazona. 138 Feí^ro-carriles^ telégrafos y oiros medios de coinunicacibn. — Hay 23 millas de ferro-carril y 280 de telégrafos. Hay 275 millas de nave- gación por río y un buen número de caminos ordinarios bien cons- truidos. Hay 52 oficinas de correo. Comercio. — El comercio se hace principalmente con la Gran Bretaña y los Estados Unidos. . Las exportaciones consisten prin- cipalmente en azúcar, mieles y ron ; y las importaciones en maqui- naria, abonos géneros de hilo y de algodón, artículos de locería y cristalería, muebles, utensilios domésticos, etc. Mojieda. — Las monedas que corren en el país son los pesos y centavos de los Estados Unidos, pero también circulan las monedas de oro y plata de la Gran Bretaña. Pesos y Medidas. — Son los mismos que en la Gran Bretaña. HONDURAS BRITÁNICA. Esta colonia está situada en la América Central entre los 15° 53' y los 18° 29' de latitud norte y los 88° 10' y 89° 9' de longitud oeste, y á cosa de 900 millas de Nueva Orleans. Linda por el norte con el rio Hondo y Yucatán, por el sur con Guatemala, de quien la separa el rio Sarstone, por el este con el Mar Caribe y por el oeste con Guatemala y México. El clima es semejante al de las Antillas y los productos son tropicales. Gobierno. — La autoridad superior de la colonia es un Gobernador nombrado por la Corona, con el sueldo anual de 1,800 libras ester- linas. Para el ejercicio de sus funciones se consulta con un Consejo compuesto de diez miembros, cinco de los cuales son el Juez su- premo, el Secretario de gobierno, el Jefe militar de mayor rango, el Tesorero y el Fiscal. Los otros cinco son personas particulares. La colonia está dividida en seis distritos, y á la cabeza de cada uno de ellos hay una autoridad superior. Superficie y Población. — La superficie es de 7,562 millas cuadra- das, y la población de 27,652 habitantes. Belize, que es la capital, tiene una población de 5, 800 habitantes. Religión. — La colonia pertenece en lo eclesiástico á la diócesis de Jamaica, de la iglesia Protestante Episcopal Anglicana ; pero todas las otras religiones están toleradas, y bien representadas por dife- rentes isflesias. I 139 Instrucción Pública. — Todas las escuelas del país pertenecen á una religión determinada, pero todas sin distinción reciben auxilio del gobierno. En 1889 habia 28 escuelas, y de ellas 11 eran Cató- licas, 12 Wesleyanas, y las demás de diferentes sectas. El número de alumnos inscritos en los registros era 2,569, y la concurrencia diaria por término medio era 1,781. La instrucción dada en estas escuelas es puramente elemental. Periódicos. — Son cinco los diarios y publicaciones periódicas que ven la luz en esta colonia. Hacienda. — lyos ingresos del tesoro, en 1889, ascendieron á 1381,838.19 y los egresos fueron 1344,057. El presupuesto para 1890 fué: Ingresos, 1369,003.95; egresos, $312,961.77. I^as princi- pales fuentes de renta son las aduanas. Hay un impuesto sobre el expendio de licores y otros artículos y sobre la venta y arrendamiento de los terrenos pertenecientes á la Corona, y además una contribución territorial. Ejército y Armada. — En 1887 el Gobierno de la metrópoli retiró sus tropas, y la protección de la colonia quedó confiada á la fuerza de la policía, que se compone de 165 hombres mandados por 5 oficiales y 10 sargentos y cabos. Algunas veces visita la colonia un desta- camiento del segundo regimiento de las Antillas. También va de vez en cuando un buque de guerra. Rectirsos y Productos. — La riqueza agrícola de Honduras es muy grande. Allí se dan todas las plantas tropicales y las maderas más finas, así de construcción como de ebanistería y tinte. Se produce también una especie de cacao que tiene bastante valor en el comercio y crece silvestre en las orillas del Rio Grande y de otros ríos. El cacao ordinario cultivado en Honduras produce los granos más grandes que se conocen en su género. El café tanto silvestre como cultivado es de buen aroma y calidad. Entre las plantas más interesantes hay la balata, ó árbol de goma, llamada por los indi- genos toono y la pita. La balata abunda en algunos distritos y produce una goma semejante á la gutapercha, que se exporta en grandes cantidades para Inglaterra y Alemania, donde la emplean para sustituir á la goma elástica. La pita es una yerba que produce una fibra sedosa que se dice contiene mas de 30 por ciento de seda tan fina como la que producen los gusanos. La llaman también en 140 el país con el nombre de Yute^ y la usan los naturales para hacer cordeles, hamacas, etc., que se dicen ser más fuertes y duraderas que las de lino, cáñamo y henequén. Hay otras plantas textiles que crecen silvestres y son utilizadas por los indígenas; lyos obstáculos que se oponen al desenvolvimiento de la agricul- tura en la Honduras británica son la escasez de trabajadores y las dificultades de los trasportes. Además de esto, el sistema de hacer adelantos á los trabajadores los mantiene en una condición de pobreza y descontento, y se han dictado diversas ordenanzas á fin de abolir en lo posible este pernicioso sistema. Los efectos de este se sienten más aún por el hecho de que se obliga al trabajador á recibir una parte de sus jornales en géneros y provisiones que les suministra la tienda establecida por los que los emplean. Puede ser que esto último tenga su razón de ser en aquellos distritos que están lejos de las poblaciones, pero de todas maneras produce siempre el efecto de mantener al trabajador adeudado con el que lo emplea, induciéndolo á recurrir á medios, en ocasiones ilícitos, para libertarse de esta es- pecie de semiservidumbre. Ferro-carriles y Telégrafos. — Diversos proyectos se han formado para la construcción de uno ó más ferro-carriles, que se necesitan para facilitar el trasporte de la caoba y otras maderas, y para la comodidad de los viajeros y habitantes' del país que residen lejos de Belize y de la costa. Uno de los proyectos consiste en entroncar el camino con los de Guatemala, y otro se propone unir el mismo camino con los de México, haciéndolo pasar por un territorio suma- mente abundante en palo de tinte, donde se encuentran todavía vastas extensiones de tierras pertenecientes á la Corona y entera- mente desiertas y yermas. Iva comunicación telegráfica con los Estados Unidos y con Europa se verifica por la vía de Nueva Orleans. Hay varias líneas de vapores que comunican á esta colonia con los Estados Unidos, Inglat' rra y otros países. Bancos. — Hay en Belize una Caja de ahorros con dos sucursales, una en Corosal y otra en Orange Walk. Comercio. — El comercio de esta colonia es principalmente con la Gran Bretaña y los Estados Unidos, pero el que se se hace con las Repúblicas vecinas y con las Antillas es también de importancia. Los artículos que más se importan son cigarros, cerveza, licores 141 espirituosos, azúcar, té, tabaco y vinos, formando en conjunto un total en el año de 1889 de $1,863,327. ha. exportación fué princi- palmente de azúcar, ron, caoba, cedro, palo de tinte, palo de rosa, fustete, ziricote, goma elástica, zarzaparilla, tortugas, cocos, plátanos de todas clases, y frutas, y subió en el año citado de 1889 á $1,085, 280. Ivas mercaderías de los Estados Unidos importadas en esta colonia en el año que concluyó el 30 de Junio de 1890 ascendieron en valor á $354,468, y las de la colonia importadas on los Estados Unidos en el mismo período llegaron sólo á $186,351. Moneda. — El padrón monetario adoptado es el peso de plata de Guatemala, que equivale, según lo declarado en Enero de 1891 por la Tesorería de los Estados Unidos, á ']']. i centavos en moneda ame- ricana. Las monedas corrientes son el peso de Guatemala y sus subdivisiones, el peso de Chile y las suyas, y también el sol del Perú y las suyas. Hay también en circulación una moneda del país del valor de i centavo. El tipo del cambio sobre Londres fué en el año de 1889 á razón, por término medio, de $6.75 la libra esterlina. No hay en circulación papel moneda. Pesos y Medidas. — Los de la Gran Bretaña son los que están en uso generalmente, pero también se emplean los siguientes que son de España, á saber: la arroba de 25 libras, el quintal de 4 arrobas ó 100 libras, el almud, medida de capacidad para granos, y la carga y el barril, etc. Hay también una medida especial para la cal, que es de 55 libras y se llama henequén. La vara es allí como H de yarda. El mecate es una medida de 24 varas, que equivale próximamente á 22 yardas inglesas. JAMAICA. La isla de Jamaica, llamada así del nombre indio Xaymaca^ que se supone significar " muchos rios, " está situada entre los 17° 43' y 18° 32' de latitud norte y los 76° 11' y 78° 20' 50" de longitud oeste, y á casi 90 millas al sur de Cuba. Tiene 144 millas de largo, y 49 millas en su mayor anchura. El terreno de la isla es monta- ñoso, y su clima vario según las localidades, llegando en la costa á una temperatura tropical de 80° á 86°, mientras que en lo alto de las montañas sólo hay de 45° á 50°. Poder EjeciUivo. — El Poder Ejecutivo reside en un Gobernador 142 nombrado por la Corona, que disfruta de un sueldo anual de 6,000 libras esterlinas y tiene para consultarse lo que se llama el Consejo Privado. El Gobernador actual es Sir Henry Arthur Blake. Poder Legislativo. — Este poder reside en lo que se llama la Asamblea Legislativa, compuesta de cinco miembros nombrados por la Corona, nueve electos por el pueblo, y otros cuatro, que son empleados públicos, miembros ex officio de la Asamblea. La isla está dividida en tres condados y catorce parroquias, y para la administración de los negocios locales de cada una de estas hay una junta, constituida por votación popular. Las sesiones de cada período legislativo comprenden un espacio de cinco años; pero el Gobernador puede disolver la Asamblea en cualquier tiempo. Poder Judicial. — Hay una Alta Corte de justicia, de la que depen- den varios tribunales de distrito. En cada parroquia reside un funcionario judicial para atender á negocios de determinada impor- tancia. La Alta Corte se compone de un Presidente y dos Magistrados, los que han de ser precisamente abogados de Inglaterra, Escocia ó Irlanda, con cinco años de práctica cuando menos. Se reúne en pleno y celebra su sesión en Kingston el primer lunes de los meses de Febrero, Abril, Junio, Agosto, Octubre y Diciembre. Superficie y Población. — Su superficie es de 4,200 millas cuadra- das y su población de 585,582 habitantes, de los cuales 28,176 son electores. Kingston, la capital, tiene una población de 40, 000 almas. Las siguientes tablas explican la superficie de las parroquias y con- dados, y la población de las ciudades más importantes. Surrey. Middlesex. Cornwall. Parroquias. MiUas cua- dradas. Parroquias. Millas cua- dradas. Parroquias. Millas cua- dradas. Kingston 7i 169i 280 3101- St. Catherine St. Mary 450 229 467 464 310 St. Elizabeth Trelawny 471 833i St Thomas Clai'endon St. James 227f Portland St. Ann Hanover 166 Manchester Total Westmoreland Total 308i Total 767i 1,920 1, 505^ 143 Población. Kingston 40, 000 Spanish Town 5, 689 Montego Bay 4, 651 Port Maria 6, 741 Religión. — No hay ninguna del Estado, pero la mayor parte de los habitantes son miembros de la iglesia Protestante Episcopal Angli- cana. La mayor parte de las otras denominaciones está represen- tada en el país. Instrucción publica. — En i888 habia 771 escuelas elementales, á que concurrían 71,643 alumnos. En Kingston hay una escuela superior, escuelas normales de maestros y gran número de escuelas parroquiales gratuitas y de empresa particular. Las 771 escuelas elementales recibieron del Gobierno en 1888 un auxilio de 23,323 libras esterlinas. Se publican en Kingston cinco diarios, y hay además en toda la isla tres que se publican semanalmente, dos que ven la luz dos veces por semana, tres quincenales, dos de cada tres semanas, siete mensuales, y una Revista trimestral. Hacienda. — Los ingresos y egresos del tesoro en el año 1888 pueden condensarse en los siguientes guarismos: Rentas públicas, 576, 147 libras esterlinas ; gastos públicos, 546,092 libras esterlinas ; rentas parroquiales, 103,624 libras esterlinas; gas- tos parroquiales, 107,482 libras esterlinas; ingresos para el fondo de inmigración, 11,478 libras esterlinas; egresos en el mismo ramo, 4,553 libras esterlinas. Ejército y Armada. — La fuerza pública generalmente existente en la isla es de 1,276 hombres, incluyendo soldados y oficiales. Hay además un cuerpo de voluntarios compuesto de 610 hombres. Trece buques de la Real armada hacen el servicio en las estaciones navales del Norte América y las Antillas. Recursos y Productos. — Los principales productos corresponden á la agricultura, y son la caña de azúcar, el café, el maíz, el cacao, la pimienta, la nuez moscada y todos los demás frutos de los trópicos. El pescado es abundante. En cuanto á industria fabril, hay en Kingston una fábrica de jabón, y otra de fósforos, y varios establecimientos para preservar en latas las frutas del país y la tortuga. 144 De las Islas Turcas y de la de Caicos, que son dependencias de Jamaica, se sacan y exportan anualmente 2,000,000 bushels de sal. Ferro-carriles y Telégrafos. — Hay 93 millas de ferro-carril y 698 de telégrafos. La isla se comunica por cable con todas las partes del mundo. Hay varias lineas de vapores que hacen escala regularmente en la isla. Los de las denominadas del "Atlas" y del "Ancla," entre Nueva York y Kingston hacen viajes cada quince días. Correos. — En 1888 se transmitieron por el correo 1,408,453 cartas. Bancos. — La Caja de ahorros, que es un establecimiento del Gobierno, tiene sucursales en toda la isla. En el año de 1888 los depositantes fueron 18,311 y las cantidades depositadas por ellos 393,220 libras esterlinas. Hay además el Banco Colonial, que en el mismo año tuvo una circulación de $2,030,526. Los billetes del Banco Colonial se usan como moneda corriente. Comercio. — El comercio de Jamaica se hace principalmente con la Gran Bretaña y con los Estados Unidos de América. Monedas^ Pesos y Medidas. — Son las mismas que en la Gran Bretaña. La moneda legal es la inglesa, pero corre también la de los Estados Unidos. ISLAS DE SOTAVENTO. Las lulas de Sotavento, ó Antillas menores, incluyen el grupo de las Vírgenes. Dinamarca, Holanda y Francia poseen algunas de estas islas, pero la mayor parte de ellas pertenecen á la Gran Bretaña, y de estas las más importantes son Antigua, Barbuda y Redonda, el grupo de las Vírgenes, Dominica, St. Kitts, Nevis, Anguila y Montserrat. Gobierno. — Estas islas están divididas politicamente en cinco Presidencias, cada una de las cuales tiene su propia Legislatura inde- pendiente, pero todas están regidas por un solo Gobernador, cuya residencia oficial está en St. John, en Antigua. La Asamblea legislativa, que se reúne una vez en el año, está formada por personas de las cuales unas son de nombramiento Real y otras elegidas directamente por el pueblo. El presente Gobernador es Sir William Frederick Haynes Smith^ y goza de un sueldo de 3,000 libras esterlinas por año, 145 Antigua es la mas importante de las islas que forman este grupo. Su capital, St. John's, tiene 10,000 habitantes, y muchas buenas escuelas, públicas, parroquiales y privadas: es además la sede del obispado (de la iglesia Protestante Episcopal Anglicana) que se llama de las Antillas. Superficie y población de las Islas de Sotavento. Islas. Antigua Barbuda y Redonda Islas Vírgenes Dominica St. Kitts Nevis Anguila Montserrat . Población. 35,000 5,000 29, 500 45, 000 11,680 TRINIDAD Y TOBAGO. La isla de Trinidad y la de Tobago, que se le anexó en 11 están regidas por un mismo Gobernador, que reside en Port-of-Spain, la capital de la primera, y es nombrado por la Corona, y goza de un sueldo de 5,000 libras esterlinas por año. Este Gobernador nombra un Comisionado, que reside en Tobago, y atiende á los negocios locales. Hay en la colonia, además del Gobernador, un Consejo de go- bierno, y itna Asamblea legislativa de diez y seis miembros, ocho nombrados por el Gobierno, y ocho elegidos por el pueblo. El poder judicial se ejerce en ambas islas por un Tribunal Supremo y diferentes jueces locales. Superficie y Población. — L-a superficie de Trinidad es de 1,754 millas cuadradas, y su población de 189,566 habitantes. La capi- tal, Port-of-Spain, tiene 31,900 habitantes. La superficie de Tobago es de 114 millas cuadradas, y su pobla- ción de 19,937 habitantes. Recursos y Productos. — La azúcar es el producto principal del país, pero también se cultivan, en Trinidad, el cacao, el café y el tabaco, y en Tobago el algodón. No. z 10 146 El lago de asfalto, que existe en Trinidad, y tiene una extensión de cerca de 90 acres, constituye una fuente de ingresos para el erario. La explotación de ese lago ha sido concedida por 21 años á una sociedad mercantil que gira bajo la razón social de A. L. Barber y C\, la que paga al Gobierno de la isla á razón de $48,000 por año. Se cree que Tobago es la isla en que pasan los sucesos del famoso cuento de Robinson Crusoe. Ferro-carriles y Telégrafos. — Hay 54 millas de ferro-carril en Trinidad, y 717 de telégrafos. El servicio de vapores es muy bueno. La importancia de la colonia puede comprenderse bien, con solo considerar el número de vapores de todas partes del mundo que entran todos los meses en Port-of-Spain, en el orden que sigue: Vapores ingleses de la Mala Real al raes. . 4 Paquetes de carga de la misma id ... . 2 Vapores franceses de la Compagnie genérale transatlantique . . . id. . . . 2 Vapores de la linea de las Antillas y el Pacífico id. ... 2 Vapores de la línea de Harrison id ... 1 Vapores de la de Liverpool id. ... 1 Vapores de la de Londres id ... . 4 Vapores de la de Clyde id. ... 1 Vapores de la de Quebec y el Golfo id 2 Vapores de la del Atlántico y las Antillas id. . . . 3 Vapores de Venezuela id. ... 4 Total de vapores al mes . . 26 Comercio. — El comercio principal de esta colonia es con la Gran Bretaña, los Estados Unidos y la América del Sud. El comercio de importación y exportación en Trinidad, en 1886, 1887 y 1888, incluyendo las mercaderías conducidas de tránsito, fue como sigue: 147 I. -POR PAÍSES. Países. 1887. Reino Unido: Importado del Exportadopara el Estados Unidos: Importado de los Exportado para los América inglesa del Norte: Importado de la Expoliado para la Antillas inglesas: Importado de las Exportado para las Guayana inglesa: Importado de la Exportado para la India inglesa: Importado de la Exportado para la Antillas francesas: Importado de las Exportado para las Antillas españolas: Importado de las Exportado para las Francia: Importado de Exportado para Venezuela: Importado de Exportado para Portugal y sus posesiones: Importado de Exportado para España y sus posesiones, excepto las An- tillas: Importado de ..,.,.. ,......, Exportado para , Pesos. 3, 225, 855 4, 596, 170 1,703,443 3, 070, 341 282, 941 68, 239 605, 309 160, 562 141,323 32, 278 282, 085 4,196 6,573 242,421 33, 381 1,307 509, 995 2, 933, 045 5, 098, 103 815, 951 17, 530 19,466 45, 888 71,501 Pesos. 3, 637, 308 3, 622, 987 1,744,999 3,498,415 263,935 66,866 571,744 131, 227 51, 502 18, 721 350, 018 37, 912 123, 662 32, 796 3,494 490, 708 659, 164 1, 742, 003 686, 617 6,713 5,237 92,691 66, 530 Pesos. 3, 845, 027 4, 170, 308 1,693,337 3,235,627 292, 622 73, 278 291,818 165, 131 47,587 53,627 396, 701 4,816 47, 659 26, 712 5,760 502,019 1, 133, 528 2, 014, 200 1,185,268 32, 137 17,453 80, 145 50, 128 Total de lo importado. Total de lo exportado . 12, 117, 008 12, 144, 238 9, 286, 363 9,053,762 9,407,939 10, 322, 563 148 n.— POR ARTÍCULOS. COMERCIO DE EXPORTACIÓN Artículos. 1886. 1887. 1888. Cacao Pesos. 2,835,247 228, 617 19, 906 2,643,588 4, 592, 211 Pesos. 1,999,786 271, 790 16, 175 3, 874, 880 1,047,100 Pesos. . 3, 453, 374 Mieles 204, 098 Ron 44, 964 Azúcar (quebrada) 3, 504, 949 Metales acuñados y en pasta 1, 106, 274 Total 12, 144, 238 9, 053, 762 10, 322, 563 COMERCIO DE IMPORTACIÓN. Artículos. 1886. 1887. 1888. Géneros de algodón, hilo y lana Pescado salado y en vinagre Harina Pesos. 1,295,547 267,240 633, 653 456, 291 207, 079 188, 048 246, 743 455,231 4, 646, 434 Pesos. 1, 522, 228 253, 800 524, 366 546, 872 247, 880 ■ 284, 447 247, 324 562, 195 1,314,743 Pesos. 1,613,066 316, 008 564, 586 Ferretería y maquinaria 520 634 Cueros curtidos 241,333 Maderas de construcción . . 185, 880 255 174 Carne salada y preservada Arroz 554,044 1,281,714 Metales acuñados y en pasta Total . . 12, 117, 008 9, 286, 363 9,407,939 Kl comercio de Tobago fue como sigue: Exportado de la isla. 1884 libras esterlinas. . 41, 416 1885 id 38, 379 1886 id 18, 891 1887 id 32, 907 1888 , c id 38, 900 Importado en la isla, 1886 libras esterlinas. . 20,499 1887 id 23, 117 1888. id 28,847 149 ISLAS DE BARLOVENTO. Las islas que forman este grupo son las llamadas Granada, San Vicente, Santa Lucía y las Granadinas. Gobier7to. — Cada una de estas islas tiene su propio gobierno local, con sus respectivos Gobernadores, Secretarios y Cuerpos legislativos, pero para ciertos fines están todas unidas, y dependen de un Gober- nador General, que reside en Granada y tiene un sueldo de 2,500 libras esterlinas por año. El presente Gobernador General es Sir W. F. Hely-Hutchinson. Los miembros de las Asambleas, ó Consejos legislativos coloniales, son como en otras colonias británicas, unos de nombramiento Real, y otros electos por el pueblo. Granada, que es la mas importante del grupo, tiene una superficie de 120 millas cuadradas, y una población de 49,337 habitantes. Su capital es St. George's. En 1888 había en esta isla 29 escuelas primarias, y una de gra- mática, sostenidas por el Gobierno. A la primera concurrían 4,440 alumnos; á la segunda, 35. San Vicente tiene una superficie de 122 millas cuadradas, y una población de 46,872 habitantes. La capital es Kingston, que tiene 5,393 habitantes. Hay en esta isla 48 escuelas, con 4,968 alumnos. Santa Lucía tiene una superficie de 245 millas cuadradas, y una población (en 1888) de 42,504 habitantes. Su capital es Castries, con 4,555 habitantes. Hay en esta isla 26 escuelas (12 son católicas, y las demás protestantes), á las que concurren 3,351 alumnos. Las Granadinas son islas pequeñas, dé poca importancia. La mayor es Carriacon, con una superficie de 6,913 acres y una pobla- ción de 5, 154 habitantes. Bancos. — Cada una de las tres islas principales del grupo tiene su Caja de ahorros, y hay además agencias ó sucursales de bancos coloniales. Monedas. — La moneda corriente es la inglesa; pero también circu- lan la de los Estados Unidos y los billetes de los bancos coloniales. Religión. — Todas las religiones están toleradas. En Granada y en Santa Lucía la mayoría de los habitantes pertenece á la iglesia Católica Apostólica Romana; en la de San Vicente á la Protestante Episcopal Anglicana. 150 iíacieñda.-^'ha. situación financiera de estas islas en 1889 era como sigue: IslaSi Granada.. . . fíanta Lucía San Vicente Deuda pública. Libras esterli- nas. 44,475 141,260 14, 180 íügresds. Libtas esterli- nas. 50,441 47,509 27, 522 Bgresds. Libtas esterli- nas. 51, 086 46,085 21, 830 Recursos y Prodtícios.^^'hos principales productos de estas islas son la azúcar, el ron y las frutas. Granada compite hoy con ventaja con Java y Sumatra en la calidad de sus clavos de comer, nuez mos- cada y otras especies, y con Trinidad en la de su cacao. San Vicente es la principal estación de carbón en las Antillas, y está en decadencia por falta de capital. Santa I^ucía es la segunda estación naval inglesa en el mar de las Antillas. El puerto de Castries es en muclios respectos superior á los de Jamaica. Hay en esta isla un hermoso ingenio central, bien montado, donde se fabrica azúcar de muy buena calidad. Comercio. — Bl comercio de estas islas es principalmente con la Gran Bretaña y los Estados Unidos. lyas mercancías que allí se importan principalmente son harina, víveres de varias clases, ferretería, locería, géneros de algodón é hilo, artículos de vestido, maquinaria, etc. Las que se exportan son azúcar, mieles, ron, palo de tinte, cacao, café, especies y frutas. La siguiente tabla muestra el movimiento comercial de estas islas en los tres años de 1886, 1887 y i^ Importaciones. Exportaciones. 1886. 1887. 1888. 1886. 1887. 1888. Santa Lucía San Vicente Granada Libras esterlinas. 122, 283 91,185 129, 338 Libras esterlinas. 115,686 79, 702 143, 185 Libras esterlinas. 140, 858 79, 777 162,437 Libras " esterlinas. 105, 207 70,476 180, 691 Libras esterlinas. 117, 743 85, 770 217, 949 Libras esterlinas. 122-, 229 81,836 229 263 Monedas.^ Pesos y Medidas. — Las mismas que en la Gran Bretaña. La moneda de oro de los Estados Unidos corre también en estas islas. El Banco Colonial de Santa Lucía emite billetes de 5 pesos. Colonias Danesas^ ivas posesiones danesas consisten en tres pequeñas islas del grupo de las Vírgenes en las Islas de Sotavento, y están situadas entre los 17° y i8° de latitud norte y próximamente en el 64° de longitud oeste. Superficie y Población. — Santa Cruz, ó St. Croix, que es la más grande, tiene una superficie de 74 millas cuadradas y una población de 18:430 habitantes, de los cuales 5,000 son blancos. San Tomas tiene superficie de 23 millas cuadradas y una población de 14,389 liabitantes. San Juan, que es la tercera, tiene una superficie de 2 1 millas cuadradas y una población de 944 liabitantes. Gobierno. — I^a colonia tiene un Gobernador de nombramiento Real, con un sueldo de $10,500 al año, cuya residencia oficial es en San Tomas ; pero el presente Gobernador, que es el Señor Cliristian Henrik Arendrup, reside desde 1881 seis meses en Santa Cruz y seis meses en San Tomas. El Gobernador se consulta con un Consejo cuyos miembros son de nombramiento Real ; y hay también un Con- sejo colonial compuesto de varios miembros, de los cuales cinco son de nombramiento Real y los demás electos por el pueblo. Cada isla elige sus propios consejeros coloniales y los de San Juan se reúnen con los de San Tomas para celebrar sus sesiones en la ciudad de este nombre. lyos de Santa Cruz celebran sus sesiones separadamente en su propia isla. Religión. — I^a iglesia luterana es la establecida en la colonia, pero todas las religiones son toleradas y están bien representadas. Instrucción Pública. — Hay escuelas públicas gratuitas sostenidas por el Gobierno en cada una de las islas, y también escuelas pri- vadas de paga y de diferentes denominaciones. La asistencia á las escuelas es obligatoria y casi todos los habitantes saben leer y escri- bir. El inglés es la lengua que generalmente se habla. 152 Haciendd.—YX presupuesto de ingresos en el tesoro de las islas jjara el año económico de 1891-92, es $113,300 y el de los egresos $179,271. Ejercito y Armada.— '^ví las Islas de Santa Cruz y San Tomas hay pequeñas guarniciones de tropas danesas, y además una milicia formada principalmente de negros. Un barco de la marina de guerra de S. M. D. cruza al rededor de estas i&las. Recursos y Productos. — Los principales productos de Santa Cruz son la azúcar, el ron, y las mieles. San Tomas es un puerto franco y el principal depósito comercial de muchas de las Antillas. San Juan es también puerto franco ; y en su suelo se da bien el café y el tabaco. También se cultiva la caña de azúcar aunque en pequeñas cantidades. El suelo de estas islas es fértil y produce con abun- dancia frutas y todo lo además necesario para vivir. Comunicacioues. — La colonia se comunica con el resto del mundo por medio del cable. San Tomas es además uno de los principales puertos de escala para las varias líneas de vapores europeas y ame- ricanas que hacen el comercio de América. Bancos. — El Banco Colonial (Británica) tiene una sucursal en San Tomas y otra en Santa Cruz. En San Tomas hay también el Banco de San Tomas y la Caja de Ahorros. Ciudades. — La ciudad principal de San Tomas, llamada Charlotte- Amalia, tiene una población de 13,000 habitantes. Las principales ciudades de Santa Cruz son Christiansted, con una población de 5, 127 habitantes, y Fredericksted, con 3,817 habitantes. Cruz Bay es la ciudad de San Juan y tiene una población de cerca de 100 habitantes. Coral Bay es un buen puerto de mar. Comercio. — El comercio se hace principalmente con Dinamarca, la Gran Bretaña y los Estados Unidos ; pero en San Tomas pueden obtenerse las mercancías de casi todos los países del mundo. Es frecuente que se vean en el puerto las banderas de casi todas las naciones, y en las calles se oyen las lenguas de todos los pueblos del universo. En el año que concluyó el 30 de Junio de 1890 los Estados Unidos importaron de las Antillas danesas mercaderías por valor de $588,739, y exportaron para ellas por valor de $794,293. Los principales artículos de exportación para esas islas fueron ; 155 Carbón bituminoso, $155,000 ; harina, $137,000 ; whiskeys, $45,000 ; harina de maiz, $40,000 ; y varios productos de lechería y sustancias alimenticias. En 1889 las exportaciones de la Gran Bretaña para las mismas islas fueron $393,826, y las importaciones $24,474. Para el año que terminó el 31 de Marzo de 1889, el Cónsul de los Estados Unidos calculó la cantidad total de las importaciones en San Tomas en $1,126,000, de los cuales $343,000 fueron de los Estados Unidos y $343,300 de la Gran Bretaña. Monedas^ Pesos y Medidas. — La moneda legal es el peso denomi- nado Rix-bank dollar; pero también circulan libremente las monedas inglesas, americanas, españoles y francesas. Los pesos y medidas inglesas son los generalmente empleados. r Colonias Españolas. CUBA. ívá isla de Cuba es la mayor de las Antillas. Está situada en íá boca del Golfo de México y á 130 millas de Florida, de cuyo Estado la separa el Canal de Bahama. Por el este la separa de Haití lo que se llama el Pasage de barlovento; por el sur la divide de Jamaica una porción del Mar Caribe; y por el oeste está separado de Yuca- tán por el canal de este nombre. La isla se extiende desde los 74° 6' de longitud oeste de Green- wich á los 89° 59' de la misma longitud, y de los 19° 49' á los 23° 13' de latitud norte. El largo de la isla es como de 600 millas y su anchura varía de 21 millas en la parte más angosta á iii en la más anclia. La temperatura media es de 70° á 73° Fahrenheit. El término medio de las más altas temperaturas es de 84° á 85° y el de las más bajas 70°. Gobierno. — La isla está regida por un Gobernador General nom- brado en Madrid y que depende directamente del Ministro de Ultramar. Hay un cuerpo consultivo establecido en la Habana con el nombre de Consejo de Administración, cuyos miembros todos son de nombramiento Real, á quien el Gobernador General está obli- gado á consultar en algunos casos, pero nunca á seguir su opinión. El Gobernador General tiene todas las facultades de un Virey, y está autorizado para suspender la ejecución de cualquiera ley ó decreto de cualquier género que llega de Madrid y él no crea conve- niente poner en práctica. La isla está dividida en seis provincias, á saber : La Habana, Matanzas, Pinar del Rio, Santa Clara, Puerto Príncipe y Santiago 154 155 de Cuba, cuyas capitales respectivas tienen el mismo nombre. A la cabeza de cada provincia hay un Gobernador civil nombrado por la Corona, y subordinado directamente al Gobernador General y después de él al Ministro de Ultramar. La isla está representada en el Parlamento español, que llaman las Cortes. Cada provincia envía al Senado dos Senadores; pero la Universidad de la Habana y la Real Sociedad Económica de Amigos del país tienen cada una el derecho de elegir un Senador, de donde resulta que en el Senado español toman asiento en repre- sentación de la isla de Cuba catorce Senadores electivos. La representación de la isla en el Congreso de Diputados es en relación con el número de habitantes, y según la última distribución hecha correspondieron á la Habana 9 diputados, 6 á Santa Clara, 5 á Matanzas, otros 5 á Santiago de Cuba, 4 á Pinar del Rio y i á Puerto Príncipe. Total, 30 diputados. En cada Provincia se reúne, en su capital respectiva, lo que se llama la Diputación provincial, cuyos miembros son elegidos por el pueblo. En cada población de alguna importancia hay un Ayuntamiento y un Alcalde municipal. Tanto este como los Regidores son ele- gidos por el pueblo. Superficie y Población. — Según el Cuadro Estadístico {o^q:\2X) ^íS: 1846, la superficie de la isla es de 34,233 millas cuadradas. A esto ha de agregarse la isla de Pinos que tiene 810 millas cuadradas y muchas otras islas y cayos, que forman una superficie de 970 millas cuadradas. El total es 36,013 millas cuadradas. La población, á juzgar por los datos que publicó la Gaceta Oficial de la Habana^ en 1890, para la elección de Diputados á Cortes, es de 1,631,687 habitantes; de este número el 65 por ciento es de blancos, y el resto de 35 por ciento incluye todas las clases de gentes de color y los chinos. La Habana, que es la capital, tiene 250,000 habitantes; Matanzas, que es una población importante, tiene 87,760 habitantes; Santiago de Cuba tiene 71,307; Cienfuegos, 65,067; Puerto Príncipe, 46,641; Holguín, 34,767; Santo Espíritu, 32,608; Guanabacoa, 16,402, y Sagua la Grande, 9,632. 156 Religión. — lya religión del país es la Católica Apostólica Romana; pero todas las demás son toleradas. Instrucción Pública. — Bn 1890 había en Cnba 777 escuelas públi- cas y 538 establecimientos privados. En cada provincia hay un Instituto de segunda enseñanza, y en la Habana se encuentra su famosa Universidad. La' concurrencia á las escuelas primarias en el año antedicho fué de 45,028 alumnos. El 35- n por ciento de la población blanca y el 12.28 por ciento de la de color saben leer y escribir. Hacienda. — El presupuesto de ingresos para el año de iSgo-'gi fué de $25,699,102.80 y el de egresos para el mismo año fué de $25,622,656.82. La deuda pública se ha estimado en $186,000,000. Las deudas de 1878 y de 1880, y la llamada deuda flotante de 1886, que importaron en conjunto $124,000,000, fueron consolidadas por Real Decreto de 10 de Mayo de 1886, en el que se garantizó el pago de los billetes mandados emitir y sus intereses con el producto de las aduanas de la isla y todas las demás rentas é impuestos recaudados en la misma. Se calcula que el producto total de la riqueza de la isla asciende hoy á $80,000,000 y que las contribuciones directas é indirectas suben á $25,000,000, á que deben agregarse $8,000,000 más de con- tribución municipal. Los municipios son 153. Ejército y Armada. — El ejército consiste en fuerzas de infantería, caballería y artillería, y además los cuerpos de voluntarios. Las primeras constan de 19,000 hombres. Los segundos son 63,115 hombres. Numerosos barcos de la marina de guerra cruzan en las aguas de esta isla. Reciirsos y Productos. — La da.\xQ.2S y el tabaco son las producciones más importantes de la isla de Cuba. En el año de 1888 se cosecha- ron 656,719 toneladas de azúcar y 157,791 de mieles. La produc- ción anual del tabaco es próximamente 300,000 tercios. El suelo de la isla es de una fertilidad maravillosa y abunda en riquezas forestales del más alto precio. Allí se producen todos los frutos de los trópicos y varios de los que pertenecen á las zonas templadas. La riqueza mineral del país consiste en oro, cobre, hierro y man- 157 ganeso. Las minas de estos metales son muchas y muy ricas. El asfalto se encuentra en abundancia; y en la isla de Pinos hay varias canteras de mármoles muy bellos. Ferro-carriles y Telégrafos. — Hay i,ooo millas de ferro-carriles y 2,810 millas de telégrafos. Se ha autorizado la contratación de un empréstito de $40, 000, 000 para completar los ferro-carriles de Cuba. ♦ Bancos. — Hay diversos bancos en la Habana, con sucursales en las demás ciudades, en muchas de las cuales hay también bancos locales. Comercio. — El comercio se hace principalmente con España, los Estados Unidos y la Gran Bretaña. Los principales artículos exportados son el azúcar sin refinar, las mieles y el tabaco, y los importados son principalmente la harina, las provisiones saladas, los géneros de hilo, algodón y lana, ferretería, locería y cristalería, ma- quinaria, etc. Los Estados Unidos importaron de Cuba en 1889 más de un billón de libras de azúcar por valor de $36,277,489, mieles por valor de $3,416,754, tabaco en todas formas por valor de $9,237,836, y frutas por valor de $1,576,751. Los artículos principales exporta- dos de los Estados Unidos con dirección á Cuba fueron carnes y pro- ductos de lechería por valor de $3,257,883, hierro y acero en todas formas por valor de $1,988,018, cereales por valor de $1,336,047, maderas en todas formas por valor de $1,110,946, y carbón de piedra por valor de $581,095. PUERTO RICO. La isla de Puerto Rico es la cuarta en tamaño de todas las Anti- llas. Está situada al este de Haití y al oeste de las islas Vírgenes. Su latitud es 17° 56' norte y su longitud 67° 10' oeste. Tiene 90 millas de largo y 36 de ancho. Por su centro corre una cordillera de montañas, de las cuales la que tiene mayor altura alcanza á 3,678 pies. El clima es saludable y suave'. El termómetro casi nunca llega á 84° y nunca baja de 50° de Fahrenheit. El suelo es fértil, y la vegetación tropical y lujosa. Gobierno. — La isla está regida por un Gobernador General, nom- brado por la Corona, que se consulta con un Consejo de administra- ción, cuyos miembros son también de nombramiento Real. La justicia 158 es administrada por una Audiencia ó tribunal superior, de la que de- penden los diversos juzgados de primera instancia que hay en cada distrito judicial. , La isla está dividida en siete departamentos, y está representada en las Cortes por medio de Senadores y Diputados, estos últimos elegidos proporcionalmente á la población. Superficie y Población. — La superficie es de 3, 550 millas cuadradas, y la población de 784, 709 habitantes, de los cuales cerca de 300, 000 son negros. San Juan de Puerto Rico, que es la capital, tiene 23,414 habitantes ; Ponce, 37,545 ; San Germán, 30,146 ; Mayaguez, 12,000 ; Arecibo, 11,187 ; Guyama, 5,400. Religión. — La del país es la Católica Apostólica Romana ; pero todas las demás son toleradas. Hacienda. — El presupuesto de egresos para el año de 1888-89 ^^^ $3,973,491, y el de ingresos en el mismo año $3,863,100. Ejército y Armada. — Guarnecen la isla 3,566 soldados del ejército regular, además de los cuales hay cuerpos de milicias. Buques de la marina de guerra española cruzan en las aguas de esta isla. Recursos y Productos. — Los principales productos de la agricultura de Puerto Rico son el azúcar, las mieles, el tabaco, el café, el arroz, el algodón, los plátanos y todas las demás frutas de los trópicos. Poco se sabe de los recursos minerales de esta isla ; pero á menudo se encuentra oro en la tierra arrastrada de las montañas por las corrientes de las lluvias ; también suele encontrarse cobre, hierro, y plomo. Hay varias salinas explotadas por el Gobierno y mucha madera fina de construcción y ebanistería. Ferro-carriles y Telégrafos. --^Y{.2.y cerca de 470 millas de ferro carril en explotación en la isla, y también un buen servicio tele- gráfico entre las principales poblaciones. Bancos. — -San Juan tiene un banco que ha establecido sucursales en diversos puntos de la isla. Comercio. — El comercio se hace principalmente con España, la Qran Bretaña, los Estados Unidos y las demás Antillas. El total de lo exportado de esta isla en 1887 fué $10,181,291, y el total de lo importado en ella fué $10, 198,006. Los principales artículos expor- tados fueron azúcar, mieles, algodón, tabaco, café, miel de abejas, palos de tinte, etc. El número de buques que entraron en los puertos 159 de esta isla en 1887 fué 1,344, con 1,023,656 toneladas. En el mismo año se despacharon en sus aduanas 1,303 barcos, con 877,583 tone- ladas. En 1889 lo importado en Puerto Rico subió á $13,128,436, y lo exportado llegó á $10, 247, 749. En 1889 los Estados Unidos importaron de Puerto Rico azúcar quebrada por valor de $2,966,232, y mieles por valor de $804,391, á lo que deben agregarse el café, las frutas y las nueces que de allí se trajeron. Las mercaderías exportadas de los Estados Unidos con destino á Puerto Rico fueron harina por valor de $638,210, carnes y productos de lechería por valor de $631,622, y madera y objetos de id. por valor de $311,804. A esto se debe agregar la ferretería, los aceites minerales, el papel de todas clases y en todas formas, las drogas y productos químicos y los tintes. Monedas. — La unidad de moneda en las Antillas españolas es el peso duro, que vale 92.6 centavos en moneda délos Estados Unidos, y es de plata, y está dividido en 8 reales ; pero generalmente prevalece la división en centavos, como en los Estados Unidos. La peseta, que es hoy la unidad de moneda en España, es la quinta parte de un peso y es también de plata y está en uso en las islas. La moneda de oro llamada centén, que vale $5, es equivalente á $5i^o ^^ ^^ moneda de los Estados Unidos. Pesos y Medidas. — El sistema métrico decimal está establecido por ley, pero casi no se usa. Los pesos son el quintal, que tiene 4 arrobas ; la arroba, que tiene 25 libras, y la libra, que tiene 16 onzas. Las medidas son la vara, que tiene 3 pies; el pié, que tiene 12 pulgadas, y la pulgada, que se divide en 16 líneas. La caballería de tierra es una medida superficial que contiene 33^ acres en medida de los Estados Unidos. La caballería se subdivide en cordeles. 160 Mercancías importadas en las Antillas españolas, procedentes de los países que se expresan. Principales artículos. Cereales :' Harina Otros cereales Productos químicos, drogas, tintes y medicinas Carbón de piedra Cobre, j artículos de id Géneros de algodón Alfarería, locería, cristale- ría Artíciilos de fantasía Abonos Pescado Lino, cáñamo, etc., y artí- culos fabricados con es- tas sustancias Frutas Hierro y acero y ferretería . . Joyas y artículos de oro y plata Cuero y artículos de id Aceites minerales Pinturas y materiales para pintar Papel y efectos de escritorio. Provisiones (carnes y pro- ductos de lechería) Arroz Géneros de seda Jabones Paraguas y quitasoles Legumbres, incluyendo los encurtidos Artículos de vestido Vinos, licores espirituosos, cervezas, etc Objetos de madera Géneros de lana Otros artículos Total de mercaderías . Oro y plata, acuñados y en pasta Año termina- do el 30 de Junio de 1888. De los Esta- dos Unidos. Pesos. 1,846,419 181,523 241,721 467, 323 13, 270 135, 554 70, 340 64, 131 9,006 81,734 241,564 23, 128 1,332,962 17, 601 190, 807 428, 478 23, 541 219, 836 3, 186, 661 113 230 2,527 10 406, 332 (*) 18,470 1,613,607 2,388 825, 236 11,644,482 4, 858, 577 Año terminado el 31 de Diciembre de 1887. Del Reino Unido. Pesos. 67, 265 224, 774 32,425 2, 653, 507 156, 643 1,577,155 i '525,' 599 64, 340 60,676 137, 581 178,566 394, 547 7,073,078 De Francia. 39, 378 43, 771 25, 795 64, 573 54,040 19, 644 36,395 5,984 362, 805 99, 572 96,260 54, 000 70,556 83, 707 21, 039 99,703 264. 369 1,441,591 Año termi- nado el 31 de Marzo de 1887. De Alemania. 14, 280 51,646 23, 562 48, 314 129, 234 "Í9,'278 17,612 4,046 10,472 3,570 35, 224 19, 040 376, 278 Año termi- nado el 31 de Diciembre de 1887. De España. Pesos. 987, 953 5,497 77, 652 11,266 2, 173, 881 92, 279 386, 757 25,748 355, 244 290, 956 105,203 7,527 2, 502, 156 392, 811 264,695 66, 160 29, 667 719, 953 35, 996 558,096 2,731,189 7,334 56,785 2,271,876 14,156,681 * No se expresa. 161 Mercancías importadas en los países que se mencionan procedentes de las Antillas españolas. Principales artículos. Año termina- do el 31 de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Diciembre de 1887. Año termi- nado el 31 de Marzo de 1887. Año termi- nado el 31 de Diciem- bre de 1887. En los Esta- dos Unidos. En el Reino Unido. En Francia. En Alemania. En España. Asfalto ó betún crudo Pesos. 31,284 20,444 8,484 224, 913 3,265 1,523,367 193, 188 157 1,832 19, 065 38, 533 37,542,829 5,220,782 4,607,705 3, 334, 013 404, 660 557, 049 Pesos. Pesos. 219, 633 Pesos. Pesos. Productos químicos, drogas y tintes 166, 602 "3*650' 704, 847 1,004,675 306, 601 Cacao en grano 1,137,166 Café 23, 324 27, 838 Cobre y artículos de cobre . . Frutas, incluyendo nueces. . Cueros al pelo y curtidos Joyería 7, 871 8,141 952 71,522 Peletería y objetos de cuero. Licores espirituosos 20, 031 5,ÍÓ9 499, 829 449, 723 Esponjas Azúcar y mieles : Azúcar 532,979 36, 890 5,074,534 Mieles 25, 348 Tabaco : En rama "Í9Ó,'358' 85, 091 184, 571 42, 775 696, 862 123, 862 59, 072 18, 564 211,820 80,444 204,440 1,082,596 Torcido 1, 063, 151 Artículos de madera Otros artículos 163,062 316,311 Total 53,731,570 1,016,680 3, 364, 805 743, 036 9,725,723 Oro y plata, acuñados y en pasta 4,914,854 Comercio de las Antillas españolas con los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia. Exportaciones. 1889. Importaciones. 1889. Exportaciones de los Esta- dos Unidos Pesos. 13,472,656 8, 854, 047 1, 947, 392 Importaciones en los Esta- dos Unidos Pesos. 55, 837, 996 Id. del Reino Unido Id. de Francia Id. en el Reino Unido Id. en Francia 508, 486 3, 668, 016 No. Colonias francesas. GUADALUPE. Guadalupe, una de las Antillas menores, tiene una superficie de 360 millas cuadradas y una población de 182,182 habitantes; está dividida en dos partes por un canal natural, á que dan el nombre de ' ' Riviére Salee, ' ' y está rodeada por varias pequeñas islas. Gobierno. — El gobierno de la isla está encargado á un Gobernador nombrado en Paris, que se consulta con un Consejo cuyos miem- bros son elegidos por el pueblo. Esta colonia, que está guarnecida por tropas francesas, ha sido dividida políticamente en varios distri- tos {arrondissements) que á su vez se subdividen en cantones y en municipios. Las ciudades principales son Pointe-á- Pitre, con una población de 15,172 habitantes, y Basse-Terre, que es la capital, con una población de 9, 500 habitantes. Insti'uccibn Pública. — Hay 49 escuelas primarias, á que concurren 9,753 alumnos. Religión. — Todas las religiones están toleradas, pero la mayoría de los habitantes pertenece á la Iglesia Católica Apostólica Romana. Hacienda. — lyos ingresos y egresos, equilibrados en el año de 1889, fueron respectivamente 5,027,130 francos. La deuda asciende á 1,000,000 de francos; el gasto hecho por Francia para esta colonia en 1890 importó 2,122,085 francos. Recursos. — Los recursos y producciones de Guadalupe son seme- jantes á los de todas las demás Antillas, consistiendo principalmente en la caña de azúcar, el café, el cacao, la vainilla, especies, yuca, plátanos, buniatos, arroz, maíz, legumbres, tabaco, algodón, ramié, goma elástica, maderas de construcción de muy buena calidad, y 162 163 annotto, de que se exportan grandes cantidades, principalmente para Francia. Se cría el ganado lanar y de cerda en grandes cantidades. Iva isla está bien provista de ganado vacuno y caballar. Hay 6o millas de ferro-carril en Guadalupe, y varias líneas de vapores tocan en sus principales puertos una vez al mes. El comercio se hace principalmente con Francia y los Estados Unidos. El valor de las mercaderías importadas en 1887 fué 14, 196,966 francos, y el de las exportadas 21,519,696 francos. MARTINICA. La Martinica está situada en el Mar Caribe frente al Istmo de Panamá. Tiene 45 millas de largo y de 10 á 15 de ancho. Su terreno es fértil y bien provisto de agua. Algunas de sus montañas están cubiertas de selvas vírgenes y presentan en su cima los cráteres de volcanes apagados, Mont Pelé, que es la más alta montaña, llega á una altura de 4,450 pies, y en su cima, y tiene, ocupando el lugar del cráter, un gran lago conocido con el nombre de Palmistes. Gobierno. — La isla tiene un Gobernador y está dividida en treinta y dos municipios que forman nueve cantones, agrupados en dos ñi'sA.rsX.osiarrondissements). Cada municipio tiene su Consejo muni- cipal, y hay además un Consejo general, que es electivo. La población de la isla en 1888 era de 175,391 habitantes. Hay varias escuelas primarias, á que concurren 8, 320 alumnos. La ciudad principal es St. Pierre y tiene 18,707 habitantes. La capital es Fort-de-France, con una población de 8, 548 habitantes. El principal cultivo de la isla es la caña de azúcar ; pero también crecen en abundancia todas las demás plantas tropicales, exportán- dose una grande cantidad de plátanos. Comercio. — El valor de las mercaderías importadas en 1887 fué 23,461,450 francos, consistiendo aquellas principalmente en abonos, pescado salado, arroz, géneros de algodón, etc. La exportación, que fué principalmente de azúcar y licores, subió en 1887 á 20,859,310 francos. La isla está guarnecida por tropas francesas. Acaba de establecerse la comunicación por cable entre esta isla y Paramaribo, la capital de la Guayana holandesa. 164 GUAYANA FRANCESA. La Guayana francesa tiene una población de cerca de 25,000 habitantes y está poco cultivada. Cayenne es la ciudad principal y tiene una población de 8, 500 habitantes. La colonia está regida por un Gobernador, y su comercio es insignificante. ST. PÍERRE Y MIQUELON. Las dos islas de este nombre están situadas cerca de la costa meridional de Terranova y tienen una población de cerca de 6, ooo' habitantes, dedicados especialmente á la pesca del bacalao. Están regidas por un Gobernador nombrado en Francia y guarnecidas por tropas francesas. COMERCIO DE LAS COLONIAS FRANCESAS. El valor de las mercaderías exportadas en 1887 (principalmente para Francia, y las demás colonias respectivamente) fué 18,230,272 francos. El de las importadas, de las cuales una gran proporción procedió de los Estados Unidos, fué 13,746,587 francos. Comercio en 1888. IMPORTACIONES. Países. De Francia y sus otras colonias. De los otros países. Total. Guavana Francos. 8,306,255 11,736,307 8,623,347 3,773,411 Francos. 3, 965, 980 12,597,012 14,293,102 9, 805, 206 Francos. 12, 272, 235 24, 333, 319 22,916,449 13, 578, 617 Guadalupe Martinica St. Fierre y Miquelon Total 32, 439, 320 40,661,300 73, 100, 620 EXPORTACIONES. Países. Guayana Guadalupe Martinica St. Fierre y Miquelon Total Para Francia y sus otras colonias. Francos. 5, 800, 391 25, 602, 922 22, 355, 093 11,778,577 65, 536, 983 Para los demás países. Frayicos. 213,431 437, 965 1,099,809 1,930,500 7, 681, 705 Total. Francos. 6, 013, 822 26, 040, 887 23,454,902 17, 709, 077 73; 218, ( 165 Monedas. — La unidad monetaria es el franco, dividido en loO céntimos y equivalente en moneda de los Estados Unidos á 19.3 centavos. En la Martinica, por un decreto del mes de Abril de 1855, la moneda extrangera dejó de ser admitida á la circulación legal. El doblón español de 4 pesos se usó mucho en esta misma isla en las transacciones comerciales. También se estableció definitivamente para la Martinica, por un decreto colonial de 1844, el sistema métrico decimal de pesos y medidas. Colonias Holandesas. CURAZAO. Esta colonia comprende las Islas de Curazao, Bonaire, Aruba, una parte de la de San Martin, y San Eustaquio y Saba. La autoridad superior reside en un Gobernador, y hay también un Procurador general ó Fiscal y un Consejo que consta de tres miembros. Todos estos funcionarios son de nombramiento Real. Al frente de cada isla, excepto en Curazao donde reside el Gobernador, hay una autoridad local, nombrada por la Corona. El poder legislativo reside en una Asamblea colonial compuesta de ocho miembros, nombrados por la Corona, y de un cierto número de individuos elegidos por el pueblo, proporcionalmente á la pobla- ción. SUPERFICIE Y POBLACIÓN. La superficie y población de Curazao son 210 millas cuadradas y 25,667 habitantes. Las de Bonaire, 95 millas cuadradas y 4,259 habitantes. Las de Aruba, 69 millas cuadradas y 6,990 habitantes. Las de San Martin, 17 millas cuadradas y 74,198 habitantes. Las de San Eustaquio, 7 millas cuadradas y 2, 335 habitantes. Las de Saba, 5 millas cuadradas y 2,505 habitantes. Religión. — Todas las religiones están toleradas, pero predomina la Católica Apostólica Romana. Hacienda. — Las rentas de la colonia se derivan principalmente de derechos de importación y exportación, de alcabalas y otros im- puestos, de contribuciones directas é indirectas sobre tierras, y de otras fuentes. Los ingresos y egresos de 1889, que próximamente se nivelaron, subieron respectivamente á la cantidad de 702,094 guílders. 166 167 Ejército y Armada. — I^a guarnición de la colonia consiste en 231 hombres mandados por 9 oficiales ; y hay además una milicia de 263 hombres y 18 oficiales. Un buque de la armada Real holandesa cruza en las aguas de estas posesiones. Reairsos y Productos. — Los principales productos son el maíz, los frijoles, el ganado vacuno, la sal, la cal, y las legumbres y frutas. Las cascaras de naranja que se usan para la fabricación del famoso licor que lleva el nombre de la principal de estas islas se exportan en grandes cantidades para Holanda que es donde aquel se fabrica. Comercio. — El comercio de la colonia se hace principalmente con los Países Bajos, y las colonias del continente, y con Francia y la Gran Bretaña. El valor de las mercaderías importadas en 1887 fué de 3,240,006 guílders, y el de las exportadas 510,200 guílders. En 1887 entraron en los diversos puertos de la colonia 2,993 buques. El valor de las mercancías de las Antillas holandesas, importadas en los Estados Unidos en 1889-90, fué de $194,036, y el de las que se exportaron de los Estados Unidos para aquellas islas en el mismo período fué de $609,693. Los principales artículos que de allí se traen para los Estados Unidos son: Opio crudo, por valor de $44,000; pieles de cabra, por valor de $28,000, y café por valor de $25,000. Los que se exportan comunmente de los Estados Unidos para aquellas islas son: Harina, por valor de $99,000; géneros de algo- dón, por valor de $72,000; tabaco, por valor de $44,000, y maíz, por valor de $40,000. Mo7iedas.^ Pesos y Medidas. — En estas islas se emplean las mis- mas monedas, pesos y medidas que en Holanda, la madre patria, donde está adoptado el sistema métrico decimal. El gulden, ó guíl- der, equivale á 40. 2 centavos en moneda de los Estados Unidos. GUAYANA HOLANDESA. La Guayana holandesa, llamada por otro nombre El Surinam, está situada en la costa septentrional de la América del Sur, teniendo á un lado la Guayana francesa y al otro la inglesa. Poder Ejecutivo. — El Poder Ejecutivo reside en un Gobernador, que se consulta con un Consejo del que es Presidente y que consiste - 168 en un Vicepresidente que es el Procurador general de la colonia, y tres Consejeros, todos ellos nombrados por la Corona. Bl Cuerpo legislativo colonial, á que se da el nombre de "Estados," consta de cuatro miembros nombrados anualmente por el Gobernador y de varios otros elegidos por el pueblo en la proporción de uno para cada 200 electores. La colonia esta dividida en 16 distritos, subdivididos en muni- cipios. La superficie total es de 46,060 millas cuadradas inglesas, y la población es de 57,141 habitantes. Paramaribo, la capital, tiene 27,422 habitantes. Poder Judicial. — La justicia se administra por un Tribunal supe- rior de que dependen diversos tribunales de circuito, y de cantón. El Presidente y los Magistrados del Tribunal superior y el Canciller del mismo son de nombramiento Real. Religión. — Todas las religiones están toleradas, y todas tienen mayor ó menor representación en la colonia; pero las que predomi- nen son la Luterana reformada y la' Moraviana. Hay también 4,731 colonos de la India Oriental, que profesan su religión propia, y 114 budistas. histi^uccibn Pública. — En 1887 había 48 escuelas, con 103 maes- tros á que concurrían 5,386 alumnos. Además de estos estableci- mentos hay diversas escuelas correspondientes á las diferentes denominaciones religiosas, y una escuela normal de maestros sos- tenidas por los moravianos. Hacienda. — Las rentas de la colonia consisten en los derechos de importación y exportación que se cobran en las aduanas, las alcaba- las é impuestos sobre la propiedad rústica y urbana y otras cargas y contribuciones indirectas. La colonia recibe además una subven- ción ó auxilio de la madre patria. Los ingresos en 1890 se estima- ron en 13,408,130 guílders, y los egresos fueron 1,628,541 guílders. Ejército y Armada. — La guarnición en 1887 consistía en 366 hombres mandados por 20 oficiales, y había además una milicia com- puesta de 486 hombres y 27 oficiales, y una guardia cívica com- puesta de 771 hombres y 64 oficiales. La armada consiste en algunos guardacostas y otros buques de guerra. 169 Recursos y Productos. — La azúcar es la principal producción del Surinam, pero en su suelo crecen abundantemente los plátanos, el cacao, el café, el algodón y todas las frutas de los trópicos. Hay también minas de oro que están en explotación y de las qu-e se sacaron en 1887 para exportarse al extrangero 1,006,904 gramos. La exportación de este oro se hizo principalmente para los Países Bajos, Gran Bretaña y Francia. La colonia acaba de ser ligada por medio de un cable con las Antillas francesas, comunicándose por este medio con el resto del mundo, y tiene también comunicaciones telegráficas interiores. En 1887 entraron en sus puertos 453 buques. La comunicación entre los distritos de la colonia se efectúa por medio de barcos. Bancos. — Hay una Caja de ahorros establecida en Paramaribo. Comercio. — El principal comercio de la colonia es con los Países Bajos, Erancia y la Gran Bretaña. En 1888 el valor de las impor- taciones subió á 4,346,840 guílders, y el de las exportaciones á 3,316,377 guílders. El valor de las mercaderías importadas en los Estados Unidos procedentes de esta colonia, en el año que terminó el 30 de Junio de 1890, fué de 1574,114, y el de las exportadas de los Estados Unidos para la Guayana holandesa fué de $273, 203. La siguiente tabla explica el comercio de la Guayana holandesa con los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia durante varios años. Con respecto á Francia los guarismos comprenden también el comercio de esta nación con las islas de Curazao y San Eustaquio. 170 Importación en la Guayana Jiolandesa de mercaderías nacionales de tres países. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. De los Estados Unidos : Provisiones (carnes y productos de lechería) Pesos. 111,267 60,618 59, 314 21, 961 43, 507 Pesos. 114, 345 65,667 48, 550 12,780 51,729 Pesos. 104, 973 50,710 30, 137 4,347 45, 938 Pesos. 99, 788 66, 898 38, 508 9,909 48, 993 Pesos. 106, 251 Cereales 58, 123 Pescado 38, 561 Artículos de madera 6,229 Otros artículos 45,462 Total 299,018 297, 318 239,634 266, 245 262, 575 Del Reino Unido : Géneros de algodón, por varas. . Hierro dulce y forjado 19, 077 13, 072 10,736 9,695 2,336 1,723 62, 011 18, 999 15, 037 12, 181 9,412 8,755 2,370 65, 781 26, 202 11,768 14, 419 14, 904 7,440 4,141 55, 986 26, 361 11, 126 10, 308 13, 271 7,099 2,959 62, 938 34,027 10,434 Carbón de piedra y combustible. Camisería y artículos para hom- bres 12, 741 22, 892 Maquinaría de todas clases .... Géneros de hilo 24, 912 2,672 Otros ai'tículos 66, 676 Total . 118, 650 132, 535 134, 860 134, 062 174, 354 De Francia : Aceite de olivo (*) 8,953 5,169 729 9,477 1, 526 986 364 7, 646. 679 4,127 37 (*) 702 2,535 136 (*) 4,561 6,239 (*) 1,621 1,618 (*) (*) (*) (*) 13, 947 4,367 1,835 Artículos de cuero Ropa hecha Géneros de algodón 237 613 Artículos de fantasía Vinos 8,234 4,133 Locería fina y ordinaria Géneros de lana Otros artículos 18,415 13, 021 Total 34,850 12, 777 23,425 31,253 19,602 * No se expresa, 171 Exportación de mercaderías de la Ouayana holandesa. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. Para los Estados Unidos : Cacao Pesos. 217, 795 36, 019 5,326 347 5, 852 Pesos. 226, 832 40, 837 5,692 (*) 590 Pesos. 377, 526 81,846 5,304 360 17, 388 Pesos. 360, 997 62,771 5,652 609 954 Pesos. 372,006 81,254 3,504 199 Azúcar quebi'ada Mieles Maderas Otros artículos 3,280 Total 265, 399 273, 951 482,424 430, 983 460, 243 Para el Reino Unido : Azúcar sin reflnar 182, 508 13, 986 3,436 117 39 141,927 14, 015 14, 546 2,813 3,762 105, 798 13, 981 43,891 8,273 1,436 112,573 14, 663 827 7,275 24 187, 516 Ron , 8,176 Cacao 297 Mieles Otros artículos (*) 389 Total 200, 086 177,063 173, 379 135, 562 196, 378 Para Francia : Café 99, 690 8,994 19, 280 21,680 12,825 1,881 1,548 59, 455 7,735 23, 566 13, 515 8,327 (*) (*) 41,195 1,520 7,463 8,669 5,042 (*). (*) 46,408 15, 128 Cacao (*) 4,810 Divi-divi 37,465 12, 952 190 (*) 20, 326 Cueros (*) Cincliona (*) 3,532 58, 273 Palo de tinte Total 170,623 125,663 94, 338 69, 103 81,743 * No se expresa. Monedas^ Pesos y Medidas. -^^Son las mismas que en los Países Bajos, donde está adoptado el sistema métrico decimal. I^a unidad monetaria es el gulden, ó guílder, que vale 40. 3 centavos en moneda de los Estados Unidos. Costa Rica. Costa Rica es una de las cinco Repúblicas en que se encuentra dividida la América Central. Está situada entre los 8° y ii° de latitud norte y los Si° 40' y 85° 39' de longitud occidental del meridiano de Greenwich. Sus límites son : por el noroeste la República de Nicaragua ; por el sudeste la República de Colombia, por el nordeste el Mar Caribe, y por el sudeste el Océano Pacífico; Su costa en el Océano Atlántico tiene una longitud de 300 kiló- metros: la del Pacífico, llena de radas y bahías, se extiende por 500 kilómetros. Antiguamente era una colonia española ; pero en Setiembre 15 de 182 1 se declaró independiente, adoptando y con- servando desde entonces un sistema de gobierno republicano. La actual Constitución está en vigor desde el año de 1871. Poder Ejecutivo. — El Presidente, elegido por una asamblea electo- ral, tiene el poder de nombrar y destituir, á su voluntad, los miembros de su Gabinete, que se compone de cuatro Ministros, á saber : el de Gobernación, el de Relaciones exteriores, Justicia y Culto, el de Comercio y Hacienda, y el de Guerra y Marina. El Presidente no puede ser reelecto para el período inmediato. Poder Legislativo. — Este poder reside en un cuerpo que se llama el Congreso constitucional de la República, cuyos miembros son elegidos por cuatro años; pero se renueva por mitad cada dos. La República está dividida en cinco provincias y dos comarcas, y subdividida en cantones y distritos. En 1889 había 540 electores y 26 representantes. Los representantes son elegidos en la proporción de uno por cada 8,000 habitantes ó una fracción mayor de 4,000. Poder Judicial. — El poder judicial se ejerce en primera instancia, en cada ciudad, por funcionarios que se llaman alcaldes^ y que son uno, ó más. según la población. Tienen jurisdicción civil y crimi- 172 173 nal; pero la primera está limitada por la cuantía ó valor de la cosa en litigio. En cada provincia hay un juez de primera instancia, que reside en su capital y ejerce jurisdicción civil y criminal. Pero en San José, la capital de la República, hay dos jueces para lo civil, y uno para lo criminal. En segunda y última instancia el poder judicial está ejercido por la Corte Suprema de justicia, que se compone de once miembros nombrados por el Congreso, que sirven por cuatro años. Este tribunal, en algunos casos designados por la Constitución y las leyes, funciona en pleno y toma el nombre de Corte plena ; pero, fuera de esos casos, está dividido en tres, como sigue : (i) La Corte de casación^ compuesta de cinco miembros, uno de los cuales, el que la preside, ha de ser el Presidente de la corte plena. (2) Dos diferentes Cortes de apelación^ compuesta cada una de tres miembros. SUPERFICIE Y POBLACIÓN. lya superficie de Costa Rica es de 23,233 millas inglesas cuadradas, y su población 213,785 habitantes. La tabla siguiente da á conocer las divisiones políticas del país y sus respectivas poblaciones: Provincias. Cantones. Población. San José Alajuela Cartago Heredia Guanacaste Comarcas: Puntarenas . . . Limón San José, Escasú, Desamparados, Puriscal, Asciré, Mora, y Tarrazú, con 1 ciudad, 6 pueblos y 74 villas. Alajuela, Grecia, San Ramón, San Mateo, Atenas, Naranjo y Palmares, con 1 ciudad, 6 pueblos y 54 villas. Cartago, Paraíso, Unión, con 1 ciudad, 2 pueblos y 38 villas. Heredia, Barba, Santo Domingo, Santa Bái'bara y San Rafael, con 1 ciudad, 4 puelDlos, y 27 villas. Liberia, Bagaces, Nicoya, Santa Cruz, Las Cañas y Carillo, con 5 pueblos y 15 villas. Puntarenas, Esparta y Golfo Dulce, con 2 ciudades, 1 ]3ueblo y 44 villas. Limón y el territorio de Talamanca, con 1 ciudad y 25 villas. 65, 261 53, 087 35,571 31,084 17 191 .8,114 3,447 Total 213, 785 174 La capital de la República es San José, con una población de 25,000 habitantes. Hay otras ciudades de importancia, y son: San José 25,000 Cartago 12, 000 Alajuela 9,000 Heredia 9,000 Liberia '. . . . 5, 692 Santa Cruz 5, 690 Nicoya 5,000 Puntarenas 5, 000 Guanacaste Limón Los puertos principales son Limón en el Atlántico, y Puntarenas en el Pacifico. Religión. — La mayoría del pueblo costarricense es de religión Católica Apostólica Romana, que es la establecida por el Estado. El Gobierno contribuye al sostén de ella con la suma de $15,540, además de pagar un subsidio de $12,000, decretado para la educación del clero. En 1884 el Congreso pasó una ley anulando el concor- dato con la Santa Sede. La Constitución garantiza absoluta tole- rancia para todos los cultos. Instrucción pública. — La Constitución declara obligatoria la ins- trucción primaria para ambos sexos. En 1888 existían en la República 201 escuelas primarias, á las cuales asistían 12,733 alum- nos, independientemente de 80 escuelas privadas con 2, 500 discípu- los. En San José hay tres colegios y un colegio de señoritas. Otro de esta clase existe en Alajuela. La Universidad de Santo Tomás en San José está bien montada, y en ella se pueden hacer estudios de varias clases. Las escuelas modelo y normal, establecidas en 1886, progresan admirablemente. Hacienda. — Las rentas nacionales subieron en 1887 ^ $5, 195,865. 12 y los gastos en ese mismo período fueron $4,995,343.32. La deuda interior ha sido reducida á $858,861.73. La deuda extranjera asciende á $10,900,652.94 y paga un interés de 5 por ciento desde el i" de Enero de 1888. Circulan en el país $820,244.75 en papel moneda nacional, y $1,952,008 en papel emitido por el Banco de la Unión. Las rentas nacionales se derivan de los derechos de aduana, el impuesto de papel sellado, los que se pagan por la venta de licores y tabacos, y la de terrenos baldíos, los derechos de registro, etc. Ejército y Armada. — El ejército permanente de Costa Rica se compone de 600 hombres, y la milicia de 31,824. Según las leyes 175 del país, todo individuo mayor de i8 años y menor de 50 está obligado á prestar servicio militar en caso de necesidad. Recursos y Productos. — Bl suelo es tan fértil que casi todo puede sembrarse en él y dar buenos resultados, pero el café es el principal ramo de la agricultura del país. Los plátanos se exportan en grandes cantidades. Bl maíz, el trigo, el arroz, las papas, los fri- joles, y la caña de azúcar, etc. , se cultivan abundantemente. lyos bosques de Costa Rica abundan en maderas preciosas, tanto de construcción, como de ebanistería y enpalos de tinte, plantas medicinales, oleaginosas, y textiles y todas las demás que se en- cuentran generalmente en los trópicos. Bn 1887 había 233,217 cabezas de ganado mayor, 45,662 caballos, y multitud de animales de todas clases. Bntre los productos de Costa Rica que se exportan comunmente se cuentan también los cueros, tanto al pelo como curtidos, el nácar y la goma elástica. Hay multitud de minas de oro, unas en explotación, otras aban- donadas; y también las hay de cobre, zinc, níquel, hierro, plomo y carbón de piedra. Bntre los principales establecimientos industriales de la República deben mencionarse tres cervecerías, varios alambiques para la destila- ción del aguardiente, una gran fábrica de licores, un taller de fundi- ción de hierro y otro para hacer herramientas. Empresas importantes. — Bl 3 de Agosto de 1888 la República de Costa Rica otorgó una concesión á la Asociación del Canal de Nica- ragua para excavar y explotar un canal marítimo entre los Océanos Atlántico y Pacífico, que cruce en todo ó en parte el territorio de dicha República, ó corra á lo largo del todo, ó parte de su frontera limítrofe con la República de Nicaragua. Bn virtud de esta concesión y de la que la compañía había obtenido previamente del Gobierno de Nicaragua, se está ahora construyendo un canal en que ya van gastados más de $4, 000, 000 y en que se está trabajando con gran energía. La compañía puede disponer de todos los terrenos y lugares dentro del territorio de Costa Rica necesarios para la construcción del canal, y tiene el derecho de utilizar, sin pagar nada, el material de toda clase que se encuentre en terrenos perte^ necientes al Bstado. 176 El plazo de la concesión es 99 años, á la expiración de los cuales todas las propiedades de la compañía situadas en el territorio de Costa Rica, entrarán en el dominio del Gobierno. En la misma fecha. Agosto 3 de 1888, se celebró un contrato entre el Gobierno de Costa Rica y el Señor Minor C. Keith para la cons- trucción de un ferro-carril del Rio Jiménez al Rio Frío en la frontera con Nicaragua, y en la actualidad se están haciendo los correspon- dientes estudios para llevarla á cabo. Ferro-carriles y Telégrafos. — Existe una línea férrea entre Ivimón y Carrillo, con una longitud de 70 millas, y además un ramal hasta Cartago, que recorre una distancia de 51 millas. Este ha sido abierto al servicio público en Diciembre de 1890, y une á las ciudades de Alajuela, Heredia, San José y Cartago con el puerto de Limón en el Atlántico. También hay otra línea, de 14 millas de largo, que une al puerto de Puntarenas con la población de Esparta. El número total de millas de ferro-carril en la República de Costa Rica es de j6ij^. Las oficinas telegráficas son 31 en número, y los alambres tele- gráficos cubren una extensión de 600 millas. El país está en comunicación con el resto del mundo por medio del cable submarino, cuya oficina se encuentra en San Juan del Sur, Nicaragua. El número de despachos enviados por estas líneas en el año de 1890 fue de 163,967, que produjeron al Gobierno la suma de $49,458.21. El servicio telefónico se encuentra ya establecido en San José. El servicio postal está arreglado de una manera casi perfecta, teniendo 71 oficinas de correos, por las que pasaron en el año anterior 684,091 cartas y paquetas. Bancos. — Los principales establecimientos de crédito son : el Banco Anglo- Costarricense establecido en 1863, el Banco de Costa Rica establecido en 1867, y el Banco de la Unión establecido en 1877. El Banco de Costa Rica fue antiguamente el Banco nacional. El interés que usualmente se cobra sobre el dinero es de uno por ciento mensual, á cortos plazos. El Banco de la Unión ha reducido el tipo del interés al 9 por ciento anual. También hay otras varias asociaciones y agencias en Costa Rica concretadas á negocios mer- cantiles, de ferro-carriles, navegación, y á otras empresas financieras. El comercio de Costa Rica se hace principalmente con la Gran 177 Bretaña, Francia, Alemania y los Estados Unidos. I^as impor- taciones |)rincipales son de géneros de seda, lana, algodón y lino, de maquinaria é instrumentos de agricultura, de artículos de fantasía y de uso doméstico, tales como perfumes, jabón, artículos de tocador, etc. , de herramientas, muebles, cristalería, objetos de lata y ferretería, cervezas, vinos y licores de todas clases, de harina, azúcar, provisiones en latas, sacos para café, vestuario, zapatos, monturas, arneses, y de libros, instrumentos científicos, etc. San José tiene catorce casas importadoras, que hacen negocios en grande escala, además de varias casas comisionistas, que representan un gran capital. El valor de las importaciones en Costa Rica en 1 889-' 90 se calculó en moneda del país en $6,306,408, y el de las exportaciones en $6,965,371. El número de barcos que entraron en los puertos de la República en 1890, con bandera de los Estados Unidos, la Gran Bretaña, Alemania y España fue 332. Tabla de las importaciones y exportaciones en siete años. [ün peso vale 77 centavos, oro, de los Estados Unidos.] Años. Importaciones. Exportaciones. 1883 Pesos. 2, 166, 074 3,521,921 3, 660, 931 3, 538, 435 5,601,225 5,201,922 6,306,408 Pesos. 2,431,635 1884 4,219,617 1885 3, 296, 508 1886 3, 225, 807 1887 6, 236, 563 1888 5, 713, 792 1889 - 6, 965, 371 Exportaciones en 1889-90, por artículos. Pesos. Café 6, 186, 656 Plátanos ; 569, 020 Cueros Moneda acuñada . Pieles Cocos Cacao Maderas de tinte . Cedro Conchas de perla . Otros artículos . . Total , No. 2— 56, 823 55, 167 16,217 13,434 12, 386 11,152 10, 046 10, 002 24,468 6,965,371 ■12 178 Comercio, por países, durante tres años. 1886. 1887. 1888. Países. Importa- ciones. ■ Exporta- ciones. Importa- ciones. Exporta- ciones. Importa- ciones. Exporta- ciones. Estados Unidos . . . (irán Bretaña Alemania Pesos. 1,010,490 1,378,886 582, 109 884, 946 42, 247 4,789 14, 469 Pesos. 1,028,030 1,489,680 335, 269 214, 957 Pesos. 1,440,729 1,771,466 815,729 612, 076 82. 750 798, 665 21,741 Pesos. 2, 478, 801 3, 125, 125 250,520 246, 350 314 67, 659 Pesos. 1,793,877 1,649,402 883, 882 506, 510 43,892 64, 625 80, 642 60, 276 149, 999 18, 787 Pesos. 2,077,315 2, 884, 161 294, 891 Francia 165, 023 España .... Colombia 37,290 39, 019 Ecuador Cuba Centro América. . . Todos los demás países 103, 646 16,069 Í23,ÓÓ5 52,576 101,954 6,115 59,556 8,238 249, 990 3,893 Total 3,537,651 3, 225, 807 5,601,225 6, 236, 568 5,201,992 5, 713, 792 Monedas. — La unidad monetaria es el peso de loo centavos; su valor nominal es $i en moneda de los Estados Unidos; pero su valor real, según declaró en 1891 la Tesorería de los Estados Unidos, es 71. 1 centavos. Las monedas de oro son de i, 2, 5 y 10 pesos. Las de plata son de 5, 10, 25 y 50 centavos. De cobre, el centavo. El oro del país vale 9 por ciento menos que el inglés, 12^ menos que el de los Estados Unidos. La cantidad de metálico en circulación hasta la fecha es como sigue: oro, $2,351,807.87; plata, 11,097,348.82; cobre, $1,681.91. Existen además en la República $1,060,000 en soles chilenos y peruanos. El papel moneda que circula consiste en billetes de banco, con valores respectivamente de $1, $2 $5, $10, $25, $50 y $100. El sistema decimal para la moneda se adoptó desde Noviembre de 1864, según decreto dado al efecto. Pesos y '¡nedidas. — Por otro decreto de Julio 1° de 1884, ^ sistema métrico decimal francés se adoptó para los pesos y medidas y es el que hoy está en uso. Los siguientes son los antiguos pesos y medidas: La libra de 16 onzas, la arroba de 25 libras, el quintal de 4 arrobas, la fanega de 24 cajuelas ó 96 cuartillos, la vara de 3 pié§ ó 36 pulgadas. 179 COMERCIO DE CENTRO AMÉRICA. Importaciones en Centro América de los productos nacionales de tres países prin- cipales. Principales artículos. 1885. 1886. i88r. 1888. 1889. De los Estados Unidos: Cereales Pesos. 512, 704 564,851 268,847 145, 942 138, 875 139, 156 43,428 52, 136 802, 004 Pesos. 566, 312 448, 834 287, 514 136, 076 124, 591 102, 327 44,186 50, 626 681,705 Pesos. 621,714 479,961 377, 612 159, 548 162, 806 163, 890 45, 795 63, 995 785,805 Pesos. 821,318 879, 020 446, 800 265, 873 217, 135 205, 160 59,829 69, 961 1,166,478 Pesos. 806, 964 Hierro y acero y artícu- los de id 756, 646 Géneros de algodón Provisiones, compren- diendo carnes y pro- ductos de lechería Sustancias químicas, drogas, tintes, etc. . . . Madera y artículos de id . Cuero y objetos de id Aceites minerales refi- nados Todos los demás artículos 492, 569 270,258 215,214 206, 900 93, 359 81,958 1,222,643 Total 2,667,943 2, 442, 171 2,861,126 4,131,574 4, 146, 511 Del Reino Unido de la Gran Bretaña: Algodones 2, 130, 091 120, 894 144,496 62, 160 146, 049 93,481 89,485 40, 231 435, 941 2,098,663 132, 028 138, 997 111,331 189,969 79, 037 61,892 46,281 447, 450 2, 868, 174 392, 683 204, 203 189,477 235, 110 106, 270 82, 623 50,329 579, 533 2, 974, 215 336, 641 239, 812 122, 198 134, 540 102, 557 81,261 72, 662 535, 964 2, 952, 004 Hierro forjado y sin fer- iar 488, 922 Lanas 208, 627 Maquinaria y molinos . . . Hilo de algodón 149, 066 173, 505 Lencería, camisería, etc . . Costales y sacos vacíos . . Ferretería y cuchillería . . Todos los demás artículos 104, 678 100, 693 64, 432 606, 187 Total 3,262,828 3, 305, 648 4,708,402 4, 599, 850 4,848,114 De Francia: Vinos 22, 363 2,447 5,573 13, 629 76,409 40, 105 2,091 16, 208 19,913 73, 114 30,408 18,484 15,415 11,561 116, 044 51,298 8,236 12,498 12, 738 101,788 57, 837 Géneros de lana 510 Loza de barro y china . . . Licores y alcohol Todos los demás artículos 6,945 7,468 110,019 Total 120,421 151,431 191,912 186,558 182, 779 Nota.— Esta tabla no incluye la Hondiu-as británica. 180 Exportaciones de Centro América para tres países principales, por artículos. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. Para los Estados Unidos: Café . . Pesos. 3, 833, 372 • 721,556 799,089 509,818 137, 878 254,094 153,208 Pesos. 3,091,810 768, 745 843, 707 549,341 151,946 441,876 67,988 Pesos. 4, 269, 967 1,034,822 1,104,890 570,311 162, 214 434, 983 60,964 Pesos. 4, 567, 165 1,079,427 1,092,465 454,080 111,415 262,513 56, 313 Pesos. 5,759,014 Frutas y nueces 1,017,097 Hule y gutapercha Cueros y pieles (excepto pieles finas) 919, 867 439,580 Sustancias químicas, drogas, tintes, etc Azúcar, quebrada Todos los demás artículos 116, 020 78, 641 83, 800 Total 6,409,015 5,915,413 7,637,651 7, 623, 378 8,414,019 Para el Eeino Unido: Café 3, 486,* 901 990, 664 43,312 261,433 99, 281 184, 981 116,888 3,926,847 900, 955 126,787 181,457 27, 807 105, 842 166, 390 5, 172, 325 878,564 39, 818 185, 847 64,330 111,365 74, 584 4, 343, 492 973,465 96, 576 38,650 29, 525 14, 133 38,508 4, 823, 188 índigo 667, 630 Azúcar, sin refinar Palos de tinte 2,190 155, 003 Goma elástica 10, 935 Madera 55,045 Todos los demás artículos 36, 766 Total 5,183,460 5,436,085 6,526,833 5, 534, 349 5, 750, 757 Á Francia: Madera . 620, 729 77, 278 157,443 108,446 273, 420 211,022 25,794 30,455 658, 748 327, 133 164,827 36, 438 461,729 436, 553 29, 346 112,245 452, 963 Café 602, 630 índigo 91,094 Todos los demás artículos 30,453 Total 963, 896 540, 691 1,187,146 1,039,873 1,177,140 Nota.— Las exportaciones para Francia son solamente de Guatemala, Costa Rica y Honduras. i8l Exportaciones para Centro América de los tres países que se menciond'ñ,: Artículos. Durante el año que ter- minó en 30 de Junio de 1888. Durante el año que ter- minó en 31 de Diciembre de 1887. Dfe los Esta- dos Unidos. Del Reinb Unido. Dfe Francia. Lencería v camisevía, etc Pesos. (*) Pesos. 162, 527 32, 932 Pesos. 7,856 Armas v municiones Libros, papel y artículos de escritorio .... 54,6ÍÍ 879,814 14, 061 217, 185 479, 144 33, 114 40, 287 48, 131 24, 934 21,324 100, 748 889,870 75, 217 79,375 365,083 3,107 19, 865 158,555 51,136 223, 590 18,035 655, 963 13, 584 Cei'eales Velas 28 707 85,311 8, 192, 895 22, 250 Sustancias químicas, drogas, tintes y medicinas . . Géneros de algodón 5,830 2,442 15,415 Loza de barro, china y cristal Artículos de fantasía Tejidos de lino, cáñamo, etc 142, 190 Pescado 733 Frutas Pólvora y otros materiales explosivos Hierro y acero, y artefactos de id 715,371 33, 978 4,102 Cuero, y objetos de id Aceites, vegetal y animal Provisiones, carnes y productos de lechería. Géneros de seda 44,752 34, 332 4,740 5,037 Jabón Licores, vinos y cervezas . . , 41,969 Azúcar Madera, y artefactos de id 1,702 Géneros de lana 220, 924 419, 507 18, 484 74, 758 Todos los demás artículos Total de productos domésticos 4,453,099 5,089,911 191,912 Oro y plata, acuñada y en barras 362,749 * Mo se expresa. Nota. -La Honduras británica está incluida en las columnas que representan el comercio de los Estados Unidos y del Reino Unido. Las exportaciones de Francia son para Costa Rica, Guatemala y Honduras. Í82 Importaciones en los siguientes países de artículos procedentes de Centro América. Artículos. Durante el año que ter minó en 30 de Junio de 1888. En losEstados Unidos. Diu-ante el año que termi- nó en 31 de Diciembre de 1887. En el Reino Unido. En Francia. Sustancias químicas, drogas y tintes Cacao ; Pesos. 111,947 9,310 4,570,471 427 1,211,613 455, 988 1,111,719 286, 274 19,899 29,465 Pesos. 1,642,357 Pesos. 164,827 2,641 327, 133 Café . ; 5, 173, 362 Plumas -. ^ 3, 587 Frutas y nueces ; Cueros y pieles Goma elástica i ... 64, 330 67, 085 593, 751 118, 358 Azúcar : Madera, y objetos de id. . . 658, 748 30 210 Todos los demás artículos Total 7,807,013 7, 659, 243 1,187,146 Oro Y plata, acuñada y en barras 433, 085 Nota. — Las importaciones en Francia son las de Costa Rica, Guatemala y Honduras ; en los Es- tados Unidos y la Gran Bretaña, las de todo Centro América. „; ^'4. Ii" ' i'' ¡I/'/"'" Edificio Chileno en la Exposición de París. Chile. La República de Chile se extiende desde la frontera del sur del Perú hasta el cabo de Hornos, y tiene una anchura que varía de 40 á 200 millas. Su costa á lo largo del Pacífico mide 2,600 millas. Confina por el norte con el Perú, por el oeste y el sur con el Océano Pacífico, y por el este con la República Argentina. En virtud de su situación, Chile goza de gran diversidad de climas, desde el calor tropical de Atacama hasta el invierno perpetuo del cabo de Hornos. Las frutas de todas las zonas abundan en su suelo. Las empresas industriales van aumentándose, y el Gobierno ofrece incentivos á los que introducen inventos nuevos, ó industrias no establecidas en el país. Poder Ejecutivo. — El Presidente de la República es elegido por un cuerpo de electores, designado por votación popular directa en las provincias, en la proporción de tres electores por cada Diputado que se envía al Congreso. Sirve durante cinco años y no es reelegible sino después de pasado un término intermedio. Su sueldo es $18,000. Al Presidente lo auxilian un Consejo de Estado compuesto de once miembros, seis de ellos elegidos por el Congreso y cinco por el mismo Presidente, y un Gabinete compuesto de seis miembros nombrados por este último, á saber : del Interior, de Relaciones extrangeras y Colonización, de Justicia é Instrucción pública, de Guerra y Marina, de Hacienda, y de Industria y Obras públicas. Poder Legislativo. — El Congreso nacional se compone de dos Cámaras : una de Senadores, elegidos por las provincias por seis años, en la proporción de un Senador por cada tres Diputados, y 183 otra de ÍDÍputados elegidos por los departamentos en la proporción de uno por cada 30,000 habitantes (ó fracción de mas de 15,000). Poder Judicial. — Esté poder se ejerce por una Corte suprema, de que dependen cinco tíortes de apelación, y tantos jueces letrados como se necesitan ¡en él país para conocer de los asuntos en primera instancia. éÜt>EkFICIE Y POBLACIÓN; Ciiiie se divide éri 23 provincias y i territorio, subdividos en ^5 departamentos. Los departamentos y el territorio se subdivi- den en 855 sublegaciones y 3,068 distritos. La superficie es de 293,970 millas cuadradas inglesas. La pobla- ción total (según datos oficiales) es de 2,665,926 habitantes. Esto no incluye cerca de 50,000 Indios, que se calcula existen, ni unos 399,889 habitantes de ciertas localidades de que no se recibió noticia oficial cuando se estaba haciendo el censo. Estas adiciones harían subir el total á 3,115,815. Población de las principales ciudades y villas. Santiago 236,870 Valparaíso 109, 584 San Fernando 79, 743 Rengo 75,945 Talca 70,036 Chillan 60,767 Ovalle 60, 719 Curicó 58,402 Melipiila 54, 713 Angeles 51, 354 Quillota 48,737 Quirihué 46,000 Cauquenes 45, 950 Linares 45, 007 Vichuquen 41, 600 Concepción 40, 302 San Carlos 40, 185 Victoria 38,170 Serena 36, 772 Rancagua 35, 315 Castro . . 35, 015 San Felipe 34, 314 San Javier 33, 950 Santa Rosa 33, 691 Mulchen 33,424 Tarapacá 33, 051 Tomé 32,945 Constitución 32, 195 Molina 32, 121 Petorca 32,044 lUapel 31,695 Curepto 31,692 Parral 31,690 Buin 30,633 Yungay 30,446 San Antonio de la Unión. . . 29, 975 Cañete 28,577' Copianó 27,531 Arauco 27,077 Osorno 26,323 Yumbel 25,445 Linache 25,030 Ancud 24, 527 Traiguén 24.408 Florida 24, 137 Valdivia 23, 531 Peumo - oc. 21,693 San Luis Gonzaga 20, 910 Coronel 19, 149 Angol -. 19,095 Bulnes 18,473 Unión 18,456 185 Población de las principales ciudades y villas — Continúa. Lebu .:.... 18,004 Nueva Imperial ........... 17, 180 Nacimiento ■. ; ...... 16, 990 Antofogasta 16, 549 TemucO.:.; 16,111 Puerto dfe Coquimbo 16, 065 ColipuUi 15, 989 Vicuña 15, 767 Puerto Montt 15, 690 Vallenar 15,446 Combarbalá 15, 158 Casablanca 14, 406 Ligua 14,101 Achao 13, 873 Lota 12, 855 Calbuco 13, 693 Taltal 12,423 Pisagua 12, 035 Tolten 8, 951 Maullin • 8,203 Freirina 7, 490 Talcaguano 6, 716 Carrizal Alto 5, 944 Viña del Mar 5, 063 Cañaral 5, 558 Superficie y población de las provincias y del territorío. Provincias y territorio. Superficie, en ' millas cuadra- ! das inglesas. Magallanes, Tierra del Fuego, estrechos y costas hasta los 47° de latitud sur Chiloe Llanqi;iihue Valdivia Arauco Cautin Malleco Bio-Bio Concepción Nuble Maule Linares Talca. Curicó Colchagua O'Higgins Santiago Valparaíso Aconcagua Coquimbo Atacama Antofagasta. Tarapacá Tacna Total 75,292 3,995 7,823 8,315 4,248 3,126 2, 856 4,158 3, 535 3,556 2,930 3; 488 3,678 2,913 3,795 2,524 5,223 1,637 5,840 12, 905 43, 180 60, 968 19, 300 8,685 293, 970 Población. 2,641 76,482 68, 580 62, 090 75, 867 34, 292 61,277 114, 345 204, 645 154, 367 126, 048 113,670 137,476 102, 510 158, 332 90, 270 358,449 212,810 149,460 184, 256 66, 067 34, 645 46,489 30, 408 2, 665, 926 Í86 Religión.— h^i religión Católica Apostólica Romana es la estable- cida en la República, pero la libertad de cultos está garantizada por la Constitución. El clero recibe una subvención del Estado. Hay un Arzobispo y tres Obispos. Sólo el matrimonio civil se reconoce por la ley. Instrucción Pública. — Hay 1,029 escuelas (336 para niños, 216 para niñas y 477 para ambos sexos), con un total de 84,385 alumnos, una escuela normal, y un instituto de sordo-mudos, co:i profesores traídos de Europa. La Universidad y el Instituto nacional suminis- tran la instrucción superior. Hay también varios colegios y liceos en las capitales de las provincias. La Biblioteca nacional tiene más de 70,000 volúmenes impresos y como 25,000 manuscritos. En Santiago hay un Museo de ciencias naturales, una Academia de bellas artes, un Conservatorio de música, un Jardin botánico y otras instituciones públicas. Siete diarios se publican en la capital, y hay además varias revis- tas y otros periódicos asi científicos como literarios. Valparaíso y otras ciudades tienen también sus periódicos, en número propor- cional á su importancia. Hacie7ida. — Las rentas públicas provienen principalmente de los derechos de aduana, y los gastos principales son los destinados al pago de la deuda nacional, á la construcción de obras públicas y á los sueldos de los empleados. Los ingresos de 1889 ascendieron á 54,803,464 pesos y los egresos á 59,367,209 pesos. La deuda exte- rior asciende á 47,448,500 pesos, y fué contraída principalmente para construir los ferro-carriles. Ejército y Armada. — El ejército permanente se compone de 5,885 hombres, repartidos proporcional mente en trece regimientos y un batallón, incluyendo artillería, caballería é infantería. Hay además la guardia nacional, que constaba en 1890 de 51,000 soldados. La armada nacional se compone de trece buques de guerra, diez torpederos y ocho barcos menores. Varios otros buques de guerra están actualmente en construcción. Recursos y Productos. — Entre los productos de la agricultura en Chile ocupa el trigo un lugar distinguido, pues se cosechan anual- mente 21,000,000 de bushels. La viña se cultiva con éxito, produ- ciéndose también anualmente 24,000,000 de galones de vino. Los 187 higos y las uvas de Coquimbo gozan de mucha fama. Hay tambie'n abundancia de granos, frutas y legumbres de todas clases. Valdivia es célebre por las maderas que produce y también por los quesos que se fabrican en su distrito. En cuanto á ganadería, está calculado que cada año nacen más de 500,000 terneros y sobre 2,000,000 de cabras y carneros. La riqueza mineral es abundante. En 1888 se recogieron como 800,000 toneladas de salitre. El oro, la plata y el carbón de piedra se extraen también en grandes cantidades. Se encuentran igual- mente el azogue, el hierro, el zinc, el níquel, el antimonio, el arsé- nico, el bismuto, el manganeso, el azufre, el ioduro de sodio, el borato de soda, el cobalto, etc. Se dice que los depósitos de cobre son inagotables, y en .1888 se extrajeron de las minas 31,241 tone- ladas de este metal. La industria minera va tomando cada día mayor incremento. Además de los recursos naturales, hay también otras fuentes de riqueza, que consisten en establecimientos industriales de varias clases. Hay muchos molinos de trigo, refinerías de azúcar, fábricas de papel, fábricas de tejidos de lana, etc. Ferro-carriles y Telégrafos. — Chile tiene 1,748 millas inglesas de ferro-carril y ha autorizado la construcción de 724 más. En 1889 había 10,640 millas de alambres telégrafos, de las cuales 7,030 son propiedad del Estado. En 1888 había 497 oficinas de correos en la República. Durante el año se transmitieron 43, 558, 203 cartas y paquetes, de los cuales 1,088,662 se enviaron á países extranjeros y 1,812,577 llegaron de fuera del país. Bancos. — Chile tiene 19 bancos de emisión, con un capital total de 23,111,887 pesos. Hay otros bancos que prestan dinero á interés sobre bienes raices. La circulación de estos en 1889 subía á 61,537,000 pesos. Moneda. — El peso de plata de 100 centavos es la unidad mone- taria; se acuña al tipo de la pieza francesa de cinco francos, y su equivalente en moneda de los Estados Unidos es 91.2 centavos (1891). Las monedas de oro son el cóndor (10 pesos), el medio cón- dor (5 pesos), el escudo (2 pesos) y el peso; pero la principal moneda corriente es de plata. Hay también medios pesos de este metal, y 188 otras monedas fraccionarias. De cobre y níquel hay monedas dé dos y medio centavos, dos centavos, un centavo y medio centavo. Pesos y Medidas. — Los pesos son : La onza, la libra, la arroba y el quintal. La unidad de medida es la vara. Las medidas de capacidad son el cuartillo, para los líquidos, y la fanega para los sólidos. El sistema métrico decimal ha sido adoptado en Chile, pero todavía se usan los pesos y medidas antiguas. COMERCIO. El comercio exterior del país subió en 1889 á 184,000,000 pesos, siendo las importaciones 60,717,698 pesos, y las exportaciones 73,089,935 pesos. La Gran Bretaña tiene la parte principal de este comercio. En 1888 envió ella para Chile mercancías por valor de 26,351, 141 pesos, mientras que los Estados Unidos solólo hicieron por valor d« 3, 133, 173. En 1889 las importaciones subieron á 65,090,013 pesos, y las exportaciones á 65,963,100 pesos. Los principales artículos de exportación de Chile son el cobre, el trigo, la cebada, la lana, etc. Impo7'taciones y exportaciones de Chile, por países. [El peso vale 91 centavos en oro de los Estados Unidos.] Países. Gran Bretaña 1 Importaciones ( liixportaciones Estados Unidos ] Importaciones ( Exportaciones Alemania Importaciones ( IliXiJortaciones Francia \ J^^Portaciones ( Exportaciones Pgj,^ i Importaciones ] Exportaciones República Argentina \ Importaciones ^ ° i Exportaciones Brasil- importaciones ( Exportaciones Italia i Importaciones ( Exportaciones Uruguay -j Importaciones ^ •' i Exportaciones de la . á la . . de los á los. . de á . de. á . del al. de la . á la . . del al. de á . de á . Pesos. 20, 463, 584 44, 977, 972 3,242,314 2,611,384 11,631,891 5,071,232 5, 500, 949 3, 312, 223 2, 670, 548 1,050,786 2,217,147 49, 040 747, 290 4,400 509, 664 415, 558 363, 035 181,813 1888. Pesos. 26,351,141 56, 898, 407 3. 133, 173 2, 070, 694 14, 046, 577 4,751,990 6,181,513 4, 295, 055 3, 057, 854 2,071,304 4,345,497 23, 600 682, 557 115,862 680, 546 111,811 572, 950 262, 758 Pesos. 27,891,915 48, 394, 360 3, 842, 078 3,781,411 14, 788, 852 5,413,838 6, 549, 259 2,243,453 3, 582, 140 1,430,995 5, 236, 044 44, 439 512, 853 289, 988 696, 168 129, 850 390, 129 1,098,804 189 Importaciones y exportaciones de Chüe, por países-Continúa. India. España.. Ecuador , Bélgica. China Polinesia . Colombia . Guatemala Holanda Costa Rica. Australia. Paraguay Portugal . Solivia . . . Salvador . Nicaragvia. Noruega . México , Islas Malvinas. Austria Las pesquerías. Rancho \ Importaciones de la ] Exportaciones á la . \ Importaciones de . . \ Exportaciones á . . . \ Importaciones del. . ( Exportaciones al . . . ^ Importaciones de . . ] Exportaciones á . . . ( Importaciones de . . • ( Exportaciones á . . . j Importaciones de . • ] Exportaciones á . . \ Importaciones de . • } Exportaciones á . . í Importaciones de " \ Exportaciones á { Importaciones de • ( Exportaciones á ] Importaciones de • "j Exportaciones á j Importaciones de . . . ■ I Exportaciones á j Importaciones del • j Exportaciones al \ Importaciones de ■ ■ j Exportaciones á j importaciones de . . . • ■ ( Exportaciones á j Importaciones de . . . " ■ I Exportaciones á . . . \ Importaciones de . . . • • } Exportaciones á ] ImJDortaciones de . . . • • I Exportaciones á ] Importaciones de . . . • ■ I Exportaciones á j Importaciones de las ■ ■ I Exportaciones á las . j Importaciones de . . . ■ • j Exportaciones á j Importaciones de . . . • ■ "j Exportaciones á j Importaciones de . . ■ • j Exportaciones á Total de importaciones. Total de exportaciones . Pesos. 334,681 240, 524 8,110 169,271 249,451 116, 580 107, 264 103,989 Pesos. 247,051 88, 434 12, 679 2,300 44,187 10, 454 21,708 227,475 894 309,735 582, 412 138,118 69, 778 104, 914 3,034 36,511 6,055 86,218 1,431 20, 217 119,654 13,082 102, 681 238,991 " 60," 937' 10 27,818 21, ( 14,870 80 4,883 352 34, 344 6.736 200 1,000 18,760 Pesos. 320, 649 12,491 6,500 Í4,'293 79,646 155,586 1,303,556 48,630,862 59,549,958 161,929 1,571,841 60, 717, 698 73,089,935 250, 767 303, 868 909, 132 142, 772 15, 090 135, 730 43, 600 336 7,827 189, 366 10, 906 184, 395 33,721 '"52",65Í 213, 921 10, 101 7,857 1,521 159,819 625 14,001 66,083 1,712,302 65,090,013 65,963,100 190 EXPORTACIONES DE CHILE, POR ARTÍCULOS. Artículos. 1887. 1888. 1889. Productos de la agricultura Pesos. 9; 369, 247 49,449,015 46,081 46, 655 317,485 299, 706 21,769 Pesos. 8, 784, 363 63,206,930 48,812 110,031 300,875 ]- 638,924 Pesos. 7,481,478 Productos de minería 56,452,089 Productos de manufacturas : 53, 966 Artículos diversos 55,453 Numerario 794, 017 Reexportación: Artículos , . . .' Numerario 1,127,097 Total ". 59,549,958 73,089,935 65, 963, 100 IMPORTACIONES EN CHILE, POR ARTÍCULOS. Sustancias alimenticias Tejidos de seda, hilo, algodón, etc Materias primas animales y vegetales Vestuario, joyas y objetos de uso personal. . Máquinas, maquinaria, instrumentos y otros artículos para las industrias, artes y oficios Artículos para el mona je y servicio domés- tico y otros usos Material para ferro-carriles y telégrafos .... Vinos y licores Rapé, tabaco, etc Minerales y metales (oro, plata y cobre) .... Objetos de arte y ciencia Drogas Armas y sus accesorios , Artículos diversos Dinero acuñado y billetes de banco Total 10,184,510 11,469,283 6,311,190 2,569,394 5,648,557 3, 304, 323 1,443,827 1,079,905 447, 534 10, 379 616,746 686, 446 73, 879 4, 777, 136 98, 854 48,630,862 13,494,896 12,682,012 8, 507, 463 3, 604, 004 7,916,377 3, 925, 972 2, 779, 888 1,232,954 448,889 10, 099 903, 730 746, 238 113,687 4,031,368 311,232 60, 717, 698 14,534,784 12, 743, 080 8, 275, 119 4, 194, 350 8; 167, 180 3,984,413 3,494,744 1,420,662 507,536 22, 246 936, 698 893,544 142, 818 5,135,390 637, 460 65,090,013 191 Comercio entre Chile y los Estados Unidos. EXPORTACIONES DE CHILE PARA LOS ESTADOS UNIDOS. Artículos. 1888. 1889. 1890. Frutas de todas clases, inclusas las nueces. . . Pieles y cueros (excepto pieles finas) Semillas (no medicinales) Nitrato de soda Pesos. 24, 233 84,437 3,674 2,391,265 230, 055 160,856 Pesos. 6,772 25, 567 "2,' 274,' 997' 71,153 244, 136 Pesos. 3,195 6,699 1,046 2,708,753 Lana, no manufacturada. 181,229 Otras mercancías 282, 327 Total 2,894,520 2,622,625 3, 183, 249 EXPORTACIONES DE LOS ESTADOS UNIDOS PARA CHILE. Instrumentos de agricultura Productos químicos, drogas, tintes y medi- cinas Géneros de algodón Pescado Géneros de lino, cáñamo, y yute Hierro y acero, y artículos de id Aceites: Animales Minerales, refinados Perfumería Víveres, inclusas la carne y productos de lechería Azúcar refino Tabaco en rama y elaborado Madera, y artículos de id Otras mercancías Total. 65,891 64,289 613,281 22, 732 14,294 493, 586 25, 505 183,389 18,450 43, 351 68,944 11, 746 279. 495 518, 350 2, 423, 303 115,187 61,491 576,310 32, 288 37, 647 595, 785 57, 269 235, 809 19,981 72, 522 48, 057 8,413 552,089 554, 406 2,967,254 95, 208 84, 955 501,833 33, 274 36, 663 787, 510 56, 681 380, 631 14, 578 69, 877 87, 947 15,711 501,577 553, 020 3,219,465 192 EXPORTACIONES DE TRES PAÍSES PARA CHILE, POR ARTÍCULOS PRINCIPALES. Artículos. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. De los Estados Unidos: Objetos de hierro y acero Pesos. 378, 097 613,129 353, 552 154,806 71,965 31,717 69,847 519, 559 Pesos. 368,409 362,827 303, 051 237, 143 81,006 23,862 62,306 534, 944 Pesos. 516,421 408,434 318, 890 227, 274 63, 994 28, 051 40,455 458, 988 Pesos. 493,586 613,281 279,495 183, 389 65, 891 43, 351 64,289 680, 021 Pesos. 595, 785 Géneros de algodón Ai'ticulos de madera .... Aceites minerales refi- nados 576, 310 552, 089 235, 809 Instrumentos de agricul- tura 115,187 Carne y productos de lechería 72, 522 Productos químicos, dro- gas, tintes y medicinas . Otras mercancías 61,491 758, 061 Total 2, 192, 672 1,973,548 2, 062, 507 2,423,303 2,967,254 Del Reino Unido: Géneros de algodón, por yarda 1,945,690 1,117,640 916,698 298, 029 448, 380 203, 556 341,964 1,564,823 2,738,487 1,183,221 910,493 438,822 302, 862 206, 257 245, 822 1,803,918 3, 744, 120 1,371,073 1,111,183 603, 388 285,926 410, 134 227,431 1,887,175 3,219,847 1,704,005 1,335,567 630, 956 564, 383 432,525 270, 723 2,570,388 3,582,071 Hierro, forjado ó no for- jado Telas de lana, por yarda. Géneros de algodón (no por varda) 2,767,019 1,692,243 675, 738 465, 695 Carbón de piedra y com- bustibles Maquinaria 999, 643 Ferretería y chuchillería Otros artículos 253, 058 3,841,423 Total 6,836,780 7,829,882 9,640,430 10,728,394 14,276,890 De Francia: Géneros de lana 231,645 203,523 168,533 112,724 79, 853 72, 157 140, 160 1,307,413 359, 834 322, 308 158, 865 189, 916 125, 859 75, 835 103, 735 1,369,680 279, 575 215, 746 148, 185 143,333 131,391 95, 536 82, 310 947, 306 465, 314 337, 938 143, 623 179, 336 90,284 110,084 108, 850 1,303,931 542,902 324, 419 Azúcar refino Eopa hecha 304, 695 Artículos de hierro y acero 137, 913 Géneros de seda 123, 299 Papel, grabados, etc Géneros de algodón Otras mercancías 89, 080 145,427 1,402,791 Total 2, 316, 008 2,706,032 2,043,382 2, 739, 360 3,070,526 193 IMPORTACIONES EN TEES PAÍSES PRINCIPALES, HECHAS POR CHILE, POR ARTÍCULOS PRINCIPALES. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. En los Estados Unidos: Nitrato de soda Pesos. 368, 834 170,542 22,893 18, 389 9,382 14,485 Pesos. 952, 022 136,441 21,410 Pesos. 2, 372, 237 217, 588 37,604 3 1,647 234, 154 Pesos. 2,391,265 230, 055 84,437 24,233 3,674 160, 856 Pesos. 2, 274, 997 71,153 25,567 6,772 Lana no manufacturada. Pieles y cueros (excepto las finas) Frutas de toda clase (in- clusas las nueces) Semillas (no medicinales). Otras mercancías 72, 972 244, 136 Total 604,525 1,182,845 2,863,233 2, 894, 520 2,622,625 En el Reino Unido: Cobre, en bruto, ó par- cialmente forjado . Trigo 5,421,841 3, 109, 543 584,481 273, 682 541, 982 273, 575 428, 919 1,513,953 4, 966, 867 3,102,443 677, 135 295, 625 184,815 -92,478 347, 741 1,416,043 3, 675, 020 4,070,961 530, 127 132, 348 208, 919 265, 083 351, 172 1,513,320 8,529,622 2, 777, 287 4,444,658 1 100 :^8!í Mineral de plata Cebada 585, 922 993, 964 569,381 501,415 311,052 664 263 Régulo de cobre Lana, cruda 290, 053! 255, 165 245,053 5,187.918 1,726, 103| 2, 739; 277 Salitre, cúbico Otros artículos Total 12, 147, 976 11,083,147 10, 746, 950 15,034,473'l5,887,045 En Francia: Cobre 1.020,942 267,479 314, 513 461, 191 57, 354 17,238 199, 354 1,177,699 362, 840 269,111 340, 744 74, 188 173, 399 328, 006 1,643,421 390, 108 253, 908 311,468 37, 910 2,388,447 223, 898 339, 404 180, 249 63, 291 460, 662 332,222 236, 550 271, 194 28, 767 Lana cruda Nitrato de soda Cueros Miel de abejas Cereales Otros artículos 423, 094 259, 153 284, 892 Total 2,338,071 2, 725, 987 3, 059, 909 3,454,442 1,614,287 No. -^3 Ecuador. El Ecuador, llamado así por estar situado sobre el ecuador, confina por el norte con Colombia, por el sur con el Perú, por el oeste con el océano Pacífico y por el este con el Brasil. Su clima es variado : en la costa es cálido, pero refresca á medida que el terreno se eleva, llegando hasta á las nieves perpetuas, á una altura de ii,ooo pies sobre el nivel del mar. Las tierras cultivadas se hallan principal- mente en los valles de Quito, Ambato y Cuenca, donde reina una eterna primavera. El Ecuador abunda en riquezas naturales, pero su agricultura se encuentra algo atrasada. Su riqueza mineral, que es grande, está también en su mayor parte sin el debido desarrollo, por falta de medios de transporte. Poder Ejecutivo. — El Presidente del Ecuadores nombrado por un colegio electoral de 900 individuos, elegidos directamente por el pueblo. Hay un Vicepresidente, que es también Presidente del Consejo de Estado, elegido al mismo tiempo y del mismo modo que el Presidente. El término de la presidencia es de cuatro años y el sueldo 15,000 sucres al año. El Gabinete se compone de cuatro Ministros, que, en unión de otros siete individuos, constituyen el Consejo de Estado. Cada ministro tiene un sueldo de 3,000 sucres al año. Poder Legislativo. — Reside en un Congreso compuesto de dos Cámaras: una de Senadores, en número de dos por cada provincia, elegidos por cuatro años, que se renueva cada dos de por mitad ; y otra, de Diputados, que sirven por dos años, elegidos en la propor- ción de I para cada 30,000 habitantes. Eos electores deben ser adultos, profesar la religión Católica Apostólica Romana, y saber leer y escribir. El Congreso se reúne en Quito el 10 de Junio de cada año. 194 195 Poder Judicial. — Para la administración de justicia en el Ecuador hay un Tribunal Supremo, que reside en la capital, cuatro tribu- nales superiores, ó de apelación, en diversos puntos de la República, 153 juzgados ó tribunales de provincia para lo criminal, y 656 jueces parroquiales. Superficie y Población. — La República está dividida en diez y siete provincias; tiene una superficie de 118,630 millas cuadradas, y una población de 1,004,651 habitantes, sin contar un gran número de indios salvages. Quito, la capital, tiene 80,000 habitantes. Se halla á una elevación de 9,543 pies sobre el nivel del mar; tiene algunos edificios hermosos, y se encuentra bien abastecida de mer- cancías europeas de todas clases. Población por departamentos. Departamentos. Carchi Imbabura Pichincha León Tungui'ahua Chimborazo , Bolívar Los Ríos Oriente Guayas Manabi Esmeraldas Oro Azogues ó Cañar Azuay Loja , Galápagos .... Total Población. 29, 383 56,476 187, 844 80,028 79, 526 90, 782 31,327 32, 041 15, 850 95, 640 64, 284 11, 146 21,606 43, 265 104, 369 60,880 204 1, 004, 651 Ciudades de más de 5,000 habitantes. Quito 80, 000 Guayaquil 40, 000 Cuenca 30, 000 Riobamba 18, 000 Latacunga 15, 000 Ambato 12, 000 Ibarra 10, 000 Loja 10, 000 Esmeraldas . 9, 183 Zaruma 6,000 Religión. — La religión establecida es la Católica Apostólica Ro- mana, y la Constitución excluye todas las demás. 196 Instrucción Pública. — Hay una Universidad en Quito y colegios en otras ciudades. Hay 856 escuelas primarias, con 1,137 maestros y 52,839 alumnos, que requieren un gasto anual de $243,381. La instrucción primaria es obligatoria. Hay una Escuela naval y otra militar. También las hay de comercio y técnicas, y un Instituto científico en Quito con once profesores. Hacienda. — Más de la mitad de los ingresos proviene de los dere- chos de aduana. lyos ingresos ascendieron en 1887 á 4,479,004 su- cres y los egresos á 448,597 sucres. El presupuesto de 1889-90 calculó en 4,252,522 sucres los ingresos, y en 4,379,056 sucres los egresos. A esto hay que añadir 50, 180 sucres para gastos del Con- greso en 1890. Ejército y Armada. — El ejército permanente es de cerca de 3,000 hombres, y consta de una batería de artillería de fortificaciones y una de artillería de campaña; cuatro batallones de infantería, dos de in- fantería ligera y un regimiento de caballería. La armada consta de tres buques grandes y dos pequeños de vapor, un transporte, un cañonero y un crucero de tercera clase. Recursos y Productos. — La agricultura está decaída, pero el suelo es fértil y capaz de producir mucho y en grande variedad. En las tierras bajas se dá el arroz, el pimiento y otros productos semitropi- cales; en los llanos prosperan el algodón, el maíz, el cacao, y la caña de azúcar, y en las alturas crecen el trigo, la cebada, etc. Los bosques son extensos y casi impenetrables. COMERCIO. Las exportaciones para el año de 1887 fueron por valor de $7,286,031 y las importaciones por valor de $8,253,016, de donde resulta que el valor total del comercio extranjero fué $15,539,047. Se exportan el cacao, el caucho ó goma elástica, el café, la quina ó cinchona, el marfil vegetal, y también metales preciosos. Estos últimos salen principalmente para la Gran Bretaña. Las importa- ciones principales consisten en géneros de algodón y artículos de vestido. En 1889 las importaciones y exportaciones, calculadas en sucres, fueron respectivamente por valor de 9,681,456 y de 7,910,210, lo que en moneda de los Estados Unidos, á razón de 69.8 centavos por sucre (1890), equivale á $6,757,656 para las importaciones y $5,521,327 para las exportaciones. 197 Cuadro de las principales mercaderías importadas en él Ecuador, procedentes de los países que se expresan. [Nota.— El peso equivale, en moneda del Ecuador, á 1. 432 sucres.] Países y artículos. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. 1890. De los Estados Unidos: Provisiones (car- nes y productos de lechería) Pesos. Pesos. Pesos. 228, 813 166,032 254, 097 24,743 22,477 11,182 19, 585 12,063 310,400 Pesos. 174,592 153,669 169,027 28, 355 33,298 12, 271 21,141 9,965 208, 249 Pesos. 207, 378 133,765 104, 322 63,578 38,322 26,579 19, 055 19, 106 243, 603 Pesos. 211 463 Artículos de hier- ro y acero 116,313 48, 767 130,573 24,680 11 055 Géneros de algo- dón Harina Productos quími- cos, drogas, tin- tes, etc . . . Artículos de fan- tasía Cuero, y artículos de id 7,239 9,911 154,923 Joyería Otros artículos. . . . Total (*) (*) 1,049,392 810, 567 755, 708 714, 924 Del Reino Unido: Géneros de algo- dón 348, 322 68, 608 41,234 14,205 14,673 13,027 11,392 118,401 750,871 122,461 89, 617 21.627 26, 955 17, 237 35,068 176, 937 1,072,404 223, 733 178,708 51,157 36, 898 31,589 27, 943 220, 185 986, 236 231,101 239,772 42, 625 44, 300 34, 780 25,515 174, 790 715,511 179, 306 151,548 36,513 13,047 18, 848 18,176 163, 397 Id. de lana Hierro dulce y for- jado Ferretería y cuchillería Maquinaria Lencería y cami- sería Géneros de hilo . . . Otros artículos . . . Total 629, 862 1,240,773 1,842,617 1,779,299 1,295,346 De Francia: Vinos 49, 330 10, 678 7,436 (t) 21,808 65,057 82, 930 21,982 12,191 6,222 21,510 95, 092 45,310 28, 593 17, 395 13, 546 (t) 248, 778 47,312 19, 348 13,644 20,284 (t) 184, 342 83, 095 16,944 24, 060 15,859 24, 217 180, 715 Objetos de barro, vidrio y porce- lana Papel, grabados, etc Hierro y acero, y artículos de id . . Perfumería Otros artículos. . . . Total 154, 309 239, 927 353, 622 284, 930 344,890 * No expresado separadamente. t No se expresa. 198 Cuadro de los principales articidos exportados del Ecuador para los países que se mencionan. Países y artículos. 1885. 1886. 188". 1888. 1889. 1890. Para los Estados Uni- dos. Cacao Pesos. Pesos. Pesos. 311,438 476, 949 55, 757 277, 969 9,071 Pesos. 530, 634 337, 477 58,799 140, 003 61,715 Pesos. 334, 365 312, 220 124, 878 130, 893 8,149 Pesos. 150, 156 Goma elástica y gutapercha pruda 160, 096 Café 81,868 Cueros al pelo y curtidos (no pieles finas) 136, 498 Otros artículos. . . 5,381 Total. (*) (*) 1,131,169 1,118,637 695,005 533, 994 Para el Reino Unido: Cacao 479, 647 17,617 177, 686 1,898 57, 945 943, 980 33, 983 58,495 63, 174 755, 335 314,555 43, 769 (t) 53,417 456, 065 83, 180 46, 963 14, 586 44, 387 139, 284 70, 973 ' 40,563 19, 878 83,384 Marñl vegetal Drogas y tintes . . . Goma elástica .... Otros artículos. . . Total 734, 793 1,098,683 1,066,066 644, 130 353,481 Para Francia: Cacao 390, 795 (t) (t) 10,330 388, 368 20, 039 76, 378 3,358 488,814 (t) 54, 118 137, 708 387, 450 68, 818 29, 041 89, 864 378, 615 163, 368 83, 606 31,958 Café Cocos Otros artículos. . . . Total 301,015 487, 928 615,635 569,673 556, 543 * No expresado separadamente. Comercio del Ecuador. t No se expresa. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. Total de exportaciones. . . Id. de importaciones . . . Sucres. 4, 915, 120 Sucres. 6, 565, 000 Sucres. 10,119,488 11,462,533 Sucres. Sucres. 7,910,210 9,681,456 Ferro-carriles y Telégrafos. — Se está ahora construyendo un ferro-carril, que tiene cerca de 50 millas de largo. Hay como 1,200 millas de telégrafos. El cable pone en comunicación al Ecuador con el resto del mundo. Ea ocmunicación con el interior se efectúa por los rios Guayes, j 199 Daule, Vinces y otros, afluentes del Amazonas que en el Ecuador toma el nombre de Marañón. Bancos. — Bn Quito hay dos Bancos autorizados por el Gobierno, y en Guayaquil dos Cajas de ahorros, que son puramente de empresa privada. Monedas. — Conforme á la ley dictada en Marzo de 1884, la unidad monetaria en el Ecuador es el sucre, que se acuña bajo las mismas bases que la pieza francesa de 5 francos. Su valor en moneda de los Estados Unidos en 1891 es 77.1 centavos. Ninguna moneda, ni de oro, ni de plata, ni de cobre, se acuña en el país, sino en Inglaterra, ó en Chile, ó en el Perú. Los dos Bancos autorizados en la capital emiten billetes, en cantidad que depende de la de plata que conservan en depósito en sus bóvedas. La ley requiere que estos bancos reten- gan el 30 por ciento del valor de su circulación en dinero efectivo, de oro, ó de plata. Pesos y Medidas. — Por ley dictada en 6 de Diciembre de 1856 se dispuso que el sistema métrico decimal francés rigiese en la República. Los Estados Unidos. Poder Ejecutivo, — El Presidente es elegido por el término de cuatro años por un colegio electoral, cuyos miembros son á su turno elegidos directamente por el pueblo. Su Gabinete se compone de ocho Secretarios que se denominan, respectivamente, de Estado, del Tesoro, de Guerra, de Marina, del Interior, de Agricultura, de Justicia, y de Correos. El Secretario de Justicia es al mismo tiempo el Fiscal Supremo ó Procurador General de la Unión. El Secretario de Correos se llama propiamente Administrador ó Director General de Correos {Postmaster- General^. El Vicepresidente es elegido al mismo tiempo y del mismo modo que el Presidente. El sueldo del Presidente es de $50,000 al año, y el del Vice- presidente $8,000. Poder Legislativo. — Este poder reside en el Congreso délos Estados Unidos, que se divide en dos ramas, una denominada el Senado y otra la Cámara de Representantes. El Congreso se reúne todos los años el primer lunes de Diciembre. Los Senadores sirven por seis años y son elegidos por las Legis- laturas de los Estados que representan; y los Representantes sir- ven por dos años y son elegidos directamente por el pueblo de sus respectivos distritos. Hay hoy 88 Senadores (2 por cada Estado) y 333 Representantes. En el próximo Congreso los Representantes serán 356. Poder Judicial. — El Poder Judicial de los Estados Unidos se ejerce por un Tribunal Supremo, que consiste de un Presidente y ocho Magistrados, por nueve tribunales de circuito y por tantos tribunales de distrito (que son los inferiores), como son los distritos federales judiciales en que el país entero se divide según la ley. 201 Los funcionarios del orden judicial de los Estados Unidos son nombrados por el Presidente previa aprobación del Senado, Hacienda. — Los ingresos de todas clases en el Tesoro de los Esta- dos Unidos en el año económico que terminó el 30 de Junio de 1890 fueron $463,963,080, distribuidos como sigue: Pesos. Procedentes de las aduanas .... 229, 668, 584 Renta interior 142, 606, 705 Servicio postal 60, 882, 097 Utilidades en la acuñación de monedas, etc 10, 217, 244 Ventas de tierras públicas 6, 358, 272 Derechos consulares, de patentes y de otras clases 3, 146, 692 Otras fuentes 11, 083, 486 Los egresos durante el mismo período fueron $358,618,584, dis- tribuidos como sigue: Pesos. Pensiones 106, 936, 855 Ejército y armada. 66, 589, 034 Indios 6, 708, 046 Intereses de la deuda pública 36, 099, 284 Otros egresos 142, 385, 365 Excedente en tesorería. 105, 344, 496 Deuda Pública. — La deuda pública de los Estados Unidos, en 1° de Julio de 1890, era de $1,585,821,048. Durante ese año fiscal la diminución de la deuda fué de $54,852,292. Bancos. — En el año de 1890 había en los Estados Unidos 3,540 bancos nacionales, cuyo capital en acciones importaba $650, 447, 235. Su activo estaba representado por $3,141,487,494, y su pasivo, sin contar el capital en acciones, la reserva y las ganancias no reparti- das, ascendía á $2,181,469,729. Además de estos bancos, había 4,515 instituciones de crédito de carácter privado y no incluidas en el sistema de bancos nacionales, con un capital de $326,656,607. Los depósitos en estos bancos fueron $2,539,256,699, y las reservas y ganancias no repartidas subieron á $291,545,123. Ferro-carriles y Telégrafos. — En 1880 había 157,758 millas de ferro-carril en explotación, á que deben agregarse 3, 150 millas de ferro-carriles urbanos, ó tramvías. En el mismo año había 254,110 millas de líneas telegráficas, con 807,589 millas de alambre. Los 202 despachos transmitidos fueron 80,000,000. Había también 759 ofi- cinas centrales telefónicas con 193,213 millas de alambre, ejecután- dose el servicio por la Compañía americana de teléfonos de Bell. Superficie y Población. — La superficie de los Estados Unidos es de 3,501,404 millas inglesas cuadradas. La población en 1870 fué 38,629,012 ; en 1880 subió á 50,497,057 ; y en 1890 ha llegado á 62,480,540 habitantes. Población de los Estados y Territorios en 1890 y cálcido del aumento observado en el último decenio. Estados y Territorios. Población en 1890. Aumento desde 1880. Tanto por ciento de aumento. Alabama Arizona Arkansas California Carolina del Norte . . . Carolina del Sud Colorado Connecticut Dakota del Norte . . . . Dakota del Sud Delaware Distrito de Colunibia. Florida Georgia Idaho Illinois Indiana lowa Kansas Kentucky . . . . Louisiana Maine Maryland Massachusetts Michigan Minnesota Mississippi Missouri Montana Nebraska Nevada New-Hampshire New-Jersey New México ... New York Ohio Oklahonia. Oregon Pensilvania 1,508, 59, 1,125, 1,204, 1,617, 1,147, 410, 745, 182, 327, 167, 229 390^ 1,834, 84, 3,818, 2, 189, 1,906, 1,423, 1,855, 1,116, 660, 1,040, 2, 233, 2, 089, 1,300, 1,284, 2, 667, 131, 1,056, 44, 375, 1,441, 144, 5,981, 3, 666, 56, 512, 5, 248, 073 691 385 002 340 161 975 861 425 848 871 796 435 366 229 536 030 729 485 436 828 251 431 407 792 017 887 080 769 793 327 327 017 862 934 719 364 490 570 245, 568 19,251 322, 860 339, 308 217, 590 151,584 216, 648 123,161 145, 516 229, 580 21,263 52, 172 120, 942 292, 180 57,619 740, 665 210, 729 282, 114 427, 389 206, 746 176, 882 11,325 105, 448 450, 322 452, 855 519, 204 153, 290 508, 700 92, 610 604, 391 19, 939 28, 836 309, 901 25, 297 899, 063 468, 677 137, 768 965, 683 19.45 47.60 40.23 39.24 15.45 15.23 111.48 19.78 394. 26 233. 63 14.50 29.57 44.88 18.95 158.29 24.06 10.65 17.37 42.91 12.54 18.82 1.75 11.27 25.76 27.66 66.50 13.55 23.46 256. 50 146. 58 28.81 8.31 27.40 21.10 17.69 14.65 78.80 22.55 203 Población de los Estados y Territorios en 1890 y cálculo del aumento observado en el último decenio — Continúa. Estados y Territorios. Población en 1890. Aumento desde 1880. Tauto por ciento de aumento. Ehode Island . Tennessee . . . . Texas Utah' Verniont Virginia . . , . . Washington . . West Virginia Wisconsin . . . . Wyoming . . . . Total . . . 345, 343 1,763,733 2, 232, 220 206,498 332, 205 1,648,911 349, 516 760, 448 1,683,897 60, 589 68,812 221,364 640,471 62, 535 81 136, 346 274,400 141,991 368,400 39, 800 62, 480, 540 12, 324, 757 24.88 14.35 40.24 43.44 .02 9.01 365.30 22.96 27.99 191.45 COMERCIO EXTERIOR DE LOS ESTADOS UNIDOS EN 1890. [Extracto del Informe del Secretario del Tesoro, 1890.] El valor del comercio extranjero de los Estados Unidos durante el año fiscal que terminó en 30 de Junio de 1890 fué mucho mayor que el de todos los demás anteriores. Ascendió á la suma de $1,647,139,093, que, comparada con la de $1,487,533,027 del año fiscal de 1889, da un aumento de $159,606,066. El valor de las mercaderías importadas durante el último año fiscal fue también el mayor conocido en la historia del comercio del país. Estuvo representado por la suma de $789,310,409 contra la de $745, 131,652 del año fiscal de 1889, loque indica un aumento de 144,178,757-' El valor de las mercaderías exportadas durante el mismo período fue de $857,828,684, contra $742,401,375 del año anterior de 1889, siendo por consiguiente el aumento de $115,427,309. El total de la exportación excedió al de la importación en $68,518,275. Ea exportación de productos nacionales excedió en $115,011,219 á la del año anterior. Este aumento se notó principalmente en los artículos que á continuación se expresan, siguiendo el orden en que se efectuó, á saber : provisiones, harinas y cereales, algodón en 204 rama, artefactos de hierro y acero, aceites vegetales, tabaco en rama, madera bruta y labrada. El incremento fue como sigue: harinas y cereales, $31,049,266; provisiones, $32,142,069; ganado y puercos, $15,196,492; y algodón en rama, $13,193,522; haciendo un total de $91,581,349- El valor de las importaciones y exportaciones de mercaderías y metálico en los últimos tres años fiscales ha sido el siguiente: Mercancías. 1888. 1889. 1890. Mercancías exportadas: Mercancías nacionales Pesos. 683, 862, 104 12,092,403 Pesos. 730,282,609 12,118,766 Pesos. 845, 293, 828 Id. extranjeras 12,534,856 Total 695,954,507 723, 957, 114 742,401,375 745,131,652 857, 828, 684 Mercancías importadas 789, 310, 409 Exceso de la exportación . . . 68, 518, 275 28, 002, 607 2, 730, 377 1 Tetálico. 1888. 1889. 1890. Exportado: Oro Pesos. 18, 376, 134 28,037,949 Pesos. 59, 952, 285 36, 689, 248 Pesos. 17, 274, 491 Plata 34, 873, 929 Total 46,414,183 96,641,533 52,148,420 Importado: Oro . 43,934,317 15,403,669 10,284,858 18,678,215 12, 943, 342 Plata 21, 032, 984 Total 59,337,986 28, 963, 073 67,678,460 33, 976, 326 íjxceso de la exportación .... 18,172,094 12, 923, 803 rf' 205 ^s r o 2+^ «1 S fe r1 =s 2 i«i fl "5 S.S§ oiko) o o. 2 h3 íO T-f t- Oí O t- 00 1-1 í> co oj o t¿o C-C50 o^ c» os 00 B-l «5 -i-l Í> co t-OSOOÍCl-rHO o o o" £-' co" «o 00 oí" o os 00 C- íO 05 GO C5 C3 ce 05 OÍ co Cí co 00 Oí T-H OD t-CS -^ JO -rt 00 Oi o Oí 05 o ^ 05 00 + + + oo co co co 03 co o"co"th o coo lOOO Oí r 1-1 O} t- ■^ co oí os co'co'oí-"* iO o os 05 OJi>OÍ Oí I l + l + Oí o os co os os ?^- lo í> ^ tH 00 eco ío't-h" íO Oí co co C-005 Oí co co tH tH lO OCt-i^ os co co Oí o co co 1 00 iO co ' os í> Oí < «GO t- Oí -* gooco t-o S'* 00 co o ^co'oo í>od 00 os £- £:- , o co I os co ' co co co o co Oí os Oí t-l Oí co co o os o , -I i> lO co co th co o co Oí co o 00 co c~ Oí Oí ^ Oí co tH Oí Oí co co o Oí OÍTtHlCt--^COCO -* ■^•t-iOSQO^OSt-i 00 OOOÍC-Ol'^OOO «o MÍO co t- c~ gOS co E-OS SCO loos T-i (£ ^ ^ ^ „ ^!> lO os co -*oo-rt os lO T-l o t- co ^ lO co i> Oí -rH o 00 tH «co 00 -^ co gCO '^ co T-H S^ Oí os o os os o os o co o lO co í- 1-1 os os ir- os 1-H co ^ -^ 00 os CO-rH iO os 00 ÍO co Oí Oí íO Os" cot-^co" co t- lO Oí ^ co c- i:- co co ÍO -^ i:- coco 00 o co Oí o Oí I lo -^ T-H -^ co 00 00 i> os i> ■1-iOt- íOOSOOOt-^lO ' Oí o co -Tt* -^ lO tH co Oí co «os ío co co '^ Oí t- co o ^ i> ^ o 00 co^ i> o ÍO os Tí< co 1-1 os co oo'i-Toí ofco^oTo co T-1 Oí T-l Oí r-l tH xt<í>1-l ^^ i> 00 os co Oí Oí i>CO o ÍO Oí co o -^ 1—1 os íO o OOS ■^ Oí os lO i> os ÍO TjH £3 "-I . . tí . ce g -2 02 :.y 'C aja '^ a 11 " ^^ - M 03 cáO ü •rl (>5 cé 05 ^^ cá o Ti fH 206 Se observará que el total del comercio de mercaderías de los Estados Unidos con la Gran Bretaña é Irlanda ascendió á $634,- 384,618, de los cuales $447,895,662 pertenecen á las exportaciones, y sólo $186,488,956 á las importaciones, lo que deja un exceso de $261,406,706 en favor de las primeras. Kn el comercio de los Estados Unidos con Alemania los primeros importaron $13,274,371 en exceso de lo que exportaron, y en el comercio con Francia el exceso fué de $27,695,287. En el comercio con toda la Europa el exceso de las exportaciones sobre las importaciones fué de $233,749,131. El comercio (de mercaderías) de los Estados Unidos con el resto de la América del Norte, incluyendo México, Centro América y las Antillas, subió á $242,469,116, de los cuales las importaciones representaron $148,368,706 y las exportaciones $94,100,410, dejando un exceso en favor de las importaciones de $54,268,296. El mismo comercio con toda la' América del Sur ascendió á $128,758,792, de los cuales las importaciones representaron $90,- 006,144 y las exportaciones $38,752,648, dejando un exceso en favor de las importaciones de $51,253,496. EXPORTACIONES. El valor total de los productos nacionales de los Estados Unidos exportados fué de $845,293,828, ó sea un aumento de $115,011,218 sobre el del año anterior, lo que forma una suma mayor que la obtenida en cualquier otro año excepto el de 1881. El verdadero aumento ó diminución en el valor de los artículos principales que se han exportado es como sigue : Aumento. Pesos. Provisiones 32, 077, 117 Cereales 31 ,049, 266 Animales 15, 363, 323 Algodón en rama 13, 193, 522 Hierro, acero y artículos de id 4, 386, 131 . Aceite vegetal 4, 086, 658 Tabaco en rama 2, 578, 488 Cuero curtido y objetos de cuero 1, 691, 141 Aceites minerales crudos, . . . , 1, 661, 103 Carruages y carros , , 1 ,656, 157 Madera y artículos de id ..,,,-,:.•..•,.. - 1, 355, 824 207 Diminución. Lúpulo 1, 713, 361 Mineral de cobre 1, 465, 033 Semillas de trébol 1, 348, 549 Frutas y nueces 1, 012, 937 Hubo un aumento en el valor de las mercancías nacionales expor- tadas para: Pesos. El Reino Unido, por valor de 64, 468, 878 Alemania, por valor de 17, 746, 520 Francia, por valor de 3, 902, 012 La América del Sud, por valor de 4, 090, 678 Las Antillas, por valor de 3, 843, 146 México, por valor de 1, 779,820 Y una diminución en el de las exportadas para: Las posesiones británicas de la América del Norte, por valor de. . 1, 262, 388 La Avistraiia británica, por valor de 1, 084, 066 VAI.OR DE LAS MERCANCÍAS NACIONALES EXPORTADAS. El valor de las principales mercancías nacionales exportadas en los tres años que terminaron el 30 de Junio de 1888, 1889 y 1890 fue como sigue: 1888. 1889. 1890. Alffodon V teneros de id Pesos. 236, 039, 949 137,191,687 93, 058, 080 47, 042, 409 12, 885, 090 23,063,108 17,768,038 25, 514, 541 9,583,411 6,423,930 6, 295, 380 5,633,972 5,064,687 4, 177, 930 4, 777, 246 Pesos. 247, 987, 914 133,876,661 104, 133, 444 49, 913, 677 18, 374, 805 36, 910, 673 21,156,109 23, 609, 668 10, 747, 710 6, 927, 913 6,690,479 5,543,753 7, 518, 358 5, 969, 335 5,034,485 Pesos. 860, 968, 069 Cereales 154, 935, 937 Provisiones, incluyendo las carnes y los productos de lechería 136, 364, 506 Minerales 514, 030, 089 Animales vivos Madera y artículos de id 33,638,138 28,274,539 Hierro y acero y artículos de id., incluyendo el mineral de hierro .... Tabaco en rama y elaborado 35,548,308 85,355,601 Cuero curtido y artículos de id Pasta de linaza (oil-cake) y harina, de id 18, 438, 847 7, 999, 936 Carbón da piedra 6, 856, 08S Productos químicos, drogas, tintes y medicinas 6, 334, 504 Mineral de cobre 6, 053, 336 Pescado 6,040,836 Pieles de abrigo. ,...,,.,, : r • • • 4, 661, 934 208 1888. 1889. 1890. Aguarrás Frutas y nueces Pesos. 3, 580, 106 3, 510, 208 Pesos. 3, 777, 525 5,071,584 Pesos. 4,590,931 4, 059, 547 Total 631, 599, 762 672, 231, 841 775, 297, 896 Valor de todas las mercaderías na- cionales exportadas 683,862,104 92.4 730,282,609 92.1 845, 293, 828 Proporción de tanto por ciento entre las mercancías enumeradas y el total exportado 91.7 CLASIFICACIÓN DE LAS mercancías NACIONALES EXPORTADAS EN 1889 Y 1890. El valor de las mercancías nacionales exportadas durante los dos años que terminaron el 30 de Junio de 1889 y 1890, clasificándolas por grupos según su naturaleza, fue como sigue : 1889. 1890. Valor. Tanto por ciento. Valor. Tanto por ciento. Productos de la agricultura Id. de las fábricas Pesos, 532,141,490 138, 675, 507 19, 947, 518 26, 997, 127 7, 106, 388 5,414,579 72.87 18.99 2.73 3.70 .97 .74 Pesos. 629, 820, 808 151, 102,.376 22,297,755 29,473,084 7,458,385 5,141,420 74.51 17.87 Id. de las minas, incluyéndolos aceites minerales 2.64 Id. de los bosques 3.49 Id. de las pesquerías .88 Otros productos .61 Total 730, 282, 609 100. 00 845, 293, 828 100. 00 IMPORTACIÓN. El valor total de las mercancías importadas fué $789,310,409, cuya suma representa un aumento de f 44, 178,757 comparada con la que corresponde al año anterior. En esta última cantidad hay $9,181,551 de mercancías que no pagan derechos, y $34,997,206 que los abonaron. 209 El aumento ó diminución apreciable que se notó en la impor- tación de mercancías extrangeras, en el año terminado el 30 de Junio de 1890, fué como sigue: Aumento. Artículos libres de derechos: Pesos. Seda en bruto 4, 998, 638 Café 3, 542, 550 Goma elástica y gutapercha crudas : . . . . 2, 467, 881 Artículos que devengan derechos: Azúcar, mieles, etc 8, 484, 839 Tabaco en rama y elaborado 7, 099, 464 Géneros de lana 4, 017, 490 Géneros de algodón 3, 112, 113 Géneros de lino, cáñamo, yute, etc 2, 715, 726 Hortaliza 2, 185, 575 Madera y artículos de id 1, 764, 853 Productos químicos, drogas, tintes y medicinas 1, 758, 451 Diminución. Artículos libres de dei'echos: • Cueros al pelo, y pieles, excepto las de abrigo 3, 245, 864 Material para papel, crudo , 663, 599 Artículos que devengan derechos: Lana, en bruto 2, 710, 432 Cebada 2, 093, 989 Lino, yute, etc 2, 091, 818 Arroz 963, 151 Semillas, nó las medicinales 907, 800 Hubo un aumento en lo importado de los países siguientes: Pesos. De Alemania 17, 095, 237 De la Gran Bretaña é Irlanda 8, 219, 889 De Francia 8, 105, 693 De los Países Bajos 6, 078, 390 Del Japón 4, 415, 332 De Italia 2, 337, 902 De las Antillas españolas 2,017, 221 De Austria-Hungria 1, 689, 081 De México 1, 437, 814 Y hubo una diminución en lo importado de los que siguen : Pesos. De las posesiones británicas del Norte de América 3, 612, 498 De la Australia británica 1, 720, 535 Del Uruguay 1, 232, 061 De las Antillas inglesas 1, 120, 544 Del Brasil 1, 085, 048 No. 2 14 210 MERCANCÍAS IMPORTADAS PARA EL CONSUMO. El valor de las mercancías importadas para el consumo, durante los cinco últimos años, y el de los derechos fiscales que han deven- gado, son como sigue: Valor de las mercancías. Derechos cobra- dos. Término medio recau- dado. Año terminado el 30 de Junio de— Libres de dere- chos. Sujetas á dere- chos. Sobre lo sujeto á derechos. Sobre el total de lo libre y lo sujeto á de- rechos. 1885 Pesos. 192, 912, 234 211,530,759 233, 093, 659 244, 104, 852 256, 574, 630 266, 102, 778 Pesos. 386, 667, 820 413, 778, 055 450, 325, 322 468, 143, 774 484, 856, 768 507,571,794 Pesos. 177,319,550 188, 379, 397 212,032,424 213, 509, 802 218,701,774 •225, 522, 304 Por ciento. 45.86 45.55 47.10 45. 63 45.13 44.45 Por ciento. 30 59 1886 30. 13 1887 1888 31.02 29.99 1889 1890 29.50 29.16 COMERCIO CON LAS AMÉRICAS DEL CENTRO Y DEL SUD. Kl total de las mercancías importadas en los Estados Unidos durante el año fiscal de iSSg-'go, procedentes de México, Centro América, los Estados de la América meridional, Honduras británica y las Antillas, subió á $198,940,575, lo que equivale á un 25 por ciento de todo lo importado de todas partes. El total de lo que los Estados Unidos exportaron para los mismos países, durante el mismo período, fué $90,886,103, lo que equivale á un 10. 59 por ciento de todo lo exportado á todas partes. Reunido el valor de lo importado y lo exportado, entre los mismos países y en el mismo año, se tienen $289,826,678, lo que equivale á un 17.6 por ciento del comercio total de importación y exportación de los Estados Unidos. Se verá, pues, que el exceso de lo importado de esos países sobre lo que para ellos se exportó de los Estados Unidos, representa $108,054,472, ó en otros términos, que lo importado forma un 68.63 por ciento, y lo exportado el 31.37 por ciento restante, ó que por 211 cada $2. 1 8 de mercancías importadas los Estados Unidos exportaron tan sólo un peso. El exceso de lo importado sobre lo exportado en 1 888-' 89 fue 1117,917,883, y en 1887-88 $109,120,785. Valor de lo importado y exportado entre los Estados Unidos, por una parte, y por la otra, México, Centro América, las Antillas y la América del Sud, y exceso resultante en lo uno, ó en lo otro, durante los años terminados en 30 de Junio de 1888, 1889 y 1890. 1888. Países, ya de procedencia de lo impor- tado, ya de destino de lo exportado. Valor de lo importado. Valor de lo exportado, incluyendo mercancías na- cionales y ex- tranjeras. Exceso de lo importado sobre lo expor- tado. Exceso de lo expor- tado sobre lo impor- tado. México i . Pesos. 17, 329, 889 183, 635 Pesos. 9,897,772 326,494 Pesos. 7,432,117 Pesos. Honduras británica 142, 859 Estados de Centro América: Guatemala 2,085,467 1,496,171 1,608,979 1,473,430 959,331 916, 861 927, 022 1, 083, 860 647, 268 690, 575 1,168,606 569, 149 525, 119 826, 162 268, 756 Nicaragua Costa Rica Salvador Honduras Total 7,623,378 4, 265, 586 3, 357, 792 Las AntiUas: Cuba y Puerto Rico 53,731,570 12,550,940 5, 283, 156 12,023,178 7,611,533 8, 234, 391 41, 708, 392 4,939,407 Antillas inglesas Todas las otras 2, 951 235 Total 71,565,666 27, 869, 102 43, 696, 564 América del Sud: Colombia 4, 393, 258 10,051,250 5, 023, 880 3, 038, 515 630, 622 Venezuela 7, 012, 735 Las Guayanas — inglesa 2, 822, 382 430,983 12,424 1,717,411 266, 245 146, 757 1,104,971 164, 738 holandesa francesa 134, 333 Total 3, 265, 789 2,130,413 1,135,376 Brasil 53, 710, 234 2,711,521 5, 902, 159 2, 894, 520 7, 137, 008 1,459,332 6, 643, 553 2, 433, 221 39,599 46, 573, 226 1,252,189 46Í,'299' Uruguay República Argentina Chile 741, 394 Bolivia 39, 599 212 Valor de lo importado y exportado, etc. — Continúa. 1888. Países, ya de procedencia de lo impor- tado, ya de destino de lo exportado. Valor de lo importado. Valor de lo exportado, incluyendo mercancías na- cionales y ex- tranjeras. Exceso de lo importado sobre lo expor- tado. Exceso de lo expor- tado sobre lo impor- tado. Perú Pesos. 309, 040 1,118,627 Pesos. 870,171 813, 535 Pesos. Pesos. 561,131 Ecuador 305, 092 Total de la América del Sud 84, 356, 398 29, 579, 227 54, 777, 171 Total del grupo. 181,058,966 71,938,181 109, 120, 785 . Total general de lo im- portado y exportado, entre los Estados Unidos y todos los demás países 723, 957, 114 695, 954, 507 28,002,607 Tanto por ciento propor- cional sobre el grupo anterior 25. 01 10. 33 1889. México , . Honduras británica Estados de Centro- América: Guatemala Nicaragua Costa Rica Salvador Honduras Total Las Antillas: Cuba y Puerto Rico .... Antillas inglesas Todas las otras Total América del Sud: Colombia Venezuela 21,253,601 211,465 2,346,685 1, 747, 246 1, 442, 365 1, 662, 162 1,315,561 8,414,019 55, 837, 996 15, 985, 562 6,123,775 77, 947, 333 4, 263, 519 10, 392, 569 11,486,896 369, 598 994, 701 1,009,687 983, 164 701, 196 637, 175 4, 325, 923 13, 916, 242 8, 388, 106 8, 535, 805 30, 840, 153 9,766,705 1,351,984 737, 559 459,201 960, 966 578, 386 4, 088, 096 41,921,754 7,597,456 47,107,180 3,821,017 3, 738, 961 442, 502 6, 653, 608 158, 133 2, 412, 030 213 Valor de lo importado y exportado, etc. — tíoiitínúá. 1889. Países, ya de procedencia de lo impor- tado, ya de destino de lo exportado. Valor de lo importado. Valoí- de lo exportado, incluyendo mercancías na- cionales y ex- tranjeras. Exceso de lo importado sobre lo expoi"- tado. ExCesO de lo expor- tado sobre lo impor- tado. Las Guayanas: inglesa Pesos. 4, 526, 181 460,243 13, 366 Pesos. 1, 696, 269 262, 575 147, 732 pesos. 2,829,912 197, 668 PeaOs. holandesa francesa 134,366 Total de las Guayanas . . 4, 999, 790 1,106,576 2, 893, 214 Brasil 60, 403. 804 2, 986, 964 5, 454, 618 2, 622, 625 2,126 314, 032 695,005 9, 351, 081 2, 192, 848 9,293,856 2, 972, 794 6,838 780, 835 756,211 51,052,723 794, 116 Uruguay República Argentina 3, 839, 238 Chile 350, 169 Bolivia • 4,712 Perú 466, 803 61,206 Ecuador Total de la América del Sud 92, 135, 052 35,021,017 57, 114, 035 Total del grupo. 199,961,470 82, 043, 587 117,917,883 Total general de lo im- portado y exportado entre los Estados Unidos y todos los demás paises 745,131,652 742,401,375 2, 730, 277 Tanto por ciento propor- cional sobre el grupo anterior 26.84 11.05 1890. México 22, 690, 915 186,831 13, 285, 287 354,468 9,405,628 Honduras británica 167,637 Estados de Gen tro- América: Guatemala 2,281,681 1,655,690 1,676,711 1,453,958 984,404 1, 345, 719 1,373,019 1, 126, 170 899, 546 552, 024 935, 962 282, 671 550, 541 554,412 432, 380 Nicaragua Costa Rica Salvador Honduras Total 8,052,444 5, 296, 478 2, 775, 966 214 Valor de lo importado y exportado, etc. — Continúa. 1890. Taíses, ya de procedencia de lo impor- tado, ya de destino de lo exportado. Valor de lo importado. Valor de lo exportado, incluyendo mercancías na- cionales y ex- tranjeras. Exceso de lo importado sobre lo expor- tado. Exceso de lo expor- tado sobre lo impor- tado. Las Antillas: Cuba y Puerto Rico Antillas inglesas . ... Pesos. 57, 855, 217 14,865,018 5,284,006 Pesos. 15,381,953 8, 288, 786 9, 526, 483 Pesos. 42, 473, 264 6,576,232 Pesos. Todas las otras 4,242,477 Total 78, 004, 241 33, 197, 222 44, 807, 019 América del Sud: - 3, 575, 253 10, 966, 765 2, 585, 828 4, 028, 583 989,425 6,938,182 Venezuela Las Guayanas: 4, 326, 975 574, 114 17, 647 2, 106, 345 279, 519 160, 933 2, 220, 630 294, 595 holandesa . .... francesa 143, 286 Total de las Guayanas . . . 4,918,736 2,546,797 2,371,939 Brasil 59,318,756 1,754,903 5,401,697 3, 183, 249 30 351,695 935, 060 11,972,214 3,351,874 8,887,477 3, 226, 364 11,002 1,427,301 715, 208 47, 346, 542 TJrus'uav . 1,596,971 República Argentina Chile 3, 485, 780 43,115 Bolivia 10,972 Perú 1,075,606 Ecuador . 180, 148 Total de la América del Sud 90,006,144 38, 752, 648 51,253,496 Total del grupo. 198, 940, 575 90, 886, 103 108, 054, 472 Total general de lo im- portado y exportado entre los Estados Unidos y todos los demás países 789,310,409 857, 828, 684 68, 518, 275 Tanto por ciento propor- cional sobre el grupo anterior 25.20 10.59 Comparando las sumas que representan el comercio total de los Kstados Unidos con todos los países expresados en las tablas ante- riores, en los años de 1870, 1880, 1890, puede notarse que tanto las 215 importaciones como las exportaciones han ido aumentándose gta- dualmente. En 1870 el valor de lo importado en los Estados Unidos fue 1117,398,951, y el de lo exportado $55,140,322. Diferencia, $62,258,629. En 1880 el valor de lo importado ascendió á $178,985,906, y el de lo exportado á $61,546,474. Diferencia, $117,439,432. El tanto por ciento del comercio de los Estados Unidos con esos países, comparado con el de todo el comercio de los Estados Unidos, fue en 1870 20.82 por ciento ; en 1880, 15.99 P^^ ciento ; y en 1890, 17.60 por ciento. En la tabla siguiente se da á conocer lo importado por los Estados Unidos de los grupos de países que en ella se expresan, y la propor- ción de lo que ha entrado libre, ó ha pagado derechos, lo mismo que el tanto por ciento de lo que se recibió libre : Tabla que demuestra el valor de las mercancías importadas en los Estacaos Unidos procedentes de los países situados al sud de ellos, durante el año terminado el 30 de Junio de 1890, y el tanto por ciento representado por las que entraron libres de derechos. Valor de lo importado. Tanto por ciento de lo que entró libre. Países. • Libre de de- rechos. Sujeto á de- rechos. Total. México Pesos. 15,536,100 8, 127, 600 10, 502, 738 82,076,418 Pesos. 7,154,815 111,675 67.501,503 7,929,726 Pesos. 22, 690, 915 8, 239, 275 78, 004, 241 90, 006, 144 68.47 Estados de Centro América y Honduras británica Las Antillas 98.65 13.45 América del Sud . .'. 91.19 Total del grupo 116, 242, 856 82, 697, 719 198, 940, 575 58.44 Los principales artículos subjetos á derechos fueron la azúcar y el tabaco. Esos artículos fueron los que principalmente se importa- ron de las Antillas; y el tanto por ciento de las mercancías de aqu- ellas islas introducidas libremente en los Estados Unidos fue sólo 13.45 por ciento. Los principales artículos del grupo entero de los países men- cionados en la tabla anterior, introducidos en los Estados Unidos, fueron por el orden de sus respectivos valores, el café, la goma elás- tica cruda, los cueros al pelo, las pieles (nó las finas de abrigo), el mineral argentífero y las frutas. 216 Los principales artículos nacionales exportados de los Estados Unidos con destino á los países del grupo citado fueron principal- mente el hierro, el acero, los géneros de algodón, artículos y objetos de madera, harina y sus compuestos, aceite mineral, é instrumentos de agricultura. EXPORTACIÓN DE CEREALES. La siguiente tabla muestra el comercio de cereales de los Estados Unidos con los demás países de América durante los últimos veinte años: 1870. México Centro América Antillas danesas Antillas francesas . . . Antillas inglesas Antillas holandesas. . Haíti Santo Domingo Cuba Puerto Rico Colombia Venezuela Guayana inglesa Guayana holandesa. . Guayana francesa . . . Brasil Uruguay República Ai'gentina . Chile Perú Ecuador Pesos. 286, 574 105, 033 129, 368 3, 708, 876 392, 292 406, 316 1, 343, 169 535, 931 229, 263 291,788 Total. ,711,985 10, 285 234, 975 3,679 114,032 10, 501, ( 1880. Pesos. 773, 273 865, 175 300, 767 738,413 3, 024, 536 314, 332 562, 378 156, 049 1, 187, 153 528, 049 292, 926 752, 159 797, 615 53, 995 19,270 3,839,231 10, 078 40, 233 2,635 475, 604 14, 733, 871 1888.* Pesos. 345, 048 879, 814 209, 964 541,531 2, 716, 784 179,028 635,129 143, 633 1, 387, 752 640, 190 490, 798 661,507 691,023 66, 898 31,155 2, 812, 281 2,033 5,981 120,109 46, 284 32, 297 12, 639, 139 1890.* Pesos. 748, 818 941, 993 205, 674 622, 223 2,871,500 211,837 820, 231 162, 981 1,520,617 771,817 279, 345 1,027,228 734.072 58,764 30, 182 4, 973, 656 765, 463 72, 401 25, 458 78, 726 134, 692 ( 16, 997, 678 * Las cifras de esta columna no incluyen lo transportado por ferro-carril. Hay que agregar á esto una gran cantidad de harina de los Esta- dos ITnidos, que se introdujo en el Brasil y las Antillas por la via de Europa, y fué llevada, en lastre, de New York á Hamburgo, ó á Southampton, Liverpool, Lisboa y los puertos de España y el Medi- terráneo, y de allí reembarcada y transportada segunda vez al través del Atlántico. Es imposible determinar la cuantía de esta exporta- ción peculiar, que se debe, en cuanto concierne á las Antillas, donde es muy considerable, á los derechos diferenciales allí establecidos para proteger las harinas de España. Los fletes en los vapores españoles 217 Son baratos, y la harina ' ' nacionalizada ' ' como se llama á esta harina de los Estados Unidos, llevada á España, y exportada de allí para América, goza de un beneficio de $2.50 por barril, cuando menos, sobre la que es enviada directamente de los puertos de los Estados Unidos á los demás de América. AZÚCAR IMPORTADA EN LOS ESTADOS UNIDOS. Ia5TH£-00i-l00O5^ ' i> -* 00 OÍ -^ 00 ^'lo iOíOtHOÍOS-^COOO líOOSOOCOCJ OT^th 00t-iíO(?íí>1O£-C0W -^OlCQCOOOt-COCOíO .05tHi— |-^050010^í> gOOCOOíO'^^lOCD'ffl S-^cc.aocoíoco4>i-Hco 00 c- • tH o lO i> -rH f> ' CO 00 ÍD 05 1 1-1 era cD 00 00 lo " oo" oo" ío" co" ccT t~" o 05 CO Oí ce '^ i> W -TÍH 1— I 1-1 tH íOOSCÍOCOOOt-T-l 050Í00310COO-* CQCJOCÍCOíOOOD £- lO oTcíiO 00 10 o íOOlíOCOCOi— ItHt— I C5 00 00 o »o o o íí? '^ iO ^ 1—1 Cí tH io 10 00 £~ en lo 1-1 orio^oo ^c00'»05^0QOOSO .cocQt-'^íoaDoa'*-^ gCOCOOOOSC-C-OO^OÍ gCOt-'^OíOSt-tOOS^ O^C010i>OOTHl-tOÍOO-rH OSOCOCOlOOODiO OODCOi-(i-li-iíOO OÍOCOC3íO^C3C5 '^ 00 th c^ i> eo co lo OOS'^COt-COOSO 1OC0-*^IÍ5i-Ii-ItH ío c} th 1-1 00 í> o W lO os ^ T-l ?0 -TtH -* 1-1 o íO '^ -^ CO CO Oí XhOSC005i-IOSi-ICO^ lOÍOOOÍOS'^OÍlO^ .iOt-íO05Ot^00 05iO g^iOOGOCOt-iOCOCO SOi-Hi-iGSt-COOOCOOÍ (J^OSOCOOStHt— li— (Oíi— I ! o ^ IC "Tt* Oí GO ( QO Oí os lO CO lO ( Oí 00 CO CO -^ lO ) co Oí 00 -^ -* "^ ) -^ 00 í> co ^ »o I ■<* co co 1-1 1-1 CO o CO xt< Oí o íO CO CO o ÍO Oí lO ÍO CO co c~ o Oí Oí 00 Tt< os lO Oí 00 íO -* os os co ^ -* co o CO ^ CO CO Oí CO Oí fX,OÍ ¡tHíOOOSi-iOOC^íO •lOt-OSOSOÍt^COOS > Oí Tfl t~ t- 00 Oí 05 lO )cot-05oíioc-aoo 1-1 1— I os o CO CO 1Í2 Oí ?OCOCOOiO}OÍO-rH OOOC-1-líOOÍ-^íO eooiooícoooii-i OÍ-*íOC~OOíOOCO ^'co'o ^"c- o '*"'* Oí CO os 00 ÍO Oí ^ -^ os 1-1 Oí CO ^ T-( 1-1 ÍD tH CO CO C- o 05 xti ÍO íO o ^ os Oí co lo Oí Oí ce o lo tO xtH CO íO os ■* 05 os o 00 í> 1-1 í> so Tt< íO Oí Oí Oí Oí 1-1 o ■ ■^.^ -4 . te O) OQ ^ o 5 'O p-g ^ '^ cS c<3 O'^ SCtí E¿cfí g cá o 2 . ; M -1^ -*^ jo í§ |>.S-^'.Í3.^^ g^^^- 2 tí c a- .^g|>PÍ-5ÍgSPH cu Cg ^ h 250 o o en c» V Oh «í>0 co 05 00 ÍO .1— 1 iO 1— 1 co • S - " - 00 Oi-H 50^ -rH 2c-íO-* ÍO C£^ 1-1 th tH COSQ-^ E- 03 lO lO O .i-lOSiO ^ oó 00 go^T-T-* cí g S<>í tH Ci 1—1 (Í;OÍTHrH co t-l-HO o l~-C50ÍO iO .COCOCÍ O} i> OtócTío" t- 00 Soí ^ o iO a,CQT-l-rH IfflT-IO í> COCOi> iO .t- 00 co co ai 00 g^lO lO yj^ ro oj í> co C5 o 0,---^ OÍ co ^coo £- OQOOO co .co^oo 00 ^ gí>00 -* 00 Sos so t- co B, ^ co" OJ -« 02 c« ^ cinaí cero orce c 1 i=l 03 !22 a; I _ oj cá icos e hi a, b 1 S'^S roductos qui anufacturas rtículos de 1( ^cá 3^ Eh Oh § <1 J 251 (MtHOÍOIOOíO-* ÍO (?Í>OÍO-*OÍCQ-<#T-I tH _OOOiC-OíOOOeO CS> o § th (>í~o5"ort^T-ro5'o o" «lO-^t-^i-H^íOOO os 00 ^ 00 lO lO CO -* T)H CO fts - - " ^ JO CO tH 1-1 OOJlOíDCOOÍOi-H 1—1 T-H oaoscoQO CO tH 10 10 CO 00 os T— iCOt— IOO<35-*IOi— 1 o lo Oí 00 i-H os CO CO ^10 tH th t- Oí 01 Oí f- iO CG sulOOSOJCOOSOOOíO iO í>0}iOC0 10 '^ CO Ot- iO 1-HiO IO (£i w 00 io CO CO 00 c^ os CO T-H Oí ■rfl rH tH CO o'cvTtH t-T w oí T-T cíooo-^tho^oo os i> £- CO T-l o c- os CO -<*< iO CO 10 COCOOlOíOOOJOi 00 C» t- 00 00 Oí 00 t- CO 00 10 os CO 5S •^•rHOlOG^ÍÍOCQO OO «o i> OJ -^ o 1—1 CO 1-1 CO Tt< OO «OJOJC^ÍQOíOC-i-lt- os OOÍOO^ lO QO' id 00 1-1 Oí CO CO ÍO 00 «COi-H'fflíOOCOCO 03 C- líO iO CO Cí os CO c- t- Oí ÍO T-i CÍ,(7Jt-i1O0QM<íOt-I CO OSeOCO-rH l-H Oí^ -^1-1 T-l CO iO'oír-l i-h" T— 1 Oí" T-T ■coo-*t-cocot-o o Oí »o os t- o Oí os CO tH CO CO 00^ CO lOlOCOíOQOlO'*!-! ^ ■^ CO i:- Oí o os lO CO os Oí C- 1— 1 iO CO ¿l-H^OOOOS-rH-r-l^ 00 00 os T-! 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Su valor nominal es el del peso de los Estados Unidos; su valor real llega sólo á 83.7 centavos (1891). Las piezas de oro son de 20, 10, 5, 2>^ y i pesos; las de piala son, de i peso, 50 centavos, 25 centavos y 10 centavos. Hay mone- das de cobre y níquel de 5, 2 y i centavos. Las piezas de oro no circulan generalmente. Pesos y Medidas. — Bl sistema francés métrico decimal entró en vigencia el i" de Enero de 1884, pero todavía se usan las antiguas medidas españolas: la vara de 3 pies, ó 36 pulgadas; la libra de 2 marcos, ó 16 onzas; la arroba (/^ de quintal) de 25 libras; el galón de 4 azumbres, ó 8 cuartillos; la fanega de 12 almudes, ó 46 cuar- tillos. PRECIOS DE LOS TERRENOS BALDÍOS. El Presidente de la República ha aprobado la siguiente lista de precios, para la venta de los terrenos baldíos en los Estados, en el Distrito federal, y en los Territorios de Tepic y Baja California, en la República de México, en los años de 1891 y 1892: Precio por hectárea. Estados. Terrenos de 1^ clase. Terrenos de á» clase. Terrenos de 3" clase. Aguas Calientes Pesos. 2.25 1.65 0.75 2.25 1.55 0.75 0.65 3.35 1.10 2.25 2.25 3.35 2.25 4.50 0.75 1.10 3.39 3.35 2.29 1.10 Pesos. 1.50 1.10 0.50 1.50 1.10 0.50 0.50 2.25 0.75 1.50 1.50 2.25 1.50 3.00 0.50 0.75 2.25 2.29 1.90 0.79 Pesos. 1.00 Campeche, 0.75 Coahuila 0.30 Colima 1.00 Chiapas 0.75 Chihuahua 0.30 Durang'o 0.30 Guanajuato 1.50 Guerrero 0.50 Hidalgo 1.00 Jahsco 1.00 México 1.50 Michoacán 1.00 Morelos 2.00 Nuevo León 0.30 Oaxaca 0.50 Puebla 1.90 Querétaro 1.90 San Luis Potosí Sinaloa 1.00 0.90 253 Precio por hectárea — Continúa. Estados. Terrenos de 1» clase. Terrenos de 2" clase. Terrenos de 3" clase. Sonora Pesos. 1.10 2.00 0.75 2.29 2.79 1.69 2.29 5.60 1.65 0.69 Pesos. 0.75 1.90 0.90 1.90 1.89 1.10 1.90 3.75 1.10 0.40 Pesos. 0.90 Tabasco Tamaulipas ' 1.00 30 Tlazcala 1.00 Veíacruz 1.29 Yucatán 0.79 Zacatecas 1 00 El Distrito federal 2 50 El Territorio de Tepic 79 El Territorio de la Baja California 0.29 Nicaragua. La República de Nicaragua tiene por límites, al norte á la Repú- blica de Honduras, al sur á Costa Rica, al este al Mar Caribe y al oeste al Océano Pacífico. La parte oriental de su territorio fue descubierta en 1503 por Cristóbal Colón, en su cuarto viaje, cuando, después de tocar en Honduras, dobló el cabo á que dio el nombre de " Gracias á Dios " y se dirigió hacía el sur recorriendo toda la costa. La parte del Pacífico fué descubierta en 1522 por Gil González de Avila, que en la misma época penetró también en el país hasta llegar á los lagos. Poder Ejecutivo. — Este poder está ejercido por un Presidente, cuyo Gabinete se compone de siete Ministros. El Presidente es elegido por el pueblo por un período de 4 años. Los Ministros son nombrados por el Presidente, y tienen á su cargo las carteras de Relaciones exteriores. Instrucción pública. Hacienda, Gobernación, Justicia, Guerra, y Obras públicas. Poder Legislativo. — Este poder está representado por un Congreso C^ompuesto de dos Cámaras. Una de Representantes, que consta de i I individuos, y la otra, el Senado, que consta de 18, Unos y otros spn elegidos por sufragio universal, y por un período de 4 y 6 años, y^spectivamente, El Congreso celebra sus sesiones cada 2 años. Poder Judicial.—^sie poder lo ejerce en última instancia un^ Corte Suprema, dividida en dos secciones, una de las cuales está establecida en León, y otra en Granada. Cada sección se compon^, cuando menos, de cuatro Magistrados propietarios y dos suplentes, Subordinados á este alto tribunal, hay en sus respectivos distritos los demás tribunales y juzgados que se necesitan para la administra^ ción de justicia en el país. §54 Edificio Nicaragüense en la Exposición de París. 255 Superficie y PohlaciÓ7i. — Bl territorio de Nicaragua es mas ex- tenso que el de las otras Repúblicas centroamericanas, y mide 49,500 millas cuadradas. Su población se calculó en 1883 en 350,000 habitantes. El territorio está dividido en nueve departamentos, á saber : Segovia. Chinandega. León. Departamentos. Matagalpa. Granada. Rivas. Chontales. Managua. Masaya. En la parte central del país se encuentra la cordillera principal, que corre de norte á sur, con una elevación rara vez mayor de 1,000 pies. Al oeste de ella se extiende un gran valle, cuya elevación sobre el nivel del mar es próximamente de 125 pies, en que están los grandes lagos de Nicaragua y Managua. Managua, la capital, tiene cerca de 18,000 habitantes. Las otras ciudades de importancia son León, Granada y Chinandega. El puerto principal es Corinto. Ciudades de más de 1,000 habitantes. León 25,000 Managua 18, 000 Granada 15, 000 Chinandega 12, 500 Masaya 10, 000 Rivas 8, 000 Corinto 5, 000 San Juan del Norte , 1, 200 Religión. — El pueblo de Nicaragua es en su mayor parte católico, pero existe absoluta libeitad de cultos. Instrucción Pública. — En los últimos años se ha hecho muchg para mejorar el sistema de instrucción pública, y con ese objeto se jian llevado piaestros de los Estados Unidos y de Europa. En 1887 había 251 escuelas, á que ¡asistían 11,914 alumnos, y existía además un número considerable de colegios y escuelas privadas. Hacienda.-r-^Yí 1888 los ingresos del tesoro público llegaron á $3,814,140, que principalmente se derivaron de los derechos de aduana y de los estancos de licores, tabaco y pólvora. Los egresos fueron $4, 024, 602, destinados al pago de los empleados públicos, al de los intereses de la deuda nacional y al sostenimiento del ejército. Ni- caragua no tiene deuda exterior, y la interior sólo llega á $1,592,000. 256 Ejército. — El ejército regular consta de 700 soldados, y la milicia de 25,000. Recursos y Productos. — Los productos de Nicaragua son muchos y de gran valor. En las regiones del noroeste se da el café en grandes cantidades. El palo del Brasil se encuentra en abundancia en casi todos sus bosques. Las haciendas de azúcar, índigo y cacao son numerosas en toda aquella parte del territorio que se extiende entre los lagos y el Pacífico. El maíz y las papas crecen muy bien en las regiones más elevadas, y al este de los lagos hay inmensas extensiones de tierra que se dedican á la crianza de ganados, en que se pueden ver constantemente muchos miles de animales. Son comunes las densas selvas, pobladas de cedros, caobas, árboles de hule, ó goma elástica, y maderas de tinte. En todo el país se cose- chan abundantemente los plátanos y las frutas tropicales de todo género. Se encuentran también en Nicaragua minas ricas de toda clase de metales. Con motivo de los recientes descubrimientos de ricas vetas de oro se ha dictado una nueva ley minera. Ferro-carriles. — Está en servicio una línea, que se divide en dos secciones. La primera, que corre de Corinto á Momotombo, ó sea una distancia de 58 millas; la segunda, de Managua á Granada, ó sea 32 millas. Está en proyecto la construcción de otra línea que, partiendo de San Juan del Sur, pase por Rivas y termine en San Jorge, en las orillas del Lago de Nicaragua. También hay planes para poner en comunicación á la ciudad de Chinandega con el Viejo, por medio de un ferro-carril, que correrá una distancia de 19 millas, y á Matagalpa con la costa oriental del Lago de Managua; también se ha dado una concesión para construir una línea de Matagalpa á la costa del Mar Caribe, que tendrá unas 90 millas de largo. Servicio Postal y Telegráfico. — En 1884 por las oficinas de correos del país pasaron 1,684,935 cartas y paquetes, que causaron un gasto de $25,000. Los ingresos del ramo sólo llegaron á |i2,ooo. En 1890 había en Nicaragua 1,549 millas de telégrafo que unían á las ciudades de Managua, Granada, Rivas, Corinto, Masaya, León, San Carlos, Greytown y San Juan del Sur. En este último punto se encuentra el cable submarino, por medio del cual se pueden enviar despachos de cualquier lugar de Nicaragua á todas las prin^ gipales poblaciones del mundo. 257 Bancos. — Solo hay un Banco autorizado por el Gobierno; pero hay varios capitalistas que individualmente y por su propia cuenta se ocupan de operaciones bancarias. Comercio. — Las importaciones de artículos fabricados en Europa y los Estados Unidos representaron en 1888 la suma de $2,146,000. Las exportaciones en el mismo año consistieron principalmente en café, hiile ó goma elástica, maderas, gomas, índigo, azúcar, cacao y plátanos, cuyo valor total fué de $1,522,000. Importaciones en Nicaragua en 1888, por orden de países. Pesos. Alemania 766, 000 Gran Bretaña 252, 000 Estados Unidos 395, 000 Francia 351, 000 Centro América , 268, 000 Italia 42, 000 Colombia 20, OOG España 16, 000 Chile 8, 000 Todos los demás países 28, 000 Total 2, 146, 000 Las exportaciones fueron principalmente : para la Gran Bretaña, por valor de $665,000; para Alemania, por $253,000 para Francia, por $246,000; para los Estados Unidos, por $234,000; y para el resto de Centro América, por $196,000. Los artículos de mayor impor- tancia fueron el hule y el café. En 1887 la cantidad de plátanos exportados representó la suma de $249,433. Las relaciones comerciales entre los Estados Unidos y Nicaragua durante los últimos cinco años terminados respectivamente el dia 30 de Junio, son las que indica la tabla siguiente, cuyos datos se han tomado de las oficinas del Gobierno de los Estados Unidos: 1886. 1887. 1888. 1889. 189C. Importado en los Esta- dos Unidos Pesos. .,1,067,902 471,671 Pesos. 1,662,162 701,151 Pesos. 1,496,171 861, 156 Pesos. 1,747,246 900,813 Pesos. 1,656,090 Exportado de los Esta- dos Unidos 1,270,078 No. 2- ■17 258 Las principales importaciones en los Estados Unidos, durante el año que terminó en Junio 30 de 1890, fueron: Café, $642,467; hule y gutapercha, $502,271; plátanos, $251,063; cueros y pieles (excepto las finas), $154,817; y madera bruta, $52,060. lyos Estados Unidos exportaron durante el mismo año, principalmente, artefactos de hierro y acero por valor de $292,748; harina, $115,154; madera labrada, $105,783; abarrotes (incluyendo carnes y productos de lechería), $104,489 géneros de algodón, $99,911; y sustancias quí- micas, drogas y tintes, $69, 500. Monedas^ Pesos y Medidas. — El sol peruano y el chileno, lo mismo que la pieza francesa de 5 francos, se reciben á la par, ó sea por i peso, en todo el país, y son las monedas que más se usan. Las pequeñas monedas de 5, 10, 20 y 25 centavos son generalmente de cuño español ó americano. La unidad de medida de longitud es la vara, que tiene 3 pies. La legua tiene 6,666^ varas; la manzana, 10,000 varas cuadradas; la caballería, 64 manzanas. La unidad de peso es la libra de 16 onzas. La arroba tiene 25 libras; el quintal, 100 libras. EL CANAL DE NICARAGUA. La República de Nicaragua hizo una concesión en April de 1887 á una asociación de New- York, titulada ' ' Nicaragua Canal Asso- ciation of New York, ' ' para la apertura de un canal de barcos. La "Maritime Canal Company" (Compañía de Canal Marítimo) se organizó con el objeto de llevar á cabo la obra, y desde luego emprendió la construcción. Esta compañía tomó el carácter de per- sona legal, en Febrero 20 de 1889, en virtud de una ley del Con- greso de los Estados Unidos, aprobada por el Presidente. La ' ' Nicaragua Canal Construction Company ' ' (Compañía Cons- tructora del Canal de Nicaragua) está haciendo los trabajos según un contrato celebrado con la "Maritime Canal Company." A la compañía constructora se le concedió el término de un año para principiar los estudios definitivos, el de año y medio para concluirlos, y principiar la construcción del canal, y el de diez años más para terminar la obra. • El 8 de Octubre de 1889 declaró Nicaragua de una manera formal que estaba satisfecha de que la compañía había dado principio 259 á los trabajos de construcción, y en Setiembre de 1890 nombró una comisión con el objeto de investigar si la compañía había cumplido con la clausula de la concesión, que la obligaba á gastar por lo menos $2,000,000 durante el último año del. segundo período, Bn vista del dictamen de la comisión, Nicaragua declaró formalmente que la referida condición había sido cumplida. La longitud total del canal es de 169.5 millas. La parte más elevada de la obra se encuentra en el Lago de Nicaragua, ó sea á lio pies sobre el nivel del mar, A esta elevación se llega por medio de tres exclusas en uno y otro lado. Bl canal tendrá en el fondo una anchura de 80 á 120 pies, y la de la parte superior será de 80 á 288 pies. La profundidad variará de 28 á 30 pies. Ciento cuarenta y dos millas del trayecto del canal están formadas por el rio San Juan, el lago y las bahías artificiales. Bl largo total de la superficie mas elevada es de 151 millas. Podrá navegarse rá- pidamente en este canal. Según los cálculos, el costo total de la obra será de $90,000,000, sin incluir las comisiones de los banqueros y otros agentes, y los intereses que se paguen durante la construcción. Con derechos de tonelage, cobrados al mismo tipo que los que se exigen en el canal de Suez, se ha calculado que las entradas en el de Nicaragua llegarán á $17,500,000. También se ha calculado que el tiempo necesario para construir el canal será de seis años. La dirección de la Compañía constructora se compone de las siguientes personas: Presidente, el Sr. Warner Miller; Vicepresi- dente, el Sr. A. C. Cheney; Tesorero, el Sr. Henry R. Hoyt; Sec- retario, el Sr. J. W. Miller; Abogados consultores, los Sres. Daly, Hoyt y Masón; Ingeniero en jefe, el Sr. A. G. Menocal; Superin- tendente General, el Sr. Geo. W. Davis. La oficina de la Compañía está situada en el edificio número 44 de la calle de Wall, en la citi' dad de New- York, Paraguay. La República del Paraguay está situada en el interior de la América Meridional entre los 22° 4' y los 27° 35' de latitud sud y los 54° 32' y 88° 40' de longitud oeste del meridiano de Greenwich. Confina por el norte con el Brasil, del que la separa el río Apa; por el este con el mismo Brasil y la República Argentina, de quie. nes la separa el río Paraná; por el sud con la misma República Ar- gentina, de quien también la separa en este punto el mismo río, y por el oeste con los territorios denominados Chaco argentino y boliviano, el uno en la parte inferior ó del sud, y el otro en la parte superior ó del norte. Bl río Paraguay, que corre de arriba abajo, á lo largo de la Re- pública, la divide en dos partes distintas; una que es la oriental ó sea el Paraguay propiamente dicho, y otra que es la occidental, conocida generalmente con el nombre de El Chaco. Poder Ejecutivo. — Reside en el Presidente, que es elegido cada cuatro años por una junta electoral, cuyos miembros son designados directamente por el pueblo. El Presidente no puede ser reelegido, en ningún caso, sino con dos períodos de intervalo, y recibe un sueldo anual de $9,000. Hay un Vicepresidente, elegido por el mismo término y del mismo modo que el Presidente, que recibe un sueldo anual de $4, 500. El Gabinete se compone de cinco Ministros, cuyos departamentos se llaman: del Interior, de Relaciones exteriores, de Hacienda, de Justicia, Culto é Instrucción pública y de Guerra y Marina. El territorio nacional se divide políticamente en varios departa- mentos, subdivididos en cantones, ó partidos electorales, que son 23, cada uno con sus respectivas autoridades. A la cabeza de cada departamento hay un jefe político, con atribuciones propias deter- ?60 i 261 minadas por la ley. El Chaco, ó departamento occidental, está dividido en dos distritos militares. Existen, además, otras cuatro comandancias militares en los territorios contiguos á las fronteras terrestres y fluviales de la República. Poder Legislativo. — Este poder reside en el Congreso, que tiene dos Cámaras: una de Diputados y otra de Senadores, elegidos los unos y los otros directamente por el pueblo de cada distrito, en razón de un Diputado por cada 6,000 habitantes, y de un Senador por cada 12,000. Los Diputados ejercen sus funciones por cuatro años y pueden ser reelegidos, y su Cámara se renueva por mitad cada dos años. lyos Senadores ejercen su encargo por seis años, y son reelegibles. El Senado se renueva cada dos años por terceras partes. Tanto los Senadores como los Diputados reciben un sueldo anual de $1,600. Poder Judicial. — Reside en un Tribunal Superior, compuesto de un Presidente y dos Magistrados, del Fiscal general del Estado, y del Fiscal del crimen. En primera instancia la justicia se admi- nistra por dos jueces de lo civil, otros dos de lo criminal, uno de lo comercial, y otro de lo meramente correccional. En la cabeza de cada distrito hay un juez de paz. Superficie y Población. — La superficie del Paraguay se calcula en 91,970 millas cuadradas, y la población en 430,000 habitantes, ade- más de un gran número de indios salvajes. La siguiente lista indica el número de habitantes de las ciudades principales; pero debe advertirse que con excepción de las cuatro primeras, los guarismos representan no solo la población de las ciudades mismas, sino también la de los distritos de que son cabeza. Asunción 24, 838 San Pedro 12,000 Concepción 11, 000 Villa Rica 11,000 Caazapa 9, 000 Luque 8, 000 Carapegua 15, 000 San Estanislao 7, 000 Itangua 6, 000 Ita 5,000 Paraguari 5, 000 Villa Humaita 4,205 VillaPilar 14,400 Jaguarón 3, 106 262 Religión. — L,a del Estado es la Católica Apostólica Romana, pero es libre y permitido el ejercicio de cualquiera otra. Hay un Obispo en la Asunción y en las diferentes parroquias de que consta la dió- cesis, los sacerdotes que se necesitan. El Obispo ha de ser natural del país. Instrucción Pública.— \^2l instrucción pública está á cargo del Ministro del ramo, y de un Consejo superior, de que el Ministro es presidente. La instrucción primaria es obligatoria. Según el ' 'Anuario esta- dístico de la República del Paraguay" de 1889, había en 1887 336 escuelas, de las cuales 240 eran de niños y 96 de niñas, con 448 maestros (300 maestros y 148 maestras) y 16,914 alumnos (11,137 varones y 5,777 niñas). El gasto que fue necesario para sostener estas escuelas durante dicho año ascendió á ^155,244. En 1888 el gasto fue de 1289,968.42. Hay ademas un Colegio nacional de segunda enseñanza sostenido por el Gobierno, á que concurrieron, en 1887, 209 estudiantes. Este establecimiento ocupa uno de los mas vastos edificios de la Asunción. Existe igualmente bajo la dependencia del Obispo un Seminario conciliar para la educación del clero. La instrucción pública se costea en el Paraguay con las sumas que determina una ley dictada con ese objeto, y son, además de la can- tidad con que contribuye el Estado y se señala en el presupuesto general, el 15 por ciento de las ventas municipales, el 10 por ciento del producido de las ventas de las tierras públicas, el total de las multas que se imponen en el país, una capitación de un peso fuerte por cada varón domiciliado en la República, y otras varias. Hay en la Asunción una Biblioteca pública, y se publican cinco diarios y una Revista mensual. Tnstitiiciones de beneficeiicia. — Entre las instituciones de esta clase que existen en la República figuran un Hospital de caridad soste- nido por el Gobierno, y un Asilo de huérfanos y desvalidos. Los extranjeros residentes en el país han organizado asociaciones de socorros mutuos para sus respectivas nacionalidades, y las de los españoles, italianos y alemanes, son las que tienen mejor organiza- ción y están provistas de más amplios recursos. Hacienda. — El total de los ingresos en el erario nacional, en el año I 263 de 1888, fué de $3,551,445.54, distribuidos como sigue: derechos de aduanas, f 1,389,132.10; impuestos de varias clases, $246,868.29; dere- chos sobre ventas de tierras del Estado y de yerbales, $1,915,445.15. Comparados estos ingresos con los del año 1887 se nota un excedente en favor del año de 1888 de $495,352.08. lya deuda nacional quedó reducida en i" de Enero de 1888 á $1,068,891.53, y está distribuida en la forma siguiente: fondos públicos, $21,699.20; letras de cambio y órdenes á pagar, $102,962.33; títulos fiduciarios, $944,230. Los intereses de esta deuda, que se pagan con la más escrupulosa pun. tualidad, son á razón de 2 por ciento para los cinco primeros años; de 3 por ciento para los cinco inmediatos subsiguientes, y de 4 por ciento para los demás. A contar de la 11'' anualidad se pagará un medio por ciento de amortización. Ejército y Armada. — El ejército consta de un batallón de infan- tería, dos escuadrones de caballería y una batería de artillería; total, 623 hombres. Hay, además, la guardia nacional. La armada se compone de un vapor de hélice de 440 toneladas y cuatro cañones, y dos buques pequeños, también de vapor. Prodticciones. — En el año de 1887 había en la República 730,000 carneros, 32,000 caballos, 62,000 cabras y otros muchos animales domésticos. Además de la yerba mate, que se considera como el producto principal del país, se cosechan también tabaco, maíz, arroz, trigo, yuca, algodón y cebada. La caña de azúcar se da muy bien. En el mismo año de 1887 no estaban cultivados sino unos 158,000 acres de terreno. Ningún país en el mundo tiene mayor variedad de maderas de todas clases aplicables á la industria. Entre las em- pleadas para curtir las pieles se encuentran el algorrobo y el quebra- cho; y entre las de tinte el algorrobillo, el añil, el achiote, que se usa para teñir la mantequilla y el queso, etc. Las resinas del país son la sangre de drago, el copal, el lignum-vitse, etc. Hay una gran varie- dad de bálsamos y abundan también la goma elástica y muchas plantas medicinales, como la copaiba, el ruibarbo, el sasafrás, la zarzaparrilla, la nuez vómica, el palo dulce, etc. Entre las plantas textiles indígenas se encuentran el algodón, que dá cosechas copiosísimas, el ramié, el cáñamo, la pita, el pino, la palmera, la ortiga, el guazu y el mapajo, cuyos capullos son más grandes que los del algodón, y provee á los indios del material necesario para hacer las telas con que se visten. / 264 .a del Paraguay es semejante en el norte á la del Brasil, y á la de la República Argentina. Comprende el carayá, el miriquiná, el tapiro, el jabalí, el armadillo, el ciervo, el jaguar, el león de América, el gato tigre, el zorro, el hurón, el guatí, la comadreja, la nutria, la chinchilla, y muchos otros animales. La variedad de aves que hay en el Paraguay es asombrosa; sus trinos llenan el aire, y el brillante color de sus plumas rivaliza con las hermosas flores de sus campos. En los ríos abundan los peces de mejor calidad. Hay también una infinidad de patos, gansos silvestres, etc. Abunda igualmente la avestruz llamada ameri- cana. lyOS minerales más notables son el cuarzo, el ágata, el ónix, el granito, el basalto, el salitre, la piedra blanca arcillosa, el mármol, los carbonatos, el yeso, el kaolín, el manganeso, el hierro, el cobre, el mercurio, etc. Maníifacturas. — Existen alambiques en casi todos los pueblos del Paraguay para la fabricación del aguardiente de caña. También hay dos ingenios de fabricar azúcar, y dos molinos de trigo movidos por vapor, dos fábricas de jabón, también de vapor, dos de maca- rrones, dos de fósforos, una de hielo artificial, dos cervecerías, unas cuantas sierras de vapor, varias tenerías, muchas fábricas de ladrillo, y dos de fideos. En un informe del Cónsul Hill sobre la industria del Paraguay se dice lo siguiente : Las alfarerías de Ita producen cosas excelentes y muy raras. En Aragua se hacen toballas y otros artículos con materiales del país. Las mugeres hacen pañuelos, y bordados de encaje de nanduty, que tienen fama en toda la Amé- rica del Sud, y son notables por la hermosura del trabajo y la originalidad de los diseños. Un americano está ahora ocupado cerca de Aragua en la destila- ción de los azahares, y espera buenos resultados. Esta esencia se vende muchc en Europa. Ferrocarriles y Telégrafos. — Desde la Asunción hasta Villa Rica hay una línea de ferrocarril de 92 millas de largo, y su correspon- diente línea telegráfica. Hay otra línea de telégrafo desde la Asunción hasta Paso de la Patria, donde se enlaza con el telégrafo nacional argentino. Se han hecho ya los estudios para un ferro- carril que se trata de construir hasta Bolivia, y se trabaja con em- peño en llevar á cabo esta empresa. Ante el Congreso paraguayo 265 se encuentra también otro proyecto de un ferrocarril, que unirá la Villa del Pilar con Paraguari. Hay~un tranvía del puerto de la Asun- ción hasta Villa María, y en el resto de la República hay otros varios. Bl servicio de vapores entre el Paraguay, Buenos Aires y Mon- tevideo es muy bueno; y el comercio del Paraguay con los otros países se hace por estos puertos. Asunción tiene una red telefónica bastante extensa. Correos. — En el año de 1888 el servicio de correos representó un movimiento de 256,267 cartas, y paquetes en el interior del país, y 282,826 que fueron para el exterior: total, 539,153. El Paraguay ingresó en la Unión Postal el i" de Julio de 188 1. Bancos. — Existen en la Asunción varios Bancos, pero los más notables son el Banco Nacional, el del Comercio, el Territorial, y el Hipotecario, todos de empresa privada, y muy productivos. El Banco Nacional es el más antiguo y tiene el patrocinio del Gobierno; está autorizado para emitir papel y goza de otros privilegios, entre ellos el de poder establecer sucursales en todos los departamentos. Según consta de la última memoria de sus directores tuvo este Banco en 1887 un movimiento general de caja de 140,949,574.21, lo que representa un exceso de $12,194,471.54 sobre el movimiento del año anterior. Los depósitos y pagos sumaron $23,491,981.36, lo que representa $9,193,682.86 más que el año anterior. Las ganancias totales del año fueron $216,317.93, lo que permitió al banco repartir entre los accionistas un dividendo de 15 por ciento. Comercio. — El valor total de la exportación é importación, en 1887, alcanzó á $4,447,726.58; y como en 1888 fue solo de $5,878,- 466.30, resulta un exceso para 1888 de $1,430,639.72. La importa- ción y la exportación en el año de 1888 fueron como sigue: Impor- tación, $3,289,757.77; exportación, $2,588,608.53. Exceso de im- portación, $701,149.24. Las materias primas producidas en el Paraguay se exportan generalmente por Montevideo y Buenos Aires, por cuyos puertos recibe también generalmente todo lo que le viene del extranjero. La exportación puede representarse aproximadamente como sigue : Kilos. Yerba mate 6, 000, 000 Tabaco 7,000,000 Cigarros 25, 000, 000 Kilos. Cueros 100, 000 Naranjas 50, 000, 000 Maderas 5, 000, 000 266 Se exportan también, pero en menor cantidad, frutas conservadas, almidón, tablas, durmientes, esencias, zarzaparrilla, crin, plumas de avestruz, pieles de venados, etc. Ivos principales artículos que el Paraguay recibe del exterior son azúcar, alfalfa, harina, sal, telas para velas de barcos, cerveza, vinos, loza, géneros de algodón, y en general toda clase de géneros de vestir. El comercio del Paraguay durante ocho años (de 1881 á 1888) dio el resultado siguiente : Año. Importación. Exportación. Año. Importación. Exportación. 1881 1882 1883 1884 Pesos. 1,204,469.17 1,320,125.97 953, 076. 62 1,448,000.00 Pesos. 1,928,548.79 1,650,679.19 1,766,459.70 1,572,000.00 1885. . . . 1886. . . . 1887. . . . 1888. . . . Pesos 1,524,000.00 1,621,000.00 2,442,116.00 3, 289, 757. 77 Pesos. 1,493,000.00 1,571,000.00 2, 005, 610. 68 2,588,608.53 El exceso de la importación sobre la exportación se reducirá mucho si se tiene presente que en las cifras de la última no están inclusas las maderas y otras producciones del país, que no pagan derechos, y de que por consiguiente no hay constancia oficial. Artículos libres de derechos se importan por valor de 500,000 pesetas ql año. Gozan de esta prerogativa por la ley de aduanas las má- quinas, los instrumentos de agricultura, los semillas, el carbón de piedra, las barras de hierro, las prensas y las tipos de imprenta, los materiales de arte, los libros, los instrumentos científicos, los apara- tos litografieos, los objetos del culto, las resinas, la soda, etc. Un 48 por ciento de las mercancías importadas procede de Inglaterra; luego siguen por su orden Francia, Italia, Alemania, España, la República Argentina, Uruguay, Bélgica, etc. L^a navegación fluvial es activa, principalmente en el Rio Para- guay. No es raro ver en el puerto de la Asunción de treinta á cuarenta buques de todas las nacionalidades. Mo7ieda. — El peso es la moneda nacional del Paraguay y equivale á 5 pesetas españolas, y á 73 centavos (1890) de los Estados Unidos. Se subdivide en 100 centavos. Las monedas de plata y oro de todos los países corren libremente y se reciben sin dificultad. Después de la guerra de 1865-70 corre en el país el papel moneda en grande cantidad. 267 Pesos y Medidas. — Los pesos en uso son la tonelada, el quintal, la arroba, la libra, la onza, la dracma. La pipa, el frasco, el barril, y la cuarta son medidas de capacidad para los líquidos. Para los granos, la cal, la sal, etc., se emplea la fanega de 12 almudes, que es igual á 1.547 bushels. Las medidas de longitud son la legua de 5,000 varas; el cordel de 3^ varas; la vara de 3 pies; el pié de 12 pulgadas, la pulgada de 12 líneas, y la línea. El sistema métrico decimal francés está adoptado oficialmente, y se halla generalmente en uso en toda la República, pero los pesos y medidas antiguas se emplean todavía algunas veces. Perú. La República del Perú, está situada entre los 3° 25' y 18° de latitud sur y los 67° 30' y 81° 20' de longitud oeste, y linda por el norte con la República del Ecuador, por el este con Bolivia y el Brasil, por el sur con Chile y por el oeste con el Océano Pacífico. Hl clima del Perú es sano y agradable en el interior del país, donde la temperatura varía en el verano de 80° á 84° Fahrenheit y en el invierno de 60° á 64°. En la costa el clima es cálido, y el terreno en la mayor parte árido y desprovisto de arboles. Poder Ejecutivo. — Reside en un Presidente, que es elegido por cuatro años. Hay dos Vicepresidentes, elegidos por el mismo período, que suceden por su orden al Presidente en caso de muerte ó incapacidad. El Gabinete consta de cinco Ministros nombrados por el Presi- dente y denominados de Negocios extranjeros. Interior, Justicia, Guerra y Marina, y Hacienda y Comercio. Poder Legislativo. — Reside en un Congreso que se compone de dos Cámaras, una de las cuales es el Senado y otra la Cámara de Diputados. Poder Judicial. — Reside en un Tribunal Supremo establecido en Lima, del cual dependen nueve tribunales superiores establecidos respectivamente en Lima, Arequipa, Cuzco, Puno, Ayacucho, Tru- jillo, Caxamarca, Huaraz y Piura. Hay un juez de primera instan- cia en cada provincia y un juez de paz en cada localidad. División territorial. — La República está dividida políticamente en 19 departamentos, cada uno de los cuales se subdivide en provincias. Religión. — La Católica Apostólica Romana es la religión del Estado, pero todas las demás están toleradas. 268 269 InstriicciófC Pública. — I^as escuelas públicas de instrucción prima- ria están sostenidas por los municipios, y el Gobierno sostiene en la capital de cada departamento una escuela superior. Hay ahora 1,177 escuelas primarias, de las cuales 813 son públicas, 333 priva- das y 31 sostenidas por asociaciones religiosas y de caridad. Con- currían á estas escuelas 71,435 alumnos, de los cuales 48,456 eran niños y 22,979 niñas. El número de alumnos de las escuelas pú- blicas era de 53, 276. Hay en L-ima una Universidad llamada de San Marcos, que es la más antigua de América, y fué establecida por orden de Carlos V. Tiene facultades de jurisprudencia, medicina, teología y ciencias, y una biblioteca de más de 20,000 volúmenes. Hay además otros colegios y escuelas que tienen buenos gabine- tes, laboratorios y colecciones científicas. Hay también y una Bib- lioteca pública con obras muy valiosas. En las ciudades de Cuzco y de Arequipa hay dos establecimientos de enseñanza universitaria. Hacienda. — La fuente principal de ingresos para el erario nacional consistía anteriormente en la venta del guano y en los derechos de aduana. Hay dos contribuciones directas, una en la forma de un impuesto ó capitación personal que ha de satisfacerse para ejercer el derecho de sufragio, y otra en la de un impuesto sobre la pro- piedad raíz. Los ingresos en el año de i889-'90 fueron 6,275,197 soles, y los egresos 5,891,958. Los ingresos provinieron de dere- chos de aduana, contribuciones directas, productos de los ferro- carriles, correos y telégrafos y otras fuentes. La deuda interior del Perú es considerable: la exterior, con- traída en Inglaterra, importó 31,579,080 libras esterlinas, pero por un arreglo hecho con los tenedores de los bonos esta deuda ha sido totalmente cancelada. Ejército y Armada. — El ejército peruano se compone de seis bata- llones de infantería, dos regimientos de caballería, dos brigadas de artillería y un cuerpo de gendarmes, formando un total de 5,900 hombres. La armada consta de tres vapores de guerra. Superficie y Población. — Según el último censo, el Perú tiene una superficie de 463, 747 millas cuadradas inglesas, y una población de 2,621,844 habitantes, en que no se incluyen los indios salvages que se calculan ser cerca de 350,000. 270 Departamentos. Piura Cajamarca. . . Amazonas . . . Loreto Libertad Ancachs . . . . Lima Callao Huancavelica Huanaco Junin lea Ay acuello . . . . Cuzco Puno Arequipa . . . . Moquegua . . . Apurimac. . . . Lambayeque . Total . . Superficie en millas cuadra- das inglesas. 13,931 14, 188 14, 129 32, 727 15, 649 17,405 14, 760 10,814 83,823 6,295 24,213 95, 547 39,743 27, 744 22,516 62, 325 17, 939 463,747 Población. 185, 503 213, 391 34,245 61,125 147, 541 284, 091 226, 922 34, 492 104, 155 78, 856 209, 871 60,111 142,205 238,445 256, 594 160, 282 28, 786 119, 246 85, 984 2,631,844 Lima, la capital de la República, tiene una población de 101,488 habitantes. La población de las demás ciudades importantes es como sigue: Callao 35, 493 Arequipa 35, 000 Cuzco 30,000 Ayacucho 30, 000 Pasco 15,000 Jauja 15, 000 Chilayo 14,000 Cajaruarca 13, 000 Piura 12, 000 Tacna 10, 000 Moyabamba 10, 000 Cajamarquüla .... 8, 000 Ferenafe 8, 000 Huancavelica 8, 000 Truxillo 8,000 Lambayeque 6, 000 Moquegua 6, 000 Puno 6, 000 Tarma 6, 000 Cojalambo 6, 000 Chachapoyas 6, 000 Tarapota 5, 350 Payta 5,000 Chucuito 5,000 Productos y Recursos. — Los recursos minerales del Perú son grandes y variados. El depósito de sal que existe en la costa, cerca de Huacho, á 50 millas poco más ó menos del Callao, en el parage denominado Sechura, en la costa del norte, es tal vez suficiente para abastecer de aquella sustancia á todo el continente americano, 271 Este depósito está aglomerado en masas, en cantidades inagotables, y es debido á una filtración peculiar del agua del mar al través de la roca porosa que constituye aquel suelo. Puede decirse que hay allí establecida por la naturaleza misma una fábrica de sal que trabaja dia y noche, y á la que el océano está constantemente suministrando gratis la materia prima. En Tumbez, en la costa del norte, y también cerca de Arequipa, en las montañas del sur, se encuentran ricos depósitos de azufre, que analizado debidamente revela una proporción de pureza tan grande que á veces llega á 99 por ciento. Se encuentra yeso cerca de Sechura y se dice que hay asfalto en vastas cantidades cerca de Talara en las inmediaciones del puerto de Payta en el norte. Allí hay también petróleo en grandes canti- dades. En los departamentos de las sierras, tanto en Huancavelica como en Ayacucho, hay depósitos de cinabrio. Hay carbón de piedra en las cordilleras del norte, cerca de Chimbóte, y más arriba todavía, en el punto denominado el Despo- blado ; pero los gastos y las dificultades del transporte son tales que la explotación de esta gran riqueza hay que dejarla para el futuro, cuando los ferrocarriles hayan penetrado en todas estas localidades. El Perú es famoso por sus minas de plata, que se encuentran en diferentes lugares en toda la extensión del país. Los torrentes que bajan de las montañas arrastran arenas auríferas. Existen depósitos de oro en las faldas de la cordillera oriental y en otros puntos ; pero por la dificultad de los transportes y las largas distancias, la explo- tación de las minas de oro no ha tenido el desarrollo que se ha dado á las de plata. En cuanto á productos de la agricultura, debe decirse que las tie- rras de cultivo del Perú son de corta extensión comparadas con las del desierto y de la montaña. El gran grupo de ellas se encuentra en la costa y en las faldas de la sierra. La caña de azúcar es la planta que se cultiva en mayor abundancia. En las provincias de la costa del norte no hay que resembrarla sino después de transcurridos 6 ó 7 años; pero en la latitud de Lima la resiembra tiene que hacerse cada 3. La cosecha de azúcar ha llegado algunas veces á 272 100,000 toneladas: ahora es de cerca de 70,000, de las cuales se exportan unas 50,000, que representan un valor de 4,000,000 de pesos. Con las mieles se fábrica una gran cantidad de aguardiente, que se emplea en diferentes usos. En algunos de los ingenios de azúcar liay magnifica maquinaria, que ha costado cientos de miles de pesos, y ferrocarriles de via angosta para la conducción de la caña de los cañaverales al trapiche. El algodón se cosecha también en cantidad considerable. En el norte crece grande como un árbol, da fruto á los 2 años y con- tinúa produciendo por muchos otros subsiguientes. Se ven al mismo tiempo en una misma planta, la flor, el capullo y las bolas del algodón. Pero el que se obtiene no es fino y tiene que usarse principalmente para mezclarlo con lana. En el sur el algo- dón crece lo mismo que en los Estados Unidos de América; pero no se produce en tanta cantidad como en el norte. El valor de la cosecha total se calcula próximamente en 3,000,000 de pesos al año. El arroz se da bien en las tierras bajas; y aunque las cosechas suelen perderse algunas veces, cuando se logran, dan muy buen resultado. Las uvas que se producen en el país, especialmente en las provincias de lea y de Mocagua, en la costa, hacia la parte del sur, se dice que son las mejores del mundo; y el vino que allí se fabrica se avalúa en 4,000,000 de pesos cada año. El café del Perú es de muy buena calidad y crece donde quiera en los terrenos bajos; pero todo el que se produce se consume en el país. La papa, que es indígena del Perú, se da donde quiera que se la plante y en algunas ocasiones crece silvestre. La papa primitiva sin cultivar á penas tiene el tamaño de una avellana; pero con el cultivo crece y mejora en calidad. En las grandes alturas de la sierra constituye el principal alimento de los habitantes. El maíz crece en todas partes excepto en las grandes alturas, y en muchos lugares da dos cosechas por año. No solamente se usa como alimento sino también para fabricar la chicha, bebida fermentada de mucho uso en el país. En ciertas localidades de la sierra crece el trigo, pero se le cultiva 273 muy poco. En ellas se da también la cebada, aunque el frió no permite que se maduren los granos, por cuya razón esta planta no se usa generalmente sino como forrage. La alfalfa crece también con abundancia y es degran utilidad para alimentar los ganados. Se da también la avena, aunque en cantidades limitadas, y en las montañas. El cacao, especialmente el del Cuzco, se dice ser inme- jorable, y crece en los valles resguardados en muchas localidades. La coca, de donda se extrae la cocaína, crece silvestre; pero se la cultiva en escala bastante grande, sobre todo en los valles profundos y calientes de la cordillera oriental. La lana es un producto importante de los distritos montañosos del Perú, calculándose en 4,000,000 ó 5,000,000 de pesos, el valor de la que se exporta anualmente. Las haciendas tienen por lo común de 50,000 á 100,000 carneros. En algunas lugares se cría con abundancia el ganado mayor, aunque no de muy buena calidad. La quina, ó cinchona, que originalmente salía del interior del Perú y de Bolivia para el consumo del mundo, ha disminuido consi- derablemente en cantidad por la manera indiscreta y poco previsora con que se han destruido los árboles para quitarles la corteza. Ahora se exporta principalmente de la India donde los ingleses introdujeron la planta. La costa entera del país, los valles abrigados de las montañas y las regiones al este de la cordillera abundan en frutas y legumbres de todas clases, que se cosechan en todas épocas del año. En las montañas se encuentran muchos árboles útiles, entre ellos el de la goma elástica, que se exporta en bastante cantidad. Hay también zarzaparrilla, tabaco, marfil vegetal, etc. Ferrocarriles y Telégrafos. — El Perú tiene unas 1,625 millas de ferrocarril y como 1,382 millas de alambres telegráficos. Por medio del cable se encuentra en comunicación con todo el mundo. Entre Callao y Lima hay un servicio telefónico bastante bueno. El movimiento del correo en el año 1887 fué de 1,833,689 cartas y paquetes. Hay 230 oficinas de correos en toda la República. Bancos. — En Lima hay varios Bancos, y también los hay en Pura, Trujillo, Arequipa, Tacna y otras grandes ciudades. No. 3 18 274 COMERCIO. El comercio del Perú se hace principalmente con la Gran Bretaña, pero de pocos años á esta parte ha sido considerable el de Alema- nia. Los puertos principales son: Callao, Paita, Eten, Salaverry, Chimbóte, Pisco, Moliendo, Arica é Iquique. Las importaciones principales consisten en maquinaria, algodón, carbón de piedra, y géneros de lana. Las importaciones de géneros de algodón ascen- dieron en i8S8 á $2,393,714. Las exportaciones comprenden el guano, el nitrato, la azúcar, la lana, los minerales, y el algodón en bruto. Los estados siguientes demuestran el movimiento comer- cial del Perú con los principales países del esterior: Importaciones en los países que se mencionan de los principales artículos del Perú. Artículos principales. Año termi- nado el 30 de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Diciembre de ISB?. Año termi- nado el 31 de Marzo de 1887. Año termi- nado el 31 de Diciem- bre de 1887. En los Esta- dos Unidos. En el Reino Unido. En Francia. En Alema- nia. En España. Productos químicos Pesos. 86, 629 Pesos. 3,324,111 9,422 25,549 639, 190 241,612 24, 785 399, 637 1,358,183 168,464 62, 890 1,346,137 381,937 Pesos. 3, 890, 204 88, 850 22, 533 70, 136 61,881 347, 807 82, 636 Pesos. 7,854 Pesos. Drogas y tintes Cobre: Mineral de Artículos de 3,088 46 169, 641 Algodón en rama 109,718 297,020 Abonos Cueros y pieles 1,538,908 Mineral de plata Azúcar quebrada (*) 43,445 41,588 23, 155 121,872 Estaño : Mineral de Artículos de ■ Lana 196 49,440 Otros artículos 238 1,892 Total 309,040 i7. 981. 916 4, 794, 107 1,656,718 298,913 ' ' * No se expresa. 275 Exportaciones de principales artículos hechas para el Perú por los países que se nombran. Principales artículos. Año termi- nado el 30 de íunio de 1888. Año terminado el 31 de Diciembre de 1887. Año termi- nado el 31 de Marzo de 1887. Año termi- nado el 31 de Diciem- bre de 1887. De los Esta- dos Unidos. Del Reino Unido. De Francia. De Alema- nia. De España. Cereales Pesos. 46, 284 5,746 30, 370 1,427 2,430 174, 811 6,928 34, 794 3,533 20,597 5,118 120,549 3,667 4,952 1,096 826 1,049 11, 207 114,873 (*) 345 (*) 63 108,560 597 165,038 Pesos. Pesos. Pesos. Pesos. Carruajes, carros y carretones Productos químicos, drogas, tintes y medicinas 77,450 29, 077 167,252 18, 790 1,420,799 31,632 16, 850 29, 274 Carbón de piedra Cobre y artículos de cobre . . . Géneros de algodón 46, 044 18, 772 23, 312 Artículos de barro, porcelana, y vidrio 2,380 18, 326 Artículos de fantasía Pescado Géneros de lino, cáñamo, etc . 159,534 187, 068 Pólvora y materiales explo- sivos Hierro y acero y artículos de id 591,431 28, 189 13,135 315, 300 23, 324 Joyas y artículos de oro y plata Cuero y artículos de id 16,898 5, 712 Cervezas Aceites vegetales Pinturas preparadas 30, 620 15,461 17, 860 Papel y efectos de escritorio . 21,598 3,570 238 Provisiones, carne y produc- Géneros de seda 1,007 Legumbres 15,631 31,355 Ropas . . . , 120, 798 47, 697 5,236 Vino t Madera y artículos de id , 1,190 23, 562 13, 566 Géneros de lana 550, 562 332,415 219,714 183, 029 Otros artículos 2 697 Total de mercaderías nacionales 865, 160 3,489,869 1,055,625 330,334 2,697 Oro y plata en barras y acu- ñados . . - 25, 500 * No se expresa. 276 Comparación entre las importaciones y las exportaciones. IMPORTACIONES EN EL PERÚ DE ARTÍCULOS NACIONALES DE LOS PAÍSES QUE SE EXPRESAN. 1885. 1886. 1887. 1888.- 1889. De los Estados Unidos: Hierro y acero j articu- los de id Pesos. 92, 604 96, 994 114,777 155,379 34,453 30, 899 210, 873 Pesos. 114,666 106, 325 78, 200 155,297 60, 029 29, 350 254, 710 Pesos. 109,438 94, 730 ■ 90, 062 56,044 21,522 32, 887 313, 285 Pe.sos. 120, 849 108, 560 174, 811 114,873 47, 761 30,370 267, 936 Pesos. 140, 497 Madera y objetos de id . . Géneros de algodón . ... Provisiones (carne y pro- ductos de lechería) Aceites minerales refi- nados 114, 728 107, 103 101,553 57, 172 Productos químicos, drogas, tintes, etc Todos los demás artículos. 31, 188 221,003 Total 735, 979 798, 577 717, 968 865, 160 773, 244 Del Reino Unido : Géneros de algodón Géneros de lana 1,321,415 737,353 248,931 132, 953 207, 556 44,047 10,536 59, 571 664, 388 1,917,231 765,296 290, 561 119,117 156, 696 75,440 3,737 89, 573 787, 282 1,417,217 550, 562 358, 354 167,252 140, 306 90, 960 77,450 56, 758 631,010 2, 383, 007 743, 659 568, 646 379,937 214, 107 181,633 90, 220 70, 749 947,757 1,831,741 604, 395 504, 559 169,062 370, 905 64, 802 70, 107 Hierro dulce y forjado . . Carbón de piedra y com- bustible. Maquinaria Sacos vacíos Carruajes de ferrocaril y sus piezas Ferretería y cuchillería. . Todos los demás artículos. 97, 836 950, 155 Total 3,426,750 4,204,933 3,489,869 5,589,715 4, 663, 562 De Francia: Objetos de cuero crudo ■ y curtido 247,961 219, 540 188, 265 32, 727 49, 402 77,837 38,717 545, 043 167, 666 261,620 232,486 27, 160 99, 093 46, 916 32, 969 408, 225 315, 300 174, 559 120, 978 77, 124 47, 697 46,044 28, 189 245, 734 164, 647 170, 832 161,540 63, 224 60, 114 51,165 34, 263 366, 164 165 966 Géneros de lana 256, 166 Ropa hecha 212,917 Sombreros de fieltro Vinos 36, 225 105, 827 23, 715 31 507 Géneros de algodón Artículos de hierro y de acero Todos los demás artículos. 499, 737 Total 1,399,492 1,276,135 1,055,625 1,071,949 1,332,090 277 EXPORTACIONES DE ARTÍCULOS NACIONALES DEL PERÚ PARA LOS PAÍSES QUE SE EXPRESAN. 18SS. 1886. 1887. 1888. 1889. En los Estados Unidos: Nitrato de soda ........ Guano .' Pesos. 1,326,680 68^519 869; 691 Pesos. 650,886 (*) 312, 594 Pesos. 224,751 (*) 286, 975 Pesos. 58, 873 (*) 250, 667 Pesos. (*) 17 367 Otras mercancías 296, 665 Total 1,764,890 963; 480 461,726 309, 040 314, 032 En el Reino Unido: Nitrato 4,361,669 2, 153, 382 591,255 914, 080 (*) 401,837 283, 104 35,881 431,424 2, 690, 931 1,646,731 980, 689 846, 192 1,007,239 304, 044 148, 696 45, 137 483, 652 3,125,987 1,358,182 639, 190 946, 928 241,612 899, 209 399, 637 168,464 702, 707 4, 127, 668 1,797,534 996, 085 811,771 595, 290 269,478 220, 107 175, 759 547, 388 175 914 Azúcar 2 728 155 Algodón en rama Lana de alpaca . . . ; 986, 981 1 152 056 Guano 166 960 Lana de carnero y de cordero 430 554 Mineral de plata Mineral de estaño Todos los demás artículos. 242, 449 61,060 403, 010 Total 9, 172, 632 8,103,311 7,981,916 9,541,080 6,297 139 En Francia: 3, 052, 580 384, 960 368, 547 51,133 86, 076 (*) 47, 087 215, 324 2,946,075 240,441 266, 107 66, 814 62, 069 127, 348 88, 507 284, 851 3, 890, 205 347, 807 111,383 85,033 70, 136 61,881 23, 155 204, 507 6, 534, 906 280, 284 573, 883 34, 921 90, 639 (*) 49, 984 465, 632 7, 160, 091 200, 211 Cueros y pieles Cobre 264, 783 39, 482 95, 263 264, 529 165 682 Estaño Algodón en bruto Guano Lana en bruto Todos los demás artículos. 480, 790 Total 4, 155, 707 4,031,712 4,794,107 8,030,249 8, 670, 881 * No se expresa. Moneda. — La unidad monetaria es el sol de loo centesimos; su valor nominal en los Estados Unidos es $i, pero su valor verdadero (1891) es de ']•]. I centavos. Las otras monedas son las subdivisiones del sol, á saber: el medio sol de 50 centesimos, la peseta de 20 centesi- mos, el real de 10 centesimos, y el medio real de 5 centesimos. Estas monedas son todas de plata. En 1887 se calculaba que había en circulación 60,000,000 de soles en papel moneda espedido por los Bancos de Lima con la garantía del Gobierno. Este papel ha caído gradualmente en descrédito hasta valer en 1887 cosa de 5 centavos por sol. En 1888 fué retirado de la circu- 2lS eión, excepto para el pago de derechos de aduana, hasta üti 5 pOf ciento, y á razón de 35 soles en papel por uno en plata. Pesos y Medidas. — Kl sistema métrico francés de pesos y medidas se estableció legalmente en 1860, pero excepto para las operaciones de aduana no ha tenido aceptación general. Los pesos en uso son: la onza, la libra, la arroba de 25 libras, y el quintal. La arroba es una medida de capacidad para vinos ó licores espirituosos y está, dividida en galones ; y la vara y sus divisiones son las medidas de longitud reconocidas y aceptadas por todos. i Edificio Salvadoreño en la Exposición de París. Salvador. El Salvador está situado en Centro América, entre las Repúblicas de Guatemala, Honduras y Nicaragua, con una costa en el Pa- cífico de 139 millas. Sus límites son: por el norte. Honduras y parte de Guatemala; por el este, una parte de Honduras y el Golfo de Fonseca, que la separa de Nicaragua; por el sur, el Océano Pacífico; y por el oeste, Guatemala. Poder Ejecutivo. — Este poder reside en un Presidente, elegido por sufragio universal, por un período de cuatro años. El Presidente nombra cuatro Secretarios, que desempeñan las carteras de Rela- ciones exteriores, Gracia y Justicia, de Hacienda, Crédito público. Guerra y Marina, de Gobernación y Fomento, y de Instrucción pú- blica y Beneficencia. Poder Legislativo. — La Constitución pone este poder en manos de un Congreso, que se compone de una Cámara de Representantes y otra de Senadores. Los miembros de la Cámara de Representantes son elegidos por un período de cuatro años; los del Senado lo son por seis. Poder Judicial.— ^ poder judicial está representado por una Corte Suprema de Justicia, compuesta de once Magistrados, y por varios Juzgados de. primara instancia. Superficie y Población. — La extensión territorial de la República del Salvador se calcula en 7,255 millas cuadradas. El número de sus habitantes en 1888 se computó en 664,513, lo que da una pro- porción de 89 habitantes por cada milla cuadrada. El país está dividido en catorce departamentos, que son: San Salvador. Cuscatlán. San Vicente. La Paz. Cabanas. Departamentos. San Miguel. Gotera. La Unión. Usulatán. Chalatenango. La Libertad. Santa Ana. Sonsonate. Ahuachapán. 279 28Ó La eapital de la República es San Salvador, fundada en 1528, con una población, én 1888, de 16,327 habitantes. Santa Ana, la capital del dejíartaminto de su nombre, tiene 9,000 habitantes; Qiudades con más de 5;000 habitúntes-, San Salvador ..;: : :. ;::..;:..:,;.... ....:....,. 16; 327 Sonsonate ;...-.....::.... ; ; . . ; .......: 10, 000 San Miguel. ..::....;....... . : . . ; : ; . : 9,500 Santa Ana. . ; ; . . . : ; : ... 9, OOQ San Vicente ...:..■.-. .....;.; ; : 8, 000 ÁhuaChapán . . ; ; ; . . ; .;;..........:.....;.;..,.. ..... 8, 000 Acoyapa 6, 000 Religión. — La religión Católica Apostólica Romana es la domi- nante en el país, aunque se tolera el ejercicio de todas las demás. Instrucción Pública. — En 1888 había 357 escuelas para niños y 184 para niñas, á las cuales asistían 21,101 alumnos. El país cuenta con tres Universidades y varios colegios, en que se encuentran todos los medios de adquirir la instrucción superior. • Haciejida. — Las rentas nacionales se derivan principalmente de los derechos de importación y de lo que rinden los artículos estancados por el Gobierno. Los ingresos en 1888 fueron de $3,794,709.42, y los egresos $3,667,782.89; La deuda nacional es de $6,739,865. Ejército. — El ejército regular de la República es de 2,000 solda- dos. La milicia consta de 20,000. Los gastos anuales del departa- mento de la guerra ascienden poco más ó menos á $756,000. Recursos y Productos. — La principal riqueza del país consiste en el café, el índigo, el azúcar, las plantas medicinales, las maderas, etc., y entre los productos del reino mineral el oro, la plata, el hierro, el cobre y el mercurio. Las minas y canteras ahora en explotación son 180, poco más ó menos. Ferrocarriles. — Existe ahora una línea férrea entre Acajutla y Sonsonate, puntos que distan uno de otro 15 millas ; esta línea se está prolongando hasta Mate Marin, y de allí se extenderá hasta llegar á la capital, siendo entonces el largo total de la línea de 120 millas. También se proyecta unir por medio de vias férreas á las poblaciones siguientes : Acajutla con Santa Ana, La Unión con San 281 Miguel, La Libertad con San Salvador, y La Unión con las pobla- ciones en la frontera de Guatemala. Servicio Telegráfico y Postal. — El servicio postal se encuentra en exeelente condición, habiendo pasado, en el año de 1889, por las difeíeutes oficinas de correos más de 8,500,000 de cartas y paquetes. Bl número total de oficinas telegráficas en el país es de 89, y la longitud de los alambres es de 1,467 millas inglesas. Bancos. — En la capital hay dos Bancos y se llaman : El Banco Internacional del Salvador, y El Banco Occidental. En Santa Ana hay una sucursal del Banco Occidental de San Salvador. Existen además varias casas comerciales que se ocupan de negocios bancarios. Comercio. — Los artículos principales de exportación son el café, el índigo, el azúcar, el cacao, el oro, la plata acuñada, etc. El comercio del Salvador, según sus propias estadísticas, ha sido en los últimos cinco años como sigue : Importaciones Exportaciones . 1885. Pesos. 2, 134, 095 5,716,428 Pesos. 2,427,643 4, 754, 649 1887. Pesos. 3, 343, 820 5, 242, 697 Pesos. 4, 076, 404 6, 707, 024 Pesos. 2, 878, 000 5, 489, 000 Comercio con los principales países en 1888 y 1889. Países. Importa- ciones, 1888. Exporta- ciones, 1888. Importa- ciones, 1889. Exporta- ciones, 1889. Gran Bretaña Pesos. 1, 139, 592 656, 076 320, 310 266, 106 52,446 1,641,874 Pesos. 152, 586 1,913,742 928, 638 1,027,980 330, 670 2, 353, 408 Pesos. 958, 000 538, 000 316, 000 325, 000 82, 000 659, 000 Pesos. 919, 000 1,515,000 1,006,000 1,117,000 522, 000 410, 000 Estados Unidos Francia Alemania Italia Todos los demás países Total 4, 076, 404 6, 707, 024 2, 878, 000 5, 489, 000 282 Valor de los principales artículos de comercio en 1888. Importaciones. Valor. Exportaciones. Valor. Géneros de algodón Harina Pesos. 1,160,412 197, 034 157, 842 140, 628 Café Pesos. 4, 236, 180 índigo 1,296,720 Vinos, licores y cervezas. . . . Ferretería Azúcar 181,794 Plata 158, 136 [El peso vale 77. 1 centavos oro de los Estados Unidos.] • En 1889 el valor de los principales artículos exportados fué como sigue: Café, $3,502,000; índigo, $1,205,000; azúcar, $200,000; plata, $171,000; tabaco, $150,000; y bálsamo del Perú, $74,000. En las tablas anteriores los valores correspondientes al año de 1889 se han expresado en números redondos. La tabla que aparece á continuación, extractada de las estadísticas de los Estados Unidos, dá á conocer el comercio del Salvador durante los últimos cinco años, que terminaron respectivamente el 30 de Junio. 1886. 1887. 1888. 1889. 1890. Importado en los Estados Unidos Exportado de los Estados Unidos Pesos. 1,261,275 470, 541 Pesos. 1,059,341 477, 175 Pesos. 1,473,430 645, 302 Pesos. 1,662,162 690, 884 Pe.sos. 1, 453, 958 886, 231 Los principales artículos importados en los Estados Unidos en 1890 fueron: Café, $1,305,894; azúcar, $69,846; índigo, $36,112. Las exportaciones para el Salvador durante el mismo año fueron: Harina, $208,312; géneros de algodón, $120,481; armas de fuego, $95,858; artefactos de hierro y acero, y otros, $130,341; madera labrada, $46,925; y materiales esplosivos, $41,052. Moneda., Pesos y Medidas. — El peso de 100 centavos es igual á 77.1 centavos en moneda de los Estados Unidos. Las monedas de Inglaterra, Francia, España, y los Estados Unidos, y particularmente los soles peruanos y chilenos circulan libremente en el país. Los pesos en uso son : la libra, el quintal, y la arroba ; la fanega es una medida de capacidad. La vara constituye la unidad de medida linear. OfOrff'&'^^flS" Edificio Dominicano en la Exposición de París. Santo Domingo. La República de Santo Domingo es una de las dos en que se encuentra dividida la isla que se llamó originalmente la Española y que después de la de Cuba es la mayor en tamaño de todas las Antillas. Iva otra República, que ocupa sólo una tercera parte de la isla, poco más ó menos, es la de Haití. Santo Domingo está situada entre los 68° y 75° de longitud oeste y á los 18° de latitud norte. Tiene por el norte al Océano Atlántico, por el este y el sur al Mar Caribe y por el oeste á Haití. La lengua que se habla en el país es la castellana y los habitantes son descen- dientes de los españoles, ó de raza africana, ó mestizos de blanco y negro, ó de blanco é indio. Poder Ejecutivo. — El Presidente es elegido por cuatro años por sufragio universal. Su Gabinete se compone de cinco Ministros que están respectivamente al frente de los departamentos del Interior y Policía, Hacienda y Comercio, Justicia é Instrucción pública, Guerra y' Marina, y Negocios extranjeros y Obras públicas. Cada una de las once provincias en que está dividida la República tiene un Gobernador nombrado por el Presidente. A la cabeza de cada uno de los distritos, cantones, etc. , en que las provincias se subdividen, hay un Prefecto ó subprefecto ó autoridad ejecutiva de otro título nombrado por el Gobernador. Los empleos municipales son de elección popular, y los extranjeros son elegibles para desem- peñarlos, en caso de que posean bienes raices. Poder Legislativo. — Este poder reside en una Asamblea ó Con- greso compuesto de 22 diputados elegidos por voto popular indi- recto. Poder Judicial. — Este poder reside en un Tribunal Supremo, que se compone de un Presidente y cinco Magistrados, nombrados todos 283 284 élios por el Congreso, y de un Fiscal ó Procurador general nombrado por él I'fésidente de la República. Todos estos funcionarios sirven por cuatro años. Lía República está dividida en once distritos judiciales, cada uno de los cuales tiene su propio tribunal. Los distritos están divididos y á la cabeza de cada subdivisión se encuentra un juez local. Superficie y Población.-^'L,-A. superficie es de 18,045 niillas cuadra- das inglesas, y la población, según el censo de 1888, sube á 416,871 habitantes. Santo Domingo, que es la capital de la República, tiene 25,000 habitantes, y Puerto Plata, que es el puerto principal, tiene 15,000. Ivas once provincias son : Santo Domingo. Azúa. Samaná. Santiago. El Seybo. Monte Cristi. La Vega. Puerto Plata. Macoris. Espaillat. Barahona. Religión. — La Católica Apostólica Romana es la única que reconoce el Estado, pero todas las demás son toleradas. Instrucción Pública. — La instrucción primaria es obligatoria, y el Gobierno y las corporaciones municipales proveen al sostenimiento de las escuelas, así primarias como técnicas. Hay también colegios de segunda enseñanza y escuelas normales. Existen en la Repú- blica como 300 escuelas, á que concurren 10,000 alumnos. En la capital y en otras ciudades hay sociedades literarias. Se publican en toda la República como 40 periódicos, los más de ellos diarios. Hacienda. — La principal fuente de ingresos para el Estado son los derechos de aduana. En 1889 los ingresos fueron $1,531,284 y los egresos $1,408,543. La deuda extranjera asciende á 714,300 libras esterlinas. Un nuevo empréstito de 770,000 libras esterlinas se ha contratado recientemente. Ejército y Armada. — El ejército es pequeño y está formado por tropas de infantería, caballería y artillería. La armada consiste en un buque de guerra. Recursos y Productos. — Los productos principales son el tabaco, el café, el cacao, el algodón y la caña de azúcar, cuyo cultivo está en aumento. Hay varios ingenios azucareros; los principales están cerca de la capital, de Macoris y de Azua. Santo Domingo es rico en minas, maderas de ebanistería y tinte, frutas tropicales y legum- bres. 285 Ferrocarriles y Telégrafos. — Se han concluido como 72 millas de un ferrocarril entre Sánchez, la Bahía de Samaná y Las Vegas ; se ha comenzado otro entre Puerto Plata y Santiago, y se proyecta uno más entre Barahona y Cerro de Sal. Bl interior del país tiene buenos caminos carreteros. El telégrafo está en manos de la Com- pañía Telegráfica de las Antillas. Hay una línea entre Santo Domingo y Puerto Plata. Hay comunicación por cable por medio de la Compañía Francesa del Telégrafo submarino, y el cable para la América del Sur atraviesa la isla. Hay comunicación por vapor con las demás Antillas, la Europa, la América del Norte y la del Sur. Existe en la capital comunicación telefónica. El número de cartas y bultos que pasaron por el correo en 1888 fué de 275,312. Comercio. — El comercio de Santo Domingo se hace principal- mente con los Estados Unidos, España, Inglaterra, Francia, las Antillas danesas y Alemania. Las exportaciones principales son el café, el cacao, el tabaco y la azúcar. Las importaciones principales son géneros de agodón, de hilo y de lana, ferretería, maquinaria, material de ferrocarriles, arroz, cereales, víveres en lata, etc. En 1888 sus importaciones fueron por valor de $1,992,884 y sus expor- taciones por valor de $2,520,983, lo que es menos que en el año de 1887, en que sus importaciones fueron de $2,056,928 y sus exporta- ciones de $2,660,471. En i889-'90 los Estados Unidos importaron de Santo Domingo por valor de $1,951,013 y exportaron para él $926,651 de mercancías nacionales. La tabla que se acompaña hace ver el comercio de Santo Domingo con los Estados Unidos, según los datos oficiales de estos, durante los últimos seis años fiscales. Importaciones de pro- ductos de Santo Do- mingo en los Estados Unidos Exportaciones de pro- ductos de los Estados Unidos para Santo Domingo 1885. Pesos. 1,461,419 962,438 1886. Pesos. 1,656,131 1,017,285 Pesos. 1,380,126 1,014,414 1888. 1889. Pesos. Pesos. 1,459,3921,454,261 792,5601,150,651 I 1890. Pesos. 1,951,013 926,651 286 Sus importaciones principales en los Estados Unidos fueron, en 1890: Azúcar, $1,715,364; cueros y pieles, $77,279; palos de tinte, $71,031, y café, $49,443- Las exportaciones de los Estados Unidos para Santo Domingo fue- ron en el mismo año, principalmente: Hierro y acero en bruto y manufacturado, $169,538; harina de trigo, $149,260; madera en bruto y labrada, $117,387; géneros de algodón, $66,525, y manteca, I49i235- Moneda^ Pesos y Medidas. — La moneda corriente es por lo gene- ral la de los Estados Unidos, España, México y Francia, aunque acaban de hacerse contratos para establecer una moneda corriente nacional. Se emplea el sistema métrico decimal francés. Eos antiguos pesos y medidas eran : el quintal, la arroba, etc. Edificio Uruguayo en la Exposición de París. U ruguay . La República oriental del Urug'uay está situada en la zona tem- plada de la América meridional. Confina por el norte y por el nor- deste con el Brasil, por el este con el Océano Atlántico, por el sur con el río de la Plata y por el oeste con la República Argentina, de la que la separa el río Uruguay. Se extiende de norte á sur entre los 30° 5' y los 35° de latitud sur; y de este á oeste entre los 53° y los 58° de longitud oeste. Hl territorio de la República es una vasta llanura con numerosas undulaciones; pero en su centro presenta una serie de pequeñas montañas, compuestas en su mayor parte de depósitos arcillosos ó masas de pizarra, gneis y granito. Las llanuras son de un terreno admirablemente adaptado para la agricultura, bañado y fertilizado por muchos ríos, generalmente navegables. Pero la mayor parte del terreno permanece sin cultivo de ninguna especie, y está dedicado casi por completo á la crianza del ganado caballar y vacuno, que se propaga en grandes cantidades. Poder Ejecutivo. — El Presidente de la República, cuyo período constitucional dura cuatro años, sin ser reelegible para el período inmediato, es elegido por un colegio electoral, que se compone de los Senadores y Diputados de la nación reunidos en un sólo cuerpo para ese objeto. Su Gabinete se compone de cinco Secretarios de Estado, cuyos respectivos departamentos se denominan de Gobierno, de Hacienda, de Guerra y Marina, de Relaciones exteriores, y de Justicia, Culto é Instrucción pública. Poder Legislativo. — El Congreso nacional, á que se dá el nombre de Asamblea General Legislativa, se compone de dos Cámaras, que son la de Senadores y la de Diputados, y se reúne anualmente el 15 de 287 288 Febrero, permaneciendo en sesión hasta el 15 de Jnlio, Tanto los Senadores como los Diputados son elegidos por el pueblo ; los Sena- dores en proporción de uno por cada departamento ; y los Diputados en proporción de uno por cada 3,000 de los habitantes, varones y adultos, que saben leer y escribir. Los Senadores sirven por seis años ; pero el Senado se renueva cada dos por terceras partes. Los Diputados sirven por tres años. Hay 19 Senadores y 52 Diputados. Poder Judicial. — Este poder reside en el Tribunal Superior de apelaciones, establecido en Montevideo y compuesto de seis Magis- trados. Está dispuesto que por encima de este tribunal haya otro Supremo, que se denominará la Alta Corte de Justicia ; pero en 1889 no estaba aún establecida. En primera instancia se administra justicia por diez y nueve juzga- dos departamentales, tres más' que se llaman de lo civil, y dos de comercio, dos del crimen y uno correccional. Superficie y Población. — La superficie del Uruguay, según el ana- rio oficial de aquella República correspondiente á 1889, es de 63, 330 millas cuadradas geográficas, de 60 al grado. La población en el mismo año era de 683,943 habitantes, distribuidos entre los diversos departamentos como sigue: Canelones 72,093 La Colonia 37, 344 Soriano 27,089 San José y Flores 38,435 La Florida 28,752 Eocha y Maldonado 36, 131 Cerro Largo, Minas, y Trein- ta y Tres 61,209 El Salto 31,600 Artigas 17, 652 Durazno 23, 696 Rio Negro y Paysandú 44, 587 Tacuarembó y Rivera 43, 306 Montevideo 222, 049 Total 683, 943 La población de las principales ciudades es como sigue: Montevideo 175, 000 Salto 10,000 Mercedes 5, 000 San José 5, 000 San Fructuoso 3,000 Colonia 2, 500 Paysandú 2, 388 Total 202, 887 Religión. — La religión del Estado es la Católica Apostólica Romana; pero se toleran los cultos disidentes del catolicismo. 289 Instrucción Pública. — La instrucción primaria es obligatoria. En el año de 1889 había 412 escuelas, á que concurrían 32,626 alumnos, de los cuales 18,038 eran varones y 14,688 niñas. Además de estas escuelas, que son públicas y están sostenidas por el Gobierno con un costo anual de $597,958.30, en 1889, hay otras muchas de empresa particular. En 1889 fueron estas 402, con 21,017 alumnos. Hay en la República una Universidad establecida en Montevideo, que se com- pone de cuatro escuelas : una de derecho y ciencias sociales, otra de medicina y ramas anexas, otra de matemáticas y ramas anexas, y otra de estudios preparatorios. El total de los estudiantes matriculados en las cuatro en 1889 fué 692. Existe igualmente en la República una Escuela Nacional de Artes y Oficios, con talleres de zapatería, carpintería, mueblería, herrería, talabartería, encuademación de libros, tipografía, litografía, foto- grafía, tornería, platería, etc. Su personal de maestros y emplea- dos llega á 56. El Colegio Militar, establecido en 1885, es un establecimiento de importancia, en que hay 16 profesores y 11 ayudantes, además del Director y del Subdirector. Además de estos establecimientos, hay escuelas normales, y semi- narios para el clero. La Escuela nacional de artes y oficios está organizada hasta cierto punto militarmente. Para ingresar en ella necesitan los aluxnnos haber cumplido 14 años de edad y comprometerse á permanecer 6 años en el establecimiento. Un cañonero llamado General Rivera^ que se dice ser muy fuerte y haber prestado muy buenos servicios para dominar una revolución, fué construido en esta Escuela. Hay en 'Montevideo una Biblioteca nacional, que contiene más de 20,000 volúmenes impresos y más de 2,300 manuscritos, un Museo nacional, que comprende los ramos de arqueología, numismática, historia natural en sus tres divisiones, y bellas artes, industria, etc. En 1889 este establecimiento fué visitado por 17,638 personas. Se publican en la República 99 periódicos de todas clases: 91 en castellano, 2 en inglés, 2 en italiano, 2 en portugués, i en francés, y I en alemán. Hacienda. — El presupuesto general de ingresos y egresos de la nación para el año económico de 1 889-' 90 fue como sigue: No. 2 19 290 Ingresos, $14,954,500, de los cuales corresponden $10,000,000 á lo recaudado en las aduanas. Egresos, $14,589,513, de los cuales se destina la cantidad de $6,009,231 á cubrir lo que se llama " obliga- ciones de la nación ' ' y consiste en intereses y amortización de diferentes deudas y empréstitos. El total de la deuda nacional en 31 de Diciembre de 1890 fué $81,279,752.50. Ejército y Armada. — El ejército nacional se compone de cuatro batallones de cazadores, cuatro regimientos de caballería, uno de artillería y además la guarnición del fuerte denominado ' ' General Artiguas" y la del Parque nacional; en todo, 21 gefes, 211 oficiales, y 3,200 soldados. Hay además la fuerza de policía y la milicia nacional. Ea armada se compone de tres cañoneros y cinco vapores de pequeñas dimensiones. Recursos y Productos. — Ea principal industria del Uruguay con- siste en la crianza del ganado, así vacuno, como lanar. Ea suavidad del clima y la abundancia de los pastos ayudan en tanto grado la reproducción que es muchas veces un problema difícil de resolver para el Uruguay, qué es lo que debe hacerse con el exceso de carneros y reses. Ea carne se ha exportado y exporta en grandes cantidades así en la forma de tasajo como conseirvada en hielo. Ea lana es un producto muy principal, -cuya ascendencia se calcula por año en 70,000,000 de libras, que representan un valor de $10,000,000. En 1888 se mataron 773,449 reses con el objeto de obtener los cueros, el sebo, etc. Ea carne se usa también para la preparación de extractos. El suelo es suceptible de un gran desenvolvimiento agrícola. Se cultivan el maíz, el tabaco, los olivos y la vid; pero la agricultura no pasa de ciertos límites. Hay minas de oro y plata y también de cobre y plomo, y can- teras de mármoles muy estimados, con más de 60 variedades de mármol fino. Ferro-carriles y Telégrafos. — En 1889 estaban abiertas al servicio público 445 millas de ferrocarriles, y 255 se hallaban en construc- ción. 291 Las principales líneas telegráficas abiertas al servicio público al fin de Junio de 1889 formaban un extensión de 2,234 millas con 55 estaciones. El movimiento del correo en el año de 1889 fue de 21,366,472 cartas y paquetes, de los cuales 5, 723, 739 fueron cartas franqueadas, 101,922 cartas sin franquear, 302,175 cartas y despachos oficiales, 206,122 cartas certificadas, y 63,481 tarjetas postales. El resto consistió en impresos, muestras, etc. Bancos. — Hay muchos Bancos y sociedades de crédito en la República de Uruguay. Las más notables de estas instituciones son el Banco Nacional del Uruguay, que tiene un capital de $12,000,000 y la Compañía Nacional de Crédito y Obras Públicas, que tiene un capital de $20,000,000. Hay otros veinticuatro Bancos, cuyos capi- tales reunidos llegan á $130,000,000. Comercio. — El comercio del Uruguay está casi enteramente monopolizado por la Europa. En Paysandú hay una casa de comer- cio americana, asociada con otras de Baltimore, que ha prosperado en los negocios, importando de los Estados Unidos, pino blanco y resinoso y el llamado pino-spruce, aceite de petróleo, resina de pino, arcos y duelas de barril, géneros de algodón, azúcar, so- gas, maquinaria para las fábricas y muchos otros artículos, proce- pentes en su mayor parte de Chicago. Los artículos del Uruguay que se exportan para los Estados Unidos consisten principalmente en huesos, huesos calcinados, cueros al pelo secos, y salados, pieles curtidas de becerro y otros animales, crin, de caballo, etc. La siguió ente tabla explica el valor de las exportaciones é importaciones por el espacio de 5 años desde 1884 hasta 1888 inclusive; Importaciones ílxportaciones 1884. Pesos. 24, 550, 000 24,759,480 1885. 25, 275, 476 25, 253, 000 1886. Pesos. 20,194,655 23,811,986 1887. Pesos. 24,616,000 18, 672, 000 Pesos. 29, 477, 448 28, 008, 254 En el año de 1889 la importación asgendió á $36,823,863 y la exportación á $25,954,107. 292 El comercio con los principales países con que el Uruguay man- tiene relaciones de tráfico, fue en números redondos, durante los años de 1888 y 1889, como sigue: Países. Gran Bretaña Francia Brasil Bélgica Estados Unidos Alemania República Argentina . Italia España Todos los demás países Total Importación. PfiSOS. 9, 526, 774 4,531,988 2,623,939 1,594,266 1,584,908 3, 042, 014 763, 347 2, 400, 466 2, 209, 030 1,200,716 29,477,448 Exportación. Pesos. 5, 088, 208 4, 557, 908 5, 432, 002 3, 429, 743 2, 326, 999 1,242,688 2, 056, 848 369, 081 230, 357 3,274,420 28,008,254 1889. Importación. Pesos. 10, 472, 000 5, 516, 000 2, 505, 000 1,626,000 3,412,000 3, 432, 000 1,450,000 3, 261, 000 2,615,000 2, 535, 000 36, 824, 000 Exportación. Pesos. 3, 552, 000 5, 224, 000 3, 295, 000 4,111,000 1,441,000 1,300,000 2, 290, 000 382, 000 367, 000 3, 992, 000 25, 954, 000 Ivos principales artículos de exportación en 1889 fueron: lana, por valor de ^9,150,000; cueros y pieles, por valor de $7,039,000; carnes, por valor de $3,826,000; sebo, etc., por valor de $1,926,000. La siguiente tabla muestra el valor de la importación anual de la República, á precio de aforo, para los años de 1887, 1888 y 1889, según el "Anuario Estadístico " del último año. Artículos principales. Bebidas , , Comestibles, cereales, espacies . . . Tabacos y cigarros Géneros de toda clase . . . , Ropa hecha y artículos confeccionados. , Materias para la industria, materiales y máqui Tías Varios artículos Total 1887. Pesos. 3, 950, 961 4, 384, 600 548, 958 4, 193, 033 1,572,619 4, 958, 425 5, 007, 848 24, 615, 944 Pesos. 4,054,777 4, 676, 863 530, 772 4, 896, 095 1,700,299 7,266,919 6, 351, 723 29,477,448 1889. Pesos. 4,945,814 8, 076, 686 585,369 4, 932, 201 1,742,814 8, 466, 058 8, 074, 921 36, 823, 863 293 lyas estadísticas oficiales de tres diferentes países que comercian con Uruguay dan los resultados que aparecen de la siguiente tabla: Exportación de mercaderías nacionales de los países que se mencionan destinadas al Uruguay. Artículos. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. Üe los Estados Unidos : Madera y artículos de id. Cereales Pesos. 560, 741 2,736 250, 113 77,611 157, 327 150, 300 26, 967 43, 002 332, 962 Pesos. 302, 163 2,756 189, 886 85, 110 51,652 77, 968 20, 833 54,227 325, 950 Pesos. 428,420 3,248 256, 089 151,161 45,171 188, 358 25, 653 26,290 269, 335 Pesos. 412, 754 2,033 241,276 143, 898 66, 788 112,932 40, 832 42, 900 274, 017 Pesos. 578, 360 283, 258 273,425 187,889 125 382 Aceites minerales (refi- nados) Hierro y acero y artícu- los de id Instrumentos de agricul- tura Géneros de algodón Productos químicos, dro- gas y tintes Provisiones, incluyendo carne y artículos de lechería 113,946 52,284 42, 521 370 31 ft Todos los demás artícu- los Total 1,601,759 1,110,545 1,393,725 1,337,430 2, 027, 383 Del Reino Unido : Géneros de algodón Hierro dulce y forjado . . Géneros de lana 1,924,063 1,419,728 923, 200 672, 214 238, 600 186,898 159,816 1,321,391 2,401,798 824, 283 839, 987 431,800 145,246 176, 766 116,742 1,168,247 3,497,583 1,114,385 1,097,337 594, 930 198, 300 185, 195 156,297 1,672,4.06 2, 349, 152 1,828,738 1,153,658 694, 620 288, 233 173,428 165, 646 1,968,464 2, 423, 556 2,451,082 1 250 107 Carbón de piedra y com- bustibles 1,530,018 566 300 Maquinaria Camisería, lencería Ferretería y cuchillería. . Todos los demás artículos 154, 073 163, 899 3,181,390 Total 6, 845, 910 6, 104, 869 8,516,433 8,621,939 11,720,425 De Francia : Vinos . Géneros de lana 1,274,531 251,429 116, 095 255,588 123, 664 115, 987 148, 948 1,109,665 1,627,356 230, 729 176,439 178, 343 138, 507 193, 504 372, 911 937, 907 1,512,560 291,854 211,449 198, 016 184, 656 190, 252 128, 509 991, 537 1,852,493 214, 652 223, 838 453, 548 324, 460 111,602 344, 553 1,127,916 1,916,988 420, 666 507, 697 744, 660 700, 669 280, 025 662, 150 1,665,516 Géneros de algodón Cueros y pieles curtidas y artículos de cuero Géneros de fantasía Ropa hecha Azúcar refino Todos los demás artículos Total 3, 395, 907 3, 855, 696 3, 708, 833 4, 653, 062 6, 898, 371 294 importación en los países que se expresan de mercancías nacionales procedentes del Uruguay. Artículos. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. En Ibs Estados Unidos: Cueros y pieles excepto las finas Pesos: . 2j 121, 518 411jl38 77; 986 123; 975 Pesos: 3;094j945 1; 336, 870 209, 629 284, 404 Pesos. 2,118,189 428; 319 106, 794 165, 459 Pesos: 2; 116; 142 385, 703 91,655 118, 021 Pesos. 1,908,012 Lana en btuto ....;; 832, 907 Pelo én bruto ;..... 106; 897 Todos los demás artículos 139; 148 Total 2, 734, 617 4, 925, 848 2, 818, 761 2,711,521 2, 986, 964 En el Reino Unido : Cueros al pelo 967, 042 370, 964 924, 893 136,432 189, 657 180, 134 53, 828 11,524 214, 841 502, 310 305, 071 381,052 182, 226 246, 984 90, 191 113,049 39, 273 155, 563 399, 309 146, 852 66, 540 97, 019 336, 673 61,245 109, 070 36, 187 150, 251 623,472 361,235 345,478 306, 117 222, 730 73, 041 26, 430 38, 806 232, 220 452, 059 328, 975 636, 932 Carnes (conservadas pero no saladas) Sebo y estearina Lana en bruto 139, 985 Pieles Huesos .... Crin de caballo 355, 517 51,716 64, 972 Guano 2,287 Todos los demás artículos 160, 066 Total 3, 049, 315 2,015,719 1,403,146 2, 229, 529 2, 192, 509 En Francia: Lana en bruto 2,676,113 2, 643, 144 867, 342 111,146 99, 669 588, 998 515, 832 2, 018, 639 2, 999, 826 302, 416 39, 524 92,486 408, 504 125, 648 2, 915, 933 1,198,431 247, 609 102, 934 54, 799 33, 840 130, 048 2, 999, 926 1,963,895 640, 075 48, 868 146, 703 15,492 208, 418 4, 888, 272 Cueros y pieles 2, 416, 570 Grasas de todas clases. . . Artículos de fantasía .... Huesos, pezuñas y cuer- nos ! 212 229 117^674 99, 535 Carnes de toda clase Todos los demás artículos 5,442 85, 325 Total 7, 502, 244 5, 987, 043 4, 683, 594 6, 023, 377 7, 825, 047 295 Estado demostrativo de la importación de articidos nacionales del Uruguay en loa cuatro países que se mencionan. Año termi- nado el óO de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Diciembre de 1887. En los Esta- dos Unidos. En el Reino Unido. En Francia. En España. Huesos, cuernos, pezuñas Pesos. Pesos. 74,584 Pesos. 37,425 5,746 5,288 102, 934 247, 609 Pesos. Cereales "18 Productos químicos, drogas y tintes Artículos de fantasía y plumas naturales 4,306 Grasa y estearina 207, 808 Guano y otros abonos 59,452 91,655 2, 116, 142 36, 187 106, 070 735, 882 146, 852 66,540 97, 019 139,912 Pelo 18, 180 1,198,432 33, 840 Cueros y pieles ■ 72, 838 Provisiones: Carnes preservadas 6, 545 Sebo Lana 385, 703 54, 245 2,915,933 118,207 Todos ]os demás artículos 7,941 Total .2,711,521 1,403,046 4, 683, 594 295, 132 Estado demostrativo de la exportación de artículos nacionales de los cuatro países que se expresan con destino al Uruguay. Año termi- nado el 30 de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Diciembre de 1887. Artículos principales. De los Esta- dos Unidos. Del Reino Unido. De Francia. De España. Instrumentos de agricultura Cereales Pesos. 66, 788 2, 033 40,, 832 Pesos. Pesos. Pesos. 31,043 90, 147 594, 930 3,497,583 80, 998 Productos químicos, drogas, tin- tes y medicinas Carbón de piedra 61,601 21,851 Géneros de algodón 112,932 4,861 17, 695 11,917 41.545 7; 690 143, 898 211,449 63,414 184, 657 24,223 1,612 29, 511 Artículos de barro, loza, porce- lana y vidrio Artículos de fantasía 42, 605 Pescado 348,461 Pólvora y materiales explosivos . . Hierro v acero y artículos de id . . . 1,503,515 Í44,Ó6Í 29é Estado demostrativo de la exportación de artículos nacionales de los cuatro paíseé que se expresan con destino al Uruguay — Continúa. Artículos principales. Año termi- nado el 30 de Junio de 1888. Año terminado el 31 de Diciembre de 1887; De los Esta- dos Unidos. Del Reino Unido. De Francia. De España. Goma elástica y artículos de id . . ñsos. 402 3,541 1,115 8,822 2,206 241,276 178 588 6,274 42,900 1,230 204 1,175 13, 241 830 (*) Pesos. 16,011 Pesos. Pesos; Joyería y artículos de oro y plata . 17,411 198, 016 Cueros y artículos de id 24, 848 Cal y cimiento Cervezas 15,845 Aceites: Minerales refinados Todos los otros 26, 840 36, 714 Pinturas v material para pintar . . 59, 702 37, 127 Papel y efectos de escritorio Provisiones, carne y productos de lechería 83, 989 33, 355 Géneros de seda Licores espirituosos 42,042 27,260 88, 054 128,599 345 " "Í96,'252' 1,512,560 46,751 291,854 406, 245 7, 059 5,683 Azúcar refino Tabaco en todos sus formas ' 30,' 776' 185, 195 Legumbres Artículos de vestir Vinos 1,348,822 Madera y artículos de id 412, 754 "i," 097 ,"337' 860, 873 Géneros de lana 31,598 Todos los demás artículos 144, 899 199, 244 Total 1,337,430 8,516,433 3, 708, 833 1 756. 442 * No se expresa. Moneda. — L^a unidad de moneda en el Uruguay es el peso de plata, que se divide en lOO centavos y es equivalente á $1.0353 de los Estados Unidos. Pesos y Medidas. — El sistema métrico decimal francés es el esta- blecido por la ley, pero apenas está en uso ; los antiguos pesos y medidas de España se conservan generalmente entre el pueblo y son la libra, la arroba, el quintal, la fanega, la vara y la legua, etc. Edificio Venezolano en la Exposición de París. i Venezuela. (Estados Unidos de Venezuela.) Venezuela está situada en la zona tórrida entre el paralelo que •marca i° 40' de latitud sur y el que señala 12° 26' de latitud norte. Su longitud, tomando por base el meridiano de Caracas, es 10° 20' este y 6° 25' oeste. Sus confines son: por el norte el Mar Caribe y el Océano Atlántico ; por el sur la República del Brasil y el territorio en disputa entre Colombia, Ecuador y Perú ; por el oeste Colombia, y por el este la Guayana inglesa. Poder Legislativo. — lya legislatura nacional consiste en un Senado y una Cámara de Diputados. El Senado se compone de tres Senadores por cada Estado, elegidos, respectivamente, por las legislaturas locales. La Cámara de Diputados se compone de Diputa- dos elegidos por el pueblo de los Estados, en la proporción de uno por cada grupo de 35,000 habitantes, ó fracción excedente de 15,000. Tanto los Senadores como los Diputados son elegidos por cuatro años, y los sustitutos ó suplentes que deben llenar sus puestos, si resultaren vacantes durante ese período, son elegidos en la misma época y de la misma manera. Poder Ejecutivo. — Cada dos años el Congreso elige de entre sus miembros un Consejo federal, compuesto de un Senador y un Dipu- tado por cada uno de los Estados, y de un Diputado por cada distrito federal, formando un total de 17 miembros. De entre ellos el Consejo federal elige el Presidente y Vicepresidente de la Re- pública. Estos funcionarios, lo mismo que los demás miembros del Consejo sirven por un período de dos años. Ni el Presidente ni los miembros del Consejo pueden ser reelegidos para continuar 297 298 por un segundo período. La mayor parte de los actos del ejecutivo deben ser sancionados por el Consejo federal. El Presidente tiene la facultad de nombrar los Ministros que forman el Gabinete, con que consulta las disposiciones que deben adoptarse, y por las que se hace solidariamente responsable. El Presidente puede, en casos dados, apelar á las legislaturas de los Estados, para que decidan sobre la constitucionalidad de los actos del Congreso nacional ; y si la mayoría de aquellas apoya su objeción, la Corte Suprema de- clarará en suspenso los actos cuestionables, hasta que se presente al Congreso en su próxima sesión un informe detallado de los hechos. Poder Judicial. — La justicia se administra por la Corte Suprema federal y la Suprema Corte de apelaciones, por varias Cortes de primera instancia, unas para lo criminal y otras para lo civil, y por los jueces de los distritos, villas ó municipios. La Suprema Corte federal consiste de tantos miembros como Estados hay en la Unión, y para su nombramiento se reúne el Congreso, el décimo quinto dia de sus sesiones ordinarias, y elige los que debe desempeñar el destino en propiedad, y sus suplentes, escogiéndolos de las listas que los representantes de cada Estado habrán hecho con ese objeto. SUPERFICIE Y POBLACIÓN. La República de Venezuela tiene una superficie de 1,552,741 kilómetros cuadrados, siendo así tres veces mas grande que Francia, ó Alemania, cinco veces mayor que Italia, y mas grande con excep- ción de Rusia que cualquiera otra de las naciones europeas. Tiene 1,500 millas de costa, en que se encuentran cinco golfos. Su territorio está dividido en tres secciones, á saber: la parte cultir vada, la de pastos y la montañosa. En la primera crecen bien y se cultivan el café, el cacao, la caña de azúcar, los plátanos, el algodón, el índigo, los cocos, el maíz, y todos los productos de la zona tórrida, y muchos de las templada, como arroz, trigo, cebada, etc. Las re- giones cultivadas son los valles, generalmente extensos, rodeados por altas montañas, y bien regados por caudalosos ríos. Las tierras destinadas á pastar ganados, ó sean los llanos, son vastas planicies cubiertas con gran variedad de yerba y atravesadas frecuentemente por diversos ríos, muchos de ellos navegables. La región montañosa 2&ÍJ está situada cerca del Orinoco, y contiene ricas minas de oro. En estos parages se propagan sin necesidad de cultivo el árbol de la goma elástica, la vainilla, la copaiba y otros productos vegetales de gran valor en los mercados extranjeros. La gran cordillera de los Andes, que tiene su origen en la parte occidental del Kstrecho de MagallaneSj después de recorrer la costa entera de la América del Sur, forma dos ramas que penetran en Venezuela, y con sus elevaciones suministran al pais una gran variedad de climas. En la extensa costa de Venezuela hay 50 ensenadas y 32 puertos, ademas de multitud de radas y lugares de anclage. Algunos de los puertos son suficientemente grandes para poder dar cabida á todos los barcos de Europa. El territorio de Venezuela está atravesado por 1,059 ^^^s, el mayor de los cuales es el Orinoco, que es también uno de los mas grandes del mundo, pues recorre 1,300 millas. Es navegable en casi toda su extensión, y su anchura en algunos lugares es de 12 millas. Su parte mas angosta se encuentra frente á Ciudad Bolívar, donde mide 3,000 pies, ósea una cuarte parte del término medio de su ancho. El Orinoco tiene muchos tributarios, que facilitan la navegación entre Venezuela y la República de Colombia, y un brazo suyo llamado el Casiquiare, lo une con el río Negro, gran tributario del Amazonas; de manera que desde la boca del Orinoco en el Atlántico existe una extensa via fluvial que cruza á Venezuela, Colombia, Ecuador, Bolivia, Perú, y se extiende hasta el Brasil. En Venezuela no hay más que dos estaciones, la de verano y la de invierno, ha. primera es la seca y la segunda la lluviosa. Durante todo el año los árboles se mantienen verdes y producen frutos. Es como si se dijera una primavera perpetua. El clima de Venezuela es variado. En la costa es cálido, pero nunca dejan de soplar frescas brisas; en las altiplanicies es fresco y delicioso; y en las montañas hay ciertos parajes cubiertos con nieves perpetuas. Aunque Venezuela está situada en los trópicos, la tem- peratura nunca se eleva tanto como en iguales latitudes en otras partes. En las costas el calor es por término medio de 80°, pero en el resto del país nunca excede de 71° Fahrenheit. Solo en algunas partes de la costa el clima no es sano; en general es inmejo- rable en todo lo demás. Venezuela es una de las Repúblicas más ricas de la América del Sud, y pocas le llevan ventajas en cuanto á recursos naturales y facilidades para desarrollarlos. Aunque su territorio está cruzado por tres diferentes cordilleras, su configuración presenta muchos medios prácticos de comunicación entre sus llanuras y valles. í^a principal riqueza de Venezuela consiste en su agricultura siendo el café y el cacao sus mas importantes productos. El valor anual de las exportaciones de café se calcula en $12,000,000, y el del cacao en mas de $3,000,000. La crianza de ganado constituye para Venezuela otra fuente de riqueza. Existen ahora en el país cerca de 11,000,000 de cabezas de ganado. Las exportaciones de cueros suben á $1,200,000 al año. La población de Venezuela es aproximadamente de 2,500,000 habitantes, de los cuales 326,000 son indios. Está dividida la Re- pública en 8 Estados (subdividido cada uno en secciones ó distritos) I Distrito federal, 8 Territorios, y 2 Colonias nacionales. La tabla siguiente dá á conocer su superficie y población en 1889: Área en millas inglesas cua- dradas. Población. Distrito federal . . 45 72,499 2,984 32, 243 25, 212 9,296 14,719 36, 212 88, 701 3,608 119, 780> 90, 928^ 166 81, 123 22, 564) 7, 046> 25, 347> 214 8 70,466 517, 508 Estados : Guzmán Blanco Carabobo . .... 170, 948 Berinudez 287, 979 Zamora 247, 502 Lara 254, 431 Los Andes 327, 798 Falcón 200, 898 Bolívar 58, 560 Territorios : Coajira 36, 551 Alto Orinoco Amazonas 38, 850 Colón 43 Yuruari .... 20, 510 Caura Incluida en Armisticio los Estados Delta inmediatos. Colonias : Guzmán Blanco 1,511 Bolívar , 830 Total 632, 695 2, 234, 385 301 Población de las principales ciudades y villas. Caracas 70,466 Valencia 38,654 ..Maracaibo 34, 284 Barquisiineto 31, 476 Tocuyo 15, 383 Maturín 14, 473 La Guayra 14, 000 Barcelona 12, 758 Cura 12, 198 Mérida 12,018 San Cristóbal 11, 903 Ciudad Bolívar , . . . 11, 686 Guanare 10, 880 San Carlos 10,420 Baúl 10,015 Cumaná 10, 000 Araure 10,000 San Francisco 9, 612 Puerto Cabello 8, 486 Angostura 8, 484 Nirgua 8,394 San Sebastián 7,790 Quibor 7,727 Nueva Barcelona 7, 647 Ocumare 7, 493 Cariaco 7, 000 Aragua 6, 523 San Felipe 6, 350 Tunaco 6, 257 Carora 6,000 Calabozo 5, 618 En Venezuela abundan las minas de oro, cobre, hierro, plomo, azogue, carbón de piedra, petróleo, asfalto, y otros minerales. La mano del hombre casi no ha tocado la mas pequeña parte de esas grandes riquezas. Solo se trabajan actualmente en la Guayana al- gunas minas de oro, pertenecientes á compañías extranjeras. Las de cobre en Tucabas son propiedad de una compañía inglesa; las de carbón de Naricual pertenecen á la familia del ex- Presidente J. G. Monagas, y las de cobre de Carúpano, las trabaja una compañía americana. Las minas de oro en Yuruary, en la Guayana, se men- cionan entre las más ricas del mundo. Puede decirse que ahora principian á explotarse, y sin embargo el producto anual de ellas monta á $11,000,000. Instrucción Pública. — La nación sostiene 1,346 escuelas públicas, y hay además escuelaslprivadas y colegios nacionales, universidades, y escuelas de artes y oficios. La proporción de los que asisten á las escuelas en Venezuela es de 46 por cada 1,000 habitantes. Feí'-rocarriles. — Hay ya varias líneas concluidas y otras en que actualmente se trabaja activamente por compañías inglesas, ameri- canas y alemanas. Entre estas se encuentran el ferrocarril cen= tral, que unirá á Caracas con la capital del Estado de Carabobo, y tendrá una longitud de 240 kilómetros; el gran ferrocarril de Vene- zuela, también de 240 kilómetros, que sale de Caracas y termina en la ciudad de San Carlos, en los llanos. Una compañía ameri- cana se ha hecho cargo de construir un ferrocarril de cable entre 302 Caracas y el puerto de La Guaira, atravesando el Monte Avila por medio de un túnel. Venezuela tiene además buen servicio telegrá- fico y telefónico, y por el cable está en comunicación directa con Europa y los Estados Unidos. Venezuela ha llegado al período de paz inquebrantable y prove- chosa que asegura el goce completo de todas las libertades, y prin- cipia por lo tanto á atraer á su suelo la corriente de industriosos inmigrantes, á quienes el Gobierno dá toda clase de protección. La agricultura, la ganadería, las minas y el comercio no solo atraen trabajadores, sino también grandes capitales, entre los cuales figu- ran los pertenecientes á algunas compañías americanas. Los ex- tranjeros son bien recibidos y tratados en Venezuela. Las mayores fortunas son generalmente las acumuladas por los extranjeros. Monedas.— 1^3. ley de acuñación que está en vigor es la de Mayo 6 de 1887. Según ella la unidad monetaria de la República es el bolívar, acuñado bajo las mismas bases que el franco ó la peseta ; su valor en moneda de los Estados Unidos es de 15.4 centavos. Las monedas de oro son de 100, 50, 20, 10 y 5 bolívares respectivamente; las monedas de plata son de 5, 2, i y Yz bolívares, y la de 20 centa- vos. Las monedas de oro extranjeras son siempre codiciadas y se aceptan en las transacciones comerciales del modo siguiente: la mo- neda de oro de los Estados Unidos de $20 vale 104 bolívares, y la libra esterlina inglesa 25.25 bolívares. No hay papel moneda na- cional, pero existen tres Bancos que gozan del privilegio de emitir billetes de banco. Pesos y Medidas. — Las que se usan son la libra, la arroba de 25 libras, el quintal de 4 arrobas, pero las medidas legales son las del sistema métrico decimal francés, COMERCIO. Comercio con los Estados Unidos. — Venezuela es una de las Re- públicas de Sud América que en los últimos diez años ha aumentado más sus relaciones comerciales con los Estados Unidos. En 1880 los productos de Venezuela exportados á los Estados Unidos ascen- dieron á. $6,040,000, mientras que los artículos que se recibieron en cambio tenían un valor de $2,270,000. En 1889 sus exportaciones á los Estados Unidos subieron á más de 1 10, 000, 000. Las nierc^- 303 derías que les ciimpró en el mismo período representan un valor mayor de $5,000,000, siendo esto más que lo que vende ó compra anualmente de Inglaterra, Alemania, Francia y otras naciones de Europa. Las comunicaciones directas por vapor que existen entre Venezuela y los Estados Unidos han influido en este resultado y las amistosas relaciones, que se estrechan más y más cada dia, entre las dos Repúblicas, eficazmente contribuyen al desarrollo progresivo de su mutuo comercio. El comercio de Venezuela en 1887 Y ^^^^ se dividió entre los principales países del modo siguiente: Valor, en bolívares, de las importaciones y exportaciones de Venezuela en su comer- cio con los países nombrados á continuación, en los años que se expresan. Países. Gran Bretaña . Francia Alemania . . . . España Holanda . . . . , Bélgica Italia Estados Uni- dos Colombia México Uruguay Guayana in- glesa . Bolívares. 17, 744, 480 13, 059, 364 10,331,279 1,343,358 475, 721 71,197 506, 042 24, 862, 879 2, 435, 868 Antillas espa- ñolas Antillas ho- landesas. . . . Antillas in- glesas Antillas fran- cesas Antillas dane- sas Suiza ... . Ecuador Total. 1887. Importa- ciones. 55,491 2,980 207, 034 558, 234 1,534,047 2,121 1,780 73,191,! Exportaciones Bolwares. 3, 805, 444 15, 407, 084 11,233,298 167, 809 1,215,588 32, 962 37, 888, 648 48,' 707 -16,445,723 86, 245, 264 Importa- ciones. Bolívares 23,510,113 13,651,777 13, 460, 390 1,821,256 811,677 182,610 251,770 19, 743, 824 4,345,477 3,785 178, 622 942, 639 1,052,842 2,500 4,000 78, 963, 288 Exporta- ciones. Bolívares. 3,318,615 15,209,809 10, 046, 886 218,641 299, 693 226, 054 45,615,499 4, 125 46, 753 9,426,546 84,412,624 1889. Importa- ciones. Bolívares. (*) (*) (*) (*) ■ (*) (*) (*) 18, 500, 000 -(*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) Exporta ciones. Bolívares. (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) 51,950,000 (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) 97,271,306 * No hay datos. 304 Productos nacionales exportados de los siguientes países. Artículos principales. 1885. 1886. 1887. 1888. 1889. De los Estados Unidos: Harina de trigo .... Manteca Artefactos de algo- dón Artefactos de hierro y acero Pesos. 616, 348 420, 353 315, 343 277, 108 93, 068 80, 909 80, 539 1,109,300 Pesos. 602, 567 385, 343 370, 998 290, 779 83, 524 66, 458 64,616 831,203 Pesos. 573, 219 422, 991 602, 131 259, 861 118, 553 86, 576 70, 539 693, 140 Pesos. 599, 221 407, 830 498, 610 404, 802 114, 095 88, 926 74,385 820, 567 Pesos. 791,007 477, 136 467, 141 442,450 137, 265 121,849 Drogas, tintas y sus- tancias químicas, etc Aceites minerales refinados Mantequilla 109,440 1,157,417 Todos los demás ar- tículos Total 2, 992, 968 2,695,488 2,827,010 3, 008, 336 3, 703, 705 Del Reino Unido de la Gran Bretaña: Algodones 832, 570 176, 883 99, 160 111,799 93, 992 56, 339 33, 807 238, 828 1,297,355 214,978 81,421 110, 748 115,360 63, 683 32,080 -878,611 2, 386, 381 248, 956 183, 808 207, 799 143,459 132, 325 58, 885 432, 880 1,532,077 246, 882 140, 744 137,415 130, 675 84, 674 68, 983 488,259 2, 107, 920 Hierro forjado y sin forjar 371,002 Géneros de lana Géneros de lino Maquinaria de todas clases 202,816 198,885 113, 297 Artefactos de cáña- mo 133, 897 Ferretería y cuchi- Ueria 71,289 Todos los demás ar- tículos c. 623,200 Total 1, 643, 878 2, 194, 236 3, 794, 493 2,829,709 8, 822, 266 De Francia: Vino Mercería 138, 581 58, 647 49, 598 46, 949 79, 546 16,498 15, 015 273, 607 116,790 41,058 36, 534 34,044 45, 052 30, 671 14, 693 273, 471 158, 399 101,604 97, 992 94,415 69, 570 47, 007 41,626 345, 292 170,818 29, 560 50, 162 28,508 64, 598 34,277 32, 767 299, 926 275, 622 78,217 Ropa hecha 47, 545 Géiieros de algodón . . Pescado, conservado en aceite 93,225 130,899 79, 100 Aceites Géneros de lana Todos los demás ar- tículos 146, 191 554, 041 Total 678, 441 595, 313 955, 905 710, 616 1,404,840 305 Exportación de los prmcipáles artículos para ios países que se expresan. Artículos principales. 1885. 1886. 1887.. 1888. 1889. Páralos Estados Unidos: Café Pesos. 4, 670, 888 1,191,190 118,316 72, 662 112,568 143, 956 Pesos. 4,208,480 1,292,794 102, 515 53, 169 32, 661 102, 002 Pesos. 6, 770, 168 1,151,937 79,110 82, 237 56, 395 121,389 Pesos. 8, 863, 599 907, ?35 100, 089 27, 850 63, 975 87, 902 Pesos. 9,138,951 Cueros y pieles, ex- cepto las finas Cacao 861,882 138, 758 Sustancias químicas, drogas, tintas, etc. . Guano 94,511 71,690 Todos los demás ar- tículos 86, 782 Total 6, 809, 580 5,791,621 8,261,236 10,051,250 10, 392, 569 Para el Reino Unido de la Gran Bretaña: Cobre Sustancias tintóreas. Maderas de tinte Cacao 935, 779 54,611 52, 326 19, 899 39, 107 535, 738 53, 998 52, 184 14, 147 48, 947 383,431 64, 651 63,211 22, 089 38, 825 1,152,022 74, 292 38, 348 18, 785 30, 357 1,224,334 43, 059 27, 359 12,317 Todos los demás ar- tículos 78, 258 Total 1,101,722 705, 014 572, 207 1,313,804 1,385,327 Para Francia: Café 2,117,437 1, 095, 287 129, 777 58, 906 99,014' 2, 565, 664 1,016,773 88,487 7,080 65,629 4, 870, 997 1,398,201 124, 239 27, 986 25, 097 2,424,417 1,694,729 43, 653 21,939 52, 004 5,828,910 Cacao Madera bruta Divi-divi para curtir. Todos los demás ar- tículos 788, 187 52, 326 55,460 96, 371 Total 8,500,421 6, 743, 633 5, 946, 520 4,236,742 6,821,254 306 IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES POR PAÍSES Y ARTÍCULOS. Las tablas siguientes dan á conocer las importaciones y exporta- ciones de Venezuela durante los años de i886-'87 y iBSy-'SS, por países y artículos principales, y los derechos cobrados. I. — Por países. Principales países. 1886-^87. 1887-^88. Derechos recaudados sobre las im- portaciones. 1886-'87. 1887-^88. Gran Bretaña : Importaciones de la. Exportaciones ala. . Estados Unidos : Importaciones de los Exportaciones á los . Francia : Importaciones de . . . Exportaciones á Alemania: Importaciones de . . . Exportaciones á. . . . España: Importaciones de . . . Exportaciones á Holanda : Importaciones de . . . Exportaciones á . . . . Bélgica: Importaciones de. . . Italia: Importaciones de. . Exportaciones á . . . . Colombia : Importaciones de. . Exportaciones á Pesos. 3,548,896.09 761,088.88 4, 972, 575. 90 7, 577, 729. 66 2,611,872.91 3,081,416.90 2, 066, 255. 89 2,246,659.68 268,671.71 33,561.00 95, 144. 28 243, 117. 60 14, 239. 50 101,208.00 6,592.40 487, 173. 69 Pesos. 4, 702, 022. 76 663, 723. 19 3, 948, 764. 95 9,123,099.98 2, 530, 355. 57 3,041,961.98 2, 692, 078. 12 2,009,377.22 364,251.30 43, 728. 00 162, 335. 51 59, 938. 60 36, 522. 11 50, 354. 00 45,210.80 869,095.49 825. 00 434, 820. 87 1,885,309.25 Pesos. 1,340,642.29 Pesos. 1,981,203.92 1,583,234.84 1,582,582.12 520,670.43 769, 228. 96 837, 794. 58 1,119,669.16 104,646.04 157,109.54 32, 179. 85 56,087.92 4, 357. 38 10, 773. 80 13,726.42 3,841.12 111,027.69 171,380.76 Antillas : Importaciones de las Exportaciones á las . 460, 643. 39 3,289,144.60 92, 589. 55 90, 005. 34 Total de impor- taciones . 14, 638, 376. 05 1.^.792 6.57.71 Total de expor- taciones 18,128,099.76 18,042,025.71 1 Total de dere- chos 4,640,691.96 5,945,763.56 1 1 i 307 II. — Por artículos. EXPORTACIONES. Artículos principales. Algodón Vejigas de pescado -, Cacao Café Cobi'e Cueros Pieles de venado Pieles de cabra Divi-divi Madera Maderas de tinte Oro Vainilla Artículos varios Ganado Oro y plata acuñada Joyas y piedras preciosas . . . . Total de exportaciones 6-^87. Pesos. 3, 102. 20 14, 058. 00 2,499,275.84 10,655,431.44 289, 595. 60 706,421.29 41,463.16 352, 213. 57 60, 762. 21 45,065.48 97,751.70 2, 237, 756. 33 79, 636. 60 166,519.48 254, 602. 00 617, 487. 23 6, 957. 60 18,128,099.76 1887-'88. Pesos. 8,465.40 12, 237. 00 2, 297, 350. 85 12, 083, 479. 81 180,949.20 569. 464. 07 49, 673. 81 405. 184. 08 94, 736. 36 57, 305. 28 69,287.96 819, 095. 06 9, 148. 00 226,147.93 330, 382. 00 814, 547. 87 14, 570. 80 18,042,025.71 Importaciones de artículos de Venezuela en los países que se nombran. Artículos. Sustancias químicas, drogas y tintas , Cacao Café Mineral de cobre Algodón en rama Guano Cueros y pieles Madera y artefactos de madera Todos los demás artículos Total Oro y plata acuñada y en pasta . Año que ter- minó en Junio 30 de 1888. En los Estados Unidos. Pesos. 27, 850 100, 689 8, 863, 599 63, 975 907, 335 31,655 56, 247 10,051,250 170,525 Año que terminó en Diciembre 31 de 1887. En el Reino Unido déla Gran Bretaña. Pesos. 127, 862 22, 089 10,497 383, 432 28, 327 572, 207 En Francia. Pesos. 32, 509 1, 398, 201 4, 370, 979 2,697 124, 239 17, 895 5, 946, 250 En España. Pesos. 9,357 797,404 15,484 822, 245 308 Exportaciones con destino d Venezuela hechas por los siguientes países, por artículos. Artículos. Año que ter- minó en Junio 30 de 1888. De los Estados Unidos. Año que terminó en Di- ciembre 31 de 1887. Del Reino Uni- do de la Gran Bretaña. De Francia. Harinas Carruages, carros y carretas •. Sustancias químicas, drogas, tintas y medicinas Carbón de piedra ^ Géneros de algodón , Artículos de barro, china y cristal Artículos de f antasía Lino, cáñamo, etc. , y artefactos de , Pescado Frutas Pólvora y otros materiales explosivoa Hierro y acero y ai'tef actos de Joyería y artefactos de oro y plata Cuero y artefactos de id Cervezas Aceites : Minerales refinados Todos los demás Papel y efectos de escritorio Provisiones (carnes y productos de lechería) . . Seda y artículos de Bebidas alcohólicas Tabaco y artículos de id Legumbres, incluyendo encurtidos Artículos de uso personal Vinos Madera y artefactos de id Géneros de lana Todos los demás artículos > Total de productos nacionales Oro y plata acuñada y en pasta Peses. 668, 766 33, 644 114, 095 15, 557 498, 610 15,161 10, 955 95, 095 34, 541 11,569 4,939 404, 402 16, 300 12, 282 18, 396 88, 926 16,321 17,915 554,653 1,728 50 78,413 16, 631 (*) 2,808 72, 763 3.579 211,227 3, 008, 336 804. 384 Pesos. 77, 650 14,118 36, 377 2, 386, 380 340, 125 500, 841 39, 638 183, 808 215, 556 3,794,493 Pesos. 57, 583 94,415 14,871 111,704 992 69, 570 22, 978 19,181 8,288 92, 202 47, 007 11,490 8,486 97, 992 158, 399 7,971 41,626 91,150 955, 905 * Suma DO especificada. 309 Estado én que se da á óonócer él valor de los produótos de Venezuela que han sido importados en los Estados Unidos, durante el año que terminó en Junio 30 de 1890, y el cálcido aproximado de Id cantidad dé derechos cobrados. Artículos. LIBRES DE DERECHOS, Toda clase de animales (excepto reses , caballos y carneros) . . . Artículos producidos ó fabricados en los Estados Unidos, que fueron devueltos , Asfalto ó betún crudo , Libros, mapas, grabados y otros impresos Sustancias químicas, drogas y tintas Cortezas: Cinchona ú otras empleadas para extraer quinina Maderas de tinte (excepto palo de Campeche) Toda clase de gomas (excepto goma arábiga, alcanfor, gutagamba y goma laca) Otras sustancias químicas, etc Cacao crudo, cascaras y hojas de Café Algodón en rama Abonos, guano . . . Fibras Frutas y nueces: Cocos , Pieles de abrigo no preparadas Cueros y pieles, excepto las de abrigo: Pieles de cabra Todas las demás Artículos de casa, efectos personales, etc., de extranjeros y ciudadanos de los Estados Unidos, que mueren en el exterior Hule y gutapercha, cruda Madera sin labrar Todos los demás artículos libres . Total de lo importado libre. SUJETOS AL PAGO DE DERECHOS. Toda clase de animales (excepto reses, caballos y carneros) . . Libros, mapas, grabados y otros impresos Bronce y artefactos de Sustancias químicas, drogas, tintas y medicinas: Todas las demás Cobre: lingotes, barras, tejos, y de cualquier otro modo, no labrado. Cobre viejo Artículos de fantasía: Plumas, ornamentos naturales Lino, henequén, cáñamo, etc., artefactos de id Frutas, incluyendo nueces Frutas conservadas Toda clase de nueces (excepto almendras) Toda clase de artefactos de hierro y acero Joyería y artefactos de oro y plata Metales, etc., artefactos de bronce Valores. Pesos. 10 7,667 30 16 6,480 8,995 31 106, 509 191,550 9, 662, 207 82 65,470 325 4, 785 60 270, 274 542, 073 209 47, 132 31,523 15, 342 10, 960, 770 45 3 3 109 116 1,646 7 51 31 38 10 15 Cálculo de derechos co- brados. Pesos. 9.00 .75 1.35 38.15 65.08 411.50 2.45 17.85 15. 50 17.10 2.50 6.75 310 Estado en que se da á conocer él valor de los productos de Venezuela que han sido importados en los Estados Unidos, durante el año que terminó en Junio 30 de 1890, y el cálculo aproximado de la cantidad de derechos cobrados — Continúa. Artículos. SUJETOS AL PAGO DE DERECHOS — continúa. Instrumentos músicos y sus piezas Provisiones, etc. : Carnes preparadas, de todas clases, y ex- tractos de carne Seda, y géneros de seda, en piezas, y en forma de vestidos. Bebidas espirituosas de toda clase (excepto brandy) Azúcar, etc., de caña y otras, que no pasen del No. 13 del tipo holandés Vinos: No efervescentes, en botellas Madera labrada de todas clases Todos los demás artículos sujetos á derechos; por ejemplo, chocolate Total de lo sujeto á derechos Total de lo libre de derechos Total de las importaciones de Venezuela Valores. Pesos. 38 19 6 37 5 8 77 3,731 Calcula dé derechos cobrados. 5,995 10, 960, 770 10, 966, 765 Pesos. 9.50 4.75 3.00 62.00 3.00 3.20 26.95 192. 38 892.76 Productos nacionales de los Estados Unidos exportados á Venezuela durante el año que terminó en Junio 30 de 1890. Artículos. Instrumentos de agricultura Animales: Caballos número. Todos los demás, y aves Obras de arte: pinturas y estatuas Mesas de billar y accesorios Libros, mapas, grabados y otros impresos Bronce y artefactos de Cereales: Pan y biscochos libras. . Maíz bushels . . Harina de maíz barriles. . Avena bushels. . Trigo do Harina barriles. . Todos los demás cereales y preparaciones usa- das como alimento Esparto para hacer escobas Escobas y cepillos Velas libras. Carruages y carros de ferro-carril urbano y piezas de que se componen Cantidades. 23 557, 964 240, 488 257 3,366 1,799 173, 759 105, 563 Valores. Pesos. 10, 500 1,144 45, 370 129, 132 699 1,240 1,993 807, 642 41,152 Total. Pesos. 1,234 11,644 4,643 4,024 13,343 28, 661 , 027, 228 2,267 2,436 10, 125 22, 896 sil Productos nacionales de los Estados Unidos exportados d Venezuela durante el año que terminó en Junio 30 de 1890 — Continúa. Artículos. Carros de ferro-carril para pasajeros y carga . . Sustancias químicas, drogas, tintas y medicinas: Medicinas de patente Todas las demias , ^ Relojes de mesa y de bolsillo: Relojes de mesa y sus piezas . . . Relojes de bolsillo y sus piezas . Carbón de piedra: Antracita toneladas. Bituminoso do. . . Cobre y artefactos de Géneros de algodón: Géneros de colores varas. Géneros blancos do. . . Artículos de uso personal Todos los demás Artículos de loza barro, piedra y china Artículos de fantasía: Perfumería y cosméticos Juguetes Todo lo demás Pescado: Seco, ahumado, ó curado — Bacalao, incluyendo merluza, blino y caloce libras . Arenques Salmón, en latas libras . Pescado en latas, además de salmón Ostras Otros mariscos Todos los demás Géneros de lino, henequén, y cáñamo: Cordelería libras. Hilo de cáñamo Todo lo demás Frutas, incluyendo nueces: Manzanas, verdes ó maduras. . . .barriles. Fi'utas conservadas — En latas Otras ' Todas las demás frutas, verdes, maduras ó secas Nueces Cantidades. 693 6,188 4,041,280 1,631,426 302, 257 48, 371 45, 041 1, 105, 827 1,681 Valores. Pesos. 67, 000 87, 757 7,759 18, 621 2,551 25, 885 269, 880 140, 165 3,834 15,215 5,417 1,555 15, 852 14,039 1,146 6,876 5,388 3,819 1,307 1.887 124, 199 8,588 6,098 5,650 4,826 1,725 6,168 609 Total. PesoÉ. 7,490 154, 757 26, 880 28,436 6,494 429, 094 1,835 22,824 33,913 138, 835 18,478 312 Productos nacionales de los Estados Unidos exportados á Venezuela durante el año que terminó en Junio 30 de 1890 — Continúa. Artículos. Materiales explosivos Lúpulo libras. . Goma elástica, gutapercha y artículos de: Botas y zapatos pares . . Todo lo demás Cantidades. Instrumentos y aparatos científicos, incluyen- do los telegráficos, telefónicos y otros eléc- tricos ■ . . Hierro y acero y a]-tef actos de: Fundición Cuchillería , Armas de fuego , Cerraduras, bisagi'as, y ferretería usada para la fabricación de casas , Maquinaria no epecificada Clavos y espigas: Cortados libras . . En alambre, forjado, en herraduras, y otros, incluyendo tachuelas Planchas y láminas libi-as . . Imprentas y partes de Sierras y sus útiles Romanas y balanzas Máquinas de coser, y sus piezas Máquinas de vapor, y sus piezas: Liocomotoras número. , Máquinas de vapor estacionarias . .do. . . Calderas y sus piezas Estufas y fogones, y sus piezas Alambre libras . . Todo lo demás Joyería y artefactos de oro y^ plata Lámparas, candelabros, y demás invenciones para alumbrado Plomo y artefactos de Cuero curtido y artefactos de: Charol Suelas libras. . Cuero en las demás formas Botas y zapatos pares . . Arneses y sillas de montar Todo los demás artículos de cuero Cerveza embotellada docena . Mármol y otras piedras: En bruto Pizarra para techos Todo las demás piedras 9,923 1,631 79,451 93, 532 108, 623 1,863,627 8,914 200 4,498 Valores. Pesos. 613 8,213 2,066 7,278 12, 386 14,434 95,269 2,230 8,113 4,900 11.368 59, 080 16,779 62, 828 4,000 3,456 14. 210 2,048 68,483 172, 119 4,380 2,041 2,275 213 7,935 2,690 5,008 575 9,536 313 Productos nacionales de los Estados Unidos exportados á Venezuela durante el año que terminó en Junio 30 de 1890 — Continúa. Artículos. Cantidades. Valores. Total. Instrumentos músicos: Órganos Pianos Todos los demás, y sus piezas. . .número. . ....do.... 14 10 Pesos. 1,857 3,837 1,073 Pesos. .barriles. . ....do.... ...do ... . . .libras. . ....do.... galones. . do galones . . inaria galones . . do 7,840 332 12 40, 010 113,818 3,547 4,293 973, 130 10, 652 2,746 8,631 6, 767 21,516 2,133 Provisiones navales: Pez Alquitrán Aguarrás y brea 20, 470 1,020 26 Estopa para calafatear Residuo de aceite de linaza 1,366 Aceites: Animal — Manteca Otros 2,079 1,189 3,268 114,191 Mineral, refinado y preparado- Para alumbrado Para lubrificar y parafina ord 109, 261 4,930 Vegetales — De semillas de algodón De linaza Volátiles ó esenciales 1,511 5,551 1, 58 5,962 Todos los demás 14, 182 13,009 Pinturas y colores Papel y artefactos de: Papel para entapizar 1,562 3, 576 17, 609 Papel de escribir y sobres Todos los demás 22, 747 11 874 Artículos plateados Provisiones, incluyendo carnes y productos de lechería: Carne de vaca, en latas libras. . Id. vaca, salada ó conservada do. . . . Sebo do Tocino do. . . . Jamones do. . . . Puerco, conservado do Manteca do Todos las demás carnes 15, 580 41,430 54, 571 18, 254 528, 990 53,410 5, 797, 620 1,409 2,331 3,228 1,373 74, 643 3,352 447, 540 8,173 94, 642 2,239 914 Productos de lechería — Mantequilla Queso Leche . . libras . . ....do.... 656, 597 16, 282 . . .libras. . 11,117 639, 844 712 Arroz Semillas 818 t^oductos nacionales de los Estados Unidos exportados á Venezuela durante ev año que terminó en Junio 30 de 1890 — Continúa. Artículos. Cantidades. Valores. Total. Géneros de seda . . ... Pesos. Pesos. 1,703 Jabón: Para el tocador .... ....... 1»653 719 Todos los demás libras. . 18,278 609 10, 085 3,151 2,371 989 Espíritus galones de prueba. . Aguarrás galones. . 5,065 Almidón libras . . 160 Útiles de escritorio, excepto papel 5,640 Azúcar: Azúcar refino libras. . Dulces y confituras 1,455 121 17, 073 17, 194 4,020 Hoja de lata y artefactos de Tabaco: En rama libras. . Labrado 121,859 19, 101 54, 174 73,275 1,849 Baúles, valijas, y sacos de viaje Barniz galones . . Legumbres: Frijoles y guisantes bushels. . Cebollas ... .do. . . . Papas , . .do. . . . Legumbres en latas 3,317 13,791 2, 554 20, 782 3, 514 32,645 2,795 14, 909 2,053 878 Todas las demás, incluyendo los encurtidos . 53,280 4,230 Vinos Madera y artefactos de: Tablas y tablones M pies. . Duelas 3,399 869 529 618 60, 187 869 529 8,626 2,433 55,815 414 9,646. Toda otra clase de madera Madera aserrada M pies. . Id. en trozas y otras formas Muebles Artículos de madera Todos los demás 586 138, 519 Géneros de lana: Alfombras varas . . Ai'tículos de uso personal 350 1,094 669 Todo los demás Todos los artículos no citados antes. . . . 2,113 44, 657 Valor total de las exportaciones de pro- ductos nacionales 3, 984, 280 Reciprocidad Comercial con el Brasil. documentos relativos al arreglo de reciprocidad co- mercial celebrado entre los estados unidos de amé- rica y los estados unidos del brasil el 31 de enero de 1891 y proclamado el 5 de febrero del mismo año. Proclama del Presidente de los Estados Unidos de América. Por cuanto en cumplimiento de lo dispuesto en la sección 3^^ de la ley votada por el Congreso y aprobada el 1° de Octubre de 1890, que tiene por título ' ' Ley destinada á disminuir las rentas públicas, y á igualar los derechos de importación, y á otros objetos," el Secre- tario de Estado de los Estados Unidos de América comunicó al Gobierno de los Estados Unidos del Brasil lo que el Congreso de los primeros, con el objeto de obtener reciprocidad comercial, había determinado, y le informó que los artículos mencionados en dicha sección 3'', á saber, las azúcares, las mieles, el café, y los cueros, quedan libres de derechos de importación en los Estados Unidos de América. Y por cuanto el Enviado Extraordinario y Ministro Plenipo- tenciario del Brasil en Washington comunicó, en respuesta al Secretario de Estado, que en debida reciprocidad á aquella medida, y en consideración á que los artículos enumerados en dicha sección 3'' de la ley citada se admiten libres de derechos en los Estados Unidos de América, el Gobierno del Brasil había decretado, que á partir desde el 1° de Abril de 1891, se admitan también libres de derechos, tanto nacionales, como de Estado, ó municipales, en todos los 315 su puertos del Brasil habilitados para el comercio extranjero, los J artículos que expresa la siguiente lista, con tal que sean producidos ó fabricados en los Estados Unidos de América, á saber : LISTA DE LOS ARTÍCULOS QUE SE ADMITIRÁN EN EL BRASIL LIBRES DE DERECHOS. Trigo en grano. Harina de trigo. Maíz, y sus manufacturas, incluyendo la harina de maíz y la maizena. Centeno, harina de centeno, trigo morisco, harina de trigo morisco, y cebada. Papas, frijoles y chícharos. Heno y avena. Carne de puerco salada, incluyendo la carne de puerco en sal- muera y el tocino, pero nó los jamones. Pescado, salado, seco, ó en salmuera. Aceite de semilla de algodón. Carbón de piedra, antracita, y bituminoso. Brea, alquitrán, pez, y trementina. Herramienta, instrumentos y máquinas para la agricultura. Herramientas, instrumentos y máquinas para la minería y la mecánica, incluyendo las máquinas de vapor fijas y portátiles, y todas las máquinas para las fábricas y la industria, excepto las máquinas de coser. Instrumentos y libros para las artes y ciencias. Material de ferro-carriles. Y en consideración á que el Gobierno del Brasil también ha de- cretado que se admitan en todos los puertos habilitados de aquel país, con una rebaja de veinte y cinco por ciento de los derechos que impone el arancel vigente, ó que se impongan en lo futuro, sean nacionales, de Estado, ó municipales, los artículos enumerados en la siguiente lista, con tal que sean producidos ó fabricados en los Estados Unidos de América, á saber : 317 LISTA DE LOS artículos QUE SE ADMITIRÁN EN EL BRASIL CON LA REBAJA DE UN VEINTE Y CINCO POR CIENTO DE DERECHOS. Manteca, y sustancias que la sustituyen. Jamones. Mantequilla y queso. Carnes, pescado, frutas y legumbres, en latas y conservadas. Manufacturas de algodón, incluyendo ropas de algodón. Manufacturas de hierro y acero, solo, ó mezclado, no incluidas en la lista de artículos exentos de derechos. Cuero Y manufacturas de cuero, excepto el calzado. Tablazón, madera y manufacturas de madera, incluyendo tonele- ría, muebles de todas clases, carretones, carros y carruages. Manufacturas de goma elástica. Y en consideración á que el Gobierno del Brasil ha proveído, además, lo necesario para que las leyes y reglamentos que dicte con el objeto de proteger la renta, é impedir fraudes en la declaración y prueba de que los artículos de las dos listas anteriores son pro- ducidos ó fabricados en los Estados Unidos de América, no hagan sufrir al importador de los mismos ninguna restricción indebida, ni recarguen con gastos adicionales, ó gabelas, ú honorarios, los artícu- los importados : Y por cuanto el Secretario de Estado, por orden mía, ha asegurado al Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario del Brasil en Washington, que la exención y rebaja de derechos, decretadas en favor de los artículos producidos y fabricados de los Estados Unidos de América, se aceptan como debida reciprocidad á lo que determinó el Congreso en la sección 3'' de la ley antes citada : Por tanto^ yo, Benjamín Harrison, Presidente de los Estados Unidos de América, hago públicas,hansidola presente proclama, las modificaciones que quedan expuestas y han sido hechas al arancel de aduanas del Brasil, á fin de que lleguen al conocimiento de todos los ciudadanos de los Estados Unidos de América. En cuyo testimonio, así lo firmo, y autorizo con el sello de los Estados Unidos. Dado en la ciudad de Washington hoy cinco de Febrero de mil 318 ochocientos noventa y uno, el ciento decimoquinto de la Indepen- dencia de los Estados Unidos de América. [l. s.] benjamín HARRISON. Por el Presidente. El Secretario de Estado, James G. Blaine. DECRETO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL BRASIL. El Mariscal Manoel Deodoro da Fonseca, Gefe del Gobierno Pro- visional constituido por el ejército y armada, en nombre de la nación, considerando que el dicho Gobierno y el de los Estados Unidos de América, en virtud de acuerdo celebrado el 31 de Enero de 1891, entre sus respectivos plenipotenciarios, Salvador de Men- donga y James G. Blaine, estipularon la concesión de favores recí- procos á algunos de los productos de sus respectivos países, decreta: Artículo i. Desde el i" de Abril del corriente año, en adelante, y en conformidad con el acuerdo antedicho, gozarán de exención de derechos de importación en el Brasil los siguientes artículos ameri- canos : Trigo en grano. Harina de trigo. Maíz, y manufacturas de maíz, incluyendo la harina de maíz, y la maizena. Centeno y harina de centeno, trigo morisco, y cebada. . Papas, frijoles y chícharos. Heno y avena. Carne de puerco salada, incluyendo la carne de puerco en sal- muera, y el tocino, excepto los jamones. Pescado salado, seco, ó en almuera. Aceite de semillas de algodón. Carbón de piedra, antracita y bituminoso. Brea, alquitrán, pez, y trementina. Herramientas, instrumentos y máquinas para la agricultura. Herramientas, instrumentos y máquinas para la minería, y para •la mecánica, incluyendo las máquinas de vapor, fijas y portátiles, y todas las máquinas para las fábricas y la industria, excepto las máquinas de coser. 319 Instrumentos y libros para las artes y ciencias. Material de caminos de hierro. Artículo 2. Desde el i" de Abril del corriente año, en adelante, gozarán de una rebaja de veinte y cinco por ciento de los derechos de importación en el Brasil, los siguientes artículos americanos : Manteca y las sustancias que la sustituyen. Jamones. Mantequilla y queso. Carnes, pescados, frutas y legumbres en latas, ó conservadas. Manufacturas de algodón, incluyendo ropas de algodón. Manufacturas de hierro y acero, solo, ó mezclado, que no estén inclusas en la antecedente lista de artículos libres de derechos. Cuero y manufacturas de cuero, excepto el calzado. Tablazón, madera y manufacturas de madera, incluyendo tone- lería, muebles de todas clases, carros, carretones y carruages. Manufacturas de goma elástica. Articulo 3. Quedan revocadas las disposiciones en contrario. El Ministro de Hacienda cuidará de la ejecución de este decreto. Sala de las sesiones del Gobierno Provisional de los Estados Uni- dos del Brasil, Febrero 5 de 1891, el 3" de la República. MANOEL DEODORO DA FONSECA, T. DE APENCAR ARARIPE. Exposición Universal Colombina. Con autorización del Congreso de los Estados Unidos se celebrará en Chicago, en el Estado de Illinois, de los Estados Unidos de América, entre el i° de Mayo de 1893, que será el diade la apertura, y el 31 de Octubre del mismo año en que quedará terminada, una Exposición universal de las artes, industria, manufacturas y produc- tos de tierra y mar de las naciones del globo. La localidad escogida para este objeto es el parque denominado de Jackson, situado en la orilla del Lago de Michigan, cerca del límite meridional de la ciudad, y abundante en bellezas naturales y ventajas de todas clases. La construcción de los edificios de la Exposición adelanta rápidamente. JEFES Y EMPLEADOS SUPERIORES. Director-General: El Sr. George R. Davis, de Illinois. Presidente de la Comisión nacional: El Sr. Thomas W. Palmer, de Michigan. Secretario de la misma: El Sr. John T. Dickinson, de Texas. Presidente de la Exposición Universal Colombina: El Sr. William T. Baker^ de Illinois. Secretario de la misma: El Sr. Benjamín Butterworth, de Ohio. Presidente de la Junta de Señoras directoras : La Sra. Potter Palmer. Secretaria de la misma: La Sra. Susan Gale Cooke, de Kentucky. Comisión de lo que se exhiba del extrangero : Presidente, El Sr. M. A. Ryerson ; vocales, Los Sres. N. H. Higinbotham, James "W. Ellsworth, T. J. Lefens, H. H, KOHLSATT. La siguiente es la proclama del Presidente de los Estados Unidos: PROCLAMA DEL PRESIDENTE. Por cuanto se me han dado pruebas satisfactorias de qne se ha proveído lo necc sario para conseguir terrenos, edificios, y lo demás que se requiere para celebrar la Exposición Universal Colombina, y que se cuenta con una suma que no baja de 110,000,000, para atender á los costos de dicha Exposición, como se exigió entre 330 321 otras cosas por el artículo 10 de la ley aprobada el 25 de Abril de 1 890, y titulada : " Ley para proveer á la celebración del cuadricentésimo aniversario del descubri- miento de América por Cristóbal Colón, celebrando una Exposición internacional de artes, industrias, manufacturas y productos de mar y tierra del mundo, en la ciudad de Chicago, del Estado de Illinois." Por tanto, yo, Benjamín Harrison, Presidente de los Estados Unidos, en uso de la autorización que me confiere la expresada ley, declaro y proclamo por la presente, que la citada Exposición se abrirá el primero de Mayo de 1893, en la antedicha ciudad de Chicago, y continuará abierta hasta el último jueves de Octubre del mismo año, en que será terminada. Y en nombre del Gobierno y del pueblo de los Estados Unidos, invito por la presente á todas las naciones de la tierra á que tomen parte en la conmemoración de un acontecimiento que ocupa tan preeminente lugar en la historia, y fue de tanta importancia para el mundo, y envien á la Exposi- ción Universal Colombina personas adecuadas que las representen respectivamente, y también aquellas muestras de sus industrias y productos que estimen mas apro- pósito para dar á conocer sus recursos y sus progresos en la civilización. En cuyo testimonio firmo la presente y la autorizo con el sello de los Estados Unidos. Dado en la ciudad de Washington, á veinte y cuatro de Diciembre de mil ochocientos noventa, el 1° ciento décimo quinto de la Independencia de los Estados Unidos. [l. s.] Benj. Harrison. Por el Presidente. James G. Blaine, El Secretario de Estado. El Departamento de la América latina quedó organizado, bajo la dirección del Sr. William E. Curtis, con oficina abierta en la casa numero 2, Lafayette Square, de la ciudad de Washington, D. C. Por medio del dicho departamento se han enviado á México y todos los demás países de Centro y Sud América, y á las Antillas, los comisionados que á continuación se expresan : México : El Sr. Asher C. Baker, Teniente de marina de los Estados Unidos. El Sr. Henry C. Payne, Comisionado comercial. Al primero puede escribírsele, diri- giendo las comunicaciones ' ' al cuidado de la Legación de los Estados Unidos en México,'' y al segundo enviándolas " al cuidado de Robert C. Baker, 6 ^alle Ángel, ciudad de México." Guatemala, Salvador, Nicaragua y Costa Rica : El Sr. George P. Scriven, Tenien- te de marina de los Estados Unidos. Puede escribírsele ' ' al cuidado de la Lega- pión de los Estados Unidos en la ciudad de Guatemala. " Honduras, Honduras británica, y Reino de Mosquitia : El Sr. Gilbert P. Cotton, Capitán de Ejército de los Estados Unidos. Puede escribírsele "al cuidado del Cónsul de los Estados Unidos en Tegucigalpa, Honduras," No. 3—- 21 322 Colombia : El Sr. Eclmund W. P. Smith, Cónsul General de los Estados Unidos en Bogotá, Colombia. El Sr. Henry R. Lemly, Teniente de Ejército de los Estados Unidos. Puede escribírsele á este último ' ' al cuidado de la Legación de los Esta- dos Unidos en Bogotá Colombia." Venezuela, las Guayanas, Trinidad y Barbada : El Sr. Roger Welles, jr. , Alférez de marina de los Estados Unidos. Puede escribírsele "al cuidado de la Legación de los Estados Unidos en Caracas, Venezuela." Ecuador : El Sr. Willard P. Tisdel. Se le puede escribir enviando las comunica- ciones " al cuidado del Cónsul de los Estados Unidos en Guayaquil, Ecuador." Perú y Bolivia : El Sr. W. E. Safford, Teniente de marina de los Estados Unidos. Puede escribírsele "al cuidado de la Legación de los Estados Unidos en Lima, Perú." Chile : El Sr. Charles W. Harlow, Teniente de marina de los Estados Unidos. Puede escribírsele " al cuidado de la Legación de los Estados Unidos en Santiago, Chile." República Argentina, Paraguay y Uruguay : El Sr. D. N. Bertolette, Médico de marina de los Estados Unidos. Puede escribírsele "al cuidado de la Legación de los Estados Unidos en Buenos Aires, República Argentina." El Sr. Willard P. Tis- del. Pueden mandársele las cartas "al cuidado de la Legación de los Estados Unidos en Buenos Aires, República Argentina." Brasil : El Sr. Alexander Rogers, Capitán de Ejército de los Estados Unidos. Puede escribírsele " al cuidado de la Legación de los Estados Unidos en Rio Janeiro, Brasil." El Sr. Frank E. Sawyer, Teniente de marina de los Estados Unidos. Puede escribírsele " al cuidado del Cónsul de los Estados Unidos, en Para, Brasil." Cuba, Jamaica, Puerto Rico, Haití, Santo Domingo y las demás Antillas : El Sr. Frederick A. Ober. Puede escribírsele "al cuidado del Cónsul General de los Estados Unidos en la Habana, Cuba." CLASIFICACIÓN PARA EL DEPARTMENTO LATINO-AMERICANO. Gbüpo No. 1. PERÍODO DEL DESCUBRIMIENTO. A. Conocimientos geográficos y ciencia náutica en tiempo de Colón. — (1) Mapas y cartas geográficas. (2) Instrumentos náuticos y astronómicos. (3) Modelos de barcos de aquella época. (4) Todo lo relativo á descubrimientos hechos en América con anterioridad al de Colón. B. Corté de Fernando é Isabel.— {V) Retratos, autógrafos, y objetos pertenecientes á los principales personages que auxiliaron á Colón. (2) Libros, manuscritos, é im- presos, mapas, cartas geográficas, armaduras, y armas de aquel tiempo. C. Asuntos relacionados con la vida de Colón. — (1) Modelo de la casa en que se dice que nació el descubridor. (2) Retratos de Colón* y sus asociados. Retratos de * Se ha asegurado con confianza que no existen retratos auténticos de Colón; pero debe hacerse una colección de los que se dan por tales. 323 loe miembros sti familia. (3) Fotografías de la Universidad de Pavía, en que Colón estudió astronomía, náutica j navegación. (4) Un cuadro ó pintura que represente la Conferencia de Salamanca. (5) Modelos y fotografías del Convento de La Rábida. (6) Modelos de la carabela " Santa María," en que Colón iba embarcado, y de las otras dos, "La Pinta" y " La Niña," con figuras representando á los tripulantes con los trajes del tiempo. Facsímiles de cartas geográficas, instrumentos náuticos, armas de los oficiales y tripulación, etc. Ejemplares del "Imago Mundi" y de los otros libros, que formaban la biblioteca del buque de Colón en su primer viaje, que hoy se encuentran en la del Cabildo de la Catedral de Sevilla. Colección de los artícu- los que usó Colón para sus trueques con los indios: cascabeles, cuentas, monedas, metales, cuchillos, telas de color, yelmos de cobre, cruces, espejos y clavos. (7) Es- cena de la recepción que se hizo á Colón en la corte de Fernando é Isabel, al regre- sar de su primer viaje (Barcelona, Marzo de 1493). (8) Otras escenas y sucesos de la vida de Colón. (9) Representación de la escena del huevo. (10) Cuadro de Colón, regresando de su tercer viaje, aprisionado con grillos. (11) Escenas de los últimos días de Colón. (12) Fotografías, ó modelo, de la casa de Valladolid, en que Colón murió, y recuerdos diversos de aquel lugar. (13) Fotografías y modelos del ataúd, de Colón; monumentos y estatuas erigidas á su memoria. Las tumbas de sus hijos. D. Recuerdos de Colón y su familia. — (1) Armaduras, equipos, cartas autógrafas, oi'iginales ó en facsímile, y colección de las j)rimeras publicaciones respecto al des- cubrimiento ; mapas, cartas geográficas, etc. (2) Recuerdos de Américo Vespucio, los Cabots, y otros primitivos descubridores y viajeros. (3) Copias ó facsímiles de los mapas y libros en que aparece por vez primera el nombre de "América." De- mostración del motivo que hubo para que se adoptase este nombre, pai'a la designa- ción del Nuevo Mundo. E. Viajes de Colón. — (1) Fotografías de Palos, en Andalucía, tomadas desde la rada, cerca de la cual se dio á la vela Colón en su primer viaje de descubrimiento (Agosto 3 de 1492). (2) Carta náutica, demostrativa aproximadamente del curso de aquella navegación, marcando de una manera conspicua la posición de Guanahani, Salvador, ó Isla de Watlings.* (3) Modelos en relieve de las Antillas, marcando los derroteros de los diversos viajes hechos por Colón. (4) Vistas fotográficas de las primeras islas que visitó. (5) Grabados antiguos ilustrativos del estado en que encontró á los indios. (6) Fotografías y modelos de bulto de los Caribes de raza pura. (7) Fotografías y modelos de bulto de lo que queda en las Antillas del tiempo de Colón. Modelos de ruinas de las ciudades y fortalezas de su tiempo. Grupo No. 2. PERÍODO DE LA CONQUISTA. 1.— Época de la Conquista de México. A. Civilización de los Aztecas. — (1) Figuras de 'bulto de los indios mexicanos re- presentados con sus trajes, según los encontraron los conquistadores. (2) Modelos de sus casas, templos y palacios. Palacios de México, Tezcuco y la isla de Cozamel. * Es cuestionable, y probablemente lo sei-á siempre, cuál es el verdadero lugar en que Colón puso pié en tierra por primera vez en el Nuevo Mundo. 324 1(3) Artes é industrias. Trabajos de metal : oro, plata y bronce, al fuego y á mar- 'tillo, instrumentos de piedra y bronce, adornos de metal y de chalchüiuitl verde; tejidos, trabajos de plumas ; cerámica. (4) Métodos y productos agrícolas ; plantas alimenticias y de usos domésticos, pulque. (5) Escritura simbólica mexicana. (6) Religión. Piedras para los sacrificios ; ceremonias religiosas, funerales, etc. ídolos mexicanos. (7) Organización política y militar. (8) Armas y armaduras. Arcos y flechas, lanzas, macanas con púas de pedernal, armaduras de metal, ó de algodón acolchado, escudos y yelmos. (9) Modelos y fotografías de las antiguas fortifica- ciones mexicanas. (10) Civilización prehistórica de Yucatán, Nicaragua, Honduras, y otros países de la América Central, con modelos y restos de las ciudades mayas, templos antiguos, esculturas en piedra y vasos de barro, etc. - B. Los conquistadores. — (1) Modelos de los barcos en que Cortés se dio á la vela. (2) Armas, armaduras y equipos de los conquistadores, con figuras de bulto, en el traje del tiempo. (3) Retratos, pinturas, grabados, mapas, manuscritos, é impresos relativos á la conquista de México. Retratos de Doña Marina, y sus hijos. (4) Ma- pas y cartas de marear del período de la conquista, dando á conocer los adelantos hechos en la geografía después del descubrimiento del Nuevo Mundo. (5) Objetos que pertenecieron á Cortés. [Su espada y armadura se encuentran hoy en la Armería Real de Madrid ; su bandera está en el Museo Nacional de la ciudad de México, y en esta reposan también sus restos.] ll.^Época de la Conquista del Perú. A. Civilización de los Incas. — (1) Modelos y fotografías de los antiguos monu- mentos arquitectónicos del Perú. (2) Los caminos, tambos y puentes de los Incas. (3) Sistema de irrigación en el antiguo Perú. (4) Muestras de las artes peruanas: (a) Trabajos de metal; adornos y utensilios de oro y plata; objetos de cobre é instru- mentos cortantes hechos con este metal y templados hasta un grado de dureza admirable. (&) Alfarería; vasos y orzas, (c) Adornos de estuco, (d) Tejidos y quipus, (e) Plantas útiles, medicinales y narcóticas. (5) Trajes, armaduras, armas, instrumentos, utensilios, y demás objetos ilustrativos de las costumbres, modo de vivir, religión, etc., de los antiguos peruanos. (6) Momias; modo de celebrarlos funerales. (7) Reti-atos, cuadros, grabados, mapas, manuscritos, é impresos relati- vos á la conquista del Perú. B. Asuntos relativos á Bizarro y sus compañeros. — (1) Retrato de Pizarro en el palacio de los vireyes en Lima y demás cosas que de él se conserven. (2) Armadu- ras, armas,* eqiiipos, banderas, etc. (3) Tumba de Pizarro. Está enterrado en la Iglesia de Santa María de la Concepción. La estatua que está en un nicho, lo representa con su armadura y arrodillado, y el yelmo que tiene en frente, se dice ser el misino que usaba. *Su espada se encuentra en la Armería Real de Madrid. La vaina es de acero. El estandarte de Pizarro, que se asegura haber sido bordado por la Reina Isabel, fue regalado al General Bolívar des- pués de la independencia del Perú, en 1821. Fue dividido en dos mitades; una se conserva en Bogotá, Colombia, y la otra en Caracas, Venezuela. 325 ilí. — Época de la Concilista en otras partes de América. A. Restos de la civilización de los aborígenes. — (1) Colecciones demostrativas del estado en que vivían los naturales de otras partes de Centro y Sud América. (2) Objetos que pertenecieron á los descubridores y primeros viajeros. (3) Mapas, car- tas geográficas, manuscritos, é impresos de todas clases, ilustrativos del progreso de la civilización y de los adelantos hechos en la geografía. (4) Colecciones de anti- güedades del Brasil, Chile, la República Argentina, Colombia, Venezuela y otros países. Grupo No. 3. PERÍODO COLONIAL. Época de los Vireyes españoles. — (1) Colecciones demostrativas del progreso del continente del sur desde el tiempo de la Conquista hasta la época de la Revolución. (2) Retratos de los vireyes, eclesiásticos prominentes, y demás celebridades de aque- lla época. (3) Ilustraciones del tratamiento de las tribus indias por los españoles, bajo el régimen de los vireyes. (4) Retratos de Las Casas, "el Apóstol de las Indias," y de otras personas distinguidas, y objetos que se conserven de ellos. (5) Recuerdos de la Inquisición en Sud América. Época de la Revolución. — (1) Ilustraciones y recuerdos de las principales insurrec- ciones de los pueblos latino-americanos. (2) Retratos de Bolívar, Miranda, Lord Cochrane, O'Higgins, el General San Martín, y otros grandes libertadores, y objetos que de ellos se conserven. (3) Cuadros y papeles históricos referentes á las revolu- ciones, y los originales ó facsímiles de las declaraciones de independencia de las diferentes Repúblicas. (4) Armas y equipos militares de aquel tiempo. (5) Objetos que se conserven pertenecientes ó concernientes á la guerra de la independencia. (6) Colecciones de papeles, cuadros, y objetos que den á conocer la contienda que resultó en la separación de las colonias de la Corona de España. Grupo No. 4. PERÍODO ACTUAL. A. El hombre y sus habitaciones. — (1) Fotografías y modelos de bulto, repi-esen- tando los caracteres distintivos de las distintas razas y tribus, desde el Rio Grande hasta el Cabo de Hornos, incluyendo desde los peones de México hasta los indios de la Tierra del Fuego. (2) Sus habitaciones, manera de construirlas, y materiales usa- dos. Fotografías de estancias, quintas y ranchos. Hospitales y edificios públicos. (3) Trajes y ornamentos, joyas, gorros, sombreros, rebozos, velos, cinturones, ban- das, zapatos, sandalias, etc. lUustraciones del modo de cuidar los niños. (4) Equi- pos ecuestres; monturas, riendas, espuelas, sacos para forrage, cinchas, pistoleras, etc. (5) Armas de todas clases; armaduras, petos, arpones, lanzas, arcos, flechas, machetes, yelmos; cañones, pi'oyectiles, dardos y tubos usados por los indios, en la guerra, ó en la caza. Ilustraciones de los métodos adoptados para defenderse. (6) Instrumentos y utensilios domésticos, de cocina y de cualquier otro género. Vasijas usadas para transportar y guardar el agua. Arreglo y adorno interior de 326 las habitaciones. Muestras de muebles hechos con maderas del país. Muestras de trabajos embutidos. Esteras, cortinas y canastos, ó su representación en fotografía. (7) Trajes usados en las ceremonias púbücas, actos religiosos, procesiones, fiestas, funerales, matrimonios y bautismos, y los usados para los bailes nacionales. Trajes guerreros y ornamentos de cabeza usados por los indios. Vestuarios y ornamentos distintivos usados por las mujeres para indicar su posición social ó distinguir su casta. Máscaras y trajes de fantasía. (8) Objetos de interés, no especificados, que se refieran al modo de vivir del pueblo, su manera de comer, dormir, trabajar y divertirse. Sus juegos nacionales, muestras de los artículos usados para el caso. La manera de disponer de los muertos. Tumbas y monumentos levantados en su memoria. B. El hombre y sus ocupaciones. (1) Sustancias empleadas como alimento, y métodos empleados para su prepara- ción. (3) Colección de cereales, frutos, y legumbres ; trigo, maíz, ñames, etc. (o) Métodos para arar, fertilizar, y ]3reparar el terreno, cultivar las plantas y recoger las cosechas y guardarlas. Sistemas de riego y rotación de cultivos. (4) Café: métodos de cultivar y curar el café; maquinaria usada para descasca- rar, secar, limpiar y clasificar el grano; aparatos usados para prepararlo como bebida. Muesti as de café en sus varios estados. Plantas vivas. (5) Azúcar: métodos empleados para hacer la azúcar, por los sistemas antiguos y modernos. Fabricación de las mieles. Modelos de las máquinas modernas emplea- das en la fabricación, y de los antiguos trapiches movidos por caballos ó bueyes. Muestras de azúcar en sus diferentes estados. (6) Chocolate: colección de granos de cacao, y del fruto en que se encuentran; árboles vivos; métodos empleados para hacer el chocolate. Sistemas usados para extraer, secar, clasificar y dar color á los granos, manera de prepararlos para su exportación á los diferentes mercados. Fotografías de los árboles de sombra nece- sarios para asegurar la cosecha de cacao. Muestras de chocolate. (7) Coca: métodos de cultivar, recojer, y curarlas hojas. Manera de usarla. Las varias preparaciones de coca, ya en forma de vinos, cordiales, elixires, etc. Mate- rias usadas por los indios en la preparación de las hojas que usan para mascar. Bolsas usados por ellos para llevarla en los largos viajes. (8) Yerba mate: métodos de recoger y preparar la yerba mate ó té del Paraguay; y las diferentes clases de copas, jicaras, calabazas, etc. , usadas para bebería. Méto- dos usados para preparar la guaraná, aguardiente, chicha, y otras bebidas. (9) Chinchona : métodos de recoger, secar y preparar la corteza de la cinchona. Muestras de cortezas de los árboles pertenecientes á la familia de la cinchona, según se las prepara para la exportación. Muestras de quinina. (10) Colección de plantas medicinales, cortezas, raices, gomas, semillas, y flores, con sus nombres vulgares y científicos. Explicación de los métodos usados para su aplicación y preparación ; enfermedades en que se aplican, y consejas ó supersti- ciones que con su uso se relacionan. (11) Colecciones de fibras y plantas fibrosas, preparadas y sin preparar ; la ma- nera de prepararlas ; aplicaciones que se les dan ; muestras de sombreros, hamacas, cigarreras, etc. 327 (12) Maderas : colecciones de maderas tintorias y para curtir, maderas de cons- trucción y de ebanistería. (13) Método de recoger la goma elástica y beneficiarla. Muestras completas de las varias clases y calidades de goma elástica. Sustancias empleadas para coagular el hule. C. — Artes mecánicas. (1) Oficios : ilustraciones de los principales oficios ejercidos en cada país, y mues- tras de su grado de perfección. (2) Materias primas y manufacturas ; noticias acerca de la procedencia nacional, ó extranjera, de las materias primas empleadas. (3) Trabajos de metal y de cuero, é instrumentos para ejecutarlos. (4) Tejidos : muestras de las materias primas empleadas en su fabricación, hilos, tintes, etc. Muestras de los diferentes tejidos. Modelos de husos, telares, etc. (5) Loza : muestras de loza antigua y moderna, explicando sus varias formas y clases, y sus diversos usos. (6) Libros y documentos, mapas, grabados, litografías, etc. , ilustrando los pro- gresos alcanzados en el arte de imprimir. (7) Caza y pesca : métodos de pescar ; arpones y flechas ; anzuelos, señuelos, y aparatos diversos, carnada natural y artificial, redes, canastos, y botes. Trampas para coger animales, riñes, garrotes, lazos, bolas, flechas y arcos, y toda clase de instrumentos de caza. (8) Literatura, música, artes, periódicos ; mapas ; cartas geográficas ; grabados ; dibujos de pluma. (9) Instrumentos músicos de toda clase. Música impresa ó escrita, himnos y mar- chas nacionales de cada país, cantos guerreros de los naturales. (10) M^^estras de pinturas y esculturas ; esculturas en madera y marfil, fabrica, ción de encajes y bordados, esmaltes, ti'abajos embtitidos, y muestras de toda clase de trabajo artístico. (11) Diversiones públicas y privadas. Fotografías de fiestas, y juegos ; reuniones públicas. Muestras de muñecas y juguetes usados por los niños. Juegos de azar. Monedas y medallas, antiguas y modernas. Artículos que circulan como dinero. (13) Banderas y estandartes, especialmente los que contengan algún interés his- tórico. D. — Instrucción pública y Religión. (1) Modelos de escuelas, colecciones de libros de texto y demás objetos que den á conocer el sistema de enseñanza de cada país. (2) Estadísticas referentes á las facilidades que en materia de instrucción pública posee cada país, y el progreso que se hace respecto de los indios. (3) Iglesias : modelos, y fotografías del interior de las catedrales é iglesias, santua- rios, capillas, efigies, monumentos, altares, fuentes bautismales, vasos sagrados, vestiduras eclesiásticas, pinturas y muestras ó reproducciones de campanas, libros antiguos, inscripciones murales, donaciones de los penitentes, reliquias históricas, etc. Estandartes que se usan en las procesiones, sillas, palios, etc. , para las ceremo- nias y celebraciones religiosas. Facsímiles de inscripciones en tablas conmemorati- vas, ó en las tumbas de las iglesias. (4) Música sagrada, misales, cantos é himnos, misas (antiguas y modernas), etc. 328 E. — Medios he trasporte, (1) Muestrasdecarretas tiradas por bueyes, y otros vehículos; sillas de mano; foto- grafías de los cargadores del país, y de las arrias que conducen los diferentes pro- ductos; llamas y otras bestias de carga. (2) Caminos y puentes: fotografías y modelos de puentes, antiguos y modernos. (3) Navegación: muestras de canoas, balsas, piraguas, bongos, etc. (4) Mapas y modelos de ferro-carriles, explicación de los métodos empleados para manejarlos; ancho de las vías, nivelación, modelos de estaciones y túneles, etc. Ilus- traciones del servicio de tranvías en las grandes ciudades. Fotografías de cocheros y conductores. F. — Recursos y Productos. (1) Metales y piedras preciosas sin tallar, y talladas y pulidas. Terrenos en que se encuentran los diamantes. Mineral de oro y plata. (3) Metales útiles: carbón de piedra; minerales de todas clases; colecciones mineralógicas, geológicas y metalúrgicas. (3) Modelos de minas, ingenios y hornos de fundir y refinar. Modelos de minas antiguas, y muestras de los instrumentos usados por los mineros, hornillas, etc. Ilustraciones de los métodos empleados por los indios. (4) Muestras de las hojas ó yerbas usadas como alimento para el ganado, caballos y muías. (5) Colecciones de plantas vivas, y secas, y herbarios. Orquídeas y plantas de adorno. Palmas vivas: fotografías de las que no se puedan transportar. (6) Animales vivos: y fotografías de los que no se puedan conseguir. Pieles de ani- males salvages, que puedan armarse. Culebras, vivas ó en alcohol; y pieles de las mismas. Colecciones de peces, tortugas, etc. Colecciones entomológicas, preparadas y clasificadas. Conchas y fósiles. ^ Grupo No. 5, COMERCIAL. (1) Artículos que se importan en los países de la América latina; colecciones de las mercaderías que mejor se adaptan á las necesidades del pueblo en cada país y distrito. (3) Muestras de los géneros más en uso para los vestidos, y demás artículos de uso personal; botas y zapatos, sombreros, ropa interior, medias, artículos de adorno. (3) Instrumentos de agricultura; arneses y monturas; muestras de abono artificial. (4) Máquinas de todas clases destinadas á ahorrar brazos. (5) Medicinas, sustancias químicas, preparaciones farmacéuticas, tintes, materiales é instrumentos para curtir, instrumentos para ensayar metales, y hacer análisis químicos, y otros trabajos científicos ; romanas y balanzas. (6) Artículos de comercio ; muestras de las mercaderías conocidas con el nombre de " artículos de comercio" ó " cambio" con detalles referentes á los distritos en que mejor aceptación tienen. 329 (7) Provisiones, cereales, galletas de toda clase, con los rótulos, y muestras de las latas que más se usan para guardarlas. Pescado seco, ahumado y empacado; carnes conservadas; productos de lechería; frutas, secas y conservadas; legumbres; cereales preparados y otros artículos alimenticios no especificados. (8) Vasijas y objetos de toda clase de barro, piedra, vidrio, y porcelana, para usos domésticos é industriales. (9) Ferretería, y artículos de hierro y acero, moldes, ruedas de carros, clavos y espigones, carriles, alambre espigado y de otras clases, fogones y cocinas de hierro, hornos de campo, y otros artefactos de hierro y acero; aparatos de bronce, puertas, bastidores y persianas, máquinas de coser: materiales para techos. (10) Joyería y artículos de oro y plata, relojes de pared y de bolsillo, lámparas, ara- ñas, candeleros, y toda clase de aparatos para el alumbrado. Aparatos eléctricos. Velas para las ceremonias religiosas y otras. (11) Vinos, bebidas espirituosas, cervezas, licores, cordiales, en barriles y en bote- llas. Muestras de rótulos. Extractos para sazonar comidas. (13) Perfumería; artículos de fantasía y para el tocador; jabones, cosméticos, etc. (13) Instrumentos de música, juguetes y juegos. (14) Paraguas, parasoles, sombrillas, capas y vestidos impermeables, alfombras; baúles, balijas y sacos de viaje. (15) Papel de imprenta y de envolver; efectos de escritorio, sencillos y de lujo; libros; trabajos de arte, litografías, tarjetas de aviso; papel para entapizar, etc., y toda clase de impresos que estén en demanda. (16) Muebles, y toda clase de artículos para las habitaciones y para decorar. (17) Empaques. Manera de empacar los efectos y protegerlos contra los incon- venientes que presenten los caminos de cada país, cajas, sacos, pacas, barriles. En los casos en que no puedan conseguirse muestras se procurarán dibujos y fotogra- fías. REGLAMENTOS DE ADUANA. Todos los bultos destinados á la Exposición deben rotularse y dirigirse de esta manera: "The CoUector of Customs, Chicago, Illinois. For the Latín- American Department, Exposition, , Commissioner." (Al Sr. Administrador de la Aduana de Chicago, Illinois.' Para el Departamento latino-americano. Al Sr. Comisionado .). Todos los efectos que así vayan dirigidos serán admitidos libres de derechos, á menos que se vendan mientras estén expuestos, en cuyo caso pagarán los derechos que señale el arancel. Todos los vapores que navegan con la bandera de los Estados Unidos transpor- tarán los bultos destinados para la Exposición, sin cobrar más que un flete, es decir, que si se ha satisfecho el que generalmente se paga para conducirlos á New- York, New-Orleans, ó San Francisco, se les transportará de retorno á sus respectivos países sin cobrar nada. Comercial. DATOS GENERALES DE IMPORTANCIA PARA EL COMERCIO. Superficie, población, iviportaciones, exportaciones y comercio total de los países de América, incluyendo las posesiones europeas, excepto las británicas al norte de los Estados Unidos. Países. Superficie. Población. Valor de las exporta- ciones. Valor de las importa- ciones. Valor total del comercio extranjero. México Millas cua- dradas. 751,479 Habitantes. 11,388,664 Pesos. 48,126,738 Pesos. 35,600,000 Pesos. 83,726,738 Centro América: Guatemala 41, 830 47, 090 49, 500 23, 000 7,225 6,400 1,427,116 431,917 375, 000 205, 730 664,513 27,452 5,429,982 2, 680, 531 1,217,600 4, 285, 284 5, 030, 268 1,031,016 4,094,676 2, 500, 000 1,716,800 3,901,441 3, 055, 303 999,218 9, 524, 658 Honduras 5,180,531 Nicaragua . 2, 934, 400 Costa Rica Salvador 8, 186, 725 8, 085, 571 Honduras británica . . 2, 030, 234 Total 175, 045 3,131,728 19, 674, 681 16,267,438 35, 942, 119 América del Sur: Colombia 504, 773 594, 374 109, 000 46, 060 46, 879 3,119,764 72, 171 1,125,086 142,916 293, 970 772, 548 463, 747 248, 370 3, 878, 600 2, 234, 385 278,477 57, 141 28, 500 14, 002, 335 651,112 4, 046, 654 329. 645 2, 665, 926 1,192,162 2,621,844 1, 004, 651 13, 334, 544 20,259,029 9, 799, 707 1, 326, 550 *1, 600, 000 117,145,600 28, 008, 254 108, 280, 000 2, 588, 608 60,026,421 8, 712, 000 7, 097, 829 7, 286, 031 8,513,800 18,951,189 7, 676, 506 1,738,736 *1, 000, 000 143,549,450 29,477,448 172, 410, 000 3, 289, 757 59,231,911 5, 808, 000 6, 926, 624 8,253,016 21,848,344 Venezuela 39, 210, 218 Guayana inglesa Guayana holandesa . . Guayana francesa Brasil 17,476,213 3,065,286 *2, 600, 000 260, 695, 050 Uruguay 57, 485, 702 República Argentina . Paraguay 280.690,000 5,878,365 Chile 119, 200, 000 Bolivia 14, 258, 332 Perú Ecuador 14, 024, 453 15, 539, 047 Total 7, 539, 658 32,991,432 424, 063, 752 456, 168, 926 880, 232, 678 * Este asterisco denota que los guarismos representan sólo un cálculo aproximado. 330 331 Superficie, población, importaciones, exportaciones y comercio total de los países de América, etc. — Continúa. ^ Países. Superficie. Población. Valor de las exporta- ciones. Valor de las importa- ciones. Valor total del comercio extranjero. Haití Millas cua- dradas. 10, 204 18,045 Habitantes. 600, 000 610, 000 Pesos. 8, 148, 292 2, 520, 983 Pesos. 5,476,477 1,992,884 Pesos. 13, 624, 769 Santo Domingo 4, 513, 867 Total 28, 249 1,210,000 10, 669, 275 7,469,361 18,138,636 Antillas españolas: Cuba Puerto Rico 43,220 3,550 1,521,684 784, 709 74, 560, 000 10, 247, 261 53, 124, 000 944, 083 127, 684, 000 11,191,344 Total 46,770 2, 306, 393 84, 807, 261 54, 068, 083 138, 875, 344 Antillas inglesas: Jamaica 4,424 5,450 166 169 245 122 120 58 151 170 32 291 1,754 114 617,446 48, 000 180, 000 5,000 42, 500 46, 872 49, 337 5,000 45, 000 35,000 10, 083 29, 500 189,566 19, 937 8, 850, 278 588,205 5,200,986 125, 970 591,583 396,086 8, 206, 728 921,560 5, 123, 096 398, 177 681,752 386,120 17,057,006 Bahamas 1,509,765 Barbada 10, 324, 082 Islas Turcas .... 524, 147 Islas de Sotavento: Santa Lucia San Vicente 1, 273, 340 782, 206 Granada Islas de Barlovento: San Cristóbal } Nevis ) Antigua 16, 804 1,147,559 962, 970 134, 915 204, 349 10, 322, 563 188, 276 14, 369 841,753 763, 713 103, 377 237, 939 9,407,938 139, 619 31,173 1,989,312 1,726,683 Monserrate Dominica 238, 292 442, 288 Trinidad 19,730,501 Tobago 327, 895 Total 13, 230 1,313,241 28, 730, 549 27, 226, 141 55, 956, 690 Antillas francesas: dencias 720 380 182, 182 175, 391 4,303,939 4,171,962 2,839,393 4, 692, 290 7, 143, 332 Martinica 8, 864, 252 Total 1,100 357, 573 8,475,901 7,421,683 16, 007, 584 Antillas holandesas : Curazao 210 95 69 17 7 5 25, 667 4,259 6,990 4,198 2,335 2, 505 V 204,080 1,296,002 Bon-Air Aruba San Martin No hay da- San Eustaquio Saba tos. Total 403 45,954 . . 332 Superficie, población, importaciones, exportaciones y comercio total de los países de América, etc. — Continúa. Países. Superflciei Población. Valor de las exporta- ciones. Valor de las importa- ciones. Valor total del comercio extranjero. Antillas danesas: Santa Cruz Millas cua- dradas. 74 23 21 Habitantes, 18,430 14, 389 944 Pesos. (*) (*) (*) Pesos. (*) Pesos. (*) (*) (*) San Tomas San Juan Total 118 33, 763 * No hay datos. CUADRO COMPARATIVO DEL COMERCIO DE LA AMÉRICA LATINA CON LOS ESTADOS UNIDOS, EL REINO UNIDO, Y FRANCIA. Exportaciones de la América Latina para— Importaciones en la América Latina de— Años. Los Estados Unidos. El Reino Unido. Francia. Los Estados Unidos. El Reino Unido. Francia. 1860 1870 1880 1887 1888 1889 1890 Pesos. 79, 109, 332 117, 898, 951 178, 985, 906 172,468,526 181,058,966 199,961,470 198, 753, 704 Pesos. 101,719,373 154, 794, 561 126, 172, 047 70, 394, 933 97, 542, 379 89,132,274 Pesos. 35, 156, 730 87, 969, 653 93,553,612 108, 272, 246 115,151,640 127, 780, 569 Pesos. 44, 978, 676 55, 140, 322 61,546,474 67, 695, 742 71,938,181 82, 043, 587 70,531,635 Pesos. 87, 984, 703 123, 256, 687 118,465,501 117,267,034 152,584,158 163,805,446 Pesos. 70,319,822 67, 335, 524 86, 155, 003 90,736,811 71, 627, 361 82, 231, 186 EXPORTACIONES DE TRIGO DE LA REPÚBLICA CHILE DURANTE DIEZ AÑOS. ARGENTINA Y Años. República Argentina. Chüe. 1880 Bushels. 42, 829 5,7:2 62, 659 2, 292, 352 3, 986, 663 2, 884, 138 1,288,362 8, 739, 984 8,721,751 884,232 Bushels. 2,417,246 1,951,731 1881 1882 2,861,388 3, 835, 098 1883 1884 1,759,971 2, 704, 780 1885 1886 . . 2, 844, 120 1887 . ... 3, 684, 411 1888 2, 476, 485 1889 954, 921 333 COSECHA DE TRIGO EN EL MUNDO EN EL AÑO DE 1889. [Tomado del Informe del Departamento de Agricultura de Washington.] Países. Medidas extranjeras. Bushels de Nombre de la medida. Cuantía. Winchester. Amérca del Norte: Estados Unidos 490, 560, 000 Canadá: Ontario Bushels imperia- les. id 18, 699, 572 7,201,519 19, 288, 983 Manitoba 7,428,511 Las demás provincias - . . . 4, 500, 000 Hectolitros ....id 4, 000, 000 4, 500, 000 521,777,494 América del Sud: República Argentina 11,350,000 Chile 12, 768, 750 24, 118, 750 Europa: Austria-Hungría : Austria 42, 000, 000 Hungría Quintales 25, 588, 406 94, 020, 333 Bélgica 19, 000, 000 Dinamarca 5,0.0,000 Francia Hectolitros 111,460,218 316, 268, 369 Alemania 82, 000, 000 Gi'an Bretaña é Irlanda: Gran Bretaña Bushels imperia- les. Quintales 73, 267, 007 1,436,163 75,576,383 Irlanda 2, 680, 838 Grecia 5, 000, 000 Italia Los Países Bajos Hectolitros ....id 36, 592, 900 2, 000, 000 3,000,000 15, 783, 208 31,654,800 103, 832, 354 5, 675, 000 Portugal Roumania ....id ... id 8, 512, 500 44, 784, 853 Rusia (Chetverts) 188, 535, 989 Servia 5, 000, 000 España Hectolitros Hectolitros id 26,651,000 1,306,800 100, 000 800, 000 14, 000, 000 6,510,979 13, 000, 000 8,000,000 4,500,000 75, 622, 213 Suecia y Noruega: Suecia 3, 708, 045 Noruega 283, 750 Suiza ....id 2, 270, 000 Turquía y sus dependencias . . ....id Toneladas Hectolitros ..id 39, 725, 000 Asia: 1,119,495,627 243,076,549 Asia Menor 36, 887, 500 Persia 22, 500, 000 Siria id 12, 768, 750 315, 232, 799 . - - - 534 Cosecha de trigo en el mundo en el año de 1889— ContinúsLi Medidas extranjeras. Busheis de Países. Nombre de la medida. Cuantía. WincJiesteí. África: Argelia. . ; ; . . . . Hectolitros ....id 8, 000, 000 2, 800, 000 22,500,000 Egipto i . . . i . . . i . . . . 7, 945, 000 Cabo de Buena Esperanza. . . . 3, 800, 000 34, 245, 000 Australasia 26, 205, 957 Total general 2,041,075,627 PRODUCCIÓN DE AZÚCAR EN EL MUNDO. [Tomado del Boletín No. 27 del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos.] Países. Cuba , Puerto Rico Trinidad Barbada Jamaica Antigua y San Kitts Martinica Guadalupe Demerara Reunión Mauricio Java La India inglesa Brasil , Manila, Cebú é Iloilo Luisiana Perú Egipto Islas de Hawaii Total de azúcar de caña, Total de azúcar de remo lacha Total general 188r-'88. Libras. , 220, 000, 000 100, 000, 000 120, 000, 000 120, 000, 000 60, 000, 000 52, 000, 000 78, 000, 000 100, 000, 000 220, 000, 000 64, 000, 000 240, 000, 000 792, 000, 000 110, 000, 000 640, 000, 000 348, 000, 000 316, 000, 000 60, 000, 000 70, 000, 000 200, 000, 000 4, 910, 000, 000 4, 903, 900, 000 9,812,900,000 Libras. 1,060,000,000 110,000,000 120, 000, 000 100, 000, 000 56, 000, 000 50, 000, 000 76, 000, 000 90, 000, 000 216, 000, 000 50, 000, 000 264, 000, 000 728, 000, 000 120, 000, 000 440, 000, 000 420, 000, 000 290, 000, 000 60, 000, 000 70, 000, 000 240, 000, 000 4, 560, 000, 000 5, 507, 688, 000 10,067,688,000 Libras. 1, 200, 000, 000 140, 000, 000 120, 000, 000 120, 000, 000 60, 000, 000 56, 000, 000 80, 000, 000 100,000,000 250, 000, 000 60, 000, 000 250, 000, 000 620, 000, 000 120, 000, 000 300, 000, 000 360, 000, 000 250, 000, 000 60,000,000 70, 000, 000 240, 000, 000 4,456,000,000 7,100,000,000 11,556,000,000 S35 i 5% S OP a^ío ■ o cj ■rao OO <^ ^ ■* Oi O . ^ -^ CO iC ■ o 05 05 ÍO • IC o? i> t- • OQ ^"t-TíO ^ T-(OD o 05 Oí lO CO 00 are-"':©" os ai c- 50^ o C- «5-* 05 ÍO Cí 00 co"'*" £- i-H 00 10 00 00 iO t- tH ^ OT o o 1-1 CO IC t- T-H )cocoo50 ^o-i-HCOOs (CSCSíOCOS'^'^QOíC ■rHOÍlOCO^^t-QOlC 030^(310 t^OCOOlO •N ». -s « ^ .X •^ lO Oí ?o o? 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Antillas Santo D Antillas Cub Pue a 03 1 cé 1 <í H 5 1 No, 2- -22 338 PRODUCCIÓN DE CAFÉ EN EL MUNDO. [Tomado del Informe de ]a Cámara de Comercio de New- York.] Países. Brasil : Rio Janeiro Santos Java Padang, Sumatra Islas Célebes Isla de Ceylan India y Manila África y Moca México y Centro América Venezuela Las Antillas Haití Total 1886-'87 Libras. 391,664,000 289, 072, 000 128, 016, 000 5, 376, 000 14,347,200 17,409,952 33, 682, 208 12, 880, 000 102. 704, 000 86, 240, 000 34, 160, 000 44, 800, 000 1,160,351,360 Libras. 214, 144, 000 125. 552, 000 48,114,400 9,570,400 11,055,072 13,151,040 44, 220, 400 13,776,000 90, 720, 000 81,760,000 50, 691, 200 57, 008, 000 759, 662, 512 1888-^89. Libras. 504, 000, 308, 000, 96, 824, 12, 320, 12,320, 11,200, 39, 2u0, 12,320, 80, 640, 78,400, 46, 704, 47, 600, 000 000 000 000 000 000 000 000 000 000 000 000 1,249,528,000 EXPORTACIONES DE LA GRAN BRETAÑA PARA LOS PAÍSES DE CENTRO AMÉRICA Y DE LA AMÉRICA DEL SUD Y MÉXICO, EN 1890, SEGÚN LOS DATOS PUBLICADOS POR LA JUNTA DE CO- MERCIO DE INGLATERRA. (BRITISH BOARD OF TRADE). REPÚBLICA ARGENTINA. Mercancías. Géneros de algodón en piezas: Sin blanquear Blanqueados Estampados De color De todas clases Géneros de yute en piezas Géneros de hilo id. id Tejidos de lana Id, de estambre Alfombras (excepto los tapetes). . Ferretería y cuchillería Hierro y acero: En barra, codos, clavijas, cabillas En toda forma para ferro- carriles En flejes, y en láminas para forrar Cantidad Varas. 23, 933, 100 35,032,800 35,631,000 13, 772, 100 108, 369, 000 28, 379, 400 2, 524, 100 3, 042, 900 3, 730, 000 904, 700 Toneladas. 27, 330 263, 135 44,986 1890. Varas. 8, 704, 700 22, 098, 300 21,807,000 12, 126, 700 64, 736, 700 25, 820, 100 996, 500 1,957,500 2, 025, 400 305, 600 Toneladas. 9,836 273, 931 17, 862 Valor. 1889. Pesos. 1,070,377 2, 144, 229 2, 209, 167 950,233 6,374,005 1,408,141 373,470 1,965,089 1,277,797 543, 685 775, 302 828, 862 5, 882, 650 2,510,510 1890. Pesos. 445, 027 1, 379, 906 1,315,673 830, 687 3,971,293 1,205,510 137, 673 1.090,734 647,468 191,292 362, 978 343,677 6, 639, 531 1,063, §8^ 339 Exportaciones de la Gran Bretaña para los países de Centro América y de la América del Sud y México, en 1890, etc. — Continúa. Mercancías. Cantidad. Valor. 1889. 1890. 1889. 1890. Hierro y acero — Continúa. Forjado y fundido, de todas clases, excepto en forma de balas y bombas Maquinaria: Máquinas de vapor Toneladas. 73, 055 Toneladas. 54, 345 Pesos. 3, 399, 679 3, 967, 455 1,998,871 606, 794 477, 253 Pesos. 3, 103, 284 3,321,389 De otras clases 1,548,189 Miscelánea: Cimiento 64,481 49, 573 495, 565 Artículos de barro, porce- lana, etc. ... 284, 837 Total 31, 389, .514 24, 406, 602 BRASIL. Géneros de algodón en piezas: Sin blanquear Blanqueados Estampados De color De todas clases Géneros de yute en piezas Géneros de hilo id. id Tejidos de lana id. de estambre. . . Ferretería y cuchillería Hierro y acero: Para ferro-carriles en toda forma . ^ Fundido y forjado de todas clases, excepto balas y bombas Maquinaria: Máquinas de vapor De otras clases. Miscelánea: Cimiento Artículos de barro, porce- lana, etc Aceites de semillas Combustible, carbón de pie- dra, coke, etc Total Varas. 17, 359, 600 48, 447, 700 79,898,000 32, 295, 600 178, 000, 900 15, 882, 200 2,457,100 2, 036, 800 2, 208, 000 Toneladas. 13,512 30, 151 17, 605 1,683 722, 339 Varas. 21,216,600 67, 089, .500 89, 342, 200 34, 993, 700 212,641,000 13, 658, 500 3, 540, 000 3, 056, 200 2, 399, 500 Toneladas. 25, 644 58, 397 17, 965 1,807 660, 535 Pesos. 768, 523 2,451,714 5,085,703 3, 138, 340 10,444,379 789, 069 433, 841 648, 617 503, 938 608, 536 393, 359 1,513,649 1,338,387 1,139,982 180, 596 395, 046 190, 100 3,394,673 30, 649, 051 Pesos. 911,199 3, 356, 769 5, 707, 733 3, 303, 105 13, 178, 806 563, 358 580, 749 766, 036 638, 596 634, 416 823, 313 3,851,253 1,124,940 1,979,644 197, 770 305, 397 230, 477 2,409,798 35, 374, 353 340 CENTRO AMÉRICA. Cantidad, Valor. 1889. 1890. 1889. 1890. Varas. 16,711,400 14, 122, 000 15, 514, 800 6,733,900 Varas. 11,617,600 10,733,400 13, 283, 100 5, 778, 900 Géneros de algodón en piezas: Sin blanquear Pesos. 680, 994 652, 286 754, 702 425,400 Pesos. 473, 491 Blanqueados 516, 331 Estampados ... De color . 652, 894 390, 765 Total. . 53, 082, 100 41,413,000 2, 513, 382 2, 033, 482 CHILE. Géneros de algodón en piezas: Sin blanquear Vai-as. 19, 917, 100 22, 827, 000 15, 175, 200 11, 016, 400 Varas. 11,837,900 23,891,200 14, 142, 100 11,870,000 Pesos. 826, 210 2,050,865 906, 974 673, 991 Pesos. 484, 246 Blanqueados 1,148,022 Estampados 821, 772 De color 727, 182 De todas clases 68, 135, 700 1,731,300 3, 188, 300 492, 800 61,741,200 1,807,500 1,997,900 398, 200 3, 582, 070 881,080 545, 958 250, 873 253, 058 313, 539 844, 576 920, 562 3,181,173 Tejidos de lana Id. de estambre 869, 794 371,465 Alfombras, excepto los tapetes . Ferretería y cuchillería 214, 106 208, 442 Hierro y acei'o: De todas clases para ferro- carril Toneladas. 11,916 14, 978 15, 955 Toneladas. 34, 885 11,338 10, 312 963, 450 En flejes y láminas para forrar 667, 144 Fundido y forjado de todas clases, excepto balas y bombas 845, 087 Total 8, 467, 686 7,320,718 COLOMBIA. Géneros de algodón en piezas: Sin blanquear Varas. 7, 243, 600 24, 236, 200 29, 145, 500 8, 187, 900 Varas. 6, 147, 500 21,172,900 27, 934, 000 6,872,400 Pesos. 294,019 1,015,965 1,305,132 493, 049 Pesos. 262, 003 Blanqueados 976, 638 Estampados 1,306,640 De color 426, 719 De todas clases 68, 813, 200 3, 896, 700 62, 126, 800 3, 773, 000 3, 108, 166 316,118 2, 972, 001 Géneros de hilo en piezas 306, 609 Total 3,424,284 3, 278, 610 341 MÉXICO: Cantidad. Valor. 1889; 1890. 1889. 1890; Géneros de algodón en piezas: Sin blanqueaí ...;.....,... Blanqueado^ .....;... Vairds. 683, 000 17, 860; 400 20; 703; 500 4; 542, 600 Varas. 515, 300 18; 727; 800 16, 362, 800 4, 198, 800 Pesos. 33, 092 878; 627 940, 154 297,402 Pesos. 26, 615 953, 829 Estanapadtts ..;;........... 844, 849 De color;; .;;.;.;;......... 265, 633 De ttídáS Cl&SéS. ...;..;;. 43; 789, 500 2; 168; 100 Toneladas. 41,369 89,804,700 2,486,600 Toneladas. 54, 189 2, 149, 275 251,189 1,029,075 2, 090, 926 Géneros de kilo en piezas ...;.. Hierro y áiSero: De todas ciases para ferro- carril . i . 1 287, 104 1,539,546 Total 3,429,539 3, 917, 576 PERÚ. Géneros de algodón en piezas: Sin blanquear Varas. 7,315,800 8,756,100 8, 806, 500 5, 087, 200 Varas. 7, 645, 000 9,825,600 11, 262, 700 5, 588, 200 Pesos. 346,451 447, 027 488, 858 320, 002 Pesos. 352, 811 Blanqueados Estampados 517, 849 637, 818 De color 347, 366 De todas clases ... Tejidos de lana 29,965,600 765, 600 1, 026, 000 Toneladas. 3,992 1,903 34,321,500 741,600 881,000 Toneladas. 4,435 1,431 1,601,838 389, 568 149, 358 119, 852 155, 898 1,855,844 389, 198 Id. de estambre 170, 293 Hierro y acero: De todas clases para ferro- carril 134, 564 Fundido y forjado de todas clases, excepto balas y bombas 135, 960 Total 2,416,514 2, 685, 861 URUGUAY. Géneros de algodón en piezas: Sin blanquear Blanqueados Estampados De color Varab. 6,790,400 8, 919, 000 12,796,400 5,413,500 Varas. 6,866,600 8, 867, 900 13, 618, 600 5,173,800 Pesos. 294, 749 565, 492 831, 850 376, 920 Pesos. 283, 678 571,960 857, 166 320, 668 De todas clases . . . Tejidos de lana , . 33, 919, 800 843, 900 1,530,200 34, 026, 900 1,029,700 1,315,300 2,069,011 521, 198 441,635 2,033,472 504,208 Id. de estambre 350,427 Total 3, 031, 839 2, 888, 107 342 VENEZUELA. Cautidad. Valor. 1889. 1890. 1889. 1890. Géneros de algodón en piezas: Sin blanquear Varas. 1,876,600 14, 693, 000 18, 009, 800 4,069,900 Varas. 2, 399, 800 15,047,200 18, 888, 100 4, 588, 200 Pesos. 91,188 678, 088 873,435 217,022 Pesos. 120, 597 Blanqueados Estampados 704,499 918,060 De color 240, 551 Total 88, 649, 300 40, 923, 300 1, 859, 733 1,983,707 Monedas, Pesos y Medidas. VALOR DE LAS MONEDAS AMERICANAS. [Según el avalúo del Director de la Casa de Moneda de los Estados Unidos de 1° de Julio de 1891.] Tabla sinóptica de las monedas de oro y plata del Hemisferio Occidental. Oro. Plata. Valor en oro de los Países. Nombre de la moneda. Valor en oro de los Estados Nombre de la moneda. Valor en moneda de plata de los Estados Unidos basado so- bre el va- Unidos. Estados Unidos. lor comer- cial de la plata en Julio 1° de 1891. Dolíais. Dolíais. Dollars. República Argen- tina. Argentino. . 4.824 Peso 0.935 0.736 Medio argentino. . 2.412 50 centavos .468 .368 20 centavos .187 .147 10 centavos .094 .073 5 centavos .047 .036 Bolivia Onza 14. 954 7.477 Boliviano Medio boliviano . . .935 .468 .736 Media onza .368 Un cuarto de Un cuarto de bo- ' onza 3.738 liviano Un octavo de bo- .234 .184 Un octavo de onza (escudo) 1.869 liviano .117 .092 Un diez y seis avo Un diez y seis de onza (medio avo de bolivi- escudo) 20 milreis 10 milreis 5 milreis .935 ano .058 .046 Brasil 10.923 5.462 2.731 2 milreis Milreis .972 .486 .243 .765 .383 ^ milreis or 500 reis. .192 Estados centro americanos: Acuñación ante- rior á 1870— Costa Rica. . . . Onza 15.736 Peso .935 .736 Guatemala . . . Media onza 7.868 Medio peso .468 .386 343 344 Tabla sinóptica de las monedas de oro y plata del Hemisferio Occidental — Continúa. Oro. Plata. Países. Nombre de la moneda. Valor en oro de los Estados Unidos. Nombre de la moneda. Valor en moneda de plata de los Estados Unidos. Valor en oro de los Estados Unidos basado so- bre el va- lor comer- cial de la plata en Julio 1° de 1891. Estados centro americanos — Continúa. Acuñación pos- terior á 1870— Honduras .... Nicaragua .... 20 pesos 10 pesos Dollars. 19. 295 9.647 4.823 1.929 .964 9.128 4.562 1.824 .912 19. 295 9.647 15. 736 5.017 4.823 19. 295 9.647 3.859 1.929 .964 19. 679 9.839 4.919 2.459 .984 19.295 9.647 4.823 1.929 .964 19.295 9.647 3.859 1.929 .964 Medio peso Décimo Dollars. .234 .087 .043 .935 .468 .187 .094 .047 .935 .174 .087 .043 .935 .468 .187 .094 .047 1.016 .508 .254 .102 .051 .935 .468 .187 .094 .047 .935 .347 .174 .087 .035 Dollars. .184 .069 Salvador 5 pesos ^ décimo Peso 50 centavos 20 centavos Décimo .035 2 pesos . ... Chile Peso Cóndor Doblón .736 .368 Escudo .147 Peso .074 Colombia Doble cóndor Cóndor Medio décimo . . . Peso .037 .736 2 décimos Décimo .148 Onza .074 Cuba Medio décimo . . . Sucre .087 Ecuador Doblón (Isabel) . . . Centén (Alfonso), 25 pesetas. Doble cóndor Cóndor .736 Medio sucre 2 décimos Décimo .368 Doblón .147 Medio cóndor Un décimo de cóndor . .036 i décimo Peso .018 .800 México 20 pesos 50 centavos 25 centavos 10 centavos 5 centavos Sol .400 10 pesos .200 5 pesos .080 2^ pesos .... .040 Peso .736 Perú 20 soles Medio sol Un cuarto de sol- Dinero Medio dinero 5 bolívares 2 bolívares Bolívar .268 10 soles .148 5 soles .079 2 soles .040 Sol .735 Venezuela 100 bolívares ...... 50 bolívares 20 bolívares 10 bolívares 5 bolívares .294 .147 Medio bolívar .... Un quinto de bolívar .073 .080 345 Tabla sinóptica de las monedas de oro y plata del Hemisferio Óccidentaí — Continúa» Oro. Plata. Valor en oro de los Países. Nombre de la moneda. Valor en oro de los Estados Nombre de la moneda. Valor en moneda de plata de los Estados Unidos basado so- bre el va- - Unidos. Estados Unidos. cial de la plata en Julio 1° de 1891. Dollars. Dollars. Dollars. Canadá Libra esterlina in- glesa y peso 50 centavos .446 370 americano de 100 centavos. 25 centavos .223 .185 10 centavos .089 .074 5 centavos .044 .037 Terranova* Moneda de 2 pe- sos (200 centa- vos ó 100 peni- ques). 2.027 50 centavos .453 .373 20 centavos .181 .149 10 centavos .090 .075 5 centavos .045 .038 Estados Unidos . . . Doble águila 20.000 Standard dollar. . 1.000 .824 Águila 10. 000 Half dollar .467 .385 Media águila 5.000 A quarter of a Un cuarto de águila 2.500 dollar .233 .093 .193 Dime .077 *La unidad monetaria es nominalmente el peso; 985 de estos pesos son equivalentes á 1,000 pesos americanos, y 480 de los mismos pesos son equivalentes á 100 soberanos ingleses. SISTEMA MONETARIO DE MÉXICO. El sistema métrico decimal francés de pesos y medidas fué obligatorio en México desde el 1° de Enero de 1884. La moneda que principalmente se acuña es la de plata, consistente, en cada 12 dineros, de 10^ dineros de plata pura (1,000 de fino) y 1^ diixcros de liga. Tiene por lo tanto esta moneda 0.902777 de fino. La unidad monetaria es el peso. La moneda de oro no circula abundantemente. La antigua " onza" tiene 870 de fino, la moneda de 20 pesos de la República (nueva) tiene 873, y la de 20 pesos del Imperio 875. La moneda de níquel tiene de 20 á 25 por ciento de níquel para 80 ó 75 por ciento de cobi-e. Los pesos se acuñan todavía con la marca 8 R., que significa 8 reales. La mo- neda de 50 centavos es llamada de 4 reales, y también tostón. La de 25 centavos ó 2 reales se llama peseta. 346 Nombre de las monedas. Monedas de oro: * Doble hidalgo Hidalgo Medio hidalgo Cuarto de hidalgo Décimo de hidalgo Monedas de plata: Peso 50 centavos 25 centavos 10 centavos Monedas de níquel y cobre: f 5 centavos 2 centavos 1 centavo Grado de fino. 875 8T5 875 875 875 901 901 901 901 Valor en pesos. 20.00 10.00 5.00 2.50 1.00 1.00 .50 .25 .10 .05 .02 .01 Peso en- Gramos. 33. 841 16. 920 8.460 4.230 1.692 27. 073 13. 536 6.768 2.707 5 3 2 Onzas de Troy. L.0860 .5430 .2715 . 13575 . 05430 ,433 ,2165 , 16075 .09645 . 06430 Diámetro en- MUí- metros. 34 27 22 18 15 37 30 25 17 20 18 16 Pulgadas. 1.33858 1.06299 . 86614 . 70866 . 59055 1.45669 1.18110 . 98425 .66929 . 78740 . 70866 .62992 * Antes se acuñaban; la onza de oro de valor de 16 pesos, el real de plata de 12^ centavos, el medio real también de plata de 6.f centavos, y el cuartillo de S^ centavos. Habia además el tlaco, de cobre, equivalente á l^^ centavos, y el centavo, igual en valor al que actualmente se usa. t Véase la nota anterior. Hay en la actualidad un proyecto de revisión del sistema y leyes monetarias de la República, y el Gobierno le está dando la debida consideración. El Ministro de Hacienda sometió hace poco al Congreso un plan monetario según el cual se acuña- rían monedas de oro, plata, cobre y bronce de modelos nuevos y de valor algo dis. tinto del de las que se usan en el día. SISTEMA MONETARIA DE CHILE. Nombre de las monedas. Grado de fino. Valor. Peso en granos. Diámetro. Pesos. Metal puro. Liga. Peso completo. Milíme- tros. Pulgadas. Monedas de oro: Cóndor Doblón Escudo Peso .900 .900 .900 .900 .900 .900 .900 .900 .900 (*) (*) (*) 10.00 5.00 2.00 1.00 1.00 .50 .20 .10 .05 .02 .01 .005 211.850 105. 925 42.369 21.184 347.227 173.613 69.445 34. 336 17.361 106.625 51.3125 25. 65625 23.523 11.777 4.714 2.350 38. 580 19.290 7.716 4.243 1.929 5.401 25. 8495 20. 64075 235. 374 117.702 47. 084 23. 534 385.808 192.904 77. 161 38. 580 19. 290 108. 026 77. 162 46.297 28.5 22.0 16.5 14.0 37.0 30.0 23.0 18.0 15.0 25.0 21.0 19.0 1.122045 .866140 . 649605 . 55180 Monedas de plata: Peso 1.45669 Medio peso . . . Quinto Décimo Medio décimo Monedas de cobre: Dos centavos . Un centavo . . Medio centavo 1.18110 .90651 .70866 . 59055 . 98425 . 86277 . 74803 * Cobre, .95; níquel, .05. 347 PRODUCCIÓN Y ACUÑACIÓN DE ORO Y PLATA. Producción y acuñación de oro y plata en las Repúblicas americanas en 1889. [Según los datos suministrados por el Director de la Casa de Monedas de los Estados Unidos. ] Países. Producción. Acuñación. Oro. Plata. Oro. Plata. Estados Unidos Pesos. 32, 800, 000 905, 000 31,000 1,962,430 105, 000 3, 000, 000 1,415,598 445,300 Pesos. 64, 646, 000 55, 517, 000 425, 000 7, 723, 957 3, 128, 000 1, 000, 000 Pesos. 21,413,931 319, 707 Pesos. 35,496,683 25, 294, 726 México República Argentina, .... Chüe Perú Colombia 216, 136 Venezuela Brasil ^ Ecuador Bolivia 50, 800 150, 000 9, 578, 000 2, 000, 000 Honduras ) ( Nicaragua > \ . Costa Rica ) ( 258, 010 Haití Total 40, 874, 128 144,017,957 21,733,838 61,265,555 Cálculo de la producción total de metales preciosos en todos los países de 1493 á 1889. Países. Oro. Plata. Total. Alemania Pesos. 7, 875, 637 242,814,436 1,859,242 842, 193, 544 392, 147, 940 143, 264, 542 596,501,675 81,264,832 145, 362, 245 136,851,007 517,336,528 1,501,833,789 1,294,448,223 242,492,844 Pesos. 335, 879, 661 293, 586, 689 312. 184, 073 89, 635, 618 231,960 3,044,985,343 Pesos. 343, 755, 298 Austria-ílungria 536,401,125 El resto de Europa 314, 043, 315 Rusia 931,829,162 África 392, 379, 900 México 3, 188, 249, 885 Colombia ... 596,501,675 Perú 1,086,453,084 1,412,261,617 164, 089, 573 115, 850 849, 352, 786 14, 577, 725 110, 980, 504 1,167,717,946 Bolivia 1,557,623,862 Chile . 300,940,580 Brasil 517, 452, 378 Estados Unidos 2,351.186,575 Australia 1,309,025,948 Varios países 353, 473, 348 Total general 6,146,246,484 7, 714, 334, 483 13, 860, 580, 967 348 iPESOS. I Nombres y equivalencia de los pesos, en granos. Nombres. Tonelada . . . . Quintal Miriagramo . Kilogramo . . Hectógramo , Decagramo . . Gramo Decigramo . . Centigramo . Miligramo . . Granos. 1,000,000 100, 000 10, 000 1,000 100 10 1 _x 10' i lOTJ TUVO Equivalencias en pesos usuales. Peso ordinario. 2204. 6 libras. 220. 46 libras. 22. 046 libras. 2. 2046 libras. 3. 5274 onzas. 0. 3537 onzas. 15. 432 granos. 1 . 5432 granos. 0. 1543 granos. 0. 0154 granos. PRINCIPALES UNIDADES MÉTRICAS COMERCIALES EXTRANJERAS COMPARADAS CON LAS DE LOS ESTADOS UNIDOS. [Países que no han adoptado todavía el sistema métrico decimal francés, ó lo han adoptado tan sólo parcialemente.] REPÚBLICA ARGENTINA. AMÉRICA CENTRAL. Pesos y medidas. ^Estados Unidos. México. Libra 1.0127 libras . 4593 kilo. Arroba = 25 libras 25. 3175 libras 11.4413 kilos. Frasco 2. 5096 cuartos 34. 1208 pulgadas 2. 3749 litros. Vai'a = 3 pies . 8667 metro. Libra 1.043 libras 4.2631 galones 1.5745 bushels 38. 874 pulgadas . 4731 kilo Cántara = 4 cuartillas 16. 1371 litros. Fanega = 4 cuartillas 55. 479 litros. Vara ' , 8349 metro. CHILE. Libra . . . Cuartillo Fanega . . Vara . . . . 1.043 libras ... 1.624 cuartos. . 2. 575 bushels . . 33. 367 pulgadas .4731 kilo. 1.1007 litros. 90. 733 litros. . 8475 metro. 349 CUBA. Pesos y medidas. Estados Unidos México. Libra ^ 16 onzas 1.0161 libras . 4609 kilo. Arroba — 25 libras 25.4024 libras 11.5226 küos. Arroba — 32 cuartillos 4. 263 galones 16. 1369 litros. Fanega = 12 almudes Vara — 3 pies 1.599 bushels 56. 3425 litros. 33. 384 pulgadas . 8479 metro. MÉXICO. Libra Arroba = 25 libras Frasco Fanega Vara 1.0142 libras. 25. 3645 libras. 2. 5 cuartillos 1.55 bushels . 82.9 pulgadas Libra = 16 onzas Arroba = 25 libras Arroba = 32 cuartillos Fanega =12 almudes. Vara = 3 pies .46 kilo. 11. 5054 kilos. 2. 3672 litros. 54. 6159 litros. . 8356 metro. PERÚ. Libra 1.0143 libras . 46 kilo. Vara 33. 367 pulgadas . 8475 metro. URUGUAY. Libra . 1.0143 libras . .46 kilo. Fanega 7. 776 bushels 374 kilos. VENEZUELA. 1.0161 libras .. 25. 4024 libras . . 4. 263 galones . . 1.599 bushels.. 33. 384 pulgadas . 4609 kilo. 11. 5226 kilos. 16. 1369 litros. 56. 3425 litros. . 8479 metro. Nota.— Los pesos en las Islas de Hawaii son los mismos que en los Estados Unidos. 350 COMPARACIÓN DE LAS MEDIDAS DEL SISTEMA MÉTRICO DECI- MAL FRANCÉS CON LAS USUALES EN LOS ESTADOS UNIDOS. [Unidad de longitud: 1 metros 100 centímetros.] Sistema métrico. Milímetro = 0. 0393 pulgada. 1 pulgada = 1 centímetro = 0. 3937 pulgada. 1 pié =: 1 metro = 39. 3707 pulgadas. 1 yarda = 1 kilómetro = 0. 6213 milla. 1 milla = 1 milla geográfica ó nudo:=l. 153 mülas=2. 027 yardas=l. 854 metros 60 millas geográficas = 1 grado. Estados Unidos. 2. 5399 centímetros. 30. 4794 centímetros. 0. 9143 metro. 1 . 6093 kilómetros. [Unidad de superficie: 1 área =: 100 metros cuadrados.] 1 centímetro cuadrado 1 metro cua- i drado ] 1 área 1 hectárea j 0. 1550 pulgadas cua- ~( dradas, j 10. 7642 pies cuadra- ( dos. i 119. 6033 pies cuadra- ] dos. 2.4711 acres. 1 pulgada cua- / j 6. 4513 centímetros drada ) 1 pié cuadrado 1 yarda cua- { drada ( 1 acre cuadrados. j 0. 0928 metros cua- l drados. j 0.8360 metros cua- ( drados. 0.4046 hectárea. [Unidad de volumen: Metro cúbico.] 1 metro cúbico ^ 35. 3165 pies cúbicos. 1 tonelada de embarque de los Estados Unidos = 40 pies cúbicos =32. 143 bushels de los Estados Unidos=l. 1326 metros cúbicos. El tipo mínimo de carga admitida bajo conocimiento en los vapores es de 20 pies cúbicos. [Unidad de peso: 1 kilogramo = 1,000 gramos.] 1 gi'amo 1 kilogramo 1 tonelada 15.4323 granos. 2. 2045 libras. , 2, 204. 62 libras. 1 libra = 1 quintal = 1 tonelada = 0. 4535 kilogramos. 50. 8023 kilogramos. 1, 016. 0475 kilogramos, [Unidad de medida de capacidad para sólidos : 1 litro = 100 centilitros.] 1 centilitro = 1 litro = X hectolitro = 0.8181 pinta. 0.9081 azumbre. 2. 20462 libras. 1 pinta = 1 azumbre = 1 bushel ^ 35. 0580 centilitros. 1.1011 litros. 35. 2371 litros. [Unidad de medida de capacidad para líquidos: 1 litro = 100 centilitros.] 1 centilitro = 1 litro = I hectolitro = 0. 0211 pinta. 1. 0567 azumbres. 2. 64186 galones. 1 pinta = 1 azumbre = 1 galón = 47. 3150 centilitros. 0. 9463 litro. 8.7852 Htros. 351 El sistema métrico decimal francés está establecido por ley en 1^ t\ siguientes países, á saber: Alemania, la República Argentina, Aus- tria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, Egipto, España, Estados Unidos, Francia, Grecia, Italia, México, los Países Bajos, Portugal y Suiza. TIPOS DE MEDIDA EN LAS ADUANAS DE LOS ESTADOS UNIDOS. lya medida llamada bushel varía según el género ó mercancía de que se trate, y su equivalencia en libras es como sigue: Libras. 1 bushel de cebada 48 1 bushel de cebada preparada para hacer cerveza 34 1 bushel de trigo morisco 43 1 bushel de semillas de palma christi 50 1 bushel de carbón de piedra 80 1 bushel de maíz 56 1 bushel de harina de maíz 48 1 bushel de semilla de hnaza. 56 1 bushel de avena 32 1 bushel de guisantes 60 1 bushel de papas 60 1 bushel de centeno 56 1 bushel de trigo en grano 60 La tonelada (to?i) es ignal á la inglesa, de 2,240 libras. Respecto de los aceites de semillas de algodón y de linaza, se calculan 7^ libras para cada galón. La calidad de las azúcares y las mieles se determina por el polariscopio. El tipo de concentración para determinar la calidad del vinagre es el siguiente ; la concentración que se necesita para que una onza de vinagre (peso de Troy) sea com, pie tam ente neutralizada por 35 granos de bicarbonato de potasa. Todo licor alcohólico que contenga la mitad de su volumen de alcohol de .7939 de densidad á 60° de Fahrenheit se dice en el lenguage aduanero que está proof spirit. El hidrómetro es un instrumento empleado para determinar la densidad de los líquidos. El que está en uso en las aduanas y en las oficinas de la renta interior de los Estados Unidos es el de G. Tagliabue. 352 MEDIDAS. Las siguientes tablas muestran los diferentes pesos y medidas bajo el sistema métrico decimal francés, y sus equivalentes americanos ó ingleses, según quedó determinado por ley de 27 de Julio de 1866 : MEDIDAS DE LONGITUD. Sistema métrico. Sistema común. Miriánietro 10,000 metros Kilómetro 1,000 metros Hectómetro 100 metros Decámetro 10 metros Metro metro Decímetro ur de metro Centímetro tüo de metro Milímetro ■ rocero de metro 6.2137 millas. 0.62137 milla, ó 3,280 pies 10 pulgadas. 328 pies 1 pulgada. 393.7 pulgadas. 39.37 pulgadas. 3.937 pulgadas. 0.3937 pulgada. 0.0397 pulgada. MEDIDAS DE CAPACIDAD. Sistema métrico. Sistema común. Nombre. Número de litros. Medida cúbica. Medida para sólidos. Medida para líqui- dos. Kilolitro . . . Hectolitro . . Decalitro . . Litro 1,000 100 10 1 TUo ufoTT 1 metro cúbico 1^ de rnetro cúbico 10 decímetros cú- bicos. 1 decímetro cú- bico. T^o- de decímetro cúbico. 10 centímetros cú- bicos. 1 centímetro cú- bico. 1.308 yardas cúbicas. . . 2 bushels 3.35 pecks 9.08 quarts 0.908 quarts 264.17 galones. 26.417 id. 2.6417 id. 1.05Q7 quarts. 0.845 gilí. 0.338 de onza de líquido. 0.27 de onza de líquido. Decilitro . . . Centilitro. .. Mililitro .... 6.1022 pulgada cúbicas 0.6102 de pulgada cú- bica. 0.061 de pulgada cú- bica. MEDIDAS DE SUPERFICIE. Nombres y valor (sistema métrico). Hectárea 10,000 metros cuadrados Área 100 metros cuadrados Centárea 1 metro cuadrado Sistema común. 2.471 acres. 119.6 varas cuadradas. 1,550 pulgadas cuadradas. Leyes de América Relativas á Marcas de Fábrica. El siguiente sumario de las leyes sobre marcas de fábrica, que están en observancia en las diversas Repúblicas de América, fué preparado por el Señor Francis Forbes, miembro de la Asociación denominada ' ' United States Trade-Mark Association, ' ' que tiene su oficina en la ciudad de Nueva York, en el edificio No. 137 de Broadway. REPÚBLICA ARGENTINA Y URUGUAY. Fecha de la ley. — En la República Argentina, 19 de Agosto de 1876. En el Uru- guay, 1° de Marzo de 1877. Quien puede registrar la marca. — En la República Argentina cualquiera fabri- cante ó comerciante. En el Uruguay solo la persona interesada. Qué cosas pueden registrarse como marcas de fabrica. — Todo nombre de objeto, ó de persona, que esté escrito en alguna forma especial, cualquier emblema, mono- grama, ó grabado, ó dibujo impreso, los sellos, viñetas y relieves, las letras y figuras de una forma determinada, los receptáculos, envases y cubiertas ó envoltorios de los articules, y en general cualquiera signo ó distintivo empleado para que los produc- tos de una fábrica, ó los articules de comercio de una clase, se diferencien de los demás. (Articulo 1".) El uso de la marca es voluntario, pero puede hacerse obligatorio cuando así lo exija la conveniencia pública. (Artículo 6".) Qué cosas no pueden registrarse como marcas de fábrica. — 1". Las letras, palabi-as, nombres ó distintivos pertenecientes al Estado ó usados por él. 2". La forma que el fabricante haya dado al artículo. 3°. El color del producto. 4". Los términos ó designaciones que estén en uso general. 5°. Las designaciones que usualmente se empleen para indicar la naturaleza de los productos ó la clase á que pertenecen. 6". Los dibujos ó expresiones inmorales. (Artículo 3°.) Derecho de propiedad y su trasmisión. — El absoluto dominio de la marca y el derecho correlativo de oponerse al uso de cualquiera, que directa ó indirecta- No. 2 23 353 354 mente pueda causar confus'ón entre los artículos, corresponde al fabricante ó comerciante que haya cumplido con lo prescrito por la ley. (Articulo 4°.) Este derecho de propiedad se extiende sólo á las industrias de la misma clase. (Arti- culo 5".) Pasa á los herederos y es también transmisible por contrato. (Artículo 7°.) Cuando no se expresa otra cosa, se entiende que el derecho de propiedad de la marca se traspasa junto con la fábrica ó establecimiento á que pertenece, caso de que este se venda ó pase á otros dueños. (Artículo 8°.) Las transferencias deben hacerse constar en la oficina donde se registró la marca. (Artículo 9°.) Sclo se considerarán válidas y efectivas para los efectos legales aquellas marcas de fábrica, respecto de las cuales se haya expedido por la oficina del ramo un cer- tificado de propiedad. (Artículo 10".) La prioridad ó preferencia en la propiedad de una marca de fábrica se determinará por la fecha en que se presentó la solicitud para registrarla. (Artículo 15°.) Duración. — En la República Argentina el derecho de propiedad de la marca de fábrica dura diez años y puede renovarse repetidamente por el mismo período, observándose las mismas formalidades y pagándose los mismos derechos. (Ai-tí- culo 11°.) En el Uruguay dura también diez años y puede renovarse por el mismo período indefinidamente. Formalidades necesarias para ohtnier la ¡propiedad de una marca de fábrica. — 1°. Presentar una solicitud á la Oficina de Patentes acompañando dos ejejnplarea de la marca. 2°. Presentar también por duplicado una descripción de la marca ó señal cuando consista en alguna figura ó emblema. Designar la clase de objetos en que se intenta poner la marca ó signo, y explicar si es para diferenciar los productos de alguna fábrica, ó señalar un grupo determinado de artículos de comercio. 3". Acre- ditar con un recibo déla Tesorería General haber satisfecho 40 pesos. 4°. Presentar el poder otorgado por el fabricante ó comerciante á cuyo nombre se soUcita el regis- tro, cuando esto no se hace personalmente. (Artículo 13°.) Reglamentos de oficina. — Se llevará un registro donde se tomará razón sucinta de las solicitudes presentadas, expresando el día y la hora de la presentación. Cada uno de estos asientos irá firmado por el jefe de la oficina, el secretario de la misma y el solicitante. A este se le darán, sin más gastos que el del papel sellado, las copias que solicite del mencionado asiento. (Artículo 14°.) La Oficina de Patentes llevará un libro en que se anotarán por orden de fechas las concesiones que se otorguen de propiedad de marcas de fábrica. El Jefe de la Ofi- cina enviará, cada tres meses, al representante del Poder Ejecutivo, una lista de las solicitudes decretadas favorable ó adversamente durante aquel período, expresando las fechas, y esta lista se publicará. (Artículo 18°.) Las marcas de fábrica se con- servarán debidamente clasificadas en los archivos de la Oficina de Patentes ; y en caso de litigio deberán producirse los originales. (Artículo 20°.) Las marcas de fábrica podrán ser examinadas por el público en la Oficina de Patentes. (Artículo 21°.) Forma del certificado. — El certificado de propiedad de la marca de fábrica, expe- dido por la Oficina de Patentes, llevará anexo un duplicado de la descripción y del dibujo que con la solicitud se presentaron, é irá firmado, y sellado, por el Jefe de la oficina y por el Secretario, en nombre de la nación y bajo la autoridad del Gobierno. (Artículo 16°.) Apelaciones. — Puede apelarse dentro del término de diez días para ante el Minis- 355 tro del Interior de toda decisión de la Oficina de Patentes denegatoria de una marca de fábrica, y el Ministro del Interior después de oir el parecer del Fiscal de Hacienda confirmará ó revocará la providencia apelada. (Articulo 17".) Derechos. — En la República Argentina se pagan por derechos de registro 40 pesos fuertes ; por tomar razón de un traspaso, y expedir el certificado que lo acredite, 20 pesos fuertes; por cada copia certificada, 4 pesos fuertes, á más de lo que cueste el papel sellado (Articulo 19"). En el Uruguay se pagan por dereclios de registro 50 pesos en oro ; y por la toma de razón de los traspasos 25 pesos en oro. Nombres de individuos y sociedades. — El nombre de un comerciante, ó de una sociedad mercantil ó industrial, ó el titulo ó designación de una casa que trafique ó negocie con algún artículo, constituye propiedad industrial. (Artículo 22°.) El co- merciante ó fabricante que desee emprender en una industria de que ya se ha ocu- pado otra persona bajo el mismo nombre, tendrá que modificar este de tai manera que la denominación sea distinta. (Artículo 23".) Toda protesta de la parte perjudicada ha de hacerse dentro del término de un año. (Artículo 24».) Las personas morales ó corporaciones tienen los mismos derechos que los individuos respecto de la propiedad de su nombre, y están sujetas alas mismas condiciones. (Artículo 25".) El derecho exclusivo al uso del nombre considerado como propiedad industrial termina con la casa ó fábrica, ó con la cesación de la industria á que se refería el derecho. (Artículo 26".) Para gozar de los beneficios de la ley, en cuanto á la propiedad de un nombre, no se necesita que este esté registrado, pero cuando forma parte de una marca de fábrica, el registro es indispensable. (Artículo 27".) Castigo por la infracción del privilegio. — La usurpración del derecho de propie- dad de una marca de fábrica se castiga con multas, desde 30 hasta 500 pesos fuertes, ó con prisión desde quince días hasta un año. Incurren en estas penas: 1". Los que falsifiquen en algún modo una marca comercial ó de fábrica. 2". Los que pongan en sus propios productos ó artículos de comercio una marca que pertenezca á otra persona. 3". Los qu.e á sabiendas vendan, ofrezcan en venta ó consientan en vender, ó circular, artículos que lleven marcas falsificadas, ó fraudulentamente aplicadas. 4". Los que á sabiendas vendan, ofrezcen en venta, ó acepten que se les vendan marcas falsificadas, y a.un las auténticas sin conocimiento de los dueños legítimos. 5°. Los que con intento de defraudar marquen ó hagan marca los artículos, con rótulos ó designaciones falsas, bien sea respecto de su naturaleza, calidad, cantidad, número, peso ó medida, ó el país de fabricación ó procedencia. 6". Los que á sabiendas vendan, ofrezcan en venta ó acepten que se les vendan artículos con las falsas indicaciones á que se refiere la antecedente clausula. En los casos de reincidencia se impone doble pena. (Artículo 28".) Infracción. — Para que haya infracción ó usurpación del derecho, no es preciso que la marca falsificada se aplique á todos los objetos: bastará que se haga con sólo uno. (Artículo 29".) Noticia que debe darse al propietario. — Los que resulten haber vendido, ó tener de venta, algún artículo cuya marca esté falsificada, infringiendo ó usurpando derechos legítimos, deberán informar por escrito al propietario de la marca, del nombre y dirección de las personas á quienes hayan hecho, ó propuesto Jas ventas, y de las fechas en que comenzaron las negociaciones, y en caso de que se nieguen á suministrar estos informes podrá compelérseles judicialmente á que lo hagan, so pena de tenerlos por cómplices. (Artículo 31°.) 356 Lo que debe hacerse con los artículos fraudulentamente' marcados. — Los artículos con marcas falsificadas que se encontraren en poder del falsificador ó sus agentes serán comisados y vendidos, y el producido de la venta se destinará al pago de los costos y de la indemnización establecida por la ley. Lo que sobre se aplicará al mantenimiento de las escuelas públicas de la provincia en que se hizo el comiso, (Articulo 82°.) Las marcas falsas que se encontraren en poder del infractor, y los instrumentos empleados en la falsificación serán destruidos. (Articulo 33».) Procedimientos contra los infractores. — El derecho de acusar criminalmente á los infractores corresponde exclusivamente al perjudicado ; pero después de iniciados los procedimientos tomará parte en ellos el Ministerio fiscal. El querellante podrá, sin embargo, en todo tiempo antes de pronunciarse el fallo, separarse de la acusación y terminar la causa. (Artículo 34».) Las personas perjudicadas pueden demandar civilmente por daños y perjuicios á los autores del fraude y á sus cómplices. La sentencia se publicará á costa del condenado. (Artículo 35°.) La acción prescribe á los tres años de haberse cometido la infracción, y un año después de que el propietario tenga noticia de ella. En los casos de usurpación de nombre regirán las mismas disposiciones que se han dictado para las marcas de fábrica. (Artículo 37°.) BRASIL. Fecha de la ley. — Octubre 14 de 1887. Quienes pueden pedir el registro. — Cualquiera fabricante ó comerciante. (Artí- culo 1°.) Qué cosas pueden registrarse como marcas de fábrica. — Una marca de fábrica puede consistir en cualquier cosa no prohibida por esta ley, que sirva para diferenciar un objeto, y distinguirlo de otro parecido, de distinto origen. Los nombres pro- pios ó comunes y las denominaciones, rubros, firmas ó razones sociales, así como las letras ó diseños, solo pueden constituir marca de fábrica cuando se les dé una forma distintiva. (Artículo 2».) Qiié cosas no pueden registrarse como marcas de fábrica. — Las marcas que con- sistan en : 1°, Escudos de armas, cimeras, medallas, ó señales distintivas, públicas y oficiales, ya sean del país ó del extranjero, cuando no se haya obtenido la debida autorización para su uso . 2°. La firma ó razón social de una casa de comercio de que no puede hacer uso legal el solicitante. 3°. La indicación de una localidad ó de un establecimiento á que el objeto no pertenezca realmente aunque se le agregue ó no un nombre ficticio ó el de otra persona. 4°. Las palabras, láminas ó alegorías que sean ofensivas para alguna persona, ola moral pública. 5°. La reproducción de otra marca ya registrada para objetos de la misma especie. 6°. La imitación en todo ó en parte de una marca ya registrada para productos de la misma especie, si de ella puede resultar confusión ó error para el comprador, lo cual se entenderá que sucede cuando para hallar la diferencia entre las dos marcas sea indispensable proceder á una comparación minuciosa entre la original y la imitada. (Artículo 8°.) Propiedad y su traspaso. — Para asegurar el exclusivo dominio y propiedad de las marcas de fábrica son indispensables el registro, el depósito y la publicación. 357 (Articulo 3».) La propiedad de la marca no puede transferirse sino con el negocio ó industria á que pertenece. Los traspasos se inscribirán en el registro previa pre- sentación del documento en que consten. La misma inscripción se efectuará cuando la marca continúe después de un cambio de la firma social ; pero en este caso es necesaria una nueva publicación. (Articulo 13".) Duración. — Quince años. Puede renovarse por el mismo término repetidas veces. Caduca si deja de usarse tres años. . (Artículo 12°.) Formalidades necesarias para obtener la propiedad de la marca.— Tus, Junta comercial del lugar en que se encuentre la casa, ó la casa principal, si es que esta tuviere sucursales, y la de Rio Janeiro para el caso de marcas extranjeras, y para las registradas por otras Juntas, son las únicas autoridades competentes para ordenar el registro. (Articulo 5".) La petición habrá de hacerse, ó por el interesado perso- nalmente, ó por otro que tenga para ello su poder especial, y ha de ir acompañada con tres ejemplares de la marca. Deberá contener una descripción de esta con todos sus accesorios y pormenores, la designación de la clase de industria ó negocio á que debe aplicarse, la profesión del solicitante y su residencia. (Articulo 5".) Apelación. — De la providencia en que se niegue el registro ó de aquella en que se conceda en perjuicio de tercero, cabe apelación, ya sea del solicitante, ya del que se cree perjudicado, para ante el tribunal de segunda instancia. (Articulo 2°.) Hay casos en que el Ministerio público puede también apelar (casos 1 y 2 de la última parte del Articulo 8°). El término para apelar es de cinco dias, para los residentes en el lugar y de treinta para los que residan fuera de él. (Articulo 10".) Nombres de personas y sociedades. — Ningún nombre de persona ó sociedad mer- cantil ó industrial podrá usarse como marca de fábrica, sino cuando se le revista de alguna forma especial distintiva. (Articulo 2".) Pena de la infracción. — La infracción se castiga con multas desde $500 á $5,000, ó con prisión desde uno hasta seis meses. Incurrirán en esta pena: 1°. Los que re- produzcan en su totalidad ó parcialmente, sin autorización del dueño ó su represen- tante legítimo, una marca debidamente registrada y publicada. 2". Los que sin la referida autorización hagan uso de una marca ajena, y los que usen marcas falsas. 3°. Los que vendan ú ofrezcan en venta objetos que lleven una marca ajena ó falsi- ficada total ó parcialmente. 4°. Los que imiten una marca para engañar á los com- pradores. 5*. Las que usen la marca así imitada. 6". Los que vendan ó pongan en venta objetos que lleven la marca imitada. 7°- Los que se sirvan de un nombre ó firma comercial que no les pertenezca, ya sea que forme ó no parte de una marca registrada. (Articulo 14°.) Serán castigados con multas de $100 á $500 á favor del Estado : 1°. Los que sin la competente autorización, usen el escudo de armas del país, ó el de una nación extranjera, ó cualquier escudo de armas ó blasón de casa ó familia, ó sellos ó dis- tintivos públicos ú oficiales. 2°. Los que usen marcas que ofendan al decoro público. 3°. Los que usen marcas que indiquen una localidad ó establecimiento á que el objeto no pertenece realmente, bien sea que se acompañe, ó no, á esta indicación falsa un nombre supuesto ó el de otra persona. 4°. Los que vendan ó pongan en venta mercancías ó productos con las marcas prohibidas y fraudulentas de que se ha hecho referencia, o". Los que vendan ó pongan en venta mercancías ó productos mai'cados como en el número 3. (Articulo 15».) 358 El que usare una marca que sea ofensiva pai-a alguna persona, ó venda ó ponga eíi venta un artículo que lleve una marca de esta clase, incurrirá en las penas del Arti- culo 237, Sec. 3, del Código criminal. (Artículo 16".) Imfracción. — Para constituir la imitación á que se refieren los números 4 y 6 de este artículo no es necesario que la semejanza entre la marca original y la imitada sea completa ó absoluta. Bastará, sea cual fuere la diferencia, que haya la posibilidad de equivocar ó confundir una marca con otra, según se explica en la parte última del artículo 8°. Se considerará que existe la usurpación de nombre ó firma comer- cial, á que se refiere el N". 7, bien sea en el caso de reproducción integra, bien en el de que se hayan hecho agregaciones, omisiones ú alteraciones, cuando exista la posibilidad de que se equivoque ó confunda el comprador. (Artículo 14°.) Lo que debe hacerse con las mercan. Cuando se descubre que el concesionario ocultó en la descripción de su invento el verdadero modus operandi de este. 2°. Cuando se descubre que el inventor usa procedimientos secretos que no estaban explicados en la descripción que presentó con su memorial. 3°. Cuando se descubre que el que representó con el carácter de inventor, no hizo más que copiar un invento ya conocido y descrito, ó publicado en Bolivia ó en el extranjero. 4°. Cuando el concesionario deja pasar un año y un día sin poner en prác- tica el invento por el que obtuvo privilegio. BRASIL. El que desee obtener una patente de invención en el Brasil necesitará dirigir una petición al Gobierno, por conducto del Ministro de Agricultura, acom- pañando con ella una exphcación circunstanciada de los modelos ó dibujos que también debe someter al debido examen. Esta petición se pasa á informe de una corporación que se denomina Sociedad de Fomento de la Industria Nacional, que es una junta sostenida por el Gobierno y celebra sus sesiones dos veces al mes. Evacuado el dictamen de este cuerpo, que se limitará á formar juicio sobre la utilidad de la invención de que se trata, se pasará el expediente al Ministerio público, á quien compete examinar la cuestión de originalidad del invento, y si por conceder la patente se perjudican ó no, dere- chos de un tercero. Si el caso lo requiere en virtud de la naturaleza especial del invento, se oirá también la opinión de la junta de higiene pública, ó de la corporación ¡facultativa que corresponda. Pero si no fuere necesario este nuevo voto pericial se pasará el asunto al Consejo de Estado. No. 2— -24 370 El dictamen de esta alta corporación decide el punto, excepto en el caso de que sea necesario acudir al Congreso, lo que sucederá siempre que de la con- cesión de la patente resulte perjuicio ó menoscabo de las rentas públicas. No habiendo necesidad de este trámite, el Ministro de Agricultura concederá ó negará la patente con lo que resulte de lo actuado. El costo total que envuelve la obtención d-e la patente varía entre $45 y $68. La patente misma es despachada gratuitamente. La ley de patentes del Brasil, que íué adoptada en 1882, dice literalmente como sigue : LEY DE PATENTES DE INVENCIÓN. La Asamblea General decreta : Artículo I. Cuando se concede una patente de invención, la ley garantiza al autor ó descubridor la propiedad absoluta y el uso exclusivo de lo que ha inventado ó descubierto. ¿ECCiÓN I*. Para los efectos de esta ley se entenderá que constituye inven- ción ó descubrimiento lo que sigue : 1°. La invención de nuevos productos industriales. 2°. La invención de nuevos procedimientos para obtener un producto ó resultado industrial conocido, ó una aplicación nueva de procedimientos ya usados. 3°. La mejora de un invento que ya ha sido objeto de privilegio, si es que con dicha mejora se facilita la fabricación del producto, ó su uso, ó se aumenta su utilidad. Se considerarán nuevos productos industriales y nuevos procedimientos ó aplicaciones y mejoras los que no han sido usados ó empleados, dentro ó fuera del Brasil, antes de presentarse la solicitud, y de que no puedan encontrarse descripciones ni publicaciones relativas al modo de usarlos ó emplearlos. Sec. 2*. No puede concederse patente de invención en los siguientes casos : i". Cuando el invento es contrario á la ley ó la moral. 2°. Cuando es peligroso á la seguridad pública. 3°. Cuando es dañino á la salud pública. 4°. Cuando no ofrece resultado práctico industrial. Sec 3*. La patente será concedida por la autoridad ejecutiva, después que se llenen los requisitos y formalidades prescritos por la presente ley y los regla- mentos que se dicten para su ejecución. Sec 4^ El privilegio exclusivo de una invención expira á los quince años. El de una mejora á un invento ya privilegiado termina á la conclusión del privilegio otorgado á aquel. 371 Si resultare que la vulgarización de un invento es materia de utilidad pública ó de necesidad, ó conviniere que el Estado mismo sea el que use exclu- sivamente el invento ó descubrimiento hecho, la patente quedará sujeta á expropiación forzosa, previos los trámites legales. Sec. 5*. El derecho de propiedad de una patente de invención es trasmisible por cualquiera de los modos establecidos por la ley. Artículo II. Los inventores que han obtenido privilegio en otros países podrán conseguir en el Brasil la confirmación de sus derechos, llenando los requisitos y formah- dades que esta ley impone, y observando las demás disposiciones que rijan sobre el asunto. La confirmación da exactamente los mismos derechos que una patente concedida en el Brasil. Sec. i^ La prioridad del derecho de un inventor que habiendo solicitado una patente en país extranjero la ha solicitado también en el Brasil, sin más de siete meses de intermedio, no será invalidada por virtud de hechos que puedan ocurrir durante ese período, como, por ejemplo, la presentación por otro de una petición análoga, la publicación del invento, ó su uso y empleo. Sec. 2'\ Cuando el inventor deseare, antes de obtener la patente, hacer expe- rimentos en público con lo que ha inventado, ó quisiere exhibir su invento en alguna exposición pública, oficial ú oficialmente reconocida, se expedirá en favor suyo un título provisional que le garantize su propiedad por un tiempo determinado, observándose para ello los requisitos prescritos. Sec. 3*. Nadie más que el propietario de un invento, ó su sucesor y repre- sentante legítimo, podrá durante el primer año de la existencia de su privilegio solicitar patente por razón de mejoras introducidas en dicho invento. Sin embargo se permitirá á quien quiera que sea presentar una solicitud á ese efecto, dentro de dicho período, con sólo el objeto de hacer que conste su dere- cho. El inventor de una mejora no puede sin autorización del inventor ori- ginal, mientras dure el privilegio que se le concedió, emprender en la industria ó fabricación á que la mejora se refiere. Tampoco puede el inventor usar de la mejora sin la autorización del autor de esta. Sec. 4^ Si dos ó más personas solicitaren privilegio, al mismo tiempo, y por el mismo mvento, el Gobierno exigirá, salvo en el caso de la sección i* de este artículo, que los contendientes determinen previamente su mejor derecho, bien de común acuerdo, bien acudiendo á los tribunales. Artículo III. El inventor que solicite una patente presentará por duplicado en la oficina que el Gobierno designe, y dentro de una cubierta cerrada y sellada, una 372 memoria escrita en la lengua nacional, donde se describa con claridad y exacti- tud el invento de que se trata, los usos á que se destina y el modo de usarlo ó ponerlo en práctica. Irá este documento acompañado con los planos, dibujos, modelos, ó muestras que sean conducentes á la mejor inteligencia del invento y de la memoria en que va explicado, de tal manera que cualquiera persona entendida en el asunto pueda poner en práctica la invención ú obtener el resultado ó producto á que esta se refiere. La memoria especificará clara- mente el carácter distintivo de la invención, y de conformidad con él se deter- minará la extensión que deba darse al derecho de patente, haciéndose mención de este rasgo característico en el documento que se expida. Sec. i'*. Con la memoria antedicha se presentará una petición, que deberá limitarse y circunscribirse á un solo invento, especificando su naturaleza y su objeto ó aplicaciones en armonía con la memoria y documentos presentados. Sec. 2^. Si resultare que el invento envuelve una infi-acción de la sección 2% artículo I, ó es con el objeto de fabricar sustancias alimenticias, ó productos químicos ó farmacéuticos, dispondrá el Gobierno que se haga previamente un examen secreto de una de las dos copias presentadas con la petición. Este examen se hará en la manera que prescriba el reglamento que al efecto se dicte, y con su resultado se concederá ó negará la patente. De la negativa se puede apelar al Consejo de Estado. Sec. 3^. Solo en los casos mencionados en la sección que antecede será necesario hacer un examen de la memoria antes de concederse la patente. En esta se designará siempre en forma concisa el objeto del privilegio, y que este se concede sin perjuicio de tercero y con reserva de sus derechos, y sin responsibilidad del Gobierno, con respecto á la originalidad y utilidad de la invención. En la patente de un inventor privilegiado fuera del país, se declarará que esta es válida por todo el tiempo que la patente extrangera esté en vigor, no excediéndose nunca el tiempo especificado en la sección 4% artí- culo I. Sec. 4^. Además de los gastos y honorarios que ocurran, el inventor pagará un impuesto de veinte pesos el primer año, treinta pesos el segundo, cuarenta el tercero, aumentándose así diez pesos cada año que trascurra después aquel en que se concedió el privilegio. En ningún caso serán devueltas las anualidades. Sec. 5^ Al inventor privilegiado que mejore su propia invención se le dará un certificado por sus mejoras, agregándose este á la r'espectiva patente. Por este certificado el inventor pagará, una sola vez, una suma que corresponda á la anuahdad que esté para vencer. Sec. 6*^. El traspaso ó cesión de patentes ó certificados no. tendrá efecto 373 hasta que no haya sido registrado en la Oficina de Agricultura, Comercio y Obras públicas. Artículo IV. Después de expedida la patente, y dentro de un período de treinta días, se procederá á abrir, con las formalidades que los reglamentos especifiquen, los pliegos cerrados que se acompañaron con la petición. El informe será inme- diatamente publicado en el Diario Oficial, y una de las copias de los dibujos, planos, modelos ó muestras se pondrá á la vista del público, para que las personas interesadas puedan estudiarlos, siendo permitido sacar copias de ellos. Sec. i'*. En caso de que el examen previo, de que habla la sección 2% artículo III, no haya tenido lugar, el Gobierno, después de publicado el informe, ordenará los experimentos adecuados para comprobar, según la ley requiere, la validez del privilegio, conforme al método establecido en tales examenes. Artículo V. Una patente dejará de surtir sus efectos cuando se anule ó caduque. Sec. i"^. La patente quedará anulada. 1°. Si, cualquiera de los requisitos establecidos en las secciones i* y 2=^ del artículo I ha sido infringido, al tiempo de concederla. 2°. Si la patente no tuvo prioridad. 3". Si el privilegiado ha falseado la verdad ú ocultado la parte esencial del informe descriptivo de la invención, ya sea en cuanto ásu objeto ó á la manera de usarla. 4°. Si el nombre de la invención ha sido opuesto por motivos fraudulentos al objeto mismo. 5°. Si la mejora no tuviere la conexión indispensable con la industria prin- cipal, y puede considerarse como una industria independiente, ó ha habido prioridad en la preferencia establecida por el artículo II, sección 3^ Sec. 2*. La patente caducará en los casos siguientes : 1°. Cuando el privilegiado no haga uso efectivo de la invención dentro de tres años, contados desde la fecha de la patente. 2". Cuando el privilegiado no haya hecho uso de su invención por más de un año, excepto en el caso de fuerza mayor, juzgada suficiente por el Gobierno después de consultar la respectiva sección del Consejo de Estado. Por uso se entiende, en estos dos casos, el ejercicio efectivo de la mdustria privilegiada, y el abastecimiento de los productos en proporción á su empleo ó consumo. Cuando llegase á probarse que el abastecimiento de productos es evidentemente insuficiente para las necesidades de empleo y consumo, el 374 privilegio puede restringirse a una zona determinada, por un decreto del Go- bierno con la aprobación del Poder Legislativo. 3°. Cuando el privilegiado no pague su anualidad según lo prescribe la ley. 4°. Cuando el privilegiado resida fuera del país y no nombre un agente acreditado para que lo represente ante el Gobierno ó las cortes. 5°. Cuando renuncie expresamente á su patente. 6". Cuando se suspenda ó cese una patente extranjera que haya sido reva- lidada en el país. 7°. Cuando el tiempo del privilegio haya expirado. Sec. 3°. La nulidad de una patente ó certificado de mejora será declarada por un jurado comercial de la capital, procedimientos sumarios, según el de- creto N". 737 de Noviembre 25 de 1850. Son competentes para establecer una acción de nulidad las siguientes perso- nas: el Fiscal de Hacienda y sus auxiliares, á quienes se enviarán los documen- tos y pruebas de la infracción, y cualquiera persona interesada, con el auxilio de aquellos funcionarios. Una acción de nulidad en los casos del artículo I, sección 2, números i, 2 y 3, trae consigo la suspensión de los beneficios de la patente y del uso ó empleo de la invención, hasta que se haya dado la decisión final. Si la patente no llega á anularse, el privileigiado gozará de nuevo de las garantías de la patente durante todo el término del privilegio. Sec. 4*. La caducidad de las patentes será declarada por el Ministro de Agricultura, Comercio, y Obras públicas, después de oir al Consejo de Estado. Artículo VL Se consideran como infractores de un privilegio los siguientes : 1°. Los que, sin permiso del privilegiado, fabriquen los productos ó empleen los procedimientos ó apliquen los principios que forman el objeto de la patente. 2°. Los que importen, vendan ó pongan en venta, oculten, ó reciban con el objeto de venderlo, algún producto falsificado á sabiendas de que lo es. Sec. i^. Los infractores de un privilegio serán castigados con una multa de quinientos á cinco mil pesos en favor del tesoro público, y con otra en favor del privilegiado que represente de 10 á 50 por ciento délos daños causa- dos ó que puedan causarse. Sec. 2^. Se consideran como circunstancias agravantes de la infracción las siguientes : i", Que el infractor sea ó haya sido empleado ó trabajador en el estable- cimiento del privilegiado. 2°. Que el infractor se asocie con un empleado ó trabajador del privilegiado, para adquirir conocimiento del modo práctico de usar ó emplear la invención. á 375 Sec. 3^ El derecho para conocer de los pleitos sobre infracción de un privi- legio pertenece á los Jueces de Distrito del domicilio del querellante, y á peti- ción de este ó su representante legal, ordenarán registros, embargos y depó- sitos, é iniciarán los procedimientos preparatorios ó preliminares del proceso. La sentencia será dada de acuerdo con la ley N°. 562, de Julio 2 de 1850 y el decreto N°. 707, de Octubre 9 del mismo año, en cuanto puedan aplicarse al caso. Los productos de que se trata en los números i y 2 de este artículo, y los instrumentos y aparatos respectivos se adjudicarán al privilegiado, por la misma sentencia que condene á los autores de la infracción. Sec. 4^. El proceso no impide que el privilegiado entable acción para per- cibir una indemnización por daños causados ó que pudieran haberse causado. Sec. 5^ La jurisdicción comercial es suficiente para todas las causas relativas á privilegios industriales, de acuerdo con esta ley. Sec. 6^ Serán castigados con una multa de ciento á quinientos pesos, á favor del tesoro público : 1°. Los que se anuncien como dueños de una patente, usando los emblemas, marcas, inscripciones, ó rótulos que llevan los productos ú objetos preparados para el comercio ó expuestos para su venta, como si hubiesen sido privilegiados. 2°. Los inventores que continúen ejerciendo su industria como privilegiada, cuando la patente ha sido suspendida ó anulada, ó ha caducado. 3°. Los inventores privilegiados que hagan mención de patentes en pros- pectos, avisos, inscripciones ó de cualquiera otra manera en que se atraiga la atención pública, sin designar el objeto especial para el cual dichas patentes han sido obtenidas. 4°. Los hombres profesionales ó peritos que en la hipótesis de la sección 2* del artículo III hagan público el secreto de una invención, en cuyo caso puede también haber lugar al proceso criminal ó civil que las leyes permitan. Sec. 7*^. Las infracciones de que se habla en el párrafo anterior serán per- seguidas y juzgadas criminalmente de conformidad con las leyes que estén en vigor. Artículo "VIL Cuando una patente se conceda á dos ó mas inventores mancomunadamente, ó esta pase á ser común á varios por virtud de donación ó herencia, cada uno de los dueños mancomunados puede hacer uso de ella libremente. Artículo VIH. Cuando una patente se dé ó deje en usufructo, el usufructuario estará obli- gado, cuando su derecho cese por la extinción del usufructo, ó por la expira- 376 ción del término del privilegio, á dar al dueño el valor en que este se estime, calculado con relación al tiempo que ha durado el usufructo. Artículo IX. Las patentes de invención ya concedidas seguirán rigiéndose por la ley- de Octubre 26 de 1830, haciéndose aplicables á ellas las disposiciones del artí- culo V, sección 2, números i y 2, y las del artículo VI de la presente ley, con excepción de los procesos ó acciones pendientes. Artículo X. Quedan revocadas todas las disposiciones que se opongan á las presentes. COLOMBIA. El poder de conceder privilegios en Colombia, dando derecho exclusivo para hacer uso, ó disponer de una nueva invención, está limitado y definido por la ley de 13 de Mayo de 1869. Este derecho exclusivo se garantiza por el Poder Ejecutivo por medio de un instrumento legal, llamado patente de invención. Una patente, en términos legales, puede ser concedida por toda "invención ó mejora de cualquiera máquina, aparato mecánico, combinación de materiales, ó método para adoptar una aplicación útil á la industria, artes ó ciencias," ó para fabricar y vender un artículo ó producto industrial, por un número de años que no exceda de veinte, ni sea menor de cinco. Ningún privilegio se con- cede por la importación de productos extranjeros, ya sean manufacturados ó naturales. Los inventores que posean una patente extranjera pueden también obtener otra en Colombia por la misma invención, con la condición de que esta expirará en la misma época que aquella. Las patentes de invención pueden ob- tenerse haciendo una solicitud al Poder Ejecutivo, en la cual se exprese con claridad la naturaleza de la invención ó mejora. En el caso de que se decida favorablemente, y antes de obtener la patente, el inventor debe suministrar al Gobierno, dentro de cuarenta dias, un dibujo ó modelo de la máquina ó aparato mecánico, ó una descripción completa y circunstanciada del nuevo método ó procedimiento, junto con una muestra del artefacto ó producción. Dicho modelo, dibujo ó descripción, después examinado, se conservará en los archivos. Esto se hace con el doble objeto de que sirva de referencia en caso de una controversia sobre la originalidad de la invención, 377 y para dar copias á quien quiera que las solicite, al expirar el término por el cual la patente ha sido concedida. En la patente se hará referencia á la ley que rige en el asunto. En ella se consignará el decreto ejecutivo que concede el privilegio y se expresará la na- turaleza de la invención, como también el término que debe durar la concesión. Dicho decreto debe publicarse en la Gaceta Oficial, por lo menos dos veces. Las patentes se conceden sin necesidad de examen previo respecto á la novedad ó utilidad de la invención. El Gobierno no declara que la inven- ción es nueva ó útil, ni que el privilegiado es el verdadero inventor, ni que los modelos ó descripciones de la invención son exactas. Pero no por eso cesa el derecho que pueda tener cualquiera persona, que se considere perjudicada por la concesión, para apelar á los tribunales y hacerla revocar ; y ese derecho se reserva expresamente en la patente misma. La ley requiere que, por treinta dias antes de que el Gobierno conceda una patente, se publique la petición del inventor en la Gaceta Oficial. Deben negarse las patentes de invención en los casos siguientes : Cuando no se han llenado los requisitos legales, ó cuando con la invención se pone en peligro la salud ó seguridad pública, ó se usurpan derechos de propiedad pre- existentes. En el momento que una patente expire cualquiera está en libertad para beneficiarse con ella. Las descripciones de la invención se publicarán y se darán copias de los modelos ó dibujos á cualquiera que las solicite, después de pagar los gastos necesarios. La misma publicidad se da á la invención cuando ocurra el caso de que una patente, sea anulada por cualquiera causa. Puede obtenerse un interdicto contra el infi-actor de una patente, y el delin- cuente será tratado de conformidad con las leyes penales del país. Una patente es nula cuando ataca derechos adquiridos ; la decisión en tales casos pertenece á los tribunales de justicia. La patente caduca cuando durante el curso de un año no se ha hecho uso de la invención, á menos que no sea por accidentes inevitables. Para adquirir un privilegio, debe pagarse al Gobierno una cuota de $5á$io(^iá ^2) por cada año que dure el privilegio ; la totalidad de esta suma se recauda al conceder la patente. Al sohcitar una patente debe expresarse en la petición el número de años que se desea que dure. No se atiende ninguna solicitud sin que se pague anticipadamente en la tesorería la suma de $10 (;¿"2), que el solicitante perderá si se niega su peti- ción, pero en caso de que esta se atienda, dicha suma se toma en cuenta para deducirla de la cuota que debe pagarse. 378 COSTA RICA. El poder de conceder patentes está confiado exclusivamente al Congreso, por el artículo 73, sección 20, de la Constitución, que dice " Promover el pro- greso de las ciencias y de las artes, y asegurar por tiempo limitado, á los autores ó inventores, el exclusivo derecho de sus respectivos escritos ó descubrimien- tos." Según esto, cualquiera que se considere con derecho á una patente de inven- ción debe solicitarla del Congreso constitucional. CHILE. El artículo 152 de la Constitución de Chile, fechada en Mayo de 1833, con- cede á todos los autores ó inventores la propiedad exclusiva de sus descubri- mientos ó invenciones por el tiempo que la ley le permita, y además autoriza el pago de una indemnización adecuada cuando ocurra el caso en que se con- sidere conveniente hacer pública la invención. En 1840 se dictó una ley que marca expresamente los privilegios que deben concederse en Chile por razón de nuevas invenciones, y establece la forma y términos bajo las cuales tales privilegios se deben conceder. • Una nueva invención ó descubrimiento debe someterse por el inventor al Ministro de Fomento, quien nombrará una comisión para examinar las muestras, modelos ó dibujos que se presenten. En vista del dictamen de los comisionados, á quienes se les exije el sigilo por medio de juramento, el Ministro concederá ó negará la patente. El término para una patente no puede ser mayor de diez años. El privilegiado pagará al Tesoro la suma de $50, como contribución para el sostenimiento del Museo en que se conserva el modelo de la invención, juntamente con una explicación detallada del uso y método del artículo ó materia inventada, la que se guarda bajo llave y con el sello privado del in- ventor hasta que el término de la patente haya expirado. Por la misma ley y bajo iguales condiciones se conceden patentes de inven- ción por descubrimientos en las artes ó industrias hechos en países extranjeros, pero desconocidos en Chile; estas patentes se conceden por períodos más cortos, que no pasan de ocho años. El traspaso de las patentes, ó privilegios, es lícito y permitido, á menos que se sospeche la existencia de un fraude. La falsificación de un artículo ya privilegiado se castiga con una multa de $Too á $1,000, y la confiscación del artículo y del establecimiento y útiles empleados en su fabricación. Los productos de la multa y comisos se dividirán por iguales partes entre el Tesoro y el privilegiado, después de pagar las pérdi- das que se calcule haber sufrido este último. En caso de que una patente se 379 obtenga fraudulentamente — es decir, por medio de falsas alegaciones — ó por otra persona que no sea el mismo inventor, incurrirá el delincuente en una multa de $ioo, á $i,ooo, ó en la pena de prisión de tres á doce meses. En caso de disputa entre dos personas, que han obtenido privilegios que les permitan la producción del mismo artículo, la ley previene que el asunto se arregle por medio del arbitrage, nombrándose un arbitro por cada una de las partes interesadas y un tercero por el Ministro de Fomento. Las patentes pueden concederse para que surtan sus efectos en todo el país ó sólo en una ó más provincias. Además del tiempo señalado en la patente se conceden también términos adecuados para instalar el establecimiento maquinaria ó industria necesaria para producir el artículo inventado, pero en caso de que estos términos expiren, sin realizar el objeto que se pretendía, todos los privilegios concedidos por la patente quedarán anulados ; y de la misma manera se perderán todos los privi- legios exclusivos si se abandona el establecimiento por más de un año, ó si el artículo que se produce es de inferior calidad al de la muestra original. El término concedido para las patentes ó privilegios exclusivos de producción puede prorogarse cuando se juzgue que el privilegiado merece que se pro- longue el término dé su patente, pero para eso es preciso que presente su so- licitud seis meses antes de que expire el primer permiso. En Agosto de 1851 se expidió una ley en que se obliga á los comisionados nombrados para informar sobre una petición de patente, ó introducción de una industria, á dar dictamen no solo con respecto á su utilidad, sino también sobre los inconvenientes que pueda tener la concesión de un privilegio exclu- sivo para la industria ó el comercio ; también deben informar sobre las difi- cultades ó gastos á que los solicitantes tendrán que hacer frente para llevar á cabo su empresa, sirviendo esto de base para determinar el tiempo que se les deba conceder para introducir el arte ó invención, y tener además pleno conoci- miento de la industria que pueda perjudicarse por la concesión de un privilegio exclusivo. También debe hacerse mención especial del objeto de la petición, si es para una patente de invención ó para introducir en el país algún artículo nuevo. Con fecha 16 de Agosto de 1856, se promulgó una ley que obliga al soHcitante de privilegios de introducción de invenciones ya conocidas en otros países, á que haga publicar por el término de treinta dias en el diario oficial, sus referi- das solicitudes, para que así las personas que hayan ya introducido, ó esta- blecido en el país esas invenciones ó industrias, ó hayan dado pasos para su in- troducción ó establecimiento, y por tanto hayan incurrido en gastos con an- terioridad á la petición del privilegio exclusivo, puedan tener una oportuni dad de oponerse á la concesión del monopolio. B80 ECUADOR. El Congreso del Ecuador, considerando la importancia de reglamentar el modo y forma en que han de concederse las patentes de invención, para evitar que estas se conviertan en objetos de monopolio, y para facilitar su adquisición, si son útiles á las ciencias, artes é industrias, decreta : Artículo i°. La ley gnrantiza á cada inventor el pleno y debido goce de su propia invención, siempre que no se oponga á las leyes ó principios morales. Artículo 2". Las siguientes se considerarán como invenciones: los medios ó métodos que se descubran para mejorar cualquiera fabricación ó industria. xA.RTÍcuLO 3". Las siguientes no se considerarán como invenciones: aquellas modificaciones puramente teóricas, ú objetos de ornamento solamente. Artículo 4°. El Estado tiene facultad para comprar, para el uso público el secreto de una invención útil para la industria. Artículo 5°. Para garantizar al autor de una invención ó de una mejora el goce de su propiedad exclusiva, se le concederá una patente cuya duración no será de menos de diez años, ni más de quince. Artículo 6°. Es ilegal conceder patentes á inventores de remedios secretos ; ellos deben hacer públicos los ingredientes de estos, á reserva de una indemni- zación equitativa. Artículo 7°. Los introductores de máquinas ó nuevos métodos de fabrica- ción, ó de industrias desconocidas en la República, tienen derecho para obtener patentes exclusivas, que se concederán bajo la graduación siguiente : Artículo 8°. Si el establecimiento de la máquina ó industria importada requiere un capital ó un adelanto de 25,000 pesos, la patente será concedida por tres años; si este capital llega á 50,000 pesos, será concedida por seis años; y si el mismo capital sube á 100,000 pesos ó más, será concedida por diez años. Artículo 9°. La patente concedida á introductores de máquinas ó de méto- dos nuevos de fabricación ó de industrias ya conocidas y empleadas en el exterior, solo tendrán efecto en la localidad donde la máquina deba funcionar ó en el territorio necesario para su explotación. MANERA DE OBTENER PATENTES DE INVENCIÓN, DE MEJORAS Ó DE IMPOR- TACIÓN. Artículo 10°. El solicitante de una patente para cualquiera de los objetos arriba mencionados, debe presentar al Poder Ejecutivo una solicitud en la cual explicará en qué consiste su invención ó mejora, reservando para sí el secreto del método ó de las sustancias ó de los ingredientes de que hace uso, ó de instrumento que emplea. Esta solicitud debe estar acompañada de una muestra del artículo, del metal traj^ajado, ó de la invención mejorada. 381 Artículo ii°. Cuando se haga una solicitud para patente de importación, la persona interesada agregará á su solicitud modelos de la maquinaria que se propone establecer, ó una especificación detallada describiendo el principio, métodos y procedimientos de la industria que desea establecer en el territorio de la República, así como también el artículo que se propone fabricar. Artículo 12°. El Gobierno entonces nombrará una comisión compuesta de tres personas competentes para que juzguen del asunto y examinen el pro- cedimiento ó secreto que constituye la invención, mejora ó importación. Artículo 13''. La comisión será siempre presidida por el jefe político del cantón adonde la patente va á ser trabajada; y si la patente debe surtir sus efectos en toda la República, por el jefe del cantón donde se haga la soli- citud, y por dos miembros del Consejo Municipal, quienes procederán á exami- nar el asunto, según se ha dicho en el artículo anterior. Artículo 14". Los dos miembros del municipio y los tres miembros de la comisión nombrados por el Gobierno, prestarán juramento ante el jefe político de que no revelarán el secreto de la invención ó mejora y de que cumplirán fielmente su cometido. Artículo 15°. La comisión y los dos miembros del municipio discutirán (no estando presente la persona interesada) el informe que deben presentar, teniendo cuidado de hacer constar las diversas opiniones que se expresaren. Artículo 16". El dictamen mencionado en el artículo anterior será remitido bajo cubierta sellada al Ministro de Fomento, marcando así el sobrescrito " Comunicación reservada." En el mismo sobre debe incluirse una descrip- ción del artefacto, máquina ú otros detalles que formen parte de la inven- ción, mejora ó importación. Artículo 17°. Dentro del tiempo máximo de tres meses después de recibir el informe de la comisión encargada de examinar la invención, mejora ó im- portación de la nueva industria, el Poder Ejecutivo remitirá al Congreso los documentos suministrados por el solicitante, juntamente con el informe arriba citado. El Congreso, después del examen debido, concederá ó negará la patente. En el primer caso devolverá los documentos presentados por el Poder Ejecu- tivo, y este enviará la patente formulada, en papel sellado de la lo*"* clase, haciendo que se tome nota en el Ministerio de Fomento de la solicitud ó especificación mencionada en el artículo 2°. Artículo 18°. Para evitar el abuso, que los dueños de las patentes puedan hacer de ellas, el Gobierno declarará en las mismas no garantizar la realidad, mérito ó utilidad de la invención, mejora ó importación, y que la persona interesada hará uso de ella bajo su propia responsabilidad y riesgo. 382 Artículo 19°. El dueño de una patente que desee hacer cambios en su invención, ó en su solicitud original, antes de obtener su patente ó antes de que expire el término de su patente, debe hacer una declaración escrita, acompa- ñada de la descripción de su nuevo método, en la forma y estilo prescrito en el artículo 10", para poder así obtener la correspondiente alteración en su patente, cuya duración, sin embargo, no será prorogada. DERECHOS DE LOS DUEÑOS DE PATENTES. Artículo 20". El dueño de una patente gozará del beneficio exclusivo de una invención, mejora ó importación por la cual haya obtenido su patente. Artículo 21°. Tendrá derecho á abrir establecimientos en todos los pun- puntos de la República, si su invención ha obtenido patente para todo el país, ó en todas las localidades á que se le haya limitado ; también tiene el derecho de autorizar á otras personas para emplear sus métodos, así como también de disponer de su privilegio como propiedad personal. Artículo 22°. El dueño de una patente no podrá cederla en todo ó en parte, sino en presencia de un notario, so pena de perder todos sus derechos. Artículo 23". En caso de contienda ó duda sobre el derecho de dos per- sonas que soliciten la patente á título de inventores, la prioridad de la solicitud será decidida por un certificado del Subsecretario del Ministerio de Fomento, expresivo de la fecha y hora de la presentación de las respectivas solicitudes. SOBRE LA duración DE PATENTES. Artículo 24°. La duración de las patentes de invención, mejora ó intro- ducción principia á contarse desde la fecha en que se expide el decreto con- cediéndolas. Artículo 25". Una vez concedidas las patentes por el Gobierno serán estas registradas en un libro especial que se conservará en el Ministerio de Foniento En el mismo Ministerio quedarán archivados la solicitud original, la especifi- cación y los demás documentos de que habla el artículo 10", hasta que expire el término de la patente. Artículo 26''. Las concesiones de patentes se harán saber oficialmente, por el Ministro de Fomento, á los Gobernadores de los cantones y serán publicadas en el Diario Oficial; y en las colecciones de leyes y decretos. SOBRE LOS DERECHOS DE LA NACIÓN AL EXPIRAR EL TERMINO DE LA PATENTE. Artículo 27". Cuando el término de la duración de la patente haya expi- rado, la invención, mejora ó importación del nuevo procedimiento industrial para el cual se ha concedido patente, pasará á ser propiedad pública, 383 Artículo 28". Al expirar el término de la patente la especificación y demás documentos mencionados en el artículo 10° serán publicados y depositados en la Biblioteca Pública de la Capital de la República. Artículo 29°. Cuando por cualquiera de las causas mencionadas en la ley se declare nula una patente, también se publicará esta declaración y se la de- positará en la Biblioteca Pública, con el fin indicado en el artículo 27°. Artículo 30°. El Gobierno publicará las especificaciones y dibujos nece- sarios para que se comprenda mejor el procedimiento, cuando pase á ser propiedad pública, y enviará un número suficiente de copias á los Goberna- dores de las provincias. garantías de las patentes. Artículo 31". El privilegiado puede obtener, si presenta la prueba adecua- da, un interdicto provisional, y aun el secuestro de la maquinaria, instrumen- tos ó productos, usados ó fabricados en perjuicio de sus derechos, observán- dose todo caso lo que la ley vigente establece al efecto. Artículo 32". El dueño de dichos efectos, si llega á ser declarado autor de un fraude, será condenado á la confiscación de los bienes secuestrados en beneficio del privilegiado, y también á pagar daños y perjuicios en proporción de la importancia del fraude. Artículo 33°. Si la ofensa no llega á comprobarse el acusador pagará al acusado los daños causados por el secuestro, más una multa igual á aquella que se hubiera impuesto al acusado si hubiese sido declarado autor del fraude. Artículo 34°. Si el privilegiado fuese molestado en el uso de sus derechos exclusivos podrá demandar á las personas que así le molesten, ante los tribu- nales ordinarios, quienes aplicarán las penas mencionadas en los artículos anteriores. Pero si el acusado disputase la validez de la patente, el asunto debe decidirse por el Ministro de Fomento. Articulo 35°. En el caso de disputa entre dos privilegiados, respecto á dos invenciones exactamente iguales, la patente concedida primero será la que se considere válida. Artículo 36°. El segundo privilegiado se considerará en este caso como el mejorador de la invención. SOBRE LAS garantías DE LA NACIÓN CONTRA EL ABUSO DE LOS PRIVILE- GIADOS. Artículo 37°. Se considerarán nulas todas las patentes de invención, mejora ó importación que los tribunales hayan condenado como contrarias á las leyes del Estado, á la seguridad pública ó á los reglamentos de policía. El privilegiado, en este caso, perderá todo derecho á reclamar indemnización. 384 Artículo 38°. También se declararán caducas las patentes, en los siguientes casos: 1". Si se prueba que el inventor ha dejado de consignar en su especifi- cación el verdadero método de poner en práctica su invención. 2°. Si se prueba que el inventor ha hecho uso de procedimientos secretos que no han sido detallados ni en su especificación, ni en la declaración, que según el artículo 19°, le es permitido hacer para modificar la primera. 3°. Si se prueba que el inventor, ó quien pretenda serlo, ha obtenido una patente por cosa que ha sido ya descrita y publicada por la prensa periódica de la República, ó de cualquiera otra parte. 4°. Si el privilegiado ha dejado pasar un año y un dia desde la fecha en que se le concedió la patente, sin haber trabajado en su invención, ó sin haber justificado esta inacción, cuando la ley la permite, en vista de las circun- stancias. 5°. Si el inventor ó la persona autorizada para hacer uso de sus derechos, bajo cualquier concepto, no cumple con las obligaciones consiguientes al uso de su patente. Artículo 39°. En todos los casos en que, por cualquiera causa, se anule ó caduque una patente, se aplicará lo establecido en el artículo 27". Artículo 40°. Toda persona á quien se ha concedido una patente, debe sujetarse en todos los casos á las leyes del país, y debe expresamente renunciar á toda queja ó intervención diplomática. Artículo 41°. Todos los privilegiados que ya tengan patentes en la República, están sujetos, con respecto á las condiciones que se refieren á la caducidad de dicha patente, á las prescripciones de la presente ley. ESTADOS UNIDOS. Las leyes de los Estados Unidos relativas á patentes están contenidas en las secciones 4883 á 4936 de los Estatutos Revisados de los Estados Unidos. Cualquiera persona que haya inventado ó descubierto un arte, máquina, artefacto, ó composición de materias, ó hecho mejoras, útiles y no conocidas por otros ó descritas en publicaciones impresas, puede solicitar una patente que le dé el derecho exclusivo de hacer, usar ó vender lo inventado ó mejo- rado por diez y siete años. La sohcitud debe hacerse por escrito á la Oficina de Patentes, bajo jura- mento, expresando que el solicitante se considera inventor ó descubridor original del artículo para el cual solicita la patente. El solicitante debe expresar el país de que es ciudadano. Deben acompañar, á la solicitud, una descripción detallada, clara, concisa y exacta del invento ó descubrimiento, y de la manera de construirlo, ó hacer uso de él ; y en el caso de una máquina debe explicarse el principio de ella y la manera en que se va á apli- 385 car, señalando claramente cual es la parte, mejora ó combinación para que se solicita la patente. Las especificaciones y peticiones deben ir firmadas por el inventor y dos testigos. Siempre que sea practicable, deben suminis- trarse dibujos, firmados por el inventor ó su apoderado y dos testigos. En el caso de una composición, se hace necesario explicar los ingredientes que forman parte de ella. Se requieren modelos, en los casos en que estos sean posibles. Todo expediente debe completarse durante el término de dos años después de la solicitud, y en caso que no se practique el invento en dos años, se considerará abandonado. Pueden concederse patentes por invenciones que han sido ya privilegiadas en el extranjero, á menos que estas hayan sido introducidas para uso público en los Estados Unidos dos años antes de hacerse la solicitud. Las patentes que así se conceden, caducan cuando la patente extranjera expire, ó si no á los 17 años. Los traspasos deben hacerse por escrito, y han de regirtrarse en la Oficina de Patentes. Los artículos protegidos por una patente deben rotularse y marcarse como tales. Los tribunales de los Estados Unidos hacen efectivas las penas en que incurren aquellos que marquen como protegidos por una patente los artículos que no lo están. Los ciudadanos, ó los extranjeros que hayan residido un año en los Estados Unidos y declarado bajo juramento su intención de adoptar la ciudadanía de estos, pueden en el caso de estar ocupándose de un invento, para el oerfec- cionamiento del cual desean tiempo, depositar un aviso en los archivos secretos de la Oficina de Patentes, con el cual obtienen el derecho de que se les informe de toda solicitud hecha durante el año, que pueda perjudicar su invención. Recibida esta noticia, deben depositarse en el término de tres meses, la especi- ficación, descripción, etc., para completar el derecho á la patente. Cuando se niegue la solicitud de una patente, se darán las razones que ha habido para ello. En caso de oposición á que se conceda la patente se da noticia de ello á los interesados. Cuando se niega la patente, hay derecho de apelar del examinador al exa- minador en jefe, y de este al Comisionado de Patentes, de quien también puede apelarse al Tribunal Supremo del Distrito de Columbia. Si la solicitud es denegada por el Comisionado de Patentes, ó por el Tribu- nal Supremo del Distrito de Columbia, el interesado puede poner pleito, bajo los procedimientos denominados de " equidad," ante cualquier tribunal federal de circuito, con el objeto de que se revoque aquella negativa; y en caso de que ese pleito se resuelva favorablemente al demandante, el Comisionado de No. 2 25 386 Patentes expedirá la que se solicita, tan luego como reciba debidamente certifi- cada por el tribunal, la ejecutoria relativa al caso. Cuando las patentes resulten ineficaces, por razón de alguna explica- ción defectuosa, procedente de error ó equivocación padecida al extenderlas, se extenderá una nueva, redactada en la forma correcta que corresponde, después de recogerse la anteriormente despachada. Cuando entre los fundamentos, ó asertos, del que solicita la patente, hay alguno, no esencial para el caso, de que él no hubiese sido realmente el inven- tor primitivo, podrá aquel hacer presente por escrito en la Oficina de Patentes, que no es su intento que se le considere inventor de la parte, 6 partes, del invento, que designará debidamente. Los tribunales competentes para conocer de las demandas y pleitos sobre patentes de invención son los federales de circuito. La tarifa de los derechos en la Oficina de Patentes es como sigue : Al presentar la solicitud para una patente, cuando el caso no requiere dibujo, $15. Al expedir la primera patente, cuando el caso no requiere dibujo, $20, En los casos en que hay dibujo : Si la patente que se pide es por 3 años y 6 meses, hay que pagar $10. Si es por 7 años, $15. Si es por 14 años, $30. Al presenter lo que se llama un caveat (que es una noticia de que se ha inventado algo, y que se va á solicitar la patente), $10. Al presentar lo que se llama un disclaimer (que es la noticia de que no se pretende ser inventor de alguna parte, determinada del procedimiento, ó máquina, etc., á que la patente se refiera), $10. Al presentar la solicitud para próroga del término de la patente, $50. Al concederse la próroga, $50. Al presentar el escrito de apelación del Examinador al Examinador en Jefe, $10. Al presentar el escrito de apelación del Examinador en Jefe al Comisionado, $20. Por copias certificadas de patentes, y cualesquiera otros documentos, y también por documentos impresos y certificados, 10 centavos por cada 100 palabras. Por tomar razón de las cesiones, convenios, poderes, y cualesquiera otros documentos de 300 palabras ó menos, $1 ; de más de 300 palabras y menos de 1,000, $2 ; y de más de 1,000, $3. - Por copias de dibujos, lo que razonablemente cueste hacerlos. 387 GUATEMALA. Artículo i". Todo descubrimiento ó invención, cualquiera que sea la industria á que pertenece, dá á su autor el derecho exclusivo para hacer uso de su invención ó mejora, por el tiempo y según las condiciones establecidas por esta ley. Artículo 2°. Todo guatemalteco ó extranjero domicihado en Guatemala que invente ó mejore una máquina, instrumento ó aplicación mecánica, fábrica de cualquiera clase, ó procedimiento útil aplicable á las artes y ciencias, podrá obtener del Poder Ejecutivo una "patente de invención" ó "patente de mejora," que le asegure la posesión de su invento ó mejora por un período de cinco á quince años. Artículo 3°. Para obtener esta patente, la persona interesada debe solici- tarla del Ministerio de Fomento, personalmente ó por medio de un apoderado, haciendo una declaración de su invento ó mejora, dando sus detalles con claridad y pidiendo el privilegio. Artículo 4". Si se concede la patente, el privilegiado estará obligado á presentar dentro de cuarenta días un dibujo exacto de la respectiva má- quina ó instrumento mecánico, ó una descripción detallada del nuevo proce- dimiento, acompañada de una muestra del artefacto ó producto si esto fuere posible, de manera que pueda conservarse todo en los archivos de la oficina del ramo, al cuidado del empleado encargado de ellos; adonde permanecerán como prueba en caso de que se suscite alguna disputa. Artículo 5°. Pueden concederse patentes á las personas que las hayan obtenido en otros países, siempre que su descubrimiento no se haya hecho propiedad pública y que exista convención al efecto entre la nación de que se trata y Guatemala. Estas patentes dejarán de surtir sus efectos al mismo tiempo que las patentes extranjeras; pero si ese período fuese mayor de quince años, el privilegio no puede exceder de ese tiempo. Artículo 6°. Todo privilegio concedido será anotado en un libro especial, el cual será llevado por los secretarios respectivos. Artículo 7°. En caso de concederse la patente, la que se expida conten- drá la oportuna inserción de esta ley, explicará la invención ó mejora de que se trata, la duración de tiempo comprendido. Hará una declaración de pose- sión y del privilegio, y estará sellada con el sello del Ministerio de Comercio. Artículo 8". El Ejecutivo, al conceder una patente, no garantiza que el descubrimiento ó invención sea de la propiedad de la persona que aparece como inventor ó autor, ni tampoco su exactitud ó utilidad. Las personas interesadas son las que deben probarlo, cuando se necesite, ante un tribunal competente. 388 Artículo 9". Toda solicitud que se haga para obtener una patente debe ser publicada cuatro veces durante un mes en la Gaceta Oficial, y las patentes concedidas se publicarán lo menos dos veces en el mjsmo periódico. Artículo io**. Las patentes serán anuladas, además del caso provisto en el artículo 4°, cuando concurran las circunstancias siguientes : I o. Cuando á juicio de un tribunal competente la patente ha sido concedida en perjuicio de los derechos de tercero. 2**. Cuando trascurra un año sin que se haya puesto en práctica la industria ó mejora para la cual se dio la patente. 3°. Cuando después de haber dado principio á la industria ó mejora esta se abandone por más de un año. 4°. Cuando los productos que se fabriquen sean de calidad inferior á las muestras presentadas, por razón de adulteraciones que se hagan en ellos. Artículo 11°. No se concederán patentes en los casos siguientes: 1°. Cuando la invención ó mejora se oponga á derechos concedidos con anterioridad, ó á la seguridad y orden púbHco, ó á la moralidad y buenas costumbres. 2^. Cuando las formalidades prescritas por la ley no se hayan debidamente atendido. Artículo i 2°. La patente concedida es solamente por el procedimiento ó método de fabricar y producir, y de ninguna manera por los productos que fabricados por otros métodos puedan libremente prepararse y venderse. Artículo 13°. Toda persona tiene derecho para hacer mejoras á la inven- ción de otro, pero no para usar la invención misma, excepto con el consenti- miento de su dueño ; de la misma manera el inventor no puede hacer uso de las mejoras y adiciones hechas por otra persona sin el consentimiento de esta. Artículo 14°. La concesión de una patente obliga al privilegiado al pago adelantado de un impuesto, en favor del Tesoro Nacional, de 5 á 50 pesos por cada año que dure la concesión. Artículo 15°. Cuando el tiempo prescrito para la patente haya caducado, podrán darse copias de la especificación del autor ó inventor y de los dibujos ó modelos á cualquiera persona que las solicite y pague los gastos ; y desde esa fecha en adelante queda permitida la fabricación según ese sistema ó procedimiento. Artículo 16°. Los delitos de falsificación, imitación, etc., de los artículos, objeto de una patente, se castigarán según lo previene el código penal. Artículo 1 7°. El Ejecutivo puede conceder franquicias cuando se trate de obras de utilidad pública que se establezcan en el país ó de personas que propongan establecer nuevas industrias ó mejorar la que ya existen. Artículo 18°. Estas concesiones ó franquicias pueden consistir, en la exeri- . 389 ción ó rebaja de los derechos fiscales por la introducción de maquinaria ó materiales, en el préstamo gratuito de edificios públicos ó tierras durante el término de la concesión, ■exención del servicio militar á los operarios ocupados en la industria á que se refiere la concesión, subvenciones y premios efectivos, según las circunstancias del caso. En caso de exención ó rebaja de los derechos, los jefes ó administradores de la empresa favorecida deben presentar, para obtener la entrega de las mer- caderías, una petición á la aduana respectiva en la cual aparezcan los detalles siguientes : 1°. Que la empresa está incluida entre aquellas que gozan de la concesión. - 2". Que los efectos cuyo despacho se desea no exceden las necesidades ó demanda del mantenimiento de dicha empresa. 3°. El nombre de los barcos que han traido los efectos, lo mismo que las marcas y número de los bultos. 4°. Un inventario de los efectos existentes en sus bodegas ó almacenes, que fueron previamente importados. Los empleados encargados del envío de estos efectos adoptarán las debidas precauciones para averiguar la conformidad que haya entre estos y la peti- ción, suspendiendo el envío si apareciere alguna discrepancia. Si la empresa favorecida con la exención del pago de derechos, suspendiere sus operaciones porque el téjrmino de la concesión hubiese terminado, ó por cualquiera otra causa, presentará á la aduana respectiva un inventario de los artículos existen- tes y que le pertenezcan, y si dichos artículos están destinados para el consumo ó uso de una tercera persona, quedará responsable por el pago de los derechos correspondientes. Artículo 19°. Cualquiera persona que desee obtener una concesión para el establecimiento de una empresa de utilidad pública, ó introducción ó mejora de una industria especial, se dirigirá al Ministro de Comercio manifestando exphcita y detallademente las condiciones de la empresa ó industria ó mejora que desea introducir. El Ministro, después de oir á dos ó mas peritos, pasará la soHcitud al Consejo de Estado. Si el informe de este cuerpo fuese favorable, se dará la concesión, sujeta, sin embargo, á la aprobación de la Asamblea, que considerará el asunto en las próximas sesiones ordinarias. Al privilegiado le será permitido comenzar á hacer uso de la concesión dada, tan pronto como esta ha sido concedida; pero en caso que esta no sea aprobada por la Asamblea, no tendrá derecho de exijir ninguna compensación. Toda solicitud que se haga para obtener una concesión se pubhcará cuatro veces, durante un mes, en la Gaceta Oficial, antes de someterse á la considera- ción del Consejo de Estado, para que si hubiese alguna persona cuyos derechos 390 se perjudican pueda presentarse haciendo sus objecciones ante dicho Ministerio. Artículo 20°. No se harán concesiones especiales por la introducción de máquinas para usos domésticos y otros objetos de comercio común. Artículo 2 1°. La concesión hecha en favor de alguna empresa será anulada si se descubre que el privilegiado trafica con las materias primas ó artículos que importa. Artículo 22°. En el caso provisto en el artículo anterior, además de per- derse la concesión, el privilegiado pagará los derechos correspondientes al total de las importaciones que haya hecho hasta aquella fecha, más el 40 por ciento sobre la suma total. Artículo 23°. También se anulan las concesiones en los casos siguientes : 1°. Cuando ha expirado el tiempo en que el privilegiado se obligó á introducir la industria ó mejora ó á comenzarlos trabajos para poner la misma en práctica. 2°. Cuando después de establecida se abandone por más de un año. HAITÍ. (La República de Haití no tiene ley de patentes. Dado el caso de que llegase á sentirse la necesidad de tal ley, probablemente basaría su legislación en el sistema francés.) HAWAI!. El Ministro de Fomento, con la aprobación de Su Majestad el Rey, puede otorgar una patente al inventor ó mejorador de cualquiera máquina, artefacto ó trabajo de arte que tienda á mejorar los intereses de las ciencias, agricultura ó industria fabril, y asegurar á dicho inventor ó mejorador un privilegio exclusivo por cualquier número de años que no exceda de diez, y que se especificará en dicha patente; y al obtener dicha patente el privilegiado pagará la suma de 100 pesos, al Ministro de Fomento, para uso de la Real Hacienda. Todo inventor ó mejorador, antes de recibir una patente, entregará al Ministerio de Fomento una descripción escrita, detallada y clara de su invención ó mejora, juntamente con el modo de usarla ó aplicarla; y si se trata de una máquina, suministrará también dibujos exactos y un modelo completo, y al mismo tiempo depositará, si es ciudadano de este Reino, la suma de 30 pesos en el Ministerio de Fomento, y si es extranjero la suma de $100, para uso de la Hacienda Real. Cualquiera persona que haya inventado una nueva arte, máquina ó mejora, y desee más tiempo para perfeccionar la misma, puede depositar en la oficina 391 del Ministro de Fomento una declaratoria, expresando su invención el objeto de esta, y sus caracteres distintivos, y suplicando se conceda protección á sus derechos hasta que tenga perfeccionado su invento; esta declaratoria ó súplica, acompañada del pago de 30 pesos que hará el suplicante en el Ministerio de Fomento, será conservada en los archivos secretos del Ministerio de Fomento; y después de un año, si el solicitante desea gozar de los beneficios que le con- cede su súplica, debe depositar su descripción, especificación, dibujos y modelo pagando la cuota señalada para el caso de solicitud de patentes. JAMAICA. Las solicitudes para patentes deben dirijirse al Gobernador quien las pasará al Consejo Ejecutivo. Deben presentarse acompañadas de un juramento del solicitante ó de su agente, y expresarán que "él ha inventado ó descubierto una arte nueva y útil, máquina, artefacto ó composición de materias hasta entonces desconocidas ó no usadas en la isla, ó alguna mejora á cualquiera invención ó descubrimiento, suplicando se conceda la propiedad exclusiva de la mencionada nueva invención y descubrimiento ó mejora, y que se conceda la debida patente á favor de la misma." Derechos exclusivos pueden concederse por un período que no exceda de catorce años. Todas las peticiones deben ser sometidas al Fiscal General para su examen y aprobación. En caso de merecer su aprobación, las enviará con su informe al Consejo Ejecutivo; en caso de ser desaprobadas, informará al Gobernador dando las razones que ha tenido para ello. Deben presentarse modelos siempre que sea posible, pero cuando, por la naturaleza complicada de la maquinaria, el costo del modelo sea tan grande que impida suministrarlos, el Gobernador y el Consejo pueden eximir de esa obligación. Todas las patentes concedidas deben estar funcionando dentro de dos años. Las personas que hayan obtenido patentes en otros países pueden también hacerlas extensivas á Jamaica, siempre que de la invención no se haya hecho uso muy general en la colonia antes de la solicitud. Se castiga con una multa de $250 á aquellos que falsifiquen ó imiten artí- culos protegidos por una patente. Los impuestos de timbre ascienden á $30 próximamente. 392 MÉXICO. Cualquier mexicano ó extranjero, inventor ó mejorador de cualquiera industria ó arte ó de objetos destinados á ellas, tiene derecho por virtud del artículo 28° de la Constitución, á su uso exclusivo durante cierto período de tiempo, según las disposiciones y reglamentos que señala esta ley. Para adquirir este derecho, debe obtenerse una patente de invención ó mejora. Todo descubrimiento, invención ó mejora que tenga por objeto un nuevo producto industrial, una nueva manera de producción, una nueva aplicación de principios ya conocidos para obtener ciertos resultados ó un nuevo pro- ducto, puede ser objeto de patente. Productos químicos ó farmacéuticos pue- den de igual manera serlo. Una invención ó mejora no será considerada como nueva cuando en este país ó en el extranjero, y con anterioridad á la solicitud para la patente, haya recibido suficiente publicidad para ser puesta en práctica. Se exceptúa, sin embargo, el caso en que esa publicidad haya sido dada por una autoridad extranjera con poder para emitir patentes, y cuando el invento ó mejora haya sido exhibido en exposiciones celebradas dentro del territorio de la Re- pública ó en el extranjero. Las siguientes cosas no pueden ser objeto de patente. 1°. Las invenciones ó mejoras que requieran trabajos contrarios á las leyes ó á la seguridad pública. 2°. Los principios científicos ó descubrimientos que sean puramente espe- culativos, ó no se pongan en práctica por medio de maquinaria, aparatos, in- strumentos, procedimientos químicos ó mecánicos de un carácter industrial práctico. La concesión de una patente no garantiza la novedad ó utilidad del objeto á que se refiere, ni resuelve las cuestiones que de ello puedan originarse. Con- siguientemente, deben concederse sin previo examen respecto á la novedad ó utilidad de la invención ó mejora, ó á la suficiencia ó insuficiencia de las des- cripciones que acompañen la solicitud. La concesión de una patente solo puede hacerse con relación á un objeto .ó procedimiento industrial. Cuando dos ó más de estos puedan combinarse entre si para producir el mismo resultado industrial, debe solicitarse el número de patentes que para ello sea necesario. Los derechos concedidos por virtud de patentes expedidas en la República por objetos ó procedimientos, que se encuentren protejidos ó puedan protegerse 393 por patentes extranjeras, son independientes de los derechos que esas mismas concedan, y de los efectos ó resultados que ellas puedan producir. Los efectos de una patente son : i". Privar á toda persona, que no tenga permiso del dueño, del derecho de producir, por medios industriales, el objeto de la invención, ó de colocarlo en el mercado ó de venderlo. 2°. Refiriéndose á un procedimiento, máquina, ó cualquiera otra manera de trabajar con un instrumento ú otros medios de operación, el efecto de la patente es privar á toda otra persona del derecho de aplicar el procedimiento ó usar el gbjeto de la invención sin permiso del dueño. La patente no produce ningún efecto, con respecto á una tercera persona que haya estado secretamente trabajando, ó haya hecho los preparativos necesarios para trabajar en la República con la invención ó procedimiento antes de la presentación de la patente. Los efectos de la patente no comprenden los objetos ó productos que pasen de tránsito por el territorio de la República ó estén dentro de sus aguas territoriales. El derecho de solicitar una patente para objetos ó procedimientos que puedan ser protegidos por patentes extrangeras solo será concedido á los inven- tores ó mejoradores ó á sus representantes legítimos. Los inventores gozarán durante el período de un año, después de concedida la patente, del derecho exclusivo de solicitar otra por mejoras que hagan á sus inventos. Las patentes pueden concederse por 20 años desde la fecha en que se expiden ; sin embargo, cuando las que se soliciten son para objetos ó procedimientos que estén ya protegidos por una patente extranjera, el término de duración no puede exceder del tiempo necesario para que las dos terminan al mismo tiempo. El término de una patente puede prorogarse por 5 años á juicio del Ejecu- tivo. La próroga del tiempo que debe durar una patente de invención lleva consigo también la del de las patentes suplementarias de mejoras que se relacionan con la invención misma. El Ejecutivo puede, mediante el pago de una indemnización equitativa, expropiar una patente bien porque se considere de utilidad pública, ó porque el artículo de la patente sea de tal naturaleza que su libre uso pueda constituir una fuente importante para la riqueza púbhca. Sin embargo, esto solo se puede hacer cuando concurra alguna de ¡as circunstancias siguientes: I**. Cuando el privilegiado se niegue á venderla. 2°. Cuando la máquina, aparato, instrumento ó procedimiento puede ser producido ó usado en el país. Los reglamentos determinarán las formahdades ' 394 y procedimientos que deben observarse en la expropiación de patentes para beneficio público. Para obtener una patente debe presentarse una solicitud al Ministro de Obras Públicas. El primer solicitante tendrá á favor suyo la presunción de ser el primer in- ventor, y goza del derecho de posesión. Los inventores, ya sean naturales del país ó extranjeros, que no puedan personalmente hacer la solicitud ante el Ministerio de Obras Públicas, pueden nombrar sus apoderados que hagan sus veces, tanto para obtener las patentes como para que los representen en los litigios ú otros asuntos que con ellas se relacionen. Los hijos del país pueden nombr^ar un apoderado con una carta común de autorización, pero los extranjeros deben otorgar un poder legal en forma debidamente autenticado. Los efectos del poder legal concedido cesan al expedirse la patente, á menos que el mismo poder no exprese lo contrario. Las solicitudes para la concesión de patentes se publicarán en el Diario Oficial del Gobierno Federal durante un período de dos meses, con intervalos de diez días. Durante el período de tiempo mencionado en el artículo anterior, pueden establecerse procedimientos preventivos por cualquiera persona que desee im- pedir que se conceda la patente solicitada. Después que haya trascurrido dicho tiempo no será admitido ningún proce- dimiento preventivo. Procedimientos preventivos solo pueden establecerse en los casos siguientes: 1°. Cuando la pretendida invención ó mejora no es objeto de patente, según lo determinado en esta ley, 2°. Cuando la pretendida invención ó mejora se ha tomado de descripciones, dibujos, modelos, instrumentos, aparatos ó métodos inventados por otros, ó de procedimientos que ya se han puesto en práctica por otro, ó, en general, cuando el solicitante no sea el inventor original ó su legítimo representante. Si dos ó más personas reclaman la misma invención, el primer inventor tendrá derecho á la patente, pero si la prioridad de la invención no puede determi- narse, la patente será concedida al primer solicitante. Si los procedimientos preventivos ó de oposición se establecieren según lo determina la ley, el Ministerio de Obras Púbhcas lo notificará á las partes y tratará de reconciliarlas haciendo algún arreglo conveniente. Pero si esto no se obtuviere, el Ministerio suspenderá todo procedimiento y trasmitirá todas las pruebas del caso á la competente autoridad judicial. A la persona que establezca la oposición se le concederán dos meses para presentar en la corte 395 el caso en debida forma, pero si dejase de hacerlo dentro de ese tiempo, la reclamación será desechada. Todas las sentencias pronunciadas por la autoridad judicial serán trasmiti- das al Ministerio de Obras Públicas, para hacerlas debidamente efectivas. Los decretos del Ministerio de Obras Públicas concediendo una patente sólo pueden cancelarse por una sentencia judicial, y esto en caso de nulidad de la patente. Al terminar los dos meses de que habla el artículo 19 y después de haber pagado en la Tesorería de la Nación el impuesto gubernativo, se expedirá la patente que corresponde á la invención ó mejora buscada, pero esto ha de ser- siempre que otra en favor de la misma invención no haya sido previamente concedida por el Ministerio de Obras Públicas. Las patentes expedidas en nombre de la Nación deben ser suscritas por el Presidente de la República, refrendadas por el Ministro de Obras Públicas, y deben llevar además el gran sello. Deben también contener en un lenguage claro una descripción del descubrimiento ó mejora. Las patentes, con una de las copias de los dibujos, muestras, modelos, etc., juntamente con los documentos presentados con la petición, debidamente certificado todo por el subsecretario, constituirán el título de propiedad de la invención. Se tomará nota de las patentes en un libro de registro especial, en el que se harán las debidas entradas de todo lo que se relacione con aquellas. Todas las patentes que se expidan serán publicadas en el Diario Oficial; y además, todos los años se publicará un libro especial que contendrá una descripción clara y exacta de las invenciones y mejoras y también copias de ^los dibujos. Todas las invenciones que estén protegidas por medio de patentes deben llevar una marca en que se haga eso constar y el número y fecha de la patente. Para obtener el privilegio de una patente se hace indispensable el pago de un impuesto de $50 á $150, pagaderos en pesos mexicanos, ó en bonos de la deuda nacional consolidada. En caso de prorogarse el tiempo á que se refiere el artículo 14, se pagará un nuevo impuesto de acuerdo con el artículo anterior. El dueño de una patente de invención ó mejora debe probar ante el Minis- terio de Obras Públicas, dentro de un período de 5 años desde la fecha de aquella, que los objetos ó procedimientos protegidos se fabrican ó emplean en la República, ó que todo está listo con el objeto de emplearlos ó fabricarlos. El plazo en que estos hechos deben ser probados no puede prorogarse. 396 - El Ministerio de Obras Públicas anotará en el libro de registro de patentes que el requisito á que se refieren los artículos anteriores ha sido cumplido. Las patentes serán nulas y de ningún valor: 1°. Cuando hayan sido expedidas infiringiendo lo prescrito en los artículos 2, 3 y 4. Sin embargo, cuando las patentes han sido obtenidas, de acuerdo con una petición en la caal el solicitante ha presentado y obtenido más de lo que le corresponde como á primer descubridor ó inventor, sus patentes serán válidas en tanto cuanto se refieran á todo aquello á que él tiene derecho, siempre que con eso no se infrinjan lo proveído en la subdivisión siguiente, y que no haya habido fraude al hacer la petición. En este caso las patentes se hmitarán á lo que solo debieran comprender, siendo los procedimientos que con esto se relacionan de conformidad con lo prescrito en el artículo 39°. 2**. Cuando el objeto para el cual se ha solicitado la patente difiere del que se ha obtenido por virtud de ella. 3°. Cuando llegue á probarse que el objeto principal al solicitar la patente está comprendido en uno de los casos á que se refiere la subdivisión n<*. 2 del artículo 21". El procedimiento que se siga para invalidar una patente debe principiar dentro del término de un año después de la fecha en que la patente se ponga en práctica en la República. La acción que se establezca para declarar la nulidad de una patente por medio de los tribunales, debe establecerse en nombre ó por medio del fiscal del distrito. Quien quiera que ejercite la misma industria tendrá derecho á interponer una excepción y tomar parte en el procedimiento preventivo ó de oposición. Las patentes caducarán : 1°. Cuando el término concedido para la patente ha terminado y no se ha extendido. 2°. Cuando se abandonan en parte ó en su totalidad. 3°. Cuando no se ha dado cumplimiento alas prescripciones del artículo 33. El Ministerio de Obras Públicas declarará la nulidad de las patentes en los dos primeros casos de que habla el artículo anterior ; en el tercer caso solo pueden hacerlo los tribunales á instancia ó pedimento del fiscal ó de la per- sona interesada, estableciendo un procedimiento de preventivo ó oposición sobre el asunto. Las decisiones sobre nulidad y caducidad de patentes se publicarán en el Diario Oficial del Gobierno Federal y serán anotadas en el registro de ins- cripciones del Ministerio de Obras Públicas. Las decisiones sobre nulidad y caducidad de patentes producirán el efecto 397 de someter las invenciones ó mejoras á que se "refieren, al uso del público en general. En caso de abandonar alguna patente, si sólo una patte de ella se abandona, el público sólo tiene derecho de usar la porción abandonada, y la patente quedará surtiendo sus efectos respecto á la parte restante de la misma. El abandono debe hacerse por escrito, tomando nota de él en el libro de regis- tros. I.a propiedad de una patente puede ser traspasada por cualquiera de los medios establecidos por las leyes respecto á la propiedad particular, pero ninguna cesión ó traspaso ó cualquiera otro acto que implique la modifica- ción del derecho de propiedad puede perjudicar el derecho de una tercera persona, si no se hace anotar en el libro de registro del Ministerio de Obras Públicas. Todo lo que se relacione con la infi-acción ft-audulenta de las patentes estará sujeto alas prescripciones del código penal del Distrito Federal y lo establecido en el código de procedimientos. Los procedimientos pendientes en la actualidad que se relacionen con las patentes serán continuados y decididos de absoluta conformidad con las prescripciones de esta ley. Todos aquellos que actualmente gozen de privilegios en virtud de patentes que estén en vigor, pueden aprovecharse de lo determinado en esta ley, pa- gando anticipadamente los impuestos en ella señalados. El Ejecutivo de la Unión puede formular un reglamento para la aphcación de esta ley, y puede establecer, si así lo considera conveniente, una oficina de patentes en conección con el Ministerio de Obras Públicas. La ley de Mayo 7 de 1832, y todas las demás disposiciones hasta ahora en fuerza respecto de este asunto, quedan por la presente derrogadas. NICARAGUA. El Gobierno, por medio del Ministro respectivo, expedirá, en favor del inventor, mej orador, ó simple introductor de un invento, un certificado, en que aparecerá el nombre de este, una descripción del invento, ó mejora, y la duración del derecho exclusivo. Este certificado servirá como título suficiente; pero para obtenerlo es necesario que el solicitante se dirija al prefecto del departamento ó á la municipalidad, dando cuenta de su obra, describiéndola con la mayor exactitud posible de acuerdo con el modelo, que la misma ley prefija, 398 Dichas autoridades, en sú oportunidad, estarán obligadas á dar al solici- tante testimonio de todo aquello que pueda servir para mejor informar al Ministro del ramo. El inventor tendrá diez años de propiedad exclusiva, el mejorador siete, y el introductor cinco. Estos plazos pueden extenderse por el Poder Soberano, á propuesta del Gobierno, á quince, diez, y siete años respectivamente. El inventor, mejorador, é introductor, cesará de ser considerado como único propietario, primero, si ceden su derecho en beneficio del público ; se- gundo, si dejan pasar seis meses sin adquirir el certificado; tercero, si dejan pasar dos años sin poner en práctica su invención, perfeccionamiento ó mejora. Como el artículo XLII, sección 22, de la Constitución de Nicaragua, confiere poder al Congreso para conceder recompensas y privilegios á los inventores, en la práctica no es preciso que se sigan estas reglas que son las de las antiguas leyes de España. Aquel que desea una recompensa ó privilegio lo solicita del Congreso, que lo concede, si así lo estima conveniente. PERÚ. Cualquier descubrimiento ó invención en cualquier ramo industrial dá al autor el derecho exclusivo para explotarla en beneficio propio, bajo las con- diciones y durante el tiempo que la ley determina. Este derecho se deriva de una patente concedida por el Gobierno. Las siguientes serán consideradas como invenciones y descubrimientos: i. Nuevos productos industriales. 2. Nuevos procedimientos ó las nuevas aplica- ciones de procedimientos conocidos para obtener un producto industrial. Las siguientes cosas no pueden ser objeto de patente: i". Preparaciones farmacéuticas ó remedios de cualquiera clase. 2°. Planes ó combinaciones de crédito financiero. 3°. Procedimientos que tengan por objeto hacer uso de métodos conocidos para mejorar una industria, y que se practican libremente dentro y fuera del territorio de la República. En el tercer caso del artículo anterior se admitirán, aunque solo en casos de necesidad, las propuestas relativas á contratos permitidos por las leyes. La duración de las patentes no puede exceder del término de diez años, y los dueños de ellas pagarán anualmente un impuesto de cien soles. Los solicitantes de patentes de invención ó de introducción deben pre- sentar en la Prefectura del departamento en que desean establecer la industrial ó en la Prefectura del departamento en que residen, si se desea establecer er| dos ó mas departamentos, una solicitud que contenga : 399 i". Una especificación de la invención ó del objeto que se propone intro- ducir. 2". Los dibujos ó modelos necesarios para su mejor comprensión. 3°. La lista y explicación de los modelos presentados. 4". Una explicación clara y determinada del objeto principal y de Ios-detalles que constituyen la inven- ción y la especificación de sus métodos de aplicación. 5°. La duración que se desea para la patente. 6*>. La indicación de las garantías presentadas para la realización del producto. Está solicitud se escribirá en castellano y si el solicitante es extranjero, debe expresamente renunciar á toda intervención diplomática en lo tocante á la patente solicitada, y debe someterse absoluta y exclusivamente á las leyes y tribunales de la República. Sin esta condición su solicitud no será atendida. Los prefectos recabarán de la municipalidad, de la tesorería ó agente de la tesorería, ú de otros funcionarios, según sea la naturaleza del caso su opinión sobre la solicitud, consultando con peritos si es preciso. Después de haber llenado estas formalidades, remitirán los documentos, con la especificación, planos, modelos, etc., á las autoridades competentes y á costa de la persona interesada. El Ministro de dicho departamento recabará la opinión de la tesorería, de la Corte Suprema, y de cualesquier otros funcionarios con quienes crea necesario consultar, y según los informes que reciba, concederá ó negará la patente. La próroga de la duración de las patentes así como cambios ó alteraciones en los términos de las mismas pueden concederse solamente por una resolución de la legislatura, dada á pedimento de las personas interesadas y por causas justas fundadas en hechos comprobados y documentos auténticos. Solo el dueño de una patente puede explotarla durante el período de su duración. Cualquiera otra persona que desee hacerlo debe estar autorizada por él, ó hallarse haciendo sus veces, según contrato ó traspaso ó por cuales- quier otros medios previstos por las leyes. Las patentes son nulas y de ningún valor en los casos siguientes: 1°. Si el descubrimiento, invención ó aplicación no es nuevo. 2°. Si el objeto de la patente no está comprendido entre los términos del artículo 2°, 3°. Si la patente se refiere á principios, métodos, sistemas, ó descubrimientos teóricos ó científicos para los cuales no aparece ninguna aplicación industrial. 4°. Si el descubrimiento, invención ó aplicación es contraria al orden y seguridad pública, ó á las leyes, sin exención en este caso, de las penas impuestas á los fabricantes ó comerciantes de objetos prohibidos. ^'^. Si llega á com- probarse que el soHcitante de una patente ha obtenido el privilegio fraudu- len temen te, para un objeto diferente y distinto del de la invención. 6". Si al trabajar en la invención se nota que esta no coincide con la especificación 400 anexa á la solicitud, y*». Si se ha obtenido la patente infringiendo algunas de las disposiciones de la ley. 8°. Si al expedir la patente se dieron concesio- nes pecuniarias no incluidas en el presupuesto de la República, ó contrarias á las leyes. Las autorizaciones que se refieran á cambios, adiciones ó mejoras no expresadas en la patente original también son nulas y sin efecto alguno. Un descubrimiento, invención ó aplicación no será considerada como nueva cuando con anterioridad á la fecha de la solicitud para la patente, haya tenido, en el Perú ó en cualquiera otra parte, suficiente publicidad para poderse poner en práctica. El dueño perderá sus derechos en los casos siguientes: i". Si deja de pagar el impuesto anual señalado en el artículo 2". 2". Si no pone en práctica su descubrimiento ó invención dentro de dos años ó durante el término que se haya señalado en su patente, á menos que pueda legalmente justificar su demora. 3*'. Si introduce objetos fabricados en el extranjero y semejantes á aquellos que se hayan protejido por su patente, con la sola excepción de modelos de máquinas, cuya introducción después de la debida investigación haya sido autorizada por el Gobierno. Quien quiera que, por medio de avisos, prospectos, marcas ó de otra manera cualquiera, se dá el título de dueño de una patente, sin que legalmente la posea ó después de haber sido está declarada nula, será castigado con una multa de 50 á 1,000 soles pesos, sin perjuicio de las penas en que pueda haber incurrido como falsificador. Toda persona debidamente interesada tendrá derecho á pedir que se declare nula ó caduca una patente. El acusador público tomará parte en la acción. Cualquiera infracción en los derechos del dueño de una patente, ya sea en la fabricación de los productos ó en el uso del procedimiento mencionado en la solicitud, será considerada como crimen de adulteración y castigada según la importancia del caso, con una multa á favor de la persona intere- sada y con el comiso de los objetos fabricados. Todos los privilegios ó patentes que estén actualmente en vigor y que hayan sido concedidos de acuerdo con lo proveido por leyes anteriores á esta, permanecerán en vigor por todo el tiempo para el cual han sido concedidas. 1 SALVADOR. La Constitución del Salvador concede al Ejecutivo el poder de conceder privilegios á los autores de invenciones útiles. Ninguna ley especial ha sido dictada, definiendo ó restringiendo los términos en que estos privilegio^ deben concederse. 401 URUGUAY. La ley de patentes de invención que está en observancia en esta República es la promulgada el 13 de Noviembre de 1885. Por ella se permite la concesión de privilegio exclusivo á los productores originales de algún nuevo artículo, ó creadores de industrias nuevas, ó inven- tores de nuevos métodos para la ejecución de cosas conocidas en la industria, ó de una nueva aplicación de métodos y medios que ya estuvieren en uso. Pero no se otorgará patente alguna cuando se trata de planes y combinaciones financieras, ó de descubrimientos ó inventos bien conocidos ya sea en el país, ya en el extranjero, y que se encuentren descritos ó mencionados en libros ú otras publicaciones impresas. Tampoco se permite conceder patente cuando el invento de que se trata es puramente teórico, ó no puede demostrarse prácticamente la aplicación de que sea susceptible, ó consiste simplemente en una composición química, ó es cosa contraria ú ofensiva en algún modo á la moral y las leyes. El inventor de algún procedimiento, ó artículo de comercio, que en el extranjero haya obtenido una patente de privilegio, podrá también obtenerla en el Uruguay, con tal que el mismo, ó su cesionario, lo soliciten por sí, ó por medio de un apoderado, dentro del término de un año que empezará á con- tarse desde la fecha de la patente extrangera. Las patentes se conceden en el Uruguay por tres, seis y nueve años, según lo desee el solicitante.* El solicitante de una patente tiene que presentar un memorial al Ministro de la Gobernación, en que explique claramente el objeto de su solicitud, y el tiempo que desea para el privilegio. Con ella acompañará una descripción del invento, y el modelo, dibujo, ó muestra que sea necesario, además de un atestado en que afirme bajo juramento que él es el inventor del procedimiento, ú objeto de comercio ó industria á que se refiere la solicitud. Todos los papeles que se presenten han de estar en castellano, y gin altera- ciones ó enmiendas, que no estén debidamente salvadas al final de lo escrito. Los dibujos serán hechor con tintg, y en escala métrica. Al presentar la solicitud deben satisf3.cerse ioq pesos, que es el derecho total exigido por la ley. Pero después de obtenida la patente, el propietario está obligado á pagar anualmente, mientras dure su privilegio, una contribución de 25 pesos. Los misrnos trámites se observan cuando se trate, no ya de una invención original, sino de una mejora ó modificación de invento anterior. Cuando el que ha hecho la mejora es el mismo inventor primitivo, la contribución que se * Este término debe constar en el texto de la patente, su pena de no ser válida, No. 2 26 402 pague se reducirá á la mitad. Cuando es un extraño, la contribución será_^dos tercios. No se expedirá patente cuando dos ó más personas ocurran al mismo tiempo en solicitud de un mismo privilegio. El derecho de propiedad de un invento es transferible por venta, cesión, traspaso, etc., pero para que produzca efecto esta translación de dominio se ha de hacer constar en instrumento publico, y dar conocimiento de ello á la Oficina de Patentes de Montevideo. Si resultare que hubo fraude en la obtención de la patente, bien por el empleo de testigos falsos, bien por exposición de hechos contrarios á la verdad, ú otra clase de engaño, ó cuando los dibujos en que se descansó para el otorgamiento aparecen erróneos, se descretará la anulación de la patente. Pero si el fraude consistiere en hacer pasar por un invento original en Uru- guay lo que es asunto de una patente extranjera, no solo se anulará la conce- dida bajo ese supuesto falso, sino que incurirá el concesionario en la multa de 503 pesos, ó se le impondrán seis meses de prisión. Ninguna patente será válida si se interrumpe su ejercicio, durante el término de su concesión, por el espacio de un año. La usurpación de un privilegio se considera como una especie de falsedad, que se castiga con multa, de 100 hasta 500 pesos, ó con prisión de uno á seis meses, y la pérdida de las máquinas, objetos ó artículos fraudulenta- mente fabricados. Los cómplices y auxiliadores sufrirán la misma pena, y esta será doble para unos y otros en caso de reincidencia. El costo de cada copia, ó duplicado de una patente de invención, sin contar el papel sellado, será á razón de 2 pesos por folio. El de las copias de los dibujos, planos, modelos, etc., se determinará por el director de obras públicas. VENEZUELA. Cualquier individuo, que sea autor de un descubrimiento ó invención en materias de industria, ó de una mejora no usada ó conocida antes, ó que introduzca del extranjero cualquier procedimiento fabril ó mejora industrial conocida en otros países, pero no usada en Venezuela, puede obtener una patente ó privilegio industrial. Para ello debe presentarse una solicitud al Ministro de Fomento, expresando, de una manera clara y precisa, cuales son los puntos principales y esenciales del descubrimiento, invención ó mejora, y acompañarla de una descripción, tan completa, clara y correcta, que cualquiera que sea versado en el arte pueda obtener el resultado ó fabricar el artículo, si emplea el procedimiento de la manera que ha sido indicado, 403 Declaraciones provisionales, que no vayan acompañadas de la descripción antes mencionada, no se tomarán en cuenta. Al tiempo de presentarse la solicitud, el día y la hora en que esta se ha hecho serán anotados al margen, para garantizar así al sohcitante el derecho de prioridad del descubrimiento ó invención. Dado el caso de que la patente se dispute entre dos personas, aquella que la haya solicitado primero será la que la obtenga ; y si ambas solicitudes se han hecho en el mismo día y hora, el asunto se decidirá por arbitros, nom- brados uno por cada una de las partes interesadas y un tercero por el Ministro de Fomento. En caso de que una de las partes interesadas rehuse nombrar su arbitro, la patente se expedirá á favor de la otra ; y si hubiese más de dos partes contendientes; y no se pusiesen de acuerdo sobre el nombramiento de los arbitros, el nombramiento se hará por el Ministro de Fomento. En el caso de que ocurra la muerte de un inventor, antes de haber obtenido una patente por su invento, sus herederos legales pueden obtenerla de con- formidad con la ley. El solicitante de una patente tiene que declarar bajo juramento que él se considera el verdadero inventor del arte, máquina, etc., á que se refiere la solicitud. La patente se expedirá por el Presidente de la República, y en ella se debe mencionar el nombre del inventor, y que este ha prestado el juramento que la ley exije ; el arte ó máquina, etc., inventada (describiéndola detalladamente, según se ha dicho antes), y el número de años concedido para el ejercicio exclusivo de su industria, ó fabricación de su máquina, ó venta del artículo inventado. El Gobierno sin embargo no garantiza la prioridad ó méritos de la invención. La patente de invención ó mejora, asegura al autor el derecho exclusivo de ejercer la industria, ó fabricar la máquina, que ha inventado y venderla en todos los Estados de la Unión, por el número de años que en ella se exprese; pero en el caso de introducción de una invención industrial ó mejora, cono- cida en otros países, pero no usada en Venezuela, se hará una excepción con respecto á aquellos Estados de la República en los que dicha invención ó mejora pueda haber sido conocida y usada antes de expedirse la patente. El dueño de una patente puede establecer las fábricas ó talleres que se requie- X?^n para hacer uso de su patente ; puede emplear toda clase de trabajadores ; tener socios ; establecer en todas partes depósitos ó almacenes para la venta de los productos de su patente, y disponer libremente de su secreto y patente y trasferirla á otros en forma legal ; pero la persona á favor de quien se haga el traspaso, está obligada, bajo pena de perder su derecho, á informar de este traspaso al Ministro de Fomento. Una patente expedida por la mejora de una invención que ya fue objeto de una 404 patente está limitada á su objeto especial, según los puntos distintivos indicados en la descripción, y no dá derecho á ninguna parte de la invención que haya sido objeto de una patente anterior, ó de un procedimiento previamente conocido; pero tampoco puede el dueño de la patente anterior aprovecharse de la mejora ú objeto de la patente posterior, sin ponerse de acuerdo con el dueño de esta. Ninguna industria privilegiada puede, según la ley, estar sujeta á contribu- ciones ó impuestos nacionales ó municipales que excedan de uno por ciento al año sobre el costo original del edificio inclusa su maquinaria ; y tan pronto como se haya dado principio á la fabricación activa, la persona interesada debe presentar al Ministro de Fomento los documento^ que comprueben dicho costo, y la cantidad definitiva será publicada en la Gaceta de Venezuela. Las materias primas que se necesiten para una industria que sea objeto de una patente están exentas de todo derecho aduanal, por todo el tiempo que aquella dure en ejercicio ; y para evitar abusos, el privilegiado debe informar al Gobierno, al principiar á trabajar en su patente, cuales son las materias primas que se propone importar, para que el Gobierno expida á las aduanas las órdenes necesarias ; y si llega á probarse que el privilegiado, abusando de la exención, ha introducido aquellas materias para venderlas sin aplicarlas á la industria de que se trata, además de tener que pagar los derechos sobre las materias vendidas, perderá para lo sucesivo el privilegio que le eximia del pago de derechos de aduana. Cualquiera usurpación de la patente se considera como un ataque á las prerogativas del dueño, y dá á este derecho para obtener la intervención de la policía para impedir inmediatamente ulteriores violaciones y para embargar provisionalmente los artículos falsificados, ya sea que estén en manos del mismo fabricante ó de cualquiera persona comisionada para vender- los, ó que hayan sido importados del extranjero, todo esto sin perjuicio de las penas que la ley establece. La mayor duración de los derechos exclusivos de una patente es de quince años, y la menor de seis, que deben contarse desde la fecha en que la patente se expidió. Para facilitar el ensayo de experimentos, pueden expedirse patentes por un término menor de quince años ; y si la solicitud se hiciere antes de que el término más corto se complete, se extenderá hasta completar los quince años ; pero si no se hace la solicitud la patente cesará. Cualquiera está en libertad de hacer uso de la invención, descubrimiento ó mejora cuando cese el término de la patente, así como también cuando el inventor, descubridor, mejorador ó importador cese de ser considerado cornq dueño de la patente, lo que sucede bajo las siguientes circunstancias ; 405 Cuando se compruebe que por haber agregado ó suprimido algo, el privi- legiado oculta el medio verdadero de poner en ejercicio la patente. Cuando se compruebe que emplea medios secretos, no comprendidos en la descripción que presentó ó en alguna declaración posterior. Cuando se compruebe que ha solicitado y obtenido una patente por más de lo que había realmente en el descubrimiento, invención, o mejora. Cuando se compruebe, que los descubrimientos, invenciones, ó mejoras, han estado en uso, antes, en Venezuela ó en cualquiera otra parte, ó se encuen- tran descritas en algún libro previamente publicado, siendo la descripción suficientemente clara y precisa para permitir á cualquiera que conozca el arte llevar adelante la invención ; y con respecto á aquellas que se han importado del extranjero, cuando hayan ya obtenido una patente en Venezuela. También, cuando se compruebe que el privilegiado ha dejado de llevar á efecto la invención dentro del término de dos años para el primer caso, y dentro de uno en el segundo. Cuando el inventor, sin embargo de hacer uso libremente de su invención, no haya solicitado la patente dentro del término de seis meses. Cuando la patente se ha obtenido por un descubrimiento ó invención usur- pada de otra persona. Cuando la patente ha sido traspasada á otra persona, y esta no ha dado aviso del traspaso al Ministro de Fomento. Las objeciones anteriores deben presentarse en forma y judicialmente, y en caso de ser comprobadas se anulará la patente. Un libro de registro de las patentes expedidas se llevará en el Ministerio de Fomento, según lo dispone la ley, y servirá para anotar en él todos los informes que á ellas se relacionen. Al expedirse una patente, según la ley, deben publicarse en la Gaceta de Venezuela las circunstancias del caso. Cuando expira el término de la patente, ó cuando la paténtense anula, una descripción circunstanciada de la invención será publicada según la ley en la Gaceta de Venezuela. La usurpación de una patente se castiga, según la ley, con prisión de tres meses á dos años, y una multa de 50 á 500 pesos. ADVERTENCIA. Las naciones que concurrieron al Congreso Sud-americano de Montevideo en 1888-89 acordaron la celebración de un tratado sobre patentes de invención, cuyo tenor es el siguiente : 406 TRATADO SOBRE PATENTES DE INVENCIÓN. S. E. el Presidente de la República, etc., etc., han convenido en celebrar un tratado sobre patentes de invención, por medio de sus plenipo- tenciarios, reunidos en Congreso, en la ciudad de Montevideo, por iniciativa de los Gobiernos de las Repúblicas Argentina y Oriental del Uruguay, estando representados : S. E. el Presidente de la República — =— por el Sr. Dr. Don . Quienes, previa exhibición de sus plenos poderes, que hallaron en debida forma, y después de las conferencias y discusiones del caso, han acordado las estipulaciones siguientes : Artículo i". Toda persona que obtenga patente ó privilegio de invención en alguno de los Estados signatarios, disfrutará en los demás, de los derechos de inventor, si en el término máximo de un año, hiciere registrar su patente en la forma determinada por las leyes del país en que pidiese su reconocimiento. Artículo 2°. El número de años del privilegio será el que fijen las leyes del país en que se pretenda hacerlo efectivo. Ese plazo podrá ser limitado al señalado por las leyes del Estado en que primitivamente se acordó la patente si fuese menor. Artículo 3**. Las cuestiones que se susciten sobre la prioridad de la inven- ción, se resolverán teniendo en cuenta la fecha de la sohcitud de las patentes respectivas, en los países en que se otorgaron. Artículo 4°. Se considera invención ó descubrimiento un nuevo modo, aparato mecánico ó manual, que sirva para fabricar productos industriales; el descubrimiento de un nuevo producto industrial y la aplicación de medios perfeccionados con el objeto de conseguir resultados superiores á los ya cono- cidos. No podrán obtener patente: • (i) Las invenciones y descubrimientos que hubieran tenido publicidad en alguno de los Estados signatarios, ó en otros que no estén hgados por este tratado; (2) Las que fueren contrarias á la moral y á las leyes del país en donde las patentes de invención hayan de expedirse ó de reconocerse. Artículo 5°. El derecho de inventor comprende la facultad de disfrutar de áu invención y de trasferirla á otros. Artículo 6". Las responsabilidades civiles y criminales en que incurran los que dañen el derecho del inventor, se perseguirán y penarán con arreglo á las leyes del país en que se haya ocasionado el perjuicio. Artículo 7°. No es indispensable para la vigencia de este tratado su rati- ficación simultánea por todas las naciones signatarias. La que lo apruebe lo 407 comunicará á los Gobiernos de las Repúblicas Argentina y Oriental del Uru- guay, para que lo hagan saber á las demás naciones contratantes. Este procedimiento hará las veces de canje. Artículo 8". Hecho el canje en la forma del artículo anterior, este tratado quedará en vigor desde ese acto por tiempo indefinido. Artículo 9°. Si alguna de las naciones signatarias creyese conveniente des- ligarse del tratado á introducir modificaciones en él, lo avisará á las demás ; pero no quedará desligada sino dos años después de la denuncia, término en que se procurará llegar á un nuevo acuerdo. Artículo 10". El artículo 7** es extensivo á las naciones que, no habiendo concurrido á este Congreso, quisieren adherirse al presente tratado. En fé de lo cual los plenipotenciarios de las naciones mencionadas lo fir- man y sellan en el número de ejemplares, en Montevideo, á los dias del mes de Enero del año de 1889. [l. s.] (Siguen las firmas de los Señores Plenipotenciarios.) La Conferencia Internacional Americana en su sesión del 3 de Marzo de 1890 acordó, recomendar á las naciones que no concurrieron al Congreso de Montevideo la adopción del anterior tratado y el Presidente de los Estados Unidos sometió este asunto al Congreso por su mensaje de 11 de Julio de 1890. — (Documento del Ejecutivo, Senado, No. 177, Congreso 51, primera sesión.) Derechos de Puerto. La relación siguiente pone de manifiesto los derechos de puerto que se cobran en los Estados Unidos, México, y en los países de la América Central y del Sud: REPÚBLICA ARGENTINA. Muellaje del Riachuelo, de 4 á 5 centavos por tonelada. Derechos de entrada de puerto, de 10 á 60 centavos por tonelada, por entrada sola- mente. Los vapores pagan la mitad. Pilotaje, de $40 á $130 y de $50 á $150, según la distancia; es obligatorio. Faro, 8 centavos por tonelada. Capitán de puerto, $20. Visita de sanidad, $25. Boleta de sanidad, $25. Derechos de puerto, $3 para barcos nacionales ó nacionalizados, $4 para los extranjeros. BRASIL. Los reglamentos de puertos y de aduana son muy explícitos, y su cumpli- miento se exige con rigor, no solo para impedir desórdenes y conservar la salud pública, sino para impedir el contrabando. Legalización consular: Por buques de 200 toneladas, ó menos, $6.75; de más de 200 toneladas, $15.75; el más alto es $15.75. Autenticación de la lista de la tripulación y boleta de sanidad, cada una, $2.25. Pasaporte consular, $2.25. A ningún buque se le permite permanecer en puerto más de quince dias de trabajo, pero puede concederse una próroga de diez dias más; después de la cual pagará diariamente una multa de 200 milreis por cada tonelada. Anclaje: 25 centavos por cada tonelada brasilera, que es como un 30 por ciento mayor que la americana. Los buques admitidos á libre plática solo pagan 20 reis por tonelada métrica. Los derechos generales en los principales puertos de la RepúbUca son como sigue : Rio Janeiro. — Los derechos de anclaje y faro solo se cobran seis veces en un mismo año 409 410 Derechos de puerto: Buques de tres palos, 12,800 reis; idem de dos palos, g,6oo reis. Derechos de sello, 40 reis por cada palo. Derechos de hospital: Barcos de tres palos, 600 reis; barcos de dos palos, 400 reis; cada hombre á bordo, 400 reis; visita del médico, 8,200 reis. Si el buque fué puesto en cuarentena, pagará cuando entre á libre plática, 8,200 reis. La totalidad de los derechos que paga un buque extranjero de 320 tonela- das es, poco más ó menos, 210 milreis. Pernambuco. — Pilotaje: Es compulsorio y variable según el calado del buque, de 11,000 á 34,000 reis, y 1,000 reis más por cada 50 toneladas adicio- nales. Faro, de 20,000 á 50,000 reis, según el número de toneladas del buque. Paso del fuerte, 6,000 reis. Cargas de hospital : Buques de tres palos, 6,000 reis ; de dos palos, 4,000 reis; cada individuo de la tripulación, 640 reis. Derechos de timbre : Sobre carga extranjera traida á puertos del Brasil ; por cada 1,000 milreis, 2 milreis; llevada de puertos del Brasil á puertos extranjeros, 4 milreis. Traducción del manifiesto : Las tres primeras páginas, 5 milreis, y cada página adicional 3 milreis. Firma, del notario, 5 milreis. Boleta de sanidad, 2 milreis. Muellaje : Por cada metro de longitud que mida el buque, 400 reis diarios, mientras el buque esté cargando, y 200 reis diarios, cuando esté sin hacer nada. Amarra, es compulsorio : Bote de amarra, 8 milreis ; tripulación, 4 milreis. Rio Grande do Sul. — Los derechos oficiales que se imponen á un barco de 245 toneladas, incluso el pilotaje, son, más ó menos, 255,380 reis. CHILE. Lista de la tripulación j $2 por cada buque. Hospital, 10 centavos por tonelada de registro, lo cual cubre el uso de otros puertos en el mismo año; pero si el puerto se usa después de Diciembre, 10 centavos más por tonelada. COLOMBIA. Tonelaje, $1. Pilotaje, de $5 á $10. Derechos de puerto, $6. Faro, 5 centavos por tonelada de registro por las primeras 100 toneladas, y por las que excedan, 25^ centavos. 411 Los buques que vienen de otros puertos de la República solo pagan la mitad. Los vapores correos no pagan derechos de puerto. En Panamá hay- derecho de muelle á razón de 75 centavos á $3.75, según las toneladas que mida el barco. COSTA RICA. ^ Los vapores extranjeros no pagan tonelaje y solo Se les cobra $25 por derechos de entrada y despacho. Los buques de vela pagan 25 centavos por tonelada de registro y $10 por entrada y despacho. ECUADOR. Muellaje, de $8 á $10 por dia. Pilotaje, de $2 á $?.5o por pié español. Tonelaje, 50 centavos por tonelada. Anclaje, $10. Faro, 37^ centavos por tonelada. Hay además : Pago al capitán del puerto, $4 ; licencia de entrada, $6 ; lista de tripulación, $ i ; boleta de sanidad, $8 ; derechos de puerto, $4, GUATEMALA. Anclaje, $2. Tonelaje, 25 centavos por tonelada. HAITÍ. Tonelaje, $1 por tonelada, si hay tratado recíproco ; si no, $1.50. Muellaje, uno por ciento sobre el total de derechos que pague el barco. Telégrafo, $2, para la conservación de la línea. Pilotage, variable. Visita de sanidad, $5. Boleta de sanidad, $1. Entrada, 6 centavos por tonelada. Carga, 50 cen- tavos por tonelada. Anclaje, $25 si sale del puerto dentro de 24 horas, y de $200 á $300 por el privilejio de ir á un segundo puerto. Alquiler de coche, $2 por dia. Intérprete, $4. HONDURAS. Manifiesto, $2. Tonelaje, 25 centavos por tonelada. MÉXICO. Tonelaje, buques de vela, $1 por tonelada ; vapores, nada ; buques cargados de carbón, nada. Faro: Buques de vela, $25; vapores, $100 por cada entrada, y otros tantos por cada salida; buques cargados de carbón, $25. NICARAGUA. Tonelaje, 10 centavos por tonelada. Cabarraje, $1 por tonelada. Pilotaje, $3 por cada pié de calado. 412 PARAGUAY. Manifiesto de descarga de buques procedentes del extranjero : $5 si no exce- den de 50 toneladas; $10 cuando tienen de 51 á 100, y $20 de loi á 200 toneladas. Entrada y despacho de barcos de 200 toneladas, $25, y $5 más por cada 50 toneladas de exceso. Los buques que hagan viajes entre puertos de la República pagarán solo la mitad de los derechos enumerados. Boleta de sanidad, $2. Legalización de documentos, $1. No hay en la RepúbHca derecho de puerto, pilotaje, anclage y faros. PERÚ. Muellaje, 12 centavos por tonelada al entrar y 75 centavos por tonelada sobre toda la carga tomada á bordo ó descargada. Tonelaje, 25 centavos por tonelada, pagado cada seis meses. Faro, i ^ centavos por tonelada cada vez que el buque entra en el puerto ; hospital, 4 centavos por tonelada de registro cada seis meses. SALVADOR. Derecho de entrada, de $5 á $15. Tonelaje, 15 centavos por tonelada. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Tonelaje, yá. 6 centavos, sin que exceda de 15 centavos en el mismo año. Entrada: Buques de 100 toneladas para arriba, $2.50; buque de menos de ICO toneladas, $1.50. Salida: Buques de 100 toneladas para arriba, $2.50; buques de menos de 100 toneladas, $1.50. Boleta de sanidad, 20 centavos. URUGUAY. Tonelaje, 10 centavos por tonelada; buques que arriban regularmente, 4 centavos por tonelada. Pilotaje, convencional en cuanto á lo que se cobre, pero obligatorio, varía de $50 á $100. Los buques que van de Buenos Aires tienen que llevar un piloto á Puerto Indio, el precio varía, según el calado del buque, de $6 á $9. Tonelaje de mar lejano: Buques extranjeros, 3 reales; buques nacionales, 2 reales. Práctico: Buque extranjero, $8 ; idem nacional, $2. Faro, 4 centavos por tonelada para los buques que van ó entran fuera de los cabos. Hospital, $2 por el barco, 4 reales por el capitán, 2 reales por cada marinero, $1 por cada pasajero. 413 Paisandu. — Pilotaje de Montevideo, $60 á $100. Faro, 15^ centavos por tonelada. Pagos de aduana var iables, de $24 á $60 ; notarios, $4.80 boleta de sanidad, $4; sellos, de $4 á $5. Un barco extranjero pagará probablemente de $70 á $80. VENEZUELA. Tonelaje, 50 centavos por tonelada pagaderos á la entrada y á la salida. Pilotaje, $4 por pié de calado, á la entrada y á la salida. Faro, 6 centavos por tonelada. Muellaje, de $4 á $40. Estas cargas varían según el puerto. Hay otras cargas, como medición de porte, intérprete, visita médica, boleta de sanidad, pase al mar, etc. Reglamentos y Derechos Consulares. La siguiente nota explica en sustancia los reglamentos consu- lares de las diferentes Repúblicas de América y lo que debe pagar- se á los Cónsules por razón de sus derechos en el despacho de buques y mercancías. REPÚBLICA ARGENTINA. Los reglamentos consulares de la República Argentina son de la mayor sencillez posible, habiéndose de propósito simplificado hasta el extremo sus disposiciones, á fin de conseguir por este medio la mayor facilidad y acrecentamiento del comercio extranjero. No se requiere en esta República la presentación de facturas con- sulares, ni que se haga declaración de ninguna especie. El carga- dor de las mercancías que van á exportarse solo tiene que presentar al Cónsul de la República en el puerto de exportación, los conoci- mientos de embarque ; y con esto el referido Cónsul despachará su certificado. Estos conocimientos de embarque han de contener : (i) El nombre del buque y de su capitán, etc. (2) El nombre del cargador. (3) El nombre del consignatario, si el conocimiento no está ex- tendido á la orden. (4) Una descripción completa del contenido de cada paquete. (5) El peso neto de los artículos que haya en cada paquete", y en caso de que sean lienzos ó tejidos el número de varas. En los em- barques de un gran número de fardos ó bultos de la misma clase de géneros podrá darse el peso total ó en globo, y hacerse solo una descripción que los abraze á todos. (6) El importe c^el flete, etc. 415 416 BOLIVIA. Por el momento Bolivia no tiene puerto alguno. Las mercancías que importe por el lado del Oeste tienen que entrar por Chile ó el Perú : las que importe por el lado del Este han de venir del Brasil ó del Paraguay. El puerto preferido para las importaciones en Bolivia es el de Moliendo, que pertenece al Perú, y según los reglamentos consulares de Chile es necesario que los manifiestos de mercancías enviadas á este puerto vengan firmados por los cónsules del Chile y del Perú. BRASIL. Por decreto del Gobierno Provisional del Brasil fechado el 31 de Enero de 1891, se establecieron los derechos y cargas consulares que á continuación se expresan : Por la legalización de un manifiesto, calculando las toneladas según los reglamentos que rijan en el país respectivo : Hasta 500 toneladas, por cada una $0. 05 j\, De 500 á 3,000 toneladas 54iio Por el certificado de un buque que venga en lastre 6. 48 Por el visto bueno de un conocimiento de embarque 54 Por la legalización de las facturas consulares, cuando las haya 2. 70 Por la patente de sanidad en los puertos donde no haya autoridad para expedirla 5. 40 Por el visto bueno á la patente de sanidad . 2. 70 Id. id. á la lista de la tripulación 1. 62 Por la anotación al reverso de los papeles de despacho de un barco 1. 72 Por cada pasaporte personal 3. 24 Visto bueno de un pasaporte 1. 62 Por el inventario de un barco - 12. 96 Por la inspección oficial de un barco 12. 96 Por la inspección oficial de las mercancías á bordo , , . . 12. 96 Id. id. id. id. en tierra , 8. 10 Por_la redacción de un testamento , 10. 80 Por el examen y aprobación de id , 5. 40 Por la diligencia de la apertura de id , . , 5. 40 Por el inventario de los bienes de un difunto . , , 16. 20 Por extender un poder ó sustituirlo 5. 40 Por extender una escritura de compraventa ó sociedad 5. 40 Por extender una protesta 5. 40 Por el examen de testigos, cada declaración 5. 40 Pqí" log certificados consulares de cualquiera clase , , 3. 16 í 417 Por la toma de razón en los libros del consulado de cualquier docu* mentó, excepto los manifiestos, patentes de sanidad, lista de tripulación y pasaportes, cada página ó parte de ella cuando el documento no tiene más que una $1. 08 Por un reconocimiento de ñrma ó por la legalización de cualquier docu- mento no otorgado en el consulado 1 . 62 Por un certificado de cualquiera clase por página ó parte de página 1. 08 Por la traducción de cualquier documento 2. 70 Por la asistencia á actos celebrados fuera del consulado, por cada día, ó tres millas de distancia, además de los gastos del viaje, si los hay 5. 40 Por la custodia de las cantidades de dinero que se les entreguen para con- servarlas en el Consulado ó para depositarlas en otra parte, á disposi- ción de personas particulares, podrán los cónsules cargar una comisión de 2i por ciento. Por la asistencia del Cónsul á alguna venta cuando se le pida que esté pi-esente, podrá cobrar una comisión de 2 por ciento. Por atender á la conservación de los artículos pertenecientes al carga- mento, ó casco de un barco naufragado, podrá cobrar un derecho de 2^ por ciento sobre el valor total. Por una nueva lista de la tripulación 5. 40 Por autorizar la apertura de un nuevo libro de bitácora y poner el sello oficial encada una de sus páginas el derecho será á razón de .5^ por pajina. Por el nombramiento de peritos, por cada uno 2.70 Por el cambio de bandera de un buque, que deje de ser brasilero, para volverse extranjero, incluyendo el registro y el recibo en depósito de los papeles del barco, pero sin incluir las cargas por la translación de pro- piedad 16.20 Por el cambio de bandera de un buque, que deje de ser extranjero para volverse brasilero, sin incluir las cargas del traspaso de propiedad. '. . 5. 40 Por el cambio de la bandera del Brasil por otra cualquiera incluyendo el depósito de los papeles del buque podrá cobrarse además el 1 por ciento sobre lo que anualmente pague el barco en caso de ser fletado. Por el cambio de bandera á la inversa, de extranjera en brasilera, esta comisión adicional será de 1 por ciento. Por el nombramiento ó aprobación del nombramiento de un capitán de barco, y la toma de razón de uno ú otro acto. 2. 70 Por la redacción de cualquier contrato, y su toma de razón: Hasta la cuantía de $3,700, 1 por ciento. Más de esta suma, i por ciento. Por el visto bueno de un certificado de nacionalidad 1. 08 Por una fé de vida. 2. 70 Por un laudo arbitral que envuelva la determinación de cantidades : Hasta $270 1. 08 Hasta $540 2. 16 Hasta $1, 620 4. 32 Hasta |2, 700 6. 48 Hasta $5, 400 ,,,.,., 10. 80 No. 2 27 418 Más de $5,400 por cada $540 , $1. 08 Cuando el laudo arbitral no envuelve determinación de cantidad sino sim- plemente resuelve un punto dudoso ó discutido 5. 40 Por el despacho de mercaderías por vías terrestres : no está todavía de- terminado. Por poner el visto bueno á un libro de bitácora 1. 08 Por cambios en la lista de tripulación, por cada hombre 54 Por una carta de fletamento 5. 40 Por la venta en almoneda púbHca de las mercancías averiadas pertene- cientes al cargamento de un barco: Hasta $540, 1^ por ciento. Más de esta suma, 1 por ciento. Por cualquier documento oficial no especiñcado en esta tarifa: Si no excede de 100 palabras 2. 70 Por cada 100 palabras adicionales . . ■ 1. 08 Por un contrato de disolución de sociedad 10. 80 Por la copia de cualquier documento escrito en lengua extranjera: Por la primera página 1. 08 Por cada página adicional 54 Por gastos hechos á cuenta y en nombre de personas particulares podrá cargar una comisión de 5 por ciento. Por la legalización de una copia ó traducción que no se ha hecho en el consulado: Por la primera página 1. 08 Por cada pagina subsiguiente 54 COLOMBIA. Todo patrón, ó capitán de buque, ya sea este de vela, ó de vapor, destinado a puertos colombianos deberá presentar por triplicado al Cónsul de esta República en el puerto de embarque, para que lo certifique, un manifiesto firmado por él, en que se explicará: (i) B1 puerto de despacho y el de destino. (2) La clase, nacionalidad, nombre y tonelaje del buque. (3) El nombre del agente, y el de los cargadores, y consignatarios. (4) Las marcas y números de cada bulto y el peso en bruto de los que constituyen cada embarque. (5) Bl número de bultos en cada embarque. Los comerciantes que embarquen mercancías para puertos de Colombia deberán presentar por triplicado al Cónsul de la misma República en el puerto de embarque una factura, en castellano, en que se exprese : (i) El nombre del cargador, el del puerto de embarque, el del consignatario, el del puerto de destino y el del buque. 419 (2) El número de bultos que embarcan, su clase, sus marcas, la descripción de su contenido y el peso bruto de cada uno. Cuando los bultos son de la misma clase y del mismo contenido, bastará con que se exprese el peso total. (3) El valor total de la factura, no siendo necesario especificar el valor de cada bulto. No será necesario numerar los ladrillos, tejas, piedras sin labrar, tablas ú otras clases de madera de construcción ; piedras de afilar ; cal en barriles ó sacos, sal marina, plomo en planchas ó barras, hierro en lingotes, planchas, cabillas, flejes, cadenas, anclas, pilones de hierro para minas, garrafones vacíos, calderas grandes de cobre ó de hierro, el ganado, y otras mercancías de esta clase. Para describir el contenido de los bultos, bastará especificar el nombre, calidad, cantidad, y materia constituiva de la mercancía, pero cuando un artículo está clasificado en la tarifa según su calidad ú otra circunstancia que lo distingue de cualquiera otro de que se hace mención en una clase distinta, la expresada calidad ó circuns- tancia deberá hacerse constar en la factura respectiva. Debe ma- nifestarse con exactitud el peso bruto de los bultos. Si se presentare al Cónsul un manifiesto ó factura que no satisfaga los anteriores requisitos, deberá devolverlo, sin certificación, á la parte interesada, manifestando lo que falte ; pero si la parte intere- sada insiste en que se le dé la certificación, él Cónsul la extenderá, espresando las circunstancias bajo las cuales expide este documento. Los derechos consulares son los que siguen : Por certificar manifiestos, para cada puerto de destino $30. 00 Por certificar facturas de 4 bultos ó menos 4. 00 Por certificar facturas de 8 bultos ó más , , 8. 00 Los manifiestos para los puertos libres de Panamá, Colón, y Bocas del Toro no pagan derecho consular. COSTA RICA. Los cargadores de mercancías enviadas á la República de Costa Rica ó las que las embarquen con aquel destino deben tener pre- sente que las facturas han de expresar la siguiente : El nombre del barco, el del puerto de destino, el de los consigna- tarios, la fecha del embarque, la firma del que lo hace, la marca, y 420 número que lleva cado bulto, la cantidad (escrita en letras y en números) de bultos, cajas, barriles, fardos, ó cualquiera otra clase de paquetes en que esté contenida la mercancía, el nombre y la clase de esta y el peso bruto de cada bulto, excepto cuando se trate de maquinaria, hierro, madera de construcción, etc. Este peso se ex- presará en kilogramos. Cuando un bulto contenga más de una clase de mercancía, se deberá hacer un paquete separado para cada uno de ellos, expresán- dose en cada uno su peso bruto. Las facturas deben hacerse por triplicado : dos de los ejemplares serán retenidos por el Cónsul, y el tercero se devolverá al cargador con un recibo de los dos anteriores. Este ejemplar devuelto y el recibo del Cónsul han de enviarse al consignatario del buque en el puerto á que va destinado. Las facturas han de estar escritas en lengua castellana y no se admitirá ninguna que lleve enmiendas, raspaduras ó interlineaciones. Todas las facturas para Costa Rica que se presenten para ser cer- tificadas deben expresar además de las marcas, números, contenido de los paquetes ó bultos, su valor y su peso bruto en kilogramos, como queda dicho, el importe total de los gastos ó cargas hasta que la mercancía llegue al puerto de su destino, como por ejemplo el flete, el seguro, el tanto por ciento de comisión que haya de satisfa- cerse, etc. Esto podrá hacerse constar, bien escribiendo una partida distinta para cada particular, ó bien poniendo solo la suma total, bajo el rubro de " ' gastos y cargas hasta el puerto de destino. ' ' Eos capitanes de los vapores ó buques de vela que toquen en cualquiera de los puertos de Costa Rica deberán presentar un mani- fiesto general del cargamento que viene destinado á aquel puerto, escrito en lengua castellana, y expresando el nombre, clase y nacio- nalidad del barco, el número de toneladas de registro (escrito en números y en letra), el nombre del capitán, el del puerto de proce- dencia y de destino, y el nombre del consignatario, las marcas y números de las pacas, cajas, barriles, fardos ó cualquiera otra clase de paquetes que haya á bordo, la cantidad (en números y en letra) de los mismos, los nombres de los cargadores, la fecha del embarque y la firma del capitán. 421 El Gobierno de Costa Rica ha decretado que las mismas multas y penas que se imponen á los capitanes y propietarios de los buques que no presenten sus manifiestos y papeles redactados en armonía con lo que dispone la ley de 14 de Julio de 1884 se impongan tam- bién á los propietarios ó consignatarios de mercancías introducidas en la República, cada vez que las facturas consulares no expresen separadamente el precio bruto de cada paquete, ó se omita cual- quier otro de los requisitos de la misma ley, en cuanto á marcas, números, expresión del contenido y valor de los bultos. Como estas multas y penas son de bastante importancia, pues varían de $50 á $500 en cada infracción, es digno de recomendarse que se tenga el mayor cuidado en redactar las facturas consulares de todo lo que se embarque para Costa Rica exactamente en armonía con las prescripciones de la ley que quedan explicado. CUBA Y PUERTO RICO. Todo capitán de buque, cargado ó en lastre, procedente.del extran- jero, ya conduzca su cargamento de tránsito para depósito ó tras- bordo, ó para inmediato consumo, tendrá obligación, al llegar á los puertos de la Isla, de llevar y presentar un manifiesto comprensivo de toda la carga, pacotillas y encargos que la nave conduzca, sus- crito por él y visado por el Cónsul del puerto de su procedencia, y si no lo hubiera, por la autoridad local ó administrativa de salida. lyos procedentes de puertos nacionales deberán llevar el registro y manifiesto visado por la Aduana de salida. El manifiesto servirá de base para todas las operaciones ulteriores y deberá necesariamente expresar: (i) Clase y nombre del buque, su tonelaje, bandera, matrícula y tripulantes, nombre del capitán, el del consignatario del buque y puerto ó puertos de donde proceda. (2) Puerto ó puertos á que van destinadas las mercancías. (3) Número, clase, marcas, numeración y peso bruto de todos los bultos que trae á bordo, incluyendo las pacotillas y encargos de los tripulantes, clase y género de las mercancías y nombre de los remitentes, de los consignatarios, ó expresión de venir á la orden, todo con separación para cada uno de los puertos de destino. Bl 422 número y peso de los bultos se expresarán en letra y guarismos. No se admitirá nunca la expresión de mercancías ú otra de la misma vaguedad. (4) Los cargamentos á granel se consignarán en los manifiestos por cuento, peso, ó medida, según estén tarífadas en el arancel las mercancías que los constituyan, sin que sea necesario expresar el peso, en el caso de no ser ponderal la unidad en que se hallen tarí- fadas. (5) L/OS cargamentos de madera á granel se consignarán solamente por el número de piezas que los constituyen. (6) Los bultos conteniendo tejidos ú opio se declararán en el manifiesto separadamente sin englobarlos con otros que contengan diversas mercancías, aunque destinados y cargados por una misma persona. Si un mismo bulto contuviera diferentes mercancías y alguna de las expresadas en el párrafo anterior, se especificará detalladamente en el manifiesto la clase y el peso de estas últimas. (7) El manifiesto, si el buque es extranjero, podrá ser redac- tado en la lengua de la nación á que el buque pertenezca. (8) Cuando un capitán toque en varios puertos extranjeros, puede, á su voluntad, redactar y visar el manifiesto de toda la carga en el último á que arribe y' desde el cual emprenda su viaje a puerto español, ó traer tantos manifiestos cuantos sean los puertos en que hubiere tomado carga; en este caso, los Cónsules pondrán en el manifiesto que visen y en el inmediato anterior una nota en que relacionen entre sí ambos documentos, para que no puedan dejar de presentarse todos los manifiestos. (9) Los Cónsules cuidarán bajo su responsabilidad de no visar los manifiestos en que falte alguno de los requisitos antes expre- sados, salvarán por nota autorizada y sellada, cuantas alteraciones, enmiendas ó raspaduras contengan los manifiestos, inutilizarán los renglones en blanco, y foliarán y sellarán todas las hojas dando aviso á la Dirección General de Hacienda de haberlo visado el mismo dia en que lo efectúen, (10) Es nula y de ningún valor toda entrerenglonadura, adición, ó enmienda que no esté salvada por el Cónsul. (11) Si los navieros, cargadores ó consignatarios notasen que el manifiesto visado de que es portador el capitán, contiene algún 423 error, lo harán presente al administrador de la Aduana á que el buque vaya dirigido, cuyo jefe lo pondrá inmediatamente en cono- cimiento de la dirección general con remisión del documento reci- bido. (12) La referida dirección podrá admitir ó no la rectificación pedida, y siempre que el buque no haya tocado en un puerto de la Isla, á la fecha en que la Aduana que dé el parte hubiese reci- bido la rectificación. (13) Los capitanes que entren por arribada forzosa, debida- mente justificada, están dispensados de presentar un manifiesto visado, pero lo redactarán y presentarán en el término que se les prevenga por la administración de la Aduana. Únicamente podrán declararse por nota adicional al manifiesto visado y en el término de cuatro horas, después de la llegada del buque el oro y la plata en barras ó amonedado. Si un buque destinado al extranjero entra por arribada forzosa, debidamente justificada, se concederá al capitán un plazo prudencial para que redacte, firme y presente su manifiesto con el detalle requerido, excepto el visado consular. Si un buque destinado á la Isla entra por arribada forzosa en puerto distinto del de su destino, se devolverá al capitán á su salida el manifiesto visado por la aduana, en la que quedará una copia literal del mismo, firmada por el capi- tán ó por su consignatario, remitiendo otra á la dirección general de Hacienda. Cuando la arribada forzosa de un buque ocurra en alguna cala, fondeadero ó punto de playa, el capitán ó patrón presentará su mani- fiesto original y dos copias al resguardo ; y este, devolviéndole á su salida el original, deberá remitir una copia al administrador de la aduana á donde el buque vaya destinado, y la otra á la dirección general de Hacienda. En el acto de llegar al puerto y al entregar el manifiesto según la procedencia, presentará el capitán una nota en que se explicará: (i) Los lingotes de hierro que lleva como lastre. (2) Las provisiones y pertrechos de abordo. Se considerarán provisiones y pertrechos de abordo los artículos siguientes : Aceite, bacalao, aguardiente, anclas y cadenas de repuesto, arroz, azúcar, bujías, café, cáñamo, carbón mineral y vegetal, carnes 424 frescas y saladas, cerveza, cordelería, chocolate, galletas, granos, harinas, huevos, legumbres secas, latas de comestibles, leña, madera de arboladura, manteca, pan, patatas, pastas para sopa, pescado salado, sal, sebo, sidra, tabaco, té, velamen de respeto, vinagre y vino y las armas y municiones necesarias para la defensa del buque. Asimismo presentará otra nota del número total de pasajeros que conduzca y bultos de los mismos, con distinción de los puertos de su destino. lya entrada deberá hacerla con la prontitud que le permita la mar y el viento y colocarse para echar el ancla ó tomar amarras en el sitio señalado por las autoridades del puerto, de cuyo sitio ya no podrá moverse sin permiso de las mismas autoridades y previo conoci- miento de la aduana. En el acto de la visita están obligados los capitanes á manifestar por escrito si han sufrido algún accidente de mar que les haya obli- gado á desembarazarse de parte de la carga. En el plazo de las veinte y cuatro horas siguientes á la entrada de un buque, sin ser obstáculo la circunstancia de caer el vencimiento en dia festivo, presentará el capitán dos copias del propio manifiesto en idioma español. Si llevase carga para más de un puerto, presentará en el primero, además de las copias expresadas, una de la carga parcial destinada al mismo. Una de las copias generales, autorizada por la aduana y haciendo constar en ella si el original se halla ó no visado, será conducida por el capitán y presentada en cada uno de los puertos de escala para su comprobación con las parciales, y servirá de base en todas las opera- ciones, siendo visada en cada aduana de las del tránsito y archivada en la última. Presentado en el primer puerto el manifiesto general con sus co- pias en los demás de escala, el capitán tendrá obligación de presentar tres copias parciales de la carga consignada á cada puerto. Iva descarga de los buques será en el número de dias que señale el administrador de la Aduana y que no prodrá exceder de doce dias útiles; solo en casos especiales, por motivos fundados y á solici- tud del consignatario podrá el administrador conceder una próroga. Si el plazo ó la próroga se cumple y la descarga no se ha hecho, 425 dispondrá el administrador que se haga de oficio y á costa del capi- tán. Esta prescripción es obligatoria también para los cargamentos cuyos despachos se soliciten en un puerto siendo destinados á otros nacionales, ó á la orden ó para el extranjero, quedando sujetos en caso contrario á salir inmediatamente del puerto. I^as operaciones de descarga se harán de sol á sol ; no se permitirá descargar excepto cuando se trate de desembarcar al pescado fresco cogido por españoles en todos los puntos del litoral donde haya destacamento del resguardo, ó de descargar los buques correos de vapor, en cuyo caso quedarán las mercancías bajo la responsabilidad del resguardo y de los consignatarios, hasta su entrada en la Aduana en las primeras horas de la mañana siguiente. Pero no se considerará vapor correo sino el que reciba directamente subvención del Estado. I^a circulación de las mercancías ó sea su transporte de uno á otro punto del territorio de las Islas de Cuba ó Porto Rico es libre. P)l único depósito autorizado actualmente en la Isla de Cuba es la de la Habana. Son admisibles á depósito las mercancías extranjeras y peninsulares que no hayan pagado el derecho de importación. Pero no son ad- misibles las producciones de la Isla, las mercancías extranjeras y peninsulares que hayan pagado los derechos de importación, las libres de derechos, las que están expuestas á combustión espontánea, las que por su mal olor perjudiquen á las demás, las voluminosas y las materias inflamables. ADUANAS DK PRIMERA CITASE DE I.A ISI.A DE CUBA HABILITADAS PARA IMPORTACIÓN GENERAL, EXPORTACIÓN, TRÁNSITO Y COMERCIO DE CABOTAJE. lya Habana (la única por la que puede importarse el tabaco de Puerto Rico), Matanzas, Sagua la Grande, Cienfuegos, Nuevitas, " Santiago de Cuba, Cárdenas, Trinidad. ADUANAS DE SEGUNDA CLASE LLAMADAS PROPIAMENTE ' ' COLECTU- RÍAS" AUTORIZADAS PARA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN EX- CEPTO DE TEJIDOS, bisutería, QUINCALLA Y OPIO. Caibarién, Gibara, Baracoa, • Zaza, Manzanillo, Guantánamo, Santa Cruz. 426 ADUANAS DE PRIMERA CI.ASE DE PUERTO RICO. San Juan, Mayaguez, Ponce, Humacao, Aguadilla, Arroyo, Arecibo, Vieques. ADUANAS DE SEGUNDA CLASE. Fajardo, Naguabo, Cabo Rojo, Salinas, Guayanilla, Guanica. CHILE. Los Cónsules de Chile están autorizados para cobrar derechos conforme á la si- guiente tarifa: Por la toma de razón de los nacimientos, matrimonios, y muertes $2. 00 Por el registro de cualquier otro acto concerniente al estado civil de una persona 1. 00 Por cualquier servicio de carácter judicial 1. 00 Por practicar cualquiera diligencia fuera del consulado: Si la diligencia no requiere más de tres horas 3. 00 Si requiere más, por cada hora adicional 1. 00 Por redactar un testamento 4. 00 Por despachar los papeles de un barco, ó una patente de sanidad 2. 00 Por poner el visto bueno á los papeles de un barco 50 Por recibir en depósito los papeles de un buque chileno que mida más de 150 toneladas y devolverlos 2. 00 Si el barco tiene menos de'150 toneladas 1. 00 Por el certificado de inspección de un barco 2. 00 Por intervenir en la fijación de la paga de los marineros y miembros de la tripulación y autorizar los arreglos hechos 1. 00 Por emitir dictamen en las cuestiones sobre precios de pasajes 1. 00 Por una licencia provisional para que un barco pueda tomar la bandera chilena y hacerse á la vela para algún puerto de Chile á fin de registrarse allí 20.00 Por la venta de un barco de más de 150 toneladas 30. 00 Por una protesta marítima 2. 00 Por cada declaración que se tome á los miembros de la tripulación ó á los pasajeros de un barco 50 Si lo escrito ocupa más de una hoja de papel, por cada hoja adicional 1. 00 Por cada anotación, ó añadidura ó sustracción que se haga en la lista de la tripulación ó en la de los pasajeros, etc 50 Por un certificado consular para un préstamo á la gruesa 5. 00 Por obtener un préstamo á la gruesa, medio por ciento sobre el total. Por sus servicios en la venta de mercancías averiadas, medio por ciento de su valor. Por auxilios prestados á un barco nacional en caso de naufragio ú otro acci- dente, los gastos de viaje y $5 diarios. Por despachar un pasaporte 1-00 427 Por una fé de vida $3. 00 Por un certificado de registro, ó de nacionalidad, destino, desembarque, ó de cualquiera otra cosa, ó por poner el visto bueno al pasaporte 50 Por la legalización de un documento 1. 00 Por archivar un documento, ó retirarlo del archivo, en el consulado .50 Por despachar una copia auténtica de cualquier documento otorgado ante él, ó que se le pi-esente con ese objeto, por cada página .50 Por certificar un manifiesto 3. 00 ECUADOR. Por decreto de i6 de Setiembre de 1890 los Cónsules del Ecuador en los Estados Unidos recibieron autorización para cobrar derechos por la certificación de las facturas en proporción á su valor en el or- den que sigue : Por las facturas cuyo valor llegue á $300 ó menos $3. 00 Si exceden de $300 y no pasan de $400. . , 4. 00 Si exceden de |400 y no pasan de $1,000 6, 00 Ea certificación de todo manifiesto para un puerto del Ecuador requiere el pago de |io. Eas facturas deben especificar las mar- cas, números y clase de los bultos, su contenido, el valor, el peso en kilogramos, el nombre del barco, el del capitán, los cargadores y consignatarios y el de los puertos de procedencia y destino. Los manifiestos deberán presentarse al Cónsul para que los certi- fique, por triplicado, y tendrán necesariamente que expresar ló siguiente : Ea clase del buqué, en que viene la mercancía, si es de vapor ó de vela, ó si es goleta, barca, bergantín, etc. ; su bandera ó naciona- lidad, su número de registro y su tonelaje; el puerto de proceden- cia y el de destino; el nombre de los cargadores y consignatarios; y las marcas y números que lleven los bultos. GUATEMALA. Todo lo que se dice por los reglamentos consulares de Guate- mala en relación con las mercancías que se embarquen en cualquier puerto de los Estados Unidos con destino á aquella República, es que los cargadores deben llevar sus facturas al consulado guate- malteco para que allí se certifiquen. 428 Ivas facturas deberán expresar el número de los bultos y sus máf* cas, su contenido, peso bruto y neto y el precio de los artículos por libras, docenas, varas, etc., según sea el caso; y han de estar acom- pañadas de los .conocimientos de embarque que también irán firma- dos y sellados por el Cónsul. IvOS buques que salgan para uno ó varios puertos de Guatemala deberán presentar sus manifiestos al Cónsul para que los firme y selle, y si el primer puerto á que van destinados es un puerto guatemalteco deberán presentar al Cónsul además del manifiesto la patente de sanidad. lyos derechos consulares son $2 por cada factura y I5 por cada manifiesto. HAITÍ. Ivos capitanes de buques destinados á Haití deberán presentar en el consulado del puerto de su salida cuatro ejemplares del mani- fiesto del buque, y declarar que este contiene una relación fiel y verdadera de todo el cargamento á bordo de su buque. Todos los buques deben estar provistos de una patente de sanidad. Los cargadores de mercancías destinadas á Haití deben presentar en el consulado la factura original y cuatro ejemplares de la consu- lar; la original y una de las consulares serán certificadas y remitidas por los cargadores al consignatario, cuyo nombre se dará en todo caso. El consulado enviará un ejemplar al administrador de la aduana del puerto de destino y otro al Ministro de Hacienda en Port- an- Prince, acompañándolo con una copia del manifiesto del buque. Los documentos que se refieren á mercancías embarcadas para Haití tienen que firmarse en el consulado haitiano del puerto de salida. Donde no haya consulado podran firmarse por un notario público. A la llegada del buque á un puerto haitiano el capitán deberá hacer constar en debida forma en las oficinas de la aduana, el hecho del arribo presentando al mismo tiempo el manifiesto de la carga y los documentos consulares enviados al administrador. Los pasajeros para Haití tendrán que ir provistos del corres- pondiente pasaporte, expedido ó visado por el cónsul haitiano del puerto de embarque. 429 HAWAII. Toda factura de mercaderías que se importen en el país proce- dentes de un puerto que esté dentro de la jurisdicción consular de un Cónsul ó Agente consular ó comercial de Su Majestad Hawaiiana tendrá que ir acompañada de un juramento y certificación en los siguientes términos: Yo , de , juro solemnamente, que la factura anexa, cuyo importe total es , relata fiel y exactamente cuales son los géneros, artículos y mercancías á que se refiere, el valor de ellos al precio del mercado, que era en la época en que se obtuvieron, y lo que se ha satisfecho por razón de cargas por las referidas mercancías ; y que la expresada factura no contiene más descuentos, primas ibounties)^ rebajas {drawbacks)^ que las que real y efectivamente han sido concedidas. (Firma del interesado) . Yo, , Cónsul de Su Majestad Hawaiiana en el puerto de , certifico que el dia de del año de , compareció personalmente ante mí , que firma el antecedente escrito, y prestó el juramento á que se refiere; y cer- tifico además que el compareciente es la misma persona cuyo nom- bre autoriza el mismo documento, que es persona digna de crédito, y que lo manifestado por él bajo juramento es la verdad. (Firma y sello del Cónsul) . Se requiere también que las facturas lleven otro documento que se denomina "certificado de origen de las mercancías," el cual irá comprobado por juramento en forma, y estará redactado en los si- guientes términos: Yo, , de , juro solemnemente y de buena fé, que la factura que se acompaña, que asciende á , contiene una relación verdadera y fiel de los géneros y mercancías que en ella se describen ; y que dichos géneros y mercancías son pro- ductos de los Estados Unidos de América. (Firmado) . Yo, , Cónsul de Su Majestad Hawaiiana, en — -— , certifico por la presente que el día — — del año de , 430 se presentó ante mí, ■, y prestó el juramento y firmó la declaración que preceden ; y certifico además que el dicho es la persona misma que representa ser y es digno de fé y crédito. (Firmado) , Cónsul de S. M. Hawaiiana, Y dicho Cónsul ó Agente comercial tendrá facultad para cobrar y percibir de la persona que solicite un "certificado de factura," como derecho ó compensación que justamente le corresponde, la suma de $i por cada factura que no ascienda á $500, y $2 por cada factura de $500 ó más ; y por el ' ' certificado de origen de las mer- cancías," la suma de $2. Los administradores de aduana de este reino podrán, en el caso en que se presente cualquiera factura, que se diga proceder de un puerto en que reside un Cónsul de Su Majestad, sin que venga acompañada del juramento y certificado ó certificados expuestos, hacer en la fac- tura un aumento de 25 por ciento, y cobrar los derechos conforme á dicho aumento de avalúo. Están, sin embargo, autorizados para conceder una próroga de seis meses á aquellas personas que no tuvie- ren una factura certificada, si se comprometen, con buena fianza, á presentarla dentro del término especificado ; por cuya obligación abonarán $2. Todo Cónsul ó Vice-cónsul de las Islas de Hawaii en país extran- jero está facultado para certificar bajo su sello oficial la autenticidad de todo instrumento legal, como hipoteca, arrendamiento, cancela- ción, ó cualquier otro que se refiera á la enagenación de propiedad personal ó inmueble, y este certificado dará derecho á que se archive dicho instrumento. Dichos Cónsules y Vice-cónsul es tendrán facul- tad para certificar poderes, recibir juramentos y tomar declaraciones y testimonios que hagan fé dentro del Reino. DERECHOS. El Cónsul cargará los siguientes derechos, y no más, á saber: Por embarque de marineros, por cada uno $1. 00 Despedida de marineros, por cada uno , 1. 00 Firma del manifiesto del buque, cuando se requiera 2. 00 Firma del rol de la tripulación, cuando se requiera 2, 00 431 Boleta de sanidad del buque |2. 50 Certificado de factura de mercancías que se desembarquen en puertos de Hawaü, $1 por factura de menos de $500 y f 3 por factura de $500 ó más. Certificado de desembarque de mercancías exportadas de puertos de Hawaü. . 3. 00 Certificado de procedencia de mercancías embarcadas para puertos de Hawaü ó de la del buque 2. 00 Por legalizar una firma, cuando se requiera 1. 00 Por recibir una juramento, cuando se requiera 50 Sello y firma de cualquier documento, cuando se requiera 1. 00 Asiento de protesta 1. 00 Escritura de préstamo á la gruesa ó de arbitraje 2. 00 Orden de reconocimiento 3. 00 Por extender una protesta ó reconocimiento 1. 00 Tomar razón de un documento en el Registro consular 1 , 00 Todo pasaporte personal para puertos de Hawaü 3. 00 Visto bueno para cada pasaporte 1. 00 Avalúo de buques, mercancías, etc por ciento . . 1 Venta de buques, mercancías, etc., cuando se le ha ocupado para ello, por ciento . . 2^ Asistencia á dichas ventas, en los casos en que no se ha cobrado por el avalúo. 1 Por comparecer en el lugar de un naufragio, ó donde estuvieren el buque y la propiedad naufragada, además de los gastos de viaje por ciento. . 5 Asistencia á la apertura de un testamento 5. 00 Extender un testamento, cuando la cantidad pase de $100 2. 00 Ser testigo en un testamento cuando la cantidad pase de $100 1.00 Administi'ar bienes de subditos de Hawaü cuando se requiera, ó mueran intes- tados .. .por ciento. . 2^ Por desembolsos hechos por cuenta del Gobierno de Hawaü, cuando no se los ha proveído de fondos, además del interés según la cuota corriente en la plaza en queresideel Cónsul por ciento. . 2i Por recibir y pagar dinero por cuenta del Gobierno de Hawaü por ciento. . 3^ HONDURAS. Las mercancías embarcadas en los Estados Unidos con destino á Honduras no necesitan ir acompañadas de una factura consular; pero los manifiestos del barco deben presentarse al Cónsul para que los certifique. Los derechos son $5 para cada manifiesto. MÉXICO. Las facturas consulares deben extenderse por cuadriplicado, y habrán de ser firmadas por el Cónsul-general, Cónsul, Vice-cónsul, ó Agente consular, en el puerto de embarque, y deberán presentársele antes de la salida del buque, pues de lo contrario serán rechazadas. 432 Para extender en regla una factura consular debe cuidarse mucho de designar las marcas, números y cantidad de los bultos, haciéndolo en números y en letra, y de expresar también el peso en bruto y neto 'y la clase de mercancía de cada bulto. Hl lugar de fabricación y el valor de las mercancías se expresarán correctamente. El cargador declarará al fin de la factura que ' ' procede legalmente y de buena fé " y á esto seguirá la fecha y la firma del cargador. Al declarar la clase de la mercancía deberá consultarse la tarifa, puesto que según sea la clase marcada en esta se paga un derecho distinto. Una copia de la factura consular, debidamente certificada, deberá enviarse junto con el conocimiento al consignatario en el puerto de destino. Los derechos consulares son como sigue : Por certificar el manifiesto del barco $10. 00 Por. id. id. cuando el barco va en lastre 4. 00 Por certificar cada juego de facturas , 4. 00 Por certificados páralos capitanes, ó cargadores : . . 2. 00 Por duplicados de las certificaciones 1. 00 NICARAGUA. No se requiere en esta República certificación consular para las facturas. Estas se han de hacer por triplicado, y el aforo y asignación de los derechos se efectuarán en la aduana del puerto en que se desembar- quen los artículos. Los derechos se cobran según el peso. URUGUAY. Para el embarque de mercancías para Uruguay no se necesita pre- sentar la factura. Hay sólo que entregar al agente del buque un ejemplar de cada juego de conocimientos de embarque, y pagar $i, por razón de derechos, y el agente del buque tiene el deber de pre- sentar el uno y pagar el otro en el consulado, al tiempo de despachar la embarcación. Los conocimientos de embarque han de contener la designación de las marcas, del número de los bultos, y de su contenido. Todas las mercancías que se embarquen, directa, ó indirectamente, para Uruguay, han de ir acompañadas del conocimiento de embarque certificado. I 433 lyos derechos consulares para el despacho de las naves son : Por los papeles $8. 00 Por tonelage, de 500 toneladas para arriba 15. 00 Si el tonelage es menor se disminuirán estos derechos á razón de $1.50 por cada 50 toneladas ; pero cuando se llegue á 250 toneladas no se hará ya ninguna reducción. Los derechos por la certificación de una firma son $2. Los que se cobran por un pasaporte, cuando se desee obtenerlo, son solo $1. VENEZUELA. Los derechos consulares que se cobran en esta República son como sigue : Por la certificación del manifiesto de un buque de menos de 20 toneladas $0. 50 de 20 á 200 toneladas 2. 00 de 200 á 400 toneladas 4. 00 de 400 toneladas para arriba 6. 00 Cualquiera factura con conocimiento áe embarque que represente un valor de menos de $1,600 |4.00 de $1,600 á $3,200 5. 00 de $3,200 á $4,800 6. 00 de $4,800 para arriba _ . 8. 00 REGLAS QUE DEBEN OBSERVAR LOS CARGADORES. Los cargadores de mercancías embarcadas en país extranjero, excepto las Antillas, con destino á Venezuela, deberán entregar al Cónsul de Venezuela, ó á la persona encargada del consulado, la fac=- tura escrita en castellano, firmada y extendida por triplicado, en que se expresará lo siguiente : Los nombres del remitente, del consignatario, del lugar en qué se embarcó la mercancía, y del puerto de destino, la clase, naciona- lidad y nombre del buque, el nombre del capitán, las marcas de los bultos, el número y calidad de estos, su contenido, su peso bruto en kilogramos y su valor. Debe especificarse el contenido de cada bulto, dando los nombres de los artículos, el material de que están formados, su calidad, y todo lío. 2 28 434 lo demás que sirva para identificarlos y distinguirlos de cualquiera otro que aparezca en el Arancel bajo el mismo nombre, pero en otra clasificación. Debe también recordarse que el Cónsul no certificará ninguna fac- tura si el cargador no se la presenta por triplicado, ó si resulta que los tres ejemplares presentados no son idénticos entre sí, ó si hay en ellos enmiendas, raspaduras, interlineaciones, ó correcciones de cual- quiera clase que no estén salvadas al final antes de la fecha. Tampoco se dará la certificación si el cargador no jura ante el Cónsul que el valor expresado en la factura es el verdadero. Guia del viajero. (Para más informes sobre las lineas de vapores, véase página 444.) A LA REPÚBLICA ARGENTINA. A Buenos Aires: 8,045 millas desde New York; 29 días; pasaje $190. De New York (y de Newport News 3 días después), por los vapores de la línea denominada United States and Brazil Mail Steamship Company, á Rio Janeiro, dos veces al mes; y de allí por la Mala Real inglesa, la línea fran- cesa, ó la línea de.Lamport and Holt, etc. A la República Argentina también se puede ir vía de Liverpool, Southampton, Amberes, Hamburgo, Bremen, Havre, Burdeos, Marsella, y Cádiz. A LAS BAHAMAS. A Inagua: 1,314 millas desde New York; 4 días; pasaje $40. De New YorJc, por los vapores de la Compañía de Clyde, dos veces al mes. A Nassau: 1,105 mülas desde New York; 4 días; pasaje $40. De New York, por los vapores de la línea denominada New York and Cuba Mail Steamship Company. Viajes quincenales, saliendo un jueves sí y otro no, y regresando los lunes en el mismo orden. A BARBADA. A Barbada: 3,145 millas desde New York; 8 días; pasaje $60. 'Z)e New York (y de Newport News 3 días después) por los vapores de la linea denominada United States and Brazil Mail Steamship Company, dos veces al mes; por la línea denominada Quebec Steamship Company, cada diez días; pasaje $50. En Barbada se hacen conexiones con los vapores de la Mala Real inglesa para Demerara, San Vicente, Trinidad, Granada, Tabaco, La Guaira, Santa Lucía, Martinica, Dominica, Guadalupe, Monserrate, Antigua, Nevis, St. Kitts, San Thomas, Jacmel, Jamaica, y Colón. A LAS ISLAS DE LA BAHÍA. De New Orleans, por los vapores de la línea denominada Oteri's Pioneer Line, cuatro veces al mes. 435 436 A LAS BERMUDAS. A Hamilton: 780 millas desde New York; dos días; pasaje $30. De New York, por los vapores de la línea denominada Quebec Steamship Company, semanalmente, desde Enero hasta Junio, y una vez cada dos semanas, desde Junio 1" hasta Enero 1°. A BOLIVIA. De New York, por los vapores de la línea denominada Pacific Mail Steamship Company, vía de Colón y Panamá el 1°, 10, y 30 de cada mes. De San Francisco, por los vapores de la línea denominada Pacific Mail Steam- ship Company, el 3, 13, y 23 de cada raes. AL BRASIL. A Bahía: 5,870 millas desde New York; 21 días; pasaje |140, De New York (Newport News, 3 días después), por los vapores de la línea titu- lada United States and Brazil Mail Steamship Company, dos veces al mes. A Ceará: 4,766 millas desde New York; 26 días, 'De New York, por los vapores de la línea titulada Booth Steamship Company, una vez al mes. De Baltimore, por los vapores de la línea de la Cruz Roja, una vez al mes. . A Maranhao: 3,805 millas desde New York; 15 días; pasaje $120. De New York (Newport News 3 días después), por los vapores de la línea titula- da United States and Brazil Mail Steamship Company, dos veces al mes; por la línea titulada Booth Steamship Company, una vez al mes. A Para: 3,460 millas desde New York; 12 días; pasaje $100. De Neiv York (Newport News 3 días después), por los vapores de la línea titu- lada United States and Brazil Mail Steamship Company, dos veces al mes; por los vapores de la línea titulada Booth Steamship Company, una vez al mes. De Baltimore, por los vapores de la línea de la Cruz Roja, una vez al mes. A Pernambuco: 5,425 millas desde New York; 16 días; pasaje $130. De New York, por los vapores de la línea titulada United States and Brazü Mail Steamship Company, dos veces al mes. De Baltimore, por los vapores de la línea de la Cruz Roja, una vez al mes. A Rio Janeiro: 6,730 millas desde New York; 27 días; pasaje $150. De New York, por los vapores de la línea titulada United States and Brazil Mail Steamship Company, saliendo de New York el miércoles, y de Rio Janeiro el sábado, cada dos semanas, A Rio Grande do Sul: 8,000 millas desde New York; pasaje $195. De New York, lo mismo que para Rio Janeiro. A Santos: 6,980 millas desde New York; 25 días; pasaje $155. De Neio York, por los vapores de la línea titulada United States and Brazil Mail Steamship Company, via de Rio Janeiro, dos veces al mes. 437 Los buques de J. C, Winchester & Co. salen de New York para varioá puertos bra- sileros el dia 5 de cada mes, j de Baltimore el 10; los buques de Earn Line salen de Baltimore una vez al mes. También se puede ir al Brasil por las vías de Liverpool, Southampton, Amberes, Bremen, Hamburgo, Havre, Burdeos y Marsella A CHILE, A Valparaíso: 5,910 millas desde New York; 37 días; pasage $282; 5,752 millas desde San Francisco; pasaje $297. De New York á Panamá, por los vapores de la linea titulada Pacific Mail Steam- ship Company, el 1°, 10 y 20 de cada mes; y desde allí por los de las lineas tituladas Pacific Steam Navigation Company y South American Steam- ship Company. De San Francisco, por los vapores de la línea titulada Pacific Mail Steamship Company, vía Panamá. A COLOMBIA. A ASPINWALL (Colón): 2,305 millas desde New York; 8 días; pasaje $90. De New York, por los vapores de la línea titulada Pacific Mail Steamship Com- pany, el 1°, 10 y 20 de cada mes; por los vapores de la Compañía Transatlán- tica Española, una vez al mes; y por la línea titulada Quebec Steamship Company, vía de Barbada, cada 10 días. A Cartagena: 2,445 millas desde New York; 12 días; pasaje $75. De New York, por Ijs vapores de la línea titulada Atlas Steamship Company, que salen los miércoles cada dos semanas; por los vapores de la Compañía Transatlántica Española, una vez al mes; y por los vapores de la línea titu- lada de la D roja, vía de Curazao. A Panamá: 2,355 millas desde New York; 8 días; pasaje $100; 3,254 desde San Francisco; 22 días; pasage $115. (Véase Aspinwall.) De New York, por la vía de Colón, en los vapores de la línea titulada Pacific Mail Steamship Company. De San Francisco, en los vapores de la línea titulada Pacific Mail Steamship Company. A Sav anilla: 2,380 millas desde New York; 13 días; por la línea titulada Pacific Mail Steamship Company hasta Colón, y de allí por la Mala Real inglesa ó la línea alemana. De New Yoi^k, directamente, por la línea titulada Atlas Steamship Company, el miércoles, cada dos semanas; 8 días; pasage $75; por los vapores de la Com- pañía Transatlántica Española, una vez al mes; y por los vapores de la línea de la D roja, via de Curazao. A COSTA RICA. A Puerto Limón: 2,865 millas desde New York; por los vapores de la línea titulada Pacific Mail Steamship Company, hasta Colón, y de allí por los vapores de la Mala Real inglesa, ó Ünea alemana; 9 días; pasaje $120. 438 be New York por la linea titulada Atlas Steamship Company, via de Port aü Prince, Savanilla, y Cartagena, dos veces al mes; via de Kingston, una vez al mes; pasaje $80. De New Orleans, por los vapores de la linea titulada Costa Rica Line, una vez por semana; 4^ dias; pasaje $50. A PuNTAKENAS: 2,793 millas desde San Francisco; 20 días; pasaje $105. De San Francisco, por los vapores de la linea titulada Pacific Mail Steamship Company, los días 3, 13 y 23 de cada mes. De New York, por los vapores de la línea titulada Pacific Mail Steamship Com- pany, via de Panamá, los dias 1°, 10 y 20 de cada mes; pasaje $115. A CUBA. A ClENFüiEGOS: 1,913 millas desde New York; 8 días; pasaje $60. De New York, por los vapores de la línea titulada New York and Cuba Mail Steamship Company, dos veces por semana. A LA Habana: 1,400 millas desde New York; 4 días; pasaje $50. De Neto York, por la línea titulada New York and Cuba Mail Steamship Com- pany, dos veces por semana; por los vapores de la Compañía Transatlántica Española, los días 10, 13, 20 y 30 de cada mes. De Tampa, por los vapores de la línea titulada Plant Investment Company (300 millas; 25 horas; pasaje desde New York $50). Según el itinerario de in- vierno, todos los lunes, jueves y sábados. Según el de verano, los lunes y jueves. De New Orleans (via de Tampa y Key West, 822 millas; 4 días; pasaje $35), por los vapores de la línea titulada Southern Pacific (Morgan) Line, de Diciem- bre á Mayo, semanalmente; de Mayo á Diciembre, cada dos semanas. . A Santiago de Cuba: 1,550 millas desde New York; 6 días; jiasaje $60. De New York, por los vapores de la línea titulada New York and Cuba Mail Steamship Company dos veces por semana; j)or los vapores de la Compañía Transatlántica Española, el 30 de cada mes. De Baltimore, por los vapores de la compañía titulada Earn Lme, semanal- mente. A LAS ANTILLAS DANESAS. A San Thomas: 1,650 millas desde New York; 8 días; pasaje $60. De New York, por los vapores de la línea titulada New York and Brazil Mail Steamship Company (de Newport News 3 días después), los miércoles alter- nando cada dos semanas; por los de la línea titulada Quebec Steamship Company (vía de Barbada) cada 10 días. A LAS ANTILLAS HOLANDESAS. A Curazao: 2,030 millas desde New York; 6 dias; pasaje $75. De New York, por los vapores de la línea titulada de la D roja, cada 10 días; por los vapores de la Mala Real holandesa de las Antillas, cada tres semanas los sábados. 439 AL ECUADOR. A Guayaquil: 3,295 millas desde New York; 15 días; pasaje De Neto York (vía de Panamá) por los vapores de la línea titulada Pacific Mail Steamship Company, los días 1°, 10, y 20 de cada mes. De San Francisco (vía de Panamá), por la línea titulada Pacific Mail Steamship Company. A GUATEMALA. A Champeeico: 3,100 millas desde Ñew York; 16 días; pasaje $150; 2,3é3 millas desde San Francisco; 11 días; pasaje flOO, De New York, por los vapores de la línea titulada Pacific Mail Steamship Com- pany, vía de Panamá, los días 1°, 10 y 10 de cada mes. De San Francisco, por los vapores de la línea titulada Pacific Maü Steamship Company, los días 3, 13, y 23 de cada mes. A Livingston: 2,493 millas desde New York; 7 días. De New York, por los vapores de la línea titulada New York and Central Ameri- can Steamship Company, cada tres semanas; pasaje $70. De New Orleans (6 días), por los vapores de la Mala Real inglesa, todos los jueves; pasaje $30, A San José: 3,034 millas desde New York; 15 días; pasaje $150; 2,439 millas desde San Francisco; 12 días; pasaje $100. (Lo mismo que á Champerico.) A HAITÍ. A Aux Cayes: 1,392 millas desde New York; 10 días; pasaje $70. De New York, por la línea titulada Atlas Steamship Company, vía de Kingston, Jamaica, los sábados alternando, cada dos semanas; por los vapores de la Mala Eeal holandesa de las Antillas, cada tres semanas los sábados. A Cap Haytien: 1,285 millas desde New York; 7 días; pasaje $50. De New Yor^k, j)or la línea titulada Clyde Steamship Company, dos veces al mes. A Jacmel: 1,457 millas desde New York; 7 días; pasaje $70. (Lo mismo que á Aux Cayes), y por la línea titulada Quebec Steamship Com- pany (vía Barbada), cada diez días. A Jeremib: 1,500 millas desde New York; 9 días. De New York, por la línea titulada Atlas Steamship Company, cada dos semanas. A PoRT AU Prince: 1,348 millas desde New York: 7 días; pasaje $60. De New York por la línea titulada Atlas Steamship Company, los miércoles cada dos semanas, regresando vía de Puerto Limón, Costa Rica; por la línea de la Mala Real holandesa de las Antillas, cada tres semanas los sábados. A PoRT DE Paix: 1,240 millas; 6 días; pasaje $50. De New York, por la línea titulada Clyde Steamship Company, dos veces al mes. 440 A HONDURAS. A Ámapala: 3,801 millas desde New York; 14 días; pasaje $145; 3,662 millas desdé San Francisco; 14 días; pasaje flOO. Dé. New York, por la línea titulada Pacific Mail Steamsliip Company (vía de Pana- má), los dias 1°, 10 y 20 de cada mes. Dé San Francisco, por la línea titulada Pacific Mail Steamship Company, los dias 3, 13 y 33 de cada mes. A Ceiba: 2,100 millas desde New York; 6 días. De New Orleans, por la línea titulada Oteri's Pioneer Line, cuatro veces al mes; por la línea titulada Lafitte & Company's Steamship Company, dos veces al mes. A Puerto Cortés! 1,965 millas desde New York; 5 días. De New York, por los vapores de la línea titulada Honduras and Central Ameri- can Steamship Company, cada tres semanas; pasaje $70: De New Orleans, por los vapores de la Mala Real, todos los jueves; pasaje $80, A Truxillo (lo mismo que á Ceiba;. Dé New York (véase Puerto Cortés). A HONDURAS BRITÁNICA. A Belize: 3,360 millas desde New York; 6 días; pasaje de New Orleans $35. De New Orleans, por los vapores de la Compañía de la Mala Real, todos los jueves. De New York, por la línea titulada Honduras and Central American Steamship Company, cada tres semanas; pasaje $60. A JAMAICA. A Kingston : 1,830 millas desde New York; 5^ días; pasaje $50. De New York, por la línea titulada Atlas Steamship Company, los sábados cada dos semanas regresando directamente, y cada cuatro regresando por vía de Puerto Limón, Costa Rica; por la línea titulada Wessels Line, todos los sábados, excepto de Marzo á Noviembre, en que los viajes son dos veces por semana; por la línea titulada Anchor Line, dos veces al mes; por la línea titulada Quebec SteamshiiJ Company (vía de Barbada), cada diez días; por los vapores de la línea titulada Honduras and Central American S. S. Co., cada tres semanas; pasaje, $45. De Port Tampa : 950 millas desde New York; 4 días; pasaje $35 (pasaje desde New York $67.50); por la línea titulada Plant Investment Company, los jueves cada dos semanas; salen de Kingston los jueves cada dos semanas, pasando por los puertos del norte de la isla, y llegando á Tampa los martes. A LAS ISLAS DE SOTAVENTO. A Santa Cruz: 1,800 millas desde New York; 8 días; pasaje, $50. De New York, por la línea titulada Quebec Steamship Company, cada 10 días. A St. Kitts (lo mismo que á Santa Cruz). A Santa Lucía (lo mismo que á Santa Cruz). 441 A MÉXICO. Por ferro-carril vía del Paso, ó de Eagle Pass, Laredo, ó Matamoros, en Texas, y de Nogales en Arizona. Las comunicaciones j)or el Golfo son : A Campeche : 2,350 millas desde New York; 8 días; pasaje $60. De New York, por los vapores de la Compañía Transatlántica Española, el día 10 de cada mes; por la línea titulada New York and Cuba Mail Steamship Company (vía de Progreso) todos los sábados. A LA CIUDAD DE MÉXICO : De New York (via de Veracruz), 9 días ; pasaje, $80. (Véase Veracruz.) A Progreso : 1,670 millas desde New York; 6i días; pasaje $55. De Neio York, por la línea titulada New York and Cuba Mail Steamship Com- pany, todos los sábados; por los vapores de la Compañía Transatlántica Es- pañola, los dias 10 y 20 de cada mes. A Veracruz : 2,500 millas desde New York; 8J días; pasaje $60. De New York, por la línea titulada New York and Cuba Mail Steamship Com- pany, todos los sábados; por los vapores de la Compañía Transatlántica Española, los dias 10 y 20 de cada mes. De New Orleans, por los vapores de la línea de Morgan, dos veces al mes; pasaje $40. A LOS PUERTOS DE MÉXICO EN EL PACÍFICO : De New York, pdr la línea titulada Pacific Mail Steamship Company, vía de Panamá, los días 1°, 10, y 20 de cada mes; pasaje $160. De San Francisco, ipor la línea titulada Pacific Mail Steamship Company, los días 3, 13 y 23 de cada mes. A GUAYMAS y puertos intermedios : De San Francisco, por la línea titulada Pacific Coast Steamship Company, una vez al mes. A NICARAGUA. A Bluefields : 1,202 millas desde New Orleans; 5 días; pasaje $40. De New Orleans, por los vapores de la línea de Morgan, de Diciembre á Marzo cada veinte días; el resto del año cada 10 días. A CORINTO : 2,685 millas desde San Francisco; 18 días; pasaje $105. De San Francisco, por la línea titulada Pacific Mail Steamship Company, los días 3, 13 y 23 de cada mes. A Managua, la capital, se puede ir, por vapor hasta Corinto, de allí hasta León en ferro-carril, y de León á Managua por ferro-carril y los vapores del lago. A Greytown : 2,810 millas desde New York; 9 dias; pasaje $100. De New York, por la línea titulada New York and Central American Steamship Company, cada tres semanas; pasaje $60; por la línea titulada Pacific Mail Steamship Company hasta Colón, y de allí en los vapores de la Mala Real inglesa (13 días desde New York; pasage $145). Cada cuatro días salen vapores de Greytown para Granada, en el Lago de Nicaragua. A San Juan del Sur: 2,725 millas desde San Francisco; 18 días; pasaje $105, (Lo mismo que á Corinto.) 442 A PARAGUAY. Á LA Asunción: 10,445 millas desde New York; 40 días; pasaje |244. De New York, por la línea titulada United States and Brazil Mail Steamship Company hasta Rio Janeiro, los miércoles cada dos semanas, y de allí vía de Buenos Aires. También se hace el viaje vía de Europa. AL PERÚ. Al Callao: 4,145 millas desde New York; 18 días; pasaje $216. De New York^ por la línea titulada Pacific Mail Steamship Company hasta Panamá, y de allí por los vapores de la línea titulada Pacific Steam Navi- gation Company, los días 10, 30 y 30 de cada mes. De San Francisco á Panamá, los días 3, 13, y 23 de cada mes. A PUERTO RICO. A San Juan;- 1,397 millas desde New York; 7 días; pasaje $60. De New York, por los vapores de la línea titulada New York and Puerto Rico Lihe, dos veces al mes. Estos vapores harán escala en los principales puertos de la isla según las necesidades del tráfico. AL SALVADOR.. A Acajutla: 2,964 millas desde New York; 19 días; pasaje $145; 2,499 millas desde San Francisco; 16 días; pasaje $100. De Neto York, por la línea titulada Pacific Mail Steamship Company, vía de Panamá, los días 1°, 10, y 20 de cada mes. De San Francisco, por la línea titulada Pacific Mail Steamship Company, los días 3, 13, y 23 de cada mes. A La Libertad: 2,926 millas desde New York; 17 días; pasaje $145; 2,537 millas desde San Francisco; 16 días; pasaje $100. De New York (lo mismo que á Acajutla). De San Francisco (lo mismo que á Acajutla). A La Unión: 2,822 millas desde New York; 16 días; pasaje $145; 2,641 millas desde San Francisco; 15 días; pasaje $100. (Lo- mismo que á La Libertad.) A SANTO DOMINGO. A Puerto Plata: 1,520 millas desde New York; 7 días; pasaje $50. De New York, por la línea titulada Clyde Steamship Company, vía de Cap Haytien, cada dos semanas. A Samaná: 1,700 millas desde New York; 8 días; pasaje $60. (Lo mismo que á Puerto Plata.) 443 A TRINIDAD. Á PORT OF Spain: 2,370 millas desde New York; 6 días; pasaje $90. De New York, por la línea titulada Trinidad Line, cada dos semanas los sábados; por los vapores de la Mala Real holandesa de las Antillas, los sábados cada tres semanas; por la línea titulada Quebec Steamship Company (vía de Bar- bada), cada 10 días; pasaje $63; jDor la línea titulada United States and Brazil Steamship Company (vía de Bai'bada), los miércoles cada dos semanas. A URUGUAY. A Montevideo: 7,915 millas desde New York; 31 días; pasaje $190. De New York, por la línea titulada New York and Brazil Mail Steamship Com- pany, vía de Rio Janeiro, y de allí por la línea titulada Royal Mail Pacific Steam Navigation Company, ó por la línea francesa, dos veces al mes. A VENEZUELA. A Carupano: 2,035 millas desde New York; 12 días; pasaje $80. De New York, por la línea titulada Thebaud Line, cada seis días; por. los vapores de la Mala Real holandesa de las Antilles, cada tres semanas los sábados. A Ciudad Bolívar: 2,715 millas desde New York; 15 días; pasaje $90. (Lo mismo que á Carupano.) A CUMANÁ: 2,428 millas desde 'New York; 19 días; pasaje $80. De New York, por los vapores de la Mala Real holandesa de las Antillas, cada tres semanas los sábados. A La Guaira: 2,245 millas desde New York; 7 días; pasaje $80. Desde New York, por los vapores de la línea titulada de la D roja, cada 10 días; por los vapores de la Compañía Transatlántica Española, el 30 de cada mes, vía de la Habana, etc., cada 12 días; por los vapores de la Mala Real holan- desa de las Antillas, los sábados cada tres semanas; por la línea titulada Quebec Steamship Company (vía de Barbada), cada 10 días; por la línea titu- lada New York and Brazü Steamship Company (vía de Barbada), los miér- coles cada dos semanas. Las conexiones se hacen en La Guaira. A Maracaibo: 2,280 millas desde New York; 8 días; pasaje $90. De New York, por la línea de la D roja, vía de Curazao, cada 10 días, A Puerto Cabello: 2,160 millas desde New York; 6 días; pasaje $80. (Lo mismo que á La Guaira.) Líneas de Vapores. compañía de vapoees del atlas. Sres. Forwood & Co. , 23 and 24 State street, New York. Estos vapores salen de New York para las Antillas y Sud América y hacen el servicio de los tres modos siguientes: No. 1. A Kingston, Jamaica, y de allí á Jacmel y Aux Cayes (Haití), regresando á Kingston y á New York. Salen de New York los sábados cada dos semanas. No. 2. A Port au Prince y otros puertos de la parte septentrional de Haití, de allí á Savanilla y Cartagena (Colombia), regresando á New York vía de Puerto Limón (Costa Rica). Salen de New York los miércoles cada dos semanas. No. 3. A Kingston (Jamaica), de allí á Puerto Limón (Costa Rica), regresando á New York directamente. Salen de New York cada cuatro semanas los sábados. Distancias desde New York. V De Sandy Hook á— Millas. Kingston, Jamaica 1,448 Cap Haytien 1,293 St. Marc 1,310 Gonaives 1,304 Cartagena 1,824 Vapores. Adirondack, 2,167 toneladas, Capitán J. W. Sansom. Aleñe, 2,104 toneladas. Capitán E. J. Seiders. Alvo, 2,009 toneladas, Capitán D. WiUiams. Athos, 1,943 toneladas, Capitán H. Low. Ailsa, 1,950 toneladas, Capitán J. W. Morris. Alvena, 1,744 toneladas, Capitán F. Mackay. Andes, 1,750 toneladas. Capitán John Evans. Alps, 1,750 toneladas. Claribel, 1,100 toneladas, Capitán T. M. MacKnight. Adula (nuevo), 771 toneladas, Capitán WiUiam Walker. Arden, 544 toneladas, Capitán J. Howell. Arran, 462 toneladas. Capitán William Owen. 444 445 VAPORES COSTEROS Y DE LAS ANTILLAS DE LA LINEA DE CLYDE. Sres. W. B. Clyde & Co., agentes generales; oficina, No. 5 Bowling Green, New York. Estos vapores salen de New York cada dos semanas. Precios de pasaje. De New York á — Las Islas Turcas $40 Cap Haytien 50 Monte-Christi 50 Puerto Plata 50 Samaná 60 Sanches 65 Macoris 70 De New York á — Santo Domingo $70 Azua 75 Inagua 40 Port de Paix...; 50 Gonaives 60 St. Marc 65 Vapores: G. W. Clyde, Saginaw, Ozama, Panamá. COMPAÑÍA TRANSATLÁNTICA ESPAÑOLA. Sres. J. M. Ceballos «feCo., agentes; oficina, No, 80WaU street, New York. Los vapores salen del muelle No. 41 en el rio del Norte (al pié de la calle de Hobo- ken), New York, los dias 10, 13, 30 y 30 de cada mes. Precios de pasaje. De New York á — • La Habana $40 Progreso 65 Campeche 69 Frontera 73 Veracruz 75 Tampico 80 Tuxpan „ , . 85 Santiago de Cuba 65 La Guaira 80 De New York á — Puerto Cabello $80 Santa Marta 90 Savanilla 90 Cartagena 93 Colón 100 Puerto Limón 105 Nuevitas 60 Gibara 65 Vapores Baldomero Iglesias, 1,507 toneladas, Capitán Pedro Bayona. Ciudad Condal, 2,576 toneladas, Capitán Miguel Carmona. San Agustín, 2,359 toneladas, Capitáia Sebastian Cardona. Sábana, 2,597 toneladas, Capitán Manuel Deschamps. 446 LÍNEA DE VAPORES DE COSTA RICA Y HONDURAS. Sres. J. L. Phipps & Co., agentes; oficina, 140 Gravier street, New Orleans. Estos vapores salen para Puerto Limón, Costa Rica, todos los miércoles. Precios de pasaje. Primera clase $50 Segmida clase 40 Pasaje de Limón á New York. . 75 Pasaje en proa $35 Pasaje sobre cubierta 15 Vapores. Foxháll, 843 toneladas, Capitán George Leslie. Holguin, 830 toneladas. COMPAÑÍA DE VAPORES DE HONDURAS Y CENTRO-AMÉRICA. Sres. Williams y Ranktne, superintendentes; oficina, 19 Whitehall street, New York. Estos vapores salen de New York, para Jamaica, Belize, Livingston, Puerto Cor- tés, TruxiUo, y Greytown. Precios de pasaje. De New York á — Belize y Greytown $60 Kingston 45 Livingston, Puerto Cortés y TruxiUo 70 Vapores. Aguan, Capitán John Adair. Hondo, Capitán David Pearson. COMPAÑÍA DE VAPORES DE LA MALA REAL INGLESA, PARA NEW ORLEANS, BELIZE Y CENTRO-AMÉRICA. Sres. Macheca Brothers, agentes, 36 Canal street, New Orleans. Los vapores de esta linea hacen viajes semanales de New Orleans á Belize, Hon- duras y Guatemala. Salen de New Orleans todos los jueves; Uegan á Belize, el lunes por la mañana, dejando la correspondencia en varios puntos de la costa; llegan á Puerto Cortés, el martes; á Livingston y á San Thomas, el miércoles; á la Colonia inglesa, el jueves; á Belize en viaje de regreso, el viernes, y á New Orleans, el lunes. 447 Precios de pasaje. De New Orleans á Belize: Primera clase $25 Sobre cubierta 15 De New Orleans á Puerto Cortés: Primera clase 30 De New Orleans á Puerto Cortés: Sobre cubierta $18 De New Orleans á Livingston; Primera clase 30 Sobre cubierta 18 Vapores. Breákwater, Capitán Charles Clark, Stillwater, Capitán John McFarlane. COMPAÑÍA DE VAPORES CORREOS DE NEW YORK Y CUBA. Sres. James E. Ward & Co., agentes generales; oficina, 113 Wallstreet, New York. Estos vapores salen de los muelles 16 y 17 del rio del Este (al pié de Wall street), New York. El servicio entre New York y la Habana es bisemanal. Entre New York, Progreso, Campeche, Laguna, Frontera, Tampico, Tuxpan, y Veracruz, es semanal. Hay también viajes todas las semanas, alternando, á Matanzas, Cárdenas, y Sagua. Precios de pasaje. De New York á — La Habana $50 Progreso 65 Campeche 75 Laguna 75 Frontera 80 Tampico .' 80 De New York á — Tuxpan $85 Veracruz 75 México 80 Nassau 40 Santiago de Cuba 60 Cienf uegos 60 Vapores. En la linea mexicana: Yumuri, 3,500 toneladas. Capitán Thomas S. Curtís. Orizaba, 3,500 toneladas. Capitán J. Mclntosh. Yucatán, 3,500 toneladas, Capitán J. W. Reynolds. City of Washington, 2,700 toneladas. Capitán J. B. Alien. En la línea de la Habana: City of Alexandria, 2,500 toneladas. Capitán A. Hansen. Saratoga, 2,500 toneladas. Capitán C. B. Leighton. Niágara, 2,300 toneladas. Capitán Joseph Burley. En la línea de Nassau y Cienf uegos: Cienfuegos, 2,400 toneladas, Capitán Lodge Colton. 448 Santiago, 2,400 toneladas, Capitán George Pierce. Nassau, 250 toneladas, para trasbordar pasajeros y carga en Nassau. M. Moran, para trasbordar pasajeros y carga en Progreso. Manteo, 580 toneladas, para lo mismo en Campeche, Laguna, y Frontera. COMPAÑÍA DE VAPORES DE LA MALA DEL PACÍFICO. Sr. H. J. Bullay, superintendente general; oficina en el muelle al pié de Canal street, New York. Estos vapores salen del muelle al pié de Canal street, en el rio del Norte, New York, los dias 1°, 10, y 20 de cada mes (excepto los domingos) con dirección á Aspin- waU. De aUí se va á Panamá por ferro-carril, y en Panamá se toman los vapores de la Compañía de Navegación en el Pacífico ó los de la Compañía Sud- Ameri- cana. Precios de pasaje. 136 151 158 158 De New York á — Buenaventura Tumaco Esmeraldas Manta. Ballenita Guayaquil 180 Payta 202 Pimentel 207 Etén 297 Pacasmayo 207 Salaverry 209 El Callao 216 Pisco 224 Moliendo 246 Arica 250 Pisagua 254 Iquiqui , 254 Cobija 259 Añtofagasta 262 Caldera 267 Huasco 271 Coquimbo 275 90 100 115 130 140 De New York á — Valparaíso Aspinwall Panamá ' Puntarenas , San Juan del Sur Corinto Amapala 145 La Unión 145 La Libertad 145 Acayutla 145 San José 150 Champerico 150 Ocos 150 San Benito 160 Tonala 160 Salina Cruz 160 Puerto Ángel 160 Acapulco leO Manzanillo 160 San Blas 160 Mazatlán 160 Vapores. Entre New York y Aspinwall: City of Para, 3,532 toneladas. Capitán J. L. Lockwood. Neivport, 2,735 toneladas. Capitán C. C. Lima. Colón, 2,686 toneladas, Capitán F. Henderson. 449 Enti'e San Francisco y Panamá: Acapulco, 2,572 toneladas, Capitán W. G. Pitts. City of New York, 3,019 toneladas. Capitán F. H. Johnston. City of Sydney, 3,017 toneladas. Capitán D. E. Friel. Colima, 2,906 toneladas. Capitán D. S. Austin. San Blas, 2,075 toneladas. Capitán J. M. Cavarly. San Juan, 2,076 toneladas, Capitán James McCrae. Entre Panamá y Acapulco, México: Clyde, 2,017 toneladas. Capitán J. M. Doyle. Starhuck, 2,157 toneladas, Capitán W. H. McLean. Entre Panamá y Champerico, Guatemala: Barraeouta, 1,659 toneladas, Capitán R. McPassmore. LINEA DE VAPORES DE PLANT. ' El Presidente y Director de la Compañía llamada ' ' Plant Investment Company " es \, el Sr. H. B. Plant, 12 West Twenty-third street, New York. El Sr. J. W. Fitz- gerald es el Superintendente en Port Tampa, Florida. Entre New York y la Habana: por ferro-carril hasta Port Tampa, Florida, y de allí por vapor vía de Key West; el servicio se hace en invierno tres veces por semana y en verano dos veces por semana. Entre Mobila y la Habana y Kingston, Jamaica, el servicio se hace semanalmente. Precios de pasaje. De New York: Primera clase $50 Viaje de ida y vuelta 90 De Mobila á la Habana, via de Key West: Primera clase 33. 50 Viaje de ida y vuelta. 60.00 De Port Tampa: Primera clase 20. 00 Viaje de ida y vuelta 38. 00 Vapores. Olivefte, 1,200 toneladas, Capitán James McKay. Mascotte, 900 toneladas. Capitán P. H. Hanlon, Entre New York y Kingston, Jamaica: por ferro-carril á Port Tampa, Florida, y de allí por vapor. Precios de pasaje. De New York: Primera clase $72. 50 Viaje de ida y vuelta, , ,,,..,,,, ,,,,,,.,..,,,,,,,,,,,,,, 13^, 00 450 De Port Tampa: Primera clase , $40. 00 Viaje de ida y vuelta 75. 00 De Mobila á Kingston: Primera clase 55. 00 Viaje de ida y vuelto 100'. 00 Vapor. Juniata, 1,400 toneladas, Capitán B. F. Hall. compañía de vapores de quebeo. Sres. A. E. Outerbridge & Co., agentes; oficina, 39 Broadway, New York. Estos vapores salen del muelle No. 47, en el rio del Norte, al pié deWestTenth street, New York. Precios de pasaje. De New York á Santa Cruz, St. Kitts, Antigua, Monserrate, Guadalupe, Do- minica, y Martinica: Pasaje de ida , $50. 00 Pasaje de ida y vuelta 87. 50 Pasaje sobre cubierta .... , 25. 00 Santa Lucia y Barbada: Pasaje de ida 50. 00 Pasaje de ida y vuelta , , 87. 50 Pasaje sobre cubierta 25. 00 Granada y Trinidad: Pasaje de ida 62. 00 Pasaje de ida y vuelta 108. 00 Pasaje sobre cubierta 31. 00 Vapores. Trinidad, 2,163 toneladas, Capitán P. J. Fraser. Orinoco, 1,864 toneladas, Capitán Garvin. Caribbee, 1,944 toneladas, Capitán R. Fraser. Muriel, 1,232 toneladas. Capitán Morrison. Bermuda, 1,160 toneladas, Capitán Karssens. LA LÍNEA DE LA " D" ROJA. Sres. Boulton, Bliss & Dallett, directores generales; oficina, 70 Wall street, New York. Estos vapores salen del muelle No. 36, del rio del Este New York, cada diez dias. 451 Precios de pasaje. De New York á — Venezuela: La Guaira $80 Puerto Cabello 80 Coro 88 De New York á — Venezuela: Maracaibo $90 Las Antillas: Curazao 75 Vapores. Venezuela, 2,800 toneladas, Capitán Hopkins. Caracas, 2,600 toneladas. Capitán Woodaick. PhiladelpMa, 2,100 toneladas, Capitán Chambers. Valencia, 1,600 toneladas, Capitán Miller. Maracaibo, 1,260 toneladas. Capitán Reith. Marida, 660 toneladas, Capitán Latesy. LA LÍNEA DE ROBERT M. SLOMAN. Sres. Funch, Edge & Co., agentes, 27 South WiUiam street, New York. Los vapores Capua y Salerno salen de New York (de Baltimore siete dias después) una vez cada seis semanas, para Pernambuco, Rio Janeiro, y Santos, Brasil. Los vapores de esta linea no llevan pasajeros. LA LÍNEA REAL HOLANDESA DE LAS ANTILLAS. Sres. Kunhardt & Co., agentes; oficina, 32 Beaver street, New York. Estos vapores salen de New York los sábados, cada tres semanas. Precios de pasaje. De New York á — Port auPrince Aux Cayes Jacmel Curazao $60 75 75 75 De New York á — Cumaná Carupano Trinidad Demerara Paramaribo $80 80 90 90 Puerto Cabello .. . 80 100 La Guaira 80 Vapores. Orange Nassau, 1,304 toneladas. Capitán Lorsdragger. Prins Willem Tliird, 1,950 toneladas. Capitán H. Sluiter. Prins Frederik Hendrik, 1,642 toneladas, Capitán Libbelee. Prins Maurits, 1,310 toneladas, Capitán F. Karst. Prins Willem First, 1,950 toneladas, Capitán B. G. Stroink. Prins Willem Second, 1,950 toneladas, Capitán J. F. Dorr. 452 VAPORES EN EL ATLÁNTICO DE LA COMPAÑÍA DEL OCÉANO PACÍ- FICO MERIDIONAL. (LÍNEA DE MORGAN.) Sr. A. C. Hutchinson, Presidente; oficina, edificio de Morgan esquina de Maga- zine and Natchez streets, New Orleans. Los vapores de esta linea salen de New Orleans, para Blueflelds y la Habana, vía de Florida; y de Vera Cruz, vía de Galveston. Precios de pasaje. De New Orleans á — La Habana: Primera clase $35 Sobre cubierta 20 Bluefields: Primera clase 40 Sobre cubierta 20 Veracruz : Primera clase 40 Sobre cubierta 30 Vapores. En la línea de Bluefields: Gussie, 576 toneladas, Capitán James Brówn. W. G. Hewes, 675 toneladas, Capitán Robert Staples. Clinton, 719 toneladas, Capitán Frank Otis. En la línea de la Habana: Hutchinson, 919 toneladas, Capitán J, McBaker. Aransas, 678 toneladas, Capitán George Staples, En la línea de Veracruz: Harían, 707 toneladas, Capitán Thomas Morgan. LÍNEA DE THEBAUD. Sres. Thebaud Bros., agentes; oficina, No. 87 Broad street, New York. El vapor Callao, de 640 toneladas. Capitán J. Sholtz, sale de New York, próxima-i mente cada seis semanas, para los puertos siguientes: Cumaná, Campano, y Ciudad Bolívar; precio de pasaje $90, en primera clase. COMPAÑÍA DE VAPORES CORREOS DE LOS ESTADOS UNIDOS Y EL BRASIL. Sr. J. M. Lachlan, director general, oficina, Mills Building, 33 Broad street; Sres. Pau^ F. Gerhard & Co., agentes generales; oficina, 19 Whitehall street, New York. Estos vapores salen del muelle titulado Robert Pier, en Brooklyn, los miércoles, cada dos semanas, y de Newport Ne\ys, Virgiuia, los sábados siguientes, 453 Precios de pasaje. De New York á — De New York á — San Tilomas, la Martihica y Baranagua ó Antonina . . . *$170 Barbada *$60 San Francisco. Itajahay, ó Para *100 Destierro (St. Cathe- Maranham *120 rine's) *175 Pernambuco *130 Rio Grande do Sul *190 Babia *140 Pelotas *195 Rio Janeiro *150 Porto Alegre " *200 Santos *155 Montevideo ó Buenos Canea ó Iguape *165 Aires *190 * Y más según la localidad. Vapores. Finance, 2,600 toneladas, Capitán Richard Zolling. Advance, 2, 600 toneladas. Capitán James A. Crossman. Allianga, 3,200 toneladas, Capitán D. E. Griffitlis. Seguranga, 4,200 toneladas. Capitán J. R. Beers. Vigilancia, 4,200 toneladas, Capitán E. C. Baker. LÍNEA DE WESSELLS. Sres. G. Wessells & Co., agentes; oficina, 67 y 69 Front street, New York. Estos vapores salen del muelle No. 3, del rio del Norte, New York, todos los sábados á medio dia. Precios de pasaje. De New York á Jamaica, St Ann's Bay, Port Maria, y Anatto Bay : Pasage de ida $45 Pasage de ida y vuelta 80 Vapores. America, 901 toneladas. Capitán Hvoslef . Jamaica. LÍNEAS DE VAPORES ENTRE EUROPA Y LAS AMÉRICAS DEL CENTRO Y DEL SUD. North Germán Lloyd: Dos viajes al mes, de Bremen al Brasil y Rio de la Plata, vía de Lisboa. Hamburg American: Cuatro viajes al mes, de Hamburgo al Brasil y Rio de la Plata, vía de Lisboa y San Vincente. Línea Kosmos : De Hamburgo á Montevideo, Valparaíso, El Callao, y San José de Guatemala, vía de Amberes, los jueves cada dos semanas. Hamburg American : De Hamburgo á La Guairai Savanilla y Colón, vía de Lisboa y Curazao, con una línea sucursal entre San Thomas, la Habana, y Veracruz, dos veces al mes. 454 Royal Mail Steam Packet Company: De Southampton al Brasil y Rio de la Plata, vía de Vigo, Lisboa y San Vicente, cada dos semanas los jueves, y el 37 de cada mes un vapor directo á Buenos Aires. Pacific Steam Navigation Company: De Liverpool al Brasil, Montevideo, Valpa- raíso y el Callao, los miércoles cada dos semanas, vía de Burdeos, Vigo, Lisboa, y San Vicente. Lamport & Holt Company: De Liverpool al Brasil y Rio de la Plata, todas las se- manas, vía de Lisboa. Houston Line: De Liverpool al Rio de la Plata directamente, todos los miércoles. Lambert & Holt Belgian Line: De Amberes al Brasil y Rio de la Plata, los días 10, 20 y 30 de cada mes. Royal Mail Steam Packet Company: De Southampton á Barbada, Colón, Puerto Limón, Kingston, la Habana y Veracruz, dos veces al mes. Chargeurs Réunis: Del Havre al Brasil y Rio de la Plata, todos los miércoles y sábados, vía de Madeira y Tenerife. Messageries Maritimes: De Burdeos al Brasil y Rio de la Plata, los dias 5 y 20 de cada mes, vía de Vigo, Cor uña y Lisboa. Compagnie Genérale: Del Havre á Colón, la Habana y Veracruz, dos veces al mes, vía de St. Nazaire y Santa Cruz de Tenerife. Compañía Transatlántica: De Santander á Colón, la Habana y Veracruz, el 1° de cada mes, vía de Tenerife y Canarias. West India and Paciñc Line: De Liverpool á Colón, la Habana y Veracruz, los días 5 y 20 de cada mes, vía de Burdeos. Harrison Line: De Liverpool á Colón, la Habana y Veracruz, los días 15 y 30 de cada mes, vía del Havre. Harrison Line: De Liverpool á Rio de la Plata, el 1° de cada mes, vía del Havre. Línea del Marqués de Campo: De Barcelona al Rio de la Plata directamente, dos veces al mes. Royal Spanish Line: De Cádiz al Rio de la Plata directamente, los sábados cada dos semanas. Transports Maritimes: De Marsella al Brasil y Rio de la Plata, los días 10 y 25 de cada mes. Co Velloce: De Genova al Rio de la Plata, los días 10, 20 y 80 de cada mes, vía de Barcelona. Florio Rubatino: De Genova al Rio de la Plata, los dias 1° y 15 de cada mes, vía de Barcelona y Santa Cruz. Austrian Lloyds: De Trieste al Brasil y Rio de la Plata, todos los miércoles, vía de Gibraltar y San Vicente. Tarifas de fletes. AL BRASIL Y LA REPÚBLICA ARGENTINA. Tarifa de fletes de la Compañía de Vapores Correos de los Estados Unidos y el Brasil para el Brasil y la República Argentina. [Sujeta á cambios sin necesidad de previo aviso.] Artículos. Tocino, pescado en salmuera, provisiones, azúcar, etc. : Barriles (330 libras, peso bruto) cada uno . Medios barriles (de 325 libras más ó menos, peso bruto) cada uno . . Barricas (de 160 libras más ó menos, peso bruto), cada una . . Barricas (de 130 libras más ó menos , peso bruto), cada una. . Barricas (de 100 libras más ó menos, peso bruto), cada una . . Frijoles, maíz, chícharos, trigo, etc. (en sacos de embarca- dores) por bushel . . Cerveza embotellada, velas, barriles vacíos, duelas, jabón, y papel de estraza (en paquetes) pié cúbico. . Salvado (en sacos, de 100 libras cada uno) por saco. . Mantequilla, relojes, drogas, cohetes, perfumería, objetos plateados, etc por pié cúbico. . Cartuchos (sobre cubierta) por 100 libras. . Cigarros, instrumentos, pinturas, té y tabaco por pié cúbico . . Ladrillos refractarios (de 20 libras cada uno poco más ó menos) por ladrillo. . Pescado (en barriles) por 100 libras peso bruto. . Harina por barril (196 libras). . Aceite de carbón (en latas), aceite para lubricar y agua- rrás (sobre cubierta) en cajas de 10 galones Aceite de carbón (en latas de tapa baja), por caja de 10 galones . . Manteca (en barriles de 50 libras peso bruto), .por barril. . Ganado (sobre cubierta): Caballos valuados en menos de $1,000, cada vmo Ganado valuado en menos de |500, cada cabeza Carneros valuados en menos de $250, cada uno Puercos valuados en menos de $150, cada uno Madera, pino blanco ó pruche (bajo cubierta), por mil pies superficiales De New York, Baltimore, ó Richmond áy— Pesos. 2.00 1.50 1.00 .75 .45 .25 .20 .75 .25 1.10 .30 .10 .60 .90 .30 .28 .32 100.00 50.00 20.00 12.00 18.00 Rio Janeiro. Pesos. 2.25 1.70 . 1.15 .90 .60 .30 .25 1.00 .30 1.50 .35 .15 .75 1.10 .43 .38 .30 110.00 60.00 25.00 15.00 25.00 Monte- video ó Buenos Aires. Pesos. 3.50 2.60 1.75 1.30 .90 .45 .35 1.40 .40 .45 .20 .90 1.60 ,50 455 456 Tarifa de fletes de la Compañía de Vapores Correos, etc. — Continúa. Artículos. Madera, pino blanco ó pruebe (sobre cubierta), por 1,000 pies superficiales Madera, pino amarillo (bajo cubierta), por 1,000 pies su- perficiales : Madera, pino amarillo (sobre cubierta), por 1.000 pies su- perficiales Efectos sujetos á medida (que no se hayan especificado y de poco valor, por pié cúbico Clavos (en barriles de 100 libras cada uno). . . .por barril. . Remos (sueltos) por pié de longitud . . Aceites (en barriles de 50 galones cada uno próxima- mente) por barril. . Trementina por 280 libras peso bruto. . Cajas de hierro (no pesando más de 2,000 libras), por 100 libras Efectos sujetos á peso (que no se hayan especificado y de poco valor) por 100 libras peso bruto. . Objetos de valor tanto por ciento sobre su valor. . Cantidad minima por la que se dan conocimientos de em- barque. Pacotilla por bulto . . De New York, Baltimore, ó Richmond á — Para. Pesos. 15.00 20.00 18.00 .60 .02i 2.25 1.00 .90 .60 1 5.00 3.00 Rio Janeiro. Pesos. 20.00 30.00 25.00 .25 .70 .03 3.00 1.10 1.00 .75 1 5.00 3.00 Monte- video 6 Buenos Aires. Pesos, .35 1.10 4.00 1.80 1.10 H 9.00 6.00 Un diez por ciento de prima se agrega á todos estos fletes, exceptuando el de las harinas que se embarquen en New York y también el del ganado. Las locomotoras, máquinas, y efectos de mucho peso y volumen se toman á pre- cios convencionales. El día de la salida no se recibirá ningún efecto, á no ser artículos valiosos. El flete y prima deben pagarse al tiempo de firmar los conocimi- entos de embarque. Todos los efectos que se reciban por peso, medida ó avalúo, á opción de la com- pañía de vapores, estarán sujetos á las condiciones expresadas en el conocimiento de embarque. Cuando un bulto contenga dos ó mas clases de mercaderías, el flete se cobrará al tipo aplicable á la clase más alta. Los embarcadores deben pagar el costo de elevar los granos. Se recibirán encargos, ó pacotillas, cuya medida no exceda de 5 pies cúbicos, ó de 100 libras de peso ó de $10 de valor. Los consignatarios deben pagar todos los gastos en que se incurra en cada puerto por el desembarque de los artículos que pesen más de dos toneladas, y por la con- ducción de efectos ' ' en tránsito " á aquellos puertos para los que esta Compañía no expida conocimientos de embarque. Cuando el ganado vaya á puertos en que no tocan los vapores de esta Compañía, los embarcadores deben pagar los gastos de transbordo, los que se ocasionen esperan- do para efectuarlo, y los de cuarentena, si la hay, ya sea en puerto de transbordo ó en el de destino. En todo caso, las casillas, pesebres, etc., serán del tamaño desig- nado por la Compañía de vapores, y se suministrarán por los embarcadores. 457 PUERTOS DE MÉXICO, CENTRO AMÉRICA Y AMÉRICA DEL SUD. Tarifa de fletes entre puertos de México y Centro América y el de New York por los vapores de la Mala del Pacífico. Artículos. Corteza libra. . Bálsamo id Cochinilla id. . . , Café id. . . , Café con la cascara id Cacao id Algodón pié cúbico. , Cigarros id. . . Trozas de cedro, que no excedan de 2,000 libras cada una 1,000 pies. , Pieles de venado y cabra libra . , Palo de tinte id . . . Ajenjibre id. . . Cueros (secos) doblados cada uno . , Cueros (secos) sueltos id. . . Cueros (secos) en fardos, compactos y bien liga- dos libra. Hule id... índigo id urchilla id Mineral de plata, cobre ó estaño: De un valor que no exceda de $500 por tone- lada. ... libra. De un valor que no exceda de $1,000 por tone- lada. . , libra . De un valor mayor de $1,000, \ por ciento adicional libra . Conchas de perla id. . . Plantas pié cúbico. Ramié (y otras plantas textiles) libra . Azúcar. id . . . Zai-zaparrilla , id. . . Tabaco id . . . Maderas: caoba, palo de rosa, y otras maderas finas que se embarquen de Junio á Enero inclusive, libra . Mercaderia;S de todas clases, que no se encuentren enumeradas en otro lugar libra . Mercaderías de todas clases, que no se encuentren enumeradas en otro lugar pié cúbico . Oro, plata y objetos pi-eciosos sobre el valor. Puertos centroameri- canos. Punta Are- nas, San Juan, C!o- rinto. Amapala, La Unión, La Libertad, Acajutla, San José de Guatemala, Champerico, Ocós. Pesos. .02,% .02A- .02 .01 .01 • oi-a .50 1.15 30.00 .02 .OOf .01 .40 .50 .01^- .02 .02^0- .001 .01 Pesos. .02-,% .02-1% .02 .01 .01 .OÍA .60 1.25 30.00 .02 .OOf .01 .40 .50 01 S- 01-5.- .02 ,01 .OOf .OOf .OOf .01-,% .01-,% .Oli^ff .75 .75 1.00 .40 .40 .45 .01 .01 • OÍA .02-,% .02-,% .02t% .02 .02 .02i .00-,% .00-,% .01 .OH .Olf .02 .75 .75 1.00 n% Ufo H% Puertos mexicanos. San Benito, Tonalá, Salina Cruz, Port Ángel Acapulco, , Manzanillo, San Blas, Mazatlán. Pesos. .02-,% .03 .02% .Oli .01-,% .01-,% .75 1.30 30.00 .02-f% .01 .Oli .50 .65 .02-1% .02 ,02t% .02-1% .001 .01 458 Los fletes que se cobren según peso bruto 6 medida, deben pagarse en moneda de oro de los Estados Unidos. No se dan conocimientos de embarque por menos de $ñ. Tarifa de fletes de New York d los puertos de Centro América y México. Artículos. Toda clase de mercaderías, no enume- radas en otro lugar , Opio Efectos de marfil,, encajes, cintas, vi- drios planos (cuando se saquen del de- pósito de la aduana), sedas y terciope- los Mesas de billar, cucliillos, cigarros pu- ros, armas de fuego, tipos de imprenta, té, y tela de alambre , Betún, tocino, velas, relojes comunes, semillas de algodón, frutas secas, dro- gas, jamones, mangueras, lúpulo, li- cores (en barriles y cajas), medicinas, pinturas, balanzas de plataforma, en- curtidos, pasas, soldadura, especias en sacos dobles, aguarrás, lata, barniz, vinagre, vinos (en cajas y barriles), metal amarillo, azufre, cera , . . Telas de algodón, carnes y frutas en latas, hilo, lona, mantas y lienzos, gé- neros de hilo, máquinas de coser, gé- neros de lana Instrumentos agrícolas, sacos y género para sacos,escobas,calderas (de hierro) con sus fornallas, carruajes, carros, ruedas de carros con sus ejes, puertas, alfarería, fieltro, muebles, cola, crista- les (para ventanas), ferretería, aislado- res, calderos (de hierro y cobre), cris- talería, cobre, instrumentos cortantes, lámparas (ordinarias), maquinaria, estopa, aceite (en latas), bombas, cor- delería,rejas (de hierro), cajas (de hier- ro), estufas y sus útiles, tachos, jabón, almidón, duelas, palas, bastidores de ventanas, munición, trapiches, uten- siHos de hoja de lata, baúles (vacíos), alambre (de cobre y bronce), utensilios de madera, papel de imprenta, papel de estraza para envolver Tipo para calcular el flete. j Pié cúbico. ] Libra Pié cúbico . . .id. j ..id.. ( Libra. Pié cúbico. Libra [Pié cúbico. I Libra Pié cúbico. " Libra Puertos centro- americanos. Punta Arenas, San Juan, Corinio. Pesos. 0.65 .01i% 1.50 .90 .75 .01^ .65 111-3- ,65 .01-1% .55 ■ OliV Amapala, La Unión, La Liber- tad, Aca- jutla, San José de Guate- mala, Champe- rico, Ocós. Pesos. 0.75 • OÍA 1.75 .90 .80 .01 ,70 ■ OÍA .70 .60 Puertos mexi- canos. San Beni- to, Tona- lá. Salina Cruz, Port Ángel, Acapulco Manza- nillo, San Blas,Ma- zatlán. Pesos. 0.80 .OIt^ 2.00 1.00 .80 .OlV .75 • Ol-íff .75 .OÍA .65 .01,=»^ 459 Tarifa de fletes de New York á los puertos de Centro América y México — Continúa. I Tipo para calcular el flete. Puertos centro- americanos. Puertos mexi- canos. Artículos. Punta Arenas, San Juan, Corinto. Amapala, La Unión, La Liber- tad, Aca- jutla, San José de Guate- mala, Champe- rico, Ocós. San Beni- to, Tona- lá. Salina Criiz,Port Ángel, Acapulco, Manza- nillo, San Blas, Ma- zatlán. Mantequilla, carne, queso, manteca, carne de puerco, arroz, pescado sa- lado, sebo ... Libra Pesos. .01% .01 .01 .01^ 36.00 43.00 .50 1.00 .10 .02 .75 .01^ .70 • oi-A- .60 2.50 Pesos. .01,% .oíA- .01 .01-1% 40.00 47.00 .55 1.00 .10 .02 .75 .01-1% .75 .01-1% .70 . m% 3.00 Pesos. . 01-,% Ejes, ruedas para carros, soda cáustica, cimiento, barro, ladrillos refracta- rios, alambre de hierro, plomo, pez, resina, pizarra para techos, pie- zas de estufas (de hierro forjado), al- quitrán, teja, zinc, vitriolo azul . .id .OÍA .01 .01,% 44.00 51.00 Hierro (flejes, barras, arcos, planchas, acanalado), cañerías y tubos (peque- ños) de hierro, clavos Alambre de hierro espigado para cercas . . Madera: Pino blanco y amarillo Roble, cedro, caoba, etc ....id ....id 1,000 pies ... .id Galletas, harina, maizena, harina de avena, galleta de embarque, azúcar, legumbres (en cajas y barriles), pes- cado seco, cerveza (embotellada, en cajas ó barriles) Pié cúbico ....id .60 Fósforos, en cajas forradas de lata 1.00 Ácidos y pólvora Libra .10 Cápsulas (metálicas) .. id . 02-1% Tabaco elaborado j Pié cúbico . . . \ Libra .80 .01-% .75 . 01-1% Tabaco en rama j Pié cúbico ( Libra Objetos plateados, y de plata, joyería, relojes, pistolas, etc. (1 por ciento adicional, según el valor) Pié cúbico Valor .75 Monedas de oro y plata, piedras pre- ciosas, etc .Oli^ Pacotilla que no exceda de 2 pies cú- bicos Cada bulto 3.00 460 Tarifa de fletes de Nexo York d Panamá. Pesos. Mercaderías de todas clases, no enumeradas en otro lugar. . . \ P^® *^Yibra -01 Ácidos (sobre cubierta) flete pagado de antemano id ... ,06 Instrumentos de agricultura, alfarería y cristalería (ordinaria) en huacales y cajas, lámparas ordinarias, duelas, cordelería, cuerdas de ballenero, carruajes, muebles, baúles (vacíos), escobas, estopa, cerveza, sacos ordinarios, papel de estraza para envolver, aceite de carbón (refinado), utensilios de madera pié cúbico. . . 40 Carne de vaca y de puerco barril . . 3. 00 Id medio barril. . 1. 60 Id cuarto de barril. . . 90 Mantequilla, manteca, queso, pescado salado, sebo, arroz, jabón, sal . libra . . .01 Cápsulas metálicas id. . . . 01| Soda cáustica, cimiento, ladrillos, tejas, y barro, clavos, piezas de hierro forjado (no maquinaria), tubos de hierro, hierro (en barras, tiras, calde- ras, arcos, y planchas), alambre de hierro libra. . . 00-ft Cigarros puros pié cúbico. . .60 Calderos de hierro y cobre, tachos libras . . .01 Harina , barril . . 2. 50 Id medio barril. . 1. 40 Id cuarto de barril . . .80 Harina, en sacos libra . . .01 Ferretería, cuchillería, instrumentos cortantes, tipos de^ imprenta, mesas de billar, materiales para crinolinas, ( pié cúbico.. .50 tela de alambre, papel de imprenta en cajas, metal ama- f libra. . . 01 rillo, estaño y soldadura de plomeros, pinturas, munición. J Madera (que no exceda de 20 pies de largo) ó en lotes de 10,000 pies según arreglo especial mil pies de medida. . 24. 00 Maquinaria, bombas, barandas de hierro, cajas de hierro, ) ■' p,',u,-„^ 40 tubería para gas, estufas y útiles, calderas de hierro, >• ^ libra 00 4t alambre de bronce y cobre ) ' ' ' ' ^ Pez, alquitrán y resina barril. . 2. 00 Papas en barriles , id 2. 50 Pólvora en barriles metálicos libra. . .06 Galleta de embarque, galletas, etc. , azúcar (refinada), legumbres en huaca- les, heno (en pacas forradas) pié cúbico. . . 40 Tabaco elaborado | ^'^""nb;?:.' ."oi Tabaco en rama i piecúbico. . . 40 iaoaco en rama ^ ^^^^.^ qq_^^ Alambre espigado para cercas id 01 Vinos y licores (en cajas y barriles), velas, jamones, tocino, pescado seco, aguarrás y aceite en cajas, mangueras de cuero, i'elojes ordinarios, alam- biques y serpentinas, lona, géneros de hilo, de algodón ó de lana, ba- lanzas de plataforma, desmotadoras de algodón, betún, palas, pimienta, carnes y frutas" en latas, clavos de comer en sacos dobles, lúpulo, semilla de algodón, té, especias pié cúbico. . . 50 Pacotilla ^de volumen n^enor de dos pies cúbicos) cada bulto . . 2, 00 Objetos plateados y de plata, joyería, relojes, pistolas, etc. 1 por ciento adicional sobre el valor y por , pié cúbico . . .40 Monedas de oro y plata, oro y plata en polvo y barras sobre el valor, f de 1 por ciento. Las falúas, botes, lanchas de vapor, el hielo en masas, el opio, el carbón en barriles ó sacos, etc. , sólo se toman mediante un arreglo especial. 461 REGLAS Y CONDICIONES PARA LOS EMBARQUES. Los fletes deben pagarse anticipadamento en moneda de oro de los Estados Uni- dos. No se da conocimiento de embarque por menos de $5 (á Panamá $4). Los efectos señalados arriba, que se reciben por peso ó medida, se tomarán de un modo ü otro, á voluntad de la Compañia. El flete se cobra atendiendo al peso bruto ó á la medida. Se hacen arreglos especiales para cargamentos (de 20,000 libras ó 500 pies cúbicos) de un solo artículo en un mismo embarque. El ganado caballar, vacuno, rnular y todos los animales vivos, lo mismo que los bultos de gran volumen, se tomarán solamente por contrato especial. Se aceptan á cuenta y riesgo del dueño, los artículos siguientes: Aceites y otros líquidos sujetos á merma por derrame, ó rotura del envase. Efectos de cristal y porcelana, china, loza, y barro, espejos, vidrios planos, y otros artículos frágiles que vayan en el interior de fardos ó paquetes de otras mercancías. Todos los artículos que puedan dañarse ó perderse con las heladas, el calor y el mal tiempo, y todos los artículos, cuyo empaque no sea propio ó suñciente para impedir que se maltraten, mojen ó echen á perder. Toda avería de efectos que vayan en fardos ó pacas es á cuenta y riesgo del dueño. No se admite dinamita, pólvora azul, ó materias explo- sivas de ninguna clase. Aceite de carbón reñnado solo se toma cuanto esté en latas encajonadas y liga- das, y marcadas según lo que exijen las leyes de los Estados Unidos. Se exije de los embarcadores que envíen los recibos por .duplicado, expresando el contenido de los bultos: un ejemplar se firma, y el otro se conserva para acom- pañarlo al conocimiento de embarque cuando se presente para ser firmado. Los conocimientos de embarque deben redactarse conforme á modelos que se suminis- tran en la oficina de la Compañía. Ninguna otra fórmula será admisible. Los conocimientos de embarque no se firmarán sino después de estar sellados por el Cón- sul de Colombia en New York. Los embarcadores de efectos deben cumplir con lo que exijen los reglamentos consulares respecto á manifiestos, facturas, certifica- dos, etc. , y las multas que impongan las autoridades en el puerto de destino, ó los daños que resulten por faltas de esta clase, ó por errores ü omisiones cometidas, se pagarán por los consignatarios de los efectos. El flete se recibe en el muelle situado al pié de Canal street, North River, hasta las cinco de la tarde del día anterior al de la salida, á menos que el vapor esté lleno antes de esa hora. La Compañía se reserva el derecho de alterar su tarifa cuando lo crea conveniente, sin previo aviso. 462 Tarifa de fletes entre los puertos de la costa occidental deSud América y New Yorh. COMPAÑÍA DE NAVEGACIÓN POR VAPOR EN EL PACÍFICO, FERRO-CARRIL DE PANAMÁ, COMPAÑÍA DE LA MALA DEL PACÍFICO, Y COMPAÑÍA DE VAPORES DEL ATLAS. Productos. Corteza tonelada de peso. . Coca y café id. . . . Cochinilla , id. . . . Hojas de coca id. . . Algodón (en pacas compactas) , id. . . . Minerales de cobre y estaño y barrilla id. . . . Pieles de chinchilla tonelada de medida. . Pieles de venado y cabra (en pacas) tonelada de peso . . Granula id ... . Cueros secos id. . . . Cueros secos (en fardos) id. . . . Cueros, húmedos (sólo se reciben desde el mes de Noviembre hasta el de Abril) tonelada de peso . índigo id. . . Marfil vegetal id. . . . Hule id. . . . Iodo id. . . . Mercaderías (no enumeradas en otro lugar) por peso ó medida, á opción de la Compañía Mático tonelada de peso . . Planta de orchiUa — .id Sombreros de pita tonelada de medida . . Concha de perla tonelada de peso. . Paquetes pié cúbico. . Quina tonelada de peso. . Eaiz de ratania id. . . . Pieles de carnero (en fardos) id ... . Mineral de plata id. . . . Azúcar id. . . Moneda y otros valores por ciento. . Tabaco tonelada de peso . . Lana: De alpaca y vicuña, en pacas compactas. . .tonelada de peso. . De carnero, en pacas compactas id . . . Zarzaparrilla id. . . . Cantidad mínima para xm. conocimiento de embarque, .por todo. . Flete total. Del CaUao, Payta, Guayaquil, Tumaco, y Buenaven- tura. Pesos. 45.00 25.00 40.00 48.00 35.00 21.00 40.00 45. 00 25.00 30.00 47.00 32.00 62.00 21.00 47.00 40.00 40.00 32.00 50.00 52.00 24.00 3.00 50.00 50.00 49.00 25.00 22.00 n 48.00 40.00 35.00 45.00 6.50 De todos los otros puertos. Pesos. 50.00 29.00 45.00 53.00 38.00 23. 00 48.00 50. 00' 29.00 34.00 50.00 36.00 68.00 23.00 50.00 40.00 44.00 36.00 55.00 60.00 26.00 3.25 55.00 55.00 50.00 27.00 22.00 ti 53.00 42.00 38.00 49.00 6.50 Los fletes se computan según el peso bruto americano ó por medida, y se pagan en el puerto de des- tino en moneda de oro de los Estados Unidos. 463 A COSTA RICA. La línea de Costa Rica, 140 Gravier street, New Orleans, La. Los tipos de fletes se calculan á razón de $8 por tonelada ó 20 centavos por pié cúbico. A CUBA. Por los vapores de la linea titulada Plant Investment Company. Entre Port Tampa y la Habana los fletes varían, de 50 centavos por 100 libras de mercaderías generales, muebles, y otros artículos manufacturados, de primera clase, á 20 centavos por 100 Libras, de heno, granos, carne de vaca y de puerco en barrüas, manteca, etc. Cada barril de harina paga 36 centavos. Se hacen arreglos especiales para los géneros, frutas, etc. A JAMAICA. . Entre Port Tampa y Jamaica los tipos de flete varían desde $1.50 por 100 libras, de mercaderías generales, muebles, y otros artículos manufacturados de primera clase, hasta 45 centavos por 100 libras de heno y granos y f 1 por barril de harina. La madera paga $9 por cada millar de pies. Precios de los despachos enviados por cable. LISTA DE LOS PRECIOS DE LOS DESPACHOS QUE SE ENVÍEN POR CABLE DE NEW YORK Á LOS PUNTOS PRINCIÍPALES DE LAS AMÉ- RICAS DEL CENTRO Y DEL SUD Y Á LAS ANTILLAS, CENTRO AMÉRICA. De New York por los cables del Atlántico. Via de Key West, Fia. De New York, via de Galves- ton, Tex. A Costa Rica Por palabra. $6.80 7.03 7.03 6.74 6.80 6.97 7.03 Por palabra. $2.33 2.40 2.40 2.28 2.33 2.36 2.40 Por palabra. $1.02 A Guatemala .77 A Honduras .77 A Nicaragua: San Juan del Sur .97 Todas las demás oficinas 1.02 A San Salvador: La Libertad .72 Todas las demás oficinas .77 AMÉRICA DEL SUD. A la República Argentina, Buenos Aires, etc. A Bolivia: La Paz $1.97 3.72 2.13 1.72 $4.68 4.03 4.68 5.28 5.28 2.61 2.61 2.68 4.68 3.39 $1.82 2.09 Otros lugares ... 2.09 Al Brasil, Pernambuco .... 1.69 Babia 1.89 Al Ecuador: Santa Elena 4.62 4.62 4.62 1.97 8.60 4.05 4.05 3.60 4.05 3.60 4.62 4.62 3.60 1 1 » • í • • • • » t í 1:74 Guayaquil 1.74 Otros lugares Al Paraguay (La Asunción), etc 1.82 Al Perú: Arequipa 2.66 El Callao 1.83 Chorillos 2.96 3.39 2.96 3.33 2.78 2.85 3.39 3.03 1.72 Islay 1.72 Lima 1.72 Moliendo 2.44 Payta 1.89 Piura Puno 2.09 2,66 Qtros lugares, , ,.,,,- 464 465 AMÉRICA DEL SUD— Continúa. • De New York, pol- los cables del Atlántico. Via de Key West, Fia. De New York, via de Galves- ton, Tex. Al Uruguay: Montevideo, etc Por palabra. $3.21 Por palabra. $4.89 5.28 3.15 3.17 2.15 2.16 6.53 6.53 6.53 Por palabra. $2.00 Fray Bentos ... ) Paysandu . . . f A la Guayana inglesa: Denaerara (Georgetown) 4.02 Otros lugares 4.04 A Venezuela: La Guaira 3.39 Otros lugares 3.40 Al Brasil: Fortaleza 2.59 Maranham 2.59 Para 2.59 Todas las demás oficinas entre Pernam- buco y Para (Región del Norte) Rio Janeiro 1.92 1.92 1.92 5.10 5.10 5.10 5.10 5.10 1.89 Todas las demás oficinas entre Rio Janei- ro y Pernambuco (Región del Centro) . . Rio Grande 1.89 2.09 Santos 2.09 2.09 Todas las demás oficinas al sur de Rio 2.13 2.41 2.09 A Chile: Santiago, Valparaíso, etc Arica 3.50 3.68 3.89 4.03 Iquique Antofagasta Todas las estaciones 2.25 A Colombia: Buenaventura 4.91 4.95 4.95 2.36 .97 .97 2.40 .97 Panamá .97 Otros lugares 1.09 A CUBA Y LAS ANTILLAS. De New York, via de Key West. De New York. via de Galves- ton. La Habana Por palabra. $0.40 .60 .90 Por palabra. $2.64 Cienfuegos 2.44 Santiago de Cuba 2.14 Otros lugares 2.74 No. 2- -3° 466 LAS ANTILLAS. Desde New York via de Key West. Desde New York via de Galveston. Haití, Mole St. Nicolás Por palabra. 11.40 1.90 1.90 1.14 (*) 1.87 (t) 1.96 2.01 2.14 2.20 2.28 2.30 2.34 ■ 2.39 2.39 2.45 2.52 2.62 2.63 2.73 2.75 1.98 Por palabra. $2.64 Santo Domingo: Puerto Plata . . . 3.14 Sfinto DoTning;o 3.14 Jamaica: Kingston y Holland Bay 1.90 Otros lugares 1.99 Puerto Rico: San Juan 2.75 Otros lugares 2.81 San Thomas 2.83 Santa Cruz 2.89 St. Kitts 3.02 Antigua Guadalupe: Basse-Terre 3.07 3.15 Pointe-á-Pitre 3.17 Dominica 3.22 Martinica: Fort de France 3.26 St. Fierre Santa Lucía 3.26 3.33 San Vicente 3.39 Granada 3.49 Barbada 3.51 Trinidad: Port of Spain . 3.60 Otros lugares 3.63 Curazao, Isla de : 3.22 I I * 11.14, y 25 centavos más, por veinte palabras, y 6 centavos por cada cinco palabras adicionales, 6 fracción de cinco palabras. t$1.87, y 6 centavos más, por cada palabra en la dirección y firma que exceda de cinco. Guía Postal. PARA LA REPÚBLICA ARGENTINA. Paea Buenos Aires: De Newport News, Virginia, por la Mala de los Estados Unidos y el Brasil, cada 3 semanas, via de Rio Janeiro; de alli por vapores europeos. De Neio York, vía de Europa, si asi está expresado en la dirección. Portes: los de la Unión Postal. PARA BOLIVIA. La correspondencia se remite via de Panamá y Colón, por los vapores de la Com- pañia llamada Pacific Steam Navigation Company, el 1°, 10 y 20 de cada mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA EL BRASIL. Para Rio Janeiro, Para, Pernambuco y Bahía: De Newport News, Virginia, cada 2 semanas, por los vapores de la Mala de los Estados Unidos y el Brasil. Portes: los de la Unión Postal. PARA HONDURAS BRITÁNICA. Para Belize: De New Orleans, por los vapores de la Mala Real Inglesa, todas las semanas. De New York (si asi está dicho en el sobre), por los vapores de la Linea de Hon- duras y Centro Amé'-ica, 2 veces al mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA CHILE. Para Valparaíso: De New York, por la Mala del Pacifico, el 1°, 10 y 20 de cada mes, hasta Colón y Panamá, y de alli por la Compañía de navegación del Pacifico. De San Francisco, por la Mala del Pacífico, el 3, 13 y 23 de cada mes hasta Panamá. Portes: los de la Unión Postal. 467 468 PARA COLOMBIA. Para Colón (Aspinwall) y Panamá: De New York, por la Mala del Pacífico, el 1°, 10 y 20 de cada mes. De San Francisco, por la Mala del Pacífico, el 3, 13 j 23 de cada mes, vía de Panamá. Para Savanilla: De New York, por las líneas de la " D " Roja, del Atlas, ó de la Compañía Trans- atlántica Española, 4 veces al mes. Para Bocas del Toro: De Neiv Orleans, por los vapores de la Compañía denominada Bluefields Banana Comjiany, 2 veces al mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA COSTA RICA. Para Punta Arenas: De San Francisco, por la Mala del Pacífico, el 3, 13 y 23 de cada mes. Para Puerto Limón: De New York, todas las semanas. De New Orleans, por los vapores de la Línea de Costa Rica y Honduras, 3 veces al mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA CUBA. Para la Habana: De New York. Hay correo diario por ferrocarril hasta Port Tampa, en Florida, y de allí va la correspondencia para Cuba en los vapores de la línea de Plant, que dan viajes tres veces por semana en el invierno, y dos veces por semana en el verano. También se hace el servicio pDr los vapores que van de New York á la Habana los miércoles y sábados de cada semana ; pero ha de expresarse en el sobre que asi se desea. De Port Tampa, por la Línea de Plant, 3 veces por semana en el invierno, y 2 veces en el verano. De New Orleans, por la Línea de Morgan (Southern Pacific Company), una vez por semana. Para Santiago de Cuba: De New York, por los vapores de la Mala de New York y Cuba, 2 veces al mes; y por los de la Compañía Transatlántica Española, 1 vez al mes. De Baltimore, por la Línea de Earn, una vez cada 3 semanas. PARA LAS ANTILLAS HOLANDESAS. Para Curazao: De New York, por la Línea de la " D" Roja, cada 10 días. I 469 PARA EL ECUADOR. El servicio ha de hacerse vía de Guayaquil (Ecuador), del modo que sigue : De New York á Guayaquil, por los vapores de la Mala del Pacífico, el 1°, 10 y 20 de cada mes, hasta Colón y Panamá, y de allí por las líneas denomina- das Pacific Navigation Company and South American Steamship Company. Portes: los de la Unión Postal. PARA GUATEMALA. Para Livingston: De New Orleans, por los vapores de la Mala Real Inglesa, una vez á la semana. Para los Puertos del Pacífico: De San Francisco, por la Mala del Pacífico, el 3, 13, y 23 de cada mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA HAITÍ. Para Aux Cayes, Jacmel, Jeremie, y Port au Prince: De New York, por la Hnea del Atlas, todas las semanas; por la Mala Real Ho- landesa de las Antillas, 2 veces al mes. Para Cap Haytien y Port de Paix: De New York, por la Línea de Clyde, 2 veces al mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA LAS ISLAS DE HAWAII. Para Honolulú: De San Francisco, por la compañía denominada Oceanic, 2 veces al mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA HONDURAS. Para las Islas de la Bahía: De New Orleans, por la línea denominada Oteri's Pioneer Line, todas las semanas. Para Puerto Cortés: De New Orleans, por la Mala Real, todas las semanas. Para Truxillo: De New Orleans, por la línea Oteri's Pioneer, todas las semanas. Para los Puertos del Pacífico: De San Francisco, por la Mala del Pacífico, el 3, 13, y 23 de cada mes. Portes: los de la Unión Postal. Las cartas para Tegucigalpa de cualquier punto, que no sea de la costa del Pacífico, deben ir marcadas "vía de New Orleans." PARA JAMAICA. Para Kingston: De New York, por la línea del Atlas, cada 2 semanas, y por la línea de Hon- duras y Centro America, 2 veces al mes. De Port Tampa, por la línea de Plant, cada 2 semanas. Portes: los de la Unión Postal. 470 PARA MÉXICO. La correspondencia se despacha diariamente por tierra, vía de Laredo, ó de Eagle Pass, ó El Paso. Por mar se despacha como sigue: Puertos del Golfo. Para Progreso: De New York, por la Mala de New York y Cuba. Para Vera Cruz: De New Orleans, por la linea de Morgan, cada 2 semanas. Puertos del Pacifico. Para Acapulco y Mazatlán: De San Francisco, por la Mala del Pacífico, el 3, 13, y 23 de cada mes. Para Ensenada: De San Diego, California, por los vapores de la Compañía Internacional Mexi- cana, 3 veces por semana. Portes: los mismos que en los Estados Unidos. PARA NICARAGUA. Para Greytown (San Juan): De New York, por la Mala del Pacífico, vía de Colón, el 1", 10, y 20 de cada mes; por la línea de Honduras y Centro América, 2 veces al mes. Para Bluefields: De New Orleans, por la línea de Morgan, todas las semanas; y por la llamada • Bluefields Banana Company, 2 veces al mes. Para Corinto: De San Francisco, por la Mala del Pacífico, el 3, 13, y 23 de cada mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA EL PARAGUAY. Para La Asunción: De New York, por la Hnea de los Estados Unidos y el Brasil, cada 2 semanas, hasta Rio Janeiro, y de allí por vapores europeos á Buenos Aires, donde los vapores de la Compañía Platense toman la correspondencia. Portes: los de la Unión Postal. " PARA EL PERÚ. Para el Callao: De New York, por la Mala del Pacífico, vía de Colón y Panamá, el 1", 10, y 20 de cada mes. De Saíi Francisco, por la Mala del Pacífico, el 3, 13, y 23 de cada mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA PUERTO RICO. Para San Juan: De Neto York, por la línea de New York y Puerto Rico, cada 2 semanas. Portes: los de la Unión Postal. 471 PARA EL SALVADOR. Paba La Libertad: , De San Francisco, por la Mala del Pacifico, el 3, 13, y 33 de cada méá. Portes: los de la Unión Postal. PARA SANTO DOMINGO. Para Puerto Plata: De New York, por la linea llamada de Clyde, 2 veces al mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA SANTA CRUZ. Para Santa Cruz: De New YorJc, por la linea de Quebec, todas las semanas. De Newport News, Virginia, vía de San Thomas, por la linea de los Estados Unidos y el Brasil, cada 2 semanas. Portes: los de la Unión Postal. PARA SAN THOMAS. Para San Thomas: De Newport News, Virginia, por la linea de los Estados Unidos y el Brasil, cada 3 semanas. Portes: los de la Unión Postal. PARA TRINIDAD. Para Port of Spain: De New York, por la linea de Trinidad, cada 3 semanas. Portes: los de la Unión Postal. PARA LAS ISLAS TURCAS. Para las Islas Turcas: De New York, por la linea llamada de Clyde, 2 veces al mes. Portes: los de la Unión Postal. PARA EL URUGUAY. Para Montevideo: De Newport News, Virginia, por la línea de los Estados Unidos y el Brasil hasta Rio Janeiro; y de alli por vapores europeos, cada 2 semanas. Portes: los de la Unión Postal. PARA VENEZUELA. Para La Guaira, Puerto Cabello y otros puertos: De New York, por la linea de la "D" Roja, cada 10 dias. También por los vapores de la Mala Real holandesa de las Antillas, si asi va expresado en la cubierta de las cartas, 1 vez al mes. Portes: los de la Unión Postal. 472 Servicio de correos entre New York y los países de la Américalatina, con expre- sión de las distancias, tiempo, etc. Países. Acapulco, México Antigua, Islas de Sotavento Arica, Perú Aspinwall, Colombia Babia, Brasil Barbada, Islas de Barlovento Belize, Honduras Británica . . Buenos Aires, República Argentina. Caldera, Chile El Callao, Perú Campeche, México Cap Hay tien, Haití Cartagena, Colombia. .' Ceara, Brasil Cayenne, Guayana francesa Ciudad Bolívar, Venezuela Cobija, Bolivia Colón, Colombia Copiapo, Chile Coquimbo, Chile Corinto, Nicaragua Curazao, Las Antillas Demerara, Guayana inglesa .- Dominica, Islas de Sotavento Falkland, Islas de Fort de France, la Martinica Granada, Islas de Barlovento Greytown, Nicaragua Guadalupe, Islas de Sotavento Guatemala, Guatemala Guayaquil, Ecuador Guaymas, México Hamilton, Bermuda La Habana, Cuba Iquiqui, Perú Jacmel, Haití Kingston, Jamaica La Guaira, Venezuela Livingston, Guatemala . . Macelo, Brasil Magdalena (Bahía de), México Maracaibo, Venezuela Maranham, Brasil Martinica, Islas de Sotavento Matanzas, Cuba Mayaguez, Puerto Rico Mazatlán, México México, México Moliendo, Perú Montevideo, Uruguay Nassau, Las Bahamas Panamá, Colombia Vía. San Francisco Directamente. Panamá Directamente. . . id . .id New Orleans . Directamente . Panamá ....id Directamente. ...id Panamá Directamente . ...id ...id... Panamá Directamente . Panamá ...id San Francisco Directamente . ...id ...id ...id ...id ...id New Orleans . Directamente . New Orleans . Panamá Ferrocarril . . . Directamente . Directamente. Panamá Directamente. ...id ...id New Orleans . Directamente. San Fi'ancisco Directamente . ...id ...id La Habana . . . Directamente . San Francisco Ferrocarril . . . Panamá Directamente. ...id Aspinwall .... Días. 9 9 7 9 7 15 6 2 3 28 7 7 10 7 17 10 11 15 9 7 7 10 8 28 28 4 473 Servicio de correos entre New York y los países de la América latina, con expre- sión de las distancias, tiempo, etc. — Continúa. Para, Brasil Payta, Perú Pernanibuco, Brasil Port Castries, Santa Lucia Port au Prince, Haití Puerto Limón, Costa Rica Puerto Cabello, Venezuela Puerto Plata, Santo Domingo. . . . Punta Arenas, Costa Rica Rio Janeiro, Brasil Rio Grande do Sul, Brasil St. Kitts, Islas de Sotavento . . . . Santa Lucía, Islas de Barlovento. San Thomas, Las Antillas San Vicente, Islas de Barlovento Samaná, Santo Domingo Santo Domingo, Santo Domingo . San Blas, México San José, Guatemala San Juan, Puerto Rico Santa Marta, Colombia Santiago, Chile Santiago de Cuba, Cuba Santos, Brasil Savanilla, Colombia Tampico, México Trinidad, Islas de Barlovento. . . . Turcas, Islas, las Bahamas Valparaíso, Chile Veracruz, México Veracruz, México Directamente . Panamá Directamente. Directamente. New Orleans Directamente. ...id San Francisco Directamente . Directamente ...id ...id ...id ...id ...id San Francisco ...id Directamente . Panamá ...id Directamente. . . id New Orleans . Directamente . ...id... Panamá Ferrocarril . . . Por vapor .... Días. 12 16 16 7 9 12 7 18 25 14 21 7 13 38 6 25 13 7 6 7 37 10 13 Millas. 3,460 5,545 1,749 1,600 2,865 2,160 1,570 11,009 6,730 1,800 2,025 1,650 2,245 1,700 1,920 1,730 2,315 6,010 1,379 6,980 2,380 2,250 2,370 1,325 5,910 4,010 2,500 países americanos comprendidos en la UNION POSTAL. La República Argentina, incluyendo la parte oriental de Patagonia, Tierra del Fuego, y Staten Island ; las Bahamas, Barbada y las Bermudas ; Bolívia ; el Brasil; las posesiones inglesas, á saber: Antigua, Dominica, Monserrate, Nevis, San Cristóbal, las Islas Vírgenes, Granada, Santa Lucía, Tobago, y las Islas Turcas, la Guayana in- glesa, Honduras británica, y el Canadá; Chile, incluyendo la parte occidental de Pata- gonia y Tierra del Fuego ; Colombia ; Costa Rica ; las Colonias danesas de San Tho- mas, Santa Cruz, y San Juan ; la República dominicana ; la del Ecuador ; las Islas de Falkland ; las Colonias francesas en América, á saber : la Guayana francesa, la isla de Guadalupe y sus dependencias, las islas de la Martinica, San Bartolomé y St. Fierre y Miquelon ; la Groendlandia ; Guatemala ; Haití ; Hawaii ; la República de Honduras, incluyendo las Islas de la Bahía ; Jamaica, la isla de Mauricio y sus dependencias (las islas del Almirante, las Seychelles, y las de Rodrigues) ; México ; las Colonias holandesas en América, á saber : la Guayana holandesa (Surinam), 474 las islas de Curazao, Aruba, Bonaire, una parte de la de San Martín y las de San Eus- taquio y Saba; Terranova; Nicaragua : Paraguay ; el Perú ; Salvador ; las posesiones españolas de América, á saber : Cuba y Puerto Rico ; las islas de San Vicente y Trinidad; los Estados Unidos de América ; Uruguay, y Venezuela. NOTAS. México. — Todos los artículos, sea cual fuere su naturaleza, que puedan circular por el correo interior, ya sea de los Estados Unidos, ya de México, podrán también enviarse del uno al otro país, respectivamente. La única excepción establecida es relativa á lo que se llama "materia postal de cuarta clase," la cual se encuentra sometida á reglas especiales. Todo lo demás se admite bajo las mismas condiciones y pagando los mismos portes que en los Estados Unidos. Las mercancías que no se remitan en el concepto de muestras, podrán ir como paquetes ó encomiendas, sujetas á lo que sobre esto se ha pactado ; pero las que se envíen como muestras, pagarán el porte convenido por regla general para los países de la Unión Postal. Hay algunos -artículos cuya transmisión está prohibida, y son los siguientes : Los paquetes cerrados y sellados que por su aspecto acrediten que no son cartas. Los impresos y publicaciones que infrinjan la ley de propiedad literaria del país de destino. Los paquetes que excedan de cuatro libras y seis onzas de peso, excepto cuando constituyan un tomo impreso. Los Üquidos, los venenos, las sustancias explosivas ó inflamables, y las grasas, ó materias susceptibles de derretirse fácilmente. Los animales vivos, y los muertos á no ser que estén secos, especialmente los insec- tos (excepto las abejas reinas) y los reptiles. Los dulces, compotas, pastas, etc. , y las frutas y verduras, susceptibles de des- componerse. Las sustancias que exalen mal olor. Los billetes de lotería, y las circulares relativas al mismo asunto. Los impresos ú objetos que sean obscenos ó inmorales. Y en general cvialquiera cosa que pueda destruir, ensuciar, ó deteriorar las balijas, ó hacer daño á las personas que las manejan. Todo paquete, que no sea una carta, será inspeccionado por los empleados de la aduana del país de destirio. Esto se hará en el correo en que se efectúa el canje, y allí se determinará el importe de los derechos que deban pagarse con arreglo á la ley. La correspondencia oficial que sea transmisible libre de porte, bien en los Estados Unidos, bien en México, será también transmitida del mismo modo del uno al otro país, respectivamente. Se podrá certificar cualquier artículo que se envíe pot el correo, sin más requi- sito que el de pagar lo que para ello se acostumbre en cada país, en su servicio interior. Cuando se exprese en la cubierta del paquete certificado que el remitente desea tener un recibo del destinatario, se le enviará á su tiempo sin gasto adi- cional. Los paquetes certificados, y las simples cartas, ó tarjetas postales, así como tam- 475 bien todos los demás artículos que no hayan podido entregarse á la persona á quien iban dirigidos, se devolverán al remitente por conducto de la oficina de car- tas muertas del país de destino. Pero cuando se trate de cartas que lleven escrita en el sobre la súplica de que se devuelvan á una dirección determinada, se acce- derá á esta súplica, devolviendo la carta directamente, si su porte entero fué satis- fecho en el país de procedencia. También podrán devolverse directamente las car- tas franqueadas en cuya cubierta se exprese la dirección del remitente, aunque no esté la súplica de devolución. Esta se efectuará al expirar el término que se ex- prese en la cubierta, cuando así se haya hecho, y si no, cuando hayan transcurrido treinta días. Siempre que el remitente de una carta, ó artículo cualquiera, desee que se le de- vuelva, ó que se cambie la dirección, enviándolo á otra parte, podrá obtener que así se haga presentando una petición al efecto al Ministro de Correos del país de procedencia. El porte que se paga en los Estados Unidos por cartas, paquetes, etc. , enviados al extranjero es como sigue: Para las cartas ordinarias, 5 centavos por cada 15 gramos, ó media onza. El fran- queo previo es obUgatorio para las cartas que se envíen al Canadá y á México; pero nó para las que vayan á los demás países. El porte de estas últimas puede pagarse en los Estados Unidos, ó en el país de destino, á elección del remitente. El porte para el Canadá y México es el mismo que se paga para cualquier punto de los Esta- dos Unidos. Las tarjetas postales para el extranjero valen 2 centavos. Por certificar las cartas y los paquetes de cualquier género hay que pagar 10 cen- tavos además del porte. El porte de los periódicos para cualquier país de la Unión Postal es á razón de 1 centavo por cada 2 onzas, contándose por una cualquiera fracción. Los impresos de cualquier género que no sean periódicos, pagarán á razón de 1 centavo por cada 2 onzas. Las muestras de mercancías pagarán también á razón de 1 centavo por cada 2 onzas. Los portes que deben satisfacerse en los diferentes países de América, fuera de los Estados Unidos, por cartas, paquetes, etc., que se envíen á los Estados Uni- dos, son como sigue: 476 3 2 o g I m w w «3 O O j o o o o H10 10 1Í3 o 4i; c^ m cS ü g 03 cS cS cS cá "cSm-ÍS S 5 3 i= a S S a d c a a s s3 a S -■ '"^ H ^^ fl^ ^ > > tr"ÍÍ0KíCÍ^(jjOátóc3 SodSSSSSS® o o " "^ Rq," ^ " o o ¡acoo ooo — — r-i ,-( -* Tf T-^ rt .-1 , d fl-S d S 05 d a> "sassou'Bjj sora]^u5o OO lOmOOO 1001Í5 lOOlOOO OOOO lOOO OíOlOOO oo o C3 N o a Oí* .2 to te co o o a a a d g •- p g e g OP.auÜQOÜOu Tt* th -f^CO -Tí lO ^ ^^ C* ^H O O d cS co co t/3 «3 O O O O O O O -S'a»3cS£?po3o3aido3o3cS . __.- dt:+j+^^5+^+^-*^+-^4^-í-^+^ aaddSaddddddaddda n oj Ui'- a a a n 05 ot 05 o rHOTOJOÍ souiiin90 ioifioo o loioooo oiooioín o m lo ic o »c io if3 o ic m i¿5 lo lO o > S bLt* =S íí a =S ' a 05 d a i) ft 05 tu co i-i'r-l-^í t«3 «3 a , O O 2 ■ > >I2 i cá ¡S p í a a>a5 ) 05 05 o 3 O U ^ 5 0?(N(N — — ^ _. 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Las cartas que vayan por buques, que no sean correos ordinarios, pagarán doble porte, es decir, cuatro centavos por onza; y el pago se hará en el país de destino, al recibirse por la persona á quien van dirigidas. No podrá franquearse ningún artículo sino en el lugar de procedencia, y sólo por medio de las estampillas ó sellos del correo adoptados en el país. Todo lo que se remita por el correo pagando menos porte qvie las cartas ordina- rias, deberá estar envueltoi-de tal manera que sea fácil examinar, ya sea en el correo de destino, ó en el de procedencia, sin riesgo de destruir la cubierta, el contenido del paquete. Los pei-iódicos, así diarios como de cualquiera otra clase, enviados á México directamente, á suscritores residentes en aquel país, serán remitidos del mismo modo y en los mismos términos que si fueran enviados á cualquier punto del interior de los Estados Unidos; excepto en el caso de que los paquetes excedan de cuatro libras y seis onzas cada uno. México es el único país extranjero á que los editores de un periódico pueden enviar directamente sus números á los suscritores, sin usar sellos ó estampillas de correo, y pagando el porte, en los Estados Unidos, conforme al peso del total envi- ado. Los periódicos que se remitan á cualquier otro jpaís, ya sea á suscritores ordi- narios, ya á cualquiera otra persona, han de ir con sus correspondientes estampillas ó sellos. Los administradores de correos de los Estados Unidos tienen además el deber de informar á los editores de los periódicos de México (pero no á los de los demás países) cuando los suscritores dejen de ir á recoger, ó se nieguen á recibir, los que les vengan destinados. Todos los impresos recibidos del exti-anjero que por cualquiera causa dejen de entregarse á los destinatarios, se enviarán á la Oficina de cartas muertas. Pueden usarse tarjetas postales entre todas las Repúblicas de este hemisferio. La tarjeta postal de un centavo de los Estados Unidos puede usarse para México, y la de dos centavos para cualquier otro país de las Américas del Centro ó del Sur. Si el escritor hace uso, al dirigirse á cualquiera de estos íiltimos países, de una tarjeta postal de los Estados Unidos del valor de un centavo, por no poder obtener una de dos centavos, le será permitido completar el porte pegándole en el lugar adecuado una estampilla ó sello de un centavo. Si el dueño de alguna obra ó publicación que está protegida en los Estados Unidos por la ley de propiedad literaria, presenta en la oficina de correos en que se verifican los canjes de la correspondencia extranjera, una lista de las obras ó publicaciones en que tiene derecho exclusivo, y soücita que se impida la introducción, por el correo, de cualquiera impresión fraudulenta de dichas obras, hecha fuera del país, el jefe de aquella oficina estará obligado á exa- minar las que alH lleguen, á fin de descubrir si hay alguna de las mencionadas en la lista, y en caso afirmativo lo informartl al dueño, y retendrá el libro ó impreso de que se trate el tiempo razonable que sea necesario para que aquel pueda enta- blar ante los tribunales la acción que corresponde para obtener su. secuestro. Solo pueden enviarse al extranjero por medio del cori*eo, á portes reducidos, aquellas mercancías que de buena fé están destinadas á servir de muestras, y no 478 tengan valor comercial en otro concepto. No son admisibles, por lo tanto, bajo la designación de muestras, los artículos ü objetos que se remitan en virtud de órdenes, ó encargos, ó se manden de regalo, aunque sea en nuiy pequeña cantidad. Todo esto lia de remitirse como "paquetes," pagando portes distintos. Tampoco pueden enviarse por el correo á ningún país extranjero y bajo el concepto de muestras, guantes, medias, zapatos, etc., en cantidad mayor que un par. No podrán trans- mitirse por el correo, á precio menor que el de las cartas, los artículos que -no estén específicamente enumerados á ese efecto en las convenciones postales y en las leyes y reglamentos de los Estados Unidos, ó que no puedan en algún modo con- siderarse de la misma clase. Pero sí, se les admitirá, pagando porte como cartas y previo franqueo, excepto cuando sean de los prohibidos. De todos los países pueden enviarse á Jamaica, Barbada, las Islas Bahamas, Hon- duras británica, México, Hawaii, las Islas de Sotavento y las Repúblicas de Co- lombia y Salvador, paquetes de mercancías que no estén cerrados y sellados. Todo lo que no sea cartas, ó tarjetas postales, que se remita á cualquiera de los países de la Union Postal, conteniendo algo escrito, ó que tenga forma de corre- spondencia personal, ó no llene en algún otro modo las condiciones que para su trans- misión á menos costo Be prescriben en los reglamentos de dicha Unión, necesitará franquearse en los Estados Unidos, pagando el mismo porte que las cartas, es decir, cinco centavos por cada media onza ó fracción de ella. No podrán enviarse por el correo á ningún país extranjero, excepto México, á menos que no se pague el porte de las cartas, los electrotipos y grabados que deban usarse para anuncios. Tamijoco se les podrá enviar, bajo el concepto de paquetes ó encomiendas, á Jamaica, Barbada, las Islas Bahamas, Honduras inglesa, México, Hawaii, las Islas de Sotavento, ó las Repúblicas de Salvador y Colombia. Pero si se paga el porte como si fueran cartas, podrán ser transmitidas sin dificultad. Toda la correspondencia que se tenga con los Gobiernos extranjeros, con motivo de la pérdida ó extravío de alguna carta, ó sobre otro asunto de la administración del ramo, estará á cargo del Inspector en Jefe de la oficina de correos. Todas las cartas, paquetes, etc., que se reciban en los Estados Unidos, de cual- quiera de los países de la Union Postal, serán enviados, si así lo pide el destinarlo, y sin gasto alguno adicional, á la nueva residencia ó localidad á que aquel se hubiese mudado. A fin de asegurar la debida prontitud en el servicio y que la correspondencia, periódicos, etc. , lleguen con seguridad á sus respectivos destinos, se deberán observar las reglas siguientes : 1". Escribir la dirección de una manera clara y legible, dando el nombre de la ciudad, iDueblo y país, á que la carta va dirigida. 3*. No usar para las cubiertas un painel demasiado delgado que las exponga á romperse, ó desgarrarse, en un largo viaje. S"^. No sellar las cartas con lacre, pues que este suele derretirse ó ablandarse, pegando unas con otras las cartas, y ocasionando á menudo que las cubiertas se desgarren en los esfuerzos para separarlas. 4*. Procurar que las estampillas que se pongan en las fajas bajo las cuales se en- víen los periódicos, ó las muestras de mercancías, no se peguen también al cuerpo del paquete, porque suele suceder, si no se tiene este cuidado, dicho paquete queda 479 sellado, de tal manera que no permite examen sin romper la cubierta, y entonces hay que pagar el porte'sefielado para las cartas. Cuando se envía na paquete para ser entregado al destinatario, no en su direc- ción propia, sino en el mismo correo, se escribirán en el sobre las palabras " Poste restante"; y entonces se le conservará en la oficina hasta que el destinatario se pre- sente á recogerlo; pero la retención no será por mayor número de días que el que se expresa á continuación: En Costa Rica, 10 días. En el Perú y en Salvador, 1 mes para la correspondencia nacional, y 3 meses para la extranjera. En las Antillas holandesas, 1 mes para la correspondencia de Venezuela, ó de las mismas Antillas, y 3 para la de cualquier otro punto. En las Bahamas, Bermudas, Barbada, y Honduras británica, 3 meses. En la Guayana holandesa, 3 meses para la correspondencia nacional, y no hay límite para la extranjera. En la Guayana inglesa, por regla general, 3 meses, y en casos excepcionales 3 y hasta 4 meses. En Santo Domingo, 3 meses para la correspondencia nacional, y 3 para la inter- nacional. En Jamaica, 4 semanas para la correspondencia nacional, y 8 para la interna- cional. En el Brasil, Colombia y las Antillas danesas, 3 meses. En Guatemala, Hawaii y México, 6 meses. En Chile, 3 meses en el correo de destino, y 6 meses más en la Oficina de cartas muertas de la Administración central. En Nicaragua, 6 meses en el correo de destino y otros 6 en la Oficina central. En la República Argentina, 9 meses en el correo de destino, y 3 más en la Admi- nistración central. En Honduras, Haití y Uruguay, 1 año. En Venezuela, 3 años. DERECHOS DE ADUANA. Fuera de los artículos designados en la siguiente lista, no se sabe en el Departa- mento de Correos de los Estados Unidos que haya otros que estén sujetos al pago de derechos de aduana, y deban por esta razón ser excluidos de las balijas del correo. No pueden pagarse de antemano en el país de procedencia los derechos de aduana que adeuden los artículos remitidos por el correo. Estos derechos deben satis- facerse en el país de destino por la persona á quien los artículos van dirigidos. No pagarán derechos de aduana los diarios y publicaciones periódicas que se reci- ban del extranjero por virtud de tratados postales y estipulaciones al efecto. Los libros é impresos dirigidos por el correo al Jefe de una misión extranjera en los Estados Unidos podrán también entregarse á dicho funcionario sin pagar de- rechos. Todos los artículos sujetos al pago de derechos, que vengan dirigidos á cual- quiera otra persona que no sea el Jefe de una legación, y procedan de alguno de los 480 países de la Unión Postal, se entregarán á su destino cuando se satisfagan dichos derechos. El Secretario del Tesoro, por orden circulada á los Administradores de Aduanas, ha explicado que la Ley de 3 de Marzo de 1883 impone un derecho de 35 por ciento ad valor em sobre todo impreso, respecto del cual no se naya dictado disposición es- pecial, y que no debe tenerse en cuenta para nada el modo de hacer la importación. Conforme á dicha Ley todo impreso, excepto diarios y periódicos de otra clase, y cualquiera publicación que no pueda comprenderse en la palabra "libros," están sujetos, aunque vengan por el correo para uso personal, al pago de aquel derecho de 25 por ciento ad valorem. Las muestras de publicaciones musicales, que sean importadas por expendedores de música, ó por agentes de casas editoras extranjeras, no estarán exentas de pagar derechos. artículos prohibidos. Está prohibido remitir por el correo á los países extranjeros los artículos siguientes: 1. Los líquidos, los venenos, las sustancias explosivas ó inflamables, las mate- rias grasas, los insectos vivos ó muertos, los reptiles, las frutas ó sustancias vege- tales susceptibles de descomponerse, las pastas, dulces y demás composiciones que puedan ensuciar ó echar á perder las balijas, y las que expidan mal olor. 2. Los libros, folletos, láminas, ó impresos de carácter inmoral ú obsceno, y las cartas ó circulares relativas á loterías. 3. Todos los artículos de mercancía, que aunque no correspondan á ninguna de las dos clases mencionadas, no sean " muestras," en el verdadero y genuino sentido de la palabra. 4. Las tarjetas postales y las cartas que vayan dirigidas al mismo tiempo á dife- rentes partes. Estas cuatro prohibiciones son generales y aplicables á todos los países; pero hay otras particulares que se aplican exclusivamente á los países comprendidos en la Unión Postal y son las siguientes: 1*. Enviar cartas ó paquetes que contengan artículos de oro ó plata, ó joyas ü objetos preciosos. Esto sin embargo no se apHca á México. 2». Enviar paquetes que contengan artículos que devenguen derechos en el país de destino. Esto tampoco se aplica á México, ni á los países con quienes hay tratados para la transmisión de paquetes ó encomiendas por el correo. 8". Enviar paquetes ó bultos, que no sean cartas, sin franquearlos previamente, ó á lo menos en parte ó sin que se llenen los demás requisitos necesarios para dis- frutar del beneficio de reducción en él porte. 4"^. Enviar paquetes, que no sean cartas ó tarjetas postales, qué contengan algo escrito, ó que pueda considerarse correspondencia personal, ó en que no se cumplan las prescripciones reglamentarias. Pero si estos paquetes se franquean, pagando el porte, como si fueran cartas, al tipo de 5 centavos la media onza, ó fracción de la misma , podrán ser transmitidos sin dificultad. 5*. Enviar ar4¡ículos ú objetos capaces de ensuciar ó deteriorar las cartas, impresos y demás contenido de las balijas. :. 6*. Enviar paquetes de muestras que puedan ser vendidas en el país de destino, ó sean de mayor peso ó volumen que el permitido. 481 7*. Remitir paquetes de periódicos comerciales ó impresos de toda clase, cuyo peso exceda de dos kilogramos, ó sea de cuatro libras y seis onzas, ó cuyo tamaño sea mayor de diez y ocho pulgadas, bien sea en longitud, anchura, ó profundidad, á no ser que se trate de un rollo de papel impreso. 8'^. Enviar tarjetas postales que no sean de los Estados Unidos, á menos que vayan como cartas, ó cuando sean de contestación, ó dobles tarjetas postales, veni- das del extranjero. Los gobiernos de los países de la Unión Postal se han reservado además el derecho de negarse á transportar dentro de su territorio los impresos, artículos, ú objetos cualesquiera que sean, cuya circulación esté prohibida, ó se hallen sujetos á condi- ciones (jue no se hubieren cumplido, y toda clase de correspondencia que lleve títulos ó inscripciones prohibidas por las leyes ó reglamentos locales. Hay otras prohibiciones, especialmente relativas á la República de México, que son lasj siguientes: 1\ Remitir cartas no franqueadas ó por las que no se haya pagado á lo menos el porte de una carta sencilla, ó sea dos centavos por onza. 2*. Remitir cosa alguna, que no sea carta, envuelta de tal modo que no permita examinar con facilidad lo que va dentro de la cubierta. S"'. Remitir impresos, ó cualquiera otra cosa trasmisible por el correo, sin pagar previamente el porte. 4''. Remitir publicaciones de cualquier genero en que se infrinja la ley de pro- piedad literaria vigente en México. 5". Remitir mercancías, excepto en el concepto de muestras, ó como paquetes ó encomiendas, conforme á las provisiones del arreglo postal relativo al ramo. 6*. Remitir líquidos, pastas, confecciones, frutas, etc., sea cual fuere la manera en que vayan envasadas, que puedan fermentarse y ensuciar las balijas. Respecto de Colombia hay una prohibición especial que se refiere á libros y publi- caciones que no sean periódicos, enviados en tal cantidad que haya lugar á creer que no vienen destinados al uso personal del destinatario, sino para ponerse en venta, adeudando en consecuencia derechos de aduana. SERVICIO POSTAL DE ENCOMIENDAS Ó PAQUETES DE MER- CANCÍAS. Los Estados Unidos han celebrado convenciones postales con Jamaica, Barbada, las Bahamas, Honduras británica, México, Hawaii, las Islas de Sotavento, Colom- bia y Salvador, para la ti-ansmisión de paquetes de mercancías, ó como se dice en algunos países hispano-americanos, encomiendas ó encargos. Respecto de esto han de observarse las siguientes reglas : El servicio entre los Estados Unidos y Jamaica sólo puede hacerse por medio de las administraciones de correos de las ciudades de New York y Kingston. Entre los Estados Unidos y Barbada y entre los Estados Unidos y las Bahamas, ha de hacerse por New York y Bridgetown, ó Nassau, respectivamente. Entre los Estados Unidos y las posesiones británicas de Honduras el servicio ha de hacerse por New Orleans y Belize ; y entre los Estados Unidos y México, Colombia y Salvador, por las administraciones de correos que se hayan escogido para efectuar los canjes. Con Hawaii sólo puede hacerse el servicio entre San Francisco y Honolulú, y con las Islas de Sotavento entre New York y Antigua. El porte que debe pagarse por cada paquete, de una liDra ó menos, es 13 centavos, Ko,2— 31/ -'■■■--■■• ^ 482 Por cada Kbra más, ó fracción de libra, se pagarán otros 13 centavos. Este porte ha de satisfacerse previamente por medio de estampillas ó sellos de correo, que el remitente mismo deberá adherir á la cubierta del paquete ; y ninguno de estos se remitirá sin previo franqueo. Las mayores dimensiones que se permiten para los paquetes enviados á México ó Colombia son 3 pies de largo y 4 en contorno ó circunferencia. Las que se permiten para los demás paises son como sigue: Longitud máxima, de 3 á 6 pulgadas. Longitud y circunferencia combinadas, 6 pies. En cuanto al peso, el establecido como uiáximo, para todos los países sin distin- ción, es 11 libras. Estos paquetes deben ir envueltos y arreglados sólidamente, pero de manera que sea fácil examinar su contenido, tanto en el cori-eo como en las respectivas aduanas. Todo lo que puede remitirse por el correo dentro de los Estados Unidos, puede también remitirse de los Estados Unidos á los países que han hecho los arreglos de que se trata. Debe tenerse presente que en ningún paquete debe ir carta ó comu- nicación escrita que pueda considerarse como correspondencia personal. Si se en- contrare algu.na, será inmediatamente sacada del paquete y enviada á su destino separadamente. Pero si no puede sacarse sin romper el paquete, será este retenido, ó no se le admitirá. Si resultare, sin embargo, que alguna de estas cartas ó comuni- caciones fue transmitida por inadvertencia, el país de destino podrá, conforme á lo pactado en la convención de la Unión Postal Universal , cobrar por ella doble porte. Ningún paquete debe contener otros que vayan enviados á persona distinta de la designada en la cubierta general; y si se encontrare alguno, se le sacará en seguida del paquete principal y se le enviará por separado, exigiéndose el pago del porte que corresponda. Las mismas prohibiciones que rigen, respecto de líquidos, materias explosivas, sustancias susceptibles de putrefacción, publicaciones obscenas, circulares y listas de loterías, etc., etc., están vigentes respecto á la remisión de paquetes ó encomiendas. En cada paquete han de ir escritas, en el ángulo superior izquierdo de la cubierta, las palabras "Pareéis Post" (servicio postal de paquetes ó encomiendas). Estas palabras, lo mismo que la dirección, deban estar en letra clara é inteligible. Se ha de expresar también el nombre del remitente. Para que los paquetes sean transmitidos á su destino es necesario que se entreguen personalmente en el correo, bien al administrador, ó la persona que lo represente para este efecto, á cualquiera hora entre las 9 de la mañana y las 5 de Ja tarde. El administrador, ó su representante, dará un recibo del paquete; pero como las mer- cancías que este contenga, pued en adeudar derechos de aduana, el remitente ten- drá que hacer una " declaración" de aquellas, y también de su valor, expresando además la fecha de entrega el nombre y residencia del remitente, y la designación de su oficina, ó lugar de sus negocios. Esta declaración, una vez firmada, se pegará en el paquete. Para que todas las declaraciones tengan la misma forma, y no haya lugar á equivocaciones, los administradores de correos estarán provistos de modelos impre- sos, con los correspondientes espacios en blanco. Se los enviará la Oficina central, y ellos los facilitarán gratis á los remitentes. Si alguna persona, al enviara Jamaica, Barbada, las Bahamas ú Honduras británica, un paquete no certificado, manifes- 483 tare el deseo de que el destinatario dé un recibo del mismo, y que este se le entregue oportunamente, se accederá á su deseo, mediante-el pago de 5 centavos además del porte. Este pago se hará en estampillas ó sellos de correo, que se pegarán en la cubierta. Se pueden certificar estos paquetes (excepto cuando van para Barbada) pagando 10 centavos además del porte, y se enviará al remitente libre de costo el recibo del destinatario. El correo no responde de pérdidas ó deterioros. Cuando haya necesidad de remitir im paquete á un lugar distinto de aquel á que fue remitido originalmente, será preciso satisfacer un nuevo porte, al mismo tipo de 12 centavos por libra. Si no pudiere entregarse el paquete á la persona á quien va dirigido, ó si esta se negare á recibirlo, el administrador del correo del lugar en que esto suceda lo pon- drá en conocimiento del Superintendente de la mala para el extranjero, dando los pormenores necesarios; y el expresado Superintendente escribirá al remitente, pre- guntando qué debe hacerse con el paquete. Si no se recibiere respuesta dentro de tres meses, á contar desde la fecha de esta carta, el administrador del correo donde se encuentra detenido al paquete lo remitirá al administrador de la aduana, para que proceda á su venta, á beneficio de quien corresponda, conforme al artículo 622 de las Leyes y Reglamentos postales. Lo mismo se hará en Jamaica y en Barbada con respecto á los paquetes que allí se envíen de los Estados Unidos. Los administradores de correos tienen el encargo de ayudar al público á entender bien este servicio y hacerle comprender su utilidad y conveniencia. Giros postales. Los Estados Unidos tienen establecido un sistema de giros directos con las Islas Bahamas, Jamaica, Barbada, Granada, San Vicente, Santa Lucía, Antigua, San Cristóbal, Nevis, Dominica, Monserrate y las Islas Vírgenes. Pueden expedirse giros postales en los Estados Unidos, pagaderos en cualquiera de dichas islas en hbras esterlinas, chelines ó peniques, al tipo de $4.87 la libra ester- lina. Las órdenes ó mandatos postales serán remitidos al que ha de cobrai'las por el que envía el dinero, y á costa suya; y para obtener su pago han de presentarse, por la persona á cuyo favor se hizo el giro, en la oficina contra la cual fueron expedidas. El máximum de un giro pagadero en las islas de Sotavento, ó de Barlovento, es 20 libras, 10 chelines y 8 peniques, que equivalen á $100. Para Jamaica el máximum es 10 libras, 5 chelines y 4 peniques, equivalentes á $50. Tarifa de los precios que deben pagarse por los mandatos postales^ Por todo giro que no exceda de $10 $0. 10 Por un giro de más de $10 y menos de $20 20 Por un giro de más de $20 y menos de $30 .30 Por un giro de más de $30 y menos de $40 40 Por un giro de más de $40 y menos de $50 50 Por un giro de más de $50 y menos de $60 60 Por un giro de más de $60 y menos de $70 70 Por un giro de más de $70 y menos de $80 80 Por un giro de más de $80 y menos de $90 90 Por un giro de más de $90 hasta $100 . , , . 1. 00 484 SERVICIO POSTAL OCEÁNICO. Nuevas rutas que se trata de establecer para aumentar la comunicación postal y facilitar el servicio entre los Estados Unidos y los demás países del Hemisferio Occidental. El 25 de Julio de 1891, y en cumplimiento de lo prevenido por la Ley que dictó el Congreso "para establecer un servicio postal oceánico entre los Estados Unidos y los países extranjeros, y fomentar el comercio," el Ministro[de Correos de los Estados Unidos sacó á licitación el servicio de conducir las malas en vapores americanos. Las siguientes son las rutas que con respecto al Hemisferio Occidental han sido comprendidas en el anuncio oficial: De New York á Buenos Aires, en la República Argentina, tocando en Monte- video (Uruguay), 18 días en el viaje de ida. Un viaje cada tres semanas, lo que hace diez y siete (17) viajes al año. Los buques son de segunda clase y tocan en el viaje de vuelta en Montevideo (Uruguay) y en Rio Janeño y Santos en el Brasil, si así lo determina el contratista. El viaje de vuelta desde Rio Janeiro á New York ha de hacerse en diez y seis (16) días. De New York á Buenos Aires, tocando también en Montevideo, 18 días en el viaje de ida. Un viaje cada dos semanas, ó veinte y seis viajes por año. Los buques son tam- bién de segunda clase y tocan igualmente, si así lo quiere el contratista, en Monte- video, Rio Janeiro y Santos. El viaje de Rio Janeiro á New York ha de hacerse en 16 días. De Newport News á Santos, vía de San Thomás, la Martinica, Barbada, Para, Pernambuco, Bahía y Rio Janeiro. Un viaje cada dos semanas, ó 26 viajes por año, no deben emplearse en cada viaje, ya de ida ya de vuelta, más de 19 días. En el viaje de regreso tocan estos buques, que son de tercera clase, en Rio Janeiro, Bahía y Pernambuco. De Norfolk á Santos, vía de San Thomás, la Martinica, Barbada, Para, Pernam- buco, Bahía y Rio Janeiro. Un viaje cada dos semanas, ó 26 viajes por año, en buques de tercera clase. El viaje así de ida como de vuelta, ha de hacerse cuando más en 19 días. Al regreso deben tocar en Bahía y Pernambuco. De Newport News á Santos, vía de San Thomás, la Martinica, Barbada, Para, Per- nambuco, Bahía y Rio Janeiro. Un viaje por semana, ó 52 viajes en el año. De cada dos viajes uno ha de ha,- cerse en no más de 19 días, pudiendo emplearse más tiempo para los otros, con tal que no pase de 23 días. Los buques son de tercera clase. De Norfolk á Santos, por vía de San Thomás, la Martinica, Barbada, Para, Per- nambuco, Bahía y Rio Janeiro. Un viaje por semana, ó 52 al año. De cada dos viajes uno ha de ser cuando más en 19 días, y los otros, también á lo sumo, en 23. Los buques son de tercera clase. De Newport News á Santos, vía de San Thomás, la Martinica, Barbada, Para, Per- nambuco, Bahía y Rio Janeiro. Un viaje cada dos semanas, ó 26 viajes por año, en bviques de tercera clase du- rante los tres primeros años, y de segunda por el resto del tiempo. El viaje ha de i 485 hacerse en 19 días á lo más, en el primer período, y en 17 durante los siete años del segundo. La proposición debe expresar la parte ó proporción que corresponde á cada clase. De Norfolk á Santos, vía de San Thomas, la Martinica, Barbada, Para, Pernaní- buco. Bahía y Rio Janeiro. Un viaje cada dos semanas, ó 26 viajes al año, en buques de tercera clase durante los tres primeros años, y de segunda durante los siete restantes. El viaje ha dé hacerse en 19 días á lo más, durante el primer período, y en 17, á lo más, durante el segundo. La proposición debe explicar lo que á cada clase corresponde- De Philadelphia á Buenos Aires, tocando en Montevideo. Un viaje cada tres semanas, ó sean 17 viajes al año, en buques de tercera clase, sin emplear más de 22 días. De Tampa al puerto de La Guaira, en Venezuela, vía de Curazao y Puerto Ca- bello. Tres viajes por semana, ó 156 por año, en buques de cuarta clase. La contrata ha de ser por cinco años. De Tampa á Santos, vía de Para, Pernambuco, Bahía y Rio Janeiro. Un viaje cada dos semanas, ó 26 por año, en buques de tercera clase. De New Orleans á Rio Janeiro, vía de Para, Pernambuco y Bahía. Un viaje cada dos semanas, ó 26 por año, en buques de tercera clase. De New Orleans á Rio Janeiro, vía de Para, Pernambuco y Bahía, un viaje cada dos semanas, ó 26 viajes al año, en buques de tercera clase durante los tres primeros años, y de segunda durante los siete restantes. La proposición debe explicar lo que á cada clase corresponde. De Baltimore á Para. Un viaje cada dos semanas, ó 26 por año, en buques de tercera clase. El viaje lia de hacerse en doce días. De Galveston á Santos, vía de Para, Pernambuco, Bahía y Rio Janeiro. Un viaje cada dos semanas, ó 26 por año, en buques de tercera clase. De New Orleans á Colóa. en Colombia, tocando así á la ida como á la vuelta en Greytown y Bluefields (Nicaragua), en Puerto Limón (Costa Rica) y en Cartagena, Savanilla y Santa Marta ((Colombia). Un viaje cada dos semanas, ó 26 en el año, en buques de tercera clase. El viaje de New Orleans á Colón, y vice versa, ha de hacerse en seis días. La contrata ha de ser por cinco años. De Galveston á Colón, tocando á la ida y á la vuelta en Greytown, Bluefields, Limón, Cartagena, Sabanilla y Santa Marta. Un viaje cada dos semanas, ó 26 al año, en buques de cuarta clase, empleándose seis días para ir de Galveston á Colón, ó al contrario. La contrata es de cinco años. De Galveston al puerto de La Guaira en Venezuela, tocando en el viaje de regreso en Curazao, Savanilla, Cartagena y Colón. Tres viajes al mes, ó sea 36 por año, en buques de cuarta clase. La contrata es por cinco años. De New York- al puerto de Tuxpan, en México, vía de la Habana, Progreso y 486 Tampico, y tocando en el viaje de regreso en Veracruz, Frontera, Progreso y la Habana. Un viaje por semana, ó 52 al año, en buques de tercera clase. El viaje ha de hacerse entre New York y la Habana en tres días y medio. De New York á la Habana. Un viaje por semana, ó 52 en el año, en buques de tercera clase, empleándose no más de tres días y medio. De New York á la Habana. Lo mismo que el anterior, pero haciéndose el servicio en buques de tercera clase durante los tres primeros años de la contrata, y en buques de segunda clase durante los siete años restantes. La proposición debe expresar lo que á cada período corres- ponde. De New York á Santiago de Cuba, por vía de Nassau. Un viaje por semana, ó sea 52 por año, en buques de tercera clase. El viaje ha de hacerse en cinco días. De New York á Santiago de Cuba, por vía de Nassau. Un viaje cada dos semanas, ó 26 viajes al año, en buques de cuarta clase, y em- pleando seis días. De New York al puerto de La Guaira, en Venezuela, vía de Mayaguez (Puerto Rico), Curazao y Puerto Cabello. Tres viajes al mes, ó 36 al año,, en buques de tercera clase, empleando seis días. De New York á La Guaira, como en el párrafo anterior. Lo mismo que el anterior, pero haciéndose el servicio en buques de tercera clase durante los tres primeros años de la contrata, y en buques de cuarta clase durante los siete años restantes. Las proposiciones han de expresar lo que á cada período corresponde. De New York á Curazao, tocando en La Guaira y Maracaibo en el viaje de re- greso. Un viaje por semana, ó 52 por año, en buques de tercera clase, empleando seis días en el viaje. De New York á Santo Domingo, tocando á la ida y á la vuelta en Port au Prince, (Haití). Un viaje por semana, ó 52 en el año, en buques de tercera clase. Ocho días es el término máximo de duración del viaje. De New York á Santo Domingo, tocando también, á la ida y á la vuelta, en Port au Prince. Tres viajes al mes, ó 36 en el año, en buques de cuarta clase. No han de emplearse en el viaje más de 10 días. De New York á Santo Domingo, tocando igualmente, á la ida y á la vuelta, én Port au Prince. Un viaje cada dos semanas, ó 26 al año, en buques de cuarta clase, durante los tres primeros años de la contrata ; y un viaje semanal, ó 52 por año, y en buques de tercera clase, durante los siete años restantes. La duración del viaje durante el primer período no debe exceder de nueve días, ni de siete y medio durante el segundo. 487 De New York á Colón. Tres viajes al mes, ó 36 al año, en buques de tercera clase, que no empleen más de seis días y medio durante los dos primeros años de la contrata, y durante los ocho restantes, un viaje por semana, ó 53 al año, en buques de segunda clase, que no em- pleen más de cinco días y medio en el viaje de ida. Las proposiciones deben especiñcar la cuota que corresponde á cada periodo. De New York á Colón. Un viaje por semana, ó 53 por año, en buques de tercera clase y empleando seis días y medio diu-ante los primeros tres años, y durante los siete años restantes en buques de segunda clase, sin que exceda de cinco días el viaje de ida. La proposición expresará la cuota que corresponde á cada período. De San Francisco á Panamá, tocando dos veces al mes, á la ida y á la vuelta, eñ Mazatlán, San Blas, Manzanillo, Acapulco, Puerto Ángel, Salina Cruz, Tonalá, Sari Benito, Ocos, Champerico, San José, Acajutla, La Libertad, La Unión, Amapala* Corinto, San Juan, y Puntar enas. Tres viajes al mes, ó 36 al año, de diez y seis días cada uno, en buques de cuarta clase, durante los tres primeros años de la contrata; y un viaje por semana, ó 58 en el año, de catorce días de duración, en buques de tercera clase, durante los siete años restantes. Las proposiciones deben expresar la cuota que corresponda á cada período. De San-Francisco á Panamáj como en el párrafo anterior. Tres viajes al mes, ó 36 al año, pero en buques de tercera clase, que solo empleen catorce días, durante los tres primeros años de la contrata, y durante los siete res- tantes, un viaje semanal, ó 53 en el año, en buques de segunda clase, que empleen sólo doce días. Las proposiciones deben especificar la cuota que corresponda á cada período. De San Francisco á Valparaíso, en Chile, vía de Panamá, tocando en el puerto de Buenaventura en Colombia, en el de Guayaquil (Ecuador), en El Callao (Perú), y el puerto de Iquique en Chile. Un viaje cada dos semanas, ó 36 al año, en buques de tercera clase durante los tres primeros años de la contrata, y de segunda durante los siete restantes. Las proposiciones deben expresar la cuota que corresponde á cada período. índice. A. Acuñación de oro y de plata > . , . ^ . . <, * . . . i . . ^ 347 Acuñación, pesos y medidas 347 de Chile 346 de México 345 valor de las monedas americanas 343 Aduanas, derechos 479 reglamentos postales de aduanas 477 en Cuba y Puerto Rico , 425 América, superficie, población y comercio de las repúblicas, etc., en . . . 330 América Latina, cuadro comparativo del comercio con los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia 332 destino de las exportaciones de, fuente de las importaciones de la América Latina 335 tarifas de fletes 455 cablegramas, precios de. 464 América Central, comercio de 179 cablegramas, precio de 464 exportaciones 180, 181 importaciones 1 79, 1 82 mapa de 172 América del Sud, cablegramas á, precio de 464 exportaciones de la Gran Bretaña á, en el año i889-'90 338 líneas de vapores de Europa á 453 ■ tarifas de fletes desde New York á 455 vapores de la mala del Pacífico 448 América Latina de la Exposición Universal Colombina, departamento de la 321 organización 322 clasificación 322 489 490 Antillas, cablegramas, precios de 465 Área de los países americanos 330 Argentina, República de, acuñación de oro y plata 347 cablegramas, precios de 464 comercio 40, 330 derechos de puerto 409 descripción 34 edificio argentino en la Exposición de París. (Grabado.) 34 exportación de trigo durante diez años 332 exportaciones de la Gran Bretaña para la Argentina en los años de iSSg-'go 338 fletes, tarifas de, entre New York y la Argentina 455 guia del viajero 435 guia postal , 467 leyes relativas á marcas de fábrica 353 leyes sobre patentes de invención 402 poder ejecutivo 7 producción y acuñación de oro y plata 347 reglamentos y derechos consulares 415 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos . . 11 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos.. 22 superficie, población, etc 330 tarifas de fletes entre New York y la Argentina 455 valor de la moneda 343 Artículos prohibidos en los correos extrangeros 480 Azúcar, producción en el mundo 334 importado en los Estados Unidos en 1890 217 B. Bahamas, comercio ,. 131, 132, 331 descripción de _ 131 gobernador ... w 6 gobierno .131 guia del viajero 435 monedas, pesos y medidas 132 representantes consulares y agentes de los Estados Unidos 15 superficie y población 331 Barbada, comercio de 134, 331 descripción de 132 491 Barbada — Continúa. gobernador 6 guia del viajero 42 1 monedas, pesos y medidas 134 representantes consulares de los Estados Unidos 15 superficie y población 331 Bermudas, descripción 135 guia del viajero 436 Bolivia, comercio „ 54, 330 descripción c i edificio boliviano en la exposición de París. (Grabado.) li guia del viajero . 436 guia postal 467 leyes sobre patentes de invención 404 poder ejecutivo 7 producción de oro y plata en 1889 347 recursos y productos 53 reglamentos y derechos consulares 416 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos.. 23 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos . . 11 superficie y población 330 valor de las monedas 343 Brasil, cablegramas, precios de 464 café exportado á los Estados Unidos de 82 comercio 65, 330 comercio entre los Estados Unidos y el Brasil 73 constitución de la República de los Estados Unidos del Brasil. 84 derechos de puerto 409 descripción 58 edificio brasilero en la Exposición de Paris. (Grabado.) 60 exportaciones de la Gran Bretaña para el Brasil durante el año 1890 338 fletes, tarifas de 455 guia del viajero 436 guia postal 467 importación de café procedente del Brasil 82 leyes relativas á marcas de fábrica 356 leyes sobre patentes de invención 366 monedas, pesos y medidas 343 poder ejecutivo 7 492 Paga Brazil — Continúa. producción de oro y plata en 1889 347 reciprocidad comercial con el Brasil 315 documentos relativos al arreglo de reciprocidad r 315 lista de los artículos que se admitirán libres de derechos 316 lista de los artículos que se admitirán en el Brasil con una rebaja de 2 5 por ciento de derechos 317 proclama del Presidente de los Estados Unidos 315 decreto del Presidente de la República del Brasil 318 recursos y productos 64 reglamentos y derechos consulares 416 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos . . 11 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos. . 23 superficie y población 330^ Burean de las Repúblicas Americanas 5 empleados . .• , 33 propósitos de 3 Buque de guerra, modelo de. (Grabado.) -... 11 C. Cablegramas, precio de 464 carta demostrando las comunicaciones del cable submarino 467 Café, producción en el mundo en los años de 1886-89 33^ importado en los Estados Unidos durante los años 1889-90 18 Canadá, leyes relativas á marcas de fábrica 358 Centro- América, acuñación de plata 347 cables submarinos, tarifas de 464 comercio de 179, 330 derechos de puerto 411,412 exportaciones de la Gran Bretaña en 1889-90 340 fletamentos, tarifa de, á New York 457 fletamentos, tarifa de, de New York á Centro- América 458 líneas de vapores de Europa á 453 mapa de. (Grabado.) 172 pesos y medidas 348 valor de la moneda 343, vapores oceánicos entre Europa y Centro-América 453: Cereales, exportación de los Estados Unidos á los demás países ameri- canos durante el año de 1890 216' exportación de los Estados Unidos en 1890 216 493 Page, CChicago, Illinois, Exposición Universal Colombina 200 clasificación para el departamento Latino-Americano 322 edificio del Gobierno de los Estados Unidos. (Grabado.) 200 mapa de la orilla del Lago. (Grabado.) 320 proclama del Presidente • 320 Chile, acuñación de monedas 347 ■.cablegramas, precio de 465 ■ comercio 188, 330 •derechos de puerto 410 ■ descripción 183 ■edificio chileno en la Exposición de Paris. (Grabado.) 183 ■exportaciones de la Gran Bretaña para Chile en 1 890 340 exportación de trigo durante diez años 332 guia del viajero 437 guia postal 467 leyes relativas á marcas de fábrica 360 leyes sobre patentes de invención 373 monedas 344 pesos y medidas 348 poder ejecutivo 7 producción de oro y plata 347 recursos y productos 186 reglamentos y derechos consulares 426 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos. . 16 representantes diplomáticas y consulares en los Estados Unidos.. 24 .superficie y población 330 trigo, exportación de, durante diez años 332 Colombia, acuñación de oro y plata en 1889 347 bancos 119 cablegramas, precio de 465 comercio , 1 23, 330 derechos de puerto 410 descripción 117 exportaciones de la Gran Bretaña á Colombia durante el año 1890. 340 fletameiitos, tarifas de 460 guia del viajero 437 guia postal , 468 leyes sobre patentes de invención ..... 375 monedas ,..,.,. ^ 344 494 Fage. Colombia — Continúa. . poder ejecutivo 7 producción y acuñación de oro y plata 347 reglamentos y derechos consulares 418 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos. . 24 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos.. 12 superficie y población 330 tarifa de fletes desde New York 462 Colonias Británicas, cablegramas, precios de 466 comercio i30)33i descripción 129 gobernadores de , 6 guia del viajero 435 representantes consulares de los Estados Unidos 14 superficie, población, etc , 331 Colonias Danesas, descripción 150 comercio 332 gobernadores de 6 guia del viajero 438 guia postal 471 representantes consulares de los Estados Unidos 13 superficie, población, etc 332 Colonias Españolas, comercio 157, 158, 331 comercio de las Antillas españolas con los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia 161 descripción • 154 gobernadores 6 guia del viajero ■ 438 reglamentos y derechos consulares 421 representantes consulares de los Estados Unidos en 13 Colonias Francesas, comercio 164, 331 descripción , 162 gobernadores , . . . . 6 representantes consulares de los Estados Unidos 14 servicio de correos 472 Colonias Holandesas, comercio 170, 331 descripción . 166 gobernadores 6 guia del viajero 438 495 Colonias Holandesas- — Continúa. guia postal ., 468 representantes consulares de los Estados Unidos 14 Colonias y dependencias europeas, gobernadores de 6 Comercio 330 cosecha de trigo en el mundo en el año de 1889 333 cuadro comparativo del comercio de la América Latina con los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia 332 datos generales de importancia 330 de los Estados Unidos con las Américas del Centro y del Sud 210 de los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia con la América Latina 332 destino de las exportaciones hechas por los países de la América Latina 336 exportaciones de la Gran Bretaña para los países de Centro Amé- rica y de la América del Sud y México en 1890 338 exportaciones de trigo de la República Argentina y Chile durante diez años 332 fuentes de importación para la América Latina 335 producción de azúcar en el mundo 334 producción de café en el mundo . .,. 338 de Centro América 179, 330 exportaciones 180, 181 importaciones 179, 182 de los países americanos con el extrangero 332 Comisión del Ferro-Carril Intercontinental, miembros de 31 Comisión Monetaria Internacional Americana, miembros de 32 Compañías de las líneas de vapores ^ 444 Correos, servicio de, entre New York y los países de la América Latina. 472 guia postal 467 Costa Rica, acuñación de plata en 1889 347 cablegramas, precio de 464 comercio 1 76, 330 derechos de puerto 411 . descripción 172 guia del viajero 437 guia postal 468 leyes sobre patentes de invención 376 poder ejecutivo , , . . . 7 496 Page. Costa Rica — Continúa. reglamentos y derechos consulares 419 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos. . 16 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos . . 24 superficie y población .... 330 Cuba, cablegramas, precio de 465 comercio 157,158,331 derechos de puerto 421 descripción 154, 157 guia del viajero 438 guia postal 468 pesos y medidas 349 recursos y productos 1 56, 1 58 reglamentos y derechos consulares 421 superficie, población, etc. 331 tarifas de fletes entre Tampa y la Habana 463 Curazao, descripción 166 guia del viajero 438 guia postal 468 D. Derechos de aduanas 479 reglamentos postales de aduanas 477 consulares . 415 de puerto 409 Argentina 409 Brasil ; 409 Chile 410 Colombia 410 Costa Rica : 411 Ecuador 411 Estados Unidos .. . 412 Guatemala 411 Haití ; 411 Hawaii 429 Honduras 411 México 411 Nicaragua 411 Paraguay 412 497 Derechos de puerto — Continúa. Perú 412 Salvador 412 Uruguay 412 Venezuela 413 E. Ecuador, cablegramas, precio de 464 comercio 1 96, 330 derechos de puerto 411 descripción 194 edificio del Ecuador en la Exposición de París. (Grabado.) 194 guia postal 469 guia del viajero 439 leyes sobre patentes de invención 377 poder ejecutivo 8 reglamentos y derechos consulares 427 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos . . 16 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos.. 25 superficie y población 330 valor de las monedas 344 Estados Unidos, azúcar importado en 1890 en 217 cablegramas, precio de á Centro y Sud América .... 464 café importado en 1889 y 1890 218 cereales, exportación de 216 comercio con México, América Central y del Sud. . 210 comercio exterior de los Estados Unidos en i8go 203 cuadro comparativo del comercio de la América Latina con el Reino Unido y Francia 332 derechos de puerto 412 descripción 200 deuda pública 201 derechos de puerto 412 exportaciones 206 exportación de cereales • 216 Exposición Universal Colombina, proclama del Presidente de los Estados Unidos 320 edificio del Gobierno. (Grabado.) 200 No. 2 32 498 Page, Estados Unidos — Continúa. departamento Latino Americano, clasificación de los objetos 322 importación — 208 mercancías importadas para el consumo 210 monedas 343 leyes relativas á marcas de fábrica 361 leyes sobre patentes de invención 395 poder ejecutivo 8 reciprocidad comercial con en Brasil 315 decreto del Presidente del Brasil 318 lista de los artículos que se admitirán libres de derechos en Brasil . 316 lista de artículos que se admitirán en el Brasil con una rebaja . . 317 representantes diplomáticos y consulares en los países americanos 1 1 representantes diplomáticos y consulares de los países americanos 22 valor de las mercancías nacionales exportadas en 207 tipos de medida en las aduanas , ,. 351 Ejecutivo, poder de, de las naciones americanas ...^.... 5 de las Repúblicas Americanas 7 Europa, colonias y dependencias de, gobernadores de 6 líneas de vapores á las Américas, Centro y del Sud 453 Exportación de cereales de los Estados Unidos 216 Exportaciones de la América Latina, destino 336 Exposición Universal Colombina 320 departamento de la América Latina 321 clasificación para el departamento Latino-Americano 322 edificio del gobierno. (Grabado.) 200 proclama del Presidente de los Estados Unidos 320 mapa de la orilla del Lago Michigan. (Grabado.) 32Q Ferro-carril Intercontinental, Comisión de , . 31 Fletes, tarifa de ^ 455 Francia, cuadro comparativo del comercio de la América Latina con los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia 332 colonias .de , 162 G. Giros postales 483 tarifas de los precios de mandatos postales 483 499 Page. Gobernantes de las naciones americanas e Gran Bretaña, cuadro comparativo del comercio de la América Latina con los Estados Unidos, el Reino Unido y Francia 332 exportaciones de, con destino á los países de Centro América, América del Sud y México 338 colonias de 120 Grabados : carta demostrando las comunicaciones del cable submarino 467 carta demostrando la ruta de las líneas de vapores 435 crucero de los Estados Unidos 1 1 edificio de los Estados Unidos en la Exposición Colombina 200 Edificios en la Exposición de Paris — de la Argentina 34 de Solivia e i del Brasil 60 de Chile 183 del Ecuador 104 de Guatemala -. 219 de Hawaii. 229 de México 242 de Nicaragua 254 del Paraguay ., 260 del Salvador 279 de Santo Domingo 283 del Uruguay 287 de Venezuela . . 297 mapa de la América del Sud. (Frontispicio.) mapa de Centro América iy2 mapa del lago Michigan, sitio de la Exposición Colombina en Chicago .- 320 recogiendo la goma elástica 64 un vapor de guerra ^ 1 1 Guadeloupe, descripción 162 Guayana Francesa, descripción 164 Guatemala, comercio .221, 330 derechos de puerto — .; 411 descripción 219 edificio Guatemalteco en la Exposición de Paris. (Grabado.) 219 guia del viajero 439 500 Guatemala — Continúa. guia postal 469 leyes sobre patentes de invención 381 poder ejecutivo 8 productos 221 reglamentos y derechos consulares 427 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos . . 17 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos . 25 superficie y población 330 valor de las monedas 344 Guayana Inglesa, descripción 136 gobernador 6 recursos y productos 137 representantes de los Estados Unidos en 16 superficie y población 330 Guayana Holandesa, descripción 167 gobernador , 6 recursos y productos — 169 representantes consulares de los Estados Unidos en 14 Guia postal 467 artículos prohibidos 480 giros postales, tarifa de 483 derechos de aduana 479 países americanos en la Unión Postal 473 reglas para la transmisión de la correspondencia al extrangero. .. 477 servicio de correos entre New York y América Latina, distancias, tiempo 472 servicio postal de encomiendas ó paquetes de mercancías 481 tarifas de correo 476 H. Haití, comercio 226,331 derechos de puerto 411 descripción 225 guia del viajero 439 guia postal i 469 leyes sobre patentes de invención 385 poder ejecutivo 8 productos 226 501 Haití — Continúa. reglamentos y derechos consulares 428 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos.. 17 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos.. 25 superficie y población . , 331 Havvaii, artículos de los Estados Unidos admitidos libre de derechos en Hawaii 233 buques en el comercio extrangero en 1889 (Islas Hawaiianas ó Islas de Sandwich) 234 comercio 232 comunicaciones , , 231: descripción , 220 edificio Hawaiiano en la Exposición de París 229 gobernante c guia postal 46^ leyes sobre patentes de invención 385 pesos y medidas 236 presupuestos de 1886, 1888 y i888-'9o 235 reglamentos y derechos consulares 429 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos.. 17 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos.. 26 Honduras Británica, comercio 140, 330 gobernador 6 guia del viajero 440 guia postal 467 recursos y productos 139 representantes de los Estados Unidos en 16 Honduras, República de, comercio 239, 330 derechos de puerto 411 descripción 237 guia del viajero 440 guia postal 4.69 poder ejecutivo 8 recursos y productos 239 reglamentos y derechos consulares 431 religión 238 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos.. 18 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos.. 26 superficie, población, etc 238, 340 tarifas de fletes 457 602 I. Pag©. importaciones del azúcar í . ^ i 217 del café en 1889-90 — ... 218 fuentes de, para la América Latina 335 Indias Occidentales, tarifas de cablegramas de los Estados Unidos ^ 465 Islas de la Bahia, guia del viajero ^ ..... ^ . 435 Islas de Barlovento, descripción 149 Islas de Sotavento descripción ^ . 144 guia del viajero 440 Islas Turcas, guia postal 47 1 J- Jamaica, comercio 144, ^;¡ i descripción 141 fletes de Tampa á .463 gobernador , 6 guia postal 469 guia del viajero — r 440 leyes sobre patentes de invención 385 recursos y productos 143 representantes consulares de los Estados Unidos en 15 superficie, población, etc • - . . 331 L. Leyes Americanas relativas á marcas de fábrica 353 de patente de invención vigentes en América 366 Líneas de vapores 444 M. Mapas y cartas: carta de la comunicación cable submarino 467 carta de la ruta de los vapores 435 mapa de América del Sud 297 mapa de Centro América 172 mapa de Chicago, Illinois, orilla del lago 320 Marcas de fábrica, leyes de América, relativas á 353 tratado que las naciones de la América del Sud adoptaron en 1889. 364 Martinica, descripción 163 Medidas, comparación de las medidas del sistema métrico decimal francés con las usuales en los Estados Unidos 350 503 Faga Medidas — Continúa. de capacidad 352 de longitud 352 de superficie 352 tipos de medida en las aduanas de los Estados Unidos 351 Metales preciosos, producción en las Repúblicas Americanas 347 producción en el mundo , 347 México, comercio 248, 330 derechos de puerto 411 derechos consulares 431 descripción . 242 edificio mexicano en la Exposición de Paris. (Grabado.) 240 exportaciones de la Gran Bretaña para México en 1890 341 fletes, tarifa de , 457 guia del viajero ; , . 441 guia postal 470 leyes sobre patentes de invención 386 poder ejecutivo 8 precios de los terrenos baldíos 252 recursos y productos 247 reglamentos y derechos consulares 431 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos.. 18 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos.. 27 superficie y población 330 tarifa de fletes , 457 valor de las monedas • 344 Monedas, pesos y medidas , 343 sistema monetario de Chile 346 sistema monetario de México 345 valor de las monedas americanas 343 N. Naciones americanas, área, población y comercio 330 descripción de 34 poder ejecutivo de 7 Nicaragua, canal de - 258 comercio 257, 330 derechos de puerto 411 descripción • » 254 504 Nicaragua — Continúa. edificio de Nicaragua en la Exposición de Paris (Grabado) 254 guia del viajero 441 guia postal 470 leyes sobre patentes de invención 392 poder ejecutivo 9 reglamentos y derechos consulares 432 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos. . 19 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos. . 28 superficie, población, etc. 330 valor de las monedas 344 O. Oficina de las Repúblicas Americanas 3 empleados 33 Oro y plata, producción de oro y plata en las Repúblicas Americanas . 347 P. Países americanos, comercio, exportaciones, importaciones, población y superficie . . 330 descripción 34 comprendidos en la Unión Postal ...... 473 Panamá, tarifa de ñetes de New York 460 Paraguay, cablegramas, precio de 464 comercio 265 derechos de puerto 412 descripción 260 edificio del Paraguay en la Exposición de Paris. (Grabado.) 260 guia del viajero 442 guia postal 470 producciones 263 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos.. 20 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos.. 28 superficie y población 330 Perú, comercio 274 derechos de puerto 412 descripción 268 exportaciones de la Gran Bretaña para el Perú en 1890 341 guia del viajero 44? 505 Page, Perú — Continúa. guia postal. (Grabado) 470 leyes de patente de invención 392 marcas de fábrica 360 poder ejecutivo 9 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos. . 20 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos. . 28 superficie, población, etc - . 330 valor de las monedas 344 Pesos, medidas y monedas 343 comparación con las de los Estados Unidos 348 Plata, producción de, en las Repúblicas Americanas 347 producción en el mundo 347 Población de los países americanos 330 Poder ejecutivo de las naciones americanas 5 Poder ejecutivo de las Repúblicas Americanas 7 Precios postales de los Estados Unidos á la América Latina 474 postales de la América Latina á los Estados Unidos 476 Principales unidades, métricas comerciales extrangeras comparadas con las de los Estados Unidos 348 Producción de café en el mundo 338 de oro y de plata en las Repúblicas Americanas en 1889 347 y acuñación de oro y plata en las Repúblicas Americanas en 1889 . 347 Puerto Rico, comercio 158, 331 descripción 157 guia del viajero 442 guia postal 47° recursos y productos . 158 reglamentos y derechos consulares 421 representantes consulares de los Estados Unidos 13 superficie, población, etc 33^ R. Reciprocidad comercial con el Brasil 315 decreto del Presidente de la República del Brasil 318 lista de los artículos que se admitirán en el Brasil libres de derechos . 316 lista de los artículos que se admitirán en el Brasil con una rebaja de 2 5 por ciento de derechos ■ 317 proclama del Presidente de los Estados Unidos 315 606 Registro oficial, gobernantes de las naciones americanas 5 Reglamentos y derechos consulares 415 Repúblicas Americanas, Bureau de las . i . . . ^ 3 empleados , i . . - — 1 i. i 33 poder ejecutivo * . ^ i . . 7 Reglamento postal de aduanas 477 Representantes consulares de los Estados Unidos en los países ame- ricanos i II Representantes consulares de las naciones americanas en los Estados Unidos 22 Representantes diplomáticos de las naciones americanas en los Estados Unidos 22 diplomáticos de los Estados Unidos en las naciones americanas . - u Repúblicas Americanas, oficina de 3 empleados de 33 S. St. Croix ó Santa Cruz, descripción 151 guia del viajero 440 guia postal 471 St. Thomas, descripción 151 guia del viajero 438 guia postal 471 Salvador, cablegramas, tarifa de 464 comercio 281, 330 derechos de puerto 412 descripción 279 edificio del Salvador en la Exposición de París. (Grabado.) 279 guia del viajero 442 guia postal 471 leyes sobre patentes de invención ' 395 poder ejecutivo 9 recursos y productos 280 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos . 20 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos. . 29 superficie y población, etc 330 tarifa de fletes 457 valor de las monedas 344 bol Santo Domingo, comercio .285, 331 descripción 283 edificio dominicano en la Exposición de Paris 283 gobernante i 5 guia del viajero i . . ... 442 guia postal . L 471 poder ejecutivo ^ 9 recursos y productos 284 representantes diplomáticos y consulares délos Estados Unidos.. 21 representantes consulares en los Estados Unidos 29 superficie, población, etc 331 Servicio consular y diplomático, representantes diplomáticos y consulares de las naciones americanas en los Estados Unidos 22 de los Estados Unidos en México, la América Central y del Sud, las Antillas y Hawaii , 11 de correos entre New York y los países de la América Latina 472 giros postales , 483 guia postal 467 derechos de aduana 479 artículos prohibidos , 480 de encomiendas ó paquetes de mercancías 481 países americanos comprendidos en la Unión Postal 473 reglas para la transmisión de la correspondencia á los países extran- geros . . -. 477 distancias, tiempo, etc , 472 Sistema métrico, comparado con las medidas de los Estados Unidos . . . 348 monetario de Chile 346 de México 345 T. Tampa, tarifa fletes para Cuba 463 Tarifas de fletes al Brasil y á la República Argentina 455 de los puertos de México, Centro América y América del Sud .... 457 de New York á los puertos de Centro América y México - 458 de New York á Panamá 460 entre los puertos de la costa occidental de Sud América y New York 462 postales de los Estados Unidos á la América Latina 476 de la América Latina á los Estados Unidos 47 6 508 Paga Terrenos baldíos en México, precios de 252 Trinidad y Tobago, comercio 146, 33 1 descripción 145 gobernador , 6 guia postal 471 guia del viajero 443 representantes de los Estados Unidos en 15 U., Uruguay, cablegramas, precio de „ 465 comercio 291, 330 derechos de puerto 412 descripción 287 edificio Uraguayano en la Exposición de Paris 287 exportaciones de la Gran Bretaña durante 1890 341 guia del viajero 443 guia postal 47 E leyes relativas á marcas de fábrica , 353 leyes sobre patentes de invención 406 poder ejecutivo 9 recursos y productos 290 reglamentos y derechos consulares 432 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos. . 21 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos.. 29 superficie, población, etc 330 Unión Postal Universal, países americanos 473 V. Vapores, líneas de 444 Vapor de guerra. (Grabado.) 11 Venezuela, cablegramas, precio de 465 comercio 302, 330 derechos de puerto — . 413 descripción - — 297 edificio Venezolano en la Exposición de Paris 297 exportaciones de la Gran Bretaña durante 1890 342 guia del viajero 443 guia postal 471 509 Venezuela — Continúa. importaciones y exportaciones por países y artículos 306 leyes relativas á marcas de fábrica 362 leyes sobre patentes de invención . 397 poder ejecutivo 10 reglamentos y derechos consulares 433 representantes diplomáticos y consulares de los Estados Unidos . . 21 representantes diplomáticos y consulares en los Estados Unidos . . 30 superficie, población, etc 330 valor de las monedas 344 i\ y> lG! \3Ó .^^ íP -T*^ " ' . « ^N ^ Vv. .^ *JÍ ^ - " - ^^ 'ít' ^0' 4> y*. «• 'k.A'' \> .^^ .0^' .^i;^".- r,* '=^^, \'-S^i^ár* . ^^ o 'J .M^ ,G^ ^